Decreto Nº 504 - Crea Oficina Nacional de Fomento Forestal Sustentable
Made 1999-01-22 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- institution, afforestation/reforestation, forest management/forest conservation, governance
Where to read it
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Text
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N° 504 Jamil Mahuad Witt PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Considerando: Que me<liante Decreto Ejecutivo 340, publicado en el Registro ( )ficial 77 de 30 <le noviembre de 1998, se declara prioritaria v <le emergencia la actividad forestal; Que es indispensable intensificar los esfuerzos para el desarrollo forestal y desarrollar campafias especificas para atender el tema forestal en el pais, con la participaci6n de los sectores publico y privado, organismos no gubemamentales y organizaciones campesinas y comunitarias; y, En eJercicio de las- atribuciones que le confieren el numeral 9 de! articulo 171 de la Constituci6n Politica de la Republica; el articulo 17 de la Ley de Modemizaci6n de! Estado, 1-'rivatizaciones y Prestaci6n <le Servicios Publicos por parte de la Iniciativa Privada; y, la letra h) del articulo 11 de! Estatuto de! Regimen Juridico Administrativo de la Funci6n Ejeclitiva .. Decreta: Art. 1.- Crease la Oficina Nacional <le Fomento Foresta] Sustentable, adscrita a la Presidencia de la Republica, con personeria juridica de derecho publico y autonomia administrativa, econ6mica y fina.nciera y con se<le en la ciudad de Quito, a cargo de un Director de libre nombramiento y remoci6n del Presidente <le la Repi1blica. Art. 2.- Disp6nese el inicio de la Campafia Nacional <le Forestaci6n "Mitad de! Mundo Verde", para <lar cumplimiento a los objetivos de prioridad nacional <letallados en el Decreto EJecutivo 340, publicado en el Registro Oficial 77 <le 30 de noviembre de 1998. Corresponde a la Oficina crea<la me<liante este Decreto. la planificaci6n, coordinaci6n v ejecuci6n <le la Campafia <le Forestaci6n Mitad de! Mundo Verde y de los proyectos, campafias y programas de forestaci6n y reforestaci6n de acuerdo con la politica forestal de! Gobiemo Naci011al, asi como de aquellos proyectos que le encargue el Presi<lente de la Republica. Art. 3.- La Oficina Nacional <le Fomento Foresta] Sustentable, contara con un Consejo Directivo, integra<lo por el Ministerio de Medio Ambiente, quien lo presidira. el Ministro de Defensa Nacional, El Ministro de Agricultura , Gana<leria y el Director <le <licha Oficina. Son atribm:iones de! Consejo Directivo: a) Aprobar la politica y el programa de trahajo <le la Campafia Nacional de Forestaci6n Mitad <lei Mundo Verde; b) Aprobar el presupuesto annal <le la Campafia Nacional <le Forestaci6n Mitad <lei Mundo Verde v <larle el tr{nnite necesario para su aprobaci6n definitiva; v c) Coordinar la implementaci6n de los programas <le la campafia con la politica forestal <lei Gohiemo Nacional. Art. 4.- La Oficina Nacional de Fomento Foresta! Sustentahle gestionara la obtenci6n de recursos financieros v tecnicos. nacionales y extranjeros para canalizarlos a la ejccuci6n <le proyectos que se lleven a. cabo a traves <le esta Oficina. en coordinaci6n con el Ministerio de Medio Ambiente. Art. 5.- El Director de la Oficina Nacional de Fomento Foresta! Sustentable sera el representante legal de la misma , <le la Campana Nacional de Forestaci6n Mitad de! Mundo Verde, y el responsable directo de su gesti6n tecnica, administrativa y financiera. Tendra facultad para cclebrnr todos los actos y contratos que se requieran para la ejecuci6n de las actividades que se le encomiendan y debera preparar el Plan de la Campafia Nacional de Forestaci6n Mitad <lei Mundo Verde y someterlo a la aprobaci6n de! Consejo. Art. 6.- El Ministerio de Finanzas y Credito Publico asignara los recursos que se rcquicran para el funcionamiento de la Oficina Nacional de Desarrollo Foresta! Sustentahle. asi como para de la Campafia Nacional de Forestaci6n Mitad de! Mundo Verde. Art. 7.- De los bitnes muebles que le correspondan en la fusion y reestructuracion de! INEFAN, el Ministerio de Medio Ambiente, una vez cumplidas sus necesidades, proporcionara el mobiliario para la Oficina Nacional de Fomento Foresta! Sustentable en Quito. DISPOSICION FINAL De la ejecucion de este Decreto, que entrani en vigencia a partir de su publicacion en el Registro Oficial, encargase a los ministros de Defensa Nacional, Agricultura y Ganaderia, Medio Ambiente y al Secretario General de la Presidencia de la Republica. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, el 22 de enero de 1999. f) Jamil Mahuad Witt, Presidente Constitucional de la Republica. f) Jose Gallardo, Ministro de Defensa Nacional. f) Emilio Gallardo, Ministro de Agricultura y Ganaderia. f) Yolanda Kakabadse, Ministra de Medio Ambiente. f) Ramon Yulee, Secretario General de la Presidencia de la Republica. Es fie! copia del original.- Lo certifico: f.) Ramon Yulee Ch., Secretario General de la Presidencia de la Republica.