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Laws of Ecuador

Decreto Nº 3.516 - Crea el Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos (Título III, Libro VI: De la Calidad Ambiental, del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente)

Made 2003-03-31 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Waste and hazardous substances
Keywords
waste disposal, waste domestic sources, waste management, waste non-domestic sources, waste prevention, environmental audit, recycling/reuse, institution, governance

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  1. LIBRO VI DE LA CALIDAD AMBIENTAL TITULO III DEL COMITE DE COORDINACION Y COOPERACION INTERINSTITUCIONAL PARA LA GESTION DE RESIDUOS Art. 37.- Crease el Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos. Dicho Comité tiene competencia nacional y será el ejecutor de todo tipo de acciones tendientes a buscar acuerdos entre los diversos actores de la gestión de residuos en el Ecuador, que permitan mejorar las capacidades de gestión, optimizar los recursos y capacidades instaladas y viabilizar acciones efectivas y coordinadas dentro del sector. Art. 38.- Forman parte integrante del Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la gestión de residuos: a) El Ministerio de Agricultura y Ganadería; b) El Ministerio del Ambiente; c) El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda; d) El Ministerio de Energía y Minas; e) El Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca; f) El Ministerio de Salud Pública; g) El Ministerio de Turismo; h) La Asociación de Municipalidades del Ecuador; e, i) El Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador. Art. 39.- Atribuciones.- Son atribuciones del Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional las siguientes: 1. Asesorar al sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental respecto de la gestión de residuos; 2. Promover el reordenamiento jurídico; 3. Evaluara nivel macro las políticas sectoriales; 4. Priorizar los temas de acción y los recursos que guardan relación con el tema de residuos en el Ecuador; 5. Coordinar la participación de instancias similares de otros ámbitos, niveles o sectores, en tanto sea preciso que se relacionen con el sector de los residuos; 6. Monitorear los proyectos sectoriales referentes a la gestión de residuos que se encuentren en marcha; 7. Desarrollar medidas o acciones orientadas a controlar los aspectos negativos de la gestión de residuos en el Ecuador; 8. Actuar coordinadamente frente a situaciones de emergencia; 9. Estructurar un Plan Básico Anual, estableciendo metas, responsabilidades y compromisos tendientes a obtener un adecuado manejo de residuos en el Ecuador; y, 10. Reglamentar su operatividad con el fin de lograr un funcionamiento adecuado. Art. 40.- Instancias.- La acción del Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos se enmarca, en las siguientes instancias: a) Política.- que involucra la toma de decisiones que orienten a gestión de los actores de los procesos según las disposiciones legales correspondientes; y, b) Técnica.- que implica la capacidad de incidir en los procedimientos operativos y en la participación de los distintos actores, siempre dentro del marco de las orientaciones de las instancias políticas y normatividad general vigente.

Decreto Nº 3.516 - Crea el Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos (Título III, Libro VI: De la Calidad Ambiental, del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente) · Nelum