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Laws of Ecuador

Decreto Nº 1.673 - Modifica el Decreto Nº 1.285, que declara prioritario el sistema de abastecimiento de alimentos y de productos que forman parte de la canasta básica

Made 2009-04-15 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Food and nutrition
Keywords
agricultural commodities, food security, transport/storage, internal trade, institution, governance

Where to read it

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Text

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  1. Decreto No. 1673 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Considerando: Que el segundo inciso del artículo 319 de la Constitución de la República establece que el Estado promoverá las formas de producción que aseguren el buen vivir de la población, así como alentará la producción que satisfaga la demanda interna y garantice una activa participación del Ecuador en el contexto internacional; Que el artículo 5 del Decreto Ejecutivo 1285 de 27 de agosto del 2008, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 422 de 10 de septiembre del 2008, mantuvo la prohibición de exportación de arroz, debido al establecimiento de una reserva estratégica, con la finalidad de regular el mercado interno del arroz; Que las actividades comprendidas en los distintos eslabones que conforman la Cadena Agroalimentaria del Arroz, como la producción, industrialización y comercialización se constituyen en actividades estratégicas para el desarrollo social y económico del Ecuador; Que debido a que el cultivo de arroz es una importante actividad socioeconómica que genera empleo y garantiza la seguridad alimentaria del país, es necesario fomentar la producción y comercialización adecuada de este cultivo; Que es necesario preveer la disponibilidad de almacenamiento de las cosechas de invierno y verano 2009, así como su adecuada comercialización interna y externa, para lo cual, y con el fin de evitar distorsiones en el manejo del mercado, es imprescindible que el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en coordinación con el Banco Nacional de Fomento y el sector privado, coloquen en el mercado externo el excedente de arroz existente, proveniente de las cosechas 2008 y 2009; y, En ejercicio de la facultad establecida en el número 5 del artículo 147 de la Constitución de la República, Decreta: Artículo 1.- Derogar los dos incisos finales del artículo 5 del Decreto Ejecutivo 1285 de 27 de agosto del 2008, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 422 de 10 de septiembre del 2008, en los que se prohíbe la exportación de arroz. Artículo 2.- Facultar al Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca para que autorice la exportación del excedente de arroz en cáscara, pilado, polvillo de arroz y arrocillo, proveniente de las cosechas 2008 y 2009, una vez que se cuente previamente con las reservas suficientes para abastecer el consumo interno, para lo cual, en coordinación con el Banco Nacional de Fomento y la Unidad Nacional de Almacenamiento (UNA), implementarán los mecanismos necesarios para contar dicha reserva, de hasta cuarenta mil toneladas métricas de arroz pilado o su equivalente de arroz en cáscara provenientes de la cosecha de invierno y verano 2009. Artículo 3.- De la ejecución del presente decreto, que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y al Gerente General del Banco Nacional de Fomento. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de abril del 2009. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional del Ecuador. f.) Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 15 de abril del 2009. f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

Decreto Nº 1.673 - Modifica el Decreto Nº 1.285, que declara prioritario el sistema de abastecimiento de alimentos y de productos que forman parte de la canasta básica · Nelum