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Laws of Ecuador

Acuerdo Nº MERNNR-VH-2018-0001-AM ─ Deroga el Acuerdo Nº 128, Reglamento para la comercialización de gas natural para el mercado industrial

Made 2018-10-12 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Energy
Keywords
natural gas, oil, internal trade, authorization/permit, transport/storage, non-governmental entity
Categories
energy

Where to read it

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Text

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  1. Art. 1.- Derogar expresamente el Reglamento para Que, el artículo 227 de la norma ibídem establece que la Comercialización de Gas Natural para el Mercado la Administración Pública constituye un servicio a la Industrial, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 128 colectividad que se rige por los principios de e¿cacia, publicado en el Registro O¿cial 321 de 22 de abril de 2008. 4 – Miércoles 26 de diciembre de 2018 Registro O¿cial Nº 394

  2. Art. 2.- El Directorio de la Agencia de Regulación y Control “Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán Hidrocarburífero fundamentado en las disposiciones de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, constantes en el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus reglamentará lo concerniente a esta materia. derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.

  3. Art. 3.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su Publicación en el Registro Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su O¿cial. desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus dura Dado en Quito, D.M., a los 12 día(s) del mes de Octubre de capacidades, o ncial potencialidades y aspiraciones, en un entorno dos mil dieciocho. familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la satisfacción de sus Documento fumado electrónicamente necesidades sociales, afectivoemocionales y culturales, con cesida el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales. f.) Sr. Ing. Hugo Patricio Larrea Cabrera, Viceministro de Hidrocarburos. Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: MINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES.- Es ¿el copia del 1. Atención a menores de seis años, que garantice su original.- 26 de octubre de 2018.- f.) Ilegible, Secretaría nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco General. de protección integral de sus derechos. Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 154, numeral 1, establece que: “A las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones dmin administrativas que requiera su No. 035 gestión”; Lourdes Berenice Cordero Molina Que, la C st onstitución de la República del Ecuador, MINISTRA DE INCLUSIÓN en el artículo 226 del capítulo correspondiente a la ECONÓMICA Y SOCIAL Administración Pública, establece: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o Considerando: servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el y facultades que les sean atribuidas en la Constitución acápite relativo a los Derechos de las Personas y Grupos de y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para Atención Prioritaria, en su artículo 35 establece: el cumplimiento de sus ¿nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;

  4. “Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su discapacidad, personas privadas de libertad y quienes gimen de desarrollo artículo 276 determina que: “El régimen adolezcan de enfermedades catastró¿cas o de alta tendrá los siguientes objetivos: 1. Mejorar la calidad complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y en los ámbitos público y privado. La misma atención potencialidades de la población en el marco de los prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, principios y derechos que establece la Constitución”; las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado Que, el artículo 340 de la Constitución de la República prestará especial protección a las personas en condición del Ecuador establece que: “El sistema nacional de de doble vulnerabilidad”. inclusión y equidad social es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, Que, la Constitución de la República del Ecuador programas y ervic servicios que aseguren el ejercicio, determina, respecto de las personas adultas mayores, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la que: “Art. 36.- Las personas adultas mayores recibirán nstitu Constitución y el cumplimiento de los objetivos del régimen atención prioritaria y especializada en los ámbitos de esarr desarrollo”; público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia. Se Que, la Constitución de la República del Ecuador, en considerarán personas adultas mayores aquellas personas su artículo 341 establece que: “El Estado generará las que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad”; condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios Que, la Carta Magna del Estado, en la sección relativa a las reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad niñas, niños y adolescentes, determina: en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su

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