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Acuerdo Nº INMOBILIAR-DGSGI-2018-0001 ─ Modelo de gestión para los puertos y facilidades pesqueras artesanales administrados por el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público ─ INMOBILIAR, destinados al desarrollo de la pesca artesanal

Made 2018-01-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
institution, inland fisheries, artisanal fisheries, internal trade, non-governmental entity, processing/handling, equipment, harbour, governance

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  1. Martes 6 de marzo de 2018 – 9Registro Ofi cial Nº 194 No. INMOBILIAR-DGSGI-2018-0001 Nicolás José Issa Wagner DIRECTOR GENERAL SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO - INMOBILIAR Considerando: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”; Que, el artículo 227 de la Carta Fundamental manifi esta que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planifi cación, transparencia y evaluación.”; Que, el artículo 30 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por Parte de la Iniciativa Privada, respecto a la motivación establece que: “Todos los actos emanados de los órganos del Estado, deberán ser motivados. La motivación debe indicar los presupuestos de hecho y las razones jurídicas que ha determinado la decisión del órgano, en relación con los resultados del procedimiento previo. La indicación de los presupuestos de hecho no será necesaria para la expedición de actos reglamentarios.”; Que, el artículo 80 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que: “ (…) ACTO NORMATIVO.- Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos generales, objetivos de forma directa. De conformidad con la Constitución corresponde al Presidente de la República el ejercicio de la potestad reglamentaria. Un acto normativo no deja de ser tal por el hecho de que sus destinatarios puedan ser individualizados, siempre que la decisión involucre a la generalidad de los diversos sectores.”; Que, el Decreto Ejecutivo No. 798 de 22 de junio de 2011, publicado en el Registro Ofi cial No. 485 de 6 de julio de 2011, reformado parcialmente por el Decreto Ejecutivo No. 50 de 22 de julio de 2013, publicado en el Registro Ofi cial No. 57 de 13 de agosto de 2013, y el Decreto Ejecutivo No. 641 de fecha 25 de marzo del 2015, publicado en el Suplemento al Registro Ofi cial No. 476 de 9 de abril de 2015, establece que el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, es un organismo de derecho público, con personalidad jurídica, dotado de autonomía administrativa, operativa, fi nanciera y jurisdicción nacional, con sede principal en la ciudad de Quito, que ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Gestión Inmobiliaria del Sector Público; Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 837 de 25 de noviembre de 2015, publicado en el Registro Ofi cial N° 656 de fecha 24 de diciembre de 2015, se dispone la fusión por absorción de la Empresa Infraestructuras Pesqueras del Ecuador, Empresa Pública - IPPEP al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, otorgando a INMOBILIAR varias atribuciones entre las cuales constan: “4. Construir, implementar, administrar y defi nir modelos de gestión de las facilidades pesqueras asignadas, con el involucramiento efectivo de quienes laboran en el sector de la pesca artesanal; (…) 7. Diseñar y promover prácticas de gestión que fomenten la participación de las comunidades locales como socios estratégicos para la administración de las facilidades pesqueras de su respectiva localidad”; Que, la Resolución No. INMOBILIAR-DGSGI-2017-0017, del 18 de mayo de 2017, publicada en la Edición Especial del Registro Ofi cial No. 28, del 04 de julio de 2017, resuelve; “expedir la REFORMA AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO”; Que, mediante ACUERDO-INMOBILIAR DGSGI-2017-0010, de 22 de junio de 2017, suscrito por el Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, se codifi có las delegaciones y atribuciones conferidas a los/as funcionarios/as y servidores/as de INMOBILIAR; Que, la Resolución No. 01 de 2 de junio del 2017, suscrita por el señor Eduardo Enrique Mangas Mairena, Presidente del Comité de Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, Resolvió, designar al señor Nicolás José Issa Wagner como Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR; Que, Mediante acción personal No. CGAF DATH-2017-1334, de fecha 25 de septiembre de 2017, el Coordinador general Administrativo Financiero Resolvió otorgar al señor Economista Luis Heriberto Valdivieso Zamora el puesto de Director de Infraestructuras Pesqueras. En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por potestad estatal establecidas en la RESOLUCIÓN INMOBILIAR DGSI-2017-0017 que reforma el Estatuto Orgánico de gestión Organizacional por Procesos del Servicio de Gestión INMOBILIAR del Sector Público, INMOBILIAR. To deber s presup ermina ados de estos de hecho no será nece os reglamentarios.”; del Estatut unci e M ción de S a Privada, respe dos los actos emana rán ser motivados. puestos de hecho y do la decisión del órgano, el procedimiento previo s de hecho no será necesaria pa glamentarios.”; ados . La mo o y las razon la decisión del órgano procedimiento p Ley de M estació va P odo erá up ado la decisión del órgano, en del procedimiento previo. La ind de hecho no será necesaria ” moti los órg vación s po vación ganos , or “e GES deb urídicas elación e s Q PÚ RVIC ÚBLIC Ó ICIO O” N O DE N REFO RGAN 7 o. 28, ORMA 7, p de MOB ublica l 0 BILIAR da ad R d ” la D del , GSGI-2 rec m 2017 med CI TIÓN I L ES ONAL INMO de j STATUT P stab smos, d y las p atal ej ue les s n el deber de coordinar a e sus fi nes y hos reconocido eran 6 de la Constituci lece que: “Las instit ependencias, las se ersonas que actúen en v ejercerán solamente las c sean atribuidases deber de coordinar acciones p fi nes y hacer efectivo el goce dos en la Constitució ón itucio servidoras actúen en vir ercerán solamente la ib nsider 26 d ble de personas que actúen en virtu ejercerán solamente las comp es sean atribuidas en la Const ber de coordinar ac a s del Es ública Que no vidor de una encias s P N la fu Pesq em ° 656 ión mbr de dian re de f nte De 20 ia ddel rectorí Secto ti n sede ía del a, op princ ersona erati ón a cual y rvicio gando as d o de por ab del E 24 orción , publ de di Ejecu licado tivo to E licado 2011, r o. 50 d ficial No o No. 641 de fecha 25 de m plemento al Regis establece que or Públic ue la rsos sectore Ejecutivo No. 798 en el Registro Ofi c eformado parcialmente po de 22 de julio de 2013, p o. 57 de 13 de aN o. 641 de fecha 25 de marzo del 2 nto al Registro Ofi cial No. 476 e el Servicio de Ges 8 de 2 fi cial No. cialmente por e 22 de julio de 201 7 d 13 e sus d re que iverso Ej e reformado parcialmente por 0 de 22 de julio de 2013, publ No. 57 de 13 de agosto de 201 41 de fecha 25 de mar de juni la Que D de 6 d Decreto ado en e Z Co otorg am TH oordin r H-20 do Medi 7-1 ante ón g Inmob AR agner co bili , Reso omo Gestión olv el En squera el as. ge señor pue ral A Econ de fecha Admi n p a 25 ers 10 – Martes 6 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 194 Acuerda: EXPEDIR EL MODELO DE GESTIÓN PARA LOS PUERTOS Y FACILIDADES PESQUERAS ARTESANALES, ADMINISTRADOS POR EL SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR PÚBLICO, INMOBILIAR, DESTINADOS AL DESARROLLO DE LA PESCA ARTESANAL. CAPÍTULO I ÁMBITO, OBJETO Y FINES Artículo 1.- Ámbito.- El presente modelo de gestión se aplicará en los Puertos y Facilidades Pesqueras Artesanales, destinado a las actividades y desarrollo de la pesca artesanal, tales como: desembarque, manipulación, eviscerado, almacenamiento y comercialización de los recursos provenientes de la pesca. Artículo 2.- Objeto.- Es objeto del presente modelo de gestión, fortalecer al sector pesquero artesanal, promoviendo el uso efi ciente y efi caz de los Puertos y Facilidades Pesquera Artesanales, así como asegurar su conservación y mantenimiento, a fi n de mejorar la competitividad y la sostenibilidad de la pesca artesanal. Artículo 3.- Fines.- Son fi nes de este modelo de Gestión: a) Mejorar la calidad y accesibilidad de los servicios requeridos para el abastecimiento de insumos en las operaciones de pesca, el desembarque, almacenamiento y la comercialización del producto de la pesca artesanal. b) Contribuir a la promoción y puesta en marcha de actividades que garanticen la aplicación de las buenas prácticas de pesca, manufactura y procedimientos de calidad. c) Obtener ingresos económicos, por concepto de servicios portuarios disponibles en las infraestructuras Pesqueras. d) Contribuir con el desarrollo económico del cantón donde se ubica El Puerto Pesquero y/o Facilidad Pesquera mediante la generación de plazas de trabajo. e) Promover el desarrollo efi ciente y efi caz de las actividades relacionadas con la pesca artesanal a realizarse; f) Mejorar las condiciones de trabajo de los agentes involucrados en la pesca artesanal, garantizando espacios físico donde se pueda llevar a cabo actividades diarias tales como; avituallamiento, descarga, eviscerado y almacenamiento. g) Reducir el impacto ambiental de las playas del cantón donde se ubica el puerto pesquero y/o facilidad pesquera, otorgando espacios adecuados para el mantenimiento y construcción de embarcaciones artesanales. h) Garantizar espacios confortables mediante el efi ciente uso y mantenimiento de los espacios que conforman las infraestructuras portuarias administradas por INMOBILIAR. i) Dotar de espacios físicos en las infraestructuras pesqueras a las entidades del Sector Público. j) Fomentar la participación ciudadana en eventos públicos, culturales, de capacitación, entre otros. CAPÍTULO II ESTRUCTURA FÍSICA Y ADMINISTRATIVA DEL INMUEBLE Artículo 4.- Características Físicas del Inmueble. Las características mínimas que debe cumplir una infraestructura portuaria para su efectiva operatividad y comodidad de los usuarios, son: 1. Físicas: a) Instalaciones Técnicas: sistema eléctrico, sistema hidráulico, sistemas mecánicos, sistema de ventilación, sistema de climatización, y sistema de conectividad. b) Servicios Higiénicos, así como infraestructura para personas con discapacidad. c) Sistemas de evacuación en casos de emergencia, señalética, sistema de prevención de emergencias, sistemas de detección de incendios, sistema de extinción de incendios por red hídrica. d) Señalética informativa. e) Área de pre-proceso y eviscerado. f) Planta de Tratamiento de Aguas Residuales. g) Punto Ecológico: Recolección desechos sólidos no peligrosos (clasifi cación desechos reciclables h) Espacios de uso común, Aquellas contempladas en el “Manual de Buenas Prácticas para Uso, Gestión y Administración de las Edifi caciones del Sector Público”. 2. Atención al Público: a) Recepción o información dos las op macenam ucto de r a la promoción y pues des que gara rácticas de de cali s de alidad y accesibili para el abastecim peraciones de pes miento y la comercia e la pesca artesanal. la promoción y puesta en mar e garanticen la aplicación f da imient esca, el d a comerciali la pesca artesanal. fi nes d cali s op amiento y la comercializa de l omoción y pue lo de insu vicios : c 1 barqu ón del , a) I ís sta sic los rtuar usuari aria os nimas para cas Fí q icas NM b) sistem áuli ema d ciones o, sis Técn n: MB 1.- Ám en lo estinado a tales como: desembarque, enamiento y de la pesca. A P CAPÍTULO I BITO, OBJETO Y F mbito.- El presente model os Puertos y Facilidade a las actividaado como: desembarque, manipulac nto y comercialización de l FINE sente modelo Puertos y Facili MOBI DE LA C BIT mb d los lidades P do a las actividades y desarroll mo: desembarque m gestión quera efi ue Garan fi cient ntizar ness ar nimie tesana otorgand nto pu do es al de l erto la i) pe Dotar ministr orm das p o y ma an la os co manten onfor ver tividade lizarse r las cond dos en la pesca artesanal sico donde se iarias tales rado y la ge el desarrollo efi cie s relacionadas con di i dcondiciones de trabajo de los ag en la pesca artesanal, garantiza nde se pueda llevar a cab it l iente y on la pesc Puerto ante la r e es e; condiciones de trabajo de los a pesca artesan fi caz d de f) sanal s a g) p Pun lig o E a de Tratam ocesso yy evis dric tes Espa l “M pacios sos (cl ico: sifi ca Rec de Aguas R Martes 6 de marzo de 2018 – 11Registro Ofi cial Nº 194 b) Parqueaderos 3. Servicios Complementarios: a) Seguridad y monitoreo. b) Limpieza y mantenimiento en áreas administrativas y operativas. c) Mantenimiento Técnico. d) Internet y servicios de conectividad. Artículo 5.- Tipología de Puertos y Facilidades Pesqueras.- La Tipología de los Inmuebles se ajustará a las siguientes características. 1. TIPO A.- Facilidades Pesqueras Artesanales; Infraestructuras de 1.500 a 10.000 metros cuadrados, con los siguientes componentes; áreas administrativas, área de pre-proceso, cuarto de bombas, patio de comida, sala de capacitación, mercado de mariscos, parqueaderos. 2. TIPO B.- Puertos Pesqueros Artesanales; infraestructura de 10.001 hasta 200.000 metros cuadrados, con los siguientes componentes; Dique de abrigo, Contradique, Pantalanes para abastecimiento de combustible de fi bras, (Estación para abastecimiento) Muelle fi jo para abastecimiento de combustible de nodrizas, Muelle fi jo para Nodrizas, Área de almacenamiento de combustible, Muelle de Descarga, Pantalanes de Avituallamiento, Faro, Área de Pre-proceso, Bodegas Provisionales de almacenamiento de pesca, Garita de control y acceso al área productiva, Área Administrativa, Área de producción de hielo en marqueta y en escamas, locales comerciales, Mercado Minorista Talleres para fi bras, Varadero para Nodrizas, Cuarto de eléctrico, planta de tratamiento de aguas residuales, Baterías Sanitarias con acceso a discapacitados y separada por género, parqueaderos, sala de capacitación. Bajo estas consideraciones se detalla el equipo de trabajo para Puertos y facilidades pesqueras: TIPO DETALLE ADMINISTRADOR ASISTENTE ADMINISTRATIVO AUXILIAR DE MANTENIMIENTO CONTROLADORES PORTUARIOS A FACILIDADES PESQUERAS 1 0 1 5 B PUERTOS PESQUEROS 1 1 1 12 En caso que las características de una de las infraestructuras pesqueras administradas por INMOBILIAR, no esté dentro de la tipología existente se podrá desarrollar una estructura del personal administrativo especial, tomando en consideración a las características del inmueble y como referencia al inmueble más semejante en características. Artículo 6.- Modelos de Estructuras por Tipos Puertos y Facilidades Pesqueras.- Los modelos de estructuras organizacionales por cargos, se han integrado de acuerdo a las necesidades en cada infraestructura y en base a las características establecidas en el Artículo 5 del presente Acuerdo. El tipo determinado para cada infraestructura, podrá ajustarse, de acuerdo a necesidades específi cas al que el bien sea sometido, es así que de considerarse necesario y con los debidos justifi cativos, se podrá incluir o disminuir en la estructura organizacional por cargos, el personal que apoye, ejecute, controle o desarrolle la gestión operativa, técnica y administrativa en benefi cio del servicio y optimización de los recursos A continuación, se detallan las estructuras posicionales básicas, así como los puestos dentro de cada estructura por tipo de infraestructura portuaria y grado de operatividad. CILIDA QUER OS OS ADMINIS ADES RAS 1 R S 1 A RA R ASI DMIN STEN D AT E TIVO LEE uer s: el equi MA X ANTEN LIAR NIM DE v 5.- T .- La T caract Facilidades Pesqueras s de 1.500 a componentes o, cua co. cios de conectivida ipología de Pue Tipología de los Inmuebles terísticas. ilidades Pesqueras Artesana 500 a 10.000 metros cuadrado áreas administr ad. uertos y os Inmuebles erísticas. écnico vici Tip Tipología de los Inmuebles se acterí ades Pesqueras lidad ustará a s Á Áre de rea ea Des mbu de a tecim stible de miento , co M Cont ombu sigui rad asta ente eros 200 al ár rodu acena área p g de Pre amien Pan proc enamie talan rizas, ento lle fi j Muel mina es así q onal po del ser e detallan las estructuras uaria y grado de se ha lo 5 del pre do para cada infrae que de considerarse r cargos, el personal que ap rvicio y optimización de lo tallan las estructuras posicionale grado de operatividad. aestruc se necesar rsonal que apo vicio y optimización Estr gos, se h tículo ado qu or cargos, el personal que apoy ervicio y optimización de los rec l t t ra, pod a las tos s nece y Fa ida on lo ejecute, rsos ustar debid arse, de os a s een des cada i s Pesq f ísticcas l, tom MOBIL ando AR, n ásic ole tifi cativ sarro rdo a ivos, nec structur Los ura y e mod 12 – Martes 6 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 194 TIPO A: Facilidades pesqueras: TIPO B: Puertos Pesquero Artesanal: CAPITULO III SERVICIOS Artículo 7.- Servicios Básicos.- Son considerados servicios básicos, los de energía eléctrica y agua potable, los mismos que serán administrados de la siguiente forma: os Básicos.- So la siguie Son considerados ser CAPIT ERV ULO Martes 6 de marzo de 2018 – 13Registro Ofi cial Nº 194 Artículo 8.- Servicio de Conectividad.- La CNT EP se encargará de la administración de la plataforma tecnológica en las infraestructuras pesqueras que INMOBILIAR administre, de manera que CNT EP proveerá su portafolio de servicios (Telefonía, acceso inalámbrico, comunicaciones unifi cadas, internet, enlaces de datos, etc.). En caso de que en las Infraestructuras Pesqueras existan instituciones públicas que requieran de la contratación de los servicios del portafolio de la CNT, las entidades ocupantes serán responsables de la contratación de los servicios que requieran del portafolio de la CNT, así como de su respectivo pago De existir el caso en las infraestructuras Portuarias, las instituciones públicas que requieran de servicios de tecnología especializada que no pueda ser proporcionada por CNT EP, deberán contar con las autorizaciones pertinentes de la entidad o entidades competentes. Artículo 9.- Servicio de Limpieza.- El Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, cubrirá este servicio, para todas las infraestructuras pesqueras, a través de los procesos de contratación pública de conformidad con la normativa vigente. Una vez concluido el proceso de contratación respectiva, se procederá a celebrar los contratos por servicio de limpieza con las empresas adjudicadas por el periodo de un año a partir de su suscripción; no obstante de ello se garantizará la permanente y continua dotación del servicio mencionado. El servicio cubrirá la limpieza y mantenimiento en áreas administrativas, talleres, bodegas, vías de acceso, patios, locales comerciales, muelles fl otantes y nodrizas, pantalanes, mantenimiento preventivo de jardines y áreas verdes, sistema de aguas lluvias y servidas, tratamiento y limpieza de desperdicios y desechos de producción, eliminación de plagas. El administrador de la infraestructura pesqueras realizará inspecciones constantes en todas las áreas del inmueble; para ello hará uso de los formatos de “Registros de Control Periódico de Limpieza”, previamente establecidos, y será el primer fi ltro para el cumplimiento de los compromisos acordados contractualmente. Artículo 10.- Servicio de Seguridad Física y Monitoreo. Para la contratación de este servicio se procederá de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente en materia de contratación Pública. El administrador de cada infraestructura pesquera, será el responsable de que sean cumplidos los términos contractuales determinados para la ejecución de este servicio. El alcance de este servicio es dirigido a la seguridad de los usuarios internos y externos que transiten en las áreas comunes, administrativas y operativas de las infraestructuras Pesqueras. La contratista será responsable por la seguridad de las instalaciones, por los materiales y equipos que se encuentran en ellas, siendo de cuenta de la contratista cubrir cualquier perjuicio que el inmueble sufra por acción y omisión. La contratista dispondrá del número de guardias sufi cientes de manera que no doblen los turnos de servicios, elaborará un cronograma de turnos rotativos incluyendo los saca francos en coordinación con el administrador a fi n de que ninguna persona realice el servicio diurno o nocturno por un tiempo mayor al establecido o permitido en el código de trabajo y demás leyes laborales. Supervisará por su cuenta y a su costo, los puestos de guardias las 24 horas del día, esta supervisión será efi ciente y oportuna. Artículo 11.- Mantenimiento de la Infraestructura.- Los equipos, maquinaría, sistemas eléctricos e hidrosanitarios, imagen, funcionalidad y operatividad de la infraestructura pesquera deberán estar permanentemente en óptimo funcionamiento. Los Puertos y Facilidades Pesqueras administrados por INMOBILIAR contarán con el personal técnico acorde a las características técnicas del bien y así ejecutar mantenimientos preventivos básicos y eventos inmediatos para garantizar el funcionamiento y operatividad efectiva de los sistemas y equipos del inmueble; a través de los planes establecidos con el Equipo Operativo Itinerante. El Equipo Operativo Itinerante, será conformado por personal técnico de la misma zona, según sus conocimientos y aptitudes, con experticia en diferentes áreas y materias técnicas. Dicho equipo será estructurado ia P, d s de la Serv iliaria de rvicio, para todas las in de los proce a normativa v oce infraestr as que requier izada que no pueda eberán contar con entidad o entidades vicio de Limpieza.- El el Sector Púbia o, para todas las infraestruct procesos de contratación públi vigente a se n las des compete cio de Limpieza. las i cas aliz deb e rvicio de Limpieza.- El Serv a del Sector Público, INMOB para todas las in ervic oporcio torizac s, la os de onada as á infr cion d s las i ncu a co nsta trati uctur st nes, uras Pes tern admin er os is vicio e y ex s la pl ejecu AR, s turn rir ción y uar ran cualqu y om iones en ell uier erá por as respo lo . ivas Serv de la a las infraestructuras pe ministre, de lio de servici ciones u icio de Conectividad. administracióla infraestructuras pesqueras re, de manera que CNT E cios (Telefonía ac io de Conectividavicio de Conectividad.- La C a administración de la plat nfraestructuras pe T E ma e Art de de de ón de pl ador de onstantes de los formatos de “Regist ieza”, previa el cumplimien mente. s, b es, muelle miento preventiv aguas lluvias y se esperdicios y desec agas. e la infraestructura pesqu s en todas laant os formatos de “Registros de Con previamente establecidos, y se ento de los comprom ervi echos d la infraestructura p mpiez alleres, ciales imie e a des la de la infraestructura pesqueras r ntes en todas las áreas del inm ormatos de “Registr ines y tratam produc rizas áreas iento o, as, p fun cció i , INM la os Pu OB erto mien y berán nto idad n esta sis y o r nt emas opera to de la lé In día le; l plan nten ra gara s s arac imient antiz AR c acterísti os p aci ntarán ca dades n rmane 14 – Martes 6 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 194 en número y especialidad de acuerdo a la ubicación, extensión del territorio, número y necesidades de los inmuebles que la conforman. Cuando la contingencia supere la capacidad de respuesta del equipo técnico itinerante, el Administrador de la Infraestructura Pesquera, a través de la Dirección Nacional de Puertos y en apoyo con las Coordinaciones Zonales dentro del ámbito de sus competencias, será el responsable de levantar las necesidades y requerimientos de mantenimiento y adecuaciones con las respectivas detalles técnicos y de solicitar a su Coordinación Zonal, la debida gestión para la contratación del servicio de terceros especializados; y así desde la mencionada Unidad, proceder a la elaboración de los respectivos Términos de Referencia o Especifi caciones Técnicas de acuerdo al monto referencial. Artículo 12.- Utilización de Caja Chica y Fondo Rotativo en Puertos y Facilidades Pesqueras. 1. Caja chica.- Para gastos ocasionados por mantenimientos menores, el administrador de cada infraestructura pesquera dispondrá de un fondo de caja chica, cuyo manejo deberá apegarse al “Reglamento para la Administración del Fondo de Caja Chica” vigente aplicable al efecto. 2. Fondo rotativo.- es un fondo para cubrir obligaciones que por su característica no pueden ser realizados con los procesos normales de la gestión fi nanciera institucional, su manejo deberá observar los dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema de Contratación pública. El fondo rotativo es una cantidad de recursos que se entregará a la Coordinación Zonal 4 para realizar desembolso por necesidades urgentes, recursos que serán manejados a través de una cuenta corriente que será autorizada exclusivamente por la unidad responsable del tesoro nacional; deberá ser administrado y ejecutado a conformidad del Administrador del inmueble y el Director de Infraestructuras Pesqueras. Los Fondos rotativos, serán utilizados exclusivamente para cubrir gastos que a continuación se detallan, a más de los contemplados en la normativa de la materia respectiva: a) Mantenimiento de maquinaria y equipos por emergencias. b) Transporte de agua potable a través de tanqueros, en caso de que sea interrumpido el servicio básico de forma imprevista. Artículo 13.- Gestión del Mobiliario.- La instalación del mobiliario será de acuerdo a las directrices emitidas a través de la Subdirección de Administración de Bienes y en base al “Manual de Buenas Prácticas para Uso, Gestión y administración de las Edifi caciones del Sector Público” y a los lineamientos determinados por las áreas competentes de INMOBILIAR. No obstante a lo anteriormente mencionado, cada entidad ocupante podrá incorporar mobiliario de su propiedad para complementar las necesidades que requiera, previo la autorización del administrador del inmueble, el mismo que proveerá el cumplimiento de lo establecido en el “Manual de Buenas Prácticas para Uso, Gestión y Administración de las Edifi caciones del Sector Público”. INMOBILIAR proveerá el mobiliario para las áreas comunales y de atención al ciudadano. CAPITULO IV PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO Artículo 14.- De la Aplicación del Modelo de Gestión. El administrador del inmueble tiene la obligación de aplicar los lineamientos y parámetros determinados en el modelo de gestión establecido para ese inmueble, de acuerdo a sus características y naturaleza; sin embargo dicho modelo de acuerdo a las necesidades que genere la dinámica de sus usuarios y a las variaciones en su infraestructura o sistemas técnicos, podrá ser modifi cado justifi cadamente. Artículo 15.- Planifi cación Operacional de la Administración de Puertos y Facilidades Pesqueras. La administración de la infraestructura pesquera, integra un servicio y gestión múltiple a través de un equipo capacitado; cuyo objetivo es asegurar conforme a una visión de optimización de recursos económicos y técnicos, la funcionalidad, cuidado, protección, productividad, conservación y prevención de riesgos. Dicha gestión será orientada de acuerdo a las directrices, instructivos, políticas, reglamentos y modelos para administración; elaborados, aprobados y emitidos por la Subdirección de Administración y Análisis de Usos de Bienes y dirigidos por la Dirección de Infraestructuras Pesqueras de acuerdo a los requerimientos justifi cados que se generen de los administradores de las infraestructuras pesqueras administradas por INMOBILIAR según los planes y programas para el efecto. Artículo 16.- Del personal para la administración de Puertos y Facilidades Pesqueras. INMOBILIAR, contratará al personal que ejecuta la administración del inmueble, de acuerdo a la normativa legal vigente, a la tipología de la infraestructura Pesquera y/o a la necesidad justifi cada de la contratación de personal según los artículos 5 y 6 del presente instrumento. Artículo 17.- Ejecución, Seguimiento y Control de la Gestión Administrativa.- En cada Infraestructura Pesquera, se deberá realizar la gestión y seguimiento continuo de los requerimientos emitidos en cada mes, por concepto de pagos de servicios básicos y otros que se detallan a continuación. Estos deben ser gestionados para su adquisición, ejecución y acciones tendientes a generar el pago o cobro por los mismos según corresponda: al, s Ley O a. rotati egará a la Coordinación mbolso por necesid án manejados á autoriza ble fondo rística no p s normales de la u manejo deberá ob Orgánica del Sistem ivo es una cantid rá a la Coordinación Zonal 4 so por necesidades urgent ados a través de una cuen g bserv tema de es una c un fon cterís sos su Or ativo es una cantidad de r a la Coordinación Zona rea n fi na os dispu t zados nciera es Art Ad atación un s apa a adm ervi nis inis 15 strac ra 15.- P n d l m s técn s os y a ico ecesid las raleza; dade s ra ón d funcio erva do; de opti ional y g ; cuyo miz n d stión ob Puert la in m ación tos y n Op F cos y stión pa ados; y a elab o Especi l zación de C Facilid y o de sus ar las necesida y adecuaciones c de solicitar a su Co ra la contratación d y así desde la mencion boración de los respectiv ificaciones Téspe Caja Chica y F con oordin del servici la menciona oración de los respe a n apoyo mbito d ntar o y y d ar y así desde la mencionada aboración de los respectivos T pecifi caciones Técnicas de acu uerim respec ón Zon ientos ctivas el pa auto al, ercero Unidad, mino a s p de de la ro oveer Buen ac rá e as em ción cum á mentar el adm ter ncorpo r las n rior ora mente et AR. rmin ficacion ados al ención fi á el n al ci ác fi cacion mob cas pa es d nistra iento d ara esida ador d e lo obil ades qu l i porte de e que s prevista estión del Mobiliario. de acuerdo ección de Ad de B de maquinari agua potable a tr sea interrumpido el servic ta. n del Mobiliario.- La instalac erdo a las directrices emitid i t ió d través de ta pido el servic en la de e sea interrumpido el servicio sta. Mobiliario quipo por d con in eros, en sico de n a tip justifi rtíc ueb polog cad ble de rá al , de a y Fa perso el p acilida rso d el efe onal r INM fecto. de MOBIL nto las in LI la Pes ículo es s 5 y de la 6 del fraes cont do a la ructu e ejec a norm p Pesquer uta Martes 6 de marzo de 2018 – 15Registro Ofi cial Nº 194 1. ADMINISTRADOR DE PUERTO Y/O FACILIDAD PESQUERA. El Administrador es un actor reconocido por los usuario de las infraestructuras, debe tener un conocimiento sobre la realidad local, los problemas que tiene los usuarios y tener pleno conocimiento sobre los servicios u oferta portuaria que se dispone; debe realizar proceso de comunicación de manera constante con su equipo de trabajo y los diferentes usuarios. Además la comunicación con la Dirección de Infraestructura Pesquera debe ser efectiva, a tiempo y no solo se debe presentar los informes sobre la problemática, es necesaria la defi nición de un plan de acción para solventar las novedades, el cual debe estar plasmado en un documento. A continuación se presenta las actividades que deben cumplir los Administradores de Puertos y Facilidades. a) Aplicar la norma vigente en la administración del inmueble. b) Elaborar el reglamento interno de la infraestructura pesquera. c) Proponer proyectos, políticas, estrategias, procesos, procedimientos, para mejorar la entrega de los servicios y la administración del inmueble. d) Solicitar inicio de procesos de contratación de bienes o servicios. e) Elaborar y/o apoyar al grupo técnico en la elaboración de Términos de Referencia o Especifi caciones Técnicas. f) Elaborar fichas de levantamiento de necesidad y mantenimiento en las infraestructuras pesqueras. g) Coordinar el cumplimiento del Plan de Mantenimiento con el área técnica (procesos a ejecutar según el presupuesto asignado) h) Organizar e implementar metodologías de trabajo para el normal desenvolvimiento de las actividades en el proceso operativo. i) Reportes de cumplimiento de indicadores de gestión sobre los servicios brindados en los puertos y facilidades pesqueras j) Controlar los procesos de recaudación y cobro de tasas portuarias por conceptos de servicios prestados. k) Controlar las actividades diarias de cada uno de sus colaboradores. l) Resolver o asistir en primera instancia los reclamos emitidos por los usuarios. m) Identificar las necesidades del inmueble n) Supervisar el servicio de limpieza o) Evaluar al servicio de seguridad física. p) Elaborar informes de conformidad de bienes o servicios. q) Elaborar matriz de ocupación de espacios disponibles. r) Elaboración de informes de arriendos. s) Elaboración de términos de referencias para arriendos. t) Administrar los contratos de arrendamiento. u) Gestionar el pago de servicios básicos y otros que le corresponda realizar de acuerdo a sus competencias. v) Elaboración y suscripción de actas de ocupación al ingreso y salida. w) Elaboración y suscripción de informe de Gasto por Servicio de Uso. x) Seguimiento a la suscripción y pagos de convenios interinstitucional de Uso. y) Gestionar la implementación del plan de riesgos y plan de evacuación de la Infraestructura Pesquera, en el ámbito de su competencia. z) Gestionar la actualización de permisos de bomberos y pago de tasas municipales y contribuciones. aa) Registrar y controlar los bienes muebles de control y activos fi jos. bb) Inventario de muebles, equipos y maquinarias existentes para el aseguramiento cc) Realizar la planificación y proyección anual de gastos. dd) Realizar las demás actividades encomendadas por su inmediato superior dentro del ámbito de su competencia 2. ASISTENTE ADMINISTRATIVO. a) Recaudar información estadística de embarcaciones y volúmenes de pesca. b) Actualizar la matriz de ocupación de espacios del Puerto Pesquero. c) Receptar documentación habilitante de los diferentes postulantes para alquiler de los diferentes locales en el área comercial del puerto artesanal. d) Validación de datos en informes de recaudación. orar y/o rminos has de levantamiento d en las infraestr imient ración de procesos de co apoyar al grupo té s de Referencia o Esp de levantamiento de necesidad nfraestructuras pesqueras. ntr técnico en la de Referencia o Es a mejo inistrac o de o a os de Referencia o Especifi i ón de bienes oración aciones Ge plan l esti de nar to titucio a la s nal d usc ión de inform Ges y pa b estion va bito de uación su co mpleme n de so. ntac ción com tura Pe be pres a la d noveda presenta las a adores de Pu uipo d municación con esquera debe ser efe entar los informes defi nición de un plan de ades, el cual debe es a las actividades que deb la efectiva, a es sobre la pr finición de un plan d es el cual deb zar proc u equip mu es se defi nición de un plan de acc dades, el cual debe estar plasm rección emp es q) po y n mática, n para o r) Ela labborar matri rmmes de c eguridaad físi a n t) El arrie aborac endo ión ión de inf de ocu for upación los portuar lar las dores. sistir en primera instanc s usuarios. sidade brinda ras procesos de recau ias por conceptos de actividades diarias de cad en primera instancia los reclam os udaci de servic ctividades diarias de ca iento d os bri queras s p ria s actividades diarias de cada u s i y cobr pres y 2 stado de sus . a) A Rec ASISTEN ncia diato em sup más a perio ctiv p oyecci Actu P volúm dar in menes ormac d ADMINNIST 16 – Martes 6 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 194 e) Registrar la información en el formato de reporte estadístico de la pesca, información de la pesca y armadores. f) Elaborar informe actualizado de la ocupación de espacios dentro del Puerto. g) Receptar valores por canon de arrendamiento y elaboración de facturas. h) Realizar solicitud de materiales (de ofi cina y aseo) i) Realizar trámite para el depósito de las recaudaciones por servicios. j) Agendar cronograma de uso de sala de capacitación. k) Archivar ofi cios y memorándum enviados y recibidos en la Administración del Puerto. l) Actualización de Informe ATS. Anexo de Transacción Simplifi cado. m) Realizar informe mensual de actividades realizadas y presentarlo al Administrador Portuario. n) Realizar las demás actividades encomendadas por su inmediato superior dentro del ámbito de su competencia 3. AUXILIAR DE MANTENIMIENTO. a) Apoyo en las reparaciones o ajustes menores de las instalaciones en situaciones de emergencia (administrativas y operativas) equipos e instrumentos, para corregir fallas o cambio de piezas para su óptimo funcionamiento. b) Apoyo en inspección de las instalaciones, edifi cios, equipos, maquinarias y bienes generales de la infraestructura pesquera. c) Asistir en la elaboración de reportes por desperfectos y levantamientos de necesidades de mantenimiento en instalaciones, bienes muebles e inmuebles para su reparación. d) Llevar el control mensual y periódico de los mantenimientos en equipos y maquinarias. e) Cuidar los recursos físicos y de información que le sean asignados buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten. f) Revisar el estado de los materiales, equipos de los que dispone para el desempeño de sus actividades, procurando que se encuentren en condiciones de uso normal y comunicar posibles anomalías y desperfectos. g) Realizar las demás actividades encomendadas por su inmediato superior dentro del ámbito de su competencia 4. CONTROLADORES PORTUARIOS. Deben ser de la localidad y conocer la realidad en la cual se desarrollan las actividades de los pescadores artesanales y desempeñar las actividades siguientes: Medidas generales. a) Tratar con respeto y cortesía a todos los usuarios del Puerto. b) Permanecer correctamente uniformado. c) Portar la credencial entregada por INMOBILIAR en un lugar visible mientras dure su actividad laboral. d) Permitir el acceso a las áreas operativas del puerto de personas vinculadas a las actividades de pesca, funcionarios públicos externos y visitantes autorizados con el respectivo equipo de protección personal (chaleco refl ectivo y credencial). e) Controlar y restringir el acceso a personas en estado etílico o señales de haber ingerido sustancias psicotrópicas. f) Controlar el ingreso de vehículos en mal estado. g) Mantener registros, bitácora y disposiciones dadas sin indicios de alteración tales como: tachones, enmendaduras, sobre escritura, espacios en blanco. h) Controlar y restringir el acceso a menores de edad. i) Controlar y restringir el acceso de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Medidas específi cas. a) Hacer buen uso de los formatos y bitácoras asignados para el registro de actividades en el puerto. b) Generar la respectiva factura en los puntos asignados por el cobro de los servicios portuarios autorizados. c) Controlar y verificar el ingreso de usuarios al área operativa. d) Registrar en el respectivo formato el ingreso de combustible al puerto. e) Controlar las descargas de pesca realizadas en los muelles (flotantes y nodriza). f) Controlar que no circulen embarcaciones en la dársena del puerto a exceso de velocidad. g) Hacer cumplir el formato de solicitud para uso de muelle nodriza y área de varadero. h) Llevar el registro de avituallamiento y descargas de pesca en el muelle. n la nstalaci istrativ egir fal ento. ección de la narias y bien quera. MANTENIMI s reparaciones o a ones en situacio as y operativas) equipos e i allas o cambio de piezas p o de las instalaciones, edifi cio enes generales d ajustes iones de as) equipos e i as o cambio de piez or d E MA as io vas y operativas) equipos e inst fallas o cambio de piezas para su menore f) g) es rgenc mentos, ti e a h sin nme ant ind tener ci el in regi greso de a de hab cceso er in a Con ont ntrolar dura y re d , sobr os, bi altera re itácor hícul ar trám rvicios. ronogram os y memorándum envi ción del Puerto orm ud de materiales (d ite para el depósito ama de uso de salagr memorándum enviados y recibid uerto e o to de las re a de uso de r canon uras. tud mit . grama de uso de sala de capacita a y aseo d o) M acion s b) Tra Pue tar o en on nerales ctiv s vid ades d ades s conoce e los p r la re AR Portar manecer co to y cortes s r ar el es pone p do que municar posibles anomalías y demás activ superior de físicos y d buscando su adec esgos que los afecte tado de los mate para el desempeño de sus se encuentren en con icar posibles anomalías y desperfe actividades encomendad d l á a ten. ateriales, equ ra el desempeño de su e encuentren en pos y sos fí bus rie st para el desempeño de sus ac e se encuentren en condiciones ar posibles anomalías y despe n minis que le ración e d) de los idades, e) C m com ont mb strar bustibl en e ficar el in s po gr n rtuari s pun os os. Contr el lles l ar las (fl otan desca te uerto. ectivo for Martes 6 de marzo de 2018 – 17Registro Ofi cial Nº 194 i) Control y reubicación de vehículos en plataforma de acceso al muelle fl otante y nodriza. Realizar rondas periódicas por las instalaciones del puerto. j) Controlar que se cumplan las normas operativas y de seguridad en muelle nodriza por parte de las embarcaciones. k) Controlar que se cumplan las normas operativas y de seguridad en el área de talleres y varadero por parte de las embarcaciones. l) Verificación y notificación de contaminación que se produzca en la dársena del puerto, generada por las actividades pesqueras: mantenimiento de motores, eviscerado, implementos de pesca, descargas, etc. m) Verificar que toda área operativa después de su uso quede completamente limpia. n) Cumplir con el ingreso de la información en los formatos administrativos asignados. o) Notificar o informar cualquier novedad que afecte a la infraestructura o a las actividades operativas del puerto. p) Realizar las demás actividades encomendadas por su jefe inmediato en su ámbito de acción. En caso de reportarse novedades se deberá cumplir: a) Reportar e informar toda novedad al Administrador del Puerto. b) En el caso de identificar condiciones o acciones inseguras, acciones de insalubridad o contaminación, se registrara en bitácora y desarrollara informe de la novedad identifi cada. c) En caso de identificarse actividad que afecte a las operaciones portuarias se deberá parar de inmediato la maniobra y reportar la novedad generada. CAPITULO V OPTIMIZACIÓN DE ESPACIOS EN PUERTOS Y FACILIDADES PESQUERAS Artículo 18.- Promoción de Espacios.- Espacios comunales previstos para el ocio, recreación, descanso, (dentro del predio del inmueble que no se consideren áreas operativas) deberán ser aprovechados y utilizados en actividades culturales, turísticas, entre otras, para lo cual se pueden utilizar recursos técnicos o tecnológicos de libre acceso. Artículo 19.- Servicio de Alimentación en los Inmuebles Tipifi cados.- Los espacios tipifi cados (locales comerciales, mercado, entre otras) deberán contar con espacios diseñados específi camente para adquirir y/o consumir alimentos, y serán otorgados bajo la fi gura de arrendamiento, a arrendatario/s que tenga la experiencia, equipamiento y personal necesario para que a través del debido concurso, según la normativa pertinente, sean quienes expendan alimentos para el consumo. CAPITULO VI FINANCIAMIENTO Artículo 20.- Obtención del Presupuesto Referencial para Puertos y Facilidades Pesqueras Administradas por INMOBILIAR.- Para la elaboración del presupuesto referencial para las infraestructuras pesqueras administradas por INMOBILIAR, se efectuará el siguiente proceso: 1. Levantamiento de información e inventario del equipamiento e infraestructura, así como el estado de los mismos. 2. Análisis técnico administrativo de la información levantada y emisión de informe de diagnóstico. 3. Determinación del monto para el mantenimiento de la infraestructura, en base al criterio del personal técnico de INMOBILIAR. 4. Respaldar los montos referenciales con proformas obtenidas o los valores referenciales determinados por la entidad competente. Con el rubro estimado, se procede a la elaboración del presupuesto referencial. Los períodos de formulación del presupuesto referencial de las infraestructuras Pesqueras son anuales. Artículo 21.- Rubros para Mantenimiento y Administración de Puertos y Facilidades Pesqueras. 1. TALENTO HUMANO a) Personal Administrativo b) Personal Asistente administrativo c) Personal auxiliar de mantenimiento d) Personal Operativo (controladores portuarios) 2. MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA a) Planta de Pre-proceso b) Fábrica de Hielo en Marqueta c) Edifi cio administrativo d) Pantalanes e) Área de comedores f) Área de locales comerciales g) Mercado Minorista e in erto. aso de acciones en bitácora y desarrollara fi cada. fi carse a as s o e novedades s formar toda noveda e identifi car condiciones s de insalubridon bitácora y desarrollara informe d dad al identifi car condicio idad ámbito d arse n nfo de identifi car condiciones o nes de insalubridad o contami cora y desarrollara in cump dministr li rad cione r d Con resu l n el pu dad ubr lo d comp mo s valor peten onto es os re rit rio de manten l per ón, a Adm es culo pre queras to esupue s son eferen to r mado, ncia erenc ación y zca en des pe , implem toda área operativa de mente limpia. greso lan las a de talleres y es. y notifi cación de c la dársena del puerto, gen esqueras: mantenimiento ementos de pesca, dpl área operativa después de su u pia contamin puerto, gener queras: mantenimient entos de pe umplan área d nes y la pesqueras: mantenimiento de plementos de pesca, descargas, e por p ó arte de de Art que por las otores e a po refer dm ra P r INM nc lo Pue O o 20 os Obt C FINAN CA NC PITUL rm para e LO ativ cons ara qu a per 1 oceso trad : LI par s por AR.- P l ción cilidad Para del P es P MIE re cul den u cceso. 9.- Se ifi cados. cado, entre otras) deber s específi cam y serán otorg datario/ oci inmueble berán ser aprov turales, turísticas, e tilizar recursos técn ervicio de Alimenta Lados , entre otras) deberán contar ífi camente para adquirir y d b j l fi h entr cnicos o vicio de Alim n de ra el oc del inm deber ultu uti Servicio de Alimentación dos.- Los espacios tipifi cados ( e otras) deb y uti tras, pa ecnoló deren zados ra l o, n 2 ógicos b ) F PPlanta IM d P IENT ati O vo (co nte ntr nimiennto les c) ) P Edifi c ica d i Hielo e-proce o eso LA IN 18 – Martes 6 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 194 h) Bodegas y ofi cina al lado del mercado i) Áreas exteriores, parqueaderos, jardines j) Varadero k) Talleres de fi bras l) Bodegas de taller y baños m) Garita de control n) Muelle fi jo de nodriza o) Telecomunicaciones p) Muelle de descarga q) Faro r) Bodegas s) Estación de Bombeo agua potable y estación de bombeo contra incendios t) Baños área locales comerciales en general u) Caseta de máquinas v) Área de desechos solidos w) Estación de tratamiento de aguas residuales x) Generador de Energía Eléctrica 3. SERVICIOS a) Seguridad.- Servicio de seguridad técnica especializada, como se establece en el artículo 10 del presente instrumento. b) Limpieza.- Servicio de Limpieza de áreas comunes, administrativas, operativas, escaleras, servicios higiénicos públicos. c) Telecomunicaciones. 4. CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA a) Fábrica de Hielo b) Edifi cio administrativo c) Planta de pre-proceso d) Grúas e) Luces exteriores del Puerto f) Estación de Bombeo agua potable e incendio g) Baños h) Casetas de Maquinas i) Bodegas y ofi cinas al lado de mercado j) Bodega de talleres k) estación de aguas residuales 5. CONSUMO DE AGUA POTABLE a) Planta de Pre-proceso b) Fábrica de hielo en Marqueta c) Edifi cio Administrativo d) Áreas Exteriores e) Muelle de descarga f) Garita de control 6. INSUMOS VARIOS a) Materiales de aseo b) Materiales de ofi cina c) Block de facturas d) Equipos de protección Artículo 22.- Cálculo del Gasto por Servicio de Uso de Instalaciones en Puertos y Facilidades Pesqueras.- El Gasto por servicio de uso por metro cuadrado, se calcula con la siguiente fórmula: En donde: A = Área de ocupación asignada a cada institución. B = Total del área ocupada. C = Presupuesto referencial (anual). D = Número de meses según corresponda el período presupuestario. E= Gasto por servicio de uso al mes, correspondiente al período de ejecución presupuestaria. El Gasto por servicio de uso por metro cuadrado, se calcula con la siguiente fórmula. rador ICIOS dad.- S zada, como se establece en e instrumento. ervicio d istr dos atamiento de ag de Energía Eléctric Servicio de , como se establece en el artícul umento. ica i i solidos trata or d S Servicio de seguridad omo se establece en el uales G Ar Insta Gas rtícul ac 22 Equipos de ac as cina ica 0 n la s or s iguien C nes en rvicio culo Puer del ció lle fi j ecomun de descarg baños trol o de nodriza nicaciones desc er y bañ ontr jo uni scarga 5 b a) Pl nta MO D agu DE AG uas resid mercad c) ) Edifi c brica de hielo e-proce A P so POTABL úas es exte de Bombeo agua potable e uinas ivo e-proceso riores del Pue Bombeo agua potable e incendio ores del Puerto strativ pre-p eri ombeo agua potable e incen D = p p E= G erí supu ast pues úmero rio o r de eferenncia da. l ( cad insti calc Gasto la de e por ser jecuc vicio ó según nual co Martes 6 de marzo de 2018 – 19Registro Ofi cial Nº 194 En donde: B = Total del área ocupada. C = Presupuesto referencial (semestral o anual). D = Número de meses según corresponda el periodo presupuestario. F = Gasto por servicio de uso por m2 INMOBILIAR deberá efectuar los ajustes presupuestarios necesarios para fi nanciar gastos imprevistos que se ejecuten en la administración, mantenimiento y operación en las infraestructuras pesqueras administradas por INMOBILIAR; los cuales serán debidamente justifi cados técnica y legalmente por las Coordinaciones Zonales en apoyo a la Dirección de Infraestructura Pesquera. Artículo 23.- Mecanismo para Obtención de los Recursos a través de Convenio Interinstitucional, que cubran los Gastos por Servicio de Uso de Instalaciones en Puertos y Facilidades Pesqueras.- El convenio institucional es el instrumento legal que compromete a las partes, a cumplir con los deberes y obligaciones sobre las áreas asignadas dentro de las infraestructuras Pesqueras administradas por INMOBILIAR. El convenio contemplará los siguientes parámetros, a más de los contemplados en la normativa de la materia respectiva: a) Objeto del Convenio: Es la ocupación del área asignada por el titular del inmueble, incluyendo todos los bienes muebles, mismos que se detallan e individualizan en un acta entrega- recepción, e inventario para el efecto. El inmueble será destinado exclusivamente para actividades institucionales. b) Valor de Gasto por Servicio de Uso: El ocupante del inmueble por el uso de las áreas asignadas de acuerdo a la metodología de cálculo por porcentaje de ocupación, asume el valor del gasto por servicio de uso (administración y mantenimiento). c) Plazo: Contempla el plazo al que está sujeto el convenio, en base a los acuerdos con la institución ocupante. En el caso de las instituciones del sector público tales como: Empresas públicas (EP) y las entidades en las que el Estado posea participación accionaría mayoritaria, entidades que se encuentran dentro del ámbito de competencia de IMMOBILAR según lo determina el Decreto Ejecutivo N° 798 y que no pertenecen al Presupuesto General del Estado, la transferencia será gestionada en forma directa entre INMOBILIAR y la entidad ocupante, mediante la suscripción de un convenio interinstitucional para dicho efecto. El Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, a través de la Dirección de Infraestructuras Pesqueras, autorizará el uso y goce gratuito de un espacio físico a cambio de compensación por los servicios gratuitos que la misma brinde. Artículo 24.- Mecanismo para la Obtención de los Recursos a través de Contrato de Arrendamiento, en Puertos y Facilidades Pesqueras.- Las áreas que no hayan sido ocupadas por entidades del sector público, como bodegas, locales comerciales, etc. Podrán ser arrendadas por personas naturales o jurídicas del sector privado, bajo las condiciones específi cas de esta Cartera de Estado y en cumplimiento a las normativas aplicables. Artículo 25.- Mecanismo para la Obtención de los Recursos a través de las tarifas para los Puertos y Facilidades Pesqueras Artesanales.- Las embarcaciones marítimas artesanales o diferentes usuarios portuarios, que hagan uso de las áreas operativas en los Puertos y Facilidades Pesqueras administradas por INMOBILIAR, estarán sujetos a una tarifa de servicio, donde dicho valor estará ajustado en base a la realidad y tipología de cada infraestructura pesquera, a más de los contemplados en la normativa de la materia respectiva Artículo 26.- Requisitos Obligatorios que debe contener el Convenio Interinstitucional.-Los requisitos mínimos de fondo y forma, que contendrán los convenios interinstitucionales a celebrarse con INMOBILIAR, por el uso del espacio determinado, a más de los contemplados en la normativa de la materia respectiva son: 1. Comparecientes. 2. Antecedentes. 3. Objeto del convenio. 4. Valor de gasto por servicio de uso. 5. Obligaciones de las partes. 6. Vigencia del convenio. 7. Terminación del convenio. 8. Administración del convenio. 9. Prohibición. 10. Divergencias y controversias. 11. Modifi caciones al convenio. 12. Documentos habilitantes. 13. Domicilio y notifi caciones. 14. Aceptación de las partes. Artículo 27.- Requisitos Obligatorios que deben contener los Contratos de Arrendamiento.- Los l Con titular d es, mism ntrega ble será nstitucionales. por Servicio el uso d og s en la n nvenio: Es la ocupaci el inmueble, incluy mos que se detallan e indiv recepción, e inventario p á destinado eser uciona o de Uso: El ocup ción de uyendo tod etallan e indiv recepción, e inventa á los si ados e onv de smos que se detallan e individ a- recepción, e inventario para e erá destinado exclusivament nales rea asig ria m inte gna s bien izan en fecto a s 1 en o del la nor sti es ma e ituci aci nv fondo nales eq enio I y for uis Int itos ectiva O los y ontem ara 3 o Antec mparec va cient e la m eleb rminad mate , que brarse tit e conte on deb para n la adm raestru R; los cu mente por las Coordinacion ón de Infraestructura P nismo pa onv de uso por m berá efectuar los ajus fi nanciar gastos ministración, mantenimient ucturas pesqueras admin uales serán debidam e por las Coordinaciones Zonale Infraestructura Pesquera. ustes p imprevi antenimiento turas pesqueras adm les serán de ún io de ebe m ructuras pesqueras administra s cuales serán debidamente justi por las Coordinaciones Z supuest Pue hay que eración s por e p d arre priva mo endad si bode F ido o ga av Facilid upad can s de C dades nism Con mo p ac de. ón ratuito por os n Rec sta ulo baj do y e or ajo las n cu lo ersona co por cales c as Pesqu entid ato d ueras. ad an AR se que no ransfer BILIAR un conven ón Inmobilia de la D del s y las entida accionaría ma dentro del ámbito gún lo determina e pertenecen al Pre rencia será gestionada en f R y la entidad ocupan i iconvenio interinstitucional para d l S t o de el Decr Presupuesto ncia será gestionada en y la entidad ocu ones de P) y la n a n d eg o erencia será gestionada en form AR y la entidad ocupante, med onvenio interinstitucional para a, ent mpetenci o Ejec stado dades d o: o 9 cutiv eral del directa o l 1 0 1. M . Div rge biciión n de co ni onven io ho 13. Docu difi cacione y c s a ntrov 20 – Martes 6 de marzo de 2018 Registro Ofi cial Nº 194 requisitos de fondo y forma que contendrán los contratos de arrendamiento serán los establecidos en la correspondiente normativa de la materia respectiva y vigente. Artículo 28.- Obtención de Recursos.- La obtención de recursos será mediante la cancelación en efectivo mediante depósito o transferencia en la cuenta del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR; el canon de arrendamiento, dentro del plazo establecido en el contrato. Sin perjuicio de lo expuesto, se podrá establecer otra forma de pago, de acuerdo a las necesidades e intereses del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, que constará en el debido Informe Técnico; considerándose como posible opción la siguiente: a) Compensación.- Cuando el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, requiera que el posible ocupante realice trabajos de adecuaciones en los espacios asignados en vista que el diseño original sea fl exible en cuanto a distribución de los espacios y permita la división o unión de áreas, y/o la implementación de bienes muebles, maquinarias y equipos, que posteriormente se consideren adheridos al área arrendada, así como cualquier inversión realizada que se convierta en mejora o repotenciación para el funcionamiento del espacio otorgado en arrendamiento y queden en benefi cio del arrendador, se preverá la compensación como forma de pago del canon de arriendo o incluso en el plazo. Aquello que pueda ser retirado del inmueble por parte del arrendatario al fi nalizar el contrato, no se considerará para la compensación establecida en el presente párrafo. CAPÍTULO VII OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES Artículo 29.- Obligaciones y Responsabilidades de las Partes en Puertos y Facilidades Pesqueras.- En el marco de un convenio interinstitucional o contrato de arriendo se deben contemplar al menos las siguientes obligaciones y responsabilidades, dependiendo de cada una de las partes intervinientes 1. Es obligación y responsabilidad de INMOBILIAR: a) Entregar los espacios destinados para la ocupación de ofi cinas, bodegas, locales y talleres en buenas condiciones. b) Celebrar un convenio entre INMOBILIAR y la institución ocupante, para formalización de su uso y del valor que representa su ocupación en el inmueble. c) Celebrar un contrato de arriendo entre INMOBILIAR y la persona natural o jurídica, para formalización de su uso y del valor que representa su ocupación en el inmueble 2. Es obligación y responsabilidad del OCUPANTE: a) Suscribir el convenio interinstitucional o contrato de arriendo determinado para este efecto. b) Cumplir estrictamente con el reglamento interno de la infraestructura Pesquera. c) A la terminación de la ocupación del espacio asignado, la entidad entregará dicha área a completa satisfacción de INMOBILIAR. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- La Descripción de Cargos, Perfi les y Funciones, Serán detalladas y adjuntadas de acuerdo a las necesidades de cada infraestructura pesquera. SEGUNDA.- Por tratarse de un documento Técnico la difusión, asesoría y supervisión del cumplimiento de la presente norma, estará a cargo de la Dirección de Infraestructuras Pesqueras del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR. DISPOSICIÓN FINAL El presente acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Ofi cial. Dado y fi rmado en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, a 10 de enero de 2018. f.) Nicolás José Issa Wagner, Director General, Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR. No. RE-2017-239 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL HIDROCARBURÍFERO Considerando: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador publicada en el Registro Ofi cial Nro. 449 de fecha 20 de octubre de 2008, determina que: “Las Instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les serán atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”; Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno, publicada en el o al a com o. C IONES Y DE LAS PARTES ciones y Re cilida sación do o incluso retirado del inmu fi nalizar el contrato pensación establec CAPÍTULO VII NES Y RESPONSABILIDADE LAS PARTES eb to, no ecida en CAPÍTULO VII en en b mpensac iendo r ret al fi mp CAPÍTULO VII ES Y RESPONSABILIDAD o. A or pa consid l pr quello te del go Dad M resen e G f.) N Ges trop ol y poli fi r no, mado uiicio entrar de su á en INAL Inm José Is obilia a Wa de ener a ciu ro de dad de ago, d cio de G AR, qu se como n.- Cuando el Servic el Sector Púb osible ocup espa dentr lo expuesto, se po e acuerdo a las nec Gestión Inmobiliar ue constará en el debido Info o posible opción la s Cuando el Servicio de Gest or Público, INMOBILIA i odrá necesidade iaria del Sec constará en el debido In posible opción Sector P ento, d lo de G ue constará en el debido Informe mo posible opción la siguiente: ablecer e int do c) teres Público, écnico; s de IN tidad OB minació entre Pes ón de squ e con era st el reg efec cio to. nece RIME cione id ERA. DISPOSIC R. ocupa cha ár pación d a a n ión oc lor que un cont a natural o jurídica, para for valor que representa su o ponsa locale convenio entre IN upante, para forma representa su ocu trato de arriendo entr ural o jurídica, para formalizació que representa su ocupación en NMO malización cupación en e to de arriendo destin as, loc co cu r ntrato de arriendo entre INMOB ral o jurídica, para formaliza LIAR e su as Q Ecu 2 u uso mu y v del o se irtu de o l Esta vid octu do, publ re ulo 226 cada C 6 de l Consider RBUR an ÓN FERO VO Y CO R de acci efe mpete Consti de u encias s res púb na po rgani licos 08, dete smos onst egistro ermi stitución Ofi

Acuerdo Nº INMOBILIAR-DGSGI-2018-0001 ─ Modelo de gestión para los puertos y facilidades pesqueras artesanales administrados por el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público ─ INMOBILIAR, destinados al desarrollo de la pesca artesanal · Nelum