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Laws of Ecuador

Acuerdo Nº 60 - Procedimientos y requisitos para la obtención de autorizaciones para la transferencia y consumo de mercurio

Made 2014-04-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Mineral resources, Waste and hazardous substances
Keywords
mining, monitoring, hazardous waste, hazardous substances, authorization/permit, internal trade, international trade, transport/storage
Categories
*, metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. Art. 1.- EI presente acuerdo l iene como objeto establecer los req uisitos para la obtencion de autorizaciones para la transferencia y consumo de mercuric metalico subpartida arancelaria 2805.40.00.00, al igu al que los mecan ismos de seguimienlo y co ntrol en las fases de gestion de esla sustancia quimica peligrosa en el pais . 2 Ministerio del Ambiente Este acuerdo apliea a todas las personas naturales 0 juridicas, publicas 0 privadas nacionales a extranjeras que rea lizan la importacion , transferencia y/o consumo de mercurio metalico subpartida ara ncela ria 2805.40.00.00, en actividades mine ras y en otras actividades.

  2. Art. 2.- Para efeetos de la aplicacion del presente acuerdo, se consideran autoridades competentes en el ambito que les corresponde : • Ministerio del Ambiente del Ecuador; • Ministerio de Comercio Exterior; • Comite de Comercio Exterior; • Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, SENAE ; • Ministerio del Interior; • Ministerio de Defensa Nacional. CAPiTULO II DE lAS AUTORIZACIONES DE TRANSFERENCIA Y CONSUMO DE MERCURIO A rt. 3. - Las personas naturales y j uridicas que deseen participar en la transferencia 0 con sumo del mercuric metalico que ha sido importado al pais p~r la Empresa Publica Importadora -EPI EP, deberan presentar y cumplir los requisitos que a continuacien se mencionan segun apliquen: 3.1 EI importador, que para la aplicacion del presente instrumento es la Empresa Publica Importadora -EPI EP quien adquiere la sustancia pa ra transferirla a otras personas, las cuales deben poseer la autorizacien de transferencia y/o consumo , debe solicitar la autorizacien de transferencia de mercurio de acuerdo a los numerales 3.2. 3.2 En la transferenci a de merc uric : Los requisitos que las personas naturales y juridicas deben presentar para obtener la autorizacien de transferencia de mercurio son los siguientes: a) Solicitud de autorizacien para la transferencia firmada por el representante legal y dirigida al Subsecretario(a) de Calidad Ambiental (Formato S-MAE-01, Anexo A); b) Presentacien de cedula de identidad y certificado de votacien original del representante legal y responsable tecnico . En el caso de personas extranjeras, copia del pasaporte con la correspondiente visa . c) Presentaci6n del nombramiento vigente origina l del Representante Legal de' la compania debidamente inscrito, en caso de ser persona juridica; d) La(s) copia(s) notariada(s) de los contratos establecidos con empresas contratadas para realizar el transporte y almacenamiento de mercurio, en caso de contratar estes servicios ; e) Copia certificada del contrato de trabajo legalmente inscrito en el Ministerio de Relaciones Laborales , en el que conste la designaci6n del responsable tecnico que para este caso debe ser Quimico, Bioqu imico, Ingeniero Quimico 0 afin. Si la persona natural 0 juridica que contrata los servicios de almacenamiento y trans porte no posee un responsable tecnico propio , debe presentar el certificado del contrato de ,if "I-f/ II,,/<\. # Ili.@ rIJJ 1;1 fit 'If- ~ Yrl52- Ji D 3 r..~ I XA I sil l Ify'; yp I f1.'1 lC I Yr/f lM I ,;t,'fc I RE I EF I MI!/ 'Y" I J~ Ministerio dEl Ambiente trabajo legal mente inscrito en el Ministerio de Relaciones Laborales , en el que consle la designacion del responsable tecnico , que para esle casa debe 5er Qu imico, Bioquimico, Ingeniero Qu imico 0 afin , proporcionado por 13 empresa contratada ; f) Presentacion del Registro Unice de Contribuyen tes (RUG) original actualizado; g) Copra de licencia/s ambiental/es propias 0 de las empresas contratadas para el almacenamiento y transporte de materiales peligrosos (entre los que se encuentre incluido el mercurio mela lico) , segun aplique , en case de no poseer licencia ambiental al momento de la solicitud, se debera presentar una copia del ofieic 0 comunicaci6n de la Autoridad Ambiental que respalde el est ado de regularizaci on ambiental , adicional a esto debera presentar un informe con evidencia objetiva del cumplimiento de los criterios que apliquen segun la NTE lNEN 2266, respaldado con la firma del representante tecnico y representante legal, tomado como base el formato I~MAE-01 establecido en el Anexo B del presente acuerdo. En el caso de no contar con las licencias ambientales que indiquen de manera explicita la autorizacion para realizar actividades de almacenamiento y transporte, el proponente puede presentar permisos ambientales propios, cuyos documentos habilitantes incluyan • las fases de transporte y/o almacenamiento de sustancias quimicas entre las cuales se encuentre al mercurio. 3.3 Consumidores de mercurio en actividades diferentes a las mineras: Los req uisitos que deben presentar las personas naturales 0 juridicas para obtener la autorizacion de con sumo de mercurio son los sigu ientes: a) Solicitud de autorizacion para e! consumo dirigida a los Direcl ores Provinciales (Formato S- MAE-02, Anexo C); b) Copia del perm iso ambiental de la actividad, en cuyos documentos habilitantes se especifique el uso de mercurio. Las actividades que no presenten este requisito, no pod ran ser autorizados para e1 con sumo de mercurio. c) Presentacion de cedula de identidad y certificado de votacion original del representante legal y responsable tecnico. En el caso de personas extranjeras , copia del pasaporte con la correspondiente visa. d) Presentacion del nombramiento vigente original del Representante Legal de la compania debidamente inscrito , en caso de ser persona juridica ; e) Copia certificada del contrato de trabajo legalmente inscrito en el Ministerio de Relaciones Laborales , en el que conste la designacion del responsable tecnico que para este caso debe ser Quimico, Bioqu imico , Ingeniero Qu imico a afin. Para el uso en odontologia, el responsable tecni co podn3 ser un odontologo. f) Presentacion del Registro Unico de Contribuyentes (RUC) original actualizado; 3.4 Consumidores de mercurio en actividades mineras, que unicamente pueden ser plantas de beneficia y mineros artesanales aluviales quienes dentro de sus actividades requieran el uso de mercurio. Los requisitos que deben presentar las personas naturales y juridicas para obtener la autorizaci6n para el con sumo' de mercurio en actividades mineras son: 4 f~ Minislerio del Ambiente a) Solicitud de autorizaci6n de consumo de mercuric en mineria dirigida a los Directores Provinciales (Formato S-MAE-03, Anexo D); b) Co pia del permiso ambiental vigente de la actividad, en cuyos documentos habilitantes 58 declare el usa de mercuric; En el casa exclusivo de plantas de beneficio y mineros artesanales aluviales que 5e encuentren en proceso de regularizacion ambiental, para cumplir con este literal , deben presentar copia del aficio 0 comunicaci6n de la Autoridad Ambiental que respalde el estado del proceso de regularizacion. Se considera en proceSD de regularizacion, cuando el proponente ha presentado al men os el estudio de impacto ambiental a ficha ambiental en 13 que se indique especificamente el consumo de mercurio. c) Presentacion de cedula de identidad y papeleta de votacion original del representante legal. d) Para plantas de beneficia, copia notariada del titulo minero donde se ubica la planta de beneficia a la autorizacion para la instalacion y operacion de plantas de beneficia otorgado p~r el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables . • e) Para mineros artesanales aluviales, eopia notariada del permiso de mineria artesanal vigente otorgado par el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables. f) Presentacion del Registro Unico de Contribuyentes (RUG) original actualizado. Es requisito indispensable para obtener la autorizacion de consumo de mercurio que la planta de beneficia euente can metoda de recuperacion de mercurio, este metoda debe ser especificado dentro de la solicitud. En todos los casas de solicitudes presentadas por plantas de beneficio, asi como de mineros artesanales aluviales, se debera observar las disposiciones contempladas en el Reglamento Ambiental de Actividades Mineras. CAPITULO III OBLIGACIONES EN LA TRANSFERENCIA Y CONSUMO

  3. Art. 4.- Reporte Todas las personas autorizadas que participan en la transferencia deben presentar un reporte mensual de la cantidad de mercuric importado y transferido en el mes, que sera entregado durante los 10 primeros dias del mes siguiente. con la informacion establecida en los literales a) y b) de este articulo segun corresponda . . Los consumidores autorizados deben presentar un reporte trimestral de la cantidad de mercurio utilizada, que sera entregado los 10 primeros dias del mes siguiente al trimestre de reporte , con la informacion establecida en los literales c) y d) de este articulo segun corresponda. a) La Empresa Publica Importadora - EPI EP esta obligada a presentar reportes mensuales acompariados de las bitacoras de movimientos de entrada y salida del mercurio, respaldado con la firma del representante legal, que incluye la siguiente informacion de acuerdo al formato RM-MAE- 01 , Anexo E: • cantidades de mercuric metalieo importadas y fechas de importacion, f /~!L liff" !!!t?~lii LVJ! src Jf;8!;!4d!Ji 5 Ministerio de Ambiente • listado con los nombres de los representantes legales de las empresas clientes, • las ca ntidades vendidas, • las fechas de venta , • saldo de mercurio, • capias de facturas de venta , • copia de la guia de remisi6n . La Empresa Publica Importadora al poseer la autorizaci6n para la transferencia de mercurio, debe presentar adiciona lmente el reporte mensual de transferencia de mercurio (formata RM- MAE-02 , Anexo Fl. b) Las personas autorizadas para la transferencia d e mercuric estan obligados a presentar un reporte mensual sabre sus adquisiciones y tra nsferencias. acompariado de las bitacoras de movimientos de entrada y salida del mercurio, respaldado con la firma de su representante legal, e! cual debe contener la siguiente informacion de acuerdo al formato RM-MAE-02, Anexo F: • fechas de adquisicion y transferencia , • cantidad es adquiridas y transferidas, • RUe y raz6n social de empresas proveedoras y clientes, • nombres de los representantes legales de proveedores y clientes, • sardo de mercurio, • copias de facturas de compra y venta , • copia de la guia de remision . La persona que ademas de la autorizaci6n de transferencia, posea autorizaci6n para consumo de mercurio, debe presentar el reporte trim estral de consumo correspondiente (Anexo G 0 Anexo H). c) Consumidores de mercurio en actividad es diferentes a las mineras estan obligados a presentar un reporte trimestral, acompariado de las bitacoras de movimientos de entrada y salida del mercurio, respaldado can las firmas del representante legal y responsable tecnico , el cual debe incluir la siguiente informacion de acuerdo al formato RM-MAE-03, Anexo G: • fechas de adquisici6n, • cantidades adquiridas , • RUe y razan social de empresas proveedoras , • nombres de los representantes legales de proveedores , • copia de facturas de compra. d) Consumidores de mercu ric en planta de beneficio y para m ineria artesanal aluvial estan obHgados a presentar un reporte trimestral , acompariado de las b:t,3coras de movimientos de entrada y salida. del mercu rio, respaldad o con la firma del re presentante legal, con la siguiente informacion, de acuerdo a formato RM-MAE-04, Anexo H: 6 Ministelio de Ambiente • Fechas de compra , • Cantidades adquiridas , • RUe y razan social de empresas proveedoras , • Copia de facturas de compra, • Documentos que sustenten el estado de regu larizacion ambiental a Copia del permiso ambiental vigente. En el casa de plantas de beneficia, deberit incluir la declaraci6n de usa de mercuric de acuerdo al formata O-MAE-01 del Anexo I.

  4. Art. 5.- Envases para la transferencia: Los envases para la transferencia de mercurio al menos deben cumplir con los criterios tecnicos establecidos en el Anexo J de este acuerdo.

  5. Art. 6.- Transferencia exclusiva de mercurio: la transferencia de mercurio se debe realizar unicamente entre personas naturales y juridicas que posean las respectivas autorizaciones, conforme a 10 establecido en el presente acuerdo . •

  6. Art. 7.- Niveles de transferencia: existen hasta dos niveles de transferencia de la sustancia quimica. NIVEL 1: Es la Empresa Publica Importadora - EPI EP que tiene autorizaci6n de transferencia , esta persona debe transferir el mercurio sola mente a personas naturales 0 juridicas que posean la autorizaci6n de transferencia 0 con sumo. NIVEL 2: Es la persona que posee autorizacion de transferencia de mercuric y cuyo proveedor es la Empresa Publica de Importaciones - EPI EP (nivel 1). Esta persona debe transferir el mercuric unicamente a consumidores que posean la correspondiente autorizaci6n establecida en este acuerdo. En el caso de existir personas que declaren tenencia de mercuric legalmente adquirido podran obtener la aulorizaci6n de transferencia y sus responsabilidades se enmarcan en el nivel 2 del presente articulo. Las personas naturales 0 juridicas que unicamente brindan el servicio de almacenamiento 0 transporte a las personas que poseen autorizaci6n para la transferencia 0 co n sum~ de mercurio , no seran obligados a obtener autorizaciones para la transferencia, por 10 que todas las obligaciones establecidas en el presente acuerdo son de responsabilidad de las personas con las respectivas autorizaciones a quienes presten el servicio. Las responsabilidades en cuanto a la gesti6n ambientalmenle adecuada de la sustancia se enmarcaran ademas en 10 establecido en el Reglamento para la Prevencion y Control de la Contaminaci6n por Sustancias Quimicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales, Acuerdo Ministerial No. 161 publicado en el Registro Oficial No. 631 del 01 de febrero de 2013, ademas de 10 previsto en el presente instrumenlo. EI Ministerio del Ambiente publicara la lisla de todas las personas autorizadas para fa importacion, Iransferencia y consumo en fa pagina web de la institucion .

  7. Art. 8.- La persona nalural y juridica que posea fa autorizacion de consumidor de mercuric metalico, no podra transferir ninguna canlidad de la suslancia adquirida con su aulorizaci6n de consumo. En el caso de contar con ef permiso de transferencia , fa persona sofamente podra transferir las cantidades de mercurio que han sido adquiridas bajo este permiso y para este fin . La 7 Ministerio de Ambienle persona que mantenga estos dos permisos debe diferenciar la compra para cada fin y la autoridad 10 verificara con las facturas respectivas.

  8. Art. 9.- La s personas autorizadas para la transferencia y consumo de mercurio estan prohibidas de contratar para los servi cios de transporte y almacenamiento a personas naturales y juridicas que no posean los respectivos permisos ambientales 0 los requisitos establecidos en este acuerd o.

  9. Art. 10.- Las plantas de beneficia que hayan obtenido su autorizacion de consuma, deben prestar el servicio de procesa miento de material con mercurio, unicamente a personas que posean el respectiv ~ permiso ambiental vigente 0 cuenten con el oticio que muestre el estado en el que se encuentre el proceso de regularizacion ambienta!. EI titular minero de la planta de beneficia debe verificar la vigen cia del mismo previo a prestar el servicio de acuerdo a las bases de datos publicadas por la Autoridad Ambiental. CAPiTULO IV PROCEDIMIENTOS

  10. Art. 11.- EI pronunciamiento sobre la solicitud y los documentos ingresados con el fin de obtener la autorizacion para la transferenci a y/o consumo de mercurio, sera emitido por el Ministerio del Ambiente, en el termino maximo de sesenta dias luego de ingresada dicha documentacion. En caso de no existir un pronunciamiento dentro del termino referido se considerara como aceptada la solicitud para 10 cual el Ministerio emitira el documento habilitante respectiv~ sin mas formalidades. Estos pronunciamientos podran ser de observacion , rechazo 0 aprobacion. EI pronunciamiento puede ser de observacion si los documentos e informacion presentada estan incompJetos 0 si los documentos no son los requeridos en este acuerdo. La persona natural 0 juridica interesada en obtener la autorizacion para la transferencia 0 consumo de mercurio, podra solventar estas observaciones en un termino maximo de quince dias, caso contra rio el Ministerio del Ambiente, al cabo de este tiempo emitira un pronunciamiento de rechazo a la solicitud y la persona interesada debera iniciar nueva mente el tramite , si 10 requiere. ' En el caso de comprobarse que la informacion de la documentacion presentada es falsa, la solicitud sera rechazada, sin perjuicio de la s acciones legales a las que haya lugar.

  11. Art. 12. - La autorizacion para consumo , tendra validez de tres meses, par esta razon el consumidor debe solicitar que se renueve su autorizaci6n mediante oficio dirigido al Director Provincial del Ambiente respectivo , los primeros quince dias del ultimo mes del trimestre antes de caducarse la vigencia de dicha autorizacion mediante los formatos de los Anexos CoD, segun corresponda . Para la asignacion de cupo en las primeras autorizaciones de consumo, el Ministerio del Ambiente realizara el anal isis y verificacion de la informacion presentada en las solicitudes respectivas (Anexos CoO), en caso de ser necesa rio se realizara una inspeccion. En el caso exclusivo de las personas que hayan declarado que poseen mercurio legal, se considerara la cantidad declarada como parte del cupo 0 el cupo total segun 10 que indique el analisis de la informacion proporcionada. A partir de la segunda autorizacion de consumo la Autoridad Ambiental establecera el cupo de mercurio a ser adquirido para el respectivo trimestre. Este cupo sera actualizado trimestralmente en base al anal isis del consumo en los reportes trimestrales , de los reportes mensuales de 8 Ministerio de Ambiente transferencia y/o de las observaciones emitidas en los informes de inspeccion de control . La solicitud de renovacion se realizara mediante los formatas de los Anexos CoO respect iva mente.

  12. Art. 13.- La autorizaci6n para transferencia liene una vigencia indefinida siempre que se de Gumplimiento a 10 establecido en el presente acuerdo, case contra rio 5e procedera con 10 previsto en el Capitulo V de este instrumenta, no obstante en el casa exclusivo de Jas personas que hayan declarado poseer mercuric [eg al en los formatos de los Anexos A, C y 0 pod rim acceder por (mica vez a la autorizacion de transferencia y solamente para la cantidad declarada, con una vigencia maxima de dos meses; posterior a este periodo, los saldos de mercurio sen3n decomisados. La Autoridad Ambiental indicara explicitamente esta condicion en la autorizacion de transferencia que se otorgue en este contexto . CAPiTULO V DE lOS CONTROlES Y lAS SANCIONES

  13. Art. 14.- Previo al otorgamiento de autorizaciones para la transferencia y para el consumo de mercurio, el Ministerio del Ambiente podra realizar inspecciones in situ, a fin de verificar la • informacion presentada con la solicitud correspondiente sobre la base del cual se otorgara 0 no la autorizacion respectiva; estas inspecciones no suspenderan el tramite correspondiente a cada caso .

  14. Art. 15.- EI Ministerio del Ambiente posterior al otorgamiento de autorizaciones de transferencia y con sumo podra realizar inspecciones de control aleatorias a fin de verificar el cumplimiento de 10 establecido en este acuerdo, de ser el caso acompanado de las instituciones competentes. EI 0 los tecnicos design ados elaboraran un informe de la inspeccion de control , este informe servira de base para la ratificacion , suspension, anulacion de las autorizaciones emitidas, asi como para aplicar otras sanciones que correspondan.

  15. Art. 16.- En el caso de que de la revision de los reportes y de los informes de inspeccion surjan observaciones, estas deben ser subsanadas en un termino maximo de quince dias contados desde su notificacion; de no ser subsanadas dichas observaciones durante este periodo, el Ministerio del Ambiente suspendera por veinte dias laborables las autorizaciones de transferencia o con sumo, periodo dentro del cual el titular podra presentar justificativos que seran considerados por el Ministerio de Ambiente, caso contra rio se anularan dichas autorizaciones de forma definitiva, sin opcion a obtener una nueva autorizacion y se iniciara las acciones legales que tengan lugar. La documentacion que subsane las observaciones emitidas a los informes de inspeccion 0 a los reportes , una vez ingresada al Ministerio del Ambiente , este emitira el pronunciamiento en un periodo no mayor a veinte dias laborables a partir de la recepcion de la documentacion antes mencionada.

  16. Art. 17.- En caso de que los reportes de transferencia y consumo no sean presentados en el tiempo establecido en el presente acuerdo, a partir de esta fecha el Ministerio del Ambiente suspendera las autorizaciones de transferencia y/o consumo por 20 dias laborables. En caso de no presentar el reporte durante el tiempo de suspension 0 de ser reincidente , se anularan dichas autorizaciones de forma definitiva, sin opcion a obtener una nueva autorizacion y se iniciara las acciones legales que tengan lugar.

  17. Art. 18.- EI Ministerio del Ambiente iniciara el debido proceso administrativo en caso de incumplimiento de 10 establecido en el presente acuerdo, las sanciones estaran conforme a 10 9 Ministerio de Ambiente establecido en materia ambiental en el C6digo Penal vigente y la normativa ambiental aplicable, sin perjuicio de las actiones 0 sanciones establecidas por otras instituciones competentes.

  18. Art. 19.- S1 mediante las acciones de control y seguimienlo, se determina que el mercurio ingresado, transferido 0 en usa flagrante , no cuenta con las autorizaciones correspondientes esta blecidas en este acuerdo, la sustancia sera inca utada per las autoridades competentes y entregada para su almacenamiento a la Empresa Publica Importadora - EPI EP. La 0 las persona(s) que estuvieron en posesion de esta sustancia tendran un tiempo maximo de acho dias habiles en los que deben demostrar ante el Ministerio del A'l1biente y las instituciones competentes , la procedencia del mercuric incautado, caso contra rio, se procedera con el respectiv~ decomiso. EI mercurio que se encuentre en poses ion de personas cuyas autorizaciones para la transferencia o consumo estE!n suspendidas, sera incautado por la autoridad competente y entregado para ser almacenado por la Empresa Publica Importadora -EPI EP hasta que las autoridades competentes autoricen su devolucion 0 disposicion pertinente.

  19. Art. 20.- EI mercurio que se encuentre en posesion de personas cuyas autorizaciones para la transferencia 0 consumo hayan sido anu ladas se ra decomisado por la autoridad competente y • a la Empresa Publica Importadora - EPI EP. sera entregado para su dis posicion

  20. Art. 21 .- Sin opcion a obtener una nueva autorizacion y sin perjuicio de las acciones legales a las que haya lugar, las autorizaciones de transferencia y consuma se anularan par los siguientes motivos: • Si la persona que posee la autorizacion realiza la transferencia a una persona natural 0 juridica que no posee la respect iva autorizaci6n. • Si el consumidor adquirio y/o utilizo una cantidad de mercuric mayor al cupo designado en la autorizacion de consuma. • Si no posee melodos de recuperacion de mercurio (unica mente apl icado para plantas de beneficio). • Conforme a 10 establecido a los articulos 16 y 17 del presente acuerdo.

  21. Art. 22.- Glosario: Anulacion de autorizaciones para la tran sferencia 0 co nsu mo de mercurio: Es una acci6n tomada por el Ministerio del Ambiente al constatar el incumplimienlo a 10 establecido en el presente acuerdo; que consiste en interrumpir de forma permanente las autorizaciones para la transferencia 0 consumo de mercuric metalieo. Autorizaci on para con sum o de mercurio metcilico: Es el permiso otorgado por el Ministerio del Ambiente que faculta a personas naturales 0 juridicas a utilizar mercurio en sus actividades productivas. Autorizacion para transferencia de merc urio metalico: Es el permiso otorgado a las personas naturales y juridicas, otorgado por el Ministerio del Ambiente , para 1:3 transferencia de mercurio metalico. Consumidor: Persona natural 0 juridica que requiere la autorizaci6n de consumidor para adquirir mercuric que util.izara en uno 0 varios de los procesos productivos en sus instalaciones. 10 "" ~_ Ministerio .....r del Ambiente Ficha ambiental: permite describir de forma general, el marco legal aplicable, las principales actividades del proyecto , obras 0 actividades que segun la categorizacion ambiental nacional, son considerados de bajo impacto; ademas 5e describe su entorna en los aspectos fisicos , bi6ticos y socia economicos y propane medidas a traves de un Plan de Manejo Ambiental para prevenir, mitigar y minimizar los posibles impactos ambienta les. Importador: Persona natural 0 juridica que realiza la importacion de mercurio meta lieD, para el case especifico del presente instrumento es la Empresa Publica Importadora - EPI EP. Licencia Ambiental: son autorizaciones administrativas otorgadas par la autoridad ambiental competente que acreditan que se ha cumplido en forma adecuada con el proceso de regularizacion de un proyecto, obra 0 actividad. Mercurio metalico: Es la sustancia 0 elemento qUlmlco que se genera naturalmente, se encuentra en estado liquido, es de color plateado y ligeramente volatil a temperatura ambiente. Planta de beneficia: Es el lugar donde se realiza el conjunto de procesos para la separacion y transformacion del mineral de interes de la men a mediante la aplicacion de metodos fisico- mecanicos y quimicos. Responsable Tecnico: Es la •persona que se responsabiliza de aplicar los criterios para el almacenamiento y transporte de mercurio metalico segun 10 establecido en la NTE INEN : 2266 y da el sustento tecnieo del consumo de mereurio en procesos industriales (reportes 0 testifieaeiones) . Saldo de mercuric: Es la cantidad de mercuric metalico que no ha side transferida ni consumida y se encuentra almacenada. Suspension de autorizaciones para la transferencia 0 consumo de mercuric: Es una accion tomada par la Autoridad al presumir que se incumple 10 establecido en el presente acuerdo; que consiste en interrumpir de forma temporal las autorizaciones para la transferencia 0 consumo de mercurio metalieo, hasta que se esclarezca el caso . Transferencia: Entrega y recepcion de mercurio metalico, puede a no incluir compra- venta. Para su ejecucion general mente se requiere infraestructura de almacenamiento (recepcion) y transporte (entrega/distribucion). DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- Los instructivos, formatos de solicitudes, formularios y demas documentos establecidos en el presente acuerdo , pod ran ser descargados de la pagina web del Ministerio del Ambiente en el Sistema Unico de Informacion Ambiental (SUIA) y los para metros establecidos en los mismos no podran ser modificados. Los requisitos y solicitudes para autorizacion de transferencia 0 consumo , deben ser ingresados de forma fisica , para la posterior revision , analisis y emision de pronunciamiento. SEGUNDA,- A fin de facilitar los controles que se realieen por parte de las instituciones competentes, asi como la transferencia de mercurio entre las personas autorizadas que participen en la transferencia y consumo de mercurio, tanto los eupos como la emision, suspension y anulacion de autorizaciones para la transferencia 0 consumo de mercurio, seran de conocimiento publico y se actualizaran semanalmente en el SUIA de la pagina web del Ministerio del Ambiente . TERCERA- Considerando el techo de importacion en base a las 19 toneladas anuales que se establecen en el Articulo 3 de la Resolucion 108, del Comite de Comercio Exterior, la Empresa 11 .1. ~_ Minislerio ....r cIEJ Ambiente Publica Importadora - EPI EP, al momento de encontrarse operativa, definira las cantidades maximas a ser importadas en un periodo determinado con el fin de proveer de la sustancia a los consumidores y a las personas que participen en la transferencia de ser el casa, tamanda en cue nta los crilerios respectivos de distribucion territorial para un abastecimiento oportuno y suficiente. CUARTA.- EI Ministerio del Ambiente suministrara a la Empresa Publica Importadora de una base de datos e informacion consolidad a sabre los reportes presenlados par las personas que participen en la transfere ncia y consumo de mercuric metalieo. QUINTA.- Los consumidores que hayan adquirido mercuric en una cantidad igual 0 menor a 34.5 kg que equivale aproximadamente a 2.5 litros de mercurio, no requieren de Licencia Ambiental para realizar el transporte del mismo, no obstante, deben cumplir con 10 establecido en el articulo 5 del presente acuerdo al momento de transportar esta cantidad de la sustancia, y para su permanencia en el almacenamiento. Durante el transporte el envase con el mercuric debe ir acompariada con la autorizacion respectiva, la factura de compra y la hoja de seguridad proporcionada p~r el proveedor. SEXTA.- Por ningun motivo \ se importara mercurio metalico (elemental) a traves de otras subpartidas aran celarias que no sea la 2805.40.00.00. En el caso de las amalgamas de mercurio estas deben ser importadas especificamente a traves de la su bpartida 2843.90.00 0 la que la reemplace de acuerdo al arancel ecuatoriano y la normativa del Ministerio de Salud Publica de ser el caso. SEPTIMA.- En caso de la necesidad de real izar argun cambio en la informacion del documento habilitante de alguna de las autorizaciones otorgadas bajo este instrumento, principalmente en cuanto a las actividades de almacenamiento 0 transporte de mercurio, el proponente debe, en el plazo de 48 horas previo a realizar el cambio, solicitar la actualizacion del permiso mediante la presentacion de todos los requ isitos establecidos en el presente acuerdo con las modificaciones del caso. OCTAVA. - Los titulares mineros ante el Ministerio Sectorial y la Autoridad Ambiental Nacional, deben comprar mercurio exclusivamente a la Empresa Publica de Importaciones. NOVENA.- Considerando el articulo 24 de la Ley de Mineria, toda planta de beneficio que preste servicio para el procesamiento de mineral con mercurio a los mineros artesanales 0 a otros pequerios mineros, debe solicitar en el cupo para la autorizacion de consumo , el total de la cantidad de mercuric que necesite adquirir para utilizar en sus actividades propias de ser el caso, mas la cantidad de mercurio estimada para brindar el servicio de procesamiento al minero artesanal de acuerdo a su capacidad en planta. La planta de beneficio tendra la responsabilidad de realizar la dosificaci6n del mercurio en el proceso, teniendo prohibida la entrega directa de mercurio al minero artesanal. La planta de beneficia debera contar con las facturas que diferencien la compra y con la bitacora de almacenamiento y consumo, de tal manera que registre el consumo propio como el consumo del minero artesan al, a fin de respaldar el reporte trim estral respectiv~ . DECIMA.- La EPI debe contar con la autorizacion de transferencia de mercurio para poder transferir esta sustancia, por 10 tanto debe cumplir los requisitos establecidos en el presente acuerdo. 12 M. ~~ Ministerio ..... del Ambiente DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Las personas naturales 0 jurfdicas que hayan obtenido la autorizacion para participar en la transferencia de mercurio, demostrando que se encuentran 0 las empresas contratadas par ellos se encuentran en proceso de obtencion de la licencia ambiental para el transporte y/o almacenamiento de mercurio meta lieD, tend ran un term ino maximo de acho meses contados a partir del inicio del tramite para la obtencion de dicha licencia ambientai. Las personas naturales 0 juridicas autorizadas para la transferencia de mercurio debe ran presentar cad a dos meses junto al reporte correspondiente una copia del oficio que respalde el avance del proceso de regularizaci6n ambiental; de no ser presentado este oficio, el Ministerio del Ambiente segun correspond a anulara la autorizacion de transferencia y no otorgara otra autorizacion hasta que el proponente contrate los servicios de transporte y almacenamiento con otras empresas que cuenten con licencia ambiental para transporte y/o almacenamiento para materiales peligrosos en el que se incluye mercurio metalico. SEGUNOA.- Las autorizaciones de transferencia y consumo de mercuric tendran validez hasta el 16 de julio de 2015 , posterior a esta fecha las personas que posean saldos de mercurio, estan obligadas a realizar la disposicion de estos, de acuerdo a 10 que establezca la Autoridad Ambiental Nacional y la norm at iva ambienfal aplicable. TERCERA.- Los titulares de plantas de beneficio y mineros artesanales aluviales que actualmente cuenten con el respectiv~ permiso ambiental y no hayan declarado el usa de mercuric en sus estudios de impacto ambiental 0 fichas ambientales y que dentro de sus actividades requieran el uso de mercurio, para acceder a las autorizaciones de consumo de mercuric en mineria de acuerdo a los requisitos establecidos en el presente acuerdo, deben declarar el usa de mercuric ante el Ministerio del Ambiente en un plazo no mayor ados meses contados a partir de la vigen cia del presente instrumento 10 cual implica realizar las actualizaciones correspondientes de los dacumentos habilitantes del permiso ambiental segun 10 establezca la normativa ambiental. La declaracion debe ser en kilogramos de mercuric que se consume por mes (kg/mes); de no ser presentada dicha declaracion durante el plazo establecido en el presente acuerdo, el Ministerio del Ambiente no otorgara autorizaciones de con sumo. Aquel10s que se encuentren en proceso de regularizacion y que hayan presentado el estudio de impacto ambiental 0 ficha ambiental y que dentro de sus actividades requieran el usa de mercurio, deben asegurarse de que los mencionados documentos habilitantes indiquen el uso de mercurio (kg/mes) para que puedan acogerse a 10 dispuesto en el presente acuerdo y acceder a la autorizacion de consumo. CUARTA.- Los mineros artesanales aluviales y plantas de beneficio autorizadas para el uso de mercurio en el procesamiento de mineral estan obligados a presentar ante la Autoridad Ambiental Nacional, para su aceptacion , planes de eliminacion de usa de mercurio que forma ran parte vinculante del plan de manejo ambiental respectiv~. ocho meses antes de que se cumpla el plazo establecido para el uso de mercurio en la Disposicion Transitoria Tercera de la Ley Organica Reformatoria a la Ley de Mineria publicada en Registro Oficial Segundo Suplemento No. 37 del 16 de julio de 2013. QUINTA.- A partir del 17 de julio de 2015, las personas autorizadas que participan en las fases de importacion, transferencia y consumo que posean saldos de mercurio, deberan cubrir los costas de la disposicion final de estos. Los saldos seran verificados a traves de la coherencia y veracidad de la informacion en los repartes tanto de las personas que han realizado la transferencia de la sustancia como de los consumidores. I. ~~ -,"i/~):tO /l £) riII ill lUi .Jk fl ~;/.t D 13 ~E / XA! S(!! "I' / YP ! fJ"t2! ~ LM! MFt ! ffV! ~ ! ME! 'IF ! JV Ministerio del Ambiente SEXTA.- Todas las personas que requiera n transferir y/o consumir mercuric metalieD subpart ida arancela ria 2805.40.00.00 deben obtener la autorizacion respectiva, incluso 5i la sustancia fue adquirida , previa a la emision del presente instrumento. Para obtener esta autorizaci6n tendrsn un plaza maximo de dos meses contados a partir de la vigencia del presente acuerdo . SEPTIMA.- EI Ministerio del Ambienle podrs utilizar una herramienta informatica para realizar el control de saldos de mercurio, para io cual las personas que participen en la importaci6n, transferencia y consumo de mercurio, debenln seguir las directrices que la Autoridad Ambiental establezca para este fin. DISPOSICION FI NAL.- EI presente Acuerdo entra en vigencia a partir de su suscripcion, sin perjuicio de su publicacion en el Registro Oficial. Comuniquese y publiquese. Dado en Quito. el I 0 ABR. 20\\' .CJ;f!;;;J Ministra del Amb iente Subrogante Minister io del Ambic nte Nombre Area Ca rgo Sumilla Jose Luis Erazo DNCA TecnicQ .I l Ximena Aguirre DNCA Tecnico 1/';4-f( Elaborado Silvia Veloz DNCA Tecnico r/-! Paulina Villamar DNCA Tecnico 'fJI! Yadira Pilco ONCA Tecnico 'fI' Pablo Diaz CGJ Abogado ~ l uis Cumba Fernando Cueva CGJ ONPCA Asesor Tecnico '&- IV. lilian Moya ONPCA Tecnico /j Revisado Mari a Fernanda Cando ONPCA Coordin adora Mineria .~ Regina Espinoza DNCA Tecnico 11?!T Elizabeth Flores ONCA Coordinadora UPOPNP ~ Director Nacional de Conlrol Marco Enriquez ONCA ~ . Ambienta! (E) ~ Aprobado Raul Gual"la CGJ Coordinador Juridico Jorge Vil1amarln SCA Asesor 1 14 Ministerio del Ambiente ANEXOS Anexo A Solicitud de Autoriza ci6n de Tra nsferencia de Mercurio (Formato S-MAE-01) Anexo B Informe de Cumplimiento de Crite rios NTE INEN 2266:2013 (Formato I-MAE-01). Anexo C Solicitud de Autorizaci6n para el Consumo de Mercurio (Formato S-MAE-02) Anexo 0 Solicitud de Auto rizaci6n de Consumo de Mercurio en Mineria (Formato S-MAE-03) Anexo E Reporte mensual del lmportador (Formato RM-MAE-01) Anexo F Reporte mensual de Transfere ncia (Formato RM-MAE-02) Anexo G Reporte trimestrar del Consumidor en actividades diferentes a la mineria (Formato RM- MAE-03) Anexo H Reporte trimestral del Consumidor en Planta de Beneficio y Mineria Artesanal Aluvial (Formato RM-MAE-04) Anexo I Declaracion de Usa de Mercurio en Planta de Beneficia (Formato DMMAEM01) Anexo J Criterios Tecnicas Basicos para Envases que Seran Utilizados en la Transferencia de Mercurio. 15 /1 'Y-~ j/~ J,o I' &J nfD vi 6J m~'.kC , dJ I 'fu I XA I W I ~ I YP I ffr/lC I 'F"d/ lM I Jlc I if?1 EF I Me l.rp I J\i ESPACIO EN BIANCO f$PA(/OEN BlANCO Ministerio del Ambiente Oirection National de Control Ambiental Ministerio Solicitud de Autorizacion Transferencia de Mercurio del Ambiente Anexo A Formato S-MAE-Ol Lugar y Fecha: Senor(a) Subsecretario(a) de Calidad Ambiental Ministerio del Ambiente Presente. - yo •.................................................................. con cedula de identidad ................................. ., representante legal de ......... so licito a usted, la autorizacion de transferencia de mercurio. 1. Datos de la persona natura l 0 juridica que solicita la autorizacion de transferencia de mercurio. Nombre 0 razon social: Ciudad RUC/CI elefono: Direccion: Emai l: 2. Datos del Responsable tecnico: Nombre 0 razon socia l: RUC/CI Profesion: elefono: Direccion: Email: 1 Calle Madrid 1159 y Anda lucia Quito· Ecuador TellHono: 593-2 398-7600 Ministerio del Ambiente "Ministerio del Ambiente Direction Nadonal de Control Ambiental Solicitud de Autorizacion Transferencia de Mercurio Anexo A Formato S-MAE-Ol 3. Informacion de las empresas encargadas de transportar y almacenar mercu ric Numero de otitia 0 Nombre / Razen Representante resolution Actividad que RUC IC I social. legal que respalde el estado de realiza regularizacion ambiental. 4. Declaraci6n Como representante legal declare que a 13 techa poseo ................ Kg de mercurio meta Ii eo adquirido de manera legal pa ra 10 cual adjunto las ra(turas del caso, V finalmente declare que la informacion (ontenida en esta solicitu d y sus anexos son fi dedignos y pueden ser sujetos a comprobacion por el Ministerio del Ambient e, que en caso de omisi6n 0 falsedad padra invalidar el tramite vIa aplicar las sancio nes correspond ientes. FIRMA REPRESENTANTE LEGAL 2 Calle Madrid 1159 y Andalucia QuilO • Ecuador Telelono: 593·2 398·7600 www Ilmbiell~ e gob.ec Ministerio del Ambiente Subsecretarfa de Calidad Ambiental Informe de Cumplimiento de Criterios NTE INEN 2266:2013 Ministerio del Ambiente Ane)(o B Formato I-MAE-01 Lugar y Fecha Seiio r(a ) Subsecretario(a) de Calidad Ambienta l Mini sterio del Ambiente Presente.- yo,..................... ......................... ........................ con cedula de ident idad ......... ........................... ...... ... , representante legal de ...... ... ........................ y ................................ responsable tecnico de la empresa...................................................... .... con cedula de identidad ................................................, por medio del presente in formamos el cumplimiento de los criterios est ablecidos en la NTE INEN 2266:2013, para el manejo ambient almente adecuado de mercurio meta lico en las fases de: D Almacenamiento D Transporte Declaramos qu e la informacion contenida en est e inform e y sus anexos so n fidedignos y pueden ser sujetos a com probaci6n por el Minist erio del Ambiente, qu e en caso de omision 0 falsedad podni invalidar el tramite vIa aplicar las sa nciones co rrespond ientes. Firma Representante legal Firma Responsable Tecnico Calle Madrid 11 59 y Andalucla Quito· Ecuador Telli fono: 593-2 398·7600 \vww.arnbiente.gob.oc Ministerio del Ambiente Subsecret aria de Calidad Ambiental "Ministerio del Ambiente Informe de Cumplimient o de Criterios NTE INEN 2266:2013 Anexo B Formato I-MAE-Ot Numerales INEN Evide ncia Objetiv3 ~266: 2013 6.1.1.2, 6.1.7.10( litera l d.3) Debera presentar fotografias a color de la serializacion del materia l peligroso, q"e aislen las operaciones. Y de los vehiculos de ransporte y sus rdtu los. 6.1 .2.18,6.1.5.3 Y 6.1.6 Registro de asignacion del equ ipo de proteccion personal a los ecnicos involucrados en la manipulacion de mercurio 6.1.1.5 6.1.1.4 6.1.1.6 Programas de instruccion y e ntrenamiento espedfico a las pe rsonas 6.1.1.7 que manejan mercurio medlicQ, que in cl uya cronograma y 6.1. 2.1 (transportistas) conten ido. Registro de asiste ncia yeva luaciones. 6.1. 2.11 (transportistas) 6.1.7 .10 (transportistas) Copias de licencias t ipo E y cert ificados del curso basico obligatorio 6.1.2 .2 (transportistas) de capacitacion para conductores de vehicu los que transporten mate riales peligrosos, ava lado por el Ministerio del Ambiente 6.1.2.8 (transportistas) Copia de un plan de rut as por donde circularan los vehicu los. En 10 posib le no circu lar par zonas pobladas 6.1.2.4 (transportistas) Fotografias a color que muestren los sistemas pa ra fijar y asegurar con soportes la carga y la distribucion uniforme en el caso que aplique. 6.1.2 .12 Copia del documento de an,Hisis de las clases de peligro V compatibilidad can otras sustancias a materia les, en el caso de planificar el transporte a almacenamiento con otras susta ncias. 6.1 .7.2 Fotogra fias q"e dem uestren el cu mplimiento de los crite rios estableci dos para el api lamiento y co mpatibilidad. (estas fot ografias 6.1 .7.4,6.1.7.5 Y 6.1.7.10 (b, podran ser sumin istradas, con el primer informe mensual) IV hi Fotografi as que demuestren el cu mplimiento de los criterios estab lecidos en los literales d.4, d.s (si se almacenan cant idades superi ores a 345 kg - 10 envases de 34,5 kg- que equivale a 25,5 lit ros u otras sustancias a mas de mercurio), d.6, d.S y e del numeral 6.1.7.10 de la NTE IN EN 2266:2013. 6.1 .7.10 Se adjun taran los planes de contingencia 6.1.7.12 (Iiterales a y b) 2 Callo Madrid 1159 y Andalucia Q(Jilo • Ecuadol Telefono: 593-2 398·7600 ::p 'N",mj't,gOb" Ministerio del Ambiente Subsecretaria de Calidad Ambiental Ministerio Soli citud de au toriza cion para el co nsumo de mercu rio del Ambiente An.,o C Formato S-MAE-02 Lugar y fecha: Senor(a) Director Provincia l de _ _ _ _ __ Ministerio del Ambiente Presente .- yo, ... ...... .. ....................... ............ ......... con cedu la de identidad ... ... ........ ...... ... ........ , representante legal de .......................... soli cito a usted la autorizaciOn I renovation de autorizacion de consumidor para ............... . Kg de mercurio para el trimestre ... ...... ...... ............. ....... ... EI mercurio se requ iere para u't ilizarlo en el proceso de ............... ............................................ 1. Datos de la persona natural 0 juridica que solicita la autorizaciOn para ser consumidor de mercurio. Nombre 0 razon social: Ciudad RUe/el elefono: DirecciOn: Email: 2. Datos del Responsable tecnico: Nombre 0 razan socia l: RUe/el Profesion: elefono: Direccion: Emai l: 1 Calle Madrid 1159 y Andalucia QLJilo . Ecuador Tel!ifono: 593·2 398·7600 wlw/.arnbienle.gob.ec Ministerio del Ambiente " Subsecretaria de CaJidad Ambiental Ministerio Solicit ud de autorizaci6n para el con sumo de mercurio del Ambiente AnexD C Formato S-MAE -02 3. Informacion de la s empresas encargadas de transportar y alrnacenar mercuric (Apliea si la emp resa cuenta con estas fa cilidades 0 contrata empresas para el transportar y almacenar mercurio) Numero de oticio 0 Nombre I Razon Represe ntante resoludon Actividad que Rue /el social. legal que respalde el estado de realiza regularization ambiental . • 4. Declaracion Como representante lega l declaro que a la fecha poseo ................ Kg de mercurio metalico adquirido de manera lega l para 10 cual ad junto las factura s del caSD, y fin almente declaro que fa informacion contenida en esta solicitud V sus anexos son fid edignos V pueden se r sujetos a comprobadon por el Ministerio del Ambie nte, que en caso de omision 0 fal sedad podra invalidar el tramite V/o aplicar las sanciones correspond ientes. FIRMA REPRESENTANTE LEGAL 2 Calle Madrid t 159y Afldalucia Quito· Ecuador Teletono: 593·2 398·7600 W IVW ambieote.gob.ec Ministerio del Ambiente Subsecretaria de Cali dad Ambiental Ministerio Soli cilud de Autori zacion de Consumo de Mercurio en Mineria del Ambiente Anexo 0 FormalO S-MAE-03 Lugar y Fecha: Senor (a) Subsecretario(a) de Ca lidad Ambiental Ministerio de l Ambiente Presente.- Yo, .......................... .... .... ... .. ... ..... ... .. ..... ... con cedu la de identidad ... ... .........................• representante legal de .......................................................\solicito a usted la autorizaciOn I renovatiOn de autorizacion de consumidor de ................ Kg de mercuric para el trimestre ....................................... EI mercu rio se requiere pa ra utilizarlo en el proceso de .......................................................... . 1. Datos de la persona natu ral 0 ju rfdica que sol icita la autorizacion de consumidor de mercurio en act ividades mineras Nombre 0 Razon socia l: Ciudad : RUC; elefono: Direccion : e-mail : 2. Datos del procesamiento de materia l con mercuric Cantidad promedio de mercurio ut ilizado por trimestre (kg/ trimestre a metros cubicos/trimestre) Capacidad instalada pa ra el proceso de sepa racion del mineral con el empleo de mercurio po, trimestre (kg/ trimestre 0 metros cubicos/trimestrel Cantidad de material promedio que procesa trimestralmente can el uso de mercurio (Kg/trimestre 0 metros cubicos/ trimestre) Cantidad de om obtenido po, trimestre utilizando mercurio (gramos/ trimest re) Proporcion cant idad de oro/ mercurio Metodos de recuperacion de mercurio (especifique el nombre de l metoda) ~. Calle Madrid 1159 y Andalucia Ouil0 . Ecuador Telelono: 593·2 398·7600 w\'1w.ambienle.gob.ec Ministerio del Ambiente "Ministerio del Ambiente Subsecretaria de Cali dad Ambiental Solicitud de Autorizacion de Consumo de Mercurio ell Mineria

  22. Anexo 0 Formato S·MAE-03 3. Declaracion Como represent ante legal declaro que a la lecha poseo ...... .......... Kg de mercurio metalico adquirido de manera legal para 10 coal ad junto las fa cturas del casa, y final mente declaro Que la informacion contenida en esta solicitud y sus ane)(os son fidedignos y pueden ser sujetos a comprobacion por el Ministerio del Ambiente, que en caso de omision a falsedad podra invaltdar el tram ite ylc aplicar las sanciones correspond ientes. FIRMA REPRESENTANTE LEGAL 2 Galle Madrid 11 59 y Andalucia _';;" 900 OuiJo • Ecuador Tel&Iono: 593-2 398-7600 .';if' 0< Mi nisterio del Am bi ente Subsecretaria de CaUdad Ambiental Re porte M ensual de Importador Anexo E Formato RM -M AE-O l Ministerio de Ambiente Luga r y Fecha : Nombre Empresa Importadora Nombre d el Representante Legal Mercurio Numero de refrendo Feeha de fe chil de Importado de dedarad6n Pals de orlgen transferenela Saldo{Kg) importacl6n (Kg) adu anera (venta) - . I TOTAL (kg): Se anexan copias de facturas de venta, copias de la guias de remisian. Decla ro qu e la informacion contenida en este informe y sus anexos es fidedigna y puede ser sujet a a com probacian par el Ministerio del Ambie nte, que en caso de omisian 0 false dad podra aplicar las sanciones correspondientes. Firma Rep resentant e Lega l CaUe Madrid 1159 V Andalucia Quito · Ecuador Teletono: 593-2 398-7600 wWlv. ~mbiente.gob.ec f ( t)PACIO f.N StANCO HPA(IO ~N BlANCO ~ Ministerio del Ambie nte Subsecretaria de Calidad Ambiental Formato RM -MAE-02 ~" , Mini:;lCriO da Ambicntc Reporte Mensual de Transferencia Anexo F --QltJ 'Lugar VFecha: Nombre de la Empresa: V !No;:;;bre del Representante legal: E- Origen I Proveedor Transferencia I Venta Datos de Proveedores Datos de Campra Datos de Clientes Datos de venta Raz6n Socia l I Fecha de Importaci6n III I Representante C3nlidad Representante Cantfdad RUe Fecha RatDn Social RUe transferen cia Saldo (Kg) Decomiso 121/ Saldo l egal (Kg) Legal Vendida (Kg) (Vental , 13114) ~ Total Adquirido kg: Total Transf. kg: Total Saldo del mes Kg: ~ >e Calle M~dr ; d 1159 yAndallic ia ~ ~ Quito - Ecuador Telefone: 593·2 398·7600 www.amb iente .gob.ec ,~ --., ~ ~~ Ministerio del Amhiente Subsecretaria de Calidad Amhiental Formato RM· MAE·02 ~" :t MflI5tcrio dEl Ambicntc Reporte Mensual de Transferencia Anexo F Netas : (1) En el caso de que el origen sea una importacion la informacion se cruzani con los datos provistos en el Anexo G. EI importador debera indicar que se trata de una importacion y !lenar los campos de fecha y cantidad (omprada. (2) Solamente para EPI: ( uando el origen sea un deccmiso. se lIenara con la palabra "Decomiso" V los campos de fecha de reception V cantidad. (3) Solamcnte wando se trate de un saldo del mes anterior sea de 10 importado 0 transferido, se lIenara con "Saldo", en la fe cha se colocara sola mente el mes de saldo (10 cual se comparara con los reporte s de los meses anteriore s) V la cantidad. (4) Ind ica r como "Saldo declarado en t enencia" wando se trate de las cantidades de mercurio en posesion al momenta de obtener el permiso de transferencia. Se anexan copias de facturas de compra V venta, copia de las guia de remisiOn. ~ Declaro que la informacion contenida en este informe V sus anexos es fidedigna V pucde ser sujeta a comprobacion por el Ministerio del Ambiente, que en caso de omisi6n 0 falsedad podra invalidar el tramite v/o aplicar las sanciones correspondientes. ~ Firma del Representante Legal $ t ~s. --- C.11c M,drid 1 159 y Alldalucia QUIt O· Ecuador Telefollo: S9 3·2 398·7600 ~~ 'NWW .• mblellte.gob.ec ,,, Ministerio de l AmbienCe Subsecretaria de Calidad Ambiental Rep orte del Consumidor AneKo G Formato RM·MAE·03 Lugar y Fecha: Nombre Empresa Consumidora Nombre del Representante legal Datos de Proveedores Datos de Compra Datos de consumo Fechas Cant Cant Proce!Oo en el Representant e Saldo Rar6n 50<131 Legal RUe do Ad ulslcl6 n , Adqulrld as , UtllllJdas " que consume Mercur io Tol .. 1 Comp rado Kg Total Consumido KG Saldo Kg NOTA: Espcdi icar con un asterisco en los da tos del la razon social del proveedor, en el caso de que 51! trate de mercuric que fue dedaradn en poseslOn 31 moment a de solicit ... 101 aUIOfilJci6n de consumo. Descripcion breve de los procesos en los que se consum e mercurio: Se an elCan capias de factura s de compra. Oeclaro que la informacion contenida e n esle informe V sus anexos es fidedigna V puede ser sujela a comprobaci6n por el Ministerio del Ambiente, que en caso de omision 0 falscdad podra invalidar el tramite v/o aplicar las sanciones correspondientes. Re presentante Legal ("lie M~d r id 1159 V Ar.dalutfa Quito - Etuado. TellHono: 593·2 398-7600 It www .<lmbiente ·lob.ec ~ , Ministerio del Amblente Subsecretarfa de Call dad Amb iental " Reporte t rimestral del consumidor de planta de beneficio y mineria arte~anal aluvial Anexo H Formato RM·MAE·Q4 lVIinisterio do Ambiente Lugar y Fecha: Nombre del Representante Legal: Nombre de Empresa M inera: Datos de Proveedores Datos de Compra Datos de Consumo Fechs (;on! ("nUdad Represenlante Canlldad Fecha de Ru 6n Sod~1 d. Adqulrldas ReculI~fada Saldo (kg) leg:!1 '"' Adqulslcl6n Ul ililada IK81 (K8) Consumo " Total Comprado IKI ): TOlal Ulllilldo (Ka:t: TOlal Recuperado (KlI: Solido (KII: • NOTA: [!peei/lear con un a51erisco en los d~los del l~ 'a.On sodal del p'o\'eedor. en el c~so de que se Irale d e mercurio que Iue decla.ado en pose~'6n al moment o de solic'lar la 3ulo,llacion dc con~umo. Se anexan copias de facturas de compra, deciaratoria de procesamiento de material Anexo L en caso de ser plant a de bene fi cio. Declaro que 101 informacion contenida en es te info rm e y sus anexos es fidedlgna y puede ser sujeta a comprobacion por el Ministerio del Ambien te, que en caso de omision 0 falsedad podra invalidar el tramite v/o aplitar las sanciones correspondientes. Representante Legal C.I~ M. drld liS? ¥ "nrl.lud. Quno ( ( ulldo< Tel"' .......: S~1· 2 198·160(1 _-w am!> ~nl ~ ,eb . ~ ( ( Ministerio del Am biente Subsecretaria de Calldad Ambiental Oeclaraci6n de uso de mercurio en Planta de Benelk:io Ane,., I Formato O-MAE-Ol Ministerio do Ambienle FECHA (ddimmlaaaa) : DATOS DE IDENTI FIC ACION DEL T IT ULAR DEL AREA MINERAIPL ANTA DE B ENEFICID : PRIMER A PELLIDD EGUNDO APELLID PRIMER NDMBRE SEGUNDO NDMBRE CI : I I I I RUe UBICACIQN DEL AREA MINER AI PLANTA DE BENEFICID: I IIII I IIII III I CODIGO MANNR I UBICACI6 N DE L A CDNCE SI6 N MINER A : PROVINCIA CANTO N PARROOU IA SECTOR COOROENADAS PSAO 56 xl vi NUMERO DE RESOLUCION DE LA LlCENCIA AMBIENTAL LUGAR EN EL PROVINCIA CANTON PARROOUIA SECTO R aUE SE REALIZO LA COMPRA DE MERCURIO CANTIDAD TOTAL DE MERCURIO UTILIZADO TRI MEST AALMENT E (kgftrimesl re) OBSERVACIONES NOMBRE: ........................................... . C.I .•.••.•..•....•......•....•......•...........•.•..•... C:l llc M :ldrid 11 59 y And alucf:l Quito - EClwdor Tcl Cfono: 593-2 398-7600 www.a mbiclltc.goh.cc Mlnislerlo del Ambienle Subsecretaria de CaUdad Amblental FECHA EN LA "Mnis:e-o cia Ambienle NOI~BREOEL TITULAR M.NERO · NOMBREOEL AREA OeclaraciOn de uso de mercurio en Planta de Beneficia

  23. Anexo I Datos de los mlneros que lIevan su material a la planta de beneficio para que sea procesado NUM ERO DE OFIC IO DE FECHA DE !NCO DE NUMERO DE RESOwc lON Del PERMISQ CANTIOAO DE PARA REALtZAR LAOORES DE MINER iA MINERAI. CANTIDAOOE CANTIDAO DE MERCUR O FIRMA TITULAR ~I Formato D·MAE-(l l OUE SE MIN ER." (mlnele PERMISOAMBIENTAL VIGENC"" DEL PERMISO MERCURIO M~lERO (dVO(OO d~ OBSERVAC IQNES OUENOOEl (DEL MlNiSTEAIO DE RECURSOS PROCESAOO RECUPERAOO PROC ESA dUO!/lcl del Il'I<IlerLaI) f mlnero dl>eflo del m~r erla l l AMBIEt;rTAL UTLlZAOO ( ~9) mll/!,ial. p'OC6af) ~T E RIAL NATURALES NO FlENOVABLES) I~I ( kg) . :~....e--p ~ ~/;I"~~ .- :;'eZ .:0~ c.no ~\>cI"" 1159 r .............,ia 0 _ . ECUId<If TtIi!_' 5»2::JIIIJ.7mO WWW _ _ ,. _ p .IO< MIN ISTERJO DELAMBIENTE " Ministecio eli) Ambiente $ubsccrciliria de C li lidl.ld Ambicnlal Anex o J CIUTERIOS TECN ICOS BAslCOS DEL ENVASE QUE SERA UTJUZI\ DO EN LA TllANSFEI{ ENClA DE M ER CU I~10 META LlCD 1. Materia l del enV3se EI material de los envases debe set rigid o V deben posee r t apa con cierre hermetico. los recipientes y las tapa s deben set de plastico (poli propilena. policloruro de vinile pvC 0 tereftalato de palietil eno PET) a de material meta lieD con resisten cia a la corrosion po r amalga macion (h ierro, acero, acera inoxidable. niquel y molibdeno) y para su tran sporte se debe utili zar un envase secunda rio plastico 0 rnetalico de los materiales antes mencionad os. 2. Etiqueta Es responsa bilidad del importador y del intermediario de mercuric metalico su id entificacion y etiquetado. los enva ses deben poseer etiquetas resistentes a la manipu lacion, con la informa cion pertin ente de acuerdo a la NTE INE N 2266:2013, can los siguientes datos: Nombre de la empresa importadora : --. ~ f-- -- -- ~ .. --~- - Nom bre de la primera em presa interm ediaria (si aplica): Nombre de la segunda empresa intermediaria (si aplica): - - -- Nom bre de! con sumidor: Ejemplo de envases Presentaciones de 34.5 kg Envases plasticos Calle M:ldrld 1159 y Andalu"';a Qurl" - EeuJIl"r Tci<'lolI" 593-2398-7(,Q() w\\Wamb,l'nlc gob cc ( ~~PA(IO IN BtANCO E~PA(10lN BlAN(O

Acuerdo Nº 60 - Procedimientos y requisitos para la obtención de autorizaciones para la transferencia y consumo de mercurio · Nelum