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Laws of Ecuador

Acuerdo Nº 552 - Reglamento Operativo para el Programa de Fomento para las Mipymes Ecuatorianas (FONDEPYME)

Made 2010-07-30 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, special fund, agricultural development, non-governmental entity, capacity building, subsidy/incentive, financial agricultural measures, legal proceedings/administrative proceedings, governance

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  1. Registro Oficial N" 362 l\o. 10 552 LA MINISTRA DE INDlJSTRIAS Y PRODlJ('Tl\'IDAD Considerando: Que. mediante Decreto Ejecuti,o No. 319 de 14 de abril del 2010, publicado en el Registro Oficinl No. I 84 de 3 de mayo del 2010. se suprimi6 el Consejo de Desarrollo de la Pequella y Mediana Empresa (CODEPYMEJ y su Secretaria Tecnica y se dispuso que su personal. atribuciones. representaciones. bienes, y todos los derechos y obligaciones sean nsumidos por el Ministerio de Industrias y Producti\ idad (\11PRO): Jueves 13 de Enero del 2011 9 Que. la Junta dcl fidcit'OllllSO roNDEPYJ\IL en scs16n dcl 28 de JUiio dcl 2010, 11prob6 cl nUC\'O Rcglamcnto Opcrati\·o parn cl Progrnma de M1PYl\.1ES, t·uyo tcxto cs de rnnktcr gcncrnl y por t·onsiguicntc dcbc scr dif'llndido. conocido por todos. y publirndo en cl Rcg1stro Ofkial: y. En cjcrcic10 de las atribuc1oncs confcndas en los Arts. 154 (numcrnl I) de la (onstituci6n de la Rcpl1blica dcl Ecu11dor. y, 17 dcl Estatuto dcl RCgimcn Juridico y Administrat1\'0 de la runt·i6n Ejccuti\a. Acurrda: Articulo 1.- 1:xpedir el "Reglamento Operativo para el l'rograma tie 1-omento para las Mipymb l:cuatorianm, (l-ONLJl:l'Y\11:). con sujecilrn a las ,iguiente, e,tipulacione,: REGLAl\1E:'IITO OPERATl\'O PARA EL PROGR,HIA PARA EL FOI\IENTO DE LAS \'IIPYJ\IES ECllA TORIANAS - FOl\DEPY\'IE. TiTtLO I (;E~ERALIDADES CAPiTtLO I AMBITO, OB.JETO, PRl~CIPIOS Y DEFINICl6N DE TERM I NOS Art. 1.- .4mhito: Se ,ometerim a la, mirma, t.lel presente reglamento tot.los lo, proyectos relacionat.los con a,i,tencia, tc'cnicas colectiva,, capacitaci(m t.lentro y fuera t.lel Territorio NacionaL lniciativa tie lnnovaci(m y Tramfrrencia Tecnol(1gica. Apoyo a la lnversi(m en F.quipamiento e lnfraestructura Prot.luctivos. Apoyo al De"irrollo comercial y acceso a mercat.lo,, que pnmmevan el fomento y fortalecimiento productivo. Art. 2.- Objcto: El Progrnnrn tiene como objeto contribuir a mejorar Ins condiciones de fomento a la producci6n y competiti,idad de las micro. pequei'ins y medianas empresas asocindas entre si o en forma indi\ idual: productoras de bienes y servicios con valor agregado y artes11nos del pais 11 traves del des11rrollo de la~ siguientes adiv1dadcs: a) i\po;ar 11 unid11dcs product1\·as 1mli\ idu11lcs. grupos o rcdcs de J\IIPYME5 y a11csanos quc gcncrcn v11lor agrcgado a su produt·ci6n. y propcnd11n 11 su fo11alct·imicnto en cl mcrcado mtcrno y cxtcrno met.liante la generaci(m tie valore, aiiat.lido, a trav<'s tie la mejora, entre otro, aspectos. de lo, proce,os tie calit.lad, 111n,wac10n y tecnologia tie la cat.lena prot.luctiva y tie comerciali7acion; h) Apoyar a unit.lat.le, productivas int.livit.luale, y ·o grupo, o retie, tie MIPYMFS y arte,ano, para la contrataci(m tie asistencia tt'cnica, capacitaci(m. mejoramiento t.lel sistema tie la calidat.l. tran,ferencia de tecnolog1a e innovaci(m: c) Apoyar a unidat.le, prot.luctiva, int.livit.luale,, asociat.la, y/o grupos o reties tie 'v11PYMF.S y artesanos en su, proyectos tie inversi(m. con la finalit.lat.l tie contrihuir en su equipamiento prot.luctivo: to Registro Oficial N" 362 d) i\po;ar a unidudcs produdivus ind1\'idunks y/o grupos o rcdcs de l\.11PY\1ES y urtcsanos parn mc.1ornr In okrta cxportnblc u trnn's dcl fomcnto productiH1 t·on productos de culidad y con vulor ugrcgado: c) i\po;ar a unidudcs produdivus ind1\'idunks y/o grupos o rcdcs de Ml PYM ES J nrtcsunos parn cl dcsurrollo de llllC\OS productos incluycndo sus prototipos: I) i\po;ar u las unidadcs producti\HS 1ndi\iduuks o asocindas en las ndiv1dndcs de comcrcinliznt·i6n parn los mcrcudos intcrnos y cxtcrnos: y. g) Propcndcr cl dcsurrollo J fortnkcimicnto de In prcstnt·i6n de sen it·ios en los tcrritorios. Ari. 3.- l'rindpios: Lo, programa~ regulat.lo, e11 el pre,eute reglarnen(o. ,e realiLadn en base a principim, geuerale, y particulare,. Son principios generales la publicidad, transparencia, concurrenc1a. competencia. corresponsabilidad. equidad, cooperaci6n y diti.isi6n. Son principios particulares el de cofinanciamiento, fondos concursables y focalizaci6n. Art. 4.- Principio de Co-Financiamiento: La, accione, definida, ,er,·m financiadas a travt', del ,i,tema de '"fondo, compartido,. F.1 monto a ,er financiado por el progr,mm ,er:1 de ha,ta el 80'Vi, no reembol,able, debiendo la contraparte aportar el 20°/0 restante del costo total. Fl financiamiento del proyecto podr:i ,er valorado en especie, en los tfrminos que para el dt'cto lo, detlna el comitt' tt'cnico. Art. 5.- Principio de fondos concursablcs: Los proyectos ser{m atendidos de acuerdo al orden de llegada con criterios explicitos y transparentes de elegibilidad y selecci0n de proyectos. Ari. 6- l'rincipio dr FocalizaciOn: Lo~ proyecto, t.leben procurar ,u focaliLacit'm e11 tt'rn1ino, de ,ectore, e,tratt'gico, y 1·ocacit'm prot.lucth·a territorial. TiTlJLO II: Del ComitC Ejct·ut11·0. dcl ComitC TCCmco. de la Subsccrcturia de MIPYME5 y A11csanias. CAPiTLLO I: l:'1/TEGRACION Y ATRIBlJCI0:'1/ES Art. 7.- Comite Ejecutho: Es la instancia superior dcl progrnnm, cst{1 intcgrado por: u) El Ministro/a de lndustrius J Producti1idad (Ml PRO) o su dclcgadoiu, quicn lo prcsid1ra J tcndnl voto dirimcntc: h) Fl Suhsecretario ·at.le 'v11PYMF.S y Artesanias: c) 1:1 Coordinadoria de l'lanificacit'm; y, dl Un delegado/a de la CFN. con 1oz pero sin derecho a 1·010. quien ejercerA las ti.inciones de Secretarioia de! comitt'. Jueves 13 de Enero del 2011 Art. 8.- Atribucionrs dcl ComitC t::jrcuth·o: Son atribucionb del Cornitt' 1:jecutivo la, ,iguiente,: Conocer y aprobar lo, prnyecto, que le rueran pre,entados de acuerdo a la, recomeudacionb t.lel comitt' tt'Cnico, para el rbpectivo linanciamiento de lo, proyectos. 2. Dbponer auditorias y evaluacionb interua, y externa, al prngrama cuant.lo lo estime pertinente. 3 l'rnponer la, refonna~ al pre,ente reglamento para ~u aprnbaci(m en la Junta del 1-ideicorniso. Art. 9.- Reuniones del Conlite Ejecutho: Las rcunioncs dcl ComitC EjccutiH1 podnln scr ordinarms o cxtrnordinurias, J scr{lll t·on1·orndus por cl Prcs1dcntc. t·on 2 dins de antic1pat·i6n. Las reuniones ordinarias se reali7ar,·m cada quince d1a, y las extraordinarias para tratar un asunto en particular o cuant.lo la Junta del Fit.leicomi,o lo disponga. Art. IO.- ComitC TCcnico: Es la unidad responsable de conocer, analizar, calificar y emitir su recomendaci0n de los proyectos que le ti.ieren presentados con el informe tt'cnico respecti10. EstarA integrado por: a) El Director de Desarrollo de MIPYMES. quien tendr{1 voto dirimente: bl El Director de Desarrollo de Anesanias: c) El Director de Desarrollo de Emprendimiento: y. dl Un delegado/a del Ministroia de Industrias y Producti,idad, quien hani las 1eces de Secretario a. Los miembros de! Comite Tfrnico no formanin pane de! comitt' ejecuti,o ni estanin directamente ,inculados con la caliticaci6n de proyectos que postulen en el progrnnrn. Art. IL- Atribucione~ del Comittl Ttlcnico: Son atribu(;ione, del Comite Tt'Cnico la, ,iguientes: a) Conocer y analizar al proyecto de manera integral y emitir su criterio tfrnico respedil'O para el a11{1lisi, t.lel comitt' ejecutivo: de confonuidad con los criterio, de el'aluacilrn respedil'o,; b) Supervisar, monitorear y el"aluar que lo, prnyecto, aprnbado~ y todo, ~u, cornpouente, ~e ejecuten de manern satisfactoria en el tiempo planificado: c) Proponer al comitt' ejecutivo reformas al reglmnento opernti,o: y, dl Otras que podnin ser asignadas por el comitt' ejecutivo. ('APiTllL(J 11 DE LOS PRO\UJTORES Art. 12.- Delinicifln: Son per,;tma, juridints legalmente nm,tituida,, comunidat.le, o asocia(;1one,, gohierno, seccionaks. locale, y universidades, califintt.la, previa Registro Oficial N" 362 Jueves 13 de Enero del 2011 11 C\'aluac16n dcl (omitC Ejccuti\O, t·on SUJCCi6n ul proccdimicnto quc consta en cstc rcglamcnto J quc t·umplinin Ins siguicntcs t\int·ioncs: Promocionur los progrnmas de upoyo ul dcsarrollo y fomcnto product1\·o: bl Apoyar a las unidades producti\'as para la elaboraci6n de los proyectos. de acuerdo con las nornrns de elegibilidad del presente reglamento: t·) lnfornmr J orientar u los bcncfkianos sobre nornms, ofcrcntcs J ser\·icios: y. d) lnformar periodicamente a la Suh,ecretaria de MIPYMFS y artesanias. sobre el avance de lo, proyectos aprobado,. prnporcionando informaci(m para el ,eguimiento sobre el destino de lo, recurso, otorgados, heneficiario, directos. territorio,, impacto e,perado y otras variahle, requerida,. Art. 13.- Gerencia dt'I proyecto: 'ion las acti\idadcs quc upoyan tCcnicu J opcrati\·amcntc a los bencticmrios de los proycctos J realizadas por los promotorcs cnrnminadus n gcst1onar cl cumplim1cnto de los objctivos plantcados en cl proyccto u trn\·Cs dcl acompafiumicnto tCcnico ul bencticmrio por cl t1cmpo en cl que dure cl pro;ecto: cstns ucti\·idudcs scr{lll realizadas por un consultor que parn cl cfccto contrnte cl :vlinistcrio de lndustrms J Product1\'idad. Ari. 14.- Obligacionc,: Son obligncionb del promo(or la, que a con(inuacilm ,e ddalla11: l'roporcionar de i'orrna clam y e ..... pedi(a (oda la infonuacilm solicitada por la Sub,ecrdaria de Mll'Y J\.11:S )' Ar(bania,. 2. ,hegurar que lo, proyecto~ pre,en(ados ,e enmarquen en lo, lineamieu(os de bte programa. 3. l'rivilegiar la presentaciOn de prnyecto, en L011a, \·ulnerable, y de menor desarrollo econl1111ico. CAPiTlJLO Ill: DE LOS BEl\'EFICIARIOS Art. IS.- DeliniciOn: Son heneficiario, la, micro, pequei'ias y mediana, empre,a, {MIPYMFS), prnductoras de biene, y servicio, artesanos. emprendedores en forma individual y aquellos que pre,enten diferente, niveles de organizaci(m a,ociativa, tale, como grupo, o a,ociacione, de prnductores, redes de proveedores, colectivos de microempre'<t o de pequeiio, productores. Art. 16.- Obligaciones: 'ion obligacioncs de los bencticmrios dcl progrnma. las s1grncntcs: u) Rculizur la mvcrsi6n quc k corrcsponde como contrnparte de los con\·crnos suscritos: bl (oordinar cl dcsarrollo dcl proyccto aprobado con cl tCcnico dcsignado para b supcr\'is16n de la cjct·uc16n dcl mismo: t·) Pcrmitir y brindar todas las fot·ilidadcs pura las 111spct·c1oncs quc en cuulquicr momcnto realiccn los tCcnicos dcsignados: d) Suscnbir cl con\·crno de coopcnK·i6n J cl acta de tirnquito dcl pro;ecto. conformc formatos quc scrUn cd1tados por cl J\.11PRO: ,, I) Mantener \'igente la lo menos qumce vencimiento: y. garantfa dias de y reno,arla con por anticipaci0n a su Otras. quc podnln scr usumidus en los co1l\cnios u suscribirsc. TiTULO Ill: PRESUPUESTO Y FINANCIA:\11ENTO CAPiTL'LO I: FORI\IAS DE Fl~A~CIA.I\IIEI\TO Art. 17.- Origen de lo, recursos: Los recurso, del presenk programa serUn financiados a trnv<e:s de lo, fondos di~poniblb en el FJUJ:JCOJ\.1JSO tONLJl:l'Y\.11:. Art. 18.- Monto de cofinanciamiento: Pura postular proycctos u cotinant·iam1cnto dcl Progrnma los posiblcs bcnctkiurios dcbcrUn compromctcr un cot1nanciumicnto dcl proyccto de por lo mcnos cl 20'% de su prcsupucsto totnL quc podrU scr \'alorado en cspccics o en cfrcti\·o. El \'alor a co t1nanciur por cl rONDEPYJ\.1E t1cnc b curactcristicu de No recmbolsablc. CAl'iTULO II: ,n:CAI\ISl\10S DE Fl~A~CIAl\11EI\TO \' GARAI\TiAS Art. 19.- Apoyo a la prcinvcniOn: l'ara lo, prnyecto, elegible, y que hayan ,ido aprobado, crnuo "perlil de proyecto", la comi~i(m tetnica recomendanl al cornite e iecuti,o, el cofina11ciamie11(0 de una prirnera lase de diagnli,tico y es(ruc!uraci(m del proyecto, con lope miiximo de US$ 4.000.00 icua(ro mil con 00/100 dlllare, de lo, I:::,tado, Unido, de Norteamfrical por proyecto. I:::,te mo11(0 incluye (odo, los co~,o~ en lo~ que ,e incurra para realiLar el (rabajo, inclu,o lo, ga~,o~ de (ran~por(e, alimentacilm y ho,pedaje. Art. 20.- Tipos de intenenciones linanciables por el Programa: Fl Comit<e: Fjecutivo definir,·1 lo, tipo, de intervencione, financiable,, entre la, que ,e encuentran principalmente la, ,iguientes: a) A~btencia, tetnica,; h) Me ioramiento del talento humano tt'cnico yio e,peciali7ltdo dentro y fuera del territorio nacional: c) h1icia(il'a de hlrlO\·aci(m y J ransi'erencia ·1 ernolOgica; dl Apoyo a la imersi6n en equipamiento e infraestructura producti\'os: y, c) i\po;o al desurrollo t·omcrciul y ucccso a mcrcados. Art. 21.- Asistcncias tfrnicas: Se incluyen aqui la co11(rataciOn de ,enicio, de consultoria bpecialiLada para el 111ejoramie11(0 de la gbtit'm, prnduc!il'idad, calidad y comercialiLacilm del grupo beneficiario: a~i mi~mo la, 12 Registro Oficial N" 362 ucti\·idudcs conduccntcs al mcjornmicnto dcl rccurso humano mcdiantc cl cntrcnnmicnto. dcsarrollo J mcjoram1cnto de hubilidudcs y t·ompctcnc1as labornlcs. Podnln scr rcconocidos como 1mputnblcs ul t·ofinancinmicnto dcl progrnmn los siguicntcs gastos: u) Los gastos corrcspondicntcs n rcmuncnicioncs por consultorins ucordc n los prccios de mcrcudo; bl lmpkmcntuci6n de normas de cal1dnd: t') Los t·ostos nsocmdos a In obtcnc1611 de ccrtifkacioncs: d) Proccsos de mc.1onimicnto producti\·o: c) Gastos corrcspondicntcs u fornmci6n J capacitaci6n de rccursos lrnmnnos; y, f) Gastos de prc-mvcrsi6n rcfcrcntcs a los t·ontcmplndos para la reali7ltci<'m del proye(;to. Lo~ valores de lo, ,ervicios e,tar:in anm.le, a los precio, de merG1do y dispo,iciones que deber:in ser dictadas por el n1mitt" ejecutivo. Art. 22.- J\-"lcjora dcl talcnto humano dcntro dcl tcrritorio nacional: Se incluyen aqui las acti\ idades conducentes al mejoramiento del recurso humano mediante el entrenamiento. desarrollo y mejoramiento de habilidades y competencias lnborales que se realicen dentro del pais. Se reconocenin como imputables nl cotinancimniento de! Progranrn los siguientes gastos: a) Los gastos correspondientes a fornrnci6n y capncitnci6n de recmsos humanos: y, bl Los gnstos de alimentaci0n y traslado de beneficinrios. Los \'alores de los ser\'icios de capacitaci0n deben estar acordes a los precios de mercado y disposiciones que debenin ser dictadas por el comite ejecuti,o. Art. 2J.- Mejora del talento humano fuera del territorio nacional: Con,i,te en el cofinanciamiento para cuhrir parte de los costos en que incurran lo, heneficiario, que en forma individual o colectiva realicen visitas a empresas, centrns tecnol(1gicos. expm,icioue,, ferim,, rueda~ de negocio u otra acth-idad en el e.xtrau iero, Coll el ob ieth·o de adquirir nuevm, co11oci111iento, )' apreudiLajes aplicable, a su realidad. Se reconocenln como imputable, al cofina11ciamie11(0 del l'rngrama lo~ ~iguiente, gas(os: a) Los gastos correspondientes n pasnjes y trnnsporte al lugnr de destino: bl Los gastos de alimentaci0n, nlojamiento y traslado de benetkiarios: y. c) lnscripci6n en e,entos y seminarios. Los lores de los ser\'icios deben estnr acordes a los precios de mercado y disposiciones dictndas que debenin ser dictadns por el comite ejecuti\'o. Art. 24,- lniciati\'a~ de innO\·aciOn y tran~ferencia tecnolflgica: lncluye el cofinanciamiento para cubrir parte de lo, costos del desarrollo o adaptaci(m de nuevo, Jueves 13 de Enero del 2011 produdos o scT\"icios. no ofrcc1dos o cxistcntcs prc\'ia­ mcntc a nivcl local. lncorponK·i6n de nllC\OS proccsos produdivos. quc pcrmitan mcjornr sustnnciulmcntc b produdiv1dad de Ins Ml PYM ES y artcsunos. Estc componcntc tumb1Cn induyc progrnmas de trnnskrcnciu tccno16gicu quc pcrmitnn a los bcnctlCiarios 111corpornr tfrnirns no c·onoc1das o bicn mc.1ornr sustuncmlmcntc b c!ICicncia y ·o rcndimicnto de sus pnx·csos product1\'0S. Sc rcc·onoccr:in c·omo imputublcs al cotinuncmmicnto dcl Progrnnm. los s1grncntcs gastos: a) ( onsultorius asocmdus a los rccursos lrnmanos ncc·csarios pani cl dcsarrollo deb mnovuci6n: bl ( ontrntos de sen ic·ios y consultorias cspccmlizados: c) Ciastos en formaci(m y capacitaci<"m relacionadas con la tran,ferencia tecnologica: dl Tran,ferencia tecnologica que apoye el impkmentaci<"m y pue,ta en marcha tecnologia: de,arrollo, de nueva e) Ciastos relacionado, con el de"irrollo de nuevo, producto, y empaques o embalajes incluyendo prototipos y moldes: f) Pasajes y transporte de expertos o exten,ionista, tecnol(igico,; g) Alojamiento y alimentaci(m J, experto, " extensioni,tas: y, hl I !onorarios de experto, o extensioni,tas. Lo, valores de lo, ,ervicios dehen estar acordes a lo, precios de mercado y la, di,posicione, que ,er[m dictada, por el comit<' ejecutivo. Art. 25.- Apo)·o al dcsarrollo comcrcial y cl acccso a mcrcados: Corresponde al co tinanciamiento en frrias, rnedn~ de negocio~ en el Ecundor. facilitaci6n de nli;inws comcrcialcs. rucdas de ncgocios y cxposicioncs privudas de productos ccuatoriunos. Sc rcc·onoccr:in c·omo imputublcs al cotinuncmmicnto dcl Progrnnm. los s1grncntcs gastos: a) Sociali7acion de los eventos a lo, po,ihle, beneficiarios: hl Costos por la utili7ltci<"m de espacios en local. ,tand o centro de expo,ici(m: c) Pasajes necesarios para la movili7aci(m de hasta 2 (do,) representantes del grupo a,ociativo; dl Fstadia y alimentaci(m por el tiempo estahlecido en el proyecto para vendedores y para po,ible, compradore, intemacionaks: e) Fnvm de mue,tra, de acuerdo a los requerimiento, e,pecifico, del proyecto; Registro Oficial N" 362 Jueves 13 de Enero del 2011 13 I) Mutcrml ' cqu1pamicnto nCt'CSal'I0 para In cxpos1ci6n: y. g) i\sistcncia tCCn1ca cspcc1alizadu. Ari. 26 Apoyo a la invrrsion cn cquipamknto productivo: Corre,po11Je a la adqui~icilrn de equiparniento prot.lucth·o, directamente l'inculados a lo, objetil'o, t.lel proyecto, lmica111e11te para uniJadb proJucti,a, a,ociativas o reJes Je \.tll'YMI:::S. Se reco11oceni11 como \·alor imputable al cofinanciarniento Jel programa no ma, Je un 8M·i, t.lel valor de cornpra del activo. l'ara tal el'ecto, ,e deberlln ~u,cribir lo, co11(rato~ de cornoJato re,pec!il'o,, con ,ujeci6n a la nonnath·a y reglarnentaci(m \·igentes. Art. 27.- Garantias: Para gurantizur cl cumpl1micnto dcl prcscntc instrnmcnto y para responder a las obligacioncs quc pucdan contrncrsc a favor de tcrccros. cl bcnctkiurio sc obl1ga u prcscntnr una garnntiu por cl monto cqu1valcntc al 5'Yo t.lel valor total del cofinanciamiento otorgado por el fit.luciario. Para hacer d'ectiva la garantia, el fit.luciario tent.lri1 preferencia •mbre cualquier otrn a(;reedor. ,ea cual fuere la naturale7a t.lel mi,mo y el titulo en que ,e funde su preten,ion. La garantia otorgada por bancos financieras. t.leber,·1 ser incondicional, o imtituciones irrevontble y t.le cobro inmet.liato. e, t.lecir, que no at.lmitir,·1 cl:1u,ula alguna que estable7(;a tritmite at.lministrativo previo, ba,tando para 'ill ejecu(;i(m solamente el requerimiento por e,nito t.lel fit.luciario. Cualquier clitusula en contrario. ,e entenderi1 como no escrita. La Fidu(;iaria podr:i ejen1tar en ,u totalit.lad la garantia, en los siguiente, ca,os: I. Por la no renovaci(m anticipat.la t.le la garantia por parte t.lel henetl(;iario, dentro de los pla70'i convenit.lo,. 2. Por incumplimiento de la, obligaciones contrait.la, en virtud del nmvenio ,uscrito nm la Fidu(;iaria. TiTULO I\': PROCEDl:\11ENTO PARA LA SELECCl6N DE PROYECTOS CAPiTL'LO I: PROCESOS OPERACIONALES Art. 28.- TipM de proce~M: Todos lo, prnyecto, que recihan aportes t.lel programa t.leber,·m reali7ar ,us activit.lat.le, enmarntt.la, en los ,iguientes cinco proceso, at.lmini,trativos con,ecutivo,: a. Postulaci<"m: h. F.valuaci(m: c. Formali7ltci<"m: d. Ejecuci<"m: y, e. Cierre. CAl'iTULO II PROCESO DE POSTL'LACl6N Art. 29.- Proccso dr postulaci0n: Es el proceso que incluye todas las nctividndes que ocurren desde que los posibles beneficiarios se informan de los requisitos y condiciones para postular al programa. hastn que presenta el proyecto nl Comiti Tfrnico. El posiblc bcncticmrio dcl programa dcbcr[1 compktur un ··rormulario tipo parn la Prcscntnt·i6n de Proycctos" con b informac16n rcqucnda por cl progrnma. Para la presentaci<"m t.lel proyecto. lo, po,ihle, beneficiarios ,oli(;itarim la n1lahoraci(m del prnmotor, quien t.leber,·1 a,egurar,e que el po,tulante conozca lo, requerimiento, y condiciones t.le finrnwiamiento t.le lo, proyectos que opera el PRO( iRA'v1A. La t'echa de ingreso del proyecto seni aquella en que el benetkiario entregue el Formulario Tipo con todn la informaci6n y documentos requeridos y iste sea aceptado por la correspondiente Unidad Ejecutora n traves de los mecanismos ,igentes para ta! efrcto. Art. 30.- Critrrios dc rlcgibilidad: Con el objeto que lo, recur,o, que ~e asiguen ,ean Jestiuat.lo, al beneilciario o grupo meta para el cual el prngrama ha sit.lo t.lbe11at.lo y para que la, actividade, iucluit.la, en el proyecto cumplan Coll lo, criterios e:,presat.lo, en el pre,eute reglamento, lo, beuellciario, debeni11 ,ujetar,e a lo~ ~iguiente, criterio~ de elegibilit.laJ para la prbentacilrn t.le lo~ prnyecto,: lngresar fornrnlmente el formulario y los documentos habilitantes solicitados. Prcscntnr cl formubrio y documcntos hubilitnntcs complctos y v1gcntcs. J At.ljuntar documento, legale, que prueben ,u exi,tencia. tale, como e,critura de con,titucion, resoluci<"m o acuerdo t.le aproha(;i(m de e,tatutos, registm de directiva. nombramiento t.lel representante legal, copia de la c<'dula t.le ciudadania, papeleta t.le votaci(m. RlJC y RlJOSC (regi,tro unico t.le la, organi7a(;ione, civiles) y acret.litaci(m. en lo que foeren aplicable,. F.1 proyecto que cumpla con tot.lo, los criterios t.le elegihilit.lad refrrit.los, se consit.lera (;Omo un proyecto elegihle para ser evaluado. CAPiTULO Ill PROCESO DE E\'Al.lJA('I(>~ Art. JI.- Proce~o de evaluaci0n: F.s el proceso que inicia nm la califica(;i(m de elegibilidad del pmye(;to y finali7lt nm la emisi(m del respectivo informe para comwimiento del Comitt" T c;'(;nin1. Art. J2.- Criterios de e\·alm1ci6n: El tCCrnco dcs1gnudo dcbcra comprobur quc los proycctos prcscntudos por los bcnctkiurios cumplan con los siguicntcs critcrios de c\·aluaci6n quc scran \'alorados en t\Jnci6n de su ocurrcncw y concurrcnc1a: a. Mcjoramicnto productn·o de los bcncticmrios: 14 Registro Oficial N" 362 b. Consistcncm cntrc cl obJcti\·o u alcanzar y cl plan de trnbajo: c. ()ue los re,ultado, garanticen la so,knibilidad del proye(;to en d tiempo, (deber:in incluir an[ili,i, TIR, VAN, RHiC entre otros): J. Generaci6n Je irnpacto, positi,o~ en los beneficiario,, (raJucido~ en generaci6n de empleo de calit.lad, iucremento e11 el \·Olumen t.le ,enta,, entre los ma, impor(all(b: e. Apo11e de contrapnrtida de! benetkiario. igual o superior al minimo requerido: f Generaci0n y mantenimiento de empleo de cnlidad: g. Nucvos cmprcndimicntos productivos. indiv1dualcs o asociati\os: h. Participaci(rn de Regiones - Vocaciones Prnductivas: i. lnnovaci6n productiH1 que se implemente con el proyecto: y. lmpacto ambiental resultado de la implementaci6n de! proyecto. Cada criterio merecer{1 una puntuaci6n de I a 5. y senin elegibles aquellos que cumplan con por lo menos el 70".·1, del I 00'% de la puntuaci6n. Los resultados de la evaluaci0n senin puestos en conocimiento del comiti tfrnico, quien a su vez deber{1 elevarlos parn conocimiento y aprobaci0n de pane de! comiti ejecuti,o. Emitidas las recomendaciones de! comiti tfrnico. la Unidad Ejecutorn enviani los proyectos y la e,aluaci6n realizada a cada uno de los integrnntes del comitsi ejecuti\o. debiendo preverse una anticipaci6n minima de 3 dfas a la frcha sei'ialada para la correspondiente sesi0n. El comiti ejecuti,o decidir{1 por nrnyoria simple pudiendo aprobar, rechazar o solicitar modificaciones a los proyectos que se presenten. Todn~ In~ de,·i~iones se consig1wr(111 en un ncta que ser{1 susnitu por los intcgrantcs de! ComitC EjccutiH1. En cnso de moditicuci6n o ncgnti\H. la Unidad E 1ccutorn mformnni en los s1grncntcs 5 dins nl intcrcsado paw quc sc hagun Ins co1Tct·cioncs dcl caso J cl proyccto sc lo\ uclvu n prcscntar ante cl ComitC E 1ccutivo o sc lo rcg1strc \' archive. ~egUn corre~ponda. Los proye(;tos aprobados continuar[m con el proce,o de formali7ltci(m de los nmvenios respectivos. CAPiTULO IV PROCESO DE FORJ\.1ALIZACl6N Art. 33.- Proccso de formalizaciOn: El proceso de formalizaci0n se inicia con la adjudicaci0n del proyecto de financiamiento al benetkiario por pane de! Comitsi Ejecutivo y termina con la suscripci6n de un convenio respectivo en el que se establecen las obligaciones y deberes de las pai1es para la ejecuci0n del proyecto. Jueves 13 de Enero del 2011 Una \'CZ rcalizado cl proccso de c\·aluaci6n dcsnito en articulos antcnorcs dcl prcscntc rcgbmcnto. cl ( omitC Ejccuti\·o junto con la aprobac1611 dcbcr{i cmitir unu rcsoluc1611 de adjudicuci6n dcl coflnanciumicnto al proyccto prcscntado por cl bcnctlCiario. en la ,·uni dispondnl sc cclcbrc cl convcnio rcspccti\'O en un pbzo no nmyor a JO dias. Lu Unidad E 1ccutorn pnx·cdcni u notiflcar con b rcsoluc1611 ul bcnctkiano dcl proyccto aprobado. Si cl bcncticmrio no suscnbicrc cl co1l\cnio en cl plazo prcv1sto, ,·ontado dcsdc quc f'uc notiflcado con b adjudirnci6n. por rnusas quc le focran 1mputnblcs, cl financiamicnto dcl proyccto qucdar{i msubsistcntc, sc dccbranl fall1da la adjudicuci6n. no tcndr{i dcrcd10 u rcclamo ulguno J sc cncontrnni 1mpcdido de partic1par como postubntc de otro proyccto durnntc cl m1smo c 1crc1cio ccon6mico flscal. Art. 34.- Contenido de convenios: En los convenios se definir{m los derechos y obligaciones de los beneficiarios y administrador de! fondo. En general. senin suscritos mediante documento privado. y lmicamente. mediante escritura pl1blica. cuando el monto de! financiamiento supere el valor pre,isto parn el concmso pl1blico de olenas determinado en la Ley de Contrntaci6n Pl1blica. En el Anexo A consta el con,enio est{mdar a suscribirse. Art. J:'i.- lncumplimientos: En caso de que el beneficiario incumpla con las ohligaciones previ~tas en el convenio o las ,eiialada~ en el pre~ente reglamento y ~us in~tru(;tivos. se pr,Kederit a la terminaci(m unilateral del convenio nm la n1miguiente su,pen~i(m definitiva de lo, de~embol~os. ejernci(m de garantia~, y reintegro total de lo~ recurso, de~embol~ado, nm Girgo al prnyecto y (;obro de intere~e, legales. sin pe1juicio del ejerci(;io de otra~ a(;(;ione~ legale, a que huhiere lugar CAPiTL"LO \' PROCESO DE EJHTCl6N Art. 36.- Proceso de cjccuciOn: Es el proceso en que se realizan la~ adividades t·omprometidas en el proyecto aprobado. de ucucrdo con lo cstabk(;1do en cl (;On\·crno. Lu tiducmriu con t\mdamcnto en los tCrmmos de rckrcnciu quc scnin provcidos y aprobados por la Unidud Ejccutorn coordinanl J cmnplinl con los pro,·cd1micntos de contratuci6n pl1blirn rcqucridos pura b pr{l\ isi6n de hiene~ y/o ~ervi(;ios. de conformidad con lo~ nmnto, autori7ltdos para cada caso. F.1 prnmotor y el beneficiario entregar[m el informe tfrnico enm(rn1ico final sohre los re~ultado, alcan7ados y recurso, utiliTados en el proye(;to que ,er[m validados por la lJnidad F.jen1tora previa aprobaci(m de la Fiduciaria. Art. 37.- ComisiOn de seguimicnto: En cada proyecto se conformani una comisi6n de seguimiento que seni la responsable del seguimiento a la ejecuci0n de actividades y presupuesto contemplados en el comenio de asignaci6n de recursos. Los miembros senin designados por la Unidad Ejecutora. Registro Oficial N" 362 Jueves 13 de Enero del 2011 15 La comis1611 dcbcnl notifkar orortunamcntc a b Umdad Ejct·utorn sobrc rctrnsos, faltas. omis10ncs y en gcncrnL mcgubridadcs quc a su critcrio. sc rrcscntcn en cl dcsurrollo de cada proyccto. CAl'iTULO \ I l'ROCESO DE CIERRE Ari. 38.- Proccso de cicrrc: 1:~ el proce,o en que se incluyen la, actividade, de el'aluacilrn t.lel cumpli111ie11(0 de los c01upro111i~o, tetnico~ y fiuanciero, l rnfinanciarniento) del prnyecto y la~ actividade, de cierre o 1enni110 formal del mi,mo. Art. 39,- Ev:1luaciOn: Al t·icrrc de las ucti\·idudcs de cudn proyccto, b Unidad E,1ccutorn pnx·cdcni u huccr una cvaluac1611 dcl objctl\'O. los rcsultados dcl proyccto cl t·umplimicnto de los indicudorcs asociudos a Ins actividat.le, componentes del Plan de Trabajo y el cumplimiento de la ejecucion presupuestaria. Para proceder a la evaluaci(m de cierre. el beneficiario seri1 el respomable de entregar los rewltado, en un informe final. para lo cual se debera comiderar los informe, de ,eguimiento realiTados por la comi,i(m y el o la, acta, de recepci(m definitiva su,crita, Lie conformidat.l con la LOSNCP. Art. 40.- Cicrrc de! pro)·ccto: Se procederi1 con el cierre del proyecto a traves de la suscripci0n de un ncta de cierre, en la que se deberA dejar constancin de! cumplimiento de Ins obligaciones de las pai1es: documento que pnsaril n ser pai1e de! expediente de cada proyecto. Art. 41.- Registro: La lJnidad F.jecutora serit re,ponsable de regi,trar y sistematizar la informaci(m corre,pondiente a travt's de Sistema de lnformaci<"m que deber:1 ,er generat.lo para tal efecto. DISPOSICIO!\ES CENERALES Fl pre,ente reglamento entrar:1 en vigencia a partir Lie ,u aprobaci<"m sm pe1JL11C10 de su puhlicaci<"m en el corre,ptmt.liente Registro Oficial. Uen"1gube el Reglamento Operati,o del 1-0NUI:::l'YMI:, publicado e11 el R. 0. 456 t.lel 29 de octubre del 2008. Uado en Quito. U. M .. a lo~ 28 t.lia, t.lel lllb de iulio t.lel allo 2010'' Articulo 2.- Fl Reglamento Operativo para el Programa para el Fomento de las 'v11PYMF.S Fcuatorianas FONDFPY'vlf. entrarit en vigencia de,de la fecha de aprobaci<"m por parte de la Junta del Fideicomiso. ,m perjuicio de su puhlicaci<"m en el Regi,trn Oficial. Articulo 3.- De la e iecuci0n de! presente acuerdo endrguese al Subsecretario de Micro, Pequeiia y \1edinna Empresas y Anesnnins. Comuniquese y publfquese. Dado en Quito .. Distrito Metropolitnno, 30 de iulio de! 2010. f'.) Vcr6nicu Si6n de Jossc. J\.linistra de lndustrms y Producti\·idud. \11Nl5TERIO DE INDUSTRL\S Y PRODUCTIVIDAD.­ Ccrt1tko.- Es tkl copia dcl origmal.- Ard1i\·o Ccntrnl.­ f'ccha: 20 de dicicmbrc dcl 2010.- f'irnm: [legible.

Acuerdo Nº 552 - Reglamento Operativo para el Programa de Fomento para las Mipymes Ecuatorianas (FONDEPYME) · Nelum