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Laws of Ecuador

Acuerdo Nº 439 - NTE INEN ISO 14040 sobre gestión ambiental, evaluación del ciclo de vida

Made 1999-11-30 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Environment
Keywords
ecosystem conservation, environmental audit

Where to read it

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Text

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  1. Registro Oficial N° 1 No. 990439 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y TURISMO Considerando: Lones 24 de Enero del 2000 Que, el Instituto Ecuatoriano de Nonnaliz.aci6n, INEN, entidad adscrita a esta Secretaria de Estado ha fonnulado la Norma Tecnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 14 040 GESTION AMBIENTAL EV ALUACION DEL CI CLO DE VIDA PRINCIPIOS Y ESTRUCTURA; Que, en su elaboraci6n se ha seguido el tramite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo de! Instituto Ecuatoriano de Normalizaci6n, INEN; Que, esta norma tecnica representa un justo equilibria de intereses entre productores y consrnnidores; Vista Ia recomendaci6n de! Consejo Directivo de! INEN, constante en el infonne correspondiente, en el sentido de que esta norma sea oficializada con el caricter de VOLUNTARIA, en virtud de! interes de! pais; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 de! Decreto Supremo No. 357 de! 28 de agosto de I 970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 de! 7 de septiembre de I 970, Acuerda: Art. lo. Oficializar con el caricter de VOUJNTARIA la Norma Tecnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 14 040 (Gestion ambiental. Evaluacion del ciclo de vida. Principios y estructura), que establece la estructura general, los principios y Ios requi::;itos para conducir y reportar estudios de evaluaci6n de! ciclo de vida; no describe en detallc h tecnica de evaluaci6n, y cuyo texto se publica como Anexo a este Acuerdo. Art. 2o. Las personas naturales o juridicas quc no se ciil.an a Ia antes mencionada norma, seran sancionadas de confonnidad con laley. Comuniquese y publiquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 30 de noviembre de 1999. f) Ing. Jose Luis Y caz.a Pazmifio, Ministro de Comercio Exterior, Industrializaci6n, Pesca y Turismo. Comparada esta copia con el original es igual.- Certifico. f) Patricio Paredes C., Director Achninistrativo MICIP. 17 18 Registro Oficial N° 1 No. 990441 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y TURISMO Considerando: Que, el lnstituto Ecuatoriano <le Normalizaci6n, INEN, entidad adscrita a esta Secretaria de Esta<lo, ha fonnulado la Nonna Tecnica Ecuatoriana NTE INEN 2 217. PRODUCTOS DE CONFITERIA, CARAMEWS, PASTILLAS, GRAGEAS, GOMITAS Y TURRONES. REQUISITOS; Que, en su e!aboraci6n se ha seguido el trfunite reglamentario y ha sido aprobada por el Cons1.:io Directivo <lei INEN; Que, es convenientc que esta Nonna Tecnica Ecuatoriana sea oficializada con el caracter <le OBLIGATORIA, a fin de racionalizar la producci6n <le productos <le confiteria y su comercializaci6n, de manera que exista llll justo equilibrio de intereses entre productores y conslllrlidores; y, En uso <le la facultad que le concede el Art. 8 <lei Decreto Supremo No. 357 <lei 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 de! 7 <le septiembre de 1970, Acuerda: Art. lo. Oficializar con el caracter de OBLIGATORIA la Nonna Tec1lica Ecuatoriana NTE INEN 2 217 (Productos de confiteria. Caramelos, pastillas, grageas, gomitas y turrones. Requisitos), que estahlece los requisitos y caracteristicas que dehen cumplir lo~ caramelos, pastillas, grageas, gomitas y turrones, incluyendo a los dieteticos y cuyo texto se publica como A.nexo a este Arnerdo. Art. 2o. Las personns naturales o juridicas que produzcan o comercialicen productos de confiteria, que no se cifian a la antes mencionada nonna, serfu1 sancionadas de confonnidad con la !ey. Comllltlquese y pub!iquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 30 <le noviembre de 1999. f) Ing. Jose Luis Y caza Pazmifio, Ministro <le Comercio Exterior, lndustrJalizaci6n. Pesca y Turismo. Comparada esta copia con el original es igual.- Certifico. f) PatriCJo Paredes C, Director A<lntlnistrativo MJCIP. No. 990442 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y TURISMO Considerando: Que. el lnstituto Ecuatoriano <le Nonnalizaci6n. INEN. entidad adscrita a esta Secretaria <le Estado. ha fonnula<lo la Nonna Lones 24 de Enero del 2000 Tecnica Ecuatoriana NTE INEN 2 175 ALAMBRES DE COBRE BLANDO O RECOCIDO DE SECCION CIRCULAR PARA USO ELECTRICO. REQUISITOS; Qne, en su elaboraci6n se ha seguido el trfunite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo de! INEN; Qne, es conveniente que esta Nonna T ecnica Ecuatoriana sea oficializada con el caracter de OBLIGATORIA, a fin de racionalizar la producci6n de alambre de cobre blando o recocido de secci6n circular y su comercializaci6n, de manera que exista llll justo equilibrio de intereses entre productores y conslllnidores; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 de! Decreto Supremo No. 357 de! 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 de! 7 de septiembre de 1970, Acuerda: Art. lo. Oficializar con el caracter de OBLIGATORIA la Nonna Tecnica Ecuatoriana NTE INEN 2 175 Alambres de cohre blando o recocido de seccion circular para uso electrico. Que estahlece los requisitos que dehen cumplir los alambres desnudos de cohre, de seccion circular, trefilados y recocidos o hlandos, para prop6sitos electricos, y cuyo texto se publica como Anexo a este Acuerdo. Art. 2o. Las personas naturales o juridicas que produzca.11 o comercialicen alambres de cobre blando o recocido de secci6n circular para uso electrico, que no se cifian a la antes mencionada norma, serfuJ sancionadas de confonn.idad con la ley. Comlllllquese y publiquese en el Re5istro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 30 de noviembre de 1999. f) h1g. Jose Luis Y caza Pazmifio, Mirlistro de Comercio Exterior. h1dustrializaci6n, Pesca y Turismo. Comparada esta copia con el original es igual.- Certifico. f) Patricio Paredes C., Director Administrativo MJCIP. No. 990443 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y TURISMO Considerando: Que, el mstituto Ecuatoriano <le Nonnalizaci6n, INEN, entidad adscrita a esta Secretaria de Estado ha formulado la Norma Tecnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 14 004 SISTEMA DE GESTION AMBIENTAL, DIRECTRICES GENERALES SOBRE PRINCIPIOS, SISTEMAS Y TECNICAS DE APOYO; Que, en su elaboraci6n se ha seguido cl trfunitc reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo de! lnstituto Ecuatoriano de Nonnalizaci6n, INEN;

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