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Laws of Ecuador

Acuerdo Nº 4 - Directrices para la autorización a los generadores y autogeneradores que requieran traspasar derechos o celebrar contratos o acuerdos privados para la cesión de uno o más de sus derechos

Made 2018-01-24 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Energy
Keywords
energy conservation/energy production, legal proceedings/administrative proceedings, contracts, internal trade

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  1. 019-2018 Dispónese que el Presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, integre de forma permanente la Sala de la Corte Provincial de Justicia de la que proviene ...................................................... 25

  2. 020-2018 Deróguese la Resolución No. 011-2017 de 24 de enero de 2017 .............................. 26 No. 04

  3. 021-2018 Deróguese la Resolución No. 283-2014 de 30 de octubre de 2014 .......................... 28 Ing. Elsy Parodi Ocaña MINISTRA DE ELECTRICIDAD FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y ENERGÍA RENOVABLE Y CONTROL SOCIAL Que, Art. 85 de la Constitución de la República del SUPERINTENDENCIA DE BANCOS: NTE Ecuador prescribe “La formulación, ejecución, evaluación SB-DTL-2018-0034 Modifíquese la Resolución y control de las políticas públicas y servicios públicos que No. SB-DTL-2017-1104 de 27 de garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, diciembre del 2017 .................. ciemb .................................... 30 se r gula egularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: (…) Califíquense como peritos valuadores a las siguientes personas y compañías: 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general SB-DTL-2018-0089 Avalúos y Consultoría Aval- sobre el interés particular, cuando los efectos de la Consul Cía Ltda......................................... 31 ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar SB-DTL-2018-0090 Levinassets Activos derechos constitucionales, la política o prestación deberá Corporativos Ecuador S.A. ....................... 31 reformularse o se adoptarán medidas alternativas que SB-DTL-2018-0091 Ingeniero eléctrico Marco concilien los derechos en conflicto. (…); Antonio Borja Maldonado ........................ 32 Que, el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de SB-DTL-2018-0092 Ingeniero civil David Andrés la República del Ecuador preceptúa: “A las ministras Tamayo Urgilés .......................................... 33 y ministros de Estado, además de las atribuciones SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la POPULAR Y SOLIDARIA: rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que Liquídese en el plazo de hasta dos años requiera su gestión”; a las iguie siguientes cooperativas de ahorro y crédito: Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que las instituciones del Estado, sus SEPS-IGT-IGJ-ISF-2018-0046 T-IGJ-I “Ayni-Suiza”, organismos, dependencias, las servidoras o servidores domiciliada en la ciudad de Ambato, públicos y las personas que actúen en virtud de una provincia de Tungurahua.......................... 33 potestad estatal ejercerán solamente las competencias SEPS-IGT-IGJ-ISF-2018-0047 “Nueva Gene- y facultades que les sean atribuidas en la Constitución ración” Empleados Empresa Aga S.A., y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para domiciliada en la ciudad de Quito, el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y provincia de ichin Pichincha .............................. 37 ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución; Registro Oficial Nº 211 Jueves 29 de marzo de 2018 – 3 Que, el Art. 227 de la Constitución de la República Que, La Ley Orgánica del Servicio Público de Energía del Ecuador dispone: “La administración pública Eléctrica publicada en el Registro Oficial Suplemento constituye un servicio a la colectividad que se rige por 418 de 16 de enero de 2015, en su Art. 11 determina que los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable: “Es desconcentración, descentralización, coordinación, el órgano rector y planificador del sector eléctrico. Le participación, planificación, transparencia y evaluación”; corresponde definir y aplicar las políticas; evaluar que la regulación y control se cumplan para estructurar un Que, la referida Carta Magna, en su Art. 260 establece que eficiente servicio público de energía eléctrica…”; “El ejercicio de las mpeten competencias exclusivas no excluirá el ejercicio concurrente de la gestión en la prestación Que, el Art. 12 de la Ley ibídem, en los números 2, 4, 6 y 11, de servicios públicos y actividades de olabo colaboración determina entre las atribuciones y deberes del Ministerio y complementariedad entre los distintos niveles de de Electricidad y Energía Renovable las de “Dictar las gobierno.”; políticas y dirigir los procesos para su aplicación”; “Supervisar y evaluar la ejecución de las políticas, planes, Que, el Art. 313 ibídem prescribe que “El Estado se programas y proyectos para el desarrollo y gestión dentro reserva el derecho de administrar, regular, controlar y del ámbito de su competencia”; “Establecer parámetros gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con e indicadores para el seguimiento y evaluación de la los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, gestión de las entidades y empresas del sector de su prevención y eficiencia…”; estableciendo además en el competencia”; y, “otorgar y extinguir títulos habilitantes inciso tercero que “Se consideran sectores estratégicos la para las actividades del sector eléctrico.”; energía en todas sus formas, …”; Que, la Ley de la materia define a la Afectaci “Afectación al servicio Que, el Art. 314 Constitucional determina que “El Estado público” como la “Condición en la que se encuentran será responsable de la provisión de los servicios públicos” los bienes e instalaciones necesarios para cumplir con entre los cuales se señala a la energía eléctrica; debiendo el objeto del servicio público de energía eléctrica. No por tanto garantizar que “los servicios públicos y su podrán ser retirados sin la autorización previa respectiva. provisión respondan a los principios de obligatoriedad, Se incluye dentro de esta condición a los bienes e generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, instalaciones pertenecientes a los autogeneradores.”; universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad…”; Que, los numerales 6, 7 y 8 del Art. 35 de la Ley Orgánica del Servicio Público de energía Eléctrica establecen que Que, para el ump cumplimiento de los objetivos antes el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable podrá referidos el Art. 315 Constitucional, prevé que “El declarar la caducidad de los contratos de concesión sin Estado constituirá empresas públicas para la gestión de perjuicio de las causales de caducidad que se establezcan sectores stratégi estratégicos, la prestación de servicios públicos, en el reglamento general de la presente ley y el contrato de el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades concesión las siguientes: económicas…”; “…6. Traspasar derechos o celebrar contratos o acuerdos Que, el Art. 316 de la Carta Magna, establece que “El privados para la cesión de uno o más de sus derechos, sin Estado podrá delegar la participación en los sectores la autorización del Ministerio de Electricidad y Energía estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas en Renovable. las cuales tenga mayoría accionaria. La delegación se sujetará al interés nacional y respetará los plazos y 7. Realizar la cesión de acciones, participaciones, límites fijados en la ley para cada sector estratégico. certificados de aportación u otros títulos que impliquen un cambio en los socios de una empresa privada o de la economía popular y solidaria, sin autorización del El Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la Ministerio de Electricidad y Energía Renovable. iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca 8. Por operar sin autorización.” la ley.” Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 232 de 04 de Que, el Art. 413 de la Constitución de la República diciembre de 2017, el señor Presidente Constitucional de del Ecuador stab establece que el Estado debe promover la la República, nombró Ministra de Electricidad y Energía eficiencia energética, el desarrollo y uso de prácticas y Renovable a la Ing. Elsy Alexandra Parodi Ocaña; nova tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables, diversificadas, de bajo impacto; Que, el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece: “Los Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 475 de 9 de julio Ministros de Estado son competentes para el despacho de 2007, publicado en el Registro Oficial No. 132 de 23 de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin de julio de 2007, se escindió el Ministerio de Energía necesidad de autorización alguna del Presidente de la y Minas, en los Ministerios de Minas y Petróleos; y, de República, salvo los casos expresamente señalados en Electricidad y Energía Renovable; leyes especiales”; 4 – Jueves 29 de marzo de 2018 Registro Oficial Nº 211 Que, en el Art. 77 del referido Estatuto dispone entre las privada o de la economía popular y solidaria, según atribuciones que corresponden a los Ministros de Estado corresponda; o, proceder al retiro temporal o definitivo y las máximas autoridades de las instituciones del Estado de bienes e instalaciones necesarios para cumplir con las de e) Dictar los correspondientes reglamentos y demás el objeto del servicio público de energía eléctrica; a fin normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo de no incurrir en a las causales de caducidad del título y económico funcionamiento de sus instituciones; (...)”; habilitante establecidas en la Ley y/o en el respectivo bl título habilitante. Que, el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable como órgano rector y planificador del sector eléctrico, Art. 2.- Ámbito.- Las disposiciones contenidas en el tiene la competencia exclusiva de otorgar, modificar presente Acuerdo son de obligatorio cumplimiento y o extinguir títulos habilitantes para el ejercicio de las aplicación para todas las entidades del sector público; actividades del sector eléctrico; privado; de economía mixta; o, de la economía popular y solidaria, involucradas en la generación eléctrica, así Que, es necesario emitir los lineamientos y directrices, a como también para los autogeneradores ser observadas por los participantes del sector eléctrico que requieran de una autorización por parte del Ministerio Art. 3.- Requisitos.- Las empresas públicas, privadas, de Electricidad y energía Renovable, a fin de no incurrir de economía mixta o de economía popular y solidaria, en las causales de caducidad del contrato de concesión que actuando como generadores o autogeneradores, o autorización de operación según corresponda, de requieran obtener la autorización pertinente por parte conformidad con la Ley; y, del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, MEER, de forma previa a “traspasar derechos o celebrar En ejercicio de las facultades que le confieren el Art. 154, contratos o acuerdos privados para la cesión de uno o numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, más de sus derechos”; efectuar la “cesión de acciones, los artículos 11, 12 y 35 de la Ley Orgánica del Servicio participaciones, certificados de aportación u otros títulos Público de Energía Eléctrica; y, los artículos 17 y 77 del que impliquen un cambio en los socios de una empresa Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la privada o de la cono economía popular y solidaria, según Función Ejecutiva; corresponda; o, proceder al retiro temporal o definitivo de bienes e instalaciones necesarios para cumplir con el Acuerda: objeto del servicio público de energía eléctrica; deberán presentar ante el Ministerio de Electricidad y Energía EXPEDIR LAS DIRECTRICES PARA LA Renovable la ig siguiente documentación: AUTORIZACIÓN POR PARTE DEL NIST MINISTERIO DE ELECTRICIDAD Y ENERGÍA ENOVA RENOVABLE a) Solicitud dirigida a el/la señor/a Ministro/a de A LOS ENERA GENERADORES Y AUTOGENERADORES Electricidad y Energía Renovable, firmada por el QUE CONTANDO CON EL RESPECTIVO TÍTULO Representante Legal de la Empresa. HABILITANTE, REQUIERAN TRASPASAR DERECHOS O CELEBRAR CONTRATOS O b) Documentos legales de la Empresa. ACUERDOS PRIVADOS PARA LA CESIÓN DE UNO O MÁS DE SUS DERECHOS; PROCEDER A c) Certificado de la Superintendencia de Compañías o de LA CESIÓN DE ACCIONES, PARTICIPACIONES, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, CERTIFICADOS DE APORTACIÓN U OTROS según corresponda, de encontrarse al día en sus TÍTULOS QUE PLIQU IMPLIQUEN UN CAMBIO EN obligaciones. LOS SOCIOS DE UNA EMPRESA PRIVADA O DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA; d) Certificado de existencia glegal y de cumplimiento de O, EFECTUAR EL RETIRO TEMPORAL O obligaciones de la erinten Superintendencia de Compañías DEFINITIVO DE BIENES E INSTALACIONES o de la Superintendencia de Economía Popular y NECESARIOS PARA CUMPLIR CON EL OBJETO Solidaria según corresponda de todas las Empresas a DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA las cuales se les nsfe transferirá derechos o acciones. ELÉCTRICA. e) Otra información que sea requerida por el Ministerio Art. 1.- Objeto.- El presente Acuerdo tiene como de Electricidad y Energía Renovable. objeto establecer las directrices a ser aplicadas por todas aquellas erso personas jurídicas públicas; privadas; f) Para el caso del traspaso de derechos o celebración de economía mixta; o, de economía popular y solidaria, de contratos o acuerdos privados para la cesión de que contando con un título habilitante, previsto en la uno o más de sus derechos, esta condición deberá Ley Orgánica del Servicio Público de energía Eléctrica, ser determinada de forma clara en la correspondiente requieran obtener la autorización pertinente por parte l solicitud, en la cual se detallará la pretensión concreta del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, y se adjuntará los documentos pertinentes que MEER, de forma previa a “traspasar derechos o celebrar justifiquen su procedencia. contratos o acuerdos privados para la cesión de uno o más de sus derechos”; efectuar la “cesión de acciones, g) En caso de requerir la cesión de acciones, participaciones, certificados de aportación u otros títulos participaciones, certificados de aportación u otros que impliquen un cambio en los socios de una empresa títulos que impliquen un cambio en los socios de una Registro Oficial Nº 211 Jueves 29 de marzo de 2018 – 5 empresa privada o de la economía popular y solidaria, Nacional de Electricidad CENACE, en el ámbito de su se deberá determinar de forma precisa el porcentaje competencia, el informe rr spon correspondiente respecto de de transferencia de acciones, respaldados por los la viabilidad de proceder a dicho retiro, mismo que se documentos suscritos por los representantes legales de efectuará en función del período por el cual se efectúe la Empresa o Compañía. tal solicitud. h) Para el caso de retiro de bienes e instalaciones De igual forma, la Dirección de Análisis y Prospectiva necesarios para cumplir con el objeto del servicio de Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, público de energía eléctrica, se deberá remitir el analizará la pertinencia de la petición respecto del listado de los bienes, adjuntando las justificaciones retiro de ie eti bienes e instalaciones y emitirá el informe correspondientes, así como también se indicará el p rt ertinente. destino de los mismos. 2. La Subsecretaría de Títulos Habilitantes y Gravámenes Tratándose de un retiro definitivo de bienes e instalaciones elaborará el respectivo Informe técnico-legal, luego de necesarios para cumplir con el objeto del servicio público la revisión de los informes presentados por ARCONEL de energía eléctrica, y debido a que éstos son afectos y de la Dirección de Análisis y Prospectiva del al servicio, se deberá remitir la documentación en la Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, y conste a detalle los hechos que motivan dicho retiro y CENACE, de ser el caso, debiendo verificar que los la justificación pertinente que permitan a esta Cartera de mismos cumplan con las normas vigentes y no se Estado pronunciarse al respecto. afecte ningún derecho. Para todos los casos determinados en los literales Para el caso de los literales f) y h) del Art. 3 del precedentes, se deberá adjuntar además un certificado presente Acuerdo, de considerarse los informes s de carácter económico financiero, tales como Balance pertinentes, la Subsecretaría de Títulos Habilitantes General, estado de pérdidas y ganancias y otros que y Gravámenes elaborará el proyecto de minuta que avalen la respectiva solvencia económica de la Empresa permita su ejecución. o Compañía a la que se le va a efectuar el traspaso de derechos o transferencia de acciones o transferencia 3. La Coordinación General Jurídica, en base a los temporal de bienes. Informes Técnicos presentados, elaborará el proyecto de Resolución para la Autorización según corresponda, Para los casos concretos determinados en los literales f) mismo que será puesto para conocimiento de la y h) se deberá incluir en su petición el tiempo por el cual máxima Autoridad o su Delegado para su suscripción. se efectuará la transferencia temporal de los derechos; o, el retiro de los bienes, que permitirá emitir los informes Para el caso de los literales f) y h) del Art. 3 del presente de viabilidad o pertinencia por parte de la Agencia Acuerdo, procederá además a la revisión del proyecto de Regulación y Control de Electricidad ARCONEL, de iminuta, remitido por la Subsecretaría de Títulos Operador Nacional de Electricidad CENACE, y de la Habilitantes y Gravámenes, y continuará con el trámite Dirección de Análisis y Prospectiva, de esta Cartera pertinente que permita la suscripción parte de la máxima de Estado, según corresponda en el ámbito de sus autoridad o su delgado. competencias. Art. 5.- Prohibición.- Las personas jurídicas públicas; Art. 4.- Procedimiento para la obtención de la privadas; de economía mixta; o, de economía popular y autorización solidaria, que contando con un título habilitante requieran “traspasar derechos o celebrar contratos o acuerdos Una vez presentada la Solicitud y los correspondientes privados para la cesión de uno o más de sus derechos”; requisitos por parte de la Empresa o Compañía se deberán efectuar la “cesión de acciones, participaciones, efectuar los siguientes pasos: certificados de aportación u otros títulos que impliquen rta un cambio en los socios de una empresa privada o de 1. Ingresada la solicitud, el Ministerio de Electricidad la economía popular y solidaria, según corresponda; y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de o, efectuar un retiro temporal o definitivo de bienes Títulos Habilitantes y Gravámenes, remitirá de ser e nstalac instalaciones necesarios para cumplir con el objeto necesario, la petición de forma inmediata a la Agencia del servicio público de energía eléctrica; no podrán de Regulación y Control de Electricidad RCON ARCONEL, a ejecutar dichas acciones sin contar de forma previa con fin de que entr dentro de sus competencias, emita el informe la autorización del Ministerio de Electricidad y Energía pertinente, en el/los cuales además de table establecer el Renovable, en virtud de lo previsto en la Ley Orgánica nova estado de situación del Título habilitante, deberán del Servicio Público de Energía Eléctrica y el respectivo contener la viabilidad y pertinencia de la petición, Título Habilitante. según corresponda. DISPOSICIONES GENERALES Para el caso del retiro de bienes e instalaciones necesarios para cumplir con el objeto del servicio PRIMERA: De la ejecución del presente Acuerdo público de energía eléctrica, si el Proyecto se encuentra Ministerial encárguese a las Subsecretaría de Títulos en operación, se deberá requerir además al Operador Habilitantes y Gravámenes, y Dirección de Análisis y 6 – Jueves 29 de marzo de 2018 Registro Oficial Nº 211 Prospectivas del Ministerio de Electricidad y Energía la educación, el hábitat seguro y saludable, y vivienda Renovable, a la Agencia de Regulación y Control de la adecuada y digna, la alimentación, la seguridad social y el Electricidad ARCONEL, y al Operador Nacional de agua para sus habitantes; Electricidad CENACE, en el ámbito de sus competencias y atribuciones. Que, el numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de la República del cu Ecuador, señala que el Estado debe adoptar SEGUNDA: El incumplimiento o inobservancia a las medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad directrices emitidas por el presente Acuerdo, traerán como real a favor de los titulares de derechos que se encuentren consecuencia la aplicación de las causales de caducidad en situación de desigualdad; del contrato de concesión o autorización de perac operación de Que, el artículo 39 de la Constitución de la República conformidad con lo establecido en el Art. 35 numerales 6, del Ecuador, prescribe que: “El Estado garantizará 7 y 8 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá Eléctrica y a lo determinado en título habilitante según su fectiv efectivo ejercicio a través de políticas y programas, corresponda; así como también, la revocatoria del contrato instituciones y recursos que aseguren y mantengan en los términos establecidos en los títulos habilitantes de modo permanente su participación e inclusión en suscritos con nteriorida anterioridad a la entrada en vigencia de la todos los ámbitos, en particular en los espacios del Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica. poder público. El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del TERCERA: El presente Acuerdo Ministerial estará a lo país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, dispuesto y regulado por la Ley Orgánica del Servicio recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión Público de Energía Eléctrica y demás normativa vigente, y asociación. El Estado fomentará su incorporación al así como también lo establecido en el título habilitante trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la correspondiente. capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento”; CUARTA: El seguimiento, control y verificación de la ejecución de las acciones y actividades que se ejecuten Que, el artículo 226 de la nstit Constitución de la República en virtud de las autorizaciones que otorgue esta Cartera del Ecuador, establece que las instituciones del Estado, de Estado, estarán a cargo de la Agencia de Regulación y sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores Control de Electricidad ARCONEL. públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal endr tendrán el deber de coordinar acciones El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a para el c mplimie umplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución; publicación en el Registro Oficial. Que, el artículo 227 de la Constitución de la República Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, DM, a 24 de del Ecuador, indica que la administración pública enero de 2018. constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. participación, planificación, transparencia y evaluación; f.) Ing. Elsy Parodi Ocaña, Ministra de Electricidad y Que, el artículo 340 de la Constitución de la República Energía Renovable. del Ecuador, determina que el sistema nacional de inclusión y equidad social debe guiarse por los principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y no discriminación; Que, el artículo 341 de la Norma Suprema, bajo el Título: “Régimen del Buen Vivir” y el Capítulo “Inclusión y Equidad”, establece que: “El Estado generará las No. 007 condiciones para la protección integral de sus habitantes dici a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y Lourdes Berenice Cordero Molina principios reconocidos en la Constitución, en particular MINISTRA DE INCLUSIÓN NIS la igualdad en la diversidad y la no discriminación, ECONÓMICA Y SOCIAL y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de Considerando: desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de salud o de discapacidad. Que, el numeral 1 del artículo 3 de la Constitución de la La protección integral funcionará a través de sistemas República del Ecuador, establece como deber primordial especializados, de acuerdo con la ley. Los sistemas del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo especializados se guiarán por sus principios específicos goce de los derechos establecidos en la Constitución y en y los del sistema nacional de inclusión y equidad social los instrumentos internacionales, en particular la salud, (…)”;

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