Acuerdo Nº 395 - NTE INEN 1 334-2 sobre rotulado nutricional de productos alimenticios para consumo humano
Made 2000-07-03 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Food and nutrition
- Keywords
- food safety and quality, packaging/labelling
Where to read it
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Text
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Registro Oficial N° 118 Miercoles 12 de Julio del 2000 5 No. 2000395 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, INDUSTRIALIZACION, PESCA Y TURISMO Considerando: Que, el Instituto Ecuatoriano de Normaliz.aci6n, INEN, entidad adscrita a esta Secret.aria de Esta.do, ha formulado la Norma Tecnica Ecuatoriana NTE INEN 1 334-2. ROTULADO DE PRODUCTOS PARA CONSUMO HUMANO. PARTE 2. ROTULADO NUTRICIONAL REQUISITOS; Que, en su elaboraci6n se ha seguido el tramite reglamentario y ha sido aprobada por el Consejo Directivo de! INEN; Que; es conveniente que esta Norma Tecnica Ecuatoriana sea oficializ.ada con el caracter de OBLIGATORIA, a fin de racionaliz.ar el rotulado nutricional de los envases o empaques en los que se comercialicen los productos alimenticios, de manera que exista un justo equilibria de intereses entre productores y consumidores; y, En uso de la facultad que le concede el Art. 8 del Decreto Supremo No. 357 de! 28 de agosto de 1970, promulgado en el Registro Oficial No. 54 de! 7 de septiembre de 1970, Acuerda: Art. lo. Oficializ.ar con el caracter de OBLIGATORIA la Norma Tecnica Ecuatoriana NTE INEN 1 334-2 (Rotulado de productos alimenticios para consumo humano. Parte 2. Rotulado nutricionaL Requisitos), que establece los requisitos minimos que debe cumplir el rotulado nutricional de Ios alimentos envasados y cuyo texto se publica como anexo a este acuerdo. Art. 2o. Las personas naturales o juridicas que produzcan o comercialicen alimentos envasados, que no se cifian a la antes mencionada norma, seran sancionadas de conformidad con la ley. Comuniquese y publiquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 3 de julio de! 200G. f) Ing. Roberto Pefia Durini, Ministro de Comercio Exterior, Industrializ.aci 6n y Pesca. Comparada esta copia con el original es igua.1.- Lo certifico. f) Director Administrativo, MICIP.