Acuerdo Nº 313 - Suspende las exportaciones de arroz
Made 2007-09-05 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Food and nutrition, Cultivated plants
- Keywords
- food security, cereals/grains/rice, international trade, internal trade, agricultural commodities, plant production, crops
- Categories
- *, agriculture
Where to read it
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Text
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Acuerdo No. 313 EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA Considerando: Que, es deber del Estado vigilar por el normal abastecimiento nacional de arroz, así como garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad de los precios de este producto a nivel interno; Que, el Estado ha realizado ingentes inversiones en procura de dotar al agro ecuatoriano, en especial a los pequeños y medianos productores de fertilizantes a precios bajos, así como con los recursos suficientes para el cultivo del arroz, a través del Banco Nacional de Fomento; Que, el esfuerzo del Gobierno Nacional debe compensarse a favor del pueblo ecuatoriano, velando por los intereses y la economía del consumidor local; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 179, numeral 6 de la Constitución Política de la República, Acuerda: Artículo Unico.- Suspender temporalmente las exportaciones de arroz, por el lapso de 90 días, a partir del 6 de septiembre del 2007, a fin de precautelar la seguridad alimentaria nacional y la estabilidad de los precios de este cereal a nivel local. Este acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de Quito, 5 septiembre del 2007. Comuníquese y publíquese. f.) Ing. Carlos Vallejo López, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ilegible. Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.- M.A.G.A.P fecha, 11 septiembre del 2007.