Acuerdo Nº 208 - Crea el Comité Técnico de Análisis de Riesgo de Plagas y Enfermedades
Made 2000-08-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Livestock, Cultivated plants
- Keywords
- animal welfare, institution, governance, plant protection, pests/diseases
- Categories
- agriculture
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Text
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N° 208 EL MINISTRO DE AGRICULTURA YGANADERIA Considerando: Que es i~tdispensable mantener una vigilancia continua y coordinaCU!t frente al riesgo de que aparezcan plagas ex6ticas y de importancia cuarentenaria para la gauaderia y la agricultur~. de! pais, ·asi como para prevenir el contagio y la diseminac16n de las que actualmente existen; Que de11tro del cometcio iutemacional de pro<luctos de origen agropecuario, el manejo apropiado de! riesgo sanitario j, fitosanitario constituye un instrumento tecnico t>ara garantizar Ia salud animal y la protecci6n vegetal, er procura de mercados de exportaci6n; Que la l; AO, dentro <le las nonnas intemacionales para medidas fitosanitarias, en la vigesima octava sesi6n de conferenciia realizada en noviembre de I 995, acept6 la nonna satire directrices para el amilisis de riesgos <le plagas; Que la (]lrganizaci6n Mundial de Sanidad Animal (OIE), mediante el C6digo Sanitario h1temacional, establece las directrice~ aplicables al analisis de riesgo de las importaciones y exportaciones dt: animates y pro<luctos de origen peouario; Que la C~1munidad Andina (CA) mediante resoluciones 025 y 026 publicadas en la Gaceta Oficial del Acut:rdo de Cartagena N° 306 de 24 de noviembre de 1997, emite las nonnas titosanitarias andinas relativas al analisis de riesgo de plagas y de! establecimiento de areas libres de plagas; Que mediante Acuerdo Ministerial N° 434, publicado en el Registro Oticial N° 578 de 2 9 de noviembre de 1994, se crea el Servicio Ecuatoriano de Sanida<l Agropecuaria SESA: y, De confonnidad con las atribuciones que le confiere la Constituci6n y la ley, Acuerda: Art. I.- Crear en el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria SESA, el Comite Tecnico de Amilisis de Riesgo de Plagas y Enfennedades. Art. 2.- El Comite T ecnico de A.nalisis de Riesgo de Plagas y Enfennedades, estara confonnada por profesionales de la Medicina Veterinaria y la Ingenieria Agron6mica, pertenecientes al SESA, y cumpliran sus actividades y acciones dentro de! marco establecido en las nonnas de la Comunidad Andina, FAO y OIE. Eventualmente, el SESA solicitara la cooperaci6n asi como el criteria cientifico y tecnico de institutos de educaci6n superior, organizaciones no gubernamentales y otros organismos cientificos publicos o privados de caracter nacional o internacional. con la finalidad de optimizar la ejecuci6n de actividades relativas al amilisis de riesgo de plagas y enfennedades. Art. 3.- De la aplicacicin <lei presente acuerdo ministerial, encarguese el Director General del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA). Art. 4.- El presente acuerdo entrani en vigencia a partir de su suscripci6n, sm perjuicio de su publicaci<in en el Registro Util:ial. (2uito, a 14 de agosto <lei 2llll0. Comuniquese y publiquese. f) Mauricio Davalos Guevara, Ministro de Agricultura y Uana<leria. Mi.nisterio de Agricultura y ( ,anaderia. Es tie! copia de! original. Lo certifico. r.) Director Administrati vo Financiero. MAG: Fecha 21 de agosto Jel 2000.