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Laws of Ecuador

Acuerdo Nº 1.801 - Crea la Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria

Made 2001-01-02 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Food and nutrition
Keywords
institution, food security, nutrition, right to food, human rights, governance

Where to read it

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Text

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  1. Acuerdo No. 1801 MAE. Pablo Romero Quezada SUBSECRETARIO GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL Considerando: Que, es obligación del Estado garantizar el derecho de la población a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación, nutrición y otros servicios sociales conexos necesarios, de conformidad con lo prescrito en el ordinal 20, del artículo 23 de la Constitución Política vigente; Que, de conformidad con el numeral 6 del Art. 179 de la Constitución Política del Estado corresponde a los ministros expedir normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 1 del Reglamento Orgánico Funcional del Ministerio de Bienestar Social, es objetivo de esta Cartera de Estado contribuir a satisfacer las necesidades básicas de los sectores más necesitados y al mejoramiento de su calidad de vida; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 0001-N de febrero 15 del 2000, el señor Ministro de Bienestar Social, delegó al señor Subsecretario General de Bienestar Social, la suscripción a su nombre de los actos, convenios o contratos en materias relacionadas con las actividades a su cargo; Que, la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Bienestar Social, mediante oficio No. 2870-DAJ-CP-2000, de diciembre 13 del 2000, emite informe favorable para la creación de la Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria; y, En uso de las atribuciones legales establecidas en el artículo 16 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Acuerda: Art. 1.- Crear la Unidad de Gestión para la Alimentación Comunitaria como departamento de la Dirección de Recursos Comunitarios con las siguientes funciones: a) Promocionar y ejecutar programas y proyectos de comedores comunitarios en coordinación con las organizaciones legalmente constituidas; b) Instruir sobre los requisitos que deben cumplir las organizaciones comunitarias para instalar un comedor comunitario; c) Promocionar en coordinación con la Dirección de Comunicación Social, los programas y proyectos de alimentación que ejecuta esta Cartera de Estado; d) Establecer registros y emitir informes semanales sobre el funcionamiento de los comedores comunitarios; e) Supervisar, monitorear y evaluar el funcionamiento y beneficiarios de los comedores comunitarios; y, f) Las demás funciones que asigne el Director de Recursos Comunitarios. Art. 2.- Del cumplimiento del presente acuerdo encárguense las direcciones de Recursos Comunitarios, Financiera, Administrativa, Recursos Humanos. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese. Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 2 de enero del 2001. f.) MAE. Pablo Romero Quezada, Subsecretario General de Bienestar Social. Ministerio de Bienestar Social. Es fiel copia del original.- Lo certifico. f.) Daniel Jacho Barrera, Jefe de Archivo. 2 de enero del 2001.

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