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Laws of Dominican Republic

Resolución No. RES-MARD-2020-17 - Crea la División de Tratamientos Cuarentenarios, adscrita a la Subdirección de Cuarentena Vegetal del Departamento de Sanidad Vegetal

Made 2020-07-22 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Dominican Republic
Subjects
Livestock, Cultivated plants, Sea
Keywords
animal health, quarantine, pests/diseases, risk assessment/management, inspection, institution, governance, international trade, plant protection, harbour
Categories
*, agriculture

Where to read it

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Scanned Document REPUBLICA DOMINICANA 9/Cni6tej(io, cle !J!Jf (wa/tt{IJ(a "Ano de la Consolidaci6n de la Seguridad Alimentaria" RESOLUCION No. RES-MARD-2020-17 EL MINISTRO DE AGRICULTURA CONSIDERANDO: Que ante la amenaza de las nuevas piagas y enfermedades que estan impactando negativamente la agricultura mundial, tales como la Marchitez de las Musaceas (Fusarium oxysporium f.sp. cubense [FOC R4T], la Moniliasis del Cacao (Moniliophthora roreri), Polilla del Tomate (Tuta absoluta) y la Peste Porcina Africana (PPA), y la Mosca del Meditemineo (Ceratitis capitata), Gorgojo Khapra (Trogoderma granarium), entre otras, las autoridades agropecuarias estan reforzando las medidas de control fitosanitarias y zoosanitarias, asi como los programas de cuarentena agropecuaria. CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Agricultura, mediante el Decreto No.210-20, del Poder Ejecutivo, ha asumido los servicios de tratamientos cuarentenarios que prestaba el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA) en puertos, aeropuertos y fronteras terrestre a nivel nacional, con el objetivo de ejercer un mayor control sobre los sistemas de Sanidad Vegetal y Sanidad Animal. CONSIDERANDO: Que los Departamentos de Sanidad Vegetal y Sanidad Animal, son los responsables del seguimiento de controles fitosanitarios y zoosanitarios en los diferentes puntos cuarentenarios del pais. CONSIDERANDO: Que en cumplimiento con el mandato del Decreto No.210-20, del 8 de junio del 2020, el MARD ha comunicado al OIRSA, Departamento Aeroportuario, Autoridad Portuaria Dominicana y a las Autoridades fronterizas, la decision del Poder Ejecutivo para que el MARD asuma la administraci6n del Sistema de los Tratamiento Fitozoosanitarios en los puestos cuarentenarios. VISTA: La Ley No.4990, de Sanidad Vegetal, de fecha 26 de agosto 1958. VISTA: La Ley No.4030, de Sanidad Animal, de fecha 19 de enero 1955. VISTO: El Manual de Procedimientos Cuarentenarios de la Republica Dominicana, revisado en febrero 2019. REPUBLICA DOMINICANA 9/£;u6t&rio/ de ~<iealttv1<a "Ano de la Consolidacion de la Seguridad Alimentaria" RESOLUCION No. RES-MARD-2020-17 VISTO: La Resolucion RES-MARD-2019-49, del 13 de agosto del 2019, del Ministerio de Agricultura, que dispone la revocacion de las Resoluciones Nos. 11/2004, del 24 de febrero del 2004, y No.05/2005, del 2 de febrero del 2005, respectivamente. VISTO: El Decreto No.210-20, de fecha 8 de junio del 2020, que asigno al Ministerio de Agricultura la responsabilidad de los tratamientos cuarentenarios en aeropuertos, puertos y puestos fronterizos del pais. VISTO: El Acapite (f), del Articulo 3, de la Ley No. 8 de fecha 8 de septiembre del afio 1965, que faculta al Ministro de Agricultura a "establecer la organizacion y las modificaciones pertinentes en la estructura interna del Ministerio a su cargo". En uso de las atribuciones que le confiere el mencionado texto legal, dicta la siguiente: RE SOL UCION Articulo lro.: Se crea la Division de Tratamientos Cuarentenarios, adscrita a la Subdireccion de Cuarentena Vegetal del Departamento de Sanidad Vegetal, para coordinar e implementar los tratamientos cuarentenarios requeridos en el manejo de situaciones fitosanitarias que sean necesarias en los puertos, aeropuertos y puestos fronterizos. Articulo 2do.: Son funciones de la Division: a) Inspeccionar las cabinas de equipajes de las aeronaves b) Hacer los tratamientos (atomizacion) en el interior de las cabinas de equipajes de las aeronaves. c) Hacer los tratamientos de aspersion a los contenedores y vehiculos al momenta de la salida del puerto. d) Controles cuarentenarios a naves maritimas. e) Control es cuarentenarios en las fronteras terrestres. f) Control de tratamientos segun el tipo y el nivel de riesgo de la plaga (plaga de interes cuarentenarios para el pais). g) Control y mantenimiento de alfombras sanitizadoras en los diferentes puntos cuarentenarios del pais. h) Supervision y mantenimiento a los equipos e instalaciones de tratamientos i) Otras de interes cuarentenarios. REPUBLICA DOMINICANA 9/1;;wtej(io/ cle ~riealao1ra "Aiio de la Consolidaci6n de la Seguridad Alimentaria" RESOLUCION No. RES-MARD-2020-17 Articulo 3ro. La nueva Division coordinara las acciones conjuntas relativas a los tratamientos cuarentenarios y los ontroles fitosanitarios y zoosanitarios.

Resolución No. RES-MARD-2020-17 - Crea la División de Tratamientos Cuarentenarios, adscrita a la Subdirección de Cuarentena Vegetal del Departamento de Sanidad Vegetal · Nelum