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Laws of Dominican Republic

Resolución No. 0008/2020 - Que Aprueba el Reglamento Técnico Ambiental para el Manejo y Conservación de las Tortugas Marinas en la Republica Dominicana

Made 2020-08-21 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Dominican Republic
Subjects
Wild species and ecosystems
Keywords
trade in species, turtles, protection of species, aquatic animals, wild fauna, biodiversity, reptiles, migratory species

Where to read it

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. “Año de la Consolidación de la Seguridad Alimentaria” RESOLUCIÓN No. 0008/2020 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LAS TORTUGAS MARINAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA. La Ley No. 64-00, General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales de fecha 18 de agosto de 2000 tiene por objeto establecer las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso sostenible. Así mismo, crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como organismo rector de la gestión del medio ambiente, los ecosistemas y de los recursos naturales, para que cumpla con las atribuciones que de conformidad con la legislación ambiental en general, corresponden al Estado, con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible. La Ley Ambiental No. 64-00, dispone en su artículo 14, que la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales deberá fundamentarse y respetar los principios establecidos en la misma y los compromisos internacionales contraídos por el Estado Dominicano. Corresponde al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en virtud de la Ley No. 64-00, en su Artículo 18, numerales 2 y 12 ejecutar y fiscalizar la política nacional sobre medio ambiente y recursos naturales y elaborar y garantizar la correcta aplicación de las normas para la conservación, preservación y manejo de la vida silvestre. Tres especies de tortugas marinas utilizan las playas dominicanas para anidamiento: Chelonia mydas (tortuga verde); Dermochelys coriácea (tortuga tinglar) y Eretmochelys imbricate (carey) y una cuarta, la Caretta caretta (caguama) que utiliza la isla de Santo Domingo como ruta migratoria. Todas son partes de la riqueza biológica y el patrimonio de la nación, por lo que el Estado tiene el deber y la obligación de protegerlas. “Año de la Consolidación de la Seguridad Alimentaria” RESOLUCIÓN No. 0008/2020 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LAS TORTUGAS MARINAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA. Estas especies de tortugas marinas están amenazadas y bajo diferentes criterios de vulnerabilidad y peligro, aparecen en la Lista Roja de Especies en Peligro de Extinción, Amenazadas o Protegidas de la República Dominicana, la Lista Roja de la Unión Internacional para la conservación de la Naturaleza (UICN) y en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Asimismo, en el ámbito internacional la República Dominicana es signataria de varios tratados globales y regionales para la protección de las tortugas marinas como el Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Mar Caribe (Convenio de Cartagena) y el Protocolo Relativo a las Áreas de Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas (SPAW); la Convención sobre la Conservación de las Tortugas Marinas (CIT). VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015; VISTA: La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), aprobada mediante Resolución del Congreso Nacional No. 550, del 17 de junio de 1982; VISTO: El Convenio sobre Diversidad Biológica, suscrito por el Estado Dominicano y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo “Cumbre de la Tierra”, en Río de Janeiro, Brasil, en fecha 5 de junio de 1992, aprobada mediante Resolución del Congreso Nacional No. 25-96, del 2 de octubre de 1996; “Año de la Consolidación de la Seguridad Alimentaria” RESOLUCIÓN No. 0008/2020 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LAS TORTUGAS MARINAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA. VISTO: El Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Mar Caribe (Convenio de Cartagena), aprobado mediante Resolución del Congreso Nacional No. 359-98, del 15 de julio de 1998; VISTA: La Ley No.333-15, Sectorial de Biodiversidad de fecha 11 de diciembre de 2015; VISTA: La Ley No. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, de fecha 6 de agosto de 2013; VISTA: La Ley No. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, de fecha 9 de agosto de 2012; VISTA: La Ley No. 64-00, General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales de fecha 18 de agosto de 2000; VISTA: La No. 202-04, Sectorial de Áreas Protegidas de fecha 30 de julio del 2004; VISTO: El Decreto No. 451-2011, que declara el decenio 2011-2020, como Decenio de la Biodiversidad en la República Dominicana de fecha 3 de agosto de 2011; VISTO: El Decreto No. 571-09, que creó varias áreas protegidas del 7 de agosto de 2009; VISTA: La Resolución No. 13-2014 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que emite el Compendio de Reglamentos y Procedimientos para Autorizaciones Ambientales de la República Dominicana, de fecha 22 de septiembre de 2014; VISTA: La Resolución No. 26-2011, que adopta la Estrategia Nacional de Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad y el Plan de Acción “Año de la Consolidación de la Seguridad Alimentaria” RESOLUCIÓN No. 0008/2020 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LAS TORTUGAS MARINAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA. (ENBPA) 2011-2020, de fecha 29 de diciembre de 2011, del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales; VISTA: La Resolución No. 18-2007 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que Aprueba el Reglamento para el Control, Vigilancia e Inspección Ambiental y la Aplicación de Sanciones Administrativas, Listado de Ilícitos Administrativos y Manual de Vigilancia e Inspección, de fecha 15 de agosto de 2007; VISTO: El documento “Reglamento Técnico Ambiental para el Manejo y Conservación de las Tortugas Marinas en la República Dominicana”. En virtud de las atribuciones conferidas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de la Administración Pública, No. 247 12, de fecha 9 de agosto de 2012, y la Ley No. 64-00, General Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, RESUELVO: PRIMERO: Se aprueba el “Reglamento Técnico Ambiental para el Manejo y Conservación de las Tortugas Marinas en la República Dominicana”, que se anexa a la presente Resolución y forma parte integral de la misma. SEGUNDO: Se instruye a todos los Viceministerios y dependencias de esta institución, en el ejercicio de sus funciones, a dar fiel cumplimiento a la presente disposición. TERCERO: Se remite la presente resolución a la Dirección de Comunicaciones para su publicación y divulgación. “Año de la Consolidación de la Seguridad Alimentaria” RESOLUCIÓN No. 0008/2020 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y CONSERVACIÓN DE LAS TORTUGAS MARINAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA. DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de agosto del año dos mil veinte (2020).

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