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Laws of Dominican Republic

Resolución Nº 1/06 - Formatos de planes de manejo forestales y planes operativos anuales

Made 2006-01-03 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Dominican Republic
Subjects
Forestry
Keywords
policy/planning, timber, timber extraction/logging, processing/handling, environmental standards, soil conservation/soil improvement, data collection/reporting, non-wood forest products, forest management/forest conservation, environmental impact assessment (EIA), ecosystem conservation, certification, standards, protection of environment

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Text

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  1. SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LOS FORMATOS DE PLANES DE MANEJO FORESTALES Y PLANES OPERATIVOS ANUALES RESOLUCIÓN NO. 01/2006 CONSIDERANDO: Que la ley 64-00 del 18 de agosto del año dos mil crea la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales como organismo rector de la gestión del medio ambiente, los ecosistemas y los recursos naturales. CONSIDERANDO: Que corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales promover y garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos forestales y vigilar la aplicación de la política forestal del Estado y las normas que regulan su aprovechamiento. CONSIDERANDO: Que el articulo 159, de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, (64-00), establece:”Se incentivará y favorecerá el establecimiento de plantaciones forestales comerciales, con fines de aprovechamiento maderable, energético, industrial, alimenticio y ornamental”. CONSIDERANDO: Que todo proyecto de aprovechamiento forestal deberá ser ejecutado de acuerdo con el plan de manejo correspondiente. CONSIDERANDO: Que la ejecución de las actividades contempladas en el Plan de Manejo Forestal, tiene en consideración el hecho de causar el menor impacto ambiental, en el área sujeta a manejo. CONSIDERANDO: Que el Reglamento Forestal contempla que los planes de manejo forestales, comprenden dos niveles que son: a) El Plan de Manejo Forestal (PMF) y b) El Plan operativo anual (POA). CONSIDERANDO: Que un plan de manejo forestal es el documento de planificación que contiene el conjunto de acciones y procedimientos que tienen por objeto el ordenamiento de un predio para el logro del manejo sustentable, y que incluye las actividades de cultivo, protección, conservación, restauración y aprovechamiento de los recursos, de tal manera que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forma parte. CONSIDERANDO: Que el Plan Operativo Anual, constituye una de las herramientas de gestión que permite la implementación planificada de las operaciones anuales del plan de manejo. CONSIDERANDO: Que constituye un principio forestal que los bosques naturales deberán ser manejados sosteniblemente para asegurar la permanencia de los recursos. Vista: La ley 64-00 Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales del 18 de agosto de 2000. Vista: La ley 4378 del 10 de febrero de 1956, sobre Secretarias de Estado. Vistas: las Normas Técnicas de Manejo Forestal y el Reglamento Forestal del año dos mil cuatro (2004). R E S O L U C I O N: PRIMERO: APROBAR como por la presente SE APRUEBA el formato de presentación y lineamiento del PLAN DE MANEJO FORESTAL (PMF) PARA ÁREAS SUJETAS A MANEJO FORESTAL CON FINES MADERABLES, el cual forma parte integral de la presente resolución y figura como anexo. SEGUNDO: APROBAR como por la presente SE APRUEBA el formato de presentación y lineamiento del plan operativo anual (POA) para áreas sujetas a manejo forestal con fines maderables”, el cual forma parte integral de la presente resolución y figura como anexo. TERCERO: La Subsecretaria de Recursos Forestales queda encargada de dar cumplimiento a la presente resolución. CUARTO: DISPONER como por la presente SE DISPONE que la resolución sea publicada de manera integra, en uno o varios periódicos de circulación nacional y en la página web de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de Enero del año Dos Mil Seis (2006). Dr. Max Puig Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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