Resolución Nº 02/2014 - Incorpora las Consideraciones de Adaptación a los Efectos del Cambio Climático en la Gestión Ambiental, a partir del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental
Made 2014-02-06 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Dominican Republic
- Subjects
- Air and atmosphere, Environment
- Keywords
- climate change, clean development mechanism, ozone layer, environmental impact assessment (EIA)
Where to read it
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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES "Año de la Superación del Analfabetismo" RESOLUCIÓN NO. 02-2014 QUE INCORPORA LAS CONSIDERACIONES DE ADAPTACIÓN A LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO EN LA GESTIÓN AMBIENTAL, A PARTIR DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL CONSIDERANDO: Que la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00 del 18 de agosto del 2 000, tiene por objeto establecer las normas para la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso sostenible, siendo los estudios de evaluación de impacto ambiental y los informes ambientales los instrumentos básicos para la gestión ambiental; CONSIDERANDO: Que los estudios de impacto ambiental constituyen un conjunto de actividades técnicas y científicas destinadas a la identificación, predicción y control de los impactos ambientales de un proyecto y sus alternativas, presentados en forma de informe técnico y realizados según los criterios establecidos por las normas vigentes; CONSIDERANDO: Que la evaluación de impacto ambiental es el instrumento de política y gestión ambiental formado por el conjunto de procedimientos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente; CONSIDERANDO: Que los efectos del cambio climático amenazan la vida en la tierra y los ecosistemas, por lo que de no tomarse medidas, alternativas y soluciones a tiempo, sus consecuencias serían de mayor .impacto a escala social, económica, cult ural y ambiental; CONSIDERANDO: Que los efectos del cambio climático se han verificado en el país, como son: Elevación de la temperatura atmosférica, elevación de la temperatura del océano, reducción de la cantidad de lluvia, cambios inesperados del patrón de lluvias y ocurrencia de eventos meteorológicos extremos; 1 Ave. Cayetano Germosén, Esq. Ave. Gregario Luperón, El Pedregal , Santo Domingo, República Dominicana Código postal 02487 •Tels.: 809-567-4300 l 809-807-1116 • www.ambiente.gob.do MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ''Año de la Superación del Analfabetismo" CONSIDERANDO: Que la adaptación al cambio climático es responsabilidad de todos, especialmente del Gobierno Central y los Gobiernos Locales, por lo que tienen la responsabilidad de crear políticas que garanticen los medios para la adaptación y aprovechar la parte positiva de los efectos del cambio climático en pro del ser humano y los recursos naturales. VISTOS: La Constitución Política de la República Dominicana del 2 6 de enero del 2010; La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ratificada por el Gobierno de la República Dominicana el 7 de octubre de 1998; La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, del 9 de mayo de 1992; La Resolución No. 09-2013 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que emite el compendio de reglamentos y procedimientos para autorizaciones ambientales de la República Dominicana, del 29 de noviembre del 2013; Ley No. 24 7-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto de 2012; La Ley No. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, del 25 de enero del 2012; El Decreto No. 5 71-09, que crea 32 áreas protegidas, establece una zona de amortiguamiento o de uso sostenible de 300 metros alrededor de todas las unidades de conservación que ostentan determinadas categorías de la UICN, dispone la realización de un inventario nacional humedales, y crea una franja de protección de 250 metros alrededor del vaso de todas las presas del país, del 7 de agosto del 2009; El Decreto No. 601-08 que crea e integra el Consejo Nacional para el Cambio Climático y Mecanismos de Desarrollo Limpio, del 20 de septiembre del 2008; La Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio del 2007; ~.A·K·~ 2 Ave. Cayetano Germosén, Esq. Ave. Gregorio Luperón, El Pedregal, Santo Domingo, República Dominicana Código postal 02487 •Tels.: 809-567-4300 / 809-807-1116 • www.ambiente.gob.do MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ''Año de la Superación del Analfabetismo" Ley No. 57-07 de Incentivo a las Energías Renovables y Regímenes Especiales, del 7 de mayo del 2007; El Decreto No. 1082-04, que crea e integra los Gabinetes de Política Institucional, de Política Económica, de Política Social y de Política Medioambiental y Desarrollo, del 3 de septiembre del 2004; La Ley Sectorial No. 202-04 de Áreas Protegidas, del 30 de julio del 2004; Ley No. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública, del 28 de julio del 2004; La Ley No. 64-00, General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales del 18 de agosto del 2000; Ley 5852-62, sobre Dominio de Aguas Terrestres y Distribución de aguas Públicas, del 29 de marzo de 1962. En virtud de las atribuciones conferidas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de Administración Pública y la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, emito la siguiente: RESOLUCIÓN: PRIMERO: INCORPORAR, como por la presente SE INCORPORA en lo adelante, con carácter obligatorio, las consideraciones de adaptación a los efectos del cambio climático en la gestión ambiental, a partir del proceso de evaluación de impacto ambiental administrado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. SEGUNDO: En ese mismo orden, INTEGRAR, como al efecto se INTEGRA en los Estudios Ambientales y el Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA), mediante los Términos de Referencia (TdR) correspondientes, las consideraciones para la adaptación a los efectos del cambio climático sobre los factores y aspectos ambientales relacionados a proyectos o actividades. 3 Ave. Cayetano Germosén, Esq. Ave. Gregario Luperón, El Pedregal, Santo Domingo, República Dominicana Código postal 02487 •Tels.: 809-567-4300 / 809-807-1116 • www.ambiente.gob.do MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES "Año de la Superación del Analfabetismo" TERCERO: ORDENAR, como por la presente SE ORDENA que en todos los Estudios Ambientales sean presentadas las estimaciones de los impactos que los efectos del cambio climático ejercerá en el proyecto o actividad en particular a desarrollar, así como las medidas a tomar ante ello y reportarlos en los Programas de Manejo y Adecuación Ambiental ( PMAA) e Informes de Cumplimiento Ambiental ( ICA) correspondientes, para prevenir o controlar los impactos de estos efectos sobre la actividad o proyecto en cuestión. CUARTO: DISPONER, como por la presente SE DISPONE hacer de público conocimiento, de manera regular, los efectos del cambio climático y las acciones de adaptación aplicadas por los proyectos con autorización ambiental, así como la eficacia de cada medida preventiva aplicada por éstos. QUINTO: DISPONER, como por la presente SE DISPONE que esta resolución sea publicada de manera íntegra en la página Web del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en un (1) periódico de circulación nacional. Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital febrero del año dos mil catorce Ministro 4 Ave. Cayetano Germosén, Esq. Ave. Gregorio Luperón, El Pedregal, Santo Domingo, República Dominicana Código postal 02487 •Tels.: 809-567-4300 I 809-807-1116 • www.ambiente.gob.do