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Laws of Dominican Republic

Decreto Nº 613-96 - Que crea los Consejos de Desarrollo Provinciales

Made 1996-12-03 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Dominican Republic
Subjects
General
Keywords
local government, public participation, institution, governance

Where to read it

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. Artículo 1.- Se crean los Consejos de Desarrollo Provinciales, que estarán presididos por los Gobernadores Provinciales, e integrados por todas las fuerzas sociales organizadas, los congresistas, autoridades municipales u otros sectores gubernamentales y no gubernamentales con presencia en el territorio provincial.

  2. Artículo 2.- Los Consejos de Desarrollo Provinciales se regirán por un reglamento que será formulado por una comisión integrada por el Secretario Técnico de la Presidencia, el Secretario de Interior y Policía, la Liga Municipal Dominicana, el Centro de Estudio Urbano-Regional (CEUR) y la Oficina Nacional de Planificación (ONAPLAN), a cuyo cargo estará la Secretaría Ejecutiva.

  3. Artículo 3.- El presente Decreto deroga cualquier otro que le sea contrario. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y seis, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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