Decreto Nº 312/86 - Prohíbe la captura, posesión, procesamiento y comercialización de las especies de lambí
Made 1986-10-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Dominican Republic
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, crustaceans, size, fishery management and conservation, aquatic animals
Where to read it
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Text
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8 ' ...r..:· --- · ·· ;V '-~"! ~.~. 4> J' ' ~~~ PRESIOENTE DELAREP\8.JCA~ICANA NUMERO: 312 CONSIDERANDO la importancia que representapara nuestro pais la pesca o captura. Asi como la venta al publicoya sea de la carne 0 de la conchade los moluscos pertenecientes a las especies: a)Strombus gigas (lambi); b) Cassis sp, (lambi); y c) Cittarium pica (Burgao); CONSIDERANDO que en la Ultima decada se ha realizado una captura indiscriminada de estas especies de moluscos que amenaza con su exterminio; ." CONSIDERANDO que es necesario adoptar medidas de proteeei6n ajustadas al desarrollo de las especies, pennitiendo que estas alcancen su capacidad reproductiva; VISTO el Articulo7, letra C, de la Ley de Pesca No.5914 del 22 de mayo de 1962; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente DECRETO: Art. I. - Queda prohibida la captura, posesi6n, procesamiento y comercializacion de las especies de -Iambf, que no alcancen las tallas mfnimas que se indican a continuacion: Nombre Cientifico Nombre COffiOO Talla Minima Punta espira hasta sif6n a) Strombus gigas b) Cassis $p... c) Cittarium pica Lambi Lambi Burgao 25 em. 15 em. 5 em. Art 2.- las violaciones a las disposiciones del prescnte Decreto scran castigadas COil penas establccidas en el Articulo 7 de la Ley de Pesca No.5914 del 22 de mayo de 1962. Art. 3.- El presente Decreto sustituye al Decreto No.3398 del 25 de abril de 1973. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los catorce (14) was del roes de OCTUBRE del aiio mil novecientos ochenta y seis, ai'io 143 de la independencia y 124 de la Restauraci6n. Joaquin Balaguer.