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Laws of Cuba

Resolución Nº 628/13 - Reglamento del Comité de Evaluación de Inversiones del Ministerio de Economía y Planificación (CEI)

Made 2013-11-04 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Cuba
Subjects
General
Keywords
institution, fiscal and market measures, business/industry/corporations, policy/planning, investment, governance
Categories
*

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  1. ARTÍCULO 1.- El Comité de Evaluación de la a todos los que corresponda revisar la docu- Inversiones del Ministerio de Economía y Planifi- mentación. La copia digital debe presentarse en cación, en lo adelante CEI, es el órgano encargado letra Arial 12, con una versión del documento de la revisión, evaluación, aprobación y segui- completo en PDF y además el texto en Word y las miento de: tablas en Excel. a) Los Estudios de Factibilidad Técnicos Económi-

  2. ARTÍCULO 3.- Los Estudios se elaboran cum- cos y Financieros (EFTEF) de las Inversiones pliendo lo establecido en las normativas que emite Nominales según los parámetros que se prefijen en la Metodología para la elaboración del Plan el MEP como rector del proceso inversionista y anual de la Economía. los requisitos previstos en las metodologías para b) Los EFTEF de los Programas Nominales. cada tipo de inversión. c) Los EFTEF de los Programas Integrales. ARTÍCULO 4.- Para garantizar que la informa- d) Los EFTEF de aquellas Inversiones No Nomi- ción contenida dentro de los Estudios esté actuali- nales que se indiquen someter a la evaluación de zada, estos se presentan al MEP dentro de un esta instancia por interés del Gobierno. período de tiempo no mayor a un año natural des- e) Los Estudios de posinversión en corresponden- de la terminación de su confección. cia con las inversiones, programas u otros de ARTÍCULO 5.- Los Estudios que se presentan, competencia del MEP, que puedan estar en son revisados preliminarmente por los especialistas explotación o en ejecución. de la Dirección de Inversiones y las Direcciones Institucionales del MEP correspondientes, con- ARTÍCULO 9.- Los criterios que emiten los tando para ello con 7 días hábiles a partir de su miembros permanentes y eventuales sobre los recepción. Se exceptúan los EFTEF de los Pro- Estudios, deben presentarse por escrito oficial- gramas Nominales e Integrales, donde se cuenta mente 72 horas antes de la sesión del CEI, donde con 10 días hábiles. Como resultado de esta revi- se discute el Estudio en cuestión. Estos criterios sión se define si el estudio requiere devolverse por serán enviados al Secretario del CEI, quien a su no cumplir con los requisitos principales para su vez los circula a los inversionistas. evaluación, o si está en condiciones de someterse ARTÍCULO 10.- Los criterios a los que se refiere al CEI. el artículo precedente, se presentan en el formato

  3. ARTÍCULO 6.- Si se decide devolver los Estu- elaborado a tales efectos, que se anexa formando dios, por no cumplir los requisitos previstos para parte integrante de la presente Resolución. el tipo de inversión, por errores o incongruencias ARTÍCULO 11.- Antes de la sesión del CEI, se técnicas que no permitan una correcta evaluación, realizan reuniones de preparación internas en el se emite una comunicación oficial al remitente MEP, las que se dirigen por el Presidente del CEI, dentro de los 7 o 10 días hábiles con que se cuenta para conciliar los criterios expuestos en las obser- para su revisión preliminar según corresponda. vaciones emitidas con antelación por los miem-

  4. ARTÍCULO 7.- Si se define que el Estudio tiene bros externos permanentes y eventuales según sea las condiciones para su evaluación, el Secretario el caso y llevar una única propuesta conciliada a del CEI lo informa a los miembros de este órgano las sesiones de dicho órgano. En estos encuentros como aceptado y lo entrega en la sesión siguiente participan todos los miembros permanentes internos del CEI. A partir de esa fecha se cuenta con 20 correspondientes. días hábiles para la revisión y análisis en el CEI. ARTÍCULO 12.- En los casos en que se consi- Se exceptúan los EFTEF de los Programas Nomi- dere, la Dirección de Inversiones del MEP, de nales e Integrales, en cuyo caso se cuenta con 30 conjunto con las Direcciones Institucionales, pre- días hábiles. vio a las sesiones del CEI, puede convocar a los

  5. ARTÍCULO 8.- Un estudio de Factibilidad ya inversionistas implicados para analizar los estu- aprobado, debe ser analizado nuevamente en el dios presentados y plantearles los problemas e CEI para su actualización, siendo necesario pre- insuficiencias detectados. En este análisis pueden sentar la versión completa actualizada, siempre participar los organismos que se consideren. que acontezca una de las situaciones siguientes: CAPÍTULO III a) Desviaciones superiores a los rangos de varia- INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ción establecidos en el Estudio de Factibilidad, DEL CEI referidos al alcance, presupuesto y cronograma ARTÍCULO 13.- El CEI está integrado por de la inversión. miembros permanentes y eventuales. Los miem- b) Deterioro de las condiciones de financiamiento. bros permanentes se clasifican en internos y c) Otras variaciones que incidan de forma negativa externos y asisten a todas las sesiones del CEI. en los indicadores de rentabilidad de la inversión Los miembros eventuales asisten cuando sean o en el efecto de la misma al Balance Financiero convocados, según el tema de su competencia. Externo. Los miembros permanentes internos son: En estos casos, se cumple el procedimiento esta- 1. Viceministro Primero del MEP. blecido en el presente Reglamento. 2. Viceministro del MEP que atiende las inversiones. 3. Director de Inversiones del MEP. ARTÍCULO 14.- Además de los miembros an- 4. Jefe del Departamento Global de la Dirección tes señalados, pueden asistir a las sesiones del CEI de Inversiones del MEP. como invitados, otros organismos. Los invitados 5. Representante de la Dirección Jurídica del no tendrán voz ni voto. MEP. ARTÍCULO 15.- Las sesiones del CEI pueden 6. Representante de la Dirección del Comercio convocarse en marcos reducidos de sus miembros Exterior y Divisas del MEP. para analizar y dictaminar los estudios que entra- 7. Representante de la Dirección de Energética ñen divulgación de elementos sensibles para la del MEP. seguridad nacional o el orden interior. 8. Representante de la Dirección Global del Plan. ARTÍCULO 16.- El Viceministro Primero del 9. Viceministros, Directores y Planificadores de MEP, preside el CEI y en su ausencia lo sustituye las Direcciones Institucionales según corres- el Viceministro que atiende el área de inversiones. ponda. ARTÍCULO 17.- El Secretario del CEI es el 10. Evaluadores y Planificadores de la Dirección Jefe del Departamento Global de la Dirección de de Inversiones, según corresponda. Inversiones del MEP. Son miembros permanentes externos, los repre- ARTÍCULO 18.- El CEI realiza sus sesiones sentantes de los siguientes organismos: ordinarias de trabajo los viernes, con una periodi- cidad semanal, siempre que existan Estudios por 1. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio evaluar, pudiendo convocarse a reuniones extra- Ambiente. ordinarias cuando la importancia e inmediatez de 2. Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolu- los asuntos a tratar así lo requieran. cionarias.

  6. ARTÍCULO 19.- Las sesiones del CEI solo 3. Ministerio de Comercio Exterior y la Inver- pueden realizarse con la participación de al menos sión Extranjera. el 80 % de sus miembros permanentes. 4. Ministerio de Finanzas y Precios. ARTÍCULO 20.- En el caso de que el MEP 5. Ministerio de la Construcción. requiera el dictamen especializado de alguna enti- 6. Banco Central de Cuba. dad como parte de la evaluación, firma el contrato 7. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. que corresponda, y para la entrega del dictamen, 8. Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos. se aplica el formato previamente acordado entre 9. Instituto de Planificación Física. las partes. 10. Ministerio de Energía y Minas. ARTÍCULO 21.- El CEI realiza un Balance 11. Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil. Anual para analizar la labor desempeñada durante 12. Ministerio de Salud Pública. el período. 13. Ministerio de Industrias. CAPÍTULO IV PRINCIPALES ATRIBUCIONES, Son miembros eventuales, los representantes de OBLIGACIONES Y FACULTADES los siguientes organismos: DE LOS MIEMBROS DEL CEI 1. Ministerio del Transporte.

  7. ARTÍCULO 22.- Son obligaciones comunes de 2. Ministerio de Comunicaciones. todos los miembros permanentes internos del CEI 3. Ministerio de la Agricultura. las siguientes: 4. Ministerio del Comercio Interior. a) Participar en las reuniones de preparación inter- 5. Ministerio de la Industria Alimentaria. nas que se realicen en el MEP en presencia de 6. Ministerio de Turismo. todos los implicados. b) Entregar sus consideraciones sobre las propues- a) Preparar y circular a los miembros del CEI, pre- tas presentadas en el plazo establecido. vio acuerdo de este, el calendario trimestral de

  8. ARTÍCULO 23.- Los miembros permanentes las reuniones. internos del CEI tienen además, las siguientes b) Preparar la agenda de las reuniones ordinarias y atribuciones y obligaciones: extraordinarias del CEI, y circularla a sus miem- 1. Viceministro Primero (Presidente del CEI): bros en el término previsto. a) Presidir el CEI. c) Tramitar hacia las Direcciones Institucionales b) Convocar y presidir las reuniones de preparación del MEP, según corresponda, los estudios pre- internas que se realicen en el MEP con la parti- sentados. cipación de todos los implicados. d) Remitir a los miembros del CEI la documenta- c) Suspender, en caso necesario, la celebración de ción de los temas que serán objeto de examen una sesión ordinaria por causas justificadas, en por este en sus sesiones de trabajo. cuyo caso los temas serán analizados en la si- e) Recepcionar y conservar los criterios por escrito guiente reunión o en sesión extraordinaria si se que emitan los miembros del CEI. requiere. f) Circular a los inversionistas los criterios emiti- d) Convocar, al concluir el período que abarca el dos por los miembros del CEI previo a las sesio- Plan Anual de sesiones ordinarias, el Balance nes semanales. Anual del CEI. g) Comprobar la existencia del por ciento de asis- e) Exigir por el cumplimiento de lo normado en tencia requerido para la celebración de la sesión este Reglamento. e informar al presidente. 2. Viceministro que atiende el área de inversiones h) Dar lectura a los acuerdos adoptados una vez a) Sustituir la ausencia del Viceministro Primero concluida la sesión del CEI, precisando respon- del MEP en la presidencia del CEI. sables y fecha de cumplimiento. b) Recepcionar los Estudios que se presenten a la i) Preparar y conservar las actas de las reuniones evaluación del MEP. del CEI y proponer al Director de Inversiones la c) Tramitar hacia la Dirección de Inversiones del circulación de los acuerdos adoptados en cada MEP los estudios presentados. sesión a los miembros e inversionistas centrales. d) Enviar las citaciones oficiales a las sesiones del j) Proponer al Director de Inversiones del MEP, la CEI. emisión de los dictámenes finales con el resultado e) Exigir por el cumplimiento de lo normado en de la evaluación de los Estudios. este Reglamento. 5. Dirección Jurídica: 3. Director de Inversiones a) Verificar en los Estudios que se propongan el a) Emitir las actas del CEI donde se definan los cumplimiento de las normativas establecidas pa- acuerdos adoptados, así como las fechas de ra el proceso inversionista en el país. cumplimiento y los responsables. 6. Dirección del Comercio Exterior y Divisas: b) Emitir los documentos de devolución de los a) Verificar la correspondencia de los Estudios que Estudios que no cumplen con los requisitos para se propongan con la política financiera y credi- su evaluación en el CEI. ticia del país. c) Emitir los dictámenes finales de los Estudios 7. Dirección de Energética: presentados al MEP. a) Verificar la correspondencia de los Estudios que 4. Jefe de Departamento Global de la Dirección de se propongan con la política energética del país, Inversiones (Secretario del CEI): fundamentalmente los aspectos relacionados con el consumo de energía y el uso de las fuen- e) En el caso de tratarse de actualizaciones de tes de energía renovable. Estudios ya aprobados, deberán verificar los 8. Dirección Global del Plan: reales ejecutados y su correspondencia con los a) Verificar la correspondencia de los Estudios planes aprobados. que se propongan con la Estrategia de Desarro- f) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- llo a mediano y largo plazo según cada sector plimiento de lo aprobado en el EFTEF. de la economía. g) Elaborar y someter a consideración del Jefe del 9. Viceministros, Directores y Planificadores de Departamento Global de la Dirección de Inver- las direcciones institucionales según corres- siones, los dictámenes finales de la evaluación ponda: realizada. a) Verificar la correspondencia de los Estudios ARTÍCULO 24.- Los miembros permanentes que se propongan con las políticas aprobadas externos del CEI y los eventuales, son designados para cada sector de la economía. por el Titular de sus respectivos organismos en b) Verificar la correspondencia de los Estudios carta al Ministro del MEP. En caso de sustitución, que se propongan con la Estrategia de Desarro- su reemplazo se notifica al MEP en un término de llo a corto, mediano y largo plazo según cada 20 días naturales a partir de la decisión. sector de la economía. ARTÍCULO 25.- Los miembros permanentes c) Analizar la correspondencia de los Estudios externos y eventuales del CEI tienen las obliga- que se propongan con los planes anuales, de ciones y atribuciones comunes siguientes: mediano y largo plazo de la economía y con los a) Entregar sus consideraciones sobre las propues- indicadores reales que se han venido alcanzan- tas presentadas en el plazo y formato establecido. do según cada sector. b) Solicitar a través del secretario, la realización de d) En los Estudios de posinversión, revisar el sesiones extraordinarias del CEI, en caso nece- cumplimiento de lo aprobado en el EFTEF. sario. 10. Evaluadores y Planificadores de la Dirección ARTÍCULO 26.- Los miembros permanentes de Inversiones: externos del CEI tienen además, las siguientes a) Revisar los documentos y verificar el cumpli- facultades: miento de las metodologías para la elaboración 1. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio de los Estudios según el sector de la economía. Ambiente: b) Elaborar y proponer al Jefe del Departamento a) Verificar que los Estudios que se propongan Global de la Dirección de Inversiones, la devo- cuenten con la valoración sobre la protección del lución de los Estudios que no cumplan los re- medio ambiente. Destacar aspectos de impor- quisitos. tancia a tener en cuenta durante su ejecución. c) Conciliar con las direcciones institucionales las b) Verificar que los Estudios que se propongan consideraciones emitidas sobre las propuestas cumplan con lo establecido en relación con la presentadas. valoración integral de la tecnología y la aproba- d) Previo a las sesiones del Comité, conformar un ción de la transferencia de tecnología y marcas documento único con las observaciones preli- en las inversiones que proceda. minares trasladadas por los miembros perma- c) En caso de encontrarse en trámite algunos de nentes internos y externos o eventuales y el estos permisos, estimar la fecha de entrega de resultado de sus valoraciones, con el objetivo los mismos, así como particularidades que inci- de presentarlo a la reunión de preparación. dan en su otorgamiento. d) En los Estudios de posinversión revisar el cum- f) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de plimiento de los requerimientos indicados en la interés a destacar. fase de preinversión. 4. Ministerio de Finanzas y Precios: e) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de a) Revisar la evaluación económica financiera de interés a destacar. los Estudios que se propongan, incluyendo la 2. Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucio- fuente de financiamiento prevista y el cumpli- narias: miento de la política fiscal. a) Revisar los resultados de la compatibilización de b) Precisar los elementos referidos a precios y tari- fas que se requieran actualizar como resultado los Estudios que se propongan, con los intereses de la evaluación de los Estudios. de la Defensa. c) Velar por el cumplimiento de la política de b) Estimar la fecha de entrega del documento, en seguros. caso de encontrarse el mismo en trámite, así d) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de como las particularidades que incidan en el interés a destacar. otorgamiento de dicho permiso. 5. Ministerio de la Construcción: c) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- a) Revisar el aseguramiento de los niveles de cons- plimiento de los requerimientos indicados en la trucción requeridos, y la correspondencia con el fase de preinversión. cronograma presentado de la inversión. d) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de b) Definir y validar la utilización de sistemas cons- interés a destacar. tructivos novedosos. 3. Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión c) Validar los procesos constructivos de importan- Extranjera: cia, bien sea con entidades nacionales o con en- a) Valorar las proyecciones para las inversiones tidades constructoras extranjeras que contraten que requieren exportaciones, y emitir criterios fuerza de trabajo nacional u otras formas. sobre las proyecciones reales de estas exporta- d) Revisar las propuestas de adquisición de equipos ciones, su viabilidad y precios de los productos de construcción y tecnologías para la producción seleccionados considerados en los Estudios que de materiales de la construcción. se propongan. e) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de b) Emitir criterios referidos fundamentalmente a las interés a destacar. importaciones actuales que se sustituyen y sus 6. Banco Central de Cuba precios, en las inversiones que proyectan susti- a) Revisar en la evaluación económica financiera, tución de importaciones. términos y condiciones del financiamiento pre- c) Valorar con especial atención los efectos de sus- visto o recibido, la capacidad de pago de la titución de importaciones que se pueden calificar inversión para la devolución del financiamiento de indirectas, o sea, producciones propuestas bancario, el impacto del servicio de la deuda en para sustituir importaciones con destino a pro- los flujos de caja de la inversión y en el Balance ductos exportables o de consumo nacional. Financiero Externo, la disponibilidad financiera d) Precisar el nivel de concreción que tengan los del mismo y la capacidad crediticia real del país. suministros externos, de acuerdo a lo establecido b) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de por el Ministerio del Comercio Exterior y la interés a destacar. Inversión Extranjera. 7. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: e) Revisar las inversiones financiadas por proyec- a) Revisar la proyección de la fuerza de trabajo que tos de colaboración. requiere la inversión. b) Emitir consideraciones sobre los aspectos rela- b) Valorar los consumos básicos que se proponen cionados con la accesibilidad y las medidas pa- de energía eléctrica y de combustible. ra contrarrestar el envejecimiento poblacional. c) Valorar la eficiencia energética de las diferen- c) Verificar las demandas de fuerza de trabajo cali- tes edificaciones y procesos tecnológicos que ficada que requiere la inversión y su correspon- se proyectan. dencia con la planificación de este indicador. d) Valorar el empleo de fuentes de energías reno- d) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de vables en los Estudios propuestos. interés a destacar. e) Identificar si se requieren inversiones inducidas 8. Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos: en el campo energético, tanto para ejecutar la a) Emitir valoraciones sobre las demandas de inversión como para su posterior explotación. obras inducidas para el abasto de agua y dispo- f) En los Estudios de posinversión, revisar el sición de residuales a la inversión, así como su cumplimiento de los requerimientos indicados correspondencia con las disponibilidades y el en la fase de preinversión. balance nacional de agua. g) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de b) En los Estudios de posinversión, revisar el interés a destacar. cumplimiento de los requerimientos indicados 11. Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil: en la fase de preinversión. a) Revisar los resultados de la compatibilización c) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de con los intereses de la Defensa Civil de los interés a destacar. Estudios que se propongan. 9. Instituto de Planificación Física: b) Verificar los estudios de riesgos, vulnerabilida- a) Verificar que las inversiones cuenten con la des y peligros ante desastres u otros eventos Macrolocalización y/o Microlocalización, en extremos. caso de tratarse de inversiones constructivas y c) En los Estudios de posinversión, revisar el de montaje. cumplimiento de los requerimientos indicados b) Estimar la fecha de entrega del documento, en en la fase de preinversión. caso de encontrarse el mismo en trámite, así d) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de como las particularidades que incidan en el interés a destacar. otorgamiento de dichos permisos. 12. Ministerio de Salud Pública: c) Emitir, en el caso de los programas, un aval a) Verificar las inversiones cuya futura explota- previo que certifique la correspondencia de los ción genere efectos contaminantes dañinos a la mismos con el Esquema Nacional de Ordena- salud humana. miento Territorial (ENOT). b) Revisar los vínculos con la producción de me- d) En los Estudios de posinversión revisar el dicamentos, verificando su correspondencia cumplimiento de los requerimientos indicados con las proyecciones de demanda nacional de en la fase de preinversión. los mismos. e) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de c) Revisar el desarrollo de nuevos productos far- interés a destacar. macéuticos y biotecnológicos. Emitir criterios 10. Ministerio de Energía y Minas: sobre su posible comercialización. a) Revisar la compatibilización de los Estudios d) Revisar el cumplimiento de los requerimientos con la disponibilidad de los recursos geológi- relevantes exigidos en la microlocalización cos y mineros explotables en el país. sobre higiene y epidemiología. e) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- b) Evaluar y dar respuesta a las consultas de las plimiento de los requerimientos indicados en la inversiones de construcción y montaje en insta- fase de preinversión. laciones ferroviarias, portuarias, aeroportuarias y f) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de para el transporte automotor. interés a destacar. c) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- 13. Ministerio de Industrias: plimiento de los requerimientos indicados en la a) Revisar el aprovechamiento de capacidades en fase de preinversión. desuso de máquinas herramientas y equipos d) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de tecnológicos existentes en el país que pueden interés a destacar. ser reubicados hacia la inversión en análisis o 2. Ministerio de Comunicaciones: a) Analizar las aplicaciones informáticas que reci- empleados mediante la cooperación entre indus- ban por concepto de inversión. trias nacionales a través de la contratación b) Analizar, devolver y en su caso exigir las subsa- económica. naciones, así como otorgar o denegar el permiso b) Revisar la realización de proyectos a partir del de inversión correspondiente a las inversiones empleo de bienes de capital de fabricación que le sean presentadas. nacional, especialmente dirigido a los elementos c) Evaluar y dar respuesta a las consultas de las de estructura metálica, carpintería metálica y no inversiones de construcción y montaje en instala- metálica, materiales empleados para paredes y ciones vinculadas al uso del espectro radio- techos de naves industriales, sistemas de extrac- electrónico. ción y ventilación, climatización centralizada, y d) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- otros relacionados con la infraestructura de uso plimiento de los requerimientos indicados en la general. fase de preinversión. c) Revisar la conciliación con la industria nacional e) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de para la producción del equipamiento tecnológico interés a destacar. requerido por la inversión, teniendo en cuenta el 3. Ministerio de la Agricultura: cronograma de puesta en marcha y los paráme- a) Evaluar y emitir consideraciones sobre la adqui- tros de calidad exigidos por el proyecto. sición de tractores, cosechadoras autopropulsadas d) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- y de arrastre, máquinas e implementos agrícolas plimiento de los requerimientos indicados en la y equipos de bombeo para sistemas de riego, así fase de preinversión. como equipamiento para el drenaje. e) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de b) Velar por el desarrollo de los sistemas más interés a destacar. racionales de mecanización y riego.

  9. ARTÍCULO 27.- Los miembros eventuales del c) Evaluar y dar respuesta a las consultas de las CEI tienen las siguientes facultades en correspon- inversiones de construcción y montaje en insta- dencia con sus funciones estatales rectoras: laciones vinculadas a la agricultura. 1. Ministerio del Transporte: d) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- a) Evaluar las inversiones para la adquisición de plimiento de los requerimientos indicados en la medios automotores, embarcaciones, equipos fase de preinversión. ferroviarios, aeronaves y otros medios de trans- e) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de porte. interés a destacar. 4. Ministerio del Comercio Interior: de economía, inversiones, técnica y jurídica. a) Evaluar y dar respuesta a las consultas de las Asimismo, se hacen acompañar de los inversio- inversiones de construcción y montaje asociadas nistas directos representados por su máxima a actividades comerciales. dirección. b) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- ARTÍCULO 29.- Los inversionistas directos plimiento de los requerimientos indicados en la realizan en la sesión del CEI, una presentación en fase de preinversión. soporte magnético sobre la versión presentada al c) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de MEP, que resuma los principales elementos con- interés a destacar. tenidos en los Estudios. La presentación puede 5. Ministerio de la Industria Alimentaria: incluir fotos, mapas y otros elementos que acom- a) Evaluar y dar respuesta sobre la explotación de pañen la exposición, para lo cual disponen de un inversiones en la rama de la industria alimentaria. límite de 15 minutos. b) Evaluar y dar respuesta a las consultas de las ARTÍCULO 30.- Al concluir la presentación, el inversiones de construcción y montaje asociadas Presidente del CEI otorga la palabra a todos los a la industria alimentaria. miembros del CEI, definiéndoles el tiempo límite c) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- con que cuentan para sus intervenciones. plimiento de los requerimientos indicados en la ARTÍCULO 31.- Con los elementos aportados, fase de preinversión. el Presidente del CEI propone los acuerdos que se d) Emitir criterios sobre cualquier otro aspecto de requieran, los que somete a la valoración de los interés a destacar. presentes y se adoptan por unanimidad. 6. Ministerio de Turismo: ARTÍCULO 32.- Si como resultado del análisis a) Evaluar y dar respuesta a las consultas sobre y debate efectuado en la sesión del CEI, se requiere inversiones de construcción y montaje, vincula- la modificación de las consideraciones emitidas das al alojamiento, la náutica turística, el golf, inicialmente por alguno de sus miembros, se le las inmobiliarias asociadas al turismo, las insta- concede un término de 3 días hábiles para remitir laciones extrahoteleras y otras vinculadas al al Secretario del CEI la versión final de su criterio. turismo. CAPÍTULO VI b) En los Estudios de posinversión, revisar el cum- DE LOS ACUERDOS DEL CEI plimiento de los requerimientos indicados en la ARTÍCULO 33.- En cada sesión del CEI se fase de preinversión. levanta un acta del desarrollo de la reunión y de c) Cualquier aspecto de interés a destacar. las consideraciones y opiniones de los participan- tes, y se adoptan acuerdos, definiéndose las fechas CAPÍTULO V de cumplimiento y los responsables. DE LAS PRESENTACIONES AL CEI

  10. ARTÍCULO 34.- Los acuerdos del CEI son

  11. ARTÍCULO 28.- Los OACE, OSDE, CAP y el adoptados por los miembros permanentes y son de CAM del municipio especial Isla de la Juventud, obligatorio cumplimiento para los OACE, OSDE, cuando se presenta una inversión en las que sean CAP y el CAM del municipio especial Isla de la inversionistas centrales, asisten a las sesiones del Juventud, inversionistas centrales y directos. CEI, representados por el Viceministro o Director ARTÍCULO 35.- Los tipos de acuerdos que se General de los OACE y los Vicepresidentes de las adoptan en las sesiones son los siguientes: OSDE, los CAP y el CAM del municipio especial a) Aprobación de los Estudios presentados. Isla de la Juventud y por especialistas de sus áreas b) Denegación de los Estudios presentados. c) Decisión que es necesario consultar la aproba- inversionistas centrales, se establecen en los dic- ción de los Estudios a niveles superiores. támenes de aprobación de los estudios que emite

  12. ARTÍCULO 36.- Los acuerdos son informados el MEP. a los inversionistas centrales y a los miembros del ARTÍCULO 43.- Cada miembro del CEI puede CEI por el Director de Inversiones del MEP dentro realizar las acciones de control y seguimiento que de los 7 días hábiles posteriores a la sesión del considere necesarias para la revisión de los aspec- CEI. tos de su competencia.

  13. ARTÍCULO 37.- Los inversionistas centrales CAPÍTULO IX están obligados a informar a los inversionistas DE LOS COMITÉS DE EVALUACIÓN directos, los Acuerdos que les corresponden, DE INVERSIONES NO NOMINALES aprobados en el CEI. ARTÍCULO 44.- Los OACE, OSDE, CAP y el

  14. ARTÍCULO 38.- El Estudio que no se apruebe CAM del municipio especial Isla de la Juventud, en el CEI, puede presentarse nuevamente al MEP en su condición de inversionistas centrales, consti- en el término definido en el acta. Una vez entre- tuyen en un plazo de 30 días a partir de la entrada gado, comienzan a contar nuevamente los 20 o 30 en vigor de la presente Resolución, sus propios días hábiles previstos para convocar a su evalua- Comités de Evaluación de Inversiones, cumpliendo ción en el CEI, según corresponda. en lo que corresponda, lo establecido en el presente

  15. ARTÍCULO 39.- En el caso de que los inver- Reglamento; definiendo su integración y funcio- sionistas centrales incumplan con la nueva fecha namiento de acuerdo a las características de cada de presentación establecida en los acuerdos y no organización, de manera que se garantice la inte- hayan solicitado una prórroga, se considera dene- gralidad en los análisis que se realicen con el ob- gado el estudio en evaluación. jetivo de evaluar y aprobar las inversiones no CAPÍTULO VII nominales y revisar integralmente los estudios antes de que se envíen al MEP para las inversiones DE LA EMISIÓN DE LOS DICTÁMENES de su aprobación. DEFINITIVOS

  16. ARTÍCULO 45.- Los OACE, OSDE, CAP y el

  17. ARTÍCULO 40.- Con posterioridad a la apro- bación en el CEI, el MEP cuenta con 15 días hábi- CAM del municipio especial Isla de la Juventud les para elaborar y emitir a los inversionistas cen- realizan un Balance Anual de la marcha del fun- trales el dictamen definitivo del estudio aprobado. cionamiento de sus respectivos Comités de Eva- Se exceptúan los dictámenes de los Programas luación de Inversiones, remitiendo su resultado al Nominales e Integrales que cuentan con 20 días MEP antes del cierre del primer trimestre de cada hábiles. En todos los casos se envía copia de los año. dictámenes a todos los miembros permanentes del ARTÍCULO 46.- El Presidente del CEI del CEI. MEP convoca a los OACE, OSDE, CAP y el CAPÍTULO VIII CAM del municipio especial Isla de la Juventud DEL SEGUIMIENTO A LOS ESTUDIOS que considere, en su condición de inversionistas centrales, para que una vez al año rindan cuenta APROBADOS POR EL CEI sobre el análisis realizado con respecto al funcio-

  18. ARTÍCULO 41.- Son objeto de seguimiento namiento de sus respectivos Comités de Evalua- para su control, los Estudios evaluados y aproba- ción. dos por el CEI. SEGUNDO: La presente Resolución entra en

  19. ARTÍCULO 42.- Las fechas para la presenta- vigor a los 30 días posteriores a su publicación en ción de los Informes de Seguimiento por los la Gaceta Oficial de la República. ARCHÍVESE el original debidamente firmado POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 22, “Aran- en la Dirección Jurídica de este Ministerio. cel de Aduanas de la República de Cuba para las DADA, en La Habana, a los 4 días del mes de Importaciones Sin Carácter Comercial”, de fecha noviembre de 2013. 16 de abril de 1979, establece en su artículo 7, las escalas tarifarias para pasajeros en general y, en Ministro de Economía el inciso b), de la Disposición Final Segunda, faculta al Ministro de Finanzas y Precios para y Planificación establecer variaciones en las escalas tarifarias del ANEXO referido Arancel, cuando ello responda a los CRITERIOS DE MIEMBROS intereses de la nación. DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN POR CUANTO: El Decreto No. 314 “De las DE INVERSIONES Marinas Turísticas”, de fecha 2 de octubre de 1.- Organismo que evalúa: ________________ 2013, establece en su artículo 47 que las embar- 2.- Tipo de Estudio: caciones de recreo en viaje de placer, podrán Inversión Nominal _____ Programa Nominal permanecer en el territorio nacional hasta cinco _____ Programa Integral _____ (5) años, plazo que podrá ser prorrogado por la Inversión no Nominal que se indique _____ Estu- marina y en su artículo 58, dispone que las embar- dio de posinversión _____ caciones de recreo destinadas a la explotación Actualización _____ Leasing con opción de turística, operadas por entidades nacionales auto- compra _____ rizadas a realizar dicha operación, solicitarán a la Informe de Seguimiento de la marcha del proceso Aduana el régimen de importación temporal, el inversionista _______ que puede ser concebido hasta dos (2) años, 3.- Criterios sobre el Estudio en correspondencia prorrogables por períodos sucesivos de un (1) con las funciones definidas en esta Resolución: año, en correspondencia con la vigencia de los 4.- Conclusiones sobre el Estudio en correspon- contratos suscritos. dencia con las funciones definidas en esta Reso- POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 204, lución: de fecha 28 de agosto de 2007, dictada por la Minis- 5.- Recomendaciones al Estudio en correspon- tra de Finanzas y Precios, se estableció una dencia con las funciones definidas en esta Reso- tarifa arancelaria del cinco por ciento (5 %) a lución: las embarcaciones de recreo o deportes que sin _________________________________ carácter comercial, se importen a Cuba por per- Nombre y apellidos del miembro del CEI sonas naturales. POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 190, de fecha 11 de agosto de 2008, emitida por la Minis- tra de Finanzas y Precios, se estableció la exen- RESOLUCIÓN No. 469/2013 ción del pago de los derechos de aduanas a la POR CUANTO: La Ley No. 113 “Del Sistema importación definitiva de las embarcaciones de Tributario”, de fecha 23 de julio de 2012, en su recreo, previo contrato suscrito por entidades del Disposición Final Segunda, inciso a), faculta al Ministerio de Turismo con el titular u operador Ministro de Finanzas y Precios, para cuando cir- de la embarcación, para ofrecer servicios de Vida cunstancias a su juicio así lo aconsejen, conceder a Bordo; después de disfrutar del Régimen de exenciones, bonificaciones totales, parciales, per- admisión temporal de mercancías para su reex- manentes o temporales. portación en el mismo estado.

Resolución Nº 628/13 - Reglamento del Comité de Evaluación de Inversiones del Ministerio de Economía y Planificación (CEI) · Nelum