Resolución Nº 473/10 - Calendario para la elaboración del Balance de Agua correspondiente al año 2011
Made 2010-09-10 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Cuba
- Subjects
- Water
- Keywords
- policy/planning, inland waters, data collection/reporting, monitoring, water shortage/drought, water supply, irrigation, water rights
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
4 de octubre de 2010 GACETA OFICIAL 1183 co Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República. ARCHIVESE el original de la misma en la Dirección Ju rídica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Co mercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil diez. Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera CONSTRUCCION RESOLUCION MINISTERIAL No. 473/2010 POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 25 de No viembre de 1994, dictado al amparo de las Disposiciones Finales Sexta y Séptima del Decreto-Ley No.147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado” de 21 de abril de 1994, establece en su Apartado Tercero inciso 4), que corresponde a los jefes de los organismos dictar, en el límite de sus facultades y com petencias, reglamentos, resoluciones, instrucciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo que dirige y en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población. POR CUANTO: Por el Decreto-Ley No. 245, de fecha 20 de abril de 2007, el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos cesó como Organismo de la Administración Central del Estado y quedó adscrito al Ministerio de la Construcción. POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 138, De las Aguas terrestres, de fecha primero de julio de 1993, en su artículo 36, establece que todos los usuarios no domésticos presenta rán al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, para la elaboración de los Balances Hídricos, y de los Planes de Asignación de Agua, sus solicitudes de acuerdo con las indicaciones establecidas al efecto. POR CUANTO: Resulta necesario poner en vigor el Ca lendario para la elaboración del Balance de Agua corres pondiente al año 2011. POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 9 de diciembre de 2002, el que resuelve fue designa do Ministro de la Construcción de la República de Cuba. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, R e s u e l v o : PRIMERO: Aprobar y poner en vigor el Calendario pa ra la elaboración del Balance de Agua correspondiente al año 2011, desarrollado en el Anexo No. 1, que forma parte integrante de la presente. SEGUNDO: Responsabilizar al Director de la Dirección de Obras Hidráulicas del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos el control de lo que por la presente se dispone. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. DADA en La Habana, en las Oficinas Centrales del Mi nisterio de la Construcción, a los 10 días del mes de sep tiembre de 2010. Fidel F. Figueroa de la Paz Ministro de la Construcción ANEXO No. 1 Tarea I. Emisión del Calendario para la elaboración del Balance de Agua anual. Tarea II. Emisión de las disponibilidades de agua a los usuarios provinciales y la entrega del Calenda rio y del Procedimiento para la elaboración del Balance de Agua. Las Delegaciones provincia les informarán de forma preliminar las posi bles afectaciones en el aseguramiento del agua. Tarea III. Presentación de las demandas de agua por los usuarios a las Empresas de Aprovechamiento Hidráulico en cada provincia teniendo en cuen ta lo siguiente: 1. Las Entidades Estatales, Mixtas y Privadas elaboran el modelo "Demanda y Fundamen tación del Consumo de Agua" por Ramas y Actividades. En este modelo se presentará la fundamentación del consumo de agua y se reflejarán las Normas Técnicas de Con sumo Netas y Brutas Anuales, vinculadas a un indicador directivo del Plan, referido a la producción y a la actividad a la cual se des tina el agua. 2. Las demandas serán presentadas a las Em presas de Aprovechamiento Hidráulico en cada provincia o a sus unidades de base se gún se defina en cada territorio. 3. Las entidades del Ministerio de la Agricul tura, del Azúcar y otras entidades, con fuen tes de abasto de agua propias, presentarán sus demandas para posibilitar el análisis del balance integral de los recursos hidráulicos de los niveles de actividad y las normas de consumo de agua, aunque la demanda total de agua de estas entidades pueda satisfacer se de esas fuentes propias. 4. En el caso de las entidades agrícolas, el indicador será la producción en m 3 /t y el área física a regar en hectáreas, debiendo especificarse además la técnica de riego a utilizar, en la ganadería será m 3 /cabeza, en el Acueducto la población a servir m 3 /habitante/día, en la industria m 3 /t y en la energía eléctrica m 3 /Mw. 5. Para el riego del arroz se especificará la demanda correspondiente al sector estatal, al sector cooperativo y al campesino por empresas (CPA, CCS, o UBPC). 6. En el caso de las actividades para las cuales se haya establecido por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos y el Ministerio de GACETA OFICIAL 4 de octubre de 20101184 la Agricultura las Normas o Indices de Con sumo de agua, estas serán de uso obligatorio. 7. Para el caso de las demandas de los embal ses menores no administrados por el INRH, ríos o cuencas subterráneas las mismas se rán desglosadas por equipos de bombeo o pozo según el caso. Fecha cumplimiento: 13 de septiembre de 2010. Tarea IV. Precisión territorial de la propuesta de Balan ce de Agua de las cuencas de carácter inter provincial. Las Delegaciones Provinciales y Empresas de Aprovechamiento Hidráulico de las provin cias implicadas precisan la Propuesta de Ba lance de Agua de las cuencas de carácter interprovincial. Fecha cumplimiento: 15 de octubre de 2010. Tarea V. Inspección de la propuesta de Balance de Agua. Las Direcciones de Inspección Estatal y de Obras Hidráulicas con sus homólogos provin ciales, de conjunto con el Grupo Empresarial de Aprovechamiento Hidráulico, realizarán un control del estado de las tareas del Balance de Agua en cada provincia. Fecha cumplimiento: del 11 al 22 de octubre de 2010. Tarea VI. Presentación de la propuesta de Balance de Agua en las Delegaciones Provinciales de Recursos Hidráulicos. Las Empresas de Aprovechamiento Hidráuli co presentan la propuesta de Balance de Agua a las Delegaciones Provinciales para su revi sión, una vez conciliado con el Grupo Empre sarial de Aprovechamiento Hidráulico. Fecha cumplimiento: 1ro. de noviembre de 2010. Tarea VII. Presentación de la propuesta de Balance de Agua al Grupo Empresarial de Aprovecha miento Hidráulico. Las Empresas de Aprovechamiento Hidráu lico presentan al Grupo Empresarial la pro puesta de Balance de Agua para su revisión. Fecha cumplimiento: Del 1 al 12 de noviembre de 2010. Tarea VIII. Compatibilización de las cifras del Balance de Agua con los usuarios de la provincia. Las Delegaciones Provinciales de Recursos Hidráulicos y las Empresas de Aprovecha miento Hidráulico, como parte del proceso de compatibilización del Plan, realizan la conci liación de la propuesta de Balance de Agua con los usuarios del agua, con vistas a la presentación de la propuesta definitiva de Balance de Agua al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos. Fecha cumplimiento: 17 de noviembre de 2010. Tarea IX. Compatibilización de las cifras del Balance de Agua con el Gobierno provincial. Las Delegaciones Provinciales de Recursos Hidráulicos y las Empresas de Aprovecha miento Hidráulico, como parte del proceso de compatibilización del Plan, realizan la conci liación de la propuesta de Balance con el Gobierno de la provincia. Fecha cumplimiento: 19 de noviembre de 2010. Tarea X. Presentación de la propuesta de Balance de Agua a la Dirección de Obras Hidráulicas del INRH. Las Delegaciones Provinciales de Recursos Hidráulicos presentan a la Dirección de Obras Hidráulicas la propuesta de Balance de Agua para su análisis y discusión, en esta reunión de trabajo participarán además, una represen tación de la Empresa de Aprovechamiento Hidráulico, de los Grupos Empresariales de Aprovechamiento Hidráulico y de Acueducto y Alcantarillado. Estarán invitados los usua rios nacionales para analizar las discrepancias que surjan en los territorios en cuanto al ase guramiento de agua a las diferentes activida des socioeconómicas. Fecha cumplimiento: del 1 al 7 de diciembre de 2010. Tarea XI. Aprobación del Balance de Agua para el 2011 por el Presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos. Fecha cumplimiento: hasta el 28 de diciem bre de 2010. Tarea XII. Presentación del Balance de Agua de las Cuencas de Interés Nacional a la Dirección de Obras Hidráulicas. Fecha cumplimiento: 31 de enero de 2011. Tarea XIII. Desglose por meses de las cifras del primer trimestre del Balance de Agua. A partir de las cifras presentadas del Balance de Agua o plan de asignaciones de agua, las entidades usuarias procederán a desglosar los meses que corresponden al primer trimestre y las presentarán a las Empresas de Aprove chamiento Hidráulico. Fecha cumplimiento: 25 de enero de 2011. Tarea XIV. Presentación del cumplimiento del Balance de Agua 2010 de las provincias y Cuencas de Interés Nacional a la Dirección de Obras Hidráulicas. Fecha cumplimiento: 10 de enero de 2011. Tarea XV. Presentación del Balance de Agua de las Cuencas de Interés Provincial. Fecha cumplimiento: 16 de febrero de 2011. Tarea XVI. Desglose por meses de las cifras del segundo trimestre del Balance de Agua. Fecha cumplimiento: 25 de marzo de 2011. Tarea XVII. Presentación del cumplimiento del Balance de Agua 2011 provincial y de las cuencas de 4 de octubre de 2010 GACETA OFICIAL 1185 interés nacional al cierre del primer trimestre a la Dirección de Obras Hidráulicas. Fecha cumplimiento: 11 de abril de 2011. Tarea XVIII. Desglose por meses de las cifras del tercer trimestre del Balance de Agua. Fecha cumplimiento: 24 de junio de 2011. Tarea XIX. Presentación del cumplimiento del Balance de Agua 2011 provincial y de las Cuencas de Interés Nacional al cierre del segundo trimestre a la Dirección de Obras Hidráulicas. Fecha cumplimiento: 11 de julio de 2011. Tarea XX. Desglose por meses de las cifras del cuarto trimestre del Balance de Agua. Fecha cumplimiento: 23 de septiembre de 2011. Tarea XXI. Presentación del cumplimiento del Balance de Agua 2011 provincial y de las Cuencas de Interés Nacional al cierre del tercer trimestre a la Dirección de Obras Hidráulicas. Fecha cumplimiento: 11 de octubre de 2011. INDUSTRIA ALIMENTARIA RESOLUCION No. 495/10 POR CUANTO: En virtud del Decreto-Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009 se creó el Ministerio de la Indus tria Alimentaria, el cual es continuador y se subroga en lugar y grado de los Ministerios de la Industria Alimenticia y de la Industria Pesquera que, al amparo del mismo cuerpo legal, se extinguen. POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, con número para control administrativo 2817, de conformi dad con lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 y me diante el inciso 4 de su apartado Tercero faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado a dictar, en el límite de sus facultades y competencia, regla mentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población. POR CUANTO: La Resolución No. V-41/97 de fecha 27 de febrero de 1997 del Ministro de Finanzas y Precios, facultó al Ministerio de la Industria Alimenticia a formar, fijar y modificar los precios mayoristas máximos en pesos cubanos (CUP) de los productos que se establecen en su anexo, entre los que se encuentra el que se describe en la parte resolutiva de la presente. POR CUANTO: La que resuelve ha sido designada Mi nistra de la Industria Alimentaria en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas, R e s u e l v o : UNICO: Aprobar el precio mayorista máximo en pesos cubanos (CUP) del producto elaborado por las empresas de la Unión de Conservas de Vegetales, con destino al balance nacional y entidades autorizadas, que se describe a conti nuación: PRODUCTO UM PRECIO MAYORISTA MAXIMO Mayonesa en cubeta de 2.8 kg U 7.55 Dése cuenta a la Dirección de Bienes Agroindustriales del Ministerio de Finanzas y Precios y al Ministerio de Co mercio Interior. Comuníquese al Director General de la Unión de Con servas de Vegetales, a los directores de empresas de dicha Unión, a los viceministros y a los directores de este Orga nismo. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República a los efectos procedentes. Archívese el original en la Dirección Jurídica de este Mi nisterio. Dada en Ciudad de La Habana, el día 1ro. del mes de septiembre de 2010. María del Carmen Concepción González Ministra de la Industria Alimentaria RESOLUCION No. 496/10 POR CUANTO: En virtud del Decreto-Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009 se creó el Ministerio de la Indus tria Alimentaria, el cual es continuador y se subroga en lugar y grado de los Ministerios de la Industria Alimenticia y de la Industria Pesquera que, al amparo del mismo cuerpo legal, se extinguen. POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, con número para control administrativo 2817, de conformi dad con lo establecido por el Decreto Ley No. 147 y me diante el inciso 4 de su apartado Tercero faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado a dictar, en el límite de sus facultades y competencia, regla mentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población. POR CUANTO: La Resolución No. V-41/97 de fecha 27 de febrero de 1997 del Ministro de Finanzas y Precios, facultó al Ministerio de la Industria Alimenticia a formar, fijar y modificar los precios mayoristas máximos en pesos cubanos (CUP) de los productos que se establecen en su anexo, entre los que se encuentran los que se describen en la parte resolutiva de la presente. POR CUANTO: La que resuelve ha sido designada Mi nistra de la Industria Alimentaria en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas, R e s u e l v o : UNICO: Aprobar el precio mayorista máximo en pesos cubanos (CUP) de los productos elaborados por las empre sas de la Unión de Conservas de Vegetales, con destino al I I