Skip to content
Nelum
Laws of Cuba

Resolución Nº 299/15 - Reglamento para el uso y explotación de los grupos electrógenos de emergencia

Made 2015-09-28 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Cuba
Subjects
Energy
Keywords
energy conservation/energy production, business/industry/corporations, legal proceedings/administrative proceedings
Categories
*

Where to read it

    No source link is recorded for this law.

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. ARTÍCULO 1.- El presente Reglamen- to es de aplicación a las personas natura- les y jurídicas que intervienen en el uso y explotación de los grupos electrógenos de emergencia dentro del territorio nacional, entendiéndose estas como entidades esta- tales y no estatales, sociedades mercanti- les de capital 100 % cubano, empresas 1606 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 mixtas y las partes en los contratos de 2. Empresas responsables; asociaciones económicas internacionales, 3. Empresa Eléctrica; así como, lo relacionado con el control 4. Empresa Comercializadora de Com- del combustible para estos fines. bustible;

  2. ARTÍCULO 2.- El presente Regla- 5. Oficina Territorial de Normalización; mento tiene como objetivos: 6. Agencia de Protección Contra Incen- 1. Establecer los requisitos para explotar dios o el Cuerpo de Bomberos; eficientemente los Grupos Electrógenos 7. Defensa Civil; de Emergencia administrados por las 8. Delegación Territorial del Ministerio entidades y los procedimientos para el de Ciencia, Tecnología y Medio Am- cumplimento y control de los requeri- biente; mientos de las diferentes tecnologías, y 9. Dirección Municipal de Trabajo y Se- la protección del medio ambiente; guridad Social; y 2. establecer las atribuciones, funciones y 10. Entidad administradora del grupo obligaciones de las personas naturales y electrógeno de emergencia. jurídicas que participan del proceso; y SECCIÓN SEGUNDA 3. fortalecer el papel del contrato como Funciones de los Grupos Electrógenos vía para garantizar los objetivos y de Emergencia

  3. ARTÍCULO 4.- Los grupos electróge- compromisos pactados entre las entida- nos de emergencia aseguran la energía des que participan en el proceso de pla- eléctrica para servicios y procesos pro- nificación, contratación, importación, ductivos esenciales en el territorio nacio- instalación, puesta en marcha, explota- nal, y tienen las siguientes funciones: ción, mantenimiento, certificación, re- a) Respaldo de emergencia de una instala- paración y baja de los grupos electró- ción en situación de fallo, desconexión genos de emergencia. o deficiencias en la calidad de la ener-

  4. ARTÍCULO 3.- A los efectos del pre- gía eléctrica proveniente del sistema sente Reglamento, se considera: eléctrico nacional; a) empresas responsables: personas jurídi- b) respaldo de emergencia para actividades cas encargadas de las tecnologías de los de servicio o productivas vitales en si- grupos electrógenos de emergencia per- tuaciones excepcionales y de desastres; tenecientes a la Unión Eléctrica y a c) apoyar al sistema eléctrico nacional otros organismos. generando electricidad de forma sin- b) entidad administradora: persona natural cronizada, de acuerdo con las normas y o jurídica que opera o administra el disposiciones de operaciones vigentes, grupo electrógeno de emergencia. así como regular la demanda ante con- c) comisión certificadora municipal: re- tingencias o baja disponibilidad de presentantes de los organismos respon- energía eléctrica en el sistema eléctrico sables de certificar que el grupo elec- nacional; trógeno de emergencia está apto para d) suministrar energía eléctrica a lugares su explotación. La comisión será for- aislados, que no disponen del servicio malizada en los consejos de la Admi- eléctrico; y nistración municipales y está constitui- e) respaldo de emergencia para el asegu- da por las siguientes entidades: ramiento eléctrico de actividades terri- 1. Direccion Municipal de Planificación toriales, previa consulta con la Unión Física; Eléctrica. 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1607 SECCIÓN TERCERA los locales, y sistema de protección del Atribuciones, Funciones y Obligaciones emplazamiento;

  5. ARTÍCULO 5.- La entidad administra- g) participar con las empresas responsa- dora, es responsable de su funcionamien- bles en la instalación y en las pruebas to, estabilidad, así como de su control, y de puesta en marcha de los grupos elec- para ello ejecuta las siguientes funciones trógenos de emergencia; y obligaciones: h) garantizar la existencia y custodia de la a) Cumple las medidas de protección físi- documentación que norman el uso y ca y seguridad industrial, y limpieza del explotación de los grupos electrógenos emplazamiento, que permita realizar las de emergencia que permita asegurar la operaciones de forma segura; toda ins- realización de las operaciones de forma talación de grupo electrógeno de emer- segura y eficaz: gencia se ubica en locales que aseguren 1. Certificación de la Puesta en Marcha su protección; por las empresas responsables. b) exige a las empresas responsables que 2. Manual de Explotación, Libro de Control el grupo electrógeno de emergencia en Técnico y Libro de Incidencias foliado. explotación se conecte a la carga que 3. Contrato de mantenimiento con las va a proteger mediante un interruptor empresas responsables. de transferencia automática o manual 4. Registros de control primarios de las (doble tiro), imposibilitando la interco- operaciones, consumo y existencia de combustible. nexión al sistema eléctrico nacional; 5. Los esquemas de la instalación (dia- c) exigir que el grupo electrógeno de gramas monolineales). emergencia sea certificado como fuente i) exigir el cumplimiento de los términos no generadora de energía eléctrica al y condiciones acordados en el contrato; sistema eléctrico nacional; j) establecer relaciones contractuales con d) garantiza la adecuada disponibilidad y las empresa comercializadoras de com- correcta explotación técnica de los gru- bustibles, precisando en las obligaciones pos electrógenos de emergencia, cum- de las partes los siguientes requisitos: pliendo con las normas técnicas y lega- 1. Observación y comprobación de los les establecidas a tal efecto; niveles de combustible a servir según e) garantiza el funcionamiento periódico facturas. de los grupos electrógenos de emergen- 2. Fechas y horarios de entrega. cia, y asegurar su disponibilidad técni- 3. Certificado de garantía de calidad del ca, mediante la realización de una combustible a servir. prueba semanal sin carga; 4. Procedimiento de reclamación. f) incluye en el presupuesto anual, el fi- 5. El traslado y conservación del com- nanciamiento necesario para los gastos bustible almacenado en los tanques por concepto de pago de combustible auxiliares de los grupos electrógenos por operaciones, mantenimiento y repa- de emergencia, ante necesidades de ración de los grupos electrógenos de mantenimiento o por presentarse emergencia y líneas eléctricas en siste- averías se efectúa de la siguiente mas aislados, sistema de combustible forma: (tanques auxiliares, tuberías, válvulas), 5.1. Las extracciones de combustible se recarga de los extintores, capacitación formaliza en contratos específicos de operadores, mantenimiento civil a para estas operaciones. 1608 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 5.2. Se acuerdan condiciones determina- puesta a las averías, capacitación de los das y se fija en el contrato que las operadores); operaciones de extracción se efectúan r) planificar y ejecutar las medidas de según las facilidades con que cuente protección para situaciones excepciona- las Empresas Comercializadoras de les o de desastres, prestando especial combustible en cada territorio. importancia a: k) poner en operación los grupos electró- 1. La puntualización de las medidas para genos de emergencia ante la necesidad casos de derrames de combustible y del sistema eléctrico nacional cuando análisis de las vías alternativas de abas- reciban la orden de la Unión Eléctrica, tecimientos de combustible. tanto con los grupos sincronizados co- 2. El cumplimiento de las medidas indi- mo con el resto que liberan demanda, cadas por los órganos de la Defensa aun cuando su circuito eléctrico esté Civil correspondiente, entre ellas la energizado; protección física para las operaciones l) garantizar la disponibilidad de al menos seguras de los grupos electrógenos de dos (2) operadores o responsables de emergencia, su ubicación bajo techo y los grupos electrógenos de emergencia, fuera de riesgos ante fuertes vientos e capacitados y certificados para operar inundaciones. s) puntualizar de forma sistemática el los grupos; Plan de Reducción de Desastres; m)garantizar la permanencia de operado- t) informar a las empresas responsables, res o responsables de los grupos elec- según corresponda, y a la empresa eléc- trógenos de emergencia en entidades de trica cualquier incidencia que afecte la servicio o producción que cuenten con disponibilidad de los grupos electróge- régimen de trabajo continuo; nos de emergencia; n) exigir a las empresas responsables, la u) exigir la responsabilidad material a los solución de las averías y el cumpli- operadores, cuando la causa de la ave- miento de los planes de mantenimiento; ría sea por negligencia; notificando a la o) entregar el emplazamiento limpio a las empresa responsable que atiende la empresas responsables para realizar las tecnología y a la empresa eléctrica co- labores que correspondan, y exigir que rrespondiente; se le entregue en las mismas condicio- v) no operar el grupo electrógeno de emer- nes de orden y limpieza; gencia por encima de su capacidad de p) no operar el grupo electrógeno de diseño establecida, asegurando que en emergencia cuando haya alcanzado las caso de incorporar nuevas cargas al di- horas de explotación establecidas para seño original, se solicite por escrito su el mantenimiento; se encuentre fuera de incremento a las empresas responsables, servicio por averías o cualquier otra siempre que no se exceda el por ciento anomalía que pueda poner en riesgo la máximo de explotación dado por el fa- vida de los operadores o del equipo; bricante de las diferentes tecnologías; q) participar en los análisis de los temas w) garantizar la participación del personal que afecten la sostenibilidad de los responsable de la operación de los gru- grupos electrógenos de emergencia, pos electrógenos de emergencia en las (disponibilidad, cumplimiento planes diferentes acciones de capacitación, de de mantenimiento, certificación del acuerdo con los planes de habilitación combustible consumido, tiempo de res- aprobados; 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1609 x) facilitar y cumplir con las acciones de de emergencia, con la participación de control y medidas señaladas por las las entidades administradoras, confor- entidades controladoras de los grupos me a los términos y condiciones acor- electrógenos de emergencia; y dadas en el contrato; y) garantizar que los grupos electrógenos g) exigir por el funcionamiento periódico de emergencia sean instalados, desins- de los grupos electrógenos de emer- talados y reinstalados por las empre- gencia, con el objetivo de asegurar su sas responsables. disponibilidad técnica;

  6. ARTÍCULO 6.- Las empresas respon- h) elaborar y entregar a las entidades admi- sables de los grupos electrógenos de nistradoras, la información y documen- emergencia responden por la disponibili- tación (Manual de Explotación, Libro de dad y la explotación técnica de estos Control Técnico y Libro de Incidencia) equipos, para lo cual tienen las siguientes que permita realizar el control de estos funciones y obligaciones: equipos de forma segura y eficaz; a) Exigir el cumplimiento de las medidas i) participar de forma directa en la capa- de protección física y seguridad indus- citación y certificación de los operado- trial, así como la limpieza del empla- res o responsables de la explotación de zamiento del grupo electrógeno de los grupos electrógenos de emergencia; emergencia que permita realizar las j) incluir en el presupuesto anual el fi- operaciones de forma segura y efi- nanciamiento necesario para la repo- ciente; sición de las piezas e insumos consu- b) instalar el grupo electrógeno de emer- midos, cumpliendo la indicación de gencia mediante un interruptor de tener siempre en el país, las piezas de transferencia automática o manual repuestos de mayor uso, por dos (2) (doble tiro), conectado a la carga que años como mínimo; va a proteger, de tal modo que impo- k) planificar y ejecutar los mantenimien- sibilite la interconexión al sistema tos establecidos por el fabricante, con- eléctrico nacional; forme a la cantidad de horas de explo- c) certificar que la instalación del grupo tación de los grupos electrógenos de electrógeno de emergencia clasifica emergencia, así como la solución de como fuente no generadora de energía las averías que ocurran; eléctrica al sistema eléctrico nacional; l) establecer con las entidades adminis- d) retirar la certificación de los grupos tradoras las relaciones contractuales electrógenos de emergencia como para el mantenimiento de los grupos fuente no generadora de energía eléc- electrógenos de emergencia instala- trica al sistema eléctrico nacional, e dos, aportando la mano de obra califi- inhabilitar su funcionamiento al cono- cada, piezas de repuesto, insumos y el cer algún incumplimiento de los re- equipamiento requerido; querimientos establecidos; m) entregar el emplazamiento a las enti- e) garantizar la adecuada disponibilidad dades administradoras de grupos elec- técnica de los grupos electrógenos de trógenos de emergencia, en las mismas emergencia, cumpliendo con las normas condiciones de orden y limpieza en técnicas y legales establecidas a tal que lo reciben, al realizar acciones de efecto; mantenimiento o reparación de averías; f) dirigir y ejecutar la instalación y puesta n) prestar atención especial a los grupos en marcha de los grupos electrógenos electrógenos de emergencia instalados 1610 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 en objetivos estratégicos de seguridad u) establecer en las relaciones contractuales nacional, garantizando la disponibili- con la entidad administradora, que los dad de brigadas de guardia que den grupos electrógenos de emergencia solo respuesta a los reportes de averías en serán instalados, desinstalados y reinsta- estas instalaciones; lados por las empresas responsables. o) conciliar diariamente con las empresas ARTÍCULO 7.- Las entidades naciona- eléctricas, la situación que presentan los les, entidades de subordinación provincial grupos electrógenos de emergencia en y las organizaciones políticas y de masas, cuanto averías, pasados de manteni- ejercen las siguientes funciones: miento, déficit de piezas de repuesto y a) Supervisar el cumplimiento de las me- cualquier otro aspecto que pueda afectar didas de protección física y seguridad la disponibilidad de estos equipos; industrial, así como la limpieza de los p) responder por la coordinación con los emplazamientos de los grupos electró- suministradores e importadores de las genos de emergencia que permita reali- piezas de repuesto necesarias para la zar las operaciones de forma segura y solución de las averías y recambios; eficiente; q) comprobar y exigir, que se mantengan b) exigir y supervisar que el grupo elec- las condiciones técnicas establecidas trógeno de emergencia, esté conectado para la explotación de los grupos elec- a la carga que va a proteger mediante trógenos de emergencia, informando un interruptor de transferencia automá- inmediatamente a la entidad adminis- tica o manual (doble tiro), imposibili- tradora y a la empresa eléctrica cual- tando la interconexión al sistema eléc- quier violación que ponga en peligro la trico nacional; seguridad del personal responsable de c) supervisar que el grupo electrógeno de la operación o del emplazamiento; emergencia sea certificado como fuente r) elaborar los procedimientos e instruc- no generadora de energía eléctrica al ciones técnicas que detallen las secuen- sistema eléctrico nacional; cias de operaciones de explotación y d) exigir por la adecuada disponibilidad y mantenimiento, así como implementar correcta explotación técnica de los gru- un sistema de supervisión y control de pos electrógenos de emergencia, super- la calidad de los trabajos; visando el cumplimiento de las normas s) participar en los análisis de los temas técnicas y legales establecidas a tales que afecten la sostenibilidad de los efectos; grupos electrógenos de emergencia, e) exigir por el funcionamiento periódico (disponibilidad, cumplimiento planes de los grupos electrógenos de emergen- de mantenimiento, certificación del cia, con el objetivo de asegurar su dis- combustible consumido, tiempo de res- ponibilidad técnica mediante una prue- puesta a las averías, capacitación de los ba semanal sin carga; operadores; f) exigir que se encuentren disponibles al t) incluir en el contrato formalizado con menos dos (2) operadores o responsa- la entidad administradora, la responsa- bles de grupos electrógenos de emer- bilidad de ambas partes en garantizar la gencia, capacitados y certificados para capacitación práctica de los operadores operar los grupos, cumpliendo con lo y su recalificación, definidas en los establecido en este Reglamento. cursos aprobados por el sistema de ca- g) exigir a las unidades subordinadas la pacitación de la Unión Eléctrica; y presencia de operadores o responsables 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1611 de grupos electrógenos de emergencia en ponsable de la explotación de los gru- centros de servicio o producción que pos electrógenos de emergencia; cuenten con régimen de trabajo continuo; n) facilitar y cumplir las acciones y medi- h) exigir a las unidades subordinadas el das de control señaladas por las entida- cumplimiento de la orden de generar des controladoras de los grupos elec- con los grupos electrógenos de emer- trógenos de emergencia; y gencia ante la necesidad del sistema o) exigir a las unidades subordinadas que eléctrico nacional, tanto con los gru- los grupos electrógenos de emergencia pos que sincronizan como con el resto sean instalados, desinstalados y reinsta- que liberan demanda; lados por las empresas responsables. i) incluir en el presupuesto anual, el fi- ARTÍCULO 8.- A la Unión Eléctrica le nanciamiento necesario para el pago corresponden las siguientes atribuciones y del combustible por operaciones, man- funciones: tenimiento y reparación de averías de a) Supervisar el cumplimiento de las los grupos electrógenos de emergencia medidas de protección física y seguri- y líneas eléctricas en sistemas aislados, dad industrial, así como la limpieza sistema de combustible (tanques de re- del emplazamiento de grupos electró- serva, tuberías, válvulas) recarga de los genos de emergencia que permita rea- extintores y capacitación de operado- lizar las operaciones de forma segura res; así como de las instalaciones o lo- y eficiente; cales que protegen los grupos; b) exigir por el control de la sostenibili- dad y la vida útil de los grupos elec- j) participar en los análisis de los temas trógenos de emergencia desde su pro- que afecten la sostenibilidad de los yección, aprobación, adquisición, grupos electrógenos de emergencia, puesta en marcha, explotación y certi- (disponibilidad, instalación y puesta en ficación; marcha de nuevas instalaciones, cum- c) supervisar que el grupo electrógeno de plimiento planes de mantenimiento, emergencia, esté conectado a la carga certificación del combustible consumi- que va a proteger mediante un inte- do, capacitación de los operadores y rruptor de transferencia automática o tiempo de respuesta a las averías); manual (doble tiro), de tal modo que k) comprobar y auditar el combustible imposibilite la interconexión al siste- consumido por operaciones de los ma eléctrico nacional; grupos electrógenos de emergencia; d) controlar que el grupo electrógeno de l) exigir a las unidades subordinadas que emergencia esté certificado como los grupos electrógenos de emergencia fuente no generadora de energía eléc- no sean explotados por encima de su trica al sistema eléctrico nacional; capacidad de diseño establecida por las e) exigir el retiro de la certificación a los empresas responsables, verificando que grupos electrógenos de emergencia co- en caso de la incorporación de nuevas mo fuente no generadora de energía cargas al diseño original, se solicite eléctrica al sistema eléctrico nacional, al por la entidad administradora su incre- detectar incumplimientos de los reque- mento a la empresa responsable; rimientos establecidos a tales efectos; m) exigir a las unidades subordinadas la f) elaborar los procedimientos e instruc- participación en las diferentes accio- ciones correspondientes a la genera- nes de capacitación del personal res- ción de emergencia; 1612 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 g) exigir y supervisar el funcionamiento para el primer llenado, como el de re- periódico del grupo electrógeno de posición por operaciones, cumpliendo emergencia, con el objetivo de asegu- lo establecido por el Ministerio de rar su disponibilidad técnica, mediante Economía y Planificación; una prueba semanal sin carga; n) participar en los análisis de los temas h) asesorar metodológicamente y supervi- que afecten la sostenibilidad de los gru- sar el cumplimiento de las políticas, pos electrógenos de emergencia, (dis- disposiciones y directivas aprobadas en ponibilidad, instalación y puesta en lo concerniente a los planes de mante- marcha de nuevas instalaciones, cum- nimiento, solución de averías, reposi- plimiento planes de mantenimiento, ción del combustible consumido por certificación del combustible consumi- operaciones y estrategias de capacita- do, y tiempo de respuesta a las averías); ción del personal vinculado a la activi- o) establecer y ejecutar los programas de dad de generación de emergencia; capacitación y certificación de los i) exigir que se encuentren disponibles operadores de grupos electrógenos de al menos dos (2) operadores o respon- emergencia a través de cursos teóri- sables de los grupos electrógenos de emergencia, capacitados y certificados co-prácticos en coordinación con las para operar los grupos; empresas Responsables; j) exigir la presencia de operadores o p) mantener en el sistema informativo de responsables de la operación de los gestión de los grupos electrógenos de grupos electrógenos de emergencia, emergencia, el control de los reportes; en entidades de servicio o producción q) controlar y exigir que las empresas que cuenten con régimen de trabajo responsables dispongan del suministro continuo; estable de las piezas de recambio para k) representar al Ministerio de Energía y los grupos electrógenos de emergencia; Minas en materia de generación de r) avalar de conjunto con el Ministerio emergencia ante los organismos de la del Comercio Exterior y la Inversión Administración Central del Estado, las Extranjera, que los grupos electróge- organizaciones superiores de direc- nos de emergencia que se importen ción empresarial, los consejos de la cumplen con las regulaciones estable- Administración provinciales y el con- cidas a tales efectos; sejo de la Administración Municipal s) exigir y controlar que las empresas Isla de la Juventud; importadoras de piezas de repuesto y l) controlar integralmente el sistema de recambios para los grupos electrógenos generación de emergencia sobre las de emergencia, incluyan en sus planes actividades de operación y manteni- anuales de importación las necesidades miento de los grupos electrógenos de emergencia, verificando el cumpli- que hayan planificado de conjunto con miento de las normas técnicas y lega- las empresas responsables; les establecidas a tales efectos; así t) emitir la orden para activar el sistema como exigir la aplicación de las medi- de generación de emergencia por ne- das correctivas ante cualquier viola- cesidad del sistema eléctrico nacional, ción de lo establecido; tanto con los grupos electrógenos de m) asignar el combustible para los gru- emergencia sincronizados como con pos electrógenos de emergencia, tanto los que liberan demanda; 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1613 u) avalar las solicitudes de movimientos a) Proponer los programas de desarrollo de los grupos electrógenos de emer- relacionados con la generación de gencia efectuadas por los consejos de emergencia. la Administración provinciales y el b) Avalar las solicitudes de movimientos consejo de la administración munici- de grupos electrógenos de emergencia pal Isla de la Juventud, así como los entre los diferentes organismos de la movimientos solicitados por los orga- Administración Central del Estado, ya nismos de la Administración Central sea de forma temporal o definitiva. del Estado o por las organizaciones ARTÍCULO 11.- Los organismos de la superiores de dirección empresarial Administración Central del Estado y las que se propongan dentro del propio organizaciones superiores de dirección em- organismo, tanto en situaciones nor- presarial les corresponden las siguientes males como en casos excepcionales o funciones y obligaciones: de desastres; a) Cumplir y exigir por el cumplimiento v) supervisar que las operaciones, man- de las normativas técnicas y legales re- tenimientos, visitas y demás activida- lacionadas con el Sistema de Genera- des de control relacionadas con los ción de Emergencia; grupos electrógenos de emergencia, se b) controlar que el grupo electrógeno de reflejan en el Libro de Incidencias; emergencia sea conectado a la carga que w) supervisar y exigir a las entidades va a proteger, mediante un interruptor administradoras que los grupos elec- de transferencia automática o manual trógenos de emergencia, son instala- (doble tiro), de tal modo que imposibi- dos, desinstalados y reinstalados por lite la interconexión al sistema eléctrico las empresas responsables; y nacional; x) supervisar y exigir que las inversiones c) exigir que estén disponibles al menos de grupos electrógenos de emergen- dos (2) operadores o responsables de cia, cumplen con lo establecido en la los grupos electrógenos de emergencia, legislación aplicable al Proceso Inver- capacitados y certificados para operar sionista. los grupos, cumpliendo lo establecido

  7. ARTÍCULO 9.- A las empresas comer- en este Reglamento; cializadoras de combustibles, le correspon- d) exigir la presencia de operadores o res- den las siguientes funciones y obligaciones: ponsables de grupos electrógenos de a) Cumplir con las normas técnicas y le- emergencia en entidades de servicio o gales relacionadas con el sistema de producción que cuenten con régimen de generación de emergencia; trabajo continuo; b) garantizar la reposición de combustible e) exigir que se active el sistema de gene- de los grupos electrógenos de emergen- ración de emergencia por necesidad del cia, tanto en situaciones normales como sistema eléctrico nacional cuando se re- excepcionales o de desastres; y ciba la orden de la Unión Eléctrica, tan- c) formalizar las relaciones contractuales to con los grupos electrógenos de emer- con las entidades administradoras de gencia sincronizados como con el resto los grupos electrógenos de emergencia. de los grupos que liberan demanda;

  8. ARTÍCULO 10.- El Ministerio de Ener- f) exigir a las organizaciones empresaria- gía y Minas tiene las siguientes atribuciones: les atendidas o subordinadas que inclu- 1614 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 yan en los planes económicos anuales, legales relacionadas con los grupos el presupuesto necesario para los gastos electrógenos de emergencia; por concepto de operación, manteni- b) participar en los análisis de los temas miento y reparación de los grupos; lí- que afecten la sostenibilidad de los neas eléctricas en sistemas aislados, grupos electrógenos de emergencia, sistema de combustible (tanques de re- (disponibilidad, instalación y puesta en serva, tuberías, válvulas); recarga de marcha de nuevas instalaciones, cum- los extintores y capacitación de los plimiento de los planes de manteni- operadores; así como los locales que miento, certificación del combustible protegen los grupos electrógenos de consumido, y tiempo de respuesta a las emergencia; averías); g) exigir a las organizaciones empresaria- c) formalizar la creación de las comisio- les atendidas o subordinadas la partici- nes certificadoras municipales, las cua- pación del personal responsable de la les serán las responsables de aprobar el operación de los grupos electrógenos uso y explotación de los grupos elec- de emergencia en acciones de capacita- trógenos de emergencia; ción, de acuerdo con los planes de ha- d) solicitar a la Unión Eléctrica los movi- bilitación aprobados y acordados con la mientos de grupos electrógenos de empresa eléctrica; emergencia de las entidades de subordi- h) exigir que los grupos electrógenos de nación local, ya sea de forma temporal o emergencia no sean operados por en- definitiva. La autorización es gestiona- cima de su capacidad de diseño. En ca- da por el Vicepresidente del consejo de so de incorporar nuevas cargas al dise- la Administración provincial, o el Vi- ño original se solicitará por escrito su cepresidente del consejo de la Adminis- incremento a la empresa responsable, tración municipal Isla de la Juventud siempre que no se exceda el por ciento que atiende el programa de los grupos máximo de explotación; electrógenos de emergencia, según co- i) exigir el cumplimiento de las acciones rresponda; y y medidas de control señaladas por las e) exigir el cumplimiento de las medidas entidades controladoras de los grupos señaladas por las entidades controlado- electrógenos de emergencia; y ras de los grupos electrógenos de j) exigir a las organizaciones empresaria- emergencia. les atendidas o subordinadas que los grupos electrógenos de emergencia se- CAPÍTULO II rán instalados, desinstalados y reinsta- SECCIÓN PRIMERA lados por las empresas responsables. Del proceso inversionista, instalación,

  9. ARTÍCULO 12.- Los consejos de la puesta en explotación y certificación Administración provinciales y el consejo de los Grupos Electrógenos de Emergencia de la Administración municipal Isla de la ARTÍCULO 13.- Toda inversión en Juventud con respecto a los grupos elec- grupos electrógenos de emergencia, cum- trógenos de emergencia ubicados en sus ple con la legislación vigente aplicable al territorios tienen las siguientes funciones Proceso Inversionista. y obligaciones: ARTÍCULO 14.1.- Este Reglamento es a) Exigir a la entidad administradora el aplicable a todas las inversiones para gru- cumplimiento de las normas técnicas y pos electrógenos de emergencia que se 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1615 realicen en el territorio nacional por per- Reglamento, específicamente en lo relati- sonas jurídicas estatales, no estatales y vo a que los usuarios que poseen plantas sociedades mercantiles de capital ciento generadoras de energía eléctrica para ser- por ciento (100 %) cubano. vicio de emergencia, están obligados a 2.- Las empresas mixtas, las partes en instalarlas a través de un desconectivo de los contratos de asociación económica doble tiro. internacional y las empresas de capital ARTÍCULO 19.- La entidad adminis- totalmente extranjero, una vez constitui- tradora coordina con la empresa respon- das al amparo de la legislación vigente sable y la Unión Eléctrica, la capacitación para la inversión extranjera, cuando em- de los operadores, y garantiza sean certi- prendan inversiones para grupos electró- ficados en correspondencia con lo esta- genos de emergencia, aplican el presente blecido por el Ministerio de Trabajo y Reglamento en lo que corresponda y con Seguridad Social. las precisiones previstas en este. ARTÍCULO 20.- El proceso de certifi-

  10. ARTÍCULO 15.- El inversionista que cación de los grupos electrógenos de decida instalar grupos electrógenos de emergencia se realiza por la Comisión emergencia, procede a incluir la inver- Certificadora Municipal y tiene un período sión, de resultar necesario, en el Plan de de validez de hasta dos (2) años naturales Inversiones, gestionando y tramitando la después de emitida. De existir violaciones fuente de financiamiento con los orga- en las acciones de control que ponga en nismos de la Administración Central del riesgo la integridad física del operador o la Estado y las organizaciones superiores de disponibilidad del grupo electrógeno de dirección empresarial, según proceda. emergencia, se retira la certificación, y

  11. ARTÍCULO 16.- El Plan de Inversiones hasta tanto no quede solucionada la defi- aprobado por el nivel correspondiente in- ciencia o violación detectada, no se pone cluye, además del valor del grupo electró- en operaciones el equipo bajo ninguna geno; el costo de la instalación y de la circunstancia. La responsabilidad de la construcción civil, el presupuesto para la tramitación del proceso de certificación es adquisición de los kit de montaje y de man- de la entidad administradora del grupo tenimiento del primer año de explotación. electrógeno de emergencia.

  12. ARTÍCULO 17.- Para la adquisición del ARTÍCULO 21.- La entidad adminis- grupo electrógeno de emergencia, es nece- tradora del grupo electrógeno de emergen- sario solicitar a la empresa responsable, la cia coordina con la Comisión Certificadora tarea de ingeniería básica que defina las Municipal, la certificación y puesta en características técnicas del equipo. Las explotación de la instalación, ejecutando compras se efectuarán en correspondencia previamente las siguientes acciones: con las marcas de motores y generadores a) Cumple con las indicaciones del Minis- normalizados en el país, cumpliendo lo terio de Economía y Planificación, en establecido por el Ministerio del Comercio lo referido a la demanda de combusti- Exterior y la Inversión Extranjera. ble para el proceso de instalación y

  13. ARTÍCULO 18.- Para la instalación de puesta en marcha de los grupos elec- grupos electrógenos de emergencia se trógenos de emergencia; cumple lo dispuesto en la Ley No. 1287, b) cumple los requerimientos establecidos de 2 de enero de 1975, Ley Eléctrica y su para la reducción de desastres señala- 1616 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 dos por el órgano de la Defensa Civil, a) Cumple con las medidas de protección así como los trabajos requeridos para la física y seguridad industrial, mante- protección física del emplazamiento, y niendo la limpieza del emplazamiento el cumplimiento de las medidas contra del grupo electrógeno de emergencia incendios y de protección del medio que le permita realizar las operaciones ambiente; de forma segura y eficiente; c) coordina con la Oficina Nacional de b) exige a la dirección de la entidad admi- Normalización en el territorio, el aforo nistradora, que el grupo electrógeno de del tanque auxiliar de combustible y la emergencia esté conectado a la carga verificación de la vara de medición, que va a proteger mediante un interrup- realizando las acciones necesarias para tor de transferencia automática o ma- su certificación; nual (doble tiro), de tal modo que im- d) coordina con el Cuerpo de Bomberos y posibilite la interconexión al sistema la Agencia de Protección Contra Incen- eléctrico nacional; dios, la certificación del cumplimiento c) cumple con las normas técnicas y lega- de las normas de protección contra in- les que garanticen la adecuada disponi- cendios y aterramiento para todo el sis- bilidad y correcta explotación técnica tema auxiliar de combustible; del grupo electrógeno de emergencia; e) exige a la empresa responsable la en- d) realiza el llenado de los registros de trega del esquema eléctrico monolineal control, donde recoge con exactitud las de la instalación eléctrica, el Libro de operaciones, estado técnico del grupo Control, la documentación técnica y los electrógeno de emergencia y las inci- indicadores de consumo del grupo elec- dencias ocurridas. Las anotaciones se trógeno de emergencia; y realizan con tinta y letra legible; f) cumple con las leyes, regulaciones y e) ejecuta las mediciones de combustible, normas técnicas ambientales. lubricantes y líquido refrigerante antes

  14. ARTÍCULO 22.- Los emplazamientos y después de finalizar las operaciones de grupos electrógenos de emergencia del grupo electrógeno de emergencia, cuentan con un tanque auxiliar de com- plasmando las anotaciones pertinentes bustible siempre que las condiciones lo en el Libro de Incidencias; permitan, cumpliendo con las normas f) realiza el relleno de combustible del establecidas por los órganos competentes. tanque propio del grupo electrógeno de El financiamiento necesario para la adqui- emergencia después de cada operación; sición del tanque y los materiales para su g) notifica a la dirección de la entidad instalación se incluyen en el Plan de In- administradora, a la empresa responsa- versiones de la entidad administradora del ble y a la empresa eléctrica, cualquier grupo electrógeno de emergencia. avería que imposibilite el funciona- SECCIÓN SEGUNDA miento del grupo electrógeno de emer- Sobre los operadores y responsables gencia o del sistema de combustible, de los Grupos Electrógenos de Emergencia que ponga en peligro su disponibilidad

  15. ARTÍCULO 23.- El operador o respon- para la correcta operación de este; sable de la operación de los grupos elec- h) pone en funcionamiento el grupo elec- trógenos de emergencia tiene las siguien- trógeno de emergencia cuando reciba la tes obligaciones: orden de operar por necesidad del sis- 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1617 tema eléctrico nacional, tanto con los ción, control, solicitud, aprobación y dis- grupos sincronizados como con el resto tribución de los combustibles, aceites que liberan demanda, aun cuando su lubricantes y líquidos refrigerantes para circuito eléctrico esté energizado; los grupos electrógenos de emergencia, i) no opera el grupo electrógeno de así como del resto de las normas, resolu- emergencia cuando haya alcanzado ciones, procedimientos e instrucciones las horas de explotación establecidas relacionadas al efecto. para el mantenimiento, o cualquier ARTÍCULO 25.- El faltante de com- otra anomalía que ponga en riesgo el bustible que se detecte en las acciones de equipo o la integridad física del ope- control a las entidades administradoras, es rador; clasificado como hecho relevante. j) resguarda y custodia la documenta- ARTÍCULO 26.- Cuando en la entidad ción que soporta el control integral al administradora ocurra un hecho relevante programa del grupo electrógeno de se presenta a la Unión Eléctrica un expe- emergencia (Libros de incidencias y diente en el plazo de hasta siete (7) días Libro de Control Técnico); hábiles posteriores a su ocurrencia, con la k) facilita y cumple las acciones y medi- siguiente documentación: das de control señaladas por las enti- a) En caso de un presunto hecho delictivo, dades controladoras de los grupos copia de la denuncia ante los órganos electrógenos de emergencia; competentes; b) Análisis de las causas, condiciones y l) pone en funcionamiento periódica- medidas administrativas aplicadas a los mente el grupo electrógeno de emer- responsables del hecho; gencia, con el objetivo de asegurar su c) La solicitud para la reposición del com- disponibilidad técnica, mediante una bustible que se declare como faltante, prueba semanal; debe ser avalada por el máximo respon- m) realiza el cambio de turno en el local sable del organismo de la Administra- donde se encuentre instalado el grupo ción Central del Estado, de la organiza- electrógeno de emergencia, reflejando ción superior de dirección empresarial, en el Libro de Incidencias los eventos consejo de la Administración Provincial ocurridos en su horario de trabajo; y y del Consejo de la Administración mu- n) participa en las acciones de capacita- nicipal Isla de la Juventud según corres- ción y recalificación coordinadas en- ponda, atendiendo a la subordinación de tre la empresa eléctrica y la entidad la entidad administradora del grupo administradora de los grupos electró- electrógeno de emergencia. genos de emergencia. ARTÍCULO 27.- En los casos que se SECCIÓN TERCERA apruebe habilitar el combustible mediante Del control del combustible asignado el uso de tarjetas magnéticas para el llena- a los Grupos Electrógenos de Emergencia do inicial o relleno de los grupos electró-

  16. ARTÍCULO 24.- Las entidades que in- genos de emergencia, la entidad adminis- tervienen en el sistema de generación de tradora garantiza que su uso sea exclusivo emergencia dentro del territorio nacional, para ese fin, disponiendo una tarjeta para son responsables del cumplimiento de lo cada grupo instalado, de manera tal que se establecido por el Ministerio de Economía pueda controlar y auditar su consumo y y Planificación en cuanto a la planifica- existencia. 1618 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015

  17. ARTÍCULO 28.- En aquellas entidades vés de los subgrupos de energía, informa al que se modifique la forma de reposición Grupo Nacional de Energía de su actuali- de combustible a los grupos electrógenos zación mediante la Unión Eléctrica, las de emergencia (de tarjeta magnética a tiro necesidades de objetivos a proteger que no directo o viceversa), por razones justifi- cuenten con aseguramiento eléctrico de cadas y autorizadas por las autoridades emergencia en servicios y producciones competentes, las entidades administrado- vitales. ras garantizan la no existencia de saldos 2.- Actualizan los movimientos de gru- en tarjetas magnéticas y en tanques auxi- pos electrógenos de emergencia ante liares simultáneamente. cualquier situación excepcional o de

  18. ARTÍCULO 29.- Para el caso del grupo desastre natural. Estos movimientos de- electrógeno de emergencia que le suminis- ben ser en primera instancia con grupos tran el combustible por tiro directo, la en- pertenecientes al organismo, ubicados en tidad administradora cumple las medidas la misma provincia donde se encuentra el de control y protección establecidas por la objetivo a proteger (movimiento interno) Oficina Nacional para el Control del Uso y en segunda instancia, con grupos perte- Racional de la Energía, a nivel provincial. necientes a otros organismos, ubicados en

  19. ARTÍCULO 30.- La entidad adminis- la misma provincia donde se encuentra el tradora del grupo electrógeno de emer- objetivo a proteger (movimiento interno gencia tiene la responsabilidad de realizar alternativo). Los movimientos aprobados la entrega diaria de la existencia de com- se incluirán en los Planes de Reducción bustible en los cambios de turno de los de Desastres. operadores de grupos electrógenos de ARTÍCULO 33.- La solicitud de movi- emergencia, luego de realizar las medi- mientos de grupos electrógenos de emer- ciones físicas necesarias, quedando refle- gencia entre provincias se presenta a la jadas en el Libro de incidencia. Unión Eléctrica mediante los consejos de

  20. ARTÍCULO 31.- La entidad adminis- Defensa provinciales y por el consejo de tradora del grupo electrógeno de emer- Defensa municipal de la Isla de la Juventud. gencia ejecuta mediciones de combustible ARTÍCULO 34.- Para la realización del al final de cada mes para fijar los inventa- Ejercicio Meteoro, cada provincia actuali- rios de inicio del mes próximo, realizando za y concilia con antelación, el inventario los análisis pertinentes de encontrarse de los movimientos de grupos electrógenos diferencias (faltantes o sobrantes) en los de emergencia incluidos en los Planes de documentos y modelos de control, utili- Reducción de Desastres, entre los Grupos zando estos datos para la confección del de Energía Provincial y Nacional, a través modelo establecido por la Oficina Nacio- de las empresas eléctricas. nal de Estadística e Información. ARTÍCULO 35.- En los Planes de Re- SECCIÓN CUARTA ducción de Desastres los Consejos de De- De la operación de los Grupos Electrógenos fensa provinciales y el consejo de defensa de Emergencia en situaciones excepcionales municipal de la Isla de la Juventud inclu- o de desastres naturales o tecnológicos yen el aseguramiento humano y material

  21. ARTÍCULO 32.1.- Los consejos de De- para los movimientos internos de grupos fensa provinciales y el consejo de defensa electrógenos de emergencia, así como su municipal de la Isla de la Juventud, a tra- retorno a los lugares de origen. 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1619

  22. ARTÍCULO 36.- Cuando se establece tección para evitar la ocurrencia de acci- la Fase Informativa por la Defensa Civil, dentes que ponga en peligro la integridad las empresas eléctricas informan al conse- física de los operarios o del equipo. jo de Defensa provincial o al Consejo de ARTÍCULO 41.- En el proceso de mo- Defensa municipal de la Isla de la Juven- vimientos de grupos electrógenos de tud, la disponibilidad técnica de los gru- emergencia, no se permite la extracción pos electrógenos de emergencia, la cober- de piezas y componentes para su utiliza- tura de combustible y las principales difi- ción en otro grupo, aun en situaciones cultades existentes que afecten su correcta excepcionales o desastres. Las empresas explotación. responsables deben disponer de un míni-

  23. ARTÍCULO 37.- Las empresas respon- mo y máximo de piezas de repuesto para sables establecen las medidas necesarias enfrentar las averías y tener los materiales para elevar la disponibilidad técnica de los necesarios para ejecutar los movimientos grupos electrógenos de emergencia previs- aprobados en los planes. tos en los planes de movimientos, así como ARTÍCULO 42.- Los centros y entida- el completamiento del combustible necesa- des que reciben grupos electrógenos de rio por la entidad administradora, garanti- emergencia, en situaciones excepcionales zando su correcta explotación. o de desastres, provenientes de movi-

  24. ARTÍCULO 38.- Cuando se establezca mientos externos garantizan desde tiem- la Fase de Recuperación por la Defensa pos normales, la preparación del personal Civil, los consejos de Defensa provincia- autorizado a operar los equipos en coor- les y el consejo de Defensa municipal Isla dinación con las empresas eléctricas, ges- de la Juventud, efectúan los movimientos tiona la permanencia de estas personas en internos aprobados en sus Planes de Re- la entidad ante cualquier situación excep- ducción de Desastres, se solicita, además, cional, y quedan responsabilizados con el al Grupo Nacional de Energía a través de cuidado, protección y operación del grupo la Unión Eléctrica, la ejecución de los electrógeno de emergencia. Esta medida movimientos externos aprobados. se establece en el Plan de Reducción de

  25. ARTÍCULO 39.- La Unión Eléctrica y Desastres de la entidad. las entidades administradoras mantienen ARTÍCULO 43.- Declarada la Fase Re- un control actualizado de cada uno de los cuperativa y resuelta la situación que dio movimientos de los grupos electrógenos, lugar al movimiento de los grupos electró- tantos internos como externos, dándole genos de emergencia, se garantiza por los seguimiento hasta el retorno a su lugar de consejos de Defensa provinciales y el origen. consejo de Defensa municipal de la Isla

  26. ARTÍCULO 40.- Los grupos electró- de la Juventud, a través de los órganos genos de emergencia son desinstalados, económicos sociales, la devolución y re- instalados y reinstalados por las empresas instalación de los equipos a los objetivos responsables siempre con el tanque propio donde pertenecen, con la participación vacío, en coordinación con las empresas directa de la empresa responsable y la eléctricas. Además participan en el proce- empresa eléctrica. so de traslado de los grupos autorizados, ARTÍCULO 44.- En situaciones excep- atendiendo especialmente al proceso de cionales, al decretarse la Fase de Alarma izaje y garantizando las medidas de pro- por la Defensa Civil, la Unión Eléctrica 1620 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 asigna a las empresas comercializadoras grupos de reemplazo, ya que son utiliza- de combustibles y a la empresa Financiera dos únicamente para este fin. CIMEX S.A., según sea el caso, las cifras ARTÍCULO 48.- Los grupos electró- aprobadas para estas situaciones. La co- genos de emergencia de reemplazo se bertura abarcará para siete días de opera- conservan en almacenes de las empresas ciones de los grupos electrógenos de responsables. En caso de que se considere emergencia, tomando como referencia los estratégica su desconcentración en otros índices históricos de consumo de litros almacenes, se garantiza que los equipos por hora (L/h), de la totalidad de los equi- estén siempre bajo el control del máximo pos del territorio. responsable de la entidad y no pueden

  27. ARTÍCULO 45.- En caso de afectacio- utilizarse con otros fines. nes o interrupciones eléctricas prolonga- ARTÍCULO 49.- Una vez aprobada la das en el sistema eléctrico nacional (co- ubicación de los grupos electrógenos de lapso del sistema eléctrico o déficit de emergencia de reemplazo en los almace- generación), la Unión Eléctrica asignará nes provinciales o municipales, las em- una cobertura de combustible calculada presas responsables garantizan su conser- mediante índice histórico de consumo de vación y óptimo estado técnico, con el litros por hora (L/h) de cada grupo elec- objetivo de utilizarlos ante cualquier trógeno de emergencia, multiplicado por eventualidad o contingencia. Tienen las el tiempo de interrupción que esté previsto cantidades necesarias de baterías, líquidos para restablecer el servicio eléctrico. lubricantes, refrigerantes y kit de instala-

  28. ARTÍCULO 46.- Ante situaciones ex- ción emergente para su inmediata instala- cepcionales, desastres naturales o tecnoló- ción y puesta en marcha. gicos y se decida situar grupos electrógenos ARTÍCULO 50.- Cuando se produzca de emergencia en objetivos sin respaldo una avería o rotura en un grupo electró- eléctrico, los consejos de la Administra- geno de emergencia instalado en un obje- ción provinciales y el consejo de la Ad- tivo estratégico cuya reparación sea por ministración municipal de la Isla de la un tiempo prolongado o implique la im- Juventud, según corresponda, garantizan portación de piezas de repuesto y el sumi- los recipientes para el almacenaje del nistrador confirme una fecha de envío combustible. Los envases o recipientes mayor de treinta (30) días, las entidades deben tener una capacidad de doscientos territoriales de las empresas responsables, (200) litros como mínimo. previo análisis con las empresas eléctri- SECCIÓN QUINTA cas, solicitan por escrito al nivel superior, De la utilización de los Grupos Electrógenos la autorización para utilizar el grupo de de Emergencia destinados reemplazo que responda a las necesidades como reemplazos del objetivo afectado.

  29. ARTÍCULO 47.- Los grupos electró- ARTÍCULO 51.- Las empresas respon- genos de emergencia que han sido desti- sables, de conjunto con la Unión Eléctri- nados a las empresas responsables con el ca, valoran la situación en cada caso, la objetivo de suplir equipos con desperfec- disponibilidad de grupos, las posibles tos técnicos y afectaciones de largo plazo fechas de soluciones de las averías, y en de solución, situados en objetivos estraté- correspondencia con este análisis aprue- gicos, son denominados en lo adelante ban la solicitud para utilizar los grupos 28 de octubre de 2015 GACETA OFICIAL 1621 electrógenos de emergencia de reemplazo. ARTÍCULO 56.- Si durante la explota- Al mismo tiempo mantienen y conservan ción del grupo electrógeno de emergencia un registro adicional de las fechas, razo- ocurre una avería grave, y la empresa nes y objetivos en los cuales han sido responsable considere que lo inhabilita utilizados. para su explotación, lo dictamina y notifi-

  30. ARTÍCULO 52.- La empresa responsa- ca por escrito a la entidad administradora ble responde por la conservación y actuali- y a la empresa eléctrica para que realicen zación de los libros técnicos de los grupos los trámites correspondientes al proceso electrógenos de emergencia movidos como administrativo de baja del grupo electró- reemplazo. geno de emergencia.

  31. ARTÍCULO 53.- Las empresas respon- ARTÍCULO 57.- Los grupos electróge- sables garantizan que el uso de los grupos nos de emergencia que mediante dictamen electrógenos de emergencia de reemplazo técnico de la Comisión creada al efecto, se no se convierta en un mecanismo o forma trasladan de la entidad donde se encuen- de justificar insuficiencias técnicas, irres- tran instalados, causan baja como activos ponsabilidades o demoras innecesarias en fijos tangible por el valor no depreciado el suministro logístico de piezas y acceso- que no se logre cubrir con los ingresos rios; y mantienen las reservas de piezas y provenientes de su venta como materia accesorios para utilizarlas en situaciones prima, cumpliendo lo establecido por la imprevistas y de fuerza mayor. disposición jurídica correspondiente.

  32. ARTÍCULO 54.- Una vez reparado el ARTÍCULO 58.- La empresa eléctrica, grupo electrógeno de emergencia, se pro- una vez que conozca el dictamen de baja cede a la reinstalación del grupo original del grupo electrógeno de emergencia, en el objetivo estratégico y la devolución procede a dejar sin efecto la certificación al almacén del grupo de reemplazo. como fuente no generadora de energía al SECCIÓN SEXTA sistema eléctrico nacional, actualizando Del proceso administrativo de baja sus controles e informándolo a la Unión del Grupo Electrógeno de Emergencia Eléctrica.

  33. ARTÍCULO 55.- Como parte de las vi- ARTÍCULO 59.- Cuando en el proceso sitas periódicas y análisis de los registros de baja de un grupo electrógeno de emer- de operación, la entidad territorial de la gencia se determine que alguna de las empresa responsable y la empresa eléctri- partes o agregados pueden ser reutilizados ca determinan de conjunto que el grupo en equipos de igual características, estas electrógeno de emergencia está trabajan- pueden ser comercializadas por la entidad do fuera de sus parámetros técnicos (dete- administradora a la empresa responsable riorados los índices de consumo de com- correspondiente, por el valor residual que bustible, aceite y líquido refrigerante) y tenga la pieza. no sea posible la reparación del equipo o ARTÍCULO 60.- Los elementos no re- de sus agregados, se emite un dictamen cuperables para utilizar como piezas de técnico por escrito, notificando a la enti- repuesto, la entidad administradora lo co- dad administradora que el equipo no está mercializa como destino final con la em- en condiciones de seguir explotándose, presa de materia prima correspondiente. enviando copia de dicho informe al nivel SEGUNDA: El Director General de la superior correspondiente. Unión Eléctrica queda facultado para 1622 GACETA OFICIAL 28 de octubre de 2015 adoptar, en el marco de su competencia, las disposiciones legales que se requieran a los efectos de la implementación de lo que por este Reglamento se establece. TERCERA: Se establece un año poste- rior a la entrada en vigor de este Regla- mento, como plazo máximo para evaluar su aplicación, quedando responsabilizado el Director General de la Unión Eléctrica para proponer las modificaciones que resulten necesarias. CUARTA: El presente Reglamento en- trará en vigor a partir de los 30 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la Re- pública de Cuba. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE el original de esta Reso- lución en la Dirección Jurídica del Minis- terio de Energía y Minas. DADA en la Habana, a los 28 días del mes de septiembre de 2015. Alfredo López Valdés Ministro de Energía y Minas ________________

Resolución Nº 299/15 - Reglamento para el uso y explotación de los grupos electrógenos de emergencia · Nelum