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Laws of Cuba

Resolución Nº 202/13 - Depósito, conservación y disposición de los bienes muebles que se ocupan en procesos penales y confiscatorios administrativos del sector minero

Made 2013-07-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Cuba
Subjects
Mineral resources
Keywords
alternative dispute settlement, legal proceedings/administrative proceedings
Categories
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. 148 GACETA OFICIAL 21 de agosto de 2013 ENERGÎA Y MINAS OBJETIVO Y ALCANCE RESOLUCION No. 202 ARTÎCULO 1.- El presente procedimiento tie- POR CUANTO: El Decreto No. 313, "Sobre el ne como objetivo establecer en el sistema del Mi- Deposito, Conservacion y Disposicion de los Bie- nisterio de Energia y Minas, la aplicacion del nes Muebles que se Ocupan en Procesos Penales y mencionado Decreto No. 313, de fecha 18 de ju- Confiscatorios Administrativos", de fecha 18 de nio de 2013 y de la Resolucion No. 283, de fecha junio de 2013 , y los procedimientos de los decre- 15 de julio de 2013, de la Ministra de Finanzas y tos leyes No. 149 "Sobre Confiscacion de Bienes Precios y las acciones que se deben acometer para Obtenidos mediante Enriquecimiento Indebido", lograr su cumplimiento a cada nivel. de fecha 4 de mayo de 1994 y No. 232 "Sobre ARTÎCULO 2.- Los bienes susceptibles de ser Confiscacion por Hechos Relacionados con las depositados en el sistema del Ministerio de Ener- Drogas, Actos de Corrupcion o con Otros Com- gia y Minas, provenientes de procesos penales o portamientos Ilicitos", de fecha 21 de enero de confiscatorios administrativos, son los siguientes: 2003, regulan el deposito, conservacion y destino a) Cables eléctricos de alta tension. de los bienes que se ocupan en procesos penales o b) Torres de transmision eléctrica. confiscatorios administrativos, para su ulterior c) Plantas eléctricas de emergencia. comiso o confiscacion. d) Cilindros de gas licuado de petroleo. POR CUANTO: La Resolucion No. 283 , de e) Combustibles y lubricantes. fecha 15 de julio de 2013, dictada por la Minis- ARTÎCULO 3.- Las organizaciones superiores tra de Finanzas y Precios, establece el procedi- de direccion de la Union Eléctrica (UNE) y de la miento contable, de precios y financiero, de los Union Cubapetroleo (CUPET), deben crear las bienes ocupados en procesos penales o confisca- condiciones en todas las provincias del pais y en torios administrativos y regula el modo en que el municipio especial Isla de la Juventud, para el se depositara en el presupuesto del Estado, los deposito, almacenamiento, custodia, conservacion ingresos provenientes de la comercializacion de y destino final de los bienes ocupados o su devo- los bienes objeto de confiscacion o comiso a lucion o reposicion, segun se disponga por la au- favor del Estado . toridad facultada. POR CUANTO: Considerando lo anterior, re- ENTIDADES DEPOSITARIAS ARTÎCULO 4.- Las entidades que tienen la sulta necesario regular en el sistema del Ministerio condicion de depositarias en cada territorio, son de Energia y Minas, el procedimiento para la pues- las siguientes: ta en practica del mencionado Decreto No. 313, de 1. CUPET: Las empresas comercializadoras de fecha 18 de junio de 2013 y de la Resolucion combustibles. No. 283, de fecha 15 de julio de 2013, antes cita- 2. UNE: Las empresas eléctricas provinciales da, con relacion a la custodia, conservacion y eje- (OBE). cucion de lo que disponga la autoridad facultada ARTÎCULO 5.- Las organizaciones superiores sobre los bienes ocupados. de direccion de la UNE y CUPET, deben designar POR TANTO: En ejercicio de las facultades en cada territorio, a la persona responsable por que me han sido conferidas en el Apartado Terce- cada entidad depositaria con el proceso estableci- ra, numeral Cuarto del Acuerdo No. 2817, de fe- do en el presente procedimiento, para los bienes cha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecu- depositados. tivo del Consejo de Ministros, PROCESO DE DEPOSITO, DEVOLUCION Res u e I v o: YDESTINO PRIMERO: Aprobar el procedimiento del Mi- ARTÎCULO 6.- La entidad depositaria procede nisterio de Energia y Minas para la puesta en a la recepcion de los bienes objeto de deposito, practica del Decreto No. 313 , de fecha 18 de junio mediante la confeccion del acta de recibo, que de 2013 y de la Resolucion No. 283 , de la Minis- constituye el Anexo No. 1 a la presente Resolu- tra de Finanzas y Precios, de fecha 15 de julio de cion, la cual sera firmada por los representantes de 2013, en relacion con el deposito, conservacion y la entidad depositaria y de la entidad depositante. destino de los bienes muebles que se ocupan en ARTÎCULO 7.- La entidad depositaria recibira procesos penales o confiscatorios administrativos. los bienes ocupados, teniendo en cuenta que en el 21 de agosto de 2013 GACETA OFICIAL 149 acta de recibo, se observen las formalidades si- A los efectos del presente articula y demas, en guientes: los que se haga menci6n a bienes reemplazables a) Identificaciôn del depositante y el depositario; en este procedimiento, se considera como tal el b) expresiôn de la identificaciôn unica, que duran- bien cuya restituci6n por otro de similares caracte- te todo el proceso, hasta su culminaciôn, tendra risticas es posible. ese depôsito; ARTÎCULO 12.- La entidad depositaria, adop- c) identificaciôn de la persona a la cual se le ocu- tara los correspondientes acuerdos en su Consejo pô y autoridad a disposiciôn de la cual se cons- de Direcci6n, tanto para la comercializaci6n de tituye el depôsito; los bienes en depôsito considerados reemplaza- d) descripciôn de las caracteristicas del bien, su bles, como para destinarlos al uso econ6micamen- estado de conservaciôn y funcionamiento. te mas conveniente, segun sea el caso. ARTÎCULO 8.- Los bienes descritos en el ar- ARTÎCULO 13.- En correspondencia con las ticula 2 del presente procedimiento, una vez veri- obligaciones establecidas en el articula 6.1 del ficada que su naturaleza se corresponde con la Decreto No. 313, de fecha 18 dejunio de 2013, la entidad depositaria del bien, esta procede a su entidad depositaria autorizada tiene las obligacio- incorporaciôn en un inventario independiente y nes siguientes: con la clasificaciôn y valoraciôn establecida por el a) Conservar y custodiar los bienes depositados. Ministerio de Finanzas y Precios. Cada entidad b) Determinar el estado técnico y posible utilidad depositaria debe establecer un sistema de identifi- de los bienes entregados en depôsito. caciôn de los bienes que seran objeto de depôsito, c) Informar al depositante la disposiciôn dada a que permita su ubicaciôn inmediata por parte de la los bienes. autoridad facultada. d) Conciliar con el depositante, la situaci6n de los ARTÎCULO 9.- La entidad depositaria puede bienes que se mantienen depositados. rechazar el depôsito de bienes que no se corres- e) Efectuar registra de inventario y contable del pondan con la naturaleza de los relacionados en el bien recibido en depôsito. articula 2 del presente procedimiento, previa fun- f) Valorar el bien, mediante tasaci6n o formaci6n de damentaciôn al representante de la entidad deposi- su precio mayorista o minorista, segun proceda. tante, que se persona para efectuar el depôsito. g) Proceder a la destrucci6n de los bienes en de- ARTÎCULO 10.- La entidad depositaria se res- p6sito, cuando su deterioro o composiciôn no ponsabiliza con mantener la custodia y conserva- permitan su comercializaci6n o utilizaci6n, ha- ciôn, en un area delimitada en el local destinado ciéndolo constar en el acta que constituye el para su almacenamiento, de los bienes en depôsito Anexo No. 2 a la presente Resoluciôn. que se consideren de caracter irremplazables y h) Proceder a la comercializaci6n de los bienes en que no se hayan podido comercializar o reubicar dep6sito, mediante el comprobante que consti- hasta que se decida oficialmente por la autoridad tuye el Anexo No. 3 a la presente Resoluci6n. facultada, su comiso, confiscaciôn o devoluci6n, i) Realizar la devoluci6n del bien a la persona asi como responder por las pérdidas o deterioro de interesada, después de que se haya decidido por los bienes en dep6sito bajo su custodia. la autoridad facultada y mediante el compro- A los efectos del presente articula y demas, en bante de devoluci6n o restituciôn, que constitu- los que se haga menci6n a bienes irremplazables ye el Anexo No. 4 a la presente Resoluciôn. en este procedimiento, se considera como tal el Asimismo tramitar la solicitud de indernniza- bien que no sea posible restituir por otro de simi- ci6n o proceder a efectuarla, en los casos en lares caracteristicas. que la devoluci6n o restituciôn no sea posible, ARTÎCULO 11.- La entidad depositaria, a par- en la forma que disponga el Ministerio de Fi- tir de constituido el dep6sito, procedera de inme- nanzas y Precios. diato a disponer la comercializaci6n de los bienes. ARTÎCULO 14.- La devoluci6n de los bienes En el caso de los bienes en depôsito considerados depositados, su restituciôn o indemnizaci6n, en los reemplazables que, por su naturaleza no sean casos en que la devoluci6n o restituciôn no sean susceptibles de comercializaci6n, por ser de uso posibles, se realiza por la entidad depositaria en el exclusivo de la industria, la entidad depositaria término y condiciones establecidas en el citado los reubicara de acuerdo a su uso. Decreto No. 313, de fecha 18 dejunio de 2013.

  2. 150 GACETA OFICIAL 21 de agosto de 2013 ARTÎCULO 15.- La entidad depositaria realizara COMUNÎQUESE al Viceministro Primero, vi- semestralmente conciliaciones con las entidades ceministros, directores generales y directores del depositantes, en relacion con los bienes que excedan Ministerio de Energia y Minas y a los directores mas de seis (6) meses en deposito, reflejando sus generales de la Union Eléctrica y de la Union Cu- resultados en acta que constituye el Anexo No. 5 a bapetroleo. la presente Resolucion, a ser firmada por los repre- DESE CUENTA al Ministro del Interior, a la sentantes de la entidad depositaria y depositante. Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del ARTÎCULO 16.- Las organizaciones superiores Tribunal Supremo Popular y al Fiscal General de de direccion UNE y CUPET, a partir de la fecha la Republica. de puesta en vigor de la presente Resolucion, pro- PUBLÎQUESE en la Gaceta Oficial de la Re- cederan a revisar e inventariar los bienes deposi- publica. tados con anterioridad a la fecha de vigencia del Decreto No. 313, de fecha 18 de junio de 2013, ARCHÎVESE el original de esta Resolucion en para su tratamiento, en correspondencia con lo la Direccion Juridica del Ministerio de Energia y establecido en el presente procedimiento. Minas. SEGUNDO: Se responsabiliza a los directores Dada en La Habana, a los 19 dias del mes de ju- generales de la Union Eléctrica y de la Union Cu- lio de 2013. bapetroleo, con el cumplimiento de lo dispuesto Alfredo Lopez Valdés por la presente Resolucion. Ministro de Energia y Minas ANEXONo.1 ACTA DE RECIBO Fecha: ________ Entidad Depositaria: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _OSD: _ _ _ _ _ _ _ __ Depositante: Nombre y apellidos: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Entidad: _ _ _ _ _ __ Descripcion del bien o bienes: Identificacion unica: Estado de conservacion o funcionamiento del bien o bienes que se depositan: Nombres, apellidos e identificacion Firma permanente de quien entrega. Nombres, apellidos e identificacion Firma permanente de quien recibe. 21 de agosto de 2013 GACETA OFICIAL 151 ANEXONo. 2 ACTA PARA LA DESTRUCCIÔN DE BIENES Fecha: _ _ _ _ _ _ __ Entidad Depositaria: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _OSD: _ _ _ _ _ _ _ __ Representante de la entidad depositaria que ejecuta: Nombre y apellidos: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Que siendo las _ horas del dia ______ , en el local que ocupa _____ , se procede a rea- lizar la destrucci6n del bien que a continuaci6n se describe: ldentificaci6n {mica: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Participan como testigos del acto de destrucci6n los compafieros siguientes: 1._______________________________ 2. _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ 3._ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Y para que asi conste, se firma por los presentes, dando fe del acto de destrucci6n realizado de los bienes antes descritos. Nombres, apellidos e identificaci6n Firma Permanente. Nombres, apellidos e identificaci6n Firma Permanente. Nombres, apellidos e identificaci6n Firma Permanente. Nombres, apellidos e identificaci6n Firma Permanente. ANEXONo. 3 COMPROBANTE DE ENTREGA PARA LA COMERCIALIZACIÔN Fecha: _ _ _ _ _ _ __ Entidad Depositaria: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _OSD: _ _ _ _ _ _ _ __ Receptor: Nombres y apellidos: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Entidad: _ _ _ _ _ __

  3. 152 GACETA OFICIAL 21 de agosto de 2013 Descripci6n del bien o bienes: Identificaci6n tmica: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Cuantia en que fue tasado el bien: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Nombres, apellidos e identificaci6n Firma permanente de quien entrega. Nombres, apellidos e identificaci6n Firma permanente de quien recibe. ANEXONo.4 COMPROBANTE DE DEVOLUCION, RESTITUCION O INDEMNIZACION Entidad Depositaria: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _OSD: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Fecha: _ _ _ _ _ _ __ Receptor: Nombre y apellidos: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _C/1 _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Direcci6n: Autoridad que dispone la devoluci6n, restituci6n o indemnizaci6n: Disposici6n: _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ No. _ _ _ _ _ __ Fecha: _ _ _ _ _ _ __ Descripci6n del bien o bienes: ldentificaci6n unica: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Nombres, apellidos e identificaci6n Firma permanente de quien entrega. Nombres, apellidos e identificaci6n Firma permanente de quien recibe. 21 de agosto de 2013 GACETA OFICIAL 153 ANEXONo. 5 ACTA DE CONCILIACION SEMESTRAL Fecha: _ _ _ _ _ _ __ Entidad Depositaria: _________________ , representada por: _ _ _ _ _ __ __________ , en su caracter de: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Entidad Depositante: _________________ , representada por: _ _ _ _ _ __ _________ , en su caracter de: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Descripci6n del bien o bienes en dep6sito: Identificaci6n unica (denuncia, expediente de fase preparatoria, causa o numero de expediente confis- catorio): _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ Resultados de la conciliaci6n: Entidad Depositaria. Nombres, apellidos Firma e identidad permanente. Entidad Depositaria. Nombres, apellidos Firma e identidad permanente. COMUNICACIONES do, dispondran las organizaciones de su sistema que actuaran como depositarias de los bienes ocu- RESOLUCION No. 252/2013 pados, asi como lo que se requiera para el cum- POR CUANTO: El Decreto No. 313 de fecha plimiento de lo que por este se dispone. 18 de junio de 2013 "Sobre el dep6sito, conserva- POR CUANTO: En cumplimiento de lo antes ci6n y disposici6n de los bienes muebles que se dispuesto, resulta necesario establecer en el Minis- ocupan en procesos penales y en los procesos con- terio de Comunicaciones, el procedirniento para la fiscatorios administrativos" establece que los or- recepci6n, conservaci6n, entrega, comercializaci6n ganismos de la Administraci6n Central del Esta- y destino final de los bienes en dep6sito.

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