Política Pública de la Persona Joven y su Plan de Acción 2014-2019
Made 2015-09 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- policy
- Country
- Costa Rica
- Subjects
- Agricultural and rural development, General
- Keywords
- youth, policy/planning, sustainable development, sustainable use, capacity building, agricultural development, gender, rural development, rural employment, child labour, labour
Where to read it
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
1 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Equipo Técnico Dirección Ejecutiva Natalia Camacho Monge Directora Ejecutiva Consejo de la Persona Joven. Equipo técnico Alejandro González Jiménez, Unidad de Políticas Públicas, Coordinador Unidad de Política Pública (CPJ) Guillermo Morales Guzmán, Unidad de Políticas Públicas, (CPJ) Diana Zúñiga Rojas, Unidad de Políticas Públicas, (CPJ) Equipo de Apoyo Johanna Arce Sancho, Coordinadora Unidad de Investigación (CPJ) Xiomara López Matamoros, Unidad de Investigación (CPJ) Jorge Segura Arias, Unidad de Investigación (CPJ) Johanna Vásquez Hidalgo, Planificación (CPJ)
2 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Agradecimientos La elaboración de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 y su Plan de Acción, se ha logrado gracias al interés de quienes han buscado el bienestar, la superación, la garantía de derechos y el logro de más y mejores oportunidades para las personas jóvenes de Costa Rica, por lo que el Consejo de la Persona Joven quiere reconocer a: Las juventudes de Costa Rica que participaron en el proceso de construcción y consulta de la Política Nacional de la Persona Joven, representantes de organizaciones no gubernamentales y sectores (adolescentes madres, afrodescendientes, indígenas, personas jóvenes con discapacidad, jóvenes migrantes y juventudes de partidos políticos) quienes con su participación contribuyeron a la construcción de la presente política, pues sus aportes y visiones han dado lugar a la formulación de este documento. Un agradecimiento especial a los Comités Cantonales de la Persona Joven y a la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven, pues su trabajo constante es fuente importante de conocimiento para nuestra institución. También extendemos este agradecimiento a las instituciones que han colaborado en éste proceso y se han comprometido con la juventud costarricense. A la Directora Ejecutiva del Consejo de la Persona Joven quien con perseverancia dirige ésta institución; a los y las funcionarios del Consejo de la Persona Joven, quienes día a día dan su mejor esfuerzo para brindar asesoría y apoyo a las personas jóvenes del país. Finalmente, agradecemos a la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), por su colaboración anuente, precisa y oportuna en el proceso de esta política pública, en especial por la asistencia técnica brindada en la elaboración del Plan de Acción.
3 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 1. Índice Tabla de contenido 1. Índice ............................................................................................................................................ 4 2. Siglas. ........................................................................................................................................... 6 3. Una Política Pública Joven de cara al Bicentenario ..................................................................... 7 4. Antecedentes: Estado situacional de las juventudes costarricenses ............................................. 8 5. Marco Jurídico ........................................................................................................................... 14 I Parte: Política Pública de la Persona Joven ................................................................................. 17 6. Conceptualización de la Política Pública de la Persona Joven .................................................. 17 7. Características de la Política Pública de la Persona Joven......................................................... 19 8. 1 Enfoque de juventudes: ....................................................................................................... 21 8. 2 Enfoque de derechos humanos: ........................................................................................... 23 8. 3 Enfoque de equidad: ............................................................................................................ 24 8. 4 Enfoque de género: .............................................................................................................. 25 8. 5 Enfoque de integralidad:...................................................................................................... 26 9. Sinopsis del avance de la Política Pública 2010-2013 ............................................................... 26 10. Propósitos de la Política Pública. ............................................................................................. 29 10. 1 Objetivo General ............................................................................................................... 29 11. Componentes de la Política Pública. ........................................................................................ 29 11. 1 Derechos civiles y políticos ............................................................................................... 29 11.2 Derechos sociales, económicos y culturales. ...................................................................... 35 2. Adenda a la Política ................................................................................................................... 42 II Parte: Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven .......................................... 45 13. Plan de acción de la Política Pública de la Persona Joven ....................................................... 45 14. Objetivo estratégico del Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven............... 46 14. 1 Objetivo general. ............................................................................................................... 46 14. 2 Objetivos estratégicos específicos. .................................................................................... 46 15. Metodología para la Construcción del Plan de Acción ............................................................ 47 16. Incorporación de acciones por parte de las instituciones vinculadas ....................................... 53 16. 1 Eje Educación .................................................................................................................... 53
4 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 16. 2 Eje Participación ................................................................................................................ 64 19. 3 Eje Trabajo ........................................................................................................................ 74 16.4 Eje Vivienda ....................................................................................................................... 82 16. 5 Eje Cultura ......................................................................................................................... 82 16. 7 Eje Prevención de la Violencia.......................................................................................... 85 16. 8 Eje Salud............................................................................................................................ 92 16. 9 Sector agropecuario ........................................................................................................... 98 17. Mecanismo de monitoreo, seguimiento y evaluación ............................................................ 102 18. Anexos.................................................................................................................................... 104 Anexo 1 .................................................................................................................................... 104 Acuerdos de Junta Directiva del Consejo de la Persona Joven de aprobación de la Política Pública de la Persona Joven ........................................................................................ 104 Anexo 2 ........................................................................................................................................ 104 Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven 2013 – 2014. .......... 104 Representantes Comités Cantonales de la Persona Joven: ....................................................... 104 Representantes Partidos Políticos:............................................................................................ 106 Representantes Asociaciones de Desarrollo: ............................................................................ 106 Representantes Organizaciones no Gubernamentales: ............................................................. 107 Representantes Universidades e instituciones parauniversitarias: ........................................... 107 Representantes Grupos étnicos ................................................................................................. 107 Representantes Asociaciones Personas con Discapacidad ....................................................... 107 Anexo 3 ........................................................................................................................................ 107 Acuerdo Asamblea Nacional Consultiva de la Persona Joven: ................................................ 107 Anexo 4 ........................................................................................................................................ 115 Ficha técnica del indicador ....................................................................................................... 115 Anexo 5 ........................................................................................................................................ 116 Decreto De La Política Pública .................................................................................................... 116 19. Bibliografía ............................................................................................................................ 121
5 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 2. Siglas. CCDR: Comité Cantonal de Deporte y Recreación CECI: Centros Comunitarios Inteligentes. CNREE: Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. CONAC: Consejo Nacional de Clubes 4-S CONAMAJ: Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia. CONAPE: Comisión Nacional de Préstamos para la Educación. CONICIT: Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas CPJ: Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. DESAF: Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares DINADECO: Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad EBAIS: Equipos Básicos de Atención Integral en Salud FIDEIMAS: Fideicomiso Instituto Mixto de Ayuda Social. FONABE: Fondo Nacional de Becas. ICODER: Instituto Costarricense de Deportes y Recreación. INA: Instituto Nacional de Aprendizaje. INAMU: Instituto Nacional de las Mujeres. INDER: Instituto de Desarrollo Rural. INEC: Instituto Nacional de Estadística y Censo. MAG: Ministerio de Agricultura y Ganadería. MEP: Ministerio de Educación Pública. MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía. MINSA: Ministerio de Salud. MIVAH: Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos. MCJ: Ministerio de Cultura y Juventud MTSS: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. PPPJ: Política Pública de la Persona Joven. PRONAMYPE: Programa Nacional de Micro y Pequeña Empresa. REDIAJUR: Red Interinstitucional de Apoyo a las Juventudes Rurales. VIH: Virus de Inmunodeficiencia Humana. SIDA: Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. TCU: Trabajo Comunal Universitario.
6 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 3. Una Política Pública Joven de cara al Bicentenario La Política Pública de la Persona Joven es un importante esfuerzo por parte del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven para cumplir con el mandato legal establecido en la Ley General de la Persona Joven, N° 8261, que le confiere el papel de institución rectora en políticas públicas de juventud. Los procesos de rectoría implican una labor de continua articulación interinstitucional, de modo tal que se pueda establecer los mecanismos de coordinación necesarios para cumplir con las acciones estratégicas institucionales para alcanzar los resultados esperados, según cada una de las líneas definidas por las juventudes en este documento. Esto con el fin de lograr una mejora sustancial en la calidad de vida y el bienestar de las personas jóvenes en Costa Rica. La población joven en nuestro país representan un 42.3% del total de habitantes. En su mayoría las necesidades planteadas en la Política se enfocan en la defensa de los derechos humanos con temas tales como el acceso a oportunidades de trabajo, educación, acceso a la información y a la necesidad de contar con mayor capacidad de respuesta por parte de las instituciones públicas respecto a sus necesidades específicas. Es importante señalar que el rango de edad en el cual se concentra esta política según la Ley de la Persona Joven (12 a 35 años), representa una etapa fundamental para la consolidación del proyecto de vida de la persona, es una etapa de toma de decisiones fundamentales en lo individual que tiene repercusión directa para la sociedad, para el país y para el desarrollo nacional; de manera que, la visión de acciones asistencialistas por parte de la institucionalidad del Estado debe ser superadas con la implementación de esta política, para pasar a acciones que se enfoquen en la garantía de los derechos de las personas jóvenes; no desde el punto de vista proteccionista, si no garantizando el desarrollo integral y la emancipación de esta población en todas sus dimensiones. El éxito de la coordinación interinstitucional e intersectorial para el cumplimiento de una política pública radica en el cumplimiento de sus objetivos y la generación de impactos con una adecuada gestión de los recursos disponibles. Además, siendo esencial la apropiación por parte de las personas jóvenes quienes deben entender este instrumento como la vía para la exigibilidad de sus derechos.
7 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. La presente Política Pública de la Persona Joven (PPPJ) marca una diferencia con respecto a las anteriores debido a que la Reforma a la Ley General de la Persona Joven, Ley N° 9155, del 3 de julio del 2013, amplió el período de vigencia de la PPPJ de 3 a 5 años, lo cual a su vez permite un mayor seguimiento a las acciones planteadas dentro de la misma. 4. Antecedentes: Estado situacional de las juventudes costarricenses Antes de hacer énfasis en el estado situacional de las personas jóvenes en Costa Rica, es necesario señalar algunos logros alcanzados con la implementación de la Política Pública de la Persona Joven 2010-2013 y su Plan de Acción, esto con el fin de dar continuidad a algunas de las acciones consolidadas durante ese período. Dichos logros contribuyeron a mejorar la calidad de vida de las personas jóvenes. Comidas en sodas estudiantiles: Como parte de las acciones planteadas en la Política Pública de la Persona Joven 2010- 2013 y su Plan de Acción se estableció la necesidad de desarrollar acciones institucionales que promuevan prácticas de nutrición y alimentación saludables en personas jóvenes. El resultado esperado era el de implementar una normativa que regule las sodas en cuanto a la calidad nutricional de los alimentos que se venden en los centros educativos. Esa meta se alcanzó con la medida tomada por el Ministerio de Educación Pública de prohibir la venta de bebidas gaseosas y alimentos empacados en las sodas de los centros educativos públicos, promoviendo en su lugar la venta de frutas y otros con bajo contenido en azúcar y grasas. Empléate: Uno de los principales problemas que aquejan a la juventud costarricense consiste en la posibilidad de adquirir un puesto de trabajo que les permita involucrarse exitosamente en el mercado laboral. Una de las medidas incorporadas en la Política Pública de la Persona Joven 2010-2013 y su Plan de Acción, consistía en la implementación de la estrategia público-privada de promoción de empleo para personas jóvenes en condición de vulnerabilidad “Empléate”, la cual ha sido ejecutada por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
8 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Como parte del ejercicio de esta iniciativa el 29 de octubre de 2013 se realizó la graduación de 1000 personas jóvenes entre 18 y 24 años que forman parte de la I Generación del programa Empléate. Sexualidad: Las estadísticas demuestran que en Costa Rica un porcentaje importante de nacimientos corresponde a niñas y niños de madres en edad de adolescencia, lo cual se convierte posteriormente en una limitación de acceso para las oportunidades de muchas de estas jóvenes. Con tal de colaborar en la prevención de embarazos en personas adolescentes, así como de prevención de infecciones de transmisión sexual, VIH y SIDA se establecieron una serie de acciones orientadas a promover la educación sexual en los centros educativos costarricenses. Como parte de las acciones institucionales incluidas dentro de la Política Pública de la Persona Joven se incluyó la puesta en práctica de la Política Nacional de Sexualidad con acciones específicas dirigidas para personas jóvenes. Asimismo, se incluyó una acción orientada a aprobar y ejecutar el plan de estudios para la educación en afectividad y sexualidad de modo tal que se incluyera el mismo dentro de los contenidos recibidos por las y los estudiantes. Esta acción ha sido completada con la incorporación de contenidos sobre sexualidad dentro de los planes de estudio de ciencias del tercer ciclo de educación general básica, lo cual significa un avance en esta materia y un logro importante para la Política Pública de la Persona Joven 2013 y su Plan de Acción. Acceso a la Vivienda para Personas Jóvenes: De igual forma que el acceso al empleo significa una de las preocupaciones más importantes para las personas jóvenes, el acceso a una vivienda propia es quizás uno de los anhelos más significativos, pero que a su vez representa mayores dificultades para su realización. Es por ello, que dentro de las acciones institucionales incluidas dentro de la Política Pública 2010-2013 se incorporaron acciones orientadas a promover el acceso de las personas jóvenes a la vivienda mediante el acceso de las parejas jóvenes al Fondo de Subsidios para la Vivienda (FOSUVI) y promover el acceso de mujeres jóvenes jefas de
9 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. hogar al subsidio del bono para la segunda vivienda familiar y el régimen de especial de vivienda de interés social. En acompañamiento a estas acciones, se aprobó la Ley de Acceso a la Vivienda para Personas Jóvenes, N° 9151, del 27 de agosto de 2013, la cual permite coadyuvar con lo establecido en la Política Pública de la Persona Joven 2010-2013 y su Plan de Acción. A pesar de los esfuerzos señalados anteriormente, para esta Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 queda mucho trabajo por hacer. Existen muchos aspectos por mejorar para una población joven aún creciente que no ha alcanzado el máximo poblacional al que aspirará Costa Rica, pues según las proyecciones poblacionales del INEC esto sucederá en el 2015, pero que a pesar de su importancia en la sociedad continúa enfrentando rezagos importantes y condiciones de desigualdad. Uno de los principales rezagos que continúa presentando la población joven, a pesar de los esfuerzos realizados con la Política Pública anterior, tiene que ver con el acceso al empleo, pues muestran una mayor dificultad para incorporarse al mercado laboral con tasas de desempleo que afecta a un 18,5% de la población joven entre los 15 y 24 años, lo cual es aproximadamente 2,4 veces mayor a la tasa de desempleo abierta general del país que alcanzó el 7,8% de la Población Económicamente Activa. Asimismo, el desempleo para las personas jóvenes entre los 15 y 24 años es 2,7 veces mayor a la población mayor a los 35 años (Estado de la Nación, 2013). Aspectos referentes a las garantías laborales, pues si bien los hombres mayores de 24 años son quienes disfrutan del cumplimiento de mayores garantías laborales, persiste la condición de jóvenes trabajadores asalariados sin ningún derecho cumplido, pues el 11% de trabajadores en dicha condición son personas jóvenes (Estado de la Nación, 2013). La falta de empleo para las personas jóvenes es considerable, pues un factor relevante que explica la pobreza y su comportamiento entre un año y otro es la inserción laboral. Los hogares obtienen más del 80% de sus ingresos en el mercado de trabajo. Por tanto, es evidente la vulnerabilidad que genera en ellos el hecho de que sus miembros estén desocupados, ya sea porque no encuentran empleo o porque están fuera de la fuerza de trabajo (Estado de la Nación, 2013), por lo cual es razonable entender que el alto porcentaje de desempleo que afecta a las personas jóvenes se convierte en un causal de pobreza para sus familias.
10 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Estas condiciones desiguales se profundizan en el caso de las mujeres, pues una mujer entre los 15 y 24 años tiene 4,9 veces más probabilidad de estar desempleada que un hombre adulto. Incluso las mujeres de 25 a 35 años tienen 3,1 veces más probabilidad de no tener trabajo que los hombres adultos (Estado de la Nación, 2013), siendo el cuido de niños y niñas, así como la realización de trabajos domésticos la razón principal por la cual el 44,7% de mujeres jóvenes se encontraba desempleada (Consejo de la Persona Joven, 2013). Asimismo, cuando se habla de desempleo y pobreza es necesario también analizar la relación que existe entre estas y la educación, pues se reconoce el papel que esta última como una de las herramientas más importantes y efectivas para acceder a mejores condiciones de empleo y de superación de la pobreza. Al respecto, según la II Encuesta Nacional de Juventudes (Consejo de la Persona Joven, 2013), el 44% de las personas jóvenes estudia, de los cuales el mayor porcentaje se encuentra entre los 15 y los 24 años, 31,5%, y el menor porcentaje de quienes estudian se encuentra entre los 30 y 35 años, 4,4%, lo cual no es extraño pues se supone que de acuerdo al ciclo normal de vida, a esta edad ya se ha concluido con los procesos de educación. Sin embargo, cuando se trata de la población que no estudia, los resultados son aún más críticos debido a que corresponden al 56% de población entre los 15 y 35 años de edad, siendo que el 21,2% de la población joven que no estudia se ubica entre los 15 y 24 años, mientras que el 20,1% corresponde al grupo entre los 30 y 35 años. El restante 16,2% corresponde al grupo de 25 y 29 años. Quizás el dato más importante corresponde al porcentaje de población entre los 18 y 24 años, pues la cantidad de población que estudia y la que no estudia en ese rango de edad es prácticamente iguales, pues si bien el 18,8% de la población joven que estudia se ubica en dicho rango de edad, el 17,5% de quienes no lo hacen también. Asimismo, el nivel de escolaridad que las personas jóvenes poseen también es motivo de atención, puesto que el 29% de personas jóvenes entre los 15 y 35 años poseen solamente educación primaria, el 34,1% secundaria incompleta, el 13,8% ha completado la secundaria, el 10,2% no ha finalizado la educación universitaria, mientras que el 11,6% sí lo ha hecho (Consejo de la Persona Joven, 2013).
11 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Los efectos de un bajo nivel educativo se reflejan también en las posibilidades socioeconómicas de las personas jóvenes, pues las personas en condición de pobreza acumulan menos años de educación formal en promedio que las personas no pobres, 6,3 versus 9,1 años; y por lo tanto con mejores opciones laborales pues la mano de obra calificada encuentra mejores oportunidades laborales, a pesar de que solamente representa el 40% de la población ocupada Asimismo, niveles similares (Estado de la Nación, 2013). En cuanto a salud, es necesario realizar todavía esfuerzos más amplios pues no existe una amplia conciencia de las personas jóvenes sobre su salud, en especial para la prevención de enfermedades crónicas y de transmisión sexual. Los esfuerzos en el campo de la medicina preventiva y la educación en salud deben incluir el reforzamiento de los programas de nutrición, salud infantil y educación sexual, a fin de prevenir muchos problemas que se manifiestan con mayor severidad en la vejez. Es necesario promover en los niños, niñas y adolescentes la adopción temprana de buenos hábitos de alimentación y la práctica de ejercicio físico, que les ayuden a evitar la obesidad y otras enfermedades crónicas como la diabetes y la hipertensión (Estado de la Nación, 2013). Lo anterior, debido a que datos de la II Encuesta Nacional de Juventudes (2013) dejan claro que hay una desatención de las personas jóvenes hacia su salud, debido a que no existe un seguimiento constante sobre su estado de salud, lo cual se evidencia en el hecho de que del total de personas jóvenes solamente el 25,5% se ha realizado durante el último año chequeos sobre su presión arterial; asimismo, el 62,9% no revisó en ese periodo su estado de vacunación, el 55% no visitó al odontólogo y solamente el 45,6% se realizó exámenes de laboratorio. Con respecto a salud sexual, solamente el 23% de la población entre los 15 y los 35 años se realizó exámenes de sangre para la detección del VIH y sida, mientras que únicamente el 20,7% los realizó para detectar infecciones de transmisión sexual como la sífilis, gonorrea y herpes. De igual forma, el 17,9% se realizaron el autoexamen de mama; en cuanto a las mujeres jóvenes 47,6% se realizó el examen de Papanicolaou y el 42,6% visitó el ginecólogo. Por su parte, solamente el 4,5% de los hombres entre los 12 y los 35 años visitó al urólogo en el último año (Consejo de la Persona Joven, 2013) Un aspecto importante a considerar, es lo relativo a las razones que limitan el acceso a los servicios de salud por parte de las personas jóvenes, siendo la de mayor peso la carencia de seguro social con un 13,6% (Consejo de la Persona Joven, 2013)
12 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. El estado de la situación que las personas jóvenes de nuestro país enfrentan a nivel colectivo un importante grado de pesimismo de cara al siguiente quinquenio, ya que solamente el 42,1% considera que las personas jóvenes como colectivo estará en mejores condiciones, contrario al 84,6% que considera que dentro de 5 años su situación personal será mejor que hoy. Con la presentación de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019, el Consejo de la Persona Joven, en su posición de entidad rectora de políticas públicas de juventud, encabeza un esfuerzo interinstitucional del Estado costarricense por lograr condiciones que permitan el acceso de las personas jóvenes a mejores oportunidades que permitan la satisfacción de sus necesidades y con ello su plena realización dentro de la sociedad costarricense, siendo asimismo, el esfuerzo previo al bicentenario de Costa Rica en el año 2021. Esta Política se sustenta en los procesos de construcción y gestión participativa de la PPPJ de los años 2002, 2007 y 2010, pero se nutre además en los contenidos de la Convención Iberoamericana de Derechos de las Personas Jóvenes y de la Ley General de la Persona Joven, en la experiencia de 10 años de vigencia de este modelo de Políticas Públicas y 5 años de entrada en vigor la citada Convención, por supuesto se enriquece con el aporte del proceso de consulta a personas jóvenes y funcionarios(as) de instituciones y, en información sobre la situación de las personas jóvenes con datos que arroja la II Encuesta Nacional de Juventudes. Cabe agregar de igual manera la incorporación de algunas modificaciones legales que vienen a fortalecer la normativa dirigida a la población joven, como lo es la norma tendiente a garantizar acceso a la vivienda a las personas jóvenes, la Ley de creación de las Casas Cantonales de la Juventud, entre otras. La presente construcción de política pretende el desarrollo de lineamientos de carácter macro y que los niveles de operacionalización sean desarrollados en las propuestas que se originen a partir del Plan de Acción de la Política.
13 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 5. Marco Jurídico La Política Pública de la Persona Joven se sustenta en el ordenamiento jurídico. A lo largo de los años el país ha emitido una serie de disposiciones normativas encaminadas al mejoramiento de la calidad de vida de las personas jóvenes, aunque no todas ellas se refieren a esta población en particular, empezando por la Constitución Política de Costa Rica. En este sentido puede mencionarse la siguiente legislación que puede considerarse como el marco jurídico directo: • Constitución Política de la República de Costa Rica • Declaración Universal de Derechos Humanos • Ley 8612 Aprobación de la Convención Iberoamericana de Derechos de las Personas Jóvenes. • Ley 8261 Ley General de la Persona Joven. • Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo • Ley 8718 Autorización para el cambio de nombre de la Junta de Protección Social y establecimiento de la distribución de rentas de las loterías nacionales • Ley 8661 Convención sobre los Derecho de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. • Ley 7948 Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. • Ley 7600 De Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. • Ley 9051. Creación de las Casas Cantonales de Juventud • Ley 9155. Reforma a la Ley General de la Persona Joven Nº8261de 2 de mayo de 2002 y sus reformas y del Código Municipal Ley Nº7794 de 30 de abril de 1998 y sus reformas. • Ley 9151 Acceso de Vivienda para las Personas Jóvenes • Política Pública de la Persona Joven (publicada en 2014-2019). • Ley 8934 Protección de la Niñez y la Adolescencia Frente al Contenido Nocivo de Internet y Otros Medios Electrónicos • Ley N°7735 (modificada a por la ley 8312) Ley General de Protección a la Madre Adolescente • Ley 8688 Creación del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar • Ley 2160 Ley Fundamental de Educación • Ley 7576 Ley de Justicia Penal Juvenil • Ley 8460 Ley de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles
14 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. • Ley 7771 Ley General sobre VIH-SIDA • Ley Nº 8101 Ley de Paternidad Responsable • Ley No. 8460 Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles • Ley 8898 Día Nacional e Internacional de la Juventud • Decreto Ejecutivo 30622-C- Reglamento a la Ley General de la Persona Joven. Además se cuenta con disposiciones normativas que complementan las anteriores, estas son la gran cantidad de convenios internacionales a que el país se ha adherido a través de los años. El caso de este tipo de convenios, cuando amplia derechos humanos, se ubica incluso por encima de la Constitución Política, por el principio de supraconstitucionalidad, que la propia Sala Constitucional lo ha definido. Esta normativa complementaria y referencial es: • Convención Americana sobre Derechos Humanos. • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. • Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. • Declaración del Decenio de las Américas: Por los Derechos y la Dignidad de las personas con discapacidad. (2006-2016) • Convención de los Derechos del Niño. • Convención sobre Derechos Políticos de la Mujer. • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. • Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. • Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación. • Convenio Nº 111 de la Organización Mundial del Trabajo. • Convenio sobre la Readaptación profesional y el empleo de las personas inválidas. • Convenio Nº 159 de la Organización Internacional del Trabajo. • Convenio 169 Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) • Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y Tribales. • Convenio sobre la orientación profesional y la formación profesional en el desarrollo de los recursos humanos. • Convenio Nº 142 de la Organización Internacional del Trabajo. • Declaración Política sobre las estrategias para la Promoción de la Discapacidad, Sensibilización de la Comunidad, Información a los Medios de Difusión, Recaudación de fondos, Marketing y Comunicaciones.(O.M.P.D.) • Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad.
15 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. • Declaración de Salamanca y Marco de Acción. • Principios para la protección de los Enfermos Mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental. • Declaratoria del día 3 de diciembre como Día Internacional de las personas con discapacidad. • Resolución sobre Autismo. Organización de Naciones Unidas. • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. • Pacto de San José. Convención Americana sobre Derechos Humanos. • Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. • Declaración de Cartagena de Indias sobre Políticas Integrales para las personas con discapacidad en el Área Iberoamericana. • Programa de Acción para el Decenio de las Américas por los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. 5.1 Persona Joven Para el caso de Costa Rica, la Ley General de la Persona Joven establece que las personas jóvenes son aquellas “cuyas edades queden comprendidas entre los 12 y 35 años, llámense adolescentes, jóvenes o adultos jóvenes”. Además, reconoce su particularidad y heterogeneidad como grupo etario. De manera complementaria, la ratificación de la Convención Iberoamericana de las Personas Jóvenes establece para Costa Rica la concepción de personas jóvenes con el rango de edad establecido por la Ley General de la Persona Joven. Todas las personas jóvenes son sujetos y titulares de derechos, sin distinción de color, nacionalidad, la pertenencia nacional, étnica o cultural, el sexo, la orientación sexual, la lengua, la religión, las opiniones, la condición social, las aptitudes físicas, o la discapacidad, el lugar donde se vive, los recursos económicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Este amplio rango hace compleja su operatividad y aplicación, pues comprende grupos de edades en condiciones muy diversas: desde personas que están terminando la escuela primaria y empiezan apenas a orientarse, hasta personas que poseen un nivel profesional, posiblemente un empleo y una familia constituida. A la vez, esta amplitud brinda la oportunidad de atender a diferentes grupos etarios de acuerdo con sus necesidades específicas, y sin exclusión alguna.
16 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. I Parte: Política Pública de la Persona Joven 6. Conceptualización de la Política Pública de la Persona Joven La Política Pública de la Persona Joven es el marco articulador de las políticas y de la legislación nacional en juventudes, y está orientada a propiciar el desarrollo integral de las personas jóvenes. El propósito principal de esta Política es garantizar el cumplimento de los derechos, el ejercicio pleno de la ciudadanía de las personas jóvenes y el desarrollo de sus habilidades y destrezas, mediante el fortalecimiento de las condiciones favorables que existen en el país y la creación de otras que contribuyan a resolver los obstáculos para el desarrollo de esta población. También busca propiciar una labor interinstitucional coordinada que potencie y articule los recursos, contribuya a la integralidad de las acciones y evite la duplicidad en el ámbito estatal y en el de la sociedad civil. El logro de dicho propósito supone la visibilización positiva de las personas jóvenes y su aporte al progreso del país en diferentes ámbitos, la lucha por la equidad entre hombres y mujeres jóvenes; sean jóvenes afrodescendientes, jóvenes migrantes, jóvenes indígenas, jóvenes con discapacidad, sean jóvenes de zonas urbanas o jóvenes de zonas rurales, jóvenes estudiantes, jóvenes trabajadores, según lo establecido en el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo de 2013 en el cual se reafirma la voluntad política y el compromiso de adoptar medidas inmediatas que respondan a las expectativas de nuestras poblaciones y se eliminen las desigualdades prevalecientes, dando especial atención a los grupos en condiciones de vulnerabilidad (Comisión Económica Para América Latina (CEPAL), 2013) . En observancia a lo establecido en dicho Consenso, la presente política brinda una especial atención al compromiso con la protección y promoción de los derechos de las poblaciones de jóvenes sometidas a condiciones de vulnerabilidad como lo son las mujeres jóvenes, personas jóvenes afrodescendientes, indígenas, con discapacidad y pertenecientes a la comunidad LGTB, disminuyendo así los causales de riesgo a la condición de pobreza y pobreza extrema de dichas poblaciones.
17 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. El impulso de acciones tendientes al logro de la salud integral y de una óptima participación, el fomento de las condiciones para la inclusión en los sistemas educativos, de salud, laborales y económicos para aquellos/as que no las disfrutan, el impulso de estrategias de obtención de crédito general, para vivienda y tierra, y el fortalecimiento de las condiciones para la expresión de las personas jóvenes en todas sus dimensiones (artística, recreativa, deportiva, intelectual, etc.). Las acciones o conjunto de acciones para dar respuesta a los desafíos planteados deben construirse en el marco del ejercicio real de la democracia y los derechos, mediante la participación interrelacionada y activa de diversas poblaciones que componen el conjunto social. La construcción de políticas que contribuyan a la realización de la condición de ciudadanía, pasa por reconocer que una política pública de juventudes es múltiple y compete al menos: a) Al Estado en su conjunto, definiendo marcos institucionales facilitadores y responsabilizándose de su accionar. b) A las personas jóvenes como actores estratégicos, aportando y tomando decisiones y comprometiéndose con ellas. c) A la sociedad civil en general y a los actores clave identificados, participando, deliberando y comprometiéndose con las decisiones adoptadas. El Estado debe ser garante del acatamiento de las estrategias que, a su vez, garanticen el cumplimiento de los derechos de las personas jóvenes. Pero requiere del apoyo de la sociedad civil y de la participación activa y efectiva de las personas jóvenes. Una política pública se caracteriza por dar cuenta de los intereses de los diferentes actores de la sociedad, en la perspectiva de asumir lo común de todos y en el marco de una cultura de la diversidad. Constituye también el marco de un sistema de acciones, donde existen múltiples componentes que dan cuenta de esta orientación común y diversa. Esta Política busca conjugar la acción del Estado y de la sociedad civil a fin de integrar plenamente a las mujeres y a los hombres jóvenes del país en los procesos de transformación económica, social, política y cultural. En tanto política pública expresa el horizonte de las perspectivas conjuntas de las acciones, tanto de las instituciones de
18 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. gobierno como de la sociedad en general, y cifra importantes expectativas en relación con la participación activa de una pluralidad de actores. Por último, pretende ser un marco político de largo plazo, que posibilite los procesos sociales necesarios para la consolidación de un contexto nacional equitativo, integrado y seguro. Con base en ella se definirá el Plan de Acción, el cual será elaborado de acuerdo con su orientación política y filosófica. 7. Características de la Política Pública de la Persona Joven La Política Pública de la Persona Joven responde al ideal de persona joven que se aspira tener en el país, es decir, una persona que actúa e interactúa en búsqueda de la satisfacción de sus necesidades y preferencias, y con oportunidades que garanticen su inclusión en el desarrollo nacional, disfrutando de todos los derechos y beneficios sociales, culturales, económicos políticos y civiles. La Política Pública de la Persona Joven es concebida como un instrumento del que deben apropiarse las juventudes, con el fin de aumentar sus oportunidades y potencialidades, cambiar la historia de contextos de exclusión, abrir espacios y desarrollar capacidades para la construcción y fortalecimiento de su identidad y protagonismo en los procesos sociales, económicos, políticos y culturales del país. Por ello postula, por una parte, la importancia de procesos integrales que fortalezcan las capacidades de las personas jóvenes y consoliden el marco para el establecimiento de un diálogo que posibilite el diseño de los proyectos o programas que realmente necesiten, y por otra, les involucra activamente en la construcción de su presente. Se caracteriza por ser una política de inversión social, que incluye al universo de la población joven que vive en el país, y promueve políticas de acciones positivas, respondiendo a cada una de las particularidades de la pluralidad de actores jóvenes, desarrollando estrategias para priorizar acciones sobre quienes viven en condiciones de rezago, exclusión, o vulnerabilidad, a fin de reintegrarles el ejercicio de sus derechos y alcanzar condiciones de equidad. Por lo tanto, la presente Política Pública de la Persona Joven procura articular acciones para revertir los contextos que generan la exclusión y fortalecer la inclusión de las juventudes en la sociedad costarricense.
19 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Es una política de población y actores y no de sectores aislados, es decir, está centrada en el desarrollo y participación de las personas jóvenes, y valora la intervención de los diferentes actores relacionándose unos con otros de manera intersectorial y multisectorial, en función de la incorporación de las personas jóvenes en un proceso integral. Es una política orientada a modificar o corregir oportunamente las acciones, por medio de la aplicación de un sistema de indicadores y de vigilancia de las mejores prácticas institucionales a partir del Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven. En síntesis, la Política Pública de la Persona Joven presenta las siguientes características fundamentales: De las juventudes: La política pretende ser un instrumento de las juventudes. Visibilizadora: La política aspira a comunicar y a difundir los aportes que las personas jóvenes realizan permanentemente a la sociedad en diferentes ámbitos. Específica: La política aspira a responder a las múltiples dimensiones de las situaciones, diversidades y contextos de las personas jóvenes. Participativa: La política favorece la participación efectiva de personas jóvenes en la toma de decisiones, ejecución y evaluación de las diferentes acciones dirigidas hacia ellos y ellas. Concertada: La política aspira a involucrar a las personas jóvenes y a aquellos actores gubernamentales y de la sociedad civil, directa o indirectamente relacionados con el proceso. Descentralizada: La política aspira a propiciar iniciativas nacionales y regionales, y a brindar una fuerte prioridad a los esfuerzos en el plano local, tanto de las municipalidades como de organizaciones de jóvenes en las comunidades. Se propiciará que las iniciativas estén articuladas, pero que gocen de independencia. De inclusión: Esta política aspira a convertirse en el principal instrumento de referencia de los esfuerzos del Estado y la sociedad civil, para reducir las condiciones de exclusión de las personas jóvenes y dar relevancia al aporte de estos grupos al progreso del país, mediante estrategias de inclusión social. Prioritaria: La política debe priorizar el cumplimiento de metas estratégicas de esta población clave, para garantizar la sostenibilidad de las acciones para el desarrollo de las personas jóvenes.
20 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Universal: La política contempla a la totalidad de la población joven que vive en el país y se orienta al cumplimiento de los derechos a la vida, la salud, la educación, la vivienda, la previsión social, la justicia, el empleo, etc. De afirmación positiva: La política aspira a identificar a aquellos/as jóvenes que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, y todas aquellas personas jóvenes enfrentadas a contextos de exclusión y discriminación que violenten sus derechos, con el fin de garantizar el efectivo cumplimiento y el establecimiento de las acciones requeridas específicamente. 8. Enfoques de la Política Pública de la Persona Joven 8. 1 Enfoque de juventudes: La Política Pública de la Persona Joven reconoce a las personas jóvenes como sujetos integrales de derechos civiles, políticos, sociales, culturales y económicos, y como protagonistas de su propio desarrollo. Destaca la singularidad y especificidad de las características, inquietudes, expresiones y necesidades individuales y sociales de las personas jóvenes que habitan en Costa Rica. Este enfoque confiere a la Política un valor prominente a la participación de las personas jóvenes. Concibe a las juventudes como capital humano y social, cuyos procesos integrales pueden contribuir significativamente con la reducción de las brechas de desigualdad. Asimismo, considera fundamental identificar la existencia de distintos grupos sociales y de condiciones diversas a lo largo y ancho del país, por lo que busca incluir y destacar acciones diferenciadas para las juventudes de nuestro territorio nacional. El enfoque de juventudes comprende una perspectiva en relación con otras generaciones. En la sociedad se generan desigualdades entre las personas por su edad, especialmente entre las personas adultas y las personas jóvenes. Las concepciones sobre la edad crean situaciones de poder de unas personas sobre otras, especialmente de personas adultas sobre las personas adolescentes, aduciendo razones de edad, experiencia y mayor conocimiento, creando una relación asimétrica y tensional. Este modelo se traduce en las prácticas sociales que sustentan la representación de las personas adultas como modelos acabados a los que se aspira para el cumplimiento de las tareas sociales y la productividad, impidiendo el reconocimiento de las necesidades, deseos y derechos de las personas jóvenes. La Política Pública de la Persona Joven reconoce que cada grupo etario posee especificidades en su desarrollo, derechos específicos, necesidades e intereses que deben
21 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. identificarse en su singularidad, sin que ello signifique anulación, imposición o exclusión de ningún grupo. En congruencia con ello, se promueve el diálogo intergeneracional entre jóvenes y personas adultas para llegar a consensos sobre temas, metodologías, programas, acciones etc. Propicia las relaciones de solidaridad, colaboración y respeto mutuo entre los grupos de diferentes edades, reconociendo que cada uno tiene elementos importantes que compartir y enseñar a las otras generaciones. El enfoque de juventudes también comprende una perspectiva etaria. Las personas jóvenes se encuentran en un período del ciclo de vida en que se producen importantes cambios biológicos, psicológicos, sociales y culturales, que varían según las sociedades, las culturas, las etnias, las clases sociales y el género. Por lo tanto, “juventud” no es un término homogéneo para todas las sociedades. Las diferentes épocas y culturas han respondido al tema de acuerdo al entramado económico y social, de tal forma que frecuentemente se pasaba de la niñez a la etapa adulta durante un corto proceso que llamaban “de transición”. En otros marcos se reconocían algunas características, pero no se distinguía a las personas jóvenes como un grupo etario específico. La Política Pública de la Persona Joven reconoce que no existe un criterio único y definido para ubicar a las personas en etapas según una edad específica, pues el desarrollo es un proceso continuo que responde a dimensiones históricas, personales, físicas, psicológicas, sociales y espirituales. Las personas pasan por etapas o fases que se dan en edades aproximadas. Esta política respeta los criterios sociales y legales de la sociedad costarricense para cada dimensión. Por lo tanto, se abarcarán las diferentes condiciones presentes en el proceso de desarrollo de la persona joven, identificando distintos requerimientos según los aspectos generales de Provisión, Protección y Participación, de acuerdo con las edades de las personas y las responsabilidades del Estado, abarcando la riqueza de la pluralidad existente en el país o, lo que es lo mismo, de sus “juventudes”. Este enfoque desde la perspectiva de las juventudes comprende otros enfoques: de derechos humanos, equidad, e integral.
22 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 8. 2 Enfoque de derechos humanos: "Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí”. (Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 25 de junio de 1993.) El enfoque de derechos humanos orienta la Política Pública de la Persona Joven, pues atraviesa su diseño y desarrollo, promueve el ejercicio de la ciudadanía plena y establece la participación de las juventudes como un eje fundamental. La aplicación del enfoque de derechos se dirige a la construcción de una sociedad integrada, solidaria, equitativa y justa; por lo tanto reconoce a las personas jóvenes como sujetos/as de derechos, sin distingo de condición socioeconómica, étnica, de religión, sexo, opción sexual, idioma, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, nacimiento, edad o cualquier otra condición social; permite una concepción de integralidad, no-discriminación, equidad e igualdad social, y favorece a la totalidad de las personas jóvenes. Esto incluye acciones afirmativas para aquellas personas jóvenes que requieren de la restitución de los derechos que les han sido negados por encontrarse en desventaja social o por pertenencia étnica o diversidad, pues el enfoque reconoce la existencia de grupos de personas jóvenes en exclusión social que requieren de un proceso diferenciado, orientado precisamente a facilitar su inclusión en el sistema y la garantía del cumplimiento de los derechos que les son inherentes. El derecho internacional ha establecido derechos humanos individuales y colectivos en los ámbitos civil, político, cultural, económico y social. Debe precisarse que, con respecto a los derechos civiles y políticos, los Estados tienen la obligación de cumplirlos, mientras que con los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados se encuentran obligados al “mayor nivel posible”, por cuanto implican un desembolso del presupuesto nacional. Sin embargo, la Declaración Universal de Derechos Humanos establece de manera clara y contundente la indivisibilidad e interdependencia de los derechos civiles y políticos y de los derechos económicos, sociales y culturales como principios fundamentales. Por lo tanto, este enfoque se rige por: El principio de la universalidad: que plantea que los derechos deben ser cumplidos para todas las personas, pues todas son titulares de los mismos, más allá de condiciones particulares. El principio de no discriminación: fundamental para alcanzar una sociedad equitativa e inclusiva. La inherencia: los derechos son consustanciales a todas las personas.
23 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. El principio de la integralidad y la indivisibilidad: los derechos deben ser cumplidos de una forma integral y ningún derecho es más importante que otro. Este enfoque reafirma que las personas jóvenes son sujetos de derechos, de los estipulados en los instrumentos nacionales e internacionales, en Costa Rica, la Ley General de la Persona Joven y la “Convención Iberoamericana de Derechos de las Personas Jóvenes”, la cual entró en rigor en marzo de 2008. Esta Convención cobra relevancia en la medida en que fortalece el marco de acción de las Políticas Públicas dirigidas a las personas jóvenes. No obstante, no puede obviarse que si bien las personas jóvenes son sujetas de derechos, también lo es que son sujetas de deberes, precisamente en la construcción de la ciudadanía, en la garantía de los derechos, toda vez que estos últimos son construcción social, en ese proceso existe una responsabilidad de las mismas personas jóvenes. 8. 3 Enfoque de equidad: Este enfoque se deriva del principio de universalidad de los derechos humanos, pues sostiene que los derechos deben ser cumplidos para todas las personas sin discriminación alguna. Esta postura se reafirma con el artículo 5 de la Convención Iberoamericana de los Derechos de las Personas Jóvenes que establece el derecho al goce de la no discriminación por ningún motivo. El enfoque de equidad reconoce, como una regla fundamental, el derecho de todas las personas a las libertades fundamentales, sin distinción alguna, y reconoce el derecho de agrupaciones socioculturales diversas a ejercer plena y eficazmente todos los derechos en condiciones de igualdad. Por lo tanto, fomenta la tolerancia, la solidaridad y promueve el respeto de las diferentes maneras de ser, de pensar, sentir, opinar y elegir, que se expresan en las distintas vivencias y expresiones de grupos de personas jóvenes que comparten culturas, características o situaciones que los aglutinan como grupo social, tales como jóvenes indígenas, jóvenes afro descendientes, jóvenes de nacionalidad china o cualquier otro grupo étnico existente en nuestro país. El respeto a la cultura de la diversidad parte del principio de que todas las personas deben ser consideradas iguales en derechos y respetadas en sus diferencias. Este enfoque reconoce la diversidad y la diferencia de las personas como un hecho, pues no existe un ser humano igual a otro, por lo que el abordaje de la población joven debe partir de ese reconocimiento.
24 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. La Política Pública de la Persona Joven impulsa la equidad y la no discriminación por género, etnia, discapacidad, condición socioeconómica, procedencia geográfica, condición territorial, nacionalidad, preferencia sexual, edad, privación de libertad, cultura o cualquier otra condición social. 8. 4 Enfoque de género: La presente Política Pública busca ser un instrumento transformador, positivo, de las condiciones de vida de las personas jóvenes en Costa Rica, reconociendo que se trata de una población vulnerable que requiere atención especial del Estado, siendo también necesario reconocer que dentro de la población joven hay grupos que son más vulnerables que otros, como es el caso de las mujeres jóvenes. Como concepto, el género permite comprender y analizar los significados, las relaciones y las identidades construidas socialmente producto de las diferencias biológicas entre los sexos. En otras palabras, el género llama la atención acerca de las construcciones sociales de distinto orden –desde prácticas hasta normas, valores y símbolos- asociadas a los sexos femenino y masculino (Instituto Nacional de las Mujeres, 2007) El enfoque de igualdad de género plantea que pueden cambiar, por ser históricas y socialmente determinadas, las estructuras sociales patriarcales en las que se basa la desigualdad. Las mujeres y los hombres pueden y deben aprender a relacionarse entre sí de una manera diferente, construyendo relaciones de igualdad, que respeten la diversidad y los derechos humanos. Dado que el género tradicionalmente convierte las diferencias en desigualdades, el enfoque de igualdad de género es de suma utilidad para entender el estatus social diferenciado de mujeres y hombres y el impacto que esto tiene en la organización de las instituciones sociales. En este sentido, para lograr la igualdad se debe promover también la equiparación de condiciones y favorecer la capacidad de “gestión” e incidencia política de las personas, particularmente de las mujeres. Este enfoque obliga a mirar cualquier situación social o programa de intervención desde una perspectiva que permita entender las necesidades específicas de mujeres y hombres y además los efectos diferenciales de cada situación en ellas y ellos. Es decir, un análisis desde la igualdad de género incluye comprender las necesidades prácticas y estratégicas, así como las restricciones, oportunidades y opciones de mujeres y hombres en un determinado contexto social (Instituto Nacional de las Mujeres, 2007).
25 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 8. 5 Enfoque de integralidad: Deriva del principio que postula que los derechos deben ser cumplidos de forma integral. La Política Pública de la Persona Joven reconoce a las personas jóvenes que habitan el país como personas integrales con múltiples dimensiones biológicas, psicológicas, afectivas, espirituales y socioculturales. Este enfoque contempla, además, situaciones particulares de acuerdo con la edad, el género, la condición económico- social, cultural, étnica, geográfica y territorial, y con potencialidades, vulnerabilidades y múltiples posibilidades de las personas jóvenes para modificar su realidad. El ámbito de territorialidad busca la integración de los territorios rurales con el resto de la economía nacional, su revitalización y reestructuración progresiva, así como la adopción de nuevas funciones y demandas que beneficien a la población joven. Los territorios no son unidades espaciales aisladas, sino articuladas a una trama social y cultural más amplia que se asienta sobre una base de recursos naturales y que se traduce en formas de producción, consumo e intercambio, que son, a su vez, armonizadas por las instituciones y las formas de organización existentes. Esto lleva a la Política Pública de la Persona Joven a promover un abordaje multicultural, intersectorial, multisectorial e interinstitucional por parte de las instituciones del Estado y de la sociedad civil, que permite analizar, formular, proponer acciones y ejecutarlas de manera integrada, con un enfoque homogéneo, de accesibilidad, participativo; aunando recursos humanos y económicos, especialmente en la tarea de detener los condicionantes de exclusión de las personas jóvenes. 9. Sinopsis del avance de la Política Pública 2010-2013 La Política Pública tiene sentido en la medida en que se transforme en acciones concretas en la institucionalidad pública, y esas acciones incidan en la población joven. En estos años se pueden enumerar algunas acciones que se han suscitado que afectan de una u otra forma en esta población, pero que requiere que se profundicen en algunos casos o se operacionalicen en otros casos como es la entrada en vigencia de nueva legislación que favorece a la población joven. La Ley General de la Persona Joven, Ley 8261 recibió tres reformas importantes. La Ley 9051, Ley de creación de las Casas Cantonales de Juventud, la que incorpora un nuevo capítulo al título II que se refiere al Sistema Nacional de Juventud con la creación de las Casas Cantonales de Juventud adscritos a los Comités Cantonales de la Persona Joven, permitiendo a los municipios financiar esas casas, así como faculta a los Comités
26 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Cantonales de la Persona Joven destinar recursos procedentes del Consejo Nacional de la Persona Joven en esas Casas Cantonales de la Juventud. La segunda reforma tiende a garantizar el acceso a la vivienda a las personas jóvenes, por lo que reconoce ese derecho de las personas jóvenes y, el deber del Estado a “garantizar el acceso a condiciones favorables para la obtención de vivienda de las personas jóvenes” e “informar, asesorar y capacitar a los jóvenes, en materia de obtención de créditos para vivienda.” Así mismo establece un asiento en la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda procedente del Vice – ministerio de Juventud y del Consejo Nacional de la Persona Joven, el cual debe ser una persona joven entre 18 y 35 años. La tercer reforma entre otros aspectos amplia a dos años la vigencia de los Comités Cantonales de la Persona Joven, integrándose los mismos entre los meses de octubre y noviembre en los años pares entrando a fungir el 1 de enero de los años impares y, la Política Pública de la Persona Joven se extiende a cinco años con un agregado “La Asamblea Nacional de la Red tendrá la finalidad de discutir y votar la propuesta de política pública de las personas jóvenes elaborada por el Consejo. Dicha propuesta se aprobará por un plazo máximo de cinco años; asimismo, será de acatamiento obligatorio para todas las instituciones que desarrollan proyectos o tienen responsabilidades vinculadas a las personas jóvenes.”, lo cual implica una profundización del ejercicio de rectoría, y a futuro el establecimiento de un Consejo Sectorial de Juventud. La experiencia de estos diez años indica que las acciones estratégicas de la Política Pública se deben incorporar al Plan Nacional de Desarrollo. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social incluyó una acción estratégica encaminada al establecimiento de una política de empleo para las personas jóvenes, ella se traduce en la Alianza Público – Privada Empléate en que ha atendido a unas 4.000 personas jóvenes. Esta estrategia recibió un impulso en el marco del Programa Conjunto “Juventud, Empleo y migración”, el cual se desarrolló en los últimos tres años y medio con el objeto de contribuir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio en reducir en un 50% la pobreza en el mundo, en este sentido queda a su vez un Modelo de Atención Integral de la Ventanilla Única para la Empleabilidad, el Empleo y el Emprendedurismo de las Personas Jóvenes, modelo que podría funcionar en cada municipio en la atención integral e individualizada a las personas jóvenes en condiciones de alto riesgo y vulnerabilidad.
27 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Ese modelo se complementa con un aporte desarrollado con el concurso del Fondo de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y el Ministerio de Agricultura y Ganadería para la gestión social y el emprendedurismo de las personas jóvenes de zonas rurales. Mención aparte merece la experiencia desarrollada con el Programa de Promoción de Estilos de Vida Saludable conocido como “Giro 180”, el busca contribuir con la prevención del VIH y sida a través de prácticas de estilos de vida saludables, este conjunto de herramientas de trabajo podrían adoptarlas los municipios a través de los mismos Comités Cantonales de la Persona Joven con el objeto de favorecer a las juventudes del respectivo municipio. Por otra parte, con la Ley 8718 del 17 de febrero de 2009, Ley de Autorización para el cambio de nombre de la Junta de Protección Social y establecimiento de la distribución de rentas de las loterías nacionales, incorpora recursos para la capacitación y recreación de personas jóvenes con discapacidad física, mental o sensorial, con lo cual permite al Consejo proponer políticas encaminadas a la integración de las personas jóvenes con discapacidad, ejecutándose esas políticas en asocio con las instituciones públicas como las universidades públicas y el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial así como con fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales que cuenten con fines destinados a mejorar la calidad de vida de las personas jóvenes, en particular las personas jóvenes con discapacidad. No obstante, una nota aparte a diez años de vigencia de la Ley General de la Persona Joven es el acompañamiento que ha tenido el Consejo Nacional de la Persona joven del Fondo de Población de las Naciones Unidas, éste órgano ha sido durante este tiempo el aliado natural de la institución, con lo que se le dio soporte técnico y apoyo financiero en los procesos de construcción de las tres primeras Políticas Públicas, en la I Encuesta Nacional de Juventudes, a los Comités Cantonales de la Persona Joven, así como en el Plan Institucional para personas jóvenes con discapacidad. En definitiva, contribuyendo en la consolidación del Sistema Nacional de Juventud creado por la Ley 8261.
28 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 10. Propósitos de la Política Pública. 10. 1 Objetivo General Crear oportunidades y condiciones para garantizar el ejercicio de los derechos y de la ciudadanía de las personas jóvenes, en el desarrollo de sus potencialidades y su aporte al desarrollo nacional. 11. Componentes de la Política Pública. 11. 1 Derechos civiles y políticos Derecho a la vida. 1. Desarrollar mecanismos que garanticen el óptimo desarrollo físico, moral, e intelectual de las personas jóvenes de una manera digna, plena, íntegra, libre de toda forma de discriminación y violencia. Derecho a la integridad 2. Desarrollar acciones intersectoriales de protección, prevención y métodos de denuncia, a personal. favor de las personas jóvenes en relación con su integridad, seguridad física y mental, que incluyan actuar sobre los determinantes que dificultan la convivencia y promueven la violencia con el fin de evitar tratos inhumanos y degradantes. 3. Garantizar a las personas jóvenes las oportunidades y capacidades para una sana convivencia y una vida libre de violencia, mediante estrategias intersectoriales que promuevan la tolerancia y el aprecio por las diferencias, el respeto mutuo y de los derechos humanos, la resolución de conflictos y la paz desde la primera infancia, y aseguren la protección y el acceso oportuno a la justicia de las víctimas y la reparación del daño. 4. Desarrollar acciones que promuevan el trato igualitario, la protección y la erradicación de cualquier tipo de violencia y discriminación contra las personas jóvenes independientemente de su orientación sexual, origen étnico, creencia religiosa, nivel socioeconómico, nacionalidad y condición migratoria.
29 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 5. Desarrollar acciones para la recuperación física, psicológica, social y económica de víctimas de violencia, tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes. 6. Promover el establecimiento de una instancia específica de protección de los derechos de las personas jóvenes en la Defensoría de los Habitantes. 7. Coordinar acciones que promuevan la protección del desarrollo cognitivo de las personas jóvenes adolescentes por los diferentes medios publicitarios y medios de comunicación. 8. Promover el desarrollo de espacios para la rehabilitación de personas jóvenes menores de edad que se encuentran bajo algún tipo de adicción. Además de promover el desarrollo de este tipo de espacios para el resto de la población joven en general. 9. Establecer y ejecutar acciones para combatir y eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres, incluida la violencia intrafamiliar, el femicidio/feminicidio y promover activamente la sensibilización sobre la implementación de la perspectiva de género, el enfoque de masculinidad y equidad entre las personas jóvenes. Derecho a la protección 10. Desarrollar acciones de protección, información, prevención, métodos de denuncia y contra los abusos sexuales. atención acerca de las crisis y consecuencias de la explotación, el abuso y el turismo sexual y cualquier otro tipo de violencia o maltrato sobre las personas jóvenes. 11. Desarrollar acciones para la recuperación física, psicológica, social y propiciar opciones de desarrollo económico de las personas jóvenes víctimas de abuso, explotación sexual comercial y trata de personas. 12. Informar, educar y velar por la seguridad de las personas jóvenes víctimas de abuso, explotación sexual comercial y trata de personas. 13. Coordinar con el Poder Judicial con el fin de implementar políticas que procuren disminuir la re victimización de las personas jóvenes víctimas de abuso.
30 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Derecho a la justicia. 14. Desarrollar mecanismos de denuncia, audiencia, trato justo y digno de las personas jóvenes en condición de víctimas considerando procesos diferenciados de resolución de conflictos en territorios indígenas. 15. Desarrollar disposiciones para garantizar el trato digno, medidas de resocialización, el debido proceso y condiciones dignas a personas jóvenes que cometen actos delictivos. 16. Desarrollar acciones que permitan la utilización de técnicas de justicia restaurativa y resolución alternativa de conflictos en procesos en los cuales se vean involucradas personas jóvenes, ya sea en su condición de víctimas o de victimarios. 17. Crear una plataforma de atención integral a las personas jóvenes en las instancias judiciales. 18. Promover que las autoridades penitenciarias desarrollen módulos penitenciarios juveniles (18 – 35) donde se le siga un proceso a la población joven recluida que potencie la reinserción social que permita disminuir la reincidencia y el aprendizaje delictivo. Derecho a la identidad y 19. Elaborar y ejecutar programas intersectoriales para el reconocimiento, el respeto y pleno personalidad propias. desarrollo de las identidades de las personas jóvenes que viven en el país, otorgando particular importancia a sus componentes socio – culturales y étnicos, de nacionalidad, así como las características específicas de cada grupo social. 20. Promover mediante embajadas y consulados costarricenses el desarrollo pleno de la identidad nacional para las personas jóvenes que se encuentran residiendo en el extranjero, sin importar el motivo. 21. Lograr que las instituciones públicas promuevan los derechos a la libertad, identidad, personalidad e imagen de las personas jóvenes. Derecho al honor, 22. Elaborar y ejecutar estrategias intersectoriales que eviten la explotación de la imagen y intimidad y a la propia otras prácticas que atenten contra la dignidad de las personas jóvenes, en todos los medios, imagen. incluyendo las redes sociales virtuales.
31 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Derecho a la libertad y 23. Desarrollar mecanismos intersectoriales que protejan y promuevan la libertad y seguridad seguridad personal. individual así como la creación de espacios de convivencia para las personas jóvenes, en todos los sectores o espacios, mediante entre otros la generación de clubes o grupos de jóvenes líderes que promuevan en sus instituciones la resolución de conflictos, sean mediadores, promotores de un ambiente seguro, no ser testigos de actos de violencia y empoderarlo. Libertad de pensamiento, 24. Estimular que en las instituciones públicas y en general las organizaciones de la sociedad conciencia y religión. civil existan espacios que validen el derecho a la libertad de expresión, de pensamiento, conciencia, creencia y religión que tienen las personas jóvenes. 25. Fomentar espacios de espiritualidad, saberes y conocimientos de pueblos indígenas en conjunto con otros grupos religiosos para la búsqueda de una cosmogonía sólida. Libertad de expresión, 26. Establecer un fondo de respaldo a proyectos de organizaciones de personas jóvenes que les reunión y asociación. permita consolidar y ejecutar sus proyectos en función de los objetivos de la Ley General de la Persona Joven y la Política Pública de la Persona Joven. 27. Fortalecer mediante asesoría técnica los procesos organizativos de los grupos de personas jóvenes y así como la fiscalización o auditaría a la posible asignación de fondos a grupos de jóvenes informales. 28. Fortalecer y aumentar nuevas formas de administración de las fuentes de financiamiento de los Comités Cantonales de la Persona Joven, con el fin de coadyuvar en la construcción de la Política Pública de la Persona Joven y los objetivos de la Ley General de la Persona Joven. 29. Desarrollar programas que promuevan y fortalezcan la organización, participación y asociación autónoma e independiente de las personas jóvenes, así como sus mecanismos de articulación y formación de alianzas. 30. Fortalecer el desarrollo de iniciativas y proyectos de las personas jóvenes ante instancias públicas y privadas en temáticas de interés de las juventudes. 31. Crear, habilitar y mantener espacios aptos para la libre reunión y participación de las personas jóvenes. 32. Fortalecer la formación de espacios de diálogo y de expresión en los temas y
32 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. preocupaciones relevantes para las personas jóvenes. 33. Estimular vínculos entre las personas jóvenes con las Asociaciones de Desarrollo Integral con el objeto de contribuir con el reemplazo generacional que se produce en esas instancias comunales Derecho a formar parte de 34. Promover programas encaminados a hacer uso de la Resolución Alternativa de conflictos una familia. como mecanismo para contribuir en la reducción de los niveles de violencia intrafamiliar que afectan a las personas jóvenes. 35. Promover el trabajo conjunto entre las instituciones encargadas de velar por la protección y desarrollo de las personas jóvenes dentro de la familia. 36. Estimular para que los Comités Cantonales de la Persona Joven desarrollen en las comunidades acciones para el fortalecimiento de la integración familiar (ferias, actividades recreativas y deportivas, programas culturales, otros). 37. Ejecutar proyectos que potencien el derecho de las personas jóvenes a formar parte activa de una familia, la promoción de relaciones donde primen el afecto, el respeto y la responsabilidad mutua entre sus miembros y rechace todo tipo de maltrato o violencia. 38. Promover escuelas para padres y madres de familia, incluyendo espacios para orientar a las personas jóvenes a comunicarse mejor con sus familias. 39. Ejecutar acciones de sensibilización y uso de resolución alternativa de conflictos que potencien el derecho de las personas jóvenes menores de edad a ser escuchados (as) en caso de divorcio o separación de sus padres y madres para efectos de atribución de su propia guarda, así como, a que su voluntad sea determinante en caso de adopción. 40. Desarrollar medidas para la conciliación de la vida laboral, familiar y el ejercicio responsable de la paternidad o maternidad, que permitan el continuo desarrollo personal, educativo, formativo y laboral de las personas jóvenes. 41. Promover el derecho a la libre elección de la pareja sin distinción de la orientación sexual, a la vida en común dentro de un marco de igualdad de sus integrantes.
33 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Participación de las 42. Impulsar procesos sociales que garanticen y hagan efectiva la participación de las personas personas jóvenes. jóvenes en organizaciones que alienten su inclusión, considerando a su vez el respeto a sus particularidades y diferencias. 43. Garantizar la existencia de mecanismos de participación efectiva de adolescentes y jóvenes en el debate público, en la toma de decisiones y en todas las etapas de las políticas y programas, en particular en aquellas que les atañen directamente, sin ningún tipo de discriminación fortaleciendo los mecanismos institucionales de juventud. 44. Potenciar el derecho a la participación de las personas jóvenes en la formulación de políticas y leyes que les conciernen, articulando los mecanismos adecuados para hacer efectivo el análisis y discusión de sus iniciativas, a través de las organizaciones y asociaciones. 45. Promover la participación organizada de las personas jóvenes y estimularles para que ejerzan el derecho de formar o inscribirse en agrupaciones políticas, elegir y ser electos. 46. Fortalecer el Sistema Nacional de Juventud como un espacio de participación de las personas jóvenes. 47. Conceptualizar la gestión de un modelo de atención de las casas cantonales de la juventud como recintos destinados a fomentar el encuentro, la comunicación, la información y la promoción cultural y deportiva que favorezcan la formación y el desarrollo integral de las personas jóvenes, promoviendo de esta forma una participación sana y productiva de la juventud en beneficio de las comunidades. 48. Promocionar la articulación de las diferentes redes de apoyo y trabajo en formación y acción del desarrollo de actividades de jóvenes y para jóvenes. 49. Promoción de la participación de las Personas Jóvenes en la conformación de los sindicatos, en el Cooperativismo, las Asociaciones Solidaristas, Asociaciones Empresariales, en fin a los Sectores Socio productivos y empresariales del país. 50. Generar una Política nacional de Voluntariado con un enfoque de Juventudes, género e inclusión para la población joven que vincule y coordine de forma articulada con el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, en Consejo Nacional de Clubes 4 – S, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, ICODER, DINADECO y cualquier otro ente necesario.
34 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 11.2 Derechos sociales, económicos y culturales. Derecho a la educación. 51. Desarrollar una educación integral, continua, pertinente, diferenciada según zona de procedencia, incluyendo las comunidades indígenas, de calidad; gratuita y obligatoria hasta el IV ciclo en todas las modalidades programáticas, para jóvenes de 12 a 24 años, sin discriminación alguna y sin dejar de lado las personas jóvenes de 25 a 35 años que desean continuar sus estudios. 52. Desarrollar y formular un currículo educativo que se ajuste a los principios de los derechos humanos, la cultura de paz, la formación de valores, la diversidad cultural, el diálogo intercultural y de carácter plurilingüístico, respaldado con el uso de materiales didácticos inclusivos diseñados a partir de principios de no discriminación. 53. Generar y facilitar la puesta en práctica de políticas y programas para la permanencia dentro del sistema educativo formal a nivel secundario de personas jóvenes en condición de vulnerabilidad especialmente personas jóvenes adolescentes, con discapacidad y adolescentes madres. 54. Desarrollar lineamientos para la libre elección del centro educativo con una participación activa de las y los jóvenes y sin discriminación alguna; así como un ambiente sano y seguro en las instalaciones y sus alrededores. 55. Fomentar la práctica de valores, el acceso a nuevas tecnologías, las artes, las ciencias y la técnica en las instituciones de enseñanza considerando la interculturalidad y el respeto a las diferentes culturas o grupos étnicos. 56. Promover en las y los educandos la vocación por la democracia, los derechos humanos, la adopción de una cultura de paz, la solidaridad, así como el respeto, la tolerancia, la aceptación de la diversidad, el desarrollo de la personalidad, la equidad y no violencia de género. 57. Promover la enseñanza y el rescate de la historia y la cultura de los diversos grupos étnicos que componen la identidad nacional.
35 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 58. Fomentar el desarrollo de procesos de aprendizaje no escolarizado e informal dentro del sistema educativo. 59. Estimular y ampliar la cobertura de acceso a la educación superior y educación- formación técnica que permita la incorporación de las personas jóvenes al trabajo, con especial énfasis en el desarrollo de acciones afirmativas para personas jóvenes de zona rural, jóvenes con discapacidad, grupos étnicos minoritarios, y en desventaja socioeconómica. 60. Establecer y promocionar procedimientos ágiles de validación de documentos legales, (niveles, grados académicos y títulos profesionales) para lograr la movilidad académica y la inclusión de las personas jóvenes migrantes. 61. Promover actividades de capacitación para el desarrollo de diferentes habilidades y competencias de las personas con discapacidad en su entorno. 62. Contribuir con el cierre de la brecha digital con la dotación a cada persona estudiante y docente de primaria y secundaria de acceso a internet. 63. Promover la ampliación de la cobertura del Programa de Bachillerato Internacional en la educación pública. 64. Promover la inserción de las personas jóvenes en situación de vulnerabilidad como jóvenes indígenas o con discapacidad a la educación (académica, parauniversitaria, técnica) así como a las TICs. 65. Adecuar la educación secundaria a la realidad del mercado laboral. 66. Coordinar a nivel interinstitucional el diseño de políticas públicas permanentes, programas conjuntos que saquen provecho de las capacidades institucionales tanto del Estado como de la Sociedad Civil en capacitación y microfinanzas. 67. Dotar de más recursos y fortalecer la gestión de la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación CONAPE. 68. Dotar de más recursos y fortalecer la gestión del Fondo Nacional de Becas FONABE, con el fin de extender y descentralizar sus ámbitos de acción a las regiones con menores tasas de
36 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. personas graduadas técnicas y profesionales, alcanzar mayor eficiencia en la determinación del grado de vulnerabilidad de las personas beneficiarias, riesgo de exclusión del sistema, aprobación de becas y giros de los recursos en tiempos razonables. 69. Facilitar el diálogo con la cooperación internacional para ampliar las becas de posgrado e intercambios para personas jóvenes costarricenses dando énfasis a las ciencias y tecnologías. Derecho a la educación 70. Implementar programas de salud sexual y salud reproductiva integrales, oportunos y de sexual. calidad para adolescentes y jóvenes, que incluyan servicios de salud sexual y salud reproductiva amigables, con perspectiva de género, derechos humanos, intergeneracional e intercultural, y que garanticen el acceso a métodos anticonceptivos modernos, seguros y eficaces, respetando el principio de confidencialidad y privacidad, para que adolescentes y jóvenes ejerzan sus derechos sexuales y derechos reproductivos, tengan una vida sexual responsable, placentera y saludable, eviten los embarazos tempranos y los no deseados, la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual; y tomen decisiones libres, informadas y responsables con relación a su vida sexual y reproductiva y al ejercicio de su orientación sexual. 71. Asegurar la efectiva implementación de programas de educación integral para la sexualidad, reconociendo la afectividad, desde la primera infancia, respetando la autonomía progresiva del niño o la niña y las decisiones informadas de personas adolescentes y jóvenes sobre su sexualidad, con enfoque participativo, intercultural, de género y de derechos humanos. 72. Desarrollo de programas interinstitucionales y acciones que permitan orientar e informar adecuadamente a las familias sobre sexualidad, salud sexual y salud reproductiva a fin de que estas cumplan con el papel de principales responsables de la educación sexual de hijos e hijas.
37 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Derecho a la cultura y al 73. Incorporar en la formación integral de las personas jóvenes, la libre creación y expresión arte. artística y su involucramiento en la vida cultural, prioritariamente en el ámbito local, luego regional y nacional. 74. Estimular el aprecio por la creación cultural de las personas jóvenes, para fomentar, respetar y proteger todas las manifestaciones culturales de los diversos grupos étnicos que componen la identidad nacional. 75. Desarrollar acciones y programas alternativos de intercambio que promuevan mayores espacios de encuentro e intercambio cultural entre las personas jóvenes. 76. Buscar que las universidades públicas inicien o desarrollen programas de especialización para gestores y promotores culturales. Derecho a la salud. 77. Adecuar los programas de atención primaria gratuita, la educación preventiva, nutrición, atención y cuido especializado de salud, la promoción de la salud sexual y reproductiva, la información prevención contra el tabaquismo, alcoholismo y el uso indebido de drogas por parte de las personas jóvenes. 78. Desarrollar mecanismos que ofrezcan la confidencialidad y el respeto a las personas jóvenes en los servicios de salud. 79. Adecuar los programas de salud integral (prevención de enfermedades, promoción de la salud y estilos de vida saludable) las necesidades de las personas jóvenes. 80. Diseñar estrategias intersectoriales dirigidas a ayudar a las mujeres a prevenir el embarazo subsiguiente en la adolescencia, incluida la atención prenatal, del parto y posparto, el acceso a métodos anticonceptivos, a las acciones de protección y asistencia y a la justicia. 81. Garantizar datos estadísticos confiables, desagregados por sexo, edad, condición migratoria, raza y etnia, variables culturales y ubicación geográfica en materia de educación, salud, en particular salud sexual y salud reproductiva, empleo y participación de personas adolescentes y jóvenes. 82. Promover que las personas jóvenes menores de edad tengan acceso a recibir métodos anticonceptivos en los EBAIS, cuando éstos lo solicitan, sin necesidad de que sus padres, madres o persona encargada estén involucrados.
38 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Derecho al trabajo, a las 83. Desarrollar acciones afirmativas que permitan a las personas jóvenes tener acceso a un trabajo condiciones de trabajo y con igualdad de oportunidades y trato en lo relativo a la inserción, remuneración, promoción, a la seguridad social. condiciones de trabajo y cercanía de su domicilio. 84. Desarrollar mecanismos de acceso a la seguridad social frente a situaciones de enfermedad, accidente laboral, invalidez, viudez y orfandad y todas aquellas situaciones de falta o de disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo, de las personas jóvenes. 85. Impulsar acciones para la protección contra el trabajo adolescente peligroso e insalubre, la explotación económica y contra todo trabajo que ponga en peligro la salud, la educación y el desarrollo físico y psicológico especial para jóvenes entre los 15 y los 17 años. 86. Promocionar e incentivar entre las empresas y empleadores, actividades de inserción laboral que promuevan el primer empleo y la capacitación laboral para las personas jóvenes, atendiendo de manera especial a jóvenes que no tienen trabajo y a grupos vulnerables como madres o padres solteros y personas jóvenes con discapacidad. 87. Desarrollar acciones para la eliminación de todas las formas de discriminación, en especial contra la mujer joven en el ámbito laboral, para garantizar medidas adicionales para el acceso a las garantías sociales y de aseguramiento. 88. Generación de condiciones de acceso al trabajo sin discriminación alguna para personas jóvenes pertenecientes a grupos étnicos y personas migrantes, así como condiciones laborales dignas y de calidad. 89. Promover la eliminación de todas las formas de Explotación Sexual Comercial, la trata y tráfico de personas por medio de estrategias conjuntas y articuladas con los sectores e instituciones vinculadas a la temática con énfasis en personas de 12 a 25 años. 90. Promover e invertir en políticas de trabajo y empleo y programas especiales de formación para la juventud que potencien la capacidad e iniciativa colectivas y personales y posibiliten la conciliación entre los estudios y la actividad laboral, sin precarización del trabajo y garantizando igualdad de oportunidades y trato. 91. Generar y fortalecer programas de cuido, de sus hijos e hijas así como de personas adultas mayores, de manera que les permita a las personas jóvenes, en particular, las jóvenes madres para que continúen sus estudios o su opción laboral, tanto en jornada diurna como nocturna.
39 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Derecho a la formación 92. Promover la formación profesional y técnica inicial, continua, pertinente y de calidad, que técnica y profesional. permita su incorporación al mercado laboral. 93. Promover y divulgar las acciones acerca de las oportunidades laborales que ofrece la sociedad en general a las personas jóvenes, mediante los medios de comunicación con que cuentan las instituciones públicas afines a esta temática y de más fácil acceso a esta población. 94. Desarrollar acciones para la formación profesional y técnica, formal y no formal, reconociendo su cualificación profesional y técnica para favorecer la incorporación al mercado laboral de las diversas juventudes, en especial personas jóvenes con discapacidad. 95. Desarrollar mecanismos para el financiamiento de estrategias para la capacitación de las personas jóvenes que viven alguna discapacidad con el fin de que puedan incorporarse al empleo. 96. Crear estrategias para la captación y reinserción al sistema educativo y/u otras oportunidades de formación técnica, para personas jóvenes que no participan de la educación formal o no formal. 97. Fortalecer programas de capacitación, asistencia técnica y microcrédito para las iniciativas de jóvenes emprendedores recién graduados con plazos y tasas diferenciadas, dando énfasis a zonas de menor desarrollo y a poblaciones en condiciones de vulnerabilidad. Derecho a la vivienda. 98. Establecer programas y servicios de crédito para el acceso a vivienda digna y de calidad que permita el desarrollo personal y colectivo de las personas jóvenes y que se ajusten a sus particularidades. 99. Desarrollar medios para el acceso a la información acerca de la oferta de vivienda para las personas jóvenes. Derecho a un 100. Fomentar, promover y divulgar la importancia de la conciencia, la responsabilidad, la medioambiente solidaridad, la participación y la educación e información ambiental, con énfasis en el saludable. desarrollo sostenible, calentamiento global y reciclaje, entre las personas jóvenes. 101. Desarrollar programas de voluntariado y otras formas participativas para crear conciencia entre las personas jóvenes. 102. Implementar programas de protección ambiental, priorizando el ámbito local.
40 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Derecho al ocio y 103. Recuperar espacios físicos adecuados (zonas de parque o juegos) para la recreación e esparcimiento. implementación de programas para la promoción de la recreación y el uso positivo y constructivo del tiempo libre, el intercambio cultural, educativo, vivencial y lúdico, de las personas jóvenes, según las necesidades de cada cantón. 104. Establecer más espacios, infraestructura y condiciones para el ejercicio de la recreación y el tiempo libre de las personas jóvenes con aplicación de normas de accesibilidad universal. 105. Gestionar y divulgar actividades y proyectos de recreación para personas jóvenes con discapacidad. Derecho al deporte. 106. Establecer espacios físicos adecuados, inclusivos y dar mantenimiento a los existentes para fomentar actividades que contribuyan a la educación física y a la práctica de los deportes con acceso universal y sin discriminación alguna, para el desarrollo de las personas jóvenes en los planos físicos, intelectual y social. 107. Promover la práctica de diversas disciplinas en deportes y recreación no tradicionales y desarrollar una cultura de actividad física encaminada a la salud de la población. Derecho al desarrollo 108. Desarrollar procesos, programas, estrategias específicas y asignación de los recursos social, económico, humanos, técnicos y financieros para la participación de las personas jóvenes en la discusión político y cultural. y elaboración de insumos en todos los temas y situaciones que se relacionen o afecten directamente a su población, para su inclusión en los planes de desarrollo, políticas nacionales y locales, y su ejecución en lo nacional y local, lo rural y urbano. 109. Facilitar créditos específicos de pocos requisitos que facilitan a las personas jóvenes, en especial dando énfasis a personas jóvenes con discapacidad, para el establecimiento de empresas propias. 110. Incorporar una línea de crédito específica dirigida a las personas jóvenes en el Sistema Banca para el Desarrollo, así como en PRONAMYPE-MTSS, FIDEIMAS, Propype Conicit para el impulso de iniciativas productivas con el fin de promover el emprendedurismo y la generación de autoempleo. 111. Ampliar la cobertura de Empléate (MTSS-DESAF). 112. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores para la ampliación de la cobertura de becas para carreras técnicas e ingenierías.
41 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 2. Adenda a la Política La Comisión de Grupos Étnicos de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven incorpora la siguiente adenda a la Política Pública de la Persona Joven: Perfil de trabajo de incidencia de la comisión de grupos étnicos. I. Introducción La juventud costarricense constituye un grupo muy heterogéneo; en este escenario se encuentra que todavía la juventud indígena y afro-costarricense enfrenta mayores desafíos económicos, sociales y culturales, entre otros. Para superar esta realidad, es fundamental que las personas jóvenes afro descendientes e indígenas cuenten con el acceso y las herramientas necesarias para el goce pleno de sus derechos. Si bien es cierto que la población indígena es del 2% y la afro descendiente del 7,8% del total de la población costarricense (INEC, 2011); es urgente que se cuente con mayor información desagregada en encuestas y estadísticas que permitan generar un perfil completo de la realidad y condiciones de vida que enfrenta la población joven afro descendiente e indígena. La discriminación racial sigue siendo una de las mayores preocupaciones de las personas jóvenes afro descendientes e indígenas, por lo que también hay pendiente una mayor demanda de mecanismos que nos permitan erradicar esta problemática entre la juventud y generar las políticas públicas necesarias para lograr la igualdad de oportunidades. La Comisión de Grupos Étnicos pretende ser un espacio generador de mecanismos de incidencia en la población indígena y afro-costarricense, con el objetivo de brindarle a la población joven una estructura multicultural que permita evidenciar la realidad que viven estas poblaciones y propiciar los espacios necesarios para que se generen y promuevan políticas públicas que permitan disminuir las brechas, generar una mayor educación integral en la juventud, se reconozca la diversidad étnica y racial y se promueva un mayor liderazgo y participación de jóvenes indígenas y afro- costarricenses.
42 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. II. Justificación En materia de juventud, Costa Rica se destaca por contar con un Sistema Nacional de Juventud que propicia visibilizar a la persona joven como sujeto de derecho, merecedor de oportunidades para mejorar su calidad de vida. La persona joven se vislumbra como un actor social y pretende brindarle participación y protagonismo en el quehacer nacional. La Ley General de la Persona Joven establece en su artículo 4 que “la persona joven será sujeto de derechos; gozará de todos los inherentes a la persona humana garantizados en la Constitución Política de Costa Rica, en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos o en la legislación especial sobre el tema”. El inciso h) alude al “derecho a no ser discriminado por color, origen nacional, la pertenencia a una minoría nacional, étnica o cultural…” Asimismo, la ley establece entre sus objetivos el “promover y ejecutar investigaciones que permitan conocer la condición de las personas jóvenes y de sus familias, para plantear propuestas que mejoren su calidad de vida.” (Artículo 1 inciso d) Por otro lado, la Política Pública de la Persona Joven reconoce a las personas jóvenes como sujetos integrales de derechos civiles, políticos, sociales, culturales y económicos; así como protagonistas de su propio desarrollo. Destaca también la singularidad y especificidad de las características, expresiones, inquietudes y necesidades individuales y colectivas de las personas jóvenes. En ese sentido, y tomando nota que en el marco del Año Internacional para las Personas de Ascendencia Africana, la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas aprobó de manera unánime la resolución A/RES/68/237, proclamando el Decenio Internacional de los Afro descendientes, bajo el lema “Afro descendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo”; la Comisión de Grupos Étnicos presenta el siguiente perfil de incidencia con la juventud afro-costarricense e indígena de Costa Rica para el año 2014. III. Objetivos a. Contar con información estadística sobre juventud afro descendientes accesible al Sistema Nacional de Juventudes, organizaciones y líderes afro descendientes, para el seguimiento y cumplimiento de los derechos humanos. b. Contar con conocimiento académico y técnico sobre la situación actual de la juventud afro descendiente, accesible para las instituciones públicas, organizaciones y líderes afro descendientes.
43 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. c. Promover una campaña de información sobre salud sexual y reproductiva, coordinada y articulada en la región Huetar-Caribe. d. Identificar y articular las organizaciones y líderes juveniles afro descendientes a nivel nacional, para fortalecer su actuar dentro del Sistema Nacional de Juventudes. IV. Acciones estratégicas a. Inclusión de una pregunta de auto-identificación étnica en la próxima encuesta nacional de juventud; b. Elaboración de un estudio sobre la situación de la población joven afro- costarricense; c. Elaboración de una campaña de información sobre salud sexual y reproductiva para la región Huetar-Caribe, enfocada en juventud afro-costarricense e indígena. El proyecto incluye las siguientes actividades concretas: i. Talleres informativos y de capacitación ii. Ferias de la Salud iii. Estudio sobre VIH/SIDA d. Organización y auspicio del Encuentro Nacional de Jóvenes Afro costarricenses 2014: i. Fecha: Octubre, 2014 ii. Logística y financiamiento: CPJ iii. Programa y Convocatoria: Comisión de Asuntos Étnicos
44 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. II Parte: Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven 13. Plan de acción de la Política Pública de la Persona Joven En la sesión de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona celebrada el 26 de abril se aprobó la Política Pública de la Persona Joven, siendo esa política un mecanismo para operacionalizar la Convención Iberoamericana de los Derechos de las Personas Jóvenes y por supuesto, los valiosos aportes que tanto las propias personas jóvenes como la propia Asamblea hicieran en su momento. La Política Pública para que sea un instrumento efectivo en la institucionalidad pública atinente requiere que se plasme en un Plan de Acción, el cual debe contar con la aprobación de las instituciones públicas involucradas, en este caso por su carácter de obligatoriedad a las instituciones con responsabilidades vinculadas a las personas jóvenes, lo cual permite profundizar y ampliar el horizonte con relación a la experiencia. Ese Plan de Acción se ha construido con el aporte técnico de cada institución en que se contemplan acciones específicas en este plan, siendo priorizadas de la siguiente manera: 1. Eje de educación 2. Eje de participación 3. Eje de prevención de la violencia 4. Eje de trabajo 5. Eje de ambiente 6. Eje de vivienda 7. Eje de cultura 8. Eje de Salud Con esta organización de las acciones de la política permite visualiza las responsabilidades que le competen a las instituciones públicas. Este Plan de Acción se complementará con la aplicación de los instrumentos de medición semestral de los avances de la ejecución del mismo, de manera que permita retroalimentar al Consejo de la Persona Joven y el Vice Ministerio de Juventud en el ejercicio de su responsabilidad rectora al igual que a los enlaces técnicos designados en su función de apoyo en la ejecución del Plan de Acción en su área de competencia.
45 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. La ejecución del plan de acción de la Política Pública de la Persona Joven compete al conjunto de instituciones del Estado costarricense, con el aporte de las personas jóvenes en un rol de peso y contrapeso. Los lineamientos de la política deben ser considerados elementos de aplicación transversal en el quehacer de las instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, teniendo como centro las acciones articuladas, consensuadas e intergeneracionales. Las capacidades de las personas servidoras públicos y privados para relacionarse y atender las necesidades de las personas jóvenes con la especificidad que éstas requieren, deben mejorarse mediante la apropiación y práctica de los enfoques de juventudes y de derechos humanos. 14. Objetivo estratégico del Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven 14. 1 Objetivo general. Incidir en la institucionalidad pública con responsabilidades vinculadas a las personas jóvenes en la apropiación y desarrollo de la Política Pública de la Persona Joven. 14. 2 Objetivos estratégicos específicos. I. Lograr que la institucionalidad pública desarrolle acciones afirmativas en el reconocimiento de la diversidad de la población joven. II. Incidir en la institucionalidad pública para la creación de condiciones que permitan el acceso de las personas jóvenes a mejores condiciones de educación, salud, empleo y vivienda que permitan la satisfacción de sus necesidades y con ello su plena realización, disminuyendo las brechas sociales existentes en la sociedad costarricense. III. Promover en las instituciones gubernamentales vinculadas a las personas jóvenes para que se enfoquen en el cumplimiento y garantía de los diferentes derechos que gozan de manera que brindan integridad, oportunidades e igualdad a esta población.
46 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 15. Metodología para la Construcción del Plan de Acción A partir de la aprobación de la Ley General de la Persona Joven, N° 8261, el país experimentó una nueva etapa en la organización de sus programas orientados hacia la juventud costarricense, dando paso a la transformación del entonces Movimiento Nacional de Juventudes a lo que actualmente es el Consejo de la Persona Joven. Esta transformación trajo asimismo una nueva visión sobre el deber ser de la institución, además de enfocarse en el trabajo a nivel comunal con liderazgos juveniles, a través de los Comités Cantonales de la Persona Joven, se le otorga el mandato legal de ser institución rectora en políticas públicas de juventud. Es debido a ese mandato que la institución asume la tarea de formular una política pública orientada a solventar las necesidades que atañen a las juventudes costarricenses desde una perspectiva multisectorial e interinstitucional. La Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 es una propuesta que consta efectivamente de una serie de acciones estratégicas desarrolladas desde la esfera pública y que son orientadas al cumplimiento de objetivos que a su vez buscan la satisfacción o mejoramiento de una serie de condiciones de un segmento de la colectividad como lo es la juventud. Las condiciones que se busca satisfacer o mejorar a su vez se visualizan como derechos de las personas jóvenes, en directa observancia de la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes, la cual fue ratificada por nuestro país bajo la Ley N° 8612. El presente documento pretende realizar una descripción de las diversas etapas llevadas a cabo en la construcción tanto de la Política Pública como del Plan de Acción que permite la operacionalización de la misma. Formulación de la Política Pública El proceso de formulación del texto base que se sometió a consulta estuvo a cargo de la Unidad de Políticas Públicas del Consejo de la Persona Joven, teniendo en consideración para su formulación los siguientes insumos: • Política Pública 2010-2013 Uno de los principales insumos que se tomaron en consideración para la formulación del texto base para la presente Política Pública corresponde precisamente a la Política Pública de la Persona Joven vigente para el periodo 2010-2013, cuyo contenido se tomó como referencia para la elaboración del texto base de la Política vigente.
47 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. • II Encuesta Nacional de Juventudes La II Encuesta Nacional de Juventudes presentada en el 2013 es un insumo de consulta obligatoria para procesos de formulación como lo es el de la Política Pública de la Persona Joven, por lo reciente de su formulación, y la amplitud de la consulta realizada, permite tener una clara visión de las principales preocupaciones y problemáticas que influyen en el optimo desarrollo de las personas jóvenes. • Otras fuentes Uno de los documentos consultados para la elaboración del texto base de la presente Política Pública de la Persona Joven son los Informes del Estado de la Nación, han permitido conocer de manera más profunda los retos país que enfrenta Costa Rica y que irremediablemente inciden en el bienestar de las personas jóvenes, específicamente en áreas sensibles como salud, educación y empleo. La no atención de las carencias o retos que enfrentan las personas jóvenes en dichas áreas puede conllevar una profundización de la pobreza y aumento de las brechas de desigualdad que afectan a la sociedad costarricense. Asimismo, se toma como referencia documentos de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y la declaración del Consenso de Montevideo del 2013 en la cual se da una clara referencia a la necesidad de considerar el aporte de las personas jóvenes al progreso de los países y el consecuente compromiso de los Estados a la toma de medidas que permitan la erradicación de las desigualdades que afectan a la mayoría de habitantes de los países latinoamericanos. Consulta Sectores El proceso de formulación de la Política Pública de la Persona Joven para el periodo 2014-2019, estuvo acompañado de un proceso de consulta participativo en el cual se tomó en consideración el punto de vista de al menos 10 sectores pertenecientes o vinculados con las juventudes costarricenses: Comités Cantonales de la Persona Joven, Organizaciones No Gubernamentales vinculadas en su trabajo con las juventudes, Personas Jóvenes Afrodescendientes, Personas Jóvenes Indígenas, representantes de Juventud de los Partidos Políticos, representantes de las Municipalidades, organizaciones vinculadas al trabajo con Personas Jóvenes con Discapacidad, Adolescentes Madres, representantes de Instituciones Públicas con estricta vinculación con las juventudes y representantes de Personas Jóvenes Migrantes. De manera paralela, el Consejo de la Persona Joven llevó un proceso simultáneo de consulta con la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven,
48 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. a la cual se le hizo llegar el borrador de la propuesta elaborada por la Unidad de Políticas Públicas, incluyendo ya los aportes originados por los talleres desarrollados con los diferentes sectores seleccionados. Uno de los aportes más significativos que surgieron de dicho proceso de estudio y discusión corresponde a la inclusión de una adenda a la Política propuesta por parte de la Comisión de Grupos Étnicos de la Asamblea de la Persona Joven, con la cual se pretende visibilizar las necesidades que poseen las juventudes afrodescendientes e indígenas en Costa Rica. La consulta a la Asamblea de la Red de Nacional Consultiva de la Persona Joven es uno de los momentos más importantes en el Ciclo de Vida de la Política Pública. Consulta y Aprobación miembros Junta Directiva del Consejo de la Persona Joven Al ser el Consejo de la Persona Joven una institución que cuenta con una Junta Directiva conformada por seis autoridades de instituciones públicas vinculadas a la temática de juventud y tres personas jóvenes, es importante que se proceda a realizar una consulta específica a quienes forman parte de dicho cuerpo colegiado con bastante antelación a la aprobación, de modo tal que la discusión y análisis de la Política se someta a un proceso amplio que permita su depuración y enriquecimiento por un lado, pero también el conocimiento de parte de los jerarcas. Asimismo, es de resaltar, que el impulso de la Política Pública desde el punto de vista político debe ser visto como un esfuerzo conjunto de parte de todas las jerarquías representadas en la Junta Directiva y no solamente como un ejercicio competente a las autoridades del Viceministerio de Juventud y del Consejo de la Persona Joven, existe una responsabilidad solidaria con la juventud costarricense de cada instancia con participación dentro de dicho cuerpo directivo. Aprobación de la Política Pública Según el ciclo de la Política Pública de la Persona Joven, la aprobación de la misma es la tercera gran etapa que determina la vigencia y funcionamiento de la misma, posterior a las etapas de formulación y consulta. La aprobación de la propuesta de Política que elabora el CPJ es una potestad que la Ley da a la Asamblea de la Red de la Persona Joven, por lo cual la entrada en vigencia dependerá necesariamente de que se lleve a cabo este paso fundamental.
49 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. En el caso de la Política Pública 2014-2019, el texto con la propuesta fue sometido a conocimiento y votación por parte de la Asamblea de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven en la Asamblea Ordinaria que se realizó en el mes de abril de 2014. Figura 1 Construcción y aprobación de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019. Fuente: Morales, G. Sistematización del Proceso de Construcción de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019. Consejo de la Persona Joven. San José, 2015. Con la formulación del Plan de Acción se operacionaliza de manera concreta las acciones estratégicas incluidas dentro de la Política Pública, pues contiene las acciones específicas, indicadores de cumplimiento, una línea base, resultados que se espera alcanzar, responsables de las acciones y presupuesto que permita su ejecución. Este documento se construye en un proceso conjunto que involucra la Unidad de Planificación institucional, la Unidad de Investigación y la Unidad de Política Pública; así como a los enlaces designados por las instituciones públicas vinculadas con la Política Pública de manera mutua se definen las metas y compromisos que se asumen por parte de las instituciones. En primera instancia se realizó un taller en el cual a través de un ejercicio institucional se identificaron acciones estratégicas las cuales se ubicaron bajo 8 dimensiones
50 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. temáticas definidas previamente: Educación, Participación, Prevención de la Violencia, Trabajo, Ambiente, Vivienda, Cultura y Salud. Estas líneas prioritarias coinciden con la Política Pública de la Persona Joven pero además con el Plan Nacional de Desarrollo. Si bien el Plan de Acción de la Política Pública es un proceso consensuado y negociado entre el CPJ y las otras instituciones estatales involucradas en el proceso, realizar este ejercicio permite establecer un plan de acción que responda a los objetivos de la política y a la obtención de los resultados esperados en la misma, además permite la existencia de una base sobre la cual llevar a cabo la negociación con las otras instancias corresponsables de la política. Identificación de acciones de competencia institucional Por otro lado, la Política Pública de la Persona Joven tiene la particularidad de que si bien la responsabilidad de formular la misma corresponde al Consejo de la Persona Joven, la ejecución y cumplimiento de la totalidad de las acciones de la misma no le son de competencia directa, sino que requiere de una acción interinstitucional de plena y cercana coordinación. Figura 2 Elaboración Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven. Fuente: Morales, G. Sistematización del Proceso de Construcción de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019. Consejo de la Persona Joven. San José, 2015.
51 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Vinculación con Acciones Plan Nacional de Desarrollo El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento que marca la ruta a seguir del país durante un periodo de 4 años, es mediante la formulación de éste instrumento que se definen las prioridades de acción de la administración de turno en cada una de las instituciones que componen al aparato estatal. Dotación Presupuestaria La ejecución de una política pública está estrictamente vinculada con la necesidad de formular y ejecutar planes y proyectos que se transformen en acciones que permitan alcanzar las metas y objetivos planteados de acuerdo a las necesidades visibilizadas por las juventudes presentes en el país. Sin embargo, uno de los aspectos primordiales para la formulación, y posterior ejecución, de programas y proyectos en cualquier institución u organización lo comprende la necesidad de dotarles de recursos que permitan su ejecución y con ello, lograr traducir las acciones plasmadas en resultados claros y tangibles. Seguimiento y Evaluación El Ciclo de Vida de la Política Pública de la Persona Joven establece como una de las etapas finales de la Política el seguimiento y la evaluación de la Política, es en dichos momentos donde se puede lograr identificar el nivel de avance o cumplimiento que se ha logrado por parte de las instituciones involucradas con respecto a las metas y a los objetivos planteados en el Plan de Acción de la Política Pública de Juventud. De igual forma conviene que la evaluación de la Política Pública tenga también un enfoque Ex Post de modo tal que se pueda realizar una valoración total sobre los alcances en el cumplimiento de las metas y objetivos trazados. La realización de una evaluación de este tipo permite identificar las fortalezas y falencias ocurridas tanto en los procesos de la formulación y la implementación de la Política Pública, así como en los diferentes programas y proyectos que operativizan el Plan de Acción. La evaluación de las Políticas permite contar con mejores instrumentos por parte de la institucionalidad.
52 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 16. Incorporación de acciones por parte de las instituciones vinculadas 16. 1 Eje Educación Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Otorgar la transferencia Número de estudiantes 7,600 estudiantes con IMAS monetaria condicionada con discapacidad en discapacidad de AVANCEMOS. educación secundaria secundaria por año beneficiarios anualmente, asistiendo regularmente. por del Programa Avancemos. Otorgar la transferencia Número de estudiantes en 150.000 estudiantes de IMAS monetaria condicionada educación secundaria secundaria por año AVANCEMOS. beneficiarios anualmente, asistiendo regularmente. por del Programa Avancemos. Capacitación Técnica Número de jóvenes 40 jóvenes capacitados en MICIT para personas jóvenes capacitados en una una carrera técnica por con discapacidad. carrera técnica por medio medio de los CECI. de los CECI Colocar una computadora Número de CECI que Personas jóvenes con MICIT accesible para personas cuentan con al menos una discapacidad cuentan en con discapacidad en al computadora accesible a los CECI con al menos menos 50 Centros personas con una computadora Comunitarios Inteligentes discapacidad. accesible. (CECI).
53 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Realizar acciones de Acciones de Divulgación Personas jóvenes acceden MICIT divulgación de la oferta realizadas. a información sobre la de becas de posgrado e oferta de becas de intercambio en ciencia y posgrado e intercambio tecnología. en ciencia y tecnología. Identificar la cantidad de Número de Personas Personas jóvenes se MICIT personas jóvenes que Jóvenes que son benefician con becas de acceden a Becas de beneficiadas con becas de posgrado e intercambio posgrado e intercambio posgrado e intercambio en ciencia y tecnología. en Ciencia Y Tecnología en ciencia y tecnología. Divulgar en redes Cantidad de veces que se Personas jóvenes acceden CPJ sociales, Comités suministra información a a información en redes Cantonales y otras formas las personas jóvenes a sociales, Comités de comunicación el través de las redes Cantonales y otras formas conocimiento de las sociales, Comités de comunicación las becas internacionales Cantonales y otras formas becas ofrecidas por la ofrecidas por la de comunicación de las cancillería. Cancillería. becas ofrecidas Incidir para la ampliación Un inventario de becas Inventario de oferta de CPJ de la oferta de becas internacionales becas disponibles internacionales para disponibles. realizada. persona jóvenes. Una propuesta de Propuesta de ampliación ampliación de becas. de la oferta de becas internacionales realizada a la Cancillería.
54 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Promoción del centro Cantidad de CINDEAS Aumentar la cobertura de MEP educativo como espacio abiertos. estudiantes jóvenes y de oportunidad en adultos en el sistema condiciones de equidad, educativo. pertinencia y calidad para los estudiantes. Fortalecimiento integral Porcentaje de promoción Mejoramiento del de la educación indígena en las pruebas de rendimiento académico sin prejuicio de su bachillerato en liceos de los estudiantes cosmovisión y rurales en Territorio indígenas. cosmogonía. Indígena. Porcentaje de cobertura de servicios itinerantes de Lengua Indígena. Fortalecimiento de los Programas de Educación Porcentaje de cobertura Indígena. de servicios itinerantes de Cultura Indígena. Cantidad de Programas de Educación Indígena revisados, actualizados y aprobados por el Consejo Asesoramiento docente. Superior de Educación. Número de docentes asesorados que atienden población indígena.
55 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Evaluación de la calidad Diagnóstico sobre la Implementar una nueva MEP que sustente la toma de oferta educativa para oferta educativa que se decisiones para el personas jóvenes y ajuste a las necesidades mejorar los procesos de adultos. de la población jóvenes y enseñanza y aprendizaje adultas. Ofrecer mediante las Porcentaje de jóvenes Aumentar la cobertura en MEP modalidades de insertados en el sistema el sistema educativo en educación de jóvenes y educativo en las diferentes modalidades. adultos oportunidades diferentes modalidades. educativas y el desarrollo de las habilidades, tomando en cuenta necesidades y características de la población joven. Lucha contra la exclusión Centros Educativos Un centro educativo en el MEP y el abandono escolar. líderes en prevención y que promueven atención de violencia. ambientes respetuosos, Promoción de ambientes solidarios e inclusivos seguros, con docentes y para la personas que estudiantes preparados conforman la comunidad para prevenir la educativa, lo cual violencia, la coadyuva con la discriminación y atender permanencia y el éxito los conflictos en un estudiantil. marco de respeto por los derechos humanos.
56 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Reducción de la violencia Asesoramientos Realización de los MEP en los centros educativos realizados. procesos con los diversos para favorecer la actores educativos en permanencia y éxito donde se estimulen el uso escolar. de técnicas para la prevención de la violencia y la inclusión de paradigmas inclusivos que busquen crear climas favorables y amigables que estimulen el sentido de pertenencia. Coordinación inter e intra Asesoramientos y Personal de diferentes MEP institucional para facilitar capacitaciones brindadas. instancias del MEP y procesos de otras instituciones asesoramiento, capacitados en las capacitación y formación diferentes temáticas. dirigidas a la comunidad Población estudiantil educativa y a otras capacitada en los poblaciones encargadas diferentes temas. de la atención de la población infanto juvenil sobre temáticas relacionadas con cultura de paz, derechos humanos, convivencia escolar, prevención y atención de la violencia.
57 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Innovación en los Cantidad acumulada de Centros educativos MEP procesos de enseñanza y centros educativos (instituciones de aprendizaje a partir de la (instituciones de preescolar, escuelas y incorporación de preescolar, escuelas y colegios) conectados y tecnologías móviles. colegios) equipados y equipados con recursos conectados. tecnológicos y tecnologías digitales, para su uso en los procesos de enseñanza aprendizaje; incorporando el mantenimiento, sostenibilidad y renovación de equipos. Cantidad acumulada de Nuevas Bibliotecas Bibliotecas transformadas transformadas en Centros en Centros de Recursos de Recursos en el para el Aprendizaje Aprendizaje (instituciones de (instituciones de preescolar, escuelas y preescolar, escuelas y colegios). colegios), habilitadas para su uso en los procesos de enseñanza aprendizaje.
58 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Promover procesos y Cantidad de centros Centros educativos MEP espacios en los que la educativos desarrollando implementando Planes de población estudiantil, planes de convivencia y Convivencia y el pueda fortalecer Festival estudiantil de las programa Festival conocimientos, Artes / Cantidad total de Estudiantil de las Artes. habilidades y actitudes a centros educativos. través de la expresión de su creatividad y talento, mediante el desempeño en las artes escénicas, plásticas, musicales y literarias, con base en los derechos y el establecimiento de una cultura de paz, contribuyendo así al mejoramiento de la calidad de los centros educativos. Implementación Cantidad de centros 100 centros educativos MEP Programa Con Vos 100 educativos seleccionados seleccionados Centros educativos implementando el implementando el líderes en prevención y programa. programa. atención de la violencia. Fortalecimiento integral Porcentaje de cobertura Fortalecimiento de los MEP de la educación indígena de servicios itinerantes de Programas de Educación sin prejuicio de su Lengua Indígena. Indígena.
59 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados cosmovisión y Porcentaje de cobertura cosmogonía. de servicios itinerantes de Cultura Indígena. Implementar protocolos Cantidad de centros Totalidad de centros MEP de atención de educativos educativos públicos del situaciones de violencia implementando los país implementando los en centros educativos. protocolos de atención. protocolos de atención. Servicios educativos para Número de Mayor cobertura de MEP III ciclo y educación especialidades educativas especialidades educativas diversificada técnica. ampliadas en zonas de en las zonas más vulnerabilidad. vulnerables del país. Gestión orientada a la Cantidad de centros Centros educativos MEP calidad a la equidad el educativos implementando el PIAD. servicio, la eficiencia, la implementando el PIAD transparencia y la (Programa de planificación como información para el alto compromisos superiores desempeño. con la comunidad educativa nacional. Innovación en los Porcentaje de centros Centros educativos con MEP procesos de enseñanza y educativos con acceso a acceso a internet. aprendizaje a partir de la internet a un 98%. incorporación de tecnologías móviles. Diseño del Programa Estudiantes con Nacional de Tecnologías capacidades en TIC para Móviles elaborado. mejorar sus procesos de
60 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados aprendizaje y destrezas Diagnóstico elaborado. para la vida. Cantidad de centros educativos (instituciones de preescolar, escuelas y colegios) implementando el Programa Nacional de Tecnologías Móviles. Porcentaje de estudiantes con capacidades en el uso de TIC. Evaluación de la calidad Número de pruebas Cumplimiento de MEP que sustente la toma de diagnósticas y estándares establecidos decisiones para mejorar certificadas aplicadas. coordinación por las los procesos de organizaciones enseñanza y aprendizaje. Participación de Costa responsables de las Rica en pruebas pruebas internacionales. internacionales. Lucha contra la exclusión Cantidad de nuevos Mejora en la MEP y el abandono escolar. espacios educativos. infraestructura educativa en todo el país. Renovación del sistema Cantidad de espacios de gestión y desarrollo de educativos amueblados. infraestructura educativa para atender de manera Cantidad de espacios oportuna las demandas, educativos con
61 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados en particular en zonas de mantenimiento. menor desarrollo. Innovación en los Cantidad acumulada de Centros educativos MEP procesos de enseñanza y centros educativos (instituciones de aprendizaje a partir de la (instituciones de preescolar, escuelas y incorporación de preescolar, escuelas y colegios) conectados y tecnologías móviles. colegios) equipados y equipados con recursos conectados. tecnológicos y tecnologías digitales, para su uso en los procesos de enseñanza aprendizaje; incorporando el mantenimiento, sostenibilidad y renovación de equipos. Cantidad acumulada de Nuevas Bibliotecas Bibliotecas transformadas transformadas en Centros en Centros de Recursos de Recursos en el para el Aprendizaje Aprendizaje (instituciones de (instituciones de preescolar, escuelas y preescolar, escuelas y colegios). colegios), habilitadas para su uso en los procesos de enseñanza aprendizaje.
62 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Promoción de ambiente Programa de Afectividad Elaboración del programa MEP educativos seguros, con Sexualidad para de Afectividad docentes y estudiantes Educación Diversificada Sexualidad para preparados para prevenir implementando. Educación Diversificada. la violencia, la discriminación y atender los conflictos en un marco de respeto por los Derechos Humanos. Promoción de procesos y Capacitaciones Realización de los MEP espacios para la realizadas. procesos Electorales participación estudiantil Estudiantiles en todos los en el programa de centros educativos del gobiernos estudiantiles, país respetuosos de las que fortalezcan las reformas al Reglamento competencias ciudadanas de Gobiernos de la población Estudiantiles (Decreto estudiantil, contribuyan al 35333-MEP). mejoramiento de la calidad de los centros educativos y al respeto de los derechos humanos. Promoción de procesos y Capacitaciones Realización de proyectos MEP espacios para la realizadas. de Servicio Comunal en participación estudiantil los centros educativos del en el programa de país respetuosos de lo servicio comunal establecido en el Decreto estudiantil, que 30226-MEP.
63 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados fortalezcan las competencias ciudadanas de la población estudiantil, contribuyan al mejoramiento de la calidad de los centros educativos y al respeto de los derechos humanos. 16. 2 Eje Participación Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Coordinar acciones de Número de Acciones de Personas jóvenes CPJ motivación e Motivación e información informadas y motivadas información sobre el realizadas. a participar en procesos derecho de la de elección popular. participación en los procesos de elección popular. Incidir para el Número de Comités Comités Cantonales de la CPJ mejoramiento en la Cantonales de la Persona Persona Joven cuentan formulación y ejecución Joven asesorados en la con asesoría y de los proyectos de los formulación de proyectos. acompañamiento en la Comités Cantonales de la formulación y ejecución Persona Joven. de proyectos anuales.
64 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Incidir en las Número de Municipalidades cuentan CPJ municipalidades para la municipalidades con con registros locales de confección de los registros de organizaciones juveniles. registros municipales organizaciones juveniles organizaciones juveniles. actualizados. Elaborar un modelo de Modelo de gestión y Comités Cantonales de la CPJ gestión y atención de los atención de las casas Juventud cuentan con un espacios de juventud y cantonales de juventud modelo de gestión y recintos de juventud. elaborado y validado. atención para las Casas Cantonales de la Juventud. Diseñar un modelo de Un Modelo de Organizaciones, CPJ voluntariado aplicable a Voluntariado para instituciones y personas organizaciones e personas jóvenes diseñado jóvenes cuentan con un instituciones interesadas y validado. modelo de voluntariado en trabajar con las diseñado y validado. personas jóvenes. Asesorar a Numero de organizaciones Organizaciones e CPJ organizaciones e e instituciones asesoradas instituciones asesoradas instituciones interesadas en el Modelo de en el Modelo de en aplicar el modelo de Voluntariado diseñado. Voluntariado diseñado. voluntariado. Coordinar con el Documento en el cual se Procesos de capacitación CPJ Ministerio de Trabajo, la indiquen las necesidades técnica acordes a las definición de necesidades de capacitación técnica necesidades establecidas en temas de capacitación para las personas con por el Ministerio de técnica, para las personas discapacidad. Trabajo para las personas jóvenes con discapacidad. jóvenes con discapacidad.
65 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Coordinar con el Documento en el cual se Procesos de capacitación CPJ Consejo Nacional de indiquen las necesidades técnica acordes a las Rehabilitación para la de capacitación técnica necesidades establecidas definición de las para las personas con por el CNREE para las necesidades de discapacidad. personas jóvenes con capacitación y recreación discapacidad. de las personas jóvenes con discapacidad. Organización y 13 encuentros inclusivos 3500 personas jóvenes CPJ ejecución de proyectos de capacitación y entre 12 y 35 años de discapacidad para recreación para personas participan de encuentros personas jóvenes en el jóvenes con discapacidad inclusivos de marco del Programa realizados. capacitación y Institucional. recreación. Número de participantes 80% de las personas de los encuentros son jóvenes participantes en personas jóvenes con los encuentros inclusivos discapacidad. de capacitación y recreación son personas jóvenes con discapacidad. Proyectos ejecutados Personas jóvenes con discapacidad, capacitadas y recreadas.
66 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Realizar campañas de Cantidad de campañas Población informada CPJ divulgación masivas, realizadas. sobre las actividades y para la presentación y proyectos para Personas participación de las Jóvenes con actividades y proyectos Discapacidad. para personas jóvenes con discapacidad. Promover la actividad Parques biosaludables 80 parques instalados en ICODER física mediante la instalados el cuatrienio instalación de Parques Biosaludables (máquinas de ejercicios) en cantones seleccionados. Promover la realización Proyectos de CCDR 110 proyectos ICODER de proyectos recreativos financiados y ejecutados. financiados y ejecutados presentados por CCDR en el cuatrienio. en cantones seleccionados. Promover la actividad Proyectos de Juegos 111 proyectos ICODER física y la recreación los Recreativos presentados financiados y ejecutados Juegos Recreativos por los CCDR financiados en el cuatrienio. Cantonales. y ejecutados. Coordinar acciones Espacios de coordinación Identificados espacios de CPJ interinstitucionales que interinstitucional a nivel Coordinación involucren personas local y regional interinstitucional a nivel jóvenes y a los Comités identificados. local y regional. Cantonales de la Persona Joven.
67 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Acciones de coordinación Acciones de interinstitucional y con Coordinación CCPJ realizadas. Interinstitucional realizas en los diversos espacios locales y regionales establecidos para eso. Fomentar la Jornadas regionales de 11 jornadas regionales de CPJ participación de los y las capacitación realizadas. capacitación. jóvenes en la promoción de la libertad y seguridad de las personas jóvenes. Abrir espacios para la Encuentros nacionales de 3 encuentros nacionales CPJ expresión y participación Juventud realizados. de juventud con 50 juvenil para la validación personas cada uno (150 de derechos de las participantes en total). personas jóvenes. Abrir espacios con las Juventudes participan de 700 personas jóvenes al CPJ municipalidades para espacios de diálogo y año participan de promover una mayor expresión. espacios de diálogo y participación de los expresión a nivel gobiernos locales en regional y local. articulación con las juventudes cantonales Acciones 20 encuentros para el reconocimiento Interinstitucionales municipales y juventudes de sus necesidades e coordinadas. realizados. intereses.
68 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Generar lineamientos en Lineamientos generados. Lineamientos y CPJ las instituciones para que directrices para la involucren en sus apertura de espacios de acciones a las personas expresión y opinión de jóvenes incluyendo la las personas jóvenes en opinión de las personas instituciones públicas jóvenes en proyectos que generadas. los atañen. Acciones de promoción o Acciones promoción e incidencia de dichos incidencia de los lineamientos realizadas. lineamientos realizados. Brindar apoyo técnico a Acciones de asesoría a Comités Cantonales de la CPJ los Comités Cantonales CCPJ realizada. Persona Joven de la Persona Joven con asesorados. el fin de procurar el cumplimiento de sus objetivos y adecuado uso de los recursos según se establece en la ley 8261. Mapear y divulgar la Un mapeo de la oferta de Oferta con que cuentan CPJ oferta con la que cuentan las instituciones con las instituciones con las instituciones con recursos para proyectos recursos para proyectos recursos para proyectos juveniles. juveniles mapeada y juveniles. divulgada. Asesoría técnica a Número de organizaciones Organizaciones y grupos CPJ organizaciones y grupos y grupos juveniles juveniles reciben juveniles de acuerdo a la asesorados en sus procesos asesoría técnica de parte demanda. organizativos. del CPJ en sus procesos organizativos.
69 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Establecer coordinación Acciones de Coordinación Personas jóvenes CPJ con diversas para la ejecución de cuentan con instituciones para la capacitaciones en capacitaciones en ejecución de organización y organización y capacitaciones en participación juvenil con participación juvenil organización y otras instituciones gracias a la coordinación participación juvenil, de realizadas. interinstitucional. manera que se fortalezcan las existentes y se generen nuevas formas de asociacionismo. Velar por que los Número de Encuentros Encuentros Municipales CPJ Comités Cantonales de la Municipales y de Juventud y de Juventud incorporan Persona Joven sean que incorporan a los CCPJ dentro de su temática la tomados en cuenta en los en sus acciones. importancia de procesos, programas y incorporar a los CCPJ en acciones coordinadas sus acciones. dentro de los municipios. Acciones de incidencia en Municipalidades las Municipalidades para incorporan los CCPJ en que incorporen a los CCPJ sus programas y en sus acciones y acciones. programas.
70 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Motivar a la Asamblea Acciones de coordinación Asamblea de la Red CPJ Nacional de la Red y motivación realizadas Nacional Consultiva de Consultiva para que con la Asamblea de la la Persona Joven cuenta promueva una mayor Red. con mayor participación. participación de las personas jóvenes en sus representadas. Incentivar la Número de Acciones de Personas jóvenes CPJ participación y sensibilización y sensibilizadas y representatividad política empoderamiento empoderadas a participar de la población joven por realizadas. en procesos de elección medio de la popular. sensibilización y empoderamiento. Promover la Número de Acciones de Personas jóvenes CPJ participación de los y las Motivación e información informadas y motivadas jóvenes en los procesos realizadas. a participar en procesos democráticos de elección popular. fomentando el derecho al voto y la importancia del mismo. Diagnosticar la Un diagnóstico de la Se cuenta con un CPJ condición actual de participación de las y los diagnóstico de la participación de los y las jóvenes en los procesos participación de las jóvenes en los procesos electorales realizado. personas jóvenes en los electorales. procesos electorales.
71 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Realizar un mapeo de Un mapeo de Un mapeo de CPJ organizaciones, organizaciones, organizaciones, fundaciones, fundaciones, instituciones fundaciones, instituciones y instituciones y demás y demás agrupaciones que demás agrupaciones que agrupaciones que trabajen con la juventud. trabajen con la juventud efectuado. trabajen con juventud. Establecer acciones de Lineamientos para la Instituciones Públicas CPJ rectoría que indiquen la participación de personas generan mecanismos de obligatoriedad de jóvenes en los procesos de consulta y participación generar mecanismos de consulta elaborados y para personas jóvenes. consulta y participación divulgados. de las personas jóvenes, a nivel local y nacional, en los procesos de Número de consultas Personas Jóvenes a nivel decisión y en la realizadas nivel local y local y nacional son formulación de leyes, nacional sobre leyes, consultadas sobre leyes, políticas, programas y políticas, programas o políticas, programas o proyectos que les proyectos que afecten a las proyectos que les afecten. personas jóvenes. afecten. Elaboración de Fases de elaboración del Programa Nacional de DINADECO Propuesta del Programa programa. Liderazgo Juvenil Nacional de Comunitario. Liderazgo Juvenil Comunitario.
72 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Programa de mentoría de Fases de elaboración Programa Nacional de DINADECO la Propuesta del del programa Liderazgo Juvenil Programa Nacional de Comunitario. Liderazgo Juvenil Comunitario. Brindar asesoría y Porcentaje de asesorías, Más proyectos de CONAPDIS asistencia técnica a la evacuadas. recreación para personas Comisión de Proyectos jóvenes con para Jóvenes con discapacidad. Discapacidad, del Consejo de la Persona Joven. Acciones de divulgación Porcentajes de acciones de Población joven con CONAPDIS de proyectos de divulgación, realizadas. discapacidad con acceso recreación para personas a la información sobre jóvenes con proyectos de recreación, discapacidad. financiados con los recursos de la Junta de Protección Social. Impulso de la Cantidad de estudiantes de INAMU participación política de secundaria capacitadas y las mujeres. capacitadas en género y participación política.
73 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 19. 3 Eje Trabajo Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Incrementar la Porcentaje de Personas Población con MTSS empleabilidad de la con discapacidad, con discapacidad que población joven entre 17 requisitos para participar incrementa sus y 24 años en grupos del programa capacidades laborales vulnerables mediante EMPLEATE, capacitados con acciones de capacitación, orientación en áreas de mayor capacitación en para el trabajo y demanda del mercado orientación laboral emprendedurismo. laboral y de acuerdo a las condiciones de esa población Elaborar estudios de No. de estudios de Estimaciones sobre el MTSS prospección laboral que Prospección Laboral comportamiento futuro permita conocer el realizados en el MTSS y del mercado de trabajo comportamiento del que contribuyen a orientar en Costa Rica. mercado laboral. la educación secundaria. Disminuir el trabajo Porcentaje de disminución Trabajo adolescente MTSS adolescente en Costa de la cantidad de personas disminuido en Costa Rica. adolescentes entre 15 y 17 Rica años que trabajaron en el 2013 Disminuir el trabajo Porcentaje de disminución Trabajo infantil MTSS infantil y sus peores de la cantidad de niños y disminuido formas. niñas entre 12 y 14 años que trabajan en el 2013
74 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Incrementar la Número de personas Personas Jóvenes entre MTSS empleabilidad de la jóvenes entre 17 y 24 años 17 y 24 años en población joven entre 17 en condición de condición de y 24 años en grupos vulnerabilidad egresados vulnerabilidad vulnerables mediante de programas de capacitados en formación capacitación, orientación capacitación, según técnica, ocupacional en para el trabajo y demanda del mercado áreas de mayor demanda emprendedurismo. laboral a nivel nacional. del mercado laboral. Programa de Cantidad de Fomento de la cultura y MEIC Emprendimiento Juvenil. emprendimientos nuevos mentalidad de jóvenes que reciben emprendedora en los apoyo empresarial y jóvenes. Transferencia de técnico. la metodología Conozca de Empresa (CODE) a profesores de Colegios Técnicos Profesionales mediante una capacitación teórica- práctica que le permita a los docentes fomentar la cultura y el espíritu emprendedor en los jóvenes estudiantes. Incidir en las entidades Un inventario de la oferta Inventariada la oferta CPJ crediticias del país para crediticia y sus crediticia y sus que se facilite el crédito condiciones para el condiciones para el
75 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados para el establecimiento establecimiento de establecimiento de de empresas propias para empresas desarrolladas empresas desarrolladas personas jóvenes con por personas con por personas con discapacidad discapacidad. discapacidad. Una propuesta para Elaborada una propuesta facilitar el acceso al para facilitar el acceso al crédito para que las crédito para que las personas jóvenes con personas jóvenes con discapacidad generen sus discapacidad generen sus propias. propias empresas. Cantidad de entidades crediticias que se les presentó la propuesta. Realizar acciones de Cantidad de proyectos Jóvenes con discapacidad CPJ coordinación ejecutados. que cuenten con interinstitucional, habilidades que intersectorial y ONG´S favorezcan su inserción para la formulación de al mercado laboral. proyectos dirigidos a la formación profesional y técnica, formal y no formal a fin de favorecer la incorporación al mercado laboral de las
76 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados diversas juventudes en especial a personas jóvenes con discapacidad. Brindar asesoría y Porcentaje de solicitudes Más personas con CONAPDIS asistencia técnica a de asesoría y asistencia discapacidad incluídas en instancias encargadas de técnica evacuadas. los planes de estudio. la formación profesional y técnica, formal y no formal, para la inclusión de personas con discapacidad. Fiscalizar que las Porcentaje de instancias Más personas con CONAPDIS instancias encargadas de encargadas de la discapacidad incluídas en la formación profesional formación profesional y los planes de estudio. y técnica, formal y no técnica, formal y no formal, incluyan a formal, fiscalizadas. población joven con discapacidad. Brindar asesoría y Porcentaje de solicitudes Más personas jóvenes CONAPDIS asistencia técnica a la de asesoría y asistencia con discapacidad, Comisión Técnica de la técnica evacuadas. acceden a estrategias de Secretaría Técnica del capacitación para Consejo Nacional de mejorar su nivel de Intermediación de empleabilidad. Empleo, respecto de las acciones relacionadas
77 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados con la empleabilidad de las personas jóvenes con discapacidad. Fiscalizar que las Porcentaje de instituciones Más jóvenes con CONAPDIS instituciones encargadas encargadas de crear y discapacidad, incluidos de crear y ejecutar ejecutar mecanismos para en mecanismos para el mecanismos para el el financiamiento de financiamiento de financiamiento de estrategias para la estrategias para la estrategias para la capacitación de las capacitación de las capacitación de las personas jóvenes, personas jóvenes, personas jóvenes, fiscalizadas. incluyen población joven incluyan a población con discapacidad. joven con discapacidad. Brindar asesoría a Porcentaje de solicitudes Más jóvenes con CONAPDIS instancias encargadas de de asesorías, evacuadas. discapacidad facilitar créditos beneficiados con créditos accesibles y blandos, y asistencia técnica. asistencia técnica para el emprendedurismo, a jóvenes con discapacidad.
78 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Fiscalizar que las Porcentaje de instancias Más jóvenes con CONAPDIS instancias encargadas de encargadas de facilitar discapacidad incluidos en facilitar créditos créditos accesibles y proyectos de recreación y accesibles y blandos, así blandos, asistencia técnica deporte. como asistencia técnica para el emprendedurismo, para el a jóvenes con emprendedurismo, discapacidad. incluyan a jóvenes con discapacidad. Programas de Formación Número de personas Personas con nivel de INA Profesional egresadas. cualificación que les permita ingresar al mercado laboral Intermediación de Número de Personas Mayor cobertura de los INA empleo por medio de la egresadas utilizando la beneficios de la página buscoempleo.com plataforma electrónica. plataforma a nivel de y la ejecución de ferias egresados INA. vocacionales. www.buscoempleo.com Programas de Cantidad de personas Personas egresadas en INA capacitación y egresadas en programas de programas con Formación Profesional. capacitación con Discapacidad con perfil Discapacidad. profesional técnico. Cantidad de personas Personas egresadas en egresadas en formación formación con con Discapacidad. Discapacidad.
79 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Programa de ayudas Número de personas Estimular la INA Económicas. estudiantes con beneficio participación y de la ayuda. permanencia de las personas jóvenes con Discapacidad. Programas de Número de personas Mejoramiento de las INA capacitación. egresadas en programas de competencias de las capacitación. personas jóvenes Programas de Formación Número de personas Personas con nivel de INA Profesional. egresadas. cualificación que les permita ingresar al mercado laboral. Empresas participantes Número de empresas Empresas contratan INAMU del programa SIGIEG y participantes del SIGIEG mujeres jóvenes en mujeres jóvenes de 18 a que contratan mujeres igualdad de condiciones 35 años. jóvenes. y sin discriminación con respecto a los hombres. Incorporar la Cantidad de mujeres Mujeres jóvenes reciben INAMU participación de mujeres jóvenes participantes del capacitación y asistencia jóvenes como programa EMPRENDE. técnica para el beneficiarias y criterio de emprendimiento. selección de los Cantidad de mujeres Mujeres jóvenes cuentan programas EMPRENDE jóvenes que acceden a con recursos económicos y FOMUJERES. recursos de FOMUJERES para financiar sus para la financiación de sus actividades productivas ideas productivas. nuevas o mejorar las existentes.
80 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Programa Cantidad de asesorías Dirección Nacional y INAMU Corresponsabilidad brindadas a Direcciones Regionales social en los cuidados. funcionarios/as públicos e de CEN CINAI instituciones. desarrollando acciones para la incorporación del enfoque de género y corresponsabilidad social en su quehacer institucional. Programa Número de Centros de INAMU Corresponsabilidad Cuido y Desarrollo social en los cuidados. Integral-CECUDI municipales con personal sensibilizado y capacitado en los enfoques de género, derechos y corresponsabilidad social en los cuidados y con material didáctico especializado.
81 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 16.4 Eje Vivienda Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Incidir en la Número de acciones Al menos una acción CPJ institucionalidad pública apropiadas por la estratégica es apropiada responsable de las institucionalidad pública por la institucionalidad Políticas de Vivienda en responsable de las pública responsable de que se apropien de las Políticas de Vivienda en las Políticas de Vivienda. acciones de la Política que se apropien de las Pública de la Persona acciones de la Política Joven en vivienda. Pública de la Persona Joven en vivienda. 16. 5 Eje Cultura Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Incidir en la Número de acciones Al menos tres acciones CPJ institucionalidad pública apropiadas por la estratégicas son responsable de las institucionalidad pública apropiadas por la Políticas Culturales se responsable de las institucionalidad pública apropie de las acciones Políticas Culturales en que responsable de las estratégicas de la Política se apropien de las Políticas Culturales. Pública de la Persona acciones de la Política Joven en el campo de la Pública de la Persona Cultura. Joven relacionadas con la Cultura.
82 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Promover espacios de Cantidad de jóvenes Incentivada la MCJ – Dirección de intercambio cultural participantes en cada uno participación joven en Cultura entre territorios como de los encuentros cada uno de los mecanismo para el indígenas procedentes de encuentros indígenas fortalecimiento de la las comunidades indígenas procedentes de las identidad indígena involucradas. comunidades indígenas involucradas. 16. 6 Eje Ambiente Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Integración de grupo de Cantidad de propuestas Equipo de trabajo activo, MINAE trabajo interinstitucional recibidas para desarrollar integrado por para la implementación programas de capacitación funcionarios de MINAE, de la Política Nacional local. SINAC y el CPJ; los de la Persona Joven en cuales trabajaran en la temas ambientales. identificación de temas y actores prioritarios para desarrollar programas de capacitación.
83 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Desarrollo de programas Cantidad de programas de Desarrollo de programas MINAE de capacitación y capacitación desarrollados de capacitación y protección ambiental / Cantidad de personas protección ambiental en dirigidos a personas jóvenes capacitadas. conjunto con los comités jóvenes involucradas en cantonales de la persona Comités Cantonales de la joven en los cuales Persona Joven y ONG's participen personas parte de la Red de la jóvenes de la localidad Persona Joven. para que se capaciten en temas de interés práctico, basados en la realidad de su región. Promoción de la Porcentaje de Visibilizar y promover MINAE participación de personas participación de personas una mayor participación jóvenes en los programas jóvenes en relación con el de personas jóvenes en de voluntariado que se total de personas que las actividades de realizan en las áreas participan en las voluntariado de las áreas protegidas. actividades de de conservación. voluntariado en las áreas de conservación. Promoción de la Porcentaje de Visibilizar y promover MINAE participación de personas participación de personas una mayor participación jóvenes en las brigadas jóvenes en relación con el de personas jóvenes en forestales de prevención total de personas que las brigadas forestales. y control de incendios. participan en las brigadas forestales.
84 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 16. 7 Eje Prevención de la Violencia Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Capacitación a redes de Cantidad de Redes de Incrementar la Ministerio de Justicia y jóvenes y sus familias en Jóvenes capacitadas en participación alternativa Paz temas asociados a la temas asociados a y propositiva de las prevención de la prevención de la violencia familias, las personas violencia. menores de edad, y jóvenes en la prevención Desarrollo de procesos Porcentaje de integrantes Incrementar la Ministerio de Justicia y de promoción y de la Red Nacional de participación alternativa Paz prevención de la Jóvenes participando en y propositiva de las violencia. procesos de promoción y familias, las personas prevención de la violencia. menores de edad, y jóvenes en la prevención. Implementación de los Cantidad de Centros Reducir la incidencia Ministerio de Justicia y Centros Cívicos por la Cívicos por la Paz y de delictiva de los jóvenes Paz Paz y de Cuido Diurno. Cuido Diurno operando. en riesgo en las áreas de influencia del programa.
85 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Implementar a nivel N/A Ejecutar a nivel nacional Ministerio de Justicia y nacional el Programa el Programa Arte por la Paz Arte por la Paz para la Paz, en Centros de Prevención de la Privados de Libertad, Violencia, la Promoción Centros Educativos, de la Paz Social y del Centros Cívicos por la Desarrollo Integral”. Paz, Comunidades, Universidades, Instituciones Gubernamentales y otras instancias para la prevención de la violencia y el desarrollo integral de la persona. Procesos de atención Cantidad de grupos de Ministerio de Justicia y grupales: inducción, fase procesos de atención Paz integral, fase terapéutica grupal. común y fase terapéutica específica
86 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Implementación de Cantidad de personas Ministerio de Justicia y distintas modalidades privadas de libertad que Paz educativas formales concluye un proceso educativo formal. (Gestión/ Eficacia) Personas privadas de libertad graduadas en programas educativos formales. (Gestión/ Eficacia) Implementación de Cantidad de personas Ministerio de Justicia y actividades de privadas de libertad Paz capacitación y/o participando en procesos formación. de capacitación con certificados. (Gestión/ Eficacia). Porcentaje de población penal juvenil sentenciada, que durante la ejecución de la sanción penal, cuenta con la intervención de la familia, en los diferentes procesos de atención (Gestión Eficacia)
87 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Coordinar la Cantidad de acciones de Población joven atendida CPJ aplicabilidad y defensa coordinación en la adecuadamente de los derechos de las aplicación y defensa de los personas jóvenes con la derechos de las Personas Visualizar la población Defensoría de los Jóvenes. joven como grupo Habitantes. prioritario de atención. Acciones de coordinación con la Defensoría de los Habitantes realizadas para la aplicación y exigibilidad de los derechos de las personas jóvenes. Divulgación frecuente de Cantidad de acciones de Personas jóvenes CPJ los derechos de las divulgación de los informadas sobre sus personas jóvenes a través derechos de las personas derechos. de las redes sociales jóvenes efectuadas en virtuales y la TV. redes sociales virtuales y Ciudadanía en general TV. sensibilizada de los derechos que tienen las personas jóvenes.
88 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Divulgación y Número de actividades en En todas las actividades CPJ promoción del Enfoque que se incorporó el efectuadas por el Consejo de Juventudes. Enfoque de Juventudes. Nacional de la Persona Joven se incorporó el Enfoque de Juventudes. Realizar acciones de Un mapeo de las Mapeadas las instancias CPJ coordinación instancias con que cuenta con que cuenta las interinstitucional e las personas jóvenes para personas jóvenes para intersectorial para la plantear sus denuncias. plantear sus denuncias. prevención y métodos de denuncia para las Divulgadas las instancias personas jóvenes. Número de acciones existentes para que las divulgativas de las personas jóvenes puedan instancias con que cuenta efectuar sus denuncias. las personas jóvenes para plantear sus denuncias. Fortalecer la Número de personas Personas jóvenes CPJ participación de jóvenes participantes de participan de programas población joven en los programas de de capacitación, programas de capacitación, sensibilización y capacitación, sensibilización y formación de los Centros sensibilización y formación de los Centros Cívicos. formación de los Centros Cívicos. Cívicos.
89 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Coordinar con el Colegio Cantidad de profesionales Periodistas capacitados CPJ de Periodistas, en periodismos para realizar notas Espectáculos Públicos y capacitados y respetando la imagen de control de propaganda sensibilizados con el las personas jóvenes de para la protección de la Enfoque de Juventudes. acuerdo al Enfoque de imagen de las personas Juventudes. jóvenes. Promover la protección Número de integrantes de Funcionarios de la CPJ de la imagen y el la Comisión de Control y Comisión de Control y desarrollo cognitivo de Calificación de Calificación de las personas jóvenes Espectáculos Públicos Espectáculos Públicos dentro de la Comisión decapacitados y capacitados con el Control y Calificación de sensibilizados con el Enfoque de Juventudes. Espectáculos Públicos. Enfoque de Juventudes. Coordinar con el Número de acciones de Conocidos los avances en CPJ CONAMAJ, para valorar coordinación con el la reducción de la re los avances en la CONAMAJ para conocer victimización en las reducción de la re los avances en la personas jóvenes victimización en las reducción de la re víctimas de abuso. personas jóvenes victimización en las víctimas de abuso. personas jóvenes víctimas de abuso. Atención psicológica Mujeres víctimas de Porcentaje de mujeres INAMU grupal para mujeres violencia sexual en todo el jóvenes atendidas víctimas de violencia país anualmente por violencia sexual. o abuso sexual
90 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Programa de Cantidad de personal del Formadores del Consejo INAMU Capacitación en VcM y Consejo de la Persona de la Persona Joven Trata de personas a Joven capacitado en capacitados en Violencia formadores del Consejo Violencia contra las contra las mujeres y trata de la Persona Joven. mujeres y trata de de personas. personas, con énfasis en juventud. Mantener la popularidad Cantidad de visitas o "me INAMU del espacio virtual gusta", al espacio virtual "Machistas en o redes sociales rehabilitación" en el "Machistas en portal Web o redes Rehabilitación " del sociales del INAMU. INAMU.
91 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 16. 8 Eje Salud Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Implementación del 3 cantones implementando 3 hayan cantones MINSA Modelo Intersectorial de el modelo implementando el Prevención y Atención modelo de Embarazo Adolescente. Promoción de estilos de 40 % avance del Plan Adolescentes de MINSA vida saludables. Movete. secundaria desarrollando actividad física Oficialización y Norma Publicada y Funcionarios de las áreas MINSA Divulgación de la Norma divulgada. rectoras de salud de Salud Sexual y divulgando y capacitando reproductiva en la norma nacional de salud. Programa de Un programa de Contar con un programa MINSA capacitación institucional capacitación dirigida a institucional. funcionando. padres de familia de adolescentes.
92 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Celebración del Día Carrera realizada. 1. Población joven más MINSA Mundial sin Tabaco en el consciente del beneficio que se desarrollara la II de la actividad física carrera jóvenes sin como protector del tabaco. fumado. 2. Jóvenes sensibilizados acerca del daño que el comercio ilícito de tabaco causa a la salud y porque aumenta la accesibilidad y la asequibilidad de esos productos, dado su menor costo. Desarrollo de un sistema Sistema de evaluación Sistema de evaluación MINSA de evaluación de indicadores de indicadores de indicadores de cumplimiento de norma cumplimiento de norma cumplimiento de norma nacional dirigida a nacional dirigida a nacional dirigida a adolescentes componente adolescentes componente adolescentes componente SSRR funcionando. SSRR funcionando. SSRR. Salud Mental. Porcentaje de avance del Áreas de salud MINSA Plan de Salud Mental. desarrollando acciones de prevención.
93 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Programa de Adolescentes madres y 120 adolescentes madres MINSA Capacitación de embarazadas de 12 a 19 y embarazadas de 12 a 19 fortalecimiento para la años capacitadas. años capacitadas. vida de adolescentes madres y embarazadas. Diseño de una estrategia Número de funcionarios Funcionarios de 6 MINSA de capacitación diseñada capacitados. instituciones capacitados. dirigida a funcionarias. Cantidad de instituciones con funcionarios capacitados. Talleres de capacitación Número. de funcionarios Fortalecer el modelo de INAMU a funcionarios y (as) del HOSPMUJERES atención integral de la funcionarias del capacitados en género y salud de las mujeres del HOSPMUJERES, en salud sexual y Hospital de las Mujeres. materia de género y reproductiva salud sexual y salud reproductiva. Talleres de capacitación Número de mujeres INAMU en salud sexual y adolescentes-madres que reproductiva para reciben capacitación en mujeres en condiciones salud sexual y de pobreza y reproductiva en todas las vulnerabilidad. regiones del país. Incremento de la oferta Número de Áreas de Salud Mayor disponibilidad y CCSS anticonceptiva, mediante que han incrementado la accesibilidad al uso de el métodos modernos, oferta anticonceptiva. anticonceptivos. seguros y eficaces.
94 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Ejecutar acciones de Número de Áreas de Salud Servicios de salud CCSS prevención, detección ejecutando acciones. ejecutando acciones de oportuna y atención de prevención, detección las personas con oportuna y atención de trastornos mentales, del las personas con comportamiento y trastornos mentales, del consumidoras de comportamiento y sustancias psicoactivas. consumidoras de sustancias psicoactivas. Conformar equipos Número de equipos Establecimientos de CCSS interdisciplinarios en los interdisciplinarios salud provistos de establecimientos de conformados. equipos salud para la atención interdisciplinarios para la ambulatoria de personas atención ambulatoria de con adicciones y personas con adicciones problemas de salud y problemas de salud mental. mental. Participación en el Número de Colegios Adolescentes informados CCSS Proyecto "Ponele a la participando en el en estilos de vida Vida" del Ministerio de Proyecto. saludable con énfasis en Salud. actividad física y alimentación saludable. Promocionar que la Porcentaje de población Consumo de frutas y CCSS población de 20 años y de 20 años y más que vegetales en población de más, consuma frutas y consume frutas y 20 años y más vegetales (Mayor o igual vegetales. incrementado. a 5 porciones diarias).
95 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Promocionar que la Porcentaje de incremento Práctica de actividad CCSS población de 20 años y de población mayor de 20 física en población de 20 más realice actividad años realizando actividad años y más física moderada y alta. física moderada o alta. incrementada. Implementación del Número de Áreas de Salud Implementación del CCSS Sistema Integrado de con SIFF implementado. Expediente digital en el Ficha Familiar (SIFF) en primer nivel de Atención, el primer nivel de para mejorar la calidad Atención en la prestación de servicios de salud. Implementación del Número de Áreas de Salud Implementación del CCSS Sistema de con SIAC implementado. Expediente digital en el Identificación, Agendas primer nivel de Atención, y Citas (SIAC) en el para mejorar la calidad primer nivel de en la prestación de Atención. servicios de salud. Implementación del Número de Áreas de Salud Implementación del CCSS Sistema Integrado de con SIES implementado. Expediente digital en el Expediente de Salud primer nivel de Atención, (SIES) en el primer nivel para mejorar la calidad de Atención. en la prestación de servicios de salud.
96 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Acciones Indicadores de Resultados Institución ejecutora institucionales cumplimiento esperados Recordatorio a los Número de circulares Jóvenes con mejor CCSS funcionarios por medio emitidas. acceso a los servicios de de circulares, de la salud. normativa institucional sobre los derechos de salud de las personas jóvenes.
97 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 16. 9 Sector agropecuario Se agrega las acciones estratégicas establecidas en el Pilar 2 del Sector Agropecuario que se refiere a “Oportunidades para la juventud del agro y de los territorios rurales”, por cuanto se vinculan a las acciones estratégicas de la Política Pública de la Persona Joven: 49, 50, 81 y 110. Áreas estratégicas 7.2.1 Visibilización y sensibilización de las personas jóvenes para integrarse en los diferentes ámbitos de las comunidades rurales Los procesos de visibilización y sensibilización se llevaran a cabo, tanto en la institucionalidad pública como en la privada, en las comunidades y en los grupos de jóvenes y, tendrán como propósito el desarrollo de sus potencialidades. Acciones estratégicas a) Generación y difusión de la información desagregada correspondiente a las personas jóvenes de acuerdo con su franja etaria (12-18 años, 19-25 años y 26-35 años). b) Diseño y aplicación de una estrategia de sensibilización diferenciada y dirigida a las instituciones públicas y privadas y las comunidades, para la atención de las necesidades de las personas jóvenes rurales. c) Desarrollo de estudios básicos nacionales y regionales acerca de la situación educativa y ocupacional de los jóvenes, para contar con la información adecuada en los procesos de formulación de políticas públicas y sensibilización interinstitucional. 7.2.2 Desarrollo de capacidades en jóvenes rurales para el desarrollo humano, la asociatividad y la organización juvenil Los procesos de desarrollo de capacidades psicosociales de las personas jóvenes deben ejecutarse tomando en cuenta sus especificidades (nivel educativo, situación ocupacional, nivel etario y enfoque de género). Acciones estratégicas a) Ejecutar procesos de formación de valores para lograr el arraigo y la asociatividad de las personas jóvenes, así como las capacidades de gestión para ejercer su ciudadanía e integrarse en los espacios de participación rural, mediante la metodología de los Clubes 4-S, en las escuelas, los liceos rurales y los colegios técnicos.
98 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. b) Desarrollo de un programa de formación y capacitación permanente dirigido a las instituciones que conforman la red de apoyo a las personas jóvenes y fomento de redes de jóvenes en el ámbito territorial, regional y nacional. c) Desarrollo de procesos para la formación de capacidades sociales asociativas de los jóvenes y mayor participación en los Consejos Territoriales de Desarrollo Rural y otras formas de organización comunal. d) Desarrollo de procesos de capacitación horizontal, formación de líderes juveniles e intercambio de experiencias entre grupos de jóvenes, en los ámbitos local, regional, nacional e internacional, adecuados a las potencialidades y demandas de los diferentes territorios. e) Elaboración e implementación de un plan de capacitación, según la franja etaria, intereses y actitudes de las personas jóvenes, manteniendo un acompañamiento permanente durante el proceso de formación previo al establecimiento de un emprendimiento. 7.2.3 Formación del capital humano en colegios técnicos que les permita a los jóvenes acceso a empleos de calidad o a emprendimientos productivos La creación de los perfiles de los jóvenes en colegios técnicos, liceos rurales y ofertas educativas para jóvenes adultos, en coordinación con el Ministerio de Educación Pública, permitirán el acceso a trabajos de calidad o emprendimientos en las diferentes actividades económicas de la ruralidad. Acciones estratégicas a) Implementación de la metodología de los Clubes 4-S en las escuelas, los liceos rurales y los colegios técnicos, para la formación en enfoques del agro (seguridad alimentaria y nutricional, pesca, recursos naturales, cambio climático, valor agregado, cadenas de valor), con el fin de lograr el arraigo y el emprendedurismo juvenil. b) Establecimiento de programas de reinserción educativa y alternativas integrales de educación adecuadas al contexto rural (educación básica, educación digital, técnica, gestión empresarial y emprendedurismo y planes de negocio) para jóvenes que no estén incorporados al sistema educativo formal.
99 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. c) Fomentar el modelo del cooperativismo como una alternativa para el desarrollo de emprendimientos. d) Coordinación con el MEP para implementar en los liceos rurales y colegios técnicos un programa de formación de competencias emprendedoras e innovadores para la formulación de los planes de negocios que les permita el desarrollo y consolidación de sus emprendimientos. e) Desarrollo de programas de acompañamiento en la transición de los jóvenes emprendedores e innovadores de los colegios técnicos al sector productivo. f) Establecimiento de una comisión intersectorial MEP-MAG-INA-INDER y las universidades para readecuar el currículo de los colegios técnicos, de manera que permita la transformación de la educación rural y se fomente la importancia y el valor de la agricultura en el desarrollo rural. g) Fortalecimiento de la infraestructura y creación de incubadoras de proyectos a nivel de los colegios técnicos (laboratorios, agroindustria, entre otros), en coordinación con el MEP. 7.2.4 Acceso a bienes públicos y a factores de producción para desarrollar emprendimientos o empleos de calidad La inserción exitosa de las personas jóvenes en el sector agropecuario, pesquero, rural y la economía se facilitará mediante el acceso a recursos financieros, tierra, asistencia técnica, tecnología y otros bienes y servicios públicos. Acciones estratégicas a) Diseñar e implementar una metodología de extensión agropecuaria que permita la integración efectiva de las personas jóvenes en la agricultura familiar y la actividad pesquera. b) Implementación de programas de renovación e integración generacional en las organizaciones del sector agropecuario. c) Promoción del acceso a las tecnologías de información y comunicación (TICs) para las personas jóvenes, formación en el idioma inglés para el intercambio de conocimientos y experiencias, con el fin de mejorar sus capacidades de gestión del
100 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. conocimiento. Sector Agropecuario y el Desarrollo de los Territorios Rurales 2015- 2018. d) Desarrollo de un programa de transición del sector educativo al productivo con el fin de brindar a las personas jóvenes el acompañamiento y acceso a financiamiento adecuado, tierra, transferencia tecnológica, y otros servicios con el fin de consolidar sus emprendimientos productivos individuales y colectivos, en la ruralidad. e) Establecimiento de una comisión intersectorial (INDER, Viceministerio de Juventud, INAMU, CONAC, MAG) para la fijación de criterios que favorezcan el acceso efectivo de las personas jóvenes a la tierra. f) Elaboración de un catálogo de los bienes y servicios que brindan las diferentes instituciones para las personas jóvenes en los territorios g) Establecimiento de un fondo con recursos públicos y privados dirigidos a las personas jóvenes o grupos de jóvenes emprendedores e innovadores (universitarios, colegios técnicos y liceos rurales) con proyectos seleccionados según su viabilidad. h) Establecimiento de una ventanilla única para las personas jóvenes, ubicada en los Gobiernos locales u otras instancias regionales que les permita el acceso a bienes y servicios adecuados y oportunos a sus necesidades como el Programa Empléate del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 7.2.5 Coordinación y articulación intersectorial para responder a demandas de las personas jóvenes rurales sobre bienes y servicios de otros sectores. Para atender las demandas de las personas jóvenes rurales se coordinará y articulará la provisión de bienes y servicios vinculados a otros sectores. Acciones estratégicas a) Establecimiento de la red interinstitucional público-privada y redes regionales interinstitucionales de apoyo a las juventudes rurales (REDIAJUR) con el fin de alinear, articular y armonizar los servicios demandados por las personas jóvenes rurales y desarrollo de un programa permanente de formación de capacidades dirigido a los funcionarios de las instituciones que conforman esta red. b) Coordinación a través de las redes –nacional y regionales–la vinculación y el acceso de los jóvenes a los servicios institucionales en organización, asociatividad, desarrollo
101 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. humano, gestión empresarial, emprendimiento, educación digital, educación básica, recreación, seguridad integral, seguridad ciudadana, deporte, salud y actividades culturales para la formación de habilidades para la vida. c) Establecimiento de una comisión intersectorial entre el MEP, MAG, INA, INDER, MINAE y las universidades para la transformación de la educación rural. d) Coordinación con el Consejo de la Persona Joven y las municipalidades, para la promoción y establecimiento de oficinas de juventud, con el objetivo de promover la ciudadanía y el protagonismo de la juventud en el agro, la pesca y los territorios rurales, así como espacios físicos para el funcionamiento de los comités cantonales de la persona joven”. 17. Mecanismo de monitoreo, seguimiento y evaluación El monitoreo y evaluación de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 y su Plan de Acción, si bien es fundamental la institución no cuenta con la capacidad instalada para efectuarlo a profundidad, por lo que se propone efectuarlo con los recursos existentes y en coordinación con otras instituciones como el Ministerio de Planificación y Universidad Públicas. Parte de las actividades programadas para dar seguimiento y evaluación de las acciones son: Revisión de los informes anuales de las instituciones con responsabilidades vinculadas a las personas jóvenes y que cuentan con acciones definidas en el Plan de Acción de la Política Pública de la Persona Joven. Esas acciones institucionales no sólo deben reflejarse en los POI sino también en los informes, los que como se sabe hacen referencia a los planes institucionales. Boleta de monitoreo, se aplica a cada institución con acciones establecidas en el Plan de Acción, para lo cual se le envía semestralmente a los enlaces definidos. Reuniones bilaterales con las diferentes instituciones vinculadas con el plan de acción, para lo cual se realizará una guía de trabajo y una minuta en que haga constar los temas tratados y los acuerdos obtenidos.
102 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Cada indicador tendrá una ficha técnica de manera que permita medir el avance de cada uno en el tiempo. Finalmente, un informe consolidado de avance del Plan de Acción anual, el cual se le entrega a la Junta Directiva y a la Asamblea Nacional de la Persona Joven y las medidas correctivas que se propongan hacerlas llegar a la Ministra de Cultura y Juventud para lo pertinente con los ministros o ministras homólogas.
103 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 18. Anexos.
Anexo 1 Acuerdos de Junta Directiva del Consejo de la Persona Joven de aprobación de la Política Pública de la Persona Joven Acuerdo No. 1 de la Sesión Extraordinaria No. 03-2014, de la Junta Directiva del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, celebrada el martes 11 de Marzo del 2014, que literalmente expresa: ACUERDO No. 1 Se acuerda aprobar la Política presentada a esta Junta Directiva con las modificaciones aprobadas en esta sesión, y con las observaciones realizadas por los miembros de esta Junta. ACUERDO EN FIRME. Acuerdo No. 3 de la Sesión Ordinaria No. 096-2014, de la Junta Directiva del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, celebrada el martes 08 de Abril del 2014, que literalmente expresa: ACUERDO No. 3: Se aprueban las tres primeras acciones propuestas por la Comisión de Grupos Étnicos y la elaboración de la campaña se traslada para su conocimiento en la Red Consultiva de la Persona Joven para ser susceptible de ser incluida en la Política Pública de la Persona Joven. ACUERDO EN FIRME.
Anexo 2 Lista Asambleístas que participaron en el proceso de aprobación de la Política de la Persona Joven 2014-2019. Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven 2013 – 2014. Jefferson Brenes Jiménez, Presidente de la Asamblea María del Carmen Chacón Tréjos, Secretaria de la Asamblea Integrantes: Representantes Comités Cantonales de la Persona Joven: Daguer Alberto Hernández Vázquez, San José Anyoth León Fernández, Escazú Róger Bolaños Navarro, Tarrazú Dimas Serrano Aguilar, Mora 104 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Leonardo Desanti Rodríguez Álvarez, Vázquez de Coronado Evelio Antonio Badilla Mora, Acosta Dennis Ruiz Villalobos, Moravia Marcel Soler Rubio, Montes de Oca Thomas Eduardo Chacón Leiva, Dota Melissa Núñez Mora, Pérez Zeledón Mariano Cordero Sánchez, León Cortés Francini Quirós Palma, Alajuela Henry Sánchez Venegas, San Ramón Luis Miguel Alfaro Paniagua, Grecia Jean Carlos Vega Retana, San Mateo Guillermo González Arce, Atenas Luis Diego Zúñiga Rojas, Naranjo Jeison Andrés Carvajal Golcher, Palmares William Alvarado Vega, Orotina María José Corrales Chacón, San Carlos Alejandra Valverde Alfaro, Valverde Vega Diego Borge Urbina, Upala Deybin Morales Lara, Cartago Iván Orozco Solano, Paraíso Braulio Chinchilla Otarola, Jiménez Marcelo Solano Sánchez, Turrialba Joselyn Guillén Céspedes, Alvarado Cindy Luna López, Oreamuno Josué Mora Murillo, El Guarco Daniel Trejos Avilés, Heredia Oscar Roberto Zárate Murillo, Barva Valeria León Villalobos, Santo Domingo Nathalia Villalobos Ramírez, Santa Bárbara Brenda Melissa Cascante González, San Rafael Johana Cardero Hidalgo, Belén Julio Esteban Bolaños Chaves, Flores Tatiana Pacheco Blanco, San Pablo Eduardo Enrique Solís Barrantes, Sarapiquí Roberth Eduardo López Romero, Liberia Montserrat Barrantes Zamora, Nicoya Alex Jader Briceno Arrieta, Santa Cruz Mariela López Álvarez, Bagaces Manrique Mora Zúñiga, Carrillo Luis Carlos Umaña Centeno, Abangares Jeffrey Fabián Chaves Jiménez, Tilarán Oscar Andrés Vargas Alvarado, La Cruz 105 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Johnny Fabricio Vargas Ramírez, Hojancha Roberto Aguilar Abarca, Puntarenas Keilyn Calvo Chaves, Esparza Yorleny Aguilar Méndez, Osa Kenneth Chaves Morales, Quepos Amanda Sancho Esquivel, Coto Brus Axel Umaña Picado, Corredores Lissa Ivannia Freckleton Owens, Limón Geison Valverde Méndez, Pococí Jennisey Wilson Montoya, Siquirres Kiara Guido Valladares, Talamanca Andrey Acevedo Vega, Matina Hannia Fallas Sánchez, Guácimo Representantes Partidos Políticos: Pablo Julián Arias Varela, Partido Liberación Nacional Viviana de los Ángeles Monge Matamoros, Partido Liberación Nacional Melissa de los Ángeles Vargas Camacho, Partido Liberación Nacional Angie Bustamante Gorgona, Partido Liberación Nacional Miguel Sánchez Rodriguez, Partido Liberación Nacional Juan Diego Gómez González, Partido Liberación Nacional Milena de los Ángeles Gómez Marchena, Partido Liberación Nacional Eduardo Rodríguez Bolaños, Partido Liberación Nacional Jose Manuel Ulate, Partido Liberación Nacional Elizabeth Zúñiga Alvarado, Partido Acción Ciudadana Marco Vinicio Zúñiga Castro, Partido Acción Ciudadana María del Carmen Chacón Trejos, Partido Acción Ciudadana Rolando Hidalgo Ramírez, Partido Acción Ciudadana Jonathan Chavarria Sibaja, Partido Movimiento Libertario Juliana Valverde Valerio, Partido Movimiento Libertario Jesús Guzmán Castillo, Partido Movimiento Libertario Yorleny Araya Artavia, Partido Accesibilidad sin Exclusión Bryan Barcia Hernández, Partido Accesibilidad sin Exclusión Maryurie Fernández Aguilar, Partido Unidad Social Cristiana Henry Salazar Quesada, Partido Unidad Social Cristiana Representantes Asociaciones de Desarrollo: Gerald Mauricio Arguello Madrigal Yeraldin María Pérez Ramírez 106 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Representantes Organizaciones no Gubernamentales: Jefferson Brenes Jiménez, Asociación de Jóvenes Pro-Desarrollo del Cantón de Esparza Wienne Knight Obando, Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO Josué Madrigal Víquez, Asociación amigos del grupo personas con inclusión AAGRUPERI María Cristhel Carballo Ramírez, Asociación Costarricense de personas con discapacidad visual Jonathan Brenes Bustos, Asociación Escuela de Fútbol Sardinal, Guanacaste Representantes Universidades e instituciones parauniversitarias: Hellen Saborío Díaz, Federación de Estudiantes del Instituto Tecnológico de Costa Rica Mirjana Walker Brenes, Colegio Universitario de Cartago Karla García Martínez, Universidad Fidélitas Lucía Estrada Rodríguez, Universidad Florencio del Castillo Erick Jiménez Valverde, Universidad Autónoma de Centro América Representantes Grupos étnicos Kristel Liseth Ward Hudson, Fundación Arte y Cultura para el Desarrollo Katherine Rivera Mckinley, Asociación para el Desarrollo de Mujeres Negras Costarricenses Angie Cruickshank Lambert, Asociación Proyecto Caribe Deyron Russell Verley, Fundación Paisaje de Sonrisas Shani Christie Lindo, Asociación Black Women in Action (BLAWINA) Representantes Asociaciones Personas con Discapacidad Laurent Patricia Quirós Chavez, Asociación Costarricense de Personas con Discapacidad Visual (ACOPEDIV) Hugo Alfonso Araya Artavia, Fundación para el Progreso de las Personas Ciegas (FUNDAPROGRECI)
Anexo 3 Acuerdo Asamblea Nacional Consultiva de la Persona Joven: “Mi persona en calidad de Presidente de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven, me presento a informar detalladamente las observaciones que esta Red previene adjuntar o enmendar en la propuesta de Política Pública de la Persona Joven 2014 – 2019 hecha por su autoridad. La propuesta fue Aprobada por Unanimidad sujeta a incorporación de las observaciones que a continuación se detallan punto por punto. PRIMERO: En la página número 9, el párrafo cuarto carece de una técnica de redacción clara, por lo que su lectura es confusa. Por lo anterior se requiere que dicho párrafo sea revisado y corregido para derivar en un texto más claro y que demuestre el punto de una manera más ágil. 107 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. SEGUNDO: En la página número 11 párrafo tercero en donde se habla de poblaciones jóvenes sometidas a condiciones de vulnerabilidad, esta Asamblea previene incorporar también como una población sometida a condiciones de vulnerabilidad social “las personas jóvenes en situación de pobreza y pobreza extrema”. Esto sumada a las indicadas en su propuesta. TERCERO: En el mismo sentido que el del punto segundo, esta Asamblea solicita se incorpore como población sometida a condiciones de vulnerabilidad social la población joven perteneciente a la comunidad LGBT o de diversidad sexual. CUARTO: Se solicita corregir el dato estadístico referente al desempleo joven en la página 6 párrafo primero, puesto que la propuesta toma como dato el del Estado de la Nación 2013, siendo que esta Asamblea considera que debe utilizarse el dato referente a desempleo joven con base en la Encuesta continua de Empleo del INEC, esto en tanto que es la encuesta oficial y especializada en materia de empleo. Por lo anterior, solicito los datos de este párrafo sean cambiados por los de la Encuesta continua de Empleo del INEC. QUINTO: En la página 9 en su párrafo segundo, esta Asamblea solicita al Consejo de la Persona Joven incluir también los datos estadísticos disponibles sobre la realización del autoexamen preventivo testicular, con el fin de hacer más amplío el análisis. SEXTO: En las páginas número 22 y 23, dentro del enfoque de equidad solicitamos corregir la redacción del segundo párrafo de la siguiente manera: “El enfoque de equidad reconoce, como una regla fundamental, el derecho de todas las personas a las libertades fundamentales, sin distinción alguna, y reconoce el derecho de agrupaciones socioculturales diversas a ejercer plena y eficazmente todos los derechos en condiciones de igualdad. Por lo tanto, fomenta la tolerancia, la solidaridad y promueve el respeto de las diferentes maneras de ser, pensar, sentir, opinar y elegir, que se expresan en las distintas vivencias y expresiones de grupos de personas jóvenes que comparten culturas, características o situaciones que los aglutinan como grupo social, tales como jóvenes indígenas, jóvenes afrodescendientes, jóvenes de nacionalidad china, o cualquier otra minoría étnica que exista en nuestro país.” SÉPTIMO: En la página 28 el primer Derecho Civil y Político sea nombrado en lugar de “Derecho a la Vida” como “Derecho a la Vida y a una vida digna”, esto puesto que el objetivo planteado gira más en el sentido de vida digna que sobre el simple derecho de tener vida. OCTAVO: Solicitamos se haga corrección del objetivo número 4 de la página 28, para que la redacción sea de la siguiente manera: “Desarrollar acciones que promuevan el trato igualitario, la protección y la erradicación de cualquier tipo de violencia y discriminación contra las personas jóvenes independientemente de su orientación sexual, origen étnico, creencia religiosa, nivel socioeconómico y nacionalidad o condición migratoria.” NOVENO: Solicito se haga corrección del objetivo número 7 plasmado en la página 29 por redacción errónea y sea sustituido de la siguiente manera: “Coordinar acciones que promuevan la protección del desarrollo cognitivo de las personas jóvenes adolescentes en los diferentes medios publicitarios y medios de comunicación.” 108 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. DECIMO: Esta Asamblea solicita sea sustituido el objetivo número 8 plasmado en la página 29 por el siguiente texto: “Promover el desarrollo de espacios para la rehabilitación de personas jóvenes menores de edad que se encuentran bajo algún tipo de adicción. Además de promover el desarrollo de este tipo de espacios para el resto de la población joven en general.” DECIMO PRIMERO: En esta página 29 en el objetivo número 11 solicitamos sea sustituido el texto en la siguiente manera: “Desarrollar acciones para la recuperación física, psicológica, social y propiciar opciones de desarrollo económico de las personas jóvenes víctimas de abuso, explotación sexual comercial y trata de personas.” Lo anterior para evitar confusión con el anterior término de “recuperación económica” de la víctima. DECIMO SEGUNDO: Esta Asamblea solicita sea sustituido el texto del objetivo número 18 plasmado en la página 30 por el siguiente texto, con el fin de aclarar su finalidad: “Promover que las autoridades penitenciarias desarrollen módulos penitenciarios juveniles (18 – 35) donde se le siga un proceso a la población joven recluida que potencie la reinserción social que permita disminuir la reincidencia y el aprendizaje delictivo.” DECIMO TERCERO: Esta Asamblea solicita que dentro de los objetivos planteados para el Derecho a la Identidad y Personalidad Propias, se incorpore el siguiente objetivo: “Promover el desarrollo pleno de la identidad nacional para las personas jóvenes que se encuentran residiendo en el extranjero por diferentes motivos. Esto mediante la labor de las embajadas o consulados.” DECIMO CUARTO: Se solicita que el objetivo 22 planteado en la página 31 sea modificado su texto de la siguiente manera para evitar contradicción: “Desarrollar mecanismos intersectoriales que protejan y promuevan la libertad y seguridad individual, así como la creación de espacios de convivencia para las personas jóvenes, en todos los sectores o espacios, mediante, entre otras acciones, la generación de clubes o grupos de jóvenes líderes que promuevan en sus instituciones la resolución de conflictos, sean mediadores, promocionen un ambiente seguro, y no ser cómplices de actos de violencia y empoderarlo.” DECIMO QUINTO: En el objetivo 24 de la página 31 se solicita se modifique la redacción de la siguiente manera: “Fomentar espacios de espiritualidad, saberes y conocimientos en conjunto con los pueblos indígenas y otros grupos religiosos para la búsqueda de una cosmogonía sólida.” DECIMO SEXTO: Sea modificada la redacción del objetivo 26 de la siguiente manera: “Constituir una oficina con equipo técnico que se dedique a fortalecer los procesos organizativos de los grupos de personas jóvenes y a través de esta se puede fiscalizar o auditar la asignación de fondos a grupos de jóvenes informales.” DECIMO SÉPTIMO: Esta Asamblea solicita que sea incorporado dentro del Derecho a la Participación de las Personas Jóvenes un nuevo objetivo, el cual se redacta de la siguiente manera: “Generar una Política nacional de Voluntariado con un enfoque de Juventudes, género e inclusión para la población joven que vincule y coordine de forma articulada con el Consejo 109 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, en Consejo Nacional Cuatro Eses, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, ICODER, DINADECO y cualquier otro ente necesario.” DECIMO OCTAVO: Se solicita por parte de esta Asamblea que dentro del apartado de Derecho a la Educación se incorpore un nuevo objetivo que se leerá de la siguiente manera: “Incorporar dentro del programa de estudio de Educación Cívica en secundaria un contenido que enseñe a las personas jóvenes de colegios sobre la Ley General de la Persona Joven y las normas conexas a ella.” DECIMO NOVENO: Se solicita incorporar un nuevo objetivo dentro del Derecho a la Educación Sexual, el cual se redacta de la siguiente manera: “Promover que los contenidos de los programas de afectividad y sexualidad sean impartidos en un curso independiente dentro de los centros educativos.” VIGESIMO: Se solicita corregir la redacción del objetivo 72 que se encuentra en la página 38, para que se lea de la siguiente manera: “Estimular el aprecio por la creación cultural de las personas jóvenes, para fomentar, respetar y proteger todas las manifestaciones culturales de los diversos grupos étnicos que componen la identidad nacional.” VIGESIMO PRIMERO: Se solicita hacer corrección de la redacción del objetivo 74 que se encuentra en la página 38, para que se haga de la siguiente manera: “Buscar que las universidades públicas inicien o desarrollen programas de especialización para gestores y promotores culturales.” VIGESIMO SEGUNDO: Se solicita incorporar un nuevo objetivo dentro del Derecho a la Cultura y el Arte que se lea de la siguiente manera: “Promover la participación de las instituciones públicas culturales en el desarrollo de la cultura viva comunitaria” VIGESIMO TERCERO: Se solicita incorporar un nuevo objetivo dentro del Derecho al Trabajo, a las condiciones de trabajo y a la seguridad social, que se lea de la siguiente manera: “Promover e incentivar que las empresas desarrollen proyectos de Responsabilidad Social Empresarial dirigidos a la población joven en condiciones de vulnerabilidad.” Una vez incorporadas las observaciones antes descritas, solicito se remita el documento final a la Presidencia de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven para dar por incorporadas todas las observaciones hechas por la Asamblea y por aprobada la propuesta de Política Pública de la Persona Joven 2014 – 2019 para su trámite final…” 110 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. “27 de mayo de 2014 UPP-13-2014 Msc. Kenneth Carpio Brenes Director Ejecutivo CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA JOVEN PRESENTE Estimado Señor: Con relación a las observaciones planteadas a propuesta de Política Pública de la Persona Joven 2014 – 2019, en la sesión de la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven el pasado 26 de abril del año en curso, según oficio ANPJ-006-2014, me permito hacer de su conocimiento el criterio de la Unidad de Políticas Públicas acerca de las mismas, aparece en azul esos criterios: PRIMERO: En la página número 9, el párrafo cuarto carece de una técnica de redacción clara, por lo que su lectura es confusa. Por lo anterior se requiere que dicho párrafo sea revisado y corregido para derivar en un texto más claro y que demuestre el punto de una manera más ágil. Este punto ya está incorporado. SEGUNDO: En la página número 11 párrafo tercero en donde se habla de poblaciones jóvenes sometidas a condiciones de vulnerabilidad, esta Asamblea previene incorporar también como una población sometida a condiciones de vulnerabilidad social “las personas jóvenes en situación de pobreza y pobreza extrema”. Esto sumada a las indicadas en su propuesta. Este punto ya se incorporó. TERCERO: En el mismo sentido que el del punto segundo, esta Asamblea solicita se incorpore como población sometida a condiciones de vulnerabilidad social la población joven perteneciente a la comunidad LGBT o de diversidad sexual. Ya se incorporó este aspecto. CUARTO: Se solicita corregir el dato estadístico referente al desempleo joven en la página 6 párrafo primero, puesto que la propuesta toma como dato el del Estado de la Nación 2013, siendo que esta Asamblea considera que debe utilizarse el dato referente a desempleo joven con base en la Encuesta continua de Empleo del INEC, esto en tanto que es la encuesta oficial y especializada en materia de empleo. Por lo anterior, solicito los datos de este párrafo sean cambiados por los de la Encuesta continua de Empleo del INEC. En este aspecto lo que aparece es una referencia al último Informe del Estado de la Nación, por lo que no se modifica esa referencia, de tosas formas el Estado de la Nación alude a las cifras del INEC. QUINTO: En la página 9 en su párrafo segundo, esta Asamblea solicita al Consejo de la Persona Joven incluir también los datos estadísticos disponibles sobre la realización del autoexamen preventivo testicular, con el fin de hacer más amplío el análisis. La institución no cuenta con este dato específico, no obstante según los datos de incidencia de tumores malignos en la población masculina al 2011 de la población total el cáncer en los testículos está presente en 111 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 4.83 por cada 100 mil varones. En población joven el grupo de edad que presenta una tasa mayor es la de 25 a 29 años, la tasa es 19.23 por 100 mil varones. Este es un problema que afecta a las personas jóvenes por presentar las tasas más altas. SEXTO: En las páginas número 22 y 23, dentro del enfoque de equidad solicitamos corregir la redacción del segundo párrafo de la siguiente manera: “El enfoque de equidad reconoce, como una regla fundamental, el derecho de todas las personas a las libertades fundamentales, sin distinción alguna, y reconoce el derecho de agrupaciones socioculturales diversas a ejercer plena y eficazmente todos los derechos en condiciones de igualdad. Por lo tanto, fomenta la tolerancia, la solidaridad y promueve el respeto de las diferentes maneras de ser, pensar, sentir, opinar y elegir, que se expresan en las distintas vivencias y expresiones de grupos de personas jóvenes que comparten culturas, características o situaciones que los aglutinan como grupo social, tales como jóvenes indígenas, jóvenes afrodescendientes, jóvenes de nacionalidad china, o cualquier otra minoría étnica que exista en nuestro país.” Ya se incorporó. SÉPTIMO: En la página 28 el primer Derecho Civil y Político sea nombrado en lugar de “Derecho a la Vida” como “Derecho a la Vida y a una vida digna”, esto puesto que el objetivo planteado gira más en el sentido de vida digna que sobre el simple derecho de tener vida. Ya se incorporó. OCTAVO: Solicitamos se haga corrección del objetivo número 4 de la página 28, para que la redacción sea de la siguiente manera: “Desarrollar acciones que promuevan el trato igualitario, la protección y la erradicación de cualquier tipo de violencia y discriminación contra las personas jóvenes independientemente de su orientación sexual, origen étnico, creencia religiosa, nivel socioeconómico y nacionalidad o condición migratoria.” Solicitud incorporada. NOVENO: Solicito se haga corrección del objetivo número 7 plasmado en la página 29 por redacción errónea y sea sustituido de la siguiente manera: “Coordinar acciones que promuevan la protección del desarrollo cognitivo de las personas jóvenes adolescentes en los diferentes medios publicitarios y medios de comunicación.” Observación incorporada. DECIMO: Esta Asamblea solicita sea sustituido el objetivo número 8 plasmado en la página 29 por el siguiente texto: “Promover el desarrollo de espacios para la rehabilitación de personas jóvenes menores de edad que se encuentran bajo algún tipo de adicción. Además de promover el desarrollo de este tipo de espacios para el resto de la población joven en general.” Observación incorporada. DECIMO PRIMERO: En esta página 29 en el objetivo número 11 solicitamos sea sustituido el texto en la siguiente manera: 112 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. “Desarrollar acciones para la recuperación física, psicológica, social y propiciar opciones de desarrollo económico de las personas jóvenes víctimas de abuso, explotación sexual comercial y trata de personas.” Lo anterior para evitar confusión con el anterior término de “recuperación económica” de la víctima. Esta observación ya está incorporada. DECIMO SEGUNDO: Esta Asamblea solicita sea sustituido el texto del objetivo número 18 plasmado en la página 30 por el siguiente texto, con el fin de aclarar su finalidad: “Promover que las autoridades penitenciarias desarrollen módulos penitenciarios juveniles (18 – 35) donde se le siga un proceso a la población joven recluida que potencie la reinserción social que permita disminuir la reincidencia y el aprendizaje delictivo.” Observación incorporada. DECIMO TERCERO: Esta Asamblea solicita que dentro de los objetivos planteados para el Derecho a la Identidad y Personalidad Propias, se incorpore el siguiente objetivo: “Promover el desarrollo pleno de la identidad nacional para las personas jóvenes que se encuentran residiendo en el extranjero por diferentes motivos. Esto mediante la labor de las embajadas o consulados.” Observación incorporada. DECIMO CUARTO: Se solicita que el objetivo 22 planteado en la página 31 sea modificado su texto de la siguiente manera para evitar contradicción: “Desarrollar mecanismos intersectoriales que protejan y promuevan la libertad y seguridad individual, así como la creación de espacios de convivencia para las personas jóvenes, en todos los sectores o espacios, mediante, entre otras acciones, la generación de clubes o grupos de jóvenes líderes que promuevan en sus instituciones la resolución de conflictos, sean mediadores, promocionen un ambiente seguro, y no ser cómplices de actos de violencia y empoderarlo.” Este punto ya se incorporó. DECIMO QUINTO: En el objetivo 24 de la página 31 se solicita se modifique la redacción de la siguiente manera: “Fomentar espacios de espiritualidad, saberes y conocimientos en conjunto con los pueblos indígenas y otros grupos religiosos para la búsqueda de una cosmogonía sólida.” Este punto ya se incorporó. DECIMO SEXTO: Sea modificada la redacción del objetivo 26 de la siguiente manera: Constituir una oficina con equipo técnico que se dedique a fortalecer los procesos organizativos de los grupos de personas jóvenes y a través de esta se puede fiscalizar o auditar la asignación de fondos a grupos de jóvenes informales.” Observación incorporada. 113 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. DECIMO SÉPTIMO: Esta Asamblea solicita que sea incorporado dentro del Derecho a la Participación de las Personas Jóvenes un nuevo objetivo, el cual se redacta de la siguiente manera: “Generar una Política nacional de Voluntariado con un enfoque de Juventudes, género e inclusión para la población joven que vincule y coordine de forma articulada con el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, en Consejo Nacional de Clubes 4 - S, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, ICODER, DINADECO y cualquier otro ente necesario.” Este punto se agregó. DECIMO OCTAVO: Se solicita por parte de esta Asamblea que dentro del apartado de Derecho a la Educación se incorpore un nuevo objetivo que se leerá de la siguiente manera: “Incorporar dentro del programa de estudio de Educación Cívica en secundaria un contenido que enseñe a las personas jóvenes de colegios sobre la Ley General de la Persona Joven y las normas conexas a ella.” Esta propuesta ya está incorporada en los Programas de Educación Cívica de noveno año, en razón de ello personal del Consejo en algunas oportunidades han sido invitados a exponer la temática de la Ley General de la Persona Joven y la Convención Iberoamericana de los Derechos de las Personas Jóvenes. DECIMO NOVENO: Se solicita incorporar un nuevo objetivo dentro del Derecho a la Educación Sexual, el cual se redacta de la siguiente manera: “Promover que los contenidos de los programas de afectividad y sexualidad sean impartidos en un curso independiente dentro de los centros educativos.” Esta propuesta a como está planteada es bastante ambiciosa ya que abría que empezar formando personas profesionales de docencia especialistas en esta temática como si fuera una disciplina como inglés, Español o Matemáticas. La Política Pública busca eso si que se vaya universalizando los programas de afectividad y sexualidad ya que plantea que se reconozca la afectividad desde la niñez, por lo que en el ámbito de la secundaria debiera ser una temática abordada en todos los niveles. Por lo tanto, no es realista plantearlo en estos momentos, salvo que el MEP lo pueda contemplar en su propuesta de trabajo de los próximos años. VIGESIMO: Se solicita corregir la redacción del objetivo 72 que se encuentra en la página 38, para que se lea de la siguiente manera: “Estimular el aprecio por la creación cultural de las personas jóvenes, para fomentar, respetar y proteger todas las manifestaciones culturales de los diversos grupos étnicos que componen la identidad nacional.” Esta propuesta ya se incorporó a la Política. VIGESIMO PRIMERO: Se solicita hacer corrección de la redacción del objetivo 74 que se encuentra en la página 38, para que se haga de la siguiente manera: “Buscar que las universidades públicas inicien o desarrollen programas de especialización para gestores y promotores culturales.” Propuesta incorporada a la Política. 114 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. VIGESIMO SEGUNDO: Se solicita incorporar un nuevo objetivo dentro del Derecho a la Cultura y el Arte que se lea de la siguiente manera: “Promover la participación de las instituciones públicas culturales en el desarrollo de la cultura viva comunitaria” Esta propuesta no es competencia de la propia Política Pública de la Persona Joven, más bien es tarea propia del Ministerio de Cultura y Juventud en lo que a la Política Cultural se refiere. VIGESIMO TERCERO: Se solicita incorporar un nuevo objetivo dentro del Derecho al Trabajo, a las condiciones de trabajo y a la seguridad social, que se lea de la siguiente manera: “Promover e incentivar que las empresas desarrollen proyectos de Responsabilidad Social Empresarial dirigidos a la población joven en condiciones de vulnerabilidad.” Esta propuesta no está incorporada por cuanto la Política Pública no puede extenderse al ámbito privado, por lo que se dificultaría su medición…”.
Anexo 4 Ficha técnica del indicador Ficha de datos de cada indicador por año Indicador Línea 2015 2016 2017 2018 2019 Responsable Fuente de Recolección de Cálculo Base datos datos 2014 Nota: En este cuadro se consignan los valores o datos del indicador para cada año. 115 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven.
Anexo 5 Decreto De La Política Pública La Gaceta No. 196 del 8 de octubre del 2015 N° 39193-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, en los artículos 25 inciso 1) y 28 párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, en la Ley de Planificación Nacional Nº 5525 del 2 de mayo de 1974 la Ley de Creación del Ministerio de Cultura y Juventud Nº 4788 del 5 de julio de 1971, y la Ley General de la Persona Joven Nº8261. Considerando:I.—Que el país cuenta con un marco jurídico y político nacional e internacional, en materia de derechos de las personas jóvenes, conformado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, estableciendo éste último en su artículo 2° la obligación de los estados de adoptar medidas económicas, técnicas e incluso legislativas, para la plena efectividad de los derechos contenidos en dicho tratado que incluye los derechos humanos de las personas jóvenes.II.—Que la Ley N° 8612 del 1° de noviembre del 2007, (Convención Iberoamericana de Derechos de las Personas Jóvenes), es un instrumento que reafirma el deber de los Estados en el reconocimiento de todas las personas jóvenes a gozar y disfrutar de todos los derechos humanos, y se comprometen a respetar y garantizar a las personas jóvenes el pleno disfrute y ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, y culturales; además, se comprometen a formular políticas y proponer programas que alienten y mantengan de modo permanente la contribución y el compromiso de las personas jóvenes con una cultura de paz y el respeto a los derechos humanos y a la difusión de los valores de la tolerancia y la justicia.III.— Que la Ley General de la Persona Joven y sus reformas N° 8261 establece la rectoría de la política pública al Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, siendo este un órgano adscrito al Ministerio de Cultura y Juventud con desconcentración máxima y personalidad jurídica instrumental.IV.—Que la Ley General de la Persona Joven establece que la Asamblea Nacional de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven tendrá la finalidad de discutir y votar la propuesta de Política Pública de las Personas Jóvenes elaboradas por el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven y que esa Política tendrá un plazo 116 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. máximo de cinco años y será de acatamiento obligatorio para todas las instituciones que desarrollen proyectos o tienen responsabilidades vinculadas a las personas jóvenes, siendo esa Política Pública de Juventud votada favorablemente en la sesión del 26 de abril de 2014.V.— Que la Contraloría General de la República en el INFORME N ° DFOE-SOC-IF-15-2014, del 10 de diciembre del 2014 “INFORME DE LA AUDITORÍA SOBRE LAS ACCIONES DE POLÍTICA PÚBLICA RESPECTO A LA POBLACIÓN JOVEN QUE NO ESTUDIA NI TRABAJA”, en la disposición 4.5 le indica a la Ministra de Cultura y Juventud “Publicar la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019, ya elaborada por el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, en el Diario Oficial La Gaceta mediante Decreto Ejecutivo. Por tanto, Decretan: POLÍTICA PÚBLICA DE LA PERSONA JOVEN 2014-2019 Artículo 1º—Conceptualización de las personas jóvenes. La Ley General de la Persona Joven Nº8261 establece que las personas jóvenes son aquellas “cuyas edades queden comprendidas entre los 12 y 35 años, llámense adolescentes, jóvenes o adultos jóvenes”. Además, reconoce su particularidad y heterogeneidad como grupo etario. Todas las personas jóvenes son sujetos y titulares de derechos, sin distinción de color, nacionalidad, la pertenencia nacional, étnica o cultural, el sexo, la orientación sexual, la lengua, la religión, las opiniones, la condición social, las aptitudes físicas, o la discapacidad, el lugar donde se vive, los recursos económicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Artículo 2º—Competencia. La Política Pública de la Persona Joven es múltiple y compete al menos: a) Al Estado en su conjunto, definiendo marcos institucionales facilitadores y responsabilizándose de su accionar. b) A las personas jóvenes como actores estratégicos, aportando y tomando decisiones y comprometiéndose con ellas. c) A la sociedad civil en general y a los actores clave identificados, participando, deliberando y comprometiéndose con las decisiones adoptadas. El Estado debe ser garante del acatamiento de las estrategias que, a su vez, garanticen el cumplimiento de los derechos de las personas jóvenes, para ello requiere del apoyo de la sociedad civil y de la participación activa y efectiva de las personas jóvenes. Artículo 3º—Características de la Política Pública de la Persona Joven. La Política Pública de la Persona Joven es un instrumento del que deben apropiarse las juventudes, con el fin de aumentar sus oportunidades y potencialidades, cambiar la historia de contextos de exclusión, abrir espacios y desarrollar capacidades para la construcción y fortalecimiento de su identidad y protagonismo en los procesos sociales, económicos, políticos y culturales del país. Se caracteriza por ser una política de inversión social, que incluye al universo de la población joven que vive en el país, y promueve políticas de acciones positivas, respondiendo a cada una 117 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. de las particularidades de la pluralidad de actores jóvenes, desarrollando estrategias para priorizar acciones sobre quienes viven en condiciones de rezago, exclusión, o vulnerabilidad, a fin de reintegrarles el ejercicio de sus derechos y alcanzar condiciones de equidad. La Política Pública de la Persona Joven presenta las siguientes características fundamentales: 1) De las juventudes, 2) Visibilizadora, 3) Específica, 4) Participativa, 5) Concertada, 6) Descentralizada, 7) De inclusión, 8) Prioritaria, 9) Universal, 10) De afirmación positiva. Artículo 4º—Enfoques que orientan la Política Pública de la Persona Joven. La Política Pública de la Persona Joven 2014 – 2019 y su Plan de Acción se caracteriza por incluir los siguientes enfoques orientadores: a-. Enfoque de juventudes: La Política Pública de la Persona Joven reconoce a las personas jóvenes como sujetos integrales de derechos civiles, políticos, sociales, culturales y económicos, y como protagonistas de su propio desarrollo. Destaca la singularidad y especificidad de las características, inquietudes, expresiones y necesidades individuales y sociales de las personas jóvenes que habitan en Costa Rica. La Política Pública de la Persona Joven reconoce que no existe un criterio único y definido para ubicar a las personas en etapas según una edad específica, pues el desarrollo es un proceso continuo que responde a dimensiones históricas, personales, físicas, psicológicas, sociales y espirituales. b-. Enfoque de derechos humanos: El enfoque de derechos humanos orienta la Política Pública de la Persona Joven, pues atraviesa su diseño y desarrollo, promueve el ejercicio de la ciudadanía plena y establece la participación de las juventudes como un eje fundamental. Este enfoque reafirma que las personas jóvenes son sujetos de derechos, de los estipulados en los instrumentos nacionales e internacionales, en Costa Rica, la Ley General de la Persona Joven y la Convención Iberoamericana de Derechos de las Personas Jóvenes. c-. Enfoque de equidad: El enfoque de equidad reconoce, el derecho de todas las personas a las libertades fundamentales, sin distinción alguna, y reconoce el derecho de agrupaciones socioculturales diversas a ejercer plena y eficazmente todos los derechos en condiciones de igualdad. La Política Pública de la Persona Joven impulsa la equidad y la no discriminación por género, etnia, discapacidad, condición socioeconómica, procedencia geográfica, condición territorial, nacionalidad, preferencia sexual, edad, privación de libertad, cultura o cualquier otra condición social. d-. Enfoque de integralidad: Deriva del principio que postula que los derechos deben ser cumplidos de forma integral. La Política Pública de la Persona Joven reconoce a las personas jóvenes que habitan el país como personas integrales con múltiples dimensiones biológicas, psicológicas, afectivas, espirituales y socioculturales. Este enfoque contempla, además, situaciones particulares de acuerdo con la edad, el género, la condición económico-social, cultural, étnica, geográfica y territorial, y con potencialidades, vulnerabilidades y múltiples posibilidades de las personas jóvenes para modificar su realidad. 118 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. Artículo 5º—Objetivo general. Crear oportunidades y condiciones para garantizar el ejercicio de los derechos y de la ciudadanía de las personas jóvenes, en el desarrollo de sus potencialidades y su aporte al desarrollo nacional. Artículo 6º—Componentes de la Política: La Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 y su Plan de Acción, se compone de los siguientes derechos: a-. Derechos Civiles y Políticos: 1) Derecho a la vida, 2) Derecho a la integridad personal, 3) Derecho a la protección contra los abusos sexuales, 4) Derecho a la justicia, 5) Derecho a la identidad y personalidad propias, 6) Derecho al honor, intimidad y a la propia imagen, 7) Derecho a la libertad y seguridad personal, 8) Libertad de pensamiento, conciencia y religión, 9) Libertad de expresión, reunión y asociación, 10) Derecho a formar parte de una familia, 11) Participación de las personas jóvenes. b-. Derechos sociales, económicos y culturales: 1) Derecho a la educación, 2) Derecho a la educación sexual, 3) Derecho a la cultura y al arte, 4) Derecho a la salud, 5) Derecho al trabajo, a las condiciones de trabajo y a la seguridad social, 6) Derecho a la formación técnica y profesional, 7) Derecho a la vivienda, 8) Derecho a un medioambiente saludable, 9) Derecho al ocio y esparcimiento, 10) Derecho al deporte, 11) Derecho al desarrollo social, económico, político y cultural. Artículo 7º—Perfil de trabajo de incidencia de la comisión de grupos étnicos. La juventud costarricense constituye un grupo muy heterogéneo; en este escenario se encuentra que todavía la juventud indígena y afro-costarricense enfrenta mayores desafíos económicos, sociales y culturales, entre otros. La discriminación racial sigue siendo una de las mayores preocupaciones de las personas jóvenes afro descendientes e indígenas, por lo que también hay pendiente una mayor demanda de mecanismos que nos permitan erradicar esta problemática entre la juventud y generar las políticas públicas necesarias para lograr la igualdad de oportunidades. Artículo 8º—Lineamientos para el plan de acción. La Política Pública será operacionalizada mediante un plan de acción, el cual establecerá prioridades, las entidades responsables, las metas, el plazo y los recursos para la ejecución de la Política Pública, de manera que el monitoreo, seguimiento y evaluación a las mismas sea eficiente. Este Plan de Acción se construirá con la participación de la institucionalidad pública una vez concluida la etapa de aprobación de la Política Pública. El plan de acción deberá ser elaborado con la participación de personas jóvenes y de las instituciones públicas. La ejecución del plan de acción de la Política Pública de la Persona Joven compete al conjunto de instituciones del Estado costarricense, con el aporte de las personas jóvenes. Los lineamientos de la política deben ser considerados elementos de aplicación transversal en el quehacer de las instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, teniendo como centro las acciones articuladas, consensuadas e intergeneracionales. Artículo 9º—Implementación. Para la implementación de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 y su Plan de Acción las dependencias del Sector Público podrán hacer los 119 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. ajustes razonables (modificaciones y adaptaciones necesarias) que se requieran en cada caso particular para garantizar el ejercicio de los derechos de las personas jóvenes. Artículo 10.—Plazo y Acatamiento. La Política Pública de la Persona Joven tiene una vigencia de 5 años y será de acatamiento obligatorio para todas las instituciones que desarrollan proyectos o tienen responsabilidades vinculadas a las personas jóvenes. Artículo 11.—Esta Política Pública de la Persona Joven será de acatamiento obligatorio para todas las instituciones públicas, principalmente aquellas que por su labor desarrollen programas o proyectos correspondientes a las necesidades planteadas por las juventudes en esta política. Artículo 12.—Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José a los veintiún días del mes de julio del dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—1 vez.—O. C. Nº 23839.—Solicitud Nº 6852.—(D39193-IN2015062362). 120 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven. 19. Bibliografía Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica (2002). Ley General de la Persona Joven, N° 8261. San José. Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica (2012). Creación de las Casas Cantonales de la Juventud, N° 9051. San José. Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica (2013). Ley Acceso a la vivienda para las Personas Jóvenes, N° 9151. San José. Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica (2013). Reforma Ley General de la Persona Joven y Código Municipal, N° 9155. San José. Comisión Económica Para América Latina (2013). Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo. CEPAL. Montevideo. Consejo de la Persona Joven (2013). II Encuesta Nacional de Juventudes. Consejo de la Persona Joven. San José. Consejo de la Persona Joven (2010). Política Pública de la Persona Joven 2010- 2013 y su Plan de Acción. Consejo de la Persona Joven. San José. Instituto Nacional de las Mujeres (2007). Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género 2007-2017. INAMU. San José. Morales Guzmán, Guillermo (2015). Sistematización del Proceso de Construcción de la Política Pública de la Persona Joven 2014-2019 y su Plan de Acción. Consejo de la Persona Joven. San José. Proyecto Estado de la Nación (2013). Décimo Octavo Informe del Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. Programa Estado de la Nación. San José. 121 Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven.