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Laws of Costa Rica

Ley Nº 8639 - Programa de desarrollo sostenible de la cuenca binacional del río Sixaola

Made 2008-07-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Costa Rica
Subjects
Water
Keywords
agricultural development, international agreement-text, institution, contracts, bank, pollution control, ecosystem conservation, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, environmental audit, data collection/reporting, alternative dispute settlement, river basin institution, basin/catchment/watershed, freshwater pollution, inland waters, governance

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  1. l'i'ig2 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 LE.YES 8639 Lt\ t\S1\MBLEA LEGISLATlV1\ DE LA REl'LIBUCt\ DE COSTA RTC.'\ DE CR ETA· ,\PROR-\061\ llf.LCONTR.\TO llf. PRf.ST.\MOY SllS ,\l\f.XOS F.NTRF. LA RU'(IBLIL\ Dt: COSTA RICA Y t:L BA~CO IYI t:RA.\IUUC-\~O OE DESARIWLLO l'AR-\ FINAI\TIAR ELl'ROGR.-\1\IA DE DESARROLLO SOSTE"JIBLE DE LA CllEl\TA RIN.\CION\l. llF.I.RiO Sl-..:AOI \ ARTiclTLO 1.- Aprnhad(m del Contralo de l'restamo N." 1566/0C CR Apru~banse d Conlralo <le Pr~slamo N ° 1566/0C-CR. suscrilo cl 16 Jc J1e1embrc <.le 2005, cntrc la Rcpubliea de Costa R,ca y cl Rauco lnterame11cano de Desarrollo. ha<;ta pm un monto de nueve m1llone, dosc1entos vemte mil d61ares de los Estados Unidos de America (US$9.220 000). y el Cunlralu Mud1(kalono N ° 2 del Comralu de Pr~slamo N" 1566/0C-cR: cclcbra<lo cl 14 de no\'1embrc de 21)(17, rcforcneia l f'(j/ S(iO/CJD..-lDBDDOCS # 1209506. de,11nado, a financiar el Programa de desarrollo soste111ble de la cuenca binac1onal del rio S1xaola. Los textos son lob b1gu1ente:, "CONTRA.TO DE PREST.-\1\1O N" 1566/OC-CR entre la REPllBLK'A DE COSTA RICA yel BANCO INTERAl\lERIC.\NO DE DESARROLLO Program a de Desarrollo Soslenible de la Cuenca Binacional de\ Rio Sixaola 16 de diciembre de 200s LE G/OPR/RG II/IDBDOCS#J 19433 ('ONTRATO DE PREST.-\1\1O ESTIPULACIONES ESPEC!ALES INTRODllCCION Partes, Ohjeto, Elementos lnte"rantes y Organismo Ejecntor, I. P..\RTES Y OBJETO DEL CONTRA TO . CONTRATO celebra<lo el dia 16 <le dic1embre de 2005 enlre la Rl-'PURl !CA DI-' COSTA RICA. en adclantc denominada cl ··Prcstatario·· \ el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO. en adelante denom11rndo el ·-Banco- para cooperar en la e.1ecuci6n de un programa. en adelame denominado el ··Programa ... cons1bLe11k en el desarrollo ;oble111ble de la euenca binacional dcl rio S,xaola. En el Anexo A. se detallan los aspectos miis relevantes del Program a 2. El EMENIOS l\TEGR \ "\TES DU CONIR,\TOYREFEBENCL\ A I.AS N()R\fAS GENERAi.ES (a) Este Contrato eqi mtegrado por estas Est1pulac1ones [speciales. las Nomrns Generales y los Anexos A y B que se agregan S, al;rnna d1bpob1c10n de las Esl1pulac10neb E~peciales o de lu; Ane,o~ nu guardare cnnsonane,a o estu\·1crc en eontrad1ecuin con las Normas Gcncralcs, prevalecera lo previsto en las Est1pulac1ones Especiales o en el Anexo respectivo Cuando exis11ere falta de consonanc,a o contrad1cci6n entre dibpob1ciune~ de las Esl1pulac10nes Especiales ode los Anexob prevakceni cl pnncip10 de que la d1spos1e16n espee1tiea pnma sobre la general (b) En las Norma:, Generales. :,e e:,tablecen en <letalle las d1,po,icione, de prncedim1ento relativas a la aplicac1611 de las clausulas sobre amorti7ae16n, intcreses. eom,siOn <le ere<lito. inspeccion y vig,lancia. desembolsos. asi como otras d1spos1c1ones relac,onadas con la e.1ecuc1611 dcl Prognima. I as Normas (jcncralcs incluven tambiCn detiniciones Jc car;kler general. 3. ORGA'.\ISI\IO EJECllTOR (a) I.as partes convicnen en quc la cjecL1cion dcl Programa y la ul1l1zaci6n de lo:, recurso~ del limmciamienlo del Bancu ser(m llevada; a cabo pm el l're<;tatano, por mtennedio de su M1msterio de Plan1ficaci6n Nacrnnal y Politi ea I-' eonOm,ea, cl quc para los fines de cstc Contrato scril ,Jcnommadn 111d1strntamente ··Prestatar10", "Orgamsmo Ejecutor" o "MJDEPLAN" que acrnarii a travis de la l,lnidad Coordmadora del Program a a que se refiere la daiL1,ula 3 02(a)(1 l de es las h1ipulac10nn Especiales. (b) Para fines de la e.1ecuc1611 del Programa, el Orgamsmo Ejec111or contan\ con cl apoyo <lei Consejo Regional de Dcsarrollo ,Jc la Region Huelar-Verl1enle Alhinl1ca {CRDRHVA) y bll Secrelaria Reg10nal. (c) lgualmente. para efectos <le la ejecuci6n de! Programa J <le confonmdaJ con lo cstipuladn en las Clilusulas 3 02(a)(i11 y 3 (12{a)(m) de estas Estipulac,ones Espec,ales. el Orga111smo E.1ecutor contara con el apoyo de tres (3) Crnrntis D1.mnales de! Programa 1CD) Tehre en la Cuenca Alla. Bralsi en la CL1enca Media y S1"aola-CahL1ila en la Cuenca Ba1a. } 1111 Comite de Cuenca del Rio Sixaola (CCRS). cuyas responsabilidades se detail en en cl Anexo A de cste Contrato yen cl Reglamcnto Opcrat1\·o dcl Prugrama (d) Tambiell part1c1paran en la e.1ecuci6n de! Programa. en las activ1dades que [es corresponda de acuerdo con sus responsabilidades sectorrnles y politicu-admmislratn·as, los mi111slerios de linea } otras 1nst1tuc1ones gubemamentales. que hayan suscnto acuerdos mtcrinstituc,onalcs con MID~ PI AN de conformidad con lo cstip11lado en la Cliiusula -1 08{b) de eslas Esl1pulaciuneb Especiales (APITl-LO I Costo, Financiamiento y Recur•os Adicionales {'I.AllSlll .-\ I.OJ. ('osto del Programa 1-'1 costo tornl dd Programa sc esuma en el equi,alenle de duce m1llones de d61are~ de lob Esladob U111dos de America {\ TS$12 000 000) Salm que en este Contrato se e"prese lo conlrar10. en adelanle el tfrminu ··dUlares" ,igrn/ica la moneda de cur;o le1:1al en los Estados Um dos de America CLAIISIIL-\ 1.112. \lonto del financiamiento (a) En Ins tfrminos de este Contra10. el Banco he cumpromele a ulorgar al Pre~Lalario, y tsle acepla, 1111 financrnm1ento. en adelame denominado el ··fmanciam1ento" con cargo a los reeursos Jc la Facilidad Unimnnetana dd cap11al ordinano dcl Banco. hasta por una sum a de 1111eve m1llones dosc1entos vemte mil d61ares (IJSj,9 220.000). que form en parte de d1chos recur sos Las cant1dades que se desembolsen con cargo a este f1m111ciamiento conslltumin el ··Prtstamo·· (b) El Pristamo sera un Prestamo de la Facilidad U111monetaria con Tasa de lnterts Basada en LIBOR y podrii ser camhiado a 1111 Pristamo de la Facilidad llmmonetana wn Tasa de lnter~s A1u~Lable sulamellle ~• el Prestatano decide realizar d1cho cambio de confofm,dad con lo estipulado en la Clilusula 2 OJ de estas 1-'st,pulaciones 1-'spccialcs y en cl Artieuln 4.0l(gJ de las Non11as Generales CLAIISIIL..\ 1.03. Disponihilidad de moneda No obstante lo d1spuesto en las Clilusulas 1 02 \' 3.0Ha) s, cl Raneo no rnvicse aeecso a la Moncda (T111ca pac,tada. el Ban-co. en cons11lrn con el Prestmano. desembolsar.i otra Moneda Unica de su clccci1 1-'1 Hanco podril continmir cfcclllando los de~embobos en la Moneda Un1ca de hll elecci6n m1e11lras conti11i1e la lalta de acce,o a la moneda pactada Los pagos de amomzac1611 ,e haran en la Moncda \Jnica dcscmholsaJa con hos cargos financicrns quc corrcspondan a esa Moneda llmca CL..\llSlll..\ 1.04. Recursos adicionales El monto de los recmsos a<.lkionalcs quc. <.le conlormi<.1,1d con cl Art1culo 6.04 de las Normas Generales, el Pre:,lalanu se cumpromele a aporlar uporlunamenle para la completa e imntenump1da e.1ecuc16n de! Programa, se estima en el e4u1valcntc de dos milloncs sctcc,entos oehcnta mil JOI arcs I US$2 781) 1)(10) sin q11e esta estimac16n implique lm11tac16n o reducci6n de la obligac1611 del Prestatario de conform1dad con dicho Articulo. Para comp111ar la e4un·alencia en d61are:,. se segu1r;"1 la regla sei'ialada en el mc1su lb) del Articulo 3.06 de las Norm as Generales C-\PITllLQ II ·\mmtiruci\ln, lntmscs, lnsm:ccicin y Yii•ihmcia x Comisi(rn de Credito CLAllSlll..\ 2.01. AmortizaciOn El Prestamo sera amortizado por el Prcstatano mc<liantc cuotas scmcstralcs. eonsccut,vas y. en lo pos1blc. 1gualeb. La primera cuola se pagar(1 a lo~ cualru (4) ail<Js y se1b (6) me:,es contados a partu de la fecha de I igencia de! p1esente Contrato, ternendo en euenta lo prev1sto en cl Art,culo 3.01 de las Normas Gcneralcs y la l1lt1ma. a mils tardar. a los vemte (20) ailos, contados a pamr de la fecha de suscnpcifln del presente Contrato CL.\llSlll.\ 2.02. Jntcrcses (a) El l'reslalario pagar;", inlereses sobre los saldos deudores d1anos del Pristamo a una tasa que se determmara de confom11da<l con In cst1pL1lado en cl Articulo 3 (14 de Ins Nnrmas Gcneralcs para un Pr~blamo de la facilidad U1111110nelaria con Tasa de !meres Basa<la en UBOR El Banco no11ticaril al Pre<;tatano. tan p1onto como sea po,ihle despuCs de su detcrmmac,tin. aecrca de la tasa de mtcrCs aplicablc durante La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 Pli.g3 cmla Tnmeslre o Semeblre. segiin sea el caw S1 el Preslalano \kc1de mod1ticm ,u seleccion de alte1nativa de tasa de mteres del P1istamo de la racilidad \Jmmoneta1m de confonrndad con lo es11pulado en la Climsula 2 03 de estas Est1pulac1ones Especmles yen el Aniculo 4 Ol(g) de las Normas Generale,. el Prestatmio pagaril intereses a una tasa que se determinara de conformidad con lo estipulado en el i\rllculo 3 04 de las Norm as Generales para un Prtstamo de la F ac1lidad Un1monetaria con Tasa de !meres A.1ustable. (b) Los mtereses se pa1:1ariln al Ganco semestralmente, comenzando a los se1s (6) meses contados a part1r de la fecha de v1gencia del presente Contrato. teniendo en cuenta lo prev1sto en el Articulo 3.01 de las Normas Generales CLn·st1LA 2.03. Cnnfirmafic n cambin de se!Gcci1ln de la a\ternatirn de tasa de intcrC~ anlicable al Einaneiamicnto De conlonrndml con lo d1bpunlu en el Arliculo -1.0l{g) de las NomHfo Genernleh. d Preblatariu deberii confimiar al Banco pur ebcnlo. cumu cund1rnin prevrn al pruner debembubo del Fmanciam1enlu, su decis10n de manlener la allemal1va de laba de in Leri~ apl1cabk al Fmanciamientu de conlormidad con lo esl1puladu en las Climbula; I 02(b) } 2.02(a) de eslab Esl1pulac10neb Especrnleb, u ;u tlec1b10n de cambrnr la alternal1va de lasa de inler~b belecc1onada a la allernali\a de Tasa de lnlert; A 1ustable Una vez que el Preslalariu lrnya hechu ebla selecciOn, de conlOrmidad con lo esl1pulado en el Arliculu 4 0 l{g) de las Norm as Genernle,. la allernat1va de la;a de interes aplirnble al Fmancrnmiento nu podrii ,-ol\'erse a cambrnr, en rnngtin momenlo duranle la ,-ida del Prestamo. CI.Al-Slll.A 2.0-1. Recurso~ para inspecci6n y vigilancia genera•e~ Ourante cl pcriodo de dcscmbolsos, no sc dcstinanin rccursos dcl monto dcl Fmanc1a1111ento para cubrir los ga,tos <lei Banco por tontepto de mspcccu',n ~ v1gilan..:m generale,. saho que el Banco estahlezca lo contrario durante d1cho periodo como consecuencia de ,u revis10n semestral de cargos tinancieros y notitique al Pre,tarnno al respecto. En mnglm caso podril cohra1se por este concepto en un seme'ilre determmado mas de lo que re,ulte de aplicar el 1% al monto de! rmanciamiento. di\id1do por el nlunero de sememes comprendido en el plazo original de desemholsos CLAl'MlLA 2.05. ComisiOn de crfdito El Prestatar10 pagaril una Com1s10n de Cred110 del O 25% por al'io. de acuerdo con las d1spos1c1ones del Articulo 3.02 de las Normas Generales Este porcenta 1e podril ser mod1ficado semestralmente por el Ganco. sin que. en mnglln caso. pueda e'<ceder el porcentaJe preY1sto en el menc1onado Aniculo. CAPITl'LO Ill Dcsrnbolsns CL\l'Sl1LA 3.01. Moncdas de Jos dcscmbolsns y uso de fondos (a) El monlo del Financrnm1enlo ;e desembolsari1 en dOlare~ que lormen pa rte de la F acilidad Unimonelana de lo; recurso; del capital ordinano del Banco. para pagar b1enes y sen·1cios adqu1ridos mediante competencia internac101rnl y para los otros propl,;1lo; que se 111d1can en esle Contrnlo. (b) SOio podriln usarsc Ins rccursos dcl Financ,amicnto para cl pago de bicncs y scrv1cios origmanns de los paiscs m1cmbros ,Jcl Ranco ( 'I.Al"Slll,A 3.02. C'ondiciones esneciales preyia~ al primer desembolso ~-I primer descmbolso dcl ~inanc,am,ento csta cond,cionado a quc sc cumplan. a satisfacc11 del Ranco, en adicirin a las condiciones prc\1ilS estipula,fas en cl Articulo 4 01 de lilS Normas Gcncralcs. los siguicntes reqm,ito,. (a) ()ue el Prestatario. por conducto del Orgamsmo E.1ecmor, haJa creado y detinido. mediante el correspondiente mstrnmento iuridico, la estructura de ejecuc10n del Programa. que comprenden\. (i) la Unidad Coordmadora del Prog1ama (\TCP). (111 ties Comitis D1stritales del Progranrn ITelire. B1atsi y .',1'<aola-Calmita1. y (111) un Cormte de la Cuenca del Rio Sh.aola (CCRSl. en lo, terminos estahlecidos en el i exo I\ (b) Que el Preblalario, por conducto del Organismo Ejeculur, haya pue:,lo en vigenc1a el Reglamenlo Operalivo del Programa (ROP) de que Irma la Clilusula -1 04 de eslas Esl1pulac10neb Ebpeciales y el PiirralO -1 06 del Ane\o A, en los lin11111ob y condic1ones prevrnmenle acordados enlre el Preslmano y el Banco CL\l'Sl1LA J.03. Dcscmboho c~nccial para iniciar la~ acth idatlcs de! rmrrama No obslanle lo d1bpue;lo en la Climsula 3 02 anterior. una \'eZ que ,e haya rnmplido la condicil,n eblablecida en la Cliiusula 3.02(aJ(ll de e,ta; fat1pl1lacione, fapeciales y aquellas contenidas en el Arliculo 4 01 de las Normas Gcncralcs de cste Contrato de PrCstamo. y una vc7 quc cl mismo haya cntrado en v1gcncia. cl Ranco podril dcsembolsar hasta cl cqu,valcntc de trcscicntos mil dolares (US:±.300.0001 con cargo al Fmanciamicnto para apoyar d imc,o de act,v,dades para la c iccuc1Un dcl Programa. cspcc,almcntc para (i) contra1ac16n dcl personal minimo nccesann y dotacuin de matcnalcs y cquipos de la UCP. (ii) rcglamcntac1Un y fortalccim1cntn de la UCP, CCRS y los ( 'I) para la pucstn en marcha <lei Programa. (ii1J contratacirin c mic,o de ascsorias y cstud,os, cspcc1almcntc la asesoria para d fortalec,micnto de las organ17acioncs cnmun,tanas y de productorcs, y (I\') claborac16n de los planes de acc,tin para cl Mimstcrin Ucl Amb,cntc y 1-ncrgia (MlNAI-J. Mi111stcno Uc Agncultura y Ganadcria (~1AG}. y h1 Com,siOn N,1c,onal de 1-mcrgcncias (CNI-). CLAl'.',llLA 3.114. Reembolso de gastos con cargo al Financiamiento Con la a(eptaci6n del Banco. se podran milizar recursos del rmanciam1ento para reemholsar gasto, efectuados o financmr los que se efecnkn en el Programa a parl!r del 21 de 1ul10 de 2004) hasta la fecha del presente Contrato, siempre que se hayan cumphdo requisnos sustancialmente aniilogos a los establcc1dos en cslc m,smo ,nstrumcnto CL\llSlll \ 3.05. P)azo oara dcscmbnlws (a) El monlo total de los recursos del Fmanciam1ento 110 podril desembolsarse en tm plazo 111e11or de trcs (3 I allos contado a partir de hi I igcnch1 de cstc Contrato (bl 1-1 pla7o para finali7ar los dcscmbolsos de los rccursos dcl Fi11anrn11111enlo seri1 de cualro (4) ai'ios. conlado a parl1r de la v1ge11cia del preseme Contrato. CLAllSllL.-\ 3.06. Fondo Rotalorio. Los informes relamos a la eje(uc16n dcl Programa quc cl Preslatario dcbcril provcer al Runco scglin ci"Articuln 7 03(a)(1) de las Nomia; Generales del presellle Colllrnlo. deberiln 111duir la 111fonnac1611 contable-financ1era sohre el 111ane10 de los 1ecursos del ~on,Jo Rotntorio c informaciOn sobrc hi situaciOn Jc las cucnrns bancarias especiales ul1lin1das para el maneJo de los recursos del Finanrn11111enlo} del aporte locaL en la fomrn que razonablemente solic1te el Banco CAPITllLO I\' Ejecuci{m de! Prngrama n.AllSlll A 4.01. Condicione* sobre precio~ y adquisiciones. (aJ Lab adqu1sic1ones de bienes, obras y ber\ 1ciob rela~1onadob, ;e sujdarim al Proced11111ento de lic11ac1ones. que se mdu~e comu Ane'<o G de este Contrato. Cuando el valor est1111ado de los h1enes o servicios relacionados sea de. por lo menus, d cqmvalcnte de tresc,cntos c111cuc111a mil d61arcs (US$350.000) o mayor) el de las obras de. por lo menos. el equivalente de un mill6n de d61ares (lJS$1.000 00()) o mayor~ s1empre que el ente cncargado de Ile, ar a cabo las l,citacioncs dcl Program a pcrtcne7Ca al sector piiblico, el mdodo de adql1is1ciOn a emplear;e ~erii el de lic1lac1l>n pi1blica 111ternacional, segim lo d1spues10 en el c1tado Anexo. (b) Sal\o que la, part es lo acuerden de otra manera, antes de con\'ocar a cada lic11ac10n pl1hlica o si no conespondiere comocar a lic1rnc10n. antes de la adquis1c16n de los b,cncs ode la 111ic,ac1(,n de las obras, cl Prcstatano. por 111lermed10 del Organismo E jecutor. deber;i pre;entar a la co1foidera~10n del Banco (1) los pianos genernles. las especiticac1ones. los presupuestos y los demils documentos requeridos para la adquis1ci611 o la construcc16n yen su caso. las bases cspccificas y ,Jcmas dncumcntos ncccsanos para la convocaloria; y (11) en el caw de obras, prueba de que he l1ene, con rela~10n a los mmuebles do11de se constrrnriln las obras del Programa. la poses16n legal. las servidumbres u otms derechos necesarios para miciar las obras. a,i como los derechos ;obre las agm1s que se requieran para la obra de que Irate CLAllSllLA 4.02. l\la11tenimiento. (a) El Prestatar10. por mtermedio dcl Organismo 1-jecmor. sc comprometc a: (i) quc las obras y cquipos comprendidos en el Programa sean mantenidos adernmlamenle de co11fom11dad con normas tfr111cas generalmeme aceprndas. y (11) presentar al Banco. durante d1ez ( I 0) at'ios contados a partir de la \"lgencia de este Cnntrato y dcntro dd primer tnmcstrc de cada ailo calendario un informc sobre el eblado de d1chab obras y equ1po~ y el plan anual de 111an1e111m1ento para ese aiio de acuerdo con lo dispuesto en la Secc16n V de] Anexo A del pre,erne Contrato y a lo acordado entre el Presrntano y el Banco Si de las ,nspccc,oncs quc rcalicc cl Rauen, n de los 111formcs quc rcc,ba, se delenrnna que el 111anle111mienlo he eli::~Lirn por deba10 de los niveles convenidos. el Prestatar10 deberil adoptar las med1das necesanas para que se cornjan totalmellle las deficiencias. (bl 1-n los convcmos a scr cclcbrados cntre d Prcstutario \' las enl1dades panic1panks, a que be rdiere la n,·msula -l.08(bl de -eblas Es11pulac1ones Especiales. deberiln mduirse las d1spos1ciones que fi.ieran necesanas para a,egurar el cumplimien!O de lo e<;1ahlec1do en la Cliusula 4.02(a). CL\l1Sl1l \ 4.03 Jltilizacicin de Jos mumos dd Financiamiento- (a) Con los recursos del Fmancimmento. el Prestatario. a trav<!s del Or1:1amsmo 1-' iccutor. podrn conceder cl tinanciamiento y reali7acitin de los siguientes tip<.>; de proyectos (1) de sectnres producti,o, e inlraestructun,: \' {ii) olro; proyectos que sean acordados prn1amente entre el Preslalario y el Banco El tinanciamiento de los menc1onados proyectos deberil sujetarse a los tinmnos y cond1c1ones ,et'ialados en el Reglarnerno Opernm·o del Programa de quc tratan las Cliiusulas 3 (12(b) y 4 (14 de estas 1-stipulacrnncs Especrnleb. (b) Con los recursos del Prog:rama no podrim tinanciarse proyectos o activ1dades que por su naturaleza. (i) tengan nnpactos s1grnticativo, amb,cntalcs y socialcs ncgat,vos. (i1) mvolucrcn la compra de b,cncs raiccs. {i11) financ1en gablo comenle. y (n) olrob que no ,ean permit1dos por las politicas del Ganco. CLAllSllLA 4.04. Reglamento Operath·o del Programa. las pane, con\'1cn~n en quc la c 1ccucion dcl Programa sc rcg1ril por lo d,spucsto en el pre:,erne Contrmo y en las d1bpobic10neb conlerndas en el Reglamenlo Operat1vo del Pro1:1rama iROPL al que se refiere la Clilusula 3 02(b) de estas Est1pulaciones E,peciales yen el pilrrafo--1 06 del i exo /\. en el entend1do de quc podriln mtroduc,rsc mod,ficac,ones en cl ,msmo durantc la ejccuc11in del Programa. por acuerdo muluo enlre el Preslalario y el Banco Cuando existiera falta de consonancia o contrad1cci6n entle las dispos1c10nes de cstc Contrato y las establccidas en cl Rcglamento OpcratiYo Ucl l'rogram,1. pre\'aleceri111 las dispo,1~1one; conten1das en esle Contrnlo CLAl1Sl1LA -1.os. Reconcerimiento de rastos desde la anrobacis de! Financiamienfo- El Banco pod1i reconocer como parte de la contrapamda local. Ins gastos ctcctuados o quc sc ekctucn en cl l'rograma a part,r dcl 21 de 1ulio de 2004} hasla la kcha del presenle Contrato. ;1empre que ;e haynn cumplido reqms1tos sustancialmente anilogos a lo, e'ilahlec1dos en csle m,smo ,nstiumcnto l'>'ig-1 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 CL\l'Sl1LA -1.06. Contrntafi\ln de Muicios de cnnsuJtoria (a) El 01g:a111smo [jecutoi por 1ntermedio de la UCP eleg1ra y contratarit los scrvicios ,k las tirmas cunsultoras, 1nst1tuc1oncs cspcc,ali1adas o cspcrtos ind1v1duales que seon necesar1os para dar cumplm11ento a las d1spos1c10nes pertmentes de este Contrato. de conformidad con la,; Poliucas y Procedimienlo; dd Banco parn la Adquihi,·iOn de Servicio; de Consulloria que consrnn en el documento GN-2220-10. de febrero de 2004. cuyo texto el Prestatario dedara conocer (b) Para lo, eleclo; del presenle Contrato. se estable,·e en el equivalente de doscientos mil d61ares (US i200 000) el monto a part1r del cual se requerira la uulizacifln de la licnac16n pllhlica 111ternac10nal como milodo para ;elecc16n de ;ervic1os de consulloria. segim ;e describe en el pilrrafo I 16 del documento menc1onado en el inc1so anterior. (c) Las heneficianos que hayan ohterndo la aprohaci6n de un proyedo de confonrndad con los cnleno; de eleg1b1hdad establec1dos en el Reg:lamento Opera11vo del Programa. podriln elegir libremente entre los provccdorcs de scrvic,os de as1stcnc1a tfrnka quc cstCn habllitados en cl (11nbilo nac1onal e mduidah en el regislro de proveedore~ de l\llDEPLAN. CLAl'~llLA-1.07. Condid>'in cumplida preYiamente. Para efectos de lo cstablcc,do en cl mc,so (dJ. subinciso (ii} dcl Artkulo .:i 01 de las Normas Genernle~. se de1a conhlancrn de que la cond1c16n cumplida ante~ de la feeha de aprohacion de! l'inanciamiento. foe la s1gu1ente· la conf01mae1611 pnr parte dcl Prcstatario Jcl Consqo Regional de Dcsarrollo Jc la Rcg1Un Hudar-Veruenle All.inti ca {CRDRHVA l y de :,u SecreLaria Regional CLAl'M 1LA 4.08. Condiciones especiales de eiecucUm (a) Pa1a tines de la cjccucion dcl Programa. cl Prcstatano, por conJucto Jcl Organ1smo FJeculor. se compromele a creur un Consejo Asesor Jel Program a IC,\ P) en un plazo no mayor de 60 dias contados a partir de la ngenc1a de] presente Contra to. el cu al. de conformidad con lo detallado en el piirrnfo 4 0 I del Anexo A. eslari1 pres1d1do por el Mi111:,tro de MIDEPLAN e inlegrndo por representantes de alto ni\el de la s1grnentes instituciones del Estado a 111vel central· 1i} Ministcrio de Hacienda: Ministcrio de Ambicntc v ~.ncrgia: Mmisleno de Agricullurn y Ganaderia. Mm1;lerio de la Pre;1denrnl. y l\lmisteno de Relac1ones Exteriores y Culto. (b) 1--'1 Org,mismo ~jccutor. por conJucto de la UCP dcbcril suscribir con la~ enl1dades bendic1aria~ de la, 1nlef"\-enciones del Program a convenio~ de cooperac16n 1nterms11mc1onal. por med10 de los cuales se determmen los dercchos) obligac,oncs de cada parte (c) El Organismo E jeculor. a lrav~~ de la UCP. deber(1 mdu1r en los pliegos de hc1tac16n de los proyectos que sean rnclrndos en el Plan Opcrat1vo Anual (POAJ rcspcct1\'0. y conformcs al Rcglamento Opcrat1\·o dd Programa. enlre olroh los s1gu1enle~ crilerio~ b,is1cos para cualqui~r propuesta de proyeeto- (i) un aporte en fondM o mano de oh1a o espec1e scgUn cl tipo Jc proyccto: {nl cl comprnm,so de los bcncfic1anos de los proyectos de devolYer el valor de los incent1vos rec1bidos en especie. mano de ohra o efectivo a sus conmn1dades, especmlmente cuando se tinanc1en equipos: y (1ii) la ind11sii,n de lo, mernnisrno:, de manlenim1enlo y opernc16n de los proyectos de mfraestrnctura CLAl'l'JIILA 4.09. Planes Operath·os .- uales y Reuniones .- uales de Sez•uimiento. \a) El Orgarnsmo E 1ecutor. a trav~s de la UCP, deber~ presentar. durante el periodo de e 1ecuc16n del Prog:rama y no m.is tarde del 30 de marzo de cada ai\o calendano. un PO,\ en los tirmrnos estahlecidos en el Reglamento Operali\·o del l'rograma El Orga111smo E 1ernlor, por intermed10 de la UCP. reahzaril conJ1mtamente con el Banco y no mas tarde dcl 30 de abril de caJa ailo calcnJ,mo, rcunioncs anualcs de scgu11nicnto y evaloaci6n del Programa, con el obj do de e>aluar y re\'1~ar d cu111pl1rn1enlo del POA respecti\o. los ohjetivos. los indicadores de! m1smo ). en general. la cjccucion dcl Programa I a prnncra rcuni,in anual sc llevani a cabo con oca~1Un de la pre~enlaciUn del PO.A correspondienle al primer ai'io de e,1ecuc16n de! Progrnrna (h) El Organismo [Jecutor se compromete a tomar las medidas corrcct,vas que scan nccesanas en cl Programa. si como resultado de cstas reurnones se Yenfico necesano mtroducir aJustes en el m1smo CLAI '1'11LA-1.10. l\ledidasamhientalesysodales El Organismo [jecutor. por conducto de la UCP, licYaril a cabo la <:Jccuc16n de las activ,Jadcs comprend1das en el Programa. de acuerdo con crnenos amb1entales y soc1ales genernles. que seran rncluidos en el Reglamento OperatiYo de! Programa, a /in de asegurnr que (1) toda po;1ble consecuenc1a ambiental de las act1vidades cornprend1das en el Programa debera ser evaluada en ticmpo oportuno para evitar. ,1tcnl1ar o compcns.ir Ins impactos ambicnrnlcs y ~ocrnles mherso;. (1i) las acc1one~ promov1das por el Programa no deberitn generar mtef"\-·enciones que afecten negativamente areas protegidas. patnmonio cultural. las 70nas amb1cntalmcntc friig,lcs o de alta nquC7a ecol6g1ca: (111) se debeni conlar con el apoJ o y parl1c1pac1l>n de produclore~ pobres. mujere,. las comu111dade, afectadas) grupos e1n1cos min011tm10s. y (iv) en cl caso de quc sea ncccsano rcali7ar cl rcascntam1cnto de alguna poblac1611 o comumdad, el 1111s1110 debera ser efectuado de confom11dad con las politicas y procedurnentos de! Banco en la materia CI.Al-Slll.A 4.11. Seguimiento y n•aluaciOn (a) Fl Organ1smo I' jccutor. por rntermed10 de la UC!', seril responsable de evaluar sistemitticamente el Programa. asi como la elaboraci6n de los respectivos infonnes a que se retie re la Clausula 5.01 (b) de cstas l'stipulac1oncs I' spccialcs. (b) El Organ1smo E.1ecmor. por intermed10 de la UCP, contrataril servicios de consultoria especializada, a fin de realizar las s1gu1entes evaluac10ncs dcl Program a (i}una de mcd10 tCm11110. cuando cl cmcuenta por cienlo (50%) de los recon,os dd Financ1am1enlo haya ~ido compromelido, en la que se darii especrnl atencion a la revision de lo, indicadores de impacto entre el Presrntar10 y el Banco y se proporcionaran recomendaciones para la contmu,Jad de act,v,daJcs Jcl Program a. y (i1) una C\aluac1611 tinal cuando el setenta y crnco por c1ento (75%) de los recursos del Fmanciamiento se haya dcsembolsado. en la cual sc rcvisariin los indicadorcs de ,mpacto y rnetas acordados con el Banco En am bas eYaluac1ones se tomarim en cuenta los 1nfonncs quc hayan s,do prcparados por cl Organ1smo 1-'jccutor CAPITlllOY Registros, lnsneccione~ e lnformes CL-\llSlll-\ :'WI. Re!!istros. insnecciones e informes (a) El Prestatario sc compromctc a que por si o mcdiante cl Orgamsmo 1-Jccutor sc llcvcn los reg1stros. se permitan las mspecc1ones y se summistren los informes y cstados financ1cros. de conformidad con lus d,spos,cioncs cstablccidas en cl Capitulo VII de las Nomias Generales. (b) 1-'n los ,nformcs scmcstralcs, a los cualcs sc hacc rcfcrcnc,a en el Articulo 7 03(a)(il de las Normas Generales. \" los cuales seran prcscntados. a satisfaccllin dcl Ranco. dcntro Jc loS trcmta (30) d1as siguienle'; a la finalizae1611 de coda semest1e. se induin\· (ii una breve resei'ia de lo real,,:ado durnnle el aiio anlenor en comparnc1Un con el POA respeem·o. (ii} un analis1s de! cumplirmento de lo, ohJell,os de! Programa y del Reglamenlo Operall\'O del Programa: (i11) li~Las de la; act1\1dades por cada componente y sus euluaciones. ( ivl lista de las adquis1ciones y conlralac10n de ser\'ICio~ de con~ulloria dd resp~cl1vo periodo. } (v) una evalua(16n de Ins indkadores de desemperlo y progreso estahlecidos para cada componeme y acordados con el Banco CLAllSlllA 5.02. Auditorias. (a) En relaci6n con lo establecido en el Arliculo 7.03 de las Norma; Genernle;. los estado; /lnancieros del Progrnma se p1esentman deh1drunente d1etammado, por una tirma de conladores pi1blicos independ1enle aceplable al Banco. duranle el periodo de SU eJecuc10n. (b) la; auditorias de que lrnla esla Clilusula ser(m elecluada; de acuerdo con los tefmino, de 1eferenc1a prnmmente acordados con el Banco y con los requenmienlo~ de las polil1cas y los proced11nienlo~ dd Banco sobre aud1toria, En la selecci6n y contratac10n de la firm a encargada de realizar la auditoria del Programa he ul1lizan'm los proced1mienlo~ dd Banco sobre la materia Los costos de auduoria ,eriln efectuados con cargo al F1nanciamiento. CAPITIJLOVI Disnosicioncs Yaria~ CLAIISIILA 6.01. Vigencia del Contrato (a) Las partes de Jan constancm de que la \'1gencia de esle Conlrnlo se i111cia en la fecha en que, de acuerdo con la, norm as de la Repllhlka de Costa Rica adqu1era plena validez Jt1nd1ca [I Preslalario se obliga a noli(icar por escnlo al Banco d1cha lecha de enlraJa en vigcncia. acompail,mJo la documcntaci6n qllC as1 lo acreJitc (b) S1 en el plazo de un {I) ai'io contaJo a panir de la lirma del prcscntc instnunento. cstc Contrato no hubicrc cntrado en vigcncia. todas las d1spos1c10nes. ofertas y expectat1\·os de derecho en el conte111das sc rcputariin incxistcntcs para todos los cfcctos lcgalcs sin ncccsidad de no11ficac1ones y. por lo tamo. no habr.i lugor a responsab1lidad para nmg:una de las partes CLAllSlllA 6.02. Tenninaci>'in. El pago total del Pristamo y de los mtcrcses y com,sioncs Jaril por conclu,do cste Contrato y todas las obligaciones que de d se denven {'I.AllSlll A 6.03. illl:l.tz I os dcrcchos y ubligac,ones cstablcc,dos en este Contrato son ,itlidos y exig:1bles. de confonrndad con los 1erm111os en d convc111d0;; Sill rdaci0n a kgialatllin de pais ddcrminado. CL.\llSlll \ 6.04. Comunicaciones• Todos los avisoh. ;olic1tude:,, comtm1cacumes o not1ticac10nes que la, partes deban d1rig1r,e en v1rtud de este C onlralo, se el"ecluar.in por eacrilo y se con~1Jeranin real1zados Je~de el momcnto en quc cl documcnto correspondicnte sc cntrcguc al destinarnrio en la respecm·o d1recc1611 que ensegrnda se anota. a menos que las partes acucrden por escrito de otra mancra Del Prestatario: nireccion postal· ~acsi1111l: Mi111ster10 de I lac1enda Aven1da 2da. Calles I v 3 San Jose, Costa Rica · (506) 233-8267 Para asuntos rclac1onaJos ~011 la cjccL1c16n dcl Programa Direcc16n postal· Mmistcno de Plamflcac,Un Nac,onal ) l'olit,ca Econ6m1ca (MIDEPI.AN) Ed1ficio .Adnittico de Autos Subaru 250 m al nortc Los Yoses. San Pedro de l\lontes de o~a :-ian Joa~. Costa Rica (506}n4-77--l-6 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 Pli.g 5 Del Banco Facsi1111I n1rcccion postal: Ranco lntcramcrkano ,.k ncsarrollo 1300 Ne\\ York /\venue, N. W. Washington. D.C. 20577 EE Ul! (202) 623-3096 CAPITllLOYII \rbitrnie CLAl'SllLA 7.01. Cl;iusula coumromisnria- Para la soluciOn d~ toda controvcrs,a quc sc derive Jd prescntc Contrato) quc no sc rcsLicha por acuerdo entre las pane,. estas ,e someten 111cond1c10nal e 1rrevocahlemente al procedim1ento y folio del Tribunal de Arb11ra.1e a que se rdiere el Capitulo IX tk las Normas Generale~. FN FF nF IO CUA! , cl Prcstatano \' cl Ranco. actuando cada uno por mcdio de Sll rcprcsentantc autori7ao.h iirman cl prcscntc Contrato en dos (2) e.iernplmes de igual tenor en .',an Jose. Costa Rica. el dia amha i11d1cado. RFPl)RT ICA OF. COSTA RICA RA NCO INTFRAMF.RICANO OF DES.ARROLLO nav,d Fuenk~ Monlero M1111~lro de Hac1~nda Jorg:~ F R~qu~na Rcprcscnlnntc dd Banco en Costa R,ca LEG/RGll/lDBDOCS-#320307 SEGll"illA P-\RH'. NORl\-fAS GENERA.LE.', CAPJTtTLO I licaci(,n de las Normas Gcnerak~ ART1ct11.o 1.01. Aplicaci•in de las Normas c;enerales Fstas Normas (ienernles se aplican a los Contrntos de Prtstamo que el Banco lnterame11cano de Desarrollo acuerde con sus Prestata11os y. por lo tanto. sus d1spos1c1ones const1tuyen pane 111tegrante de este Contrato CAPJTllLO 11 llefinidones ARTICllLO 2Jll. Definiciones- Para los efectos de los comp1omisos contrnctuales. se adoptan las s1gu1entes deti111ciones: (a) ··Banco .. s1g111fka el Banco lnleramer1cano de D~sarrollo (bl --contrato" s1g11itica cl conjuntn de ~-st,pulac,oncs ~.spcc,alcs. Normas Generales y / e><os. (c) ··costo de los Emprtst1tos U111mondarios Calificados con Tasa de lnteres A.instable" significa el cos to para el Banco de los Emprest1tos U111mondario; Calilkado; wn Tasa tk lnkres A1ublable en la Moncda 1Jn1ca dcl hnanciamicnto, exprcsaJo en t6rminos de un porcenta ie anual. segun lo determine el Banco. (d) ··Cnsto de In, Emprestitos Un1monetanos Caliticadn, con Tasa de lnteres LIBOR". s1g111tica el costo para el Banco de los Emprest1tos U111mondario; Calilirndos con Ta~a de lntere~ l lBOR en la Moneda (Jnica dcl Financ,a1111cnto. cxprcsado en tCrminos de un porcentajc anual. scgun lo t!ctcrminc cl Ranco (e) ·-01rectono" s1gnitica el Directono E.1ecu11vo del Banco (f) ··Empr<!st1tos Urn111011etar1os Cahficados"' para Pr<:stamos dcnommados en cual4u1cr MoncJa Umca, s1gn1tica ya sea: (1) Jcsdc la kcli.1 en quc cl primer l'rcsrnmo en la Monc<la Unica sclccciona,Ja sea ap1obado por el D1rectm1n de! Banco. recursos del mecamsmo transitorio de estab1lizac16n de dicha Moneda U111ca y empr<!smos <lei Banw en d1drn l\loneda U111ca que sean dehlmadoh a proveer lo~ recursos para los prCstamos otorgados en esa Moncda (.inica bajo la Facilidad Unimonetana. o (11) a partir dcl pruner t!ia dcl scptimo Seme<;tre siguiente a la fecha antes mencionada. empresmos del Banco que sean destmados a pro,eer los recursos para los pr<:stamos en la Mone<la Unica ~deccionada ba10 la Facilidad Unimonelarrn (g) ··E;t1pulaciones Especrnleb-- ;1gnilica d conjunto de d,iusulas quc componcn la Primera Partc de cstc Contrato y quc cont,cncn los elememo, peculiares de la operac16n (h) ··facilidad Un1monetana" s1grntica la Fac1lidad que el Banco ha establecido para etectuar prtstamos en c1ertas monedas convertibles que el Banco selecc1011a penOd1cam~nl~ (i) ··Fccha de Detcrminacion de la Tasa de lntcrCs Rasuda en I IROR para cada Tmnestre·· s1gn1fica el dia 15 de Ins meses de enern, abril. julio y octuhre de cada al'io calenda11n. La Tasa de lnteres Basada en UBOR determ111ada por el Banco en una Fecha de Determ111ac16n <le la Ta~a de lntere~ Babada en UBOR para cada Trnne~lre ~eni aplicada rctroactivamcntc a Ins pnmcros quince (151 d1as dcl Trimcstrc rcspcctivo v continuaril sicndo aplkada dLirantc v hasrn cl ldtimo dia del Tnmestre (j) ·•financ1am1ento" s1grntica los fondos que el Banco conviene en poner a <l1spos1ciOn dd Pre;lmano para conlr1bu1r a la realizarnin dcl Proyedo. (k) "Fondo Rolalono" s1g111(ica d fon<lo que el Banco po<lni establecer de acuerdo con el /\mculo 4 07 de estas Norm as Generale, con cl ohJcto de adclantar rccursos para Cllhnr gastos rdacionados con la ejecuciOn dd Proyecto que ~ean /inanciabk~ con recurso; <lei Financ1am1ento (I) ··Garan1c·· sig11itic,1 la parte qLic ganmtin cl cumplimicnto Jc las obligac1011~; qu~ contra~ d Pr~slatano y asum~ olrn; obligaciones que. seglrn el Comrato de Garamia. quedan a su cargo (m) ··Moneda convertible" o --Moneda que no ,ea la dd pals dd Prestatario"" s,gnifka cualquicr mone,Ja Jc curso legal en pais distmto al del Prestmano, los Derechos Especial es de Giro del Fondo Monetano lnternacmnal y cualq111era otra unidad que represente la obligac,Un dcl scrv,cio Jc Jeno.la de un cmprCst,to dcl Ranco (n) ··Moneda l!111ca" s1g111fica rnalquier moneda co11\'erl1ble que el Banco haya seleccionadn pa1a ser otorgada en p1tstamos baJo la Fac,hdad Un11nonctana. (o) "Nom1a; Genernles"" significa el con 1unlo <le arliculo~ que componen la Segunda Parle de este Contrato y que rdkpn las politic,1s bUsicas dcl Ranco ,1plicablcs en torma uniformc a sus Conlralos de Pr~slamo (p) ··Orga111smo(s) E.1ecutor(es)" s1grntica la(s) ent1dad(es) encargada(sl de e.1ecutar el Prnyecto. en todo o en parte (11) "Pr~stamo" signifka lo, fondo~ qu~ ~e de~emboben con rnrgo al Financ1am1ento (r) ··Prestamo de la fac1lidad I Tn11nonetaria con Tasa de [meres Ajustablc" s,gmfica cualqu1cr Prestamo o partc de un PrCstamn otorga<lo por el Banco para ser desembolsado. contabilizado y amorl!zado en una Moneda l.lmca dentrn de la fac1lidad \Jnimonetaria y que, de confonrndad con las Est1pulaciones Especiales de este Contrato de PrCstamo, csta sujcto a una Tusa de lntcrCs AJustablc, <ldennmada <le conlonrn<lad con lo esl1pula<lo en el .Aniculo 3 04{a) de e<;tas Norm as Ciene1 ales ( s) "Prcstamo de la F aci I ,Jad U nimnnctana con · 1·asa de I ntcrCs Rasada en UBOR"" b1g111fica cualquier Pr~slmno o parte <le un Prt;lamo otorgado por d Banco para ser desembolsado. contabilizado y amorl17aJo en una Moncda Un1ca dentro de la ~ac,lidat! Unimoncrnna y (Ille, d~ conlunrndad con las Esl1pula~10nes Especiales d~ este Contrato de Pr<:stamo, est.i. sujeto a una Tasa de lnter<!s Basada en LIBOR. determ111ada de conformidad con In estipulado end i\rticulo 3.04(bJ de estas Normas G~nernles. (t) ""Prestatano" significa la parte en cuyo favor se pone a d1sposic16n el f111anciam1ento. (u) ··Proyecto·· s,gmfica cl Program a o Proyccto para cl cu al sc otorga el Fi11anc1am1ento. (\') ··semestre" s1gnitica los pnmeros o los ,egundos ,e1s meses de un ailo calcndann. (\I) 'Tasa de lnlerih UBOR" ;1gnilica cualqu1era <le las higuiemes definic1ones. de confonnidad con la moneda dd Prtstamo.-" (i) Ll1 cl ra;odel'r6;tainosde la facilidad lJnnnnnetana en dolares· (A) I .aTasu de lnterCs I IROR en una Fccha de Dctcrminacion de la Tasa de lnteres Basada en LIBOR para cada Tnmestre sen\ la ··USD-UBOR-BBA" que es la tasa aplicahle a dcp6s1tos en d6larcs a un pla10 <le trcs (3) meses quc tigurc en la Piigina Telerme 3750 a la~ 11 00 a.m., hora <le Londre~, en una fecha que es dos (2) Dias Bancarios Lon<linen,es ante, de la ~ ccha de nc1crm111ac1(,n de la Tasa de lntcrCs Rasada en LIBOR para cada Tnme:,tre. Si dicha la;a no apare~1~rn en la P.i.gma Tderate 3750. la tasa correspondiente a esa Fecha de Determinaci6n de la Tasa de !meres Basada en LIBOR para cada Trim~olr~ snil tktem1mada como s1 la, p<irtes hubiesen especificado ··USD-UBOR-Bancos Referenc1ales" como la Tasa de !meres UBOR aphcable (B) --usD-LIBOR-Bancos Referenciales"" ,ignifica que la la,a rnrrespond1ente a una Fe~ha de Detem1ma~1<.:,n de la Tasa de lnteres Basada en UBOR para cada Trnnestre seril detenninada en func16n de las tasa, a las que los Bancns Refcrcnc,alcs cstcn ofrccicndo los depUsitos en dolarcs a los ban cos de primerorden en el mercado interbancano de Londres aprm.imadamente a las I I ·Oil a.rn horn de londres. en una fccha quc cs dos I~) nias Rancanos I ondmcnscs antes de la Fecha<le DelerminaciOn de la Tasa de lntere:, Ba~ada en LIBOR para cada Trimestre. a un plazo de (3) meses. comenzando en la Fccha de nctcmrn1ac16n de la Tasa de lntcrCs Rasada en LIBOR para ca<la Trnnn!re y en un l\lonlo Repres~nlalivo. El Agente o .Agentes de Cillculo m1hzado{sl por d Banco solicitari(n) una cntizaci<'m de esa tasa a la nfic111a principal en Londres de rnda llllO de I% Ban~ob Reli::r~nrntles. S1 ;e obt1~ne un minimo de dos (2) cotizac1ones. la tasa correspo11d1ente a esa fedia de Detenninaci6n de la Tasa de lnter~s Basada en I IROR para ca.Ju Tnmcstn; scril la mcd,a antmCtka de las cot1zac1ones De obtenerse menos de dos (2) cotizaciones L('u,1lquiei te1111rn~ que hguie an mayusculas e11 el pforafo (\\) ~el /\1nculo 2111) que no es,e defin,do de rn,rnera algu10a en tsk piuoato 1e11J,j el "'"""" sign,ficado 'I'" le l,aya s,do a>1gnado en la, Dclinic1onc, de l~D~ de 2000. scgun la publ,cauon dd l111cma1Lonal S""P' and Dem:,t,ve, ·\ssoc,,IL<>n, Inc. I \;oci,,c,(rn ln1ein""m1,il de Ope,wones de Penrnn:, Frn,111,-1er;1 e lnS11t1n>amos llaowa<losJ er, ,us >e1sw,1es •nod,tica<las } ,omplern,nta<las. las ctrnles son mcorpor atlas en c>Lc documcn!o poi 1 cfrrc11c1a La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 hegim lo ~olicilmlo. la l<foa correwonJ1enle a e:,a Fedia Je Determmacu de la Tasa de lnteres Basada en LIBOR para cada Tnmcstrc scra la mcd,a arumCt1ea de las tasas cowadas por princ1pales baiKos en la ciuJad de Nueva York, escog1Jo~ por el /\gente o /\gentes de C:ilrnlo utilizado(sl prn el Banco. aprox,madamcnte a las 11 :00 am. hora Jc Nucva York, en esa Fecha de Detenrnnm:1011 de la Tasa Je lnkris BasaJa en I .ll-lOR p,ira cada 1·rimestre. ,1plicablc ,1 prcsrnmos en dlil,ires conced1dos a pnncipales bancos europeos. a un plazo de tres (3) meses, comcn7ando en la 1-'echa de Detcrmmacion de la Tasa de !meres Gasada en l!BOR para cada Tr,mestre y en un Monto Rcprcscntat1n1. Si cl Runco obticnc la tasa Jc ,meres de mils de un Agente de Cillculo. como res11ltado del procc<lim1cnto <lcscrito antcnormentc, cl Runco dctcnmnara a su sola J1screcu . la Tasa Je lnte,es LIBOR aplirnhle en LIila Fecha de Detenrnnac,0n de la Tasa de lnteres Ba:,ada en LIBOR para cada Trnneme. con fondamento en las tasas de mleres proporc1onaJas por lo:, Agente:, Je Citlculo. Para lo~ prop6sitos de esta d1,po,ic16n. si la fecha de Determinac16n Je la Ta:,a Je lnler~s Ba:,ada en UBOR parn cadaTnme:,tre no es 1111 dia hancario en la ci11dad de Nueva York. se utilizaran las lasa:, col1zadas en d primer Jia bancano en Nueva York inmcJi,namcntc sig.uicnte. (ii) End ca,otle Pn$umJ:S tie la Fm:iliJadllmmme~maen euros. (A) La Ta,a de lnteres LIBOR en una fecha de Determinac16n Je la Ta:,a de Inter~:, BasaJa en LIBOR para cada Tnrne:,lre serii la "'ElJR-UBOR-Telerate", que es la tasa para dept\sitos en euros a 1111 pla,:o de tres {3) mese:, que ligllre en la l'i1g111a Telerme 248 a las 11 00 am horn de Bruselas. en una lecha que es do:, (21 Dias de l1qu1Jac1011 TARGET antes de la Fecha de Determmac1611 de la Ta,a de lnte1es Ba,ada en LIBOR para cada TrnnesLre S1 110 aparec,~ra e:,a lasa en la Pilgrna Telerale 248. la tasa correspond1ente a esa r edrn de Determinaci6n de la Ta~a de lntere~ Ba~ada en UBOR para cada Trime:,lre s~ determinari como si las partes huh1esen especificado ··[IJR ELIRIBOR-Boncos Relerenc,ales·· como la Tasa de Intents I.IROR aphcablc, (8) ··EUR-ELTRIBOR-Gancos Referenc,ales" significa que la tasa corrcspond,entc a una 1-'ccha Jc Detcrminac1011 de la Tasa de lnten!s Gasada en LIBOR para cada Trimestre seril Jctcnninada en funcuin de las tusas a las quc los Rancos Referenciales est<!n ofrec1endo los dep6s11os en euros a los bancos de primer orden en cl mercaJo ,nterbancano de la 70na euro. aproximadamente a las 11 :00 a.m . hora de Bruselas. en LIila kcha que es dos (2) Dias de l1qu1Jac16n TARGET antes de esa fecha de Deterrninac16n de la Ta,a de lnteri, Ba:,ada en LIBOR para cada Trimeslre. a un pla,:o de Ire:, (3) meses. comenzando en la fecha de Determinac16n de la Ta:,a de lnleres BasaJa en LlBOR para caJa Tr,meslre yen 1111 Monto Repre,encam·o. partiendo de un calculo real de 360 dias. El .A.genie o Agentes de Cil.lculo utilizado(s) por el Banco solic1tar1i(n} una cotm1c16n de cs.1 tasa a la otic,na prmcipal en la zona euro de cada 11110 de los Bancos Referenc,ales S1 sc obticnc u11 minimo de dos (2) co\17ac,oncs, la tasa correspond1ente a esa Fecha de Determi11ac16n de la Tasa de lntcrCs Rasada en l TROR para cada Tnmestre sera la media antmC:11ca de las cotizac1ones De obtenerse menos de dos (1) eot17ac1oncs scgUn lo solic,tado, la tasa correspond1cnte a esa fecha de Detenninacit Je la Ta,a Je [meres Ba,ada en UBOR para cada Tnmestre :,eril la media m1tmetica de las tasas co11zadas por principales hancos de la zona erno. cscog,dos por cl Agcntc o Agcntcs de Calculo ut1li7ado(s) por el Banco. aproximadarnente a las 11 00 a.rn .. hora de Rrusclas. en csa Fccha Jc Dctcrmmacion de la Tasa <le lntcrCs Basada en UBOR para cada Trimestre. aplicable a pr<!stamos en cums conccd,dos a principalcs bancos curopcos. a un pla7o de tre, (3) meses. comenzando en la l'echa de Determinac1611 Je la Tasa de Inter<!:, BasaJa en LIBOR para cada Tnmeslre yen tm ~!onto Representauvo. Si el Banco ohtiene la tasa de mleres Je mil:, de un Agente J~ Cillculo como r~:,llilaJo Jel procedirmento descrito antenormente. el Banco determmar:\ a :,u ,ola J1:,crec1U11, la Ta:,a de Inter~:, LIBOR aplicable en 11na fecha de Determinac16n de la Tasa de lnteres Basada en LIBOR para cada Trimeslre. con fonJamenLo en la~ lasas de intcrCs proporcionadas por Ins Ag.cntcs de Calculo. Para los prop6snos de esta d1spos1ci6n. s1 la Fecha de Determmac1611 de la ·rasa de lntcrCs Rasada en l IROR pnra ca<la Trimcstrc no es 1111 dia bancano en Gruselas yen la zona e11ro. se utilizaran las tasas cowadas en cl pruner d1a bancario en Rrusdas y en la zona emo mmed1atameme sig:uiente. (iii) Fn cl casodc Pr&,·trmosJclal'ociluJad Unnnonctana,,i ycncs: (A) La Tasa de lnteres LIGOR en una Fecha de Determmac1611 Jc la Tasa de lntcrcs Rasada en I IROR para caJa Trimestre sera la ·"JPY-LIGOR-BGA". que es la tasa para dept\snos en ycnes a un pla7o Jc trcs (3) meses que figure en la Pagma Telerme 3750 a las 11 00 a.m hora de londres. en 11na fecha que cs dos('.:') Dias Raneanos I onJincnses antes Jc la Fecha de Determmac1611 de laTasa de lnler<!s BasaJa en LIBOR para ca<la 1·nmcstrc S, no aparccicra csa tasa en la Pagma l"clcratc 3750. la tasa correspond1ente a esa l'echa de Determinaci6n de la Ta:,a de lnler<!s BasaJa en UBOR para cada Tnme:,Lre scra detcrminada como s1 las partes hub1cscn cspcc1ficado ··JPY-llBOR-Bancos Reterenciales·· como la Tasa de lnterC:s UBOR aplicable. (B) "JPY-LIBOR-Bancos Reterencmles·· s1g111fica que la tasa corre:,pond1enle a una Fecha de Determmac1U11 de la Tasa de Interes Basada en LIBOR pa1a cada T11mestre se determmaril en fune1lin de las tasas a las quc los Raneos Rcforcneialcs cstCn ofreciendo los dep6s1tos en yen es a los ban cos de primer or den en cl mcrcaJo mtcrbancano de I ondrcs. aprox11nudamentc a las 11 00 am. hora de londres. en una fecha que es dos {2) Dias Rancarios l.ondmcnscs antes de la Fccha de Detcrminac1on de la Tasa de lnteres Gasada en LIGOR para cada Tr,mestre. ,1 tm pla7o de trcs (JJ meses. comc117ando en la ~ccha <le Determmac1011 Je la Ta~a de !meres Ba:,ada en UBOR para cada Trunestre y en un Monto Representam·o El Ag.erne o Agenle:, Je Citlculo uLihzado(:,) por el Banco solic1Laril{n) una cotizaci6n de esa tasa a la oficma principal en Londres de cada uno J~ los Bancos Reli::renciales. Sise obt1ene un mi111rno de dos (21 co11zac1011es, la tasa correspond1ente a esa l'echa de Determinac1011 de la Tasa de lntere:, Ba:,ada en UBOR para cad a Trimest1e seril la media aritmet1ca de las cotizaciones. De obtcnersc mcnos Jc dos (2) co\17ac1ones seg.Un lo sol1citado. la tasa correspond1ente a esa Fecha de Determmac1611 de la Tasa de lntcrCs Rasada en I.IROR para cadaTrimestre scra la mcJ1a arilmel1ca de I as la:,as col1zadas porpnnc ipales ban cos de T oh.io, escogidos por el /\gente o /\gent es de Cillculo lllllizado( ,l por el Banco. apro~1111adame11te a la:, 11.00 a.111 .. horn de Tokio. en esa Fecha de Determmacit de la Tasa de !meres Basada en I IROR para cada Trimcstrc, aplicablc a prCstamos en yenes concedidos a princ1pales bancos europeos. a un plazo de tres (3) meses, come117ando en la 1-'ccha de Dctcnninac1Un de la Tasa de lnteres Gasada en LIGOR para cada Tnmestre yen u11 Monto Rcprcscntallvo Si cl Banco obticnc la tasa <le rnteres Je mils de un Agente Je Cillculo. como res11lt0Jo Jel procedim1ento descrito antenormente. el Banco determmar:\ a :,u :,ola Jiscrec1011, la Ta:,a Je lnler<!s LIBOR aplicable en una fecha de Detenninaci6n de la Ta,a de lnteres Basada en UBOR para cada Trimeslre. con li.mJame1110 en las ta:,as de inte,es p1oporcionadas por los Agentes de Ciilculo. Pma lo, prop{>s1los de esta Jispos1ciUn. s1 la Fecha de Detenrnnac16n de la Tasa de lnterC:s Basada en UBOR para cadaTmnestre no cs un d1a bancario en Tokio, sc u11hnran las tasas co!l7adas en el pmner dia bancar10 en Tokio i111ned1atamente s1grnente (iv) ~.n cl caso de Prtsiamr,:, OC la Facili<lad Ummo11ctrnia en francos S\llZOS (A) La Tasa de ]meres UBOR en una fecha de Detenninaci6n de la Ta:,a de lnler<!s BasaJa en UBOR para cada Tnme:,1re sen\ la "CHf-LIBOR-BBA .. que es la tasa pma dep6s1tos en lrancos SLnzo, a un plazo Je Ires (31 me:,es que figure en la Pag.ina Telernte 3750 a las 11 ·00 am. hrna de Londres. en una focha 4uc cs dos /2) Dias Rancarios I onJinenscs antes de la Fecha de Determmacit de la Tasa de lnterC:s Gasada en I IROR para caJa Tnmcstrc S1 no aparce,cra csa tasu en la P1igma Telerate 3750. la tasa correspondiente a esa Fecha de Dctcrminac1011 de la Tasa de lntcrCs Rasada en UROR para cada Tr,mestre se detenrnnoril ta! como s1 las partes hubiesen espec1ficado ··CHf-LIBOR-Bancos Rd'erenciales" como la Tasa de lntcrCs I IROR aphcablc. (B) ··CI lf-l!GOR-Bancos Referenc,ales" s1g111fica que la tasa corrcspondicntc a una 1-'ccha <le Detcnnmac1(,n de la Tasa de Interes Basada en UBOR para cada Tr,mestre se determinaril en fonc16n Jc las tasas a las que Ins Rancos Rctcrcnc,ales esten ofrec1endo los dep6sitos en francos su1zos a los bancos de pruner orden en el mercado mterhancario de Londres. apro\imadamenle a la~ 11.00 am hora de Londre:, en una fecha que es dos (2) Dias Bancanos londmenses antes de la Fecha Je Detemrnrnc1(m J~ la Ta:,a de Inter~:, Basada en LIBOR para cada Trnneslle. a un plazo de tres (31 meses. comenando en la Fecha de Determmac1011 de la Tasa de Interes Basada en LIBOR para cada Trimestre yen un Monto Rcprcscntatl\'0, Fl Agcnte o Agcntcs de Ciilculo ut11inJo(s) por el Banco solicnaril(n) una cotizac16n de esa tasa a la oficma principal en I ondrcs <le cuda uno de los Rancos Rcfcrencialcs. Si se obt1ene 1111 minimo de dos (2) cotizaciones, la tasa corrcspondicntc a csa 1-'ccha de nctcrm111ac16n de la Tusa de Interes Basada en LIBOR paro cada Trnnestre serii la media ,iritmCtica de las cotincioncs. nc obtencrsc mcnos de dos (2) col1zac1011es segim lo solicila<lo, la lasa corre~ponJienle a esa fecha de Detenrnnac16n de la Tac;a de lnterts Ba,ada en LIBOR para cada Trimeslre :,eril la m~drn arnmeLica de las tasas co11zadas por pnnc1pales hancos de lunch. escogido, por el Agenle o Agentes de Citlculo ulilizaJo(s) por el Banco, apro:-.imadamente a la, 11.00 a.m horn de Zurich. en esa Fecha de Determinaci(m de la Ta~a de lnteri:, Basada en La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 Pli.g 7 UBOR para cada Tnrne~tre, aplicable a pr<.'stamo~ en li-anco~ smzos conced1dos a principales bancos ernopeos. a tm plazo de trcs (3) meses. comcn1andu en la 1-'ccha de Dctcrminac1(,n de la Ta~a tk Inter<.':, Basada en UBOR para cada Tnrne~lre y en un Monto Representa11vo S1 el Banco ohtiene la tasa de intcrCs de miis de un Agcntc Calculo. como rcsultado dcl proced1rn1ento descnlo antenonnente, el Banco delem1mani a su sola d1screci6n. la Tasa de lnterts UBOR aplicable en una Fecha de Determmac16n de la Tasa de lnteres Basada en l.ll-lOR p,ira eada 1·nmcstrc. con funJamcnto en las rnsas de mteres propomonadas por los Agentes de C.ilculo. Para los propUsitus de esta d,spusicuin. si la Fccha de Dctcrminac1U11 de la Tasa de lnteres Basada en UBOR para cada Tnrnestre no cs un dia bancano en /.unch. sc Ulil,1ariln las tasas cotindas en el pruner dia bancar10 en Zurich mmed1atame111e siguiente. (") ·•Trimcstrc" significa cada uno de los s1gu1cntcs pcriodos de tres (3) meses del aiio calendario: el periodo que com1enza el I de cncru y tcr111111a cl 31 de mar1u. cl pcnudo quc con11cn1a cl l de abril y termina el 30 de .1u1110. el periodo que com1enza el 1 de JU ho y tcm1ina cl JO de scpt,cmbrc. y cl pcnodo quc comicnn cl 1 de ocmbre y tenrnna el 31 de diciemb1e CAPllTI.O Ill \mortizaci\ln, lntcrcscs Y Comi1:1i1ln de Credito ARTIClTLO 3.01. F'echas de pago de amorfizad611 y de intereses El Prcstatario amort1nra cl PrCstamo en cuotas scmcstraks en las mismas feeha, detenninada, de acuerdo con la Climsula 2 02 de las [stipulacrnnes ~.spcc1ales para cl pago de los mtercscs S1 la fccha de \'1gcnc,a de cste Contrato foera entre el 15 y el JO de .1unio o entre el 15 y el 31 de d1ciembre. las fcchas de pagu de lus intercscs y de la pnmcra y de las consecutivas cuotas de amort1zac16n ser.i11 el 15 de J1m10 y el 15 de dic1embre. seglm cnrrcspunda. ARTIClTLO 3.02. Comisi6n decredito (a)Sobre el saldo nodesembolsado dcl hnandamicnto quc no sea en moncda Jcl pais dcl Prcstatario. CStc paganl. una comis16n de cn!dito. que empezar:l. a devengarse a los sesenta (60) dias de la fccha dcl Contrato. Fl mnntu de d,cha cnm,sion scril aqu~I ind1cado en las Estipulac1011es Especiales y. en ninglm caso. podril exceder dcl 0,75% por ano. (b) En el caso de Pr<.'stamos en d6lares de los Estados U111dos de AmCrica bajo la F acilidad Un,monctaria. csta com,su'm sc pagaril en d(,larcs de los Estados Unidos de America En el caso de todos los Pr<!stamos ba10 la Fa~1hdad U111rnonelaria en una moneda distinla al d{,lar de lo~ Ei>tadl,s 1 li11dos de Amenea. esta com1si611 se pagm3. en la moneda del Pri'ilamo Esla com1~iOn ser(1 pagada en la, mismas li::~has est1puladah para el pago de los 111tereses de confmrmdad con lo prev1'ilo en las [stipulacrnne, Espe~iale~. (c) fata com1si611 cesaril de devengarse en todo o pane. segll.n sea el caso. en la med1da en que (1 )Se hay an electuado los rehpecli\o:, desembolsos: o (i1) haja quedado total o pnrcialmente sin et"eeto el financ1am1entn de confom11dad con lo:, Arti~ulo~ 3 15, 3 16 y 4 02 de ehta~ Nomia~ Generales : con los pertmentes de las [stipulacrnne~ Especmles. ,\RTICl1LO 3.03. C;ikulo de los intcrcscs y de la comisicin de uedito Los mtereses; la com1s10n de cridito se calcular3.n con hase en el nllmern e'\aclo de dia~ del Serne~tre ~orrnpond1ente. ARTIC1TLO 3.04. lntereses Los mtere,es se devengan sobre los :,aldo~ deudore~ diano~ del Pr<!htamo a una ta~a anual que el Banco li iani per16d1camente de acuerdo con ,u polmca sohre tasa, de interts y que podn'1 ser ona de las ~1gu1ente:, de conlOrmidad con lo e:,t1pulado en la~ [stipulaciones Especrnles o en ln carta del Prestatario. a la que se refiere el Articulo 4.0 I lg) de estas Normas Generaks. si el Preslalario decide ~ambim la alte1nativa de tasa de 1111eres del P1estamo de la l'ac!lidad Un1monetana de conlonrndml con lo esl1pulado en la Climsula 2 03 de la~ fat1pulac10nes C,peciales· (a) En el caso de Pr~slamo:, de la Fac1lidad Urnmonelmrn a Tasa de lnte1es /\Jnstahle. los 111tereses ,e devengariln sobre los saldos deudore, diar1os del Pr~stamo a una ta:,a annal parn cada Sernehlre que se detenrnnara en time1611 de! Costo de lo, Empri~tito, Calili~ado~ con una Taha de lnler<.'s A justable en la Moneda Unica del l'manciarmento, mils el margen vigente para pristamo, de\ capital ord111m10 e'\pre~ado en l~rminu:, de un porcenta1e anual. o (b) En el caso de Prc'stamos de la I' acil1dad ! ,lnimonetnr1a con Tasa de Inter~~ Bahada en l lBOR. loh inLerehes se devengan'm sobre lo~ :,aldo~ deudores diarios del Prtstamo a mm tasa annal para cada Trimestre determmada por el Ban~o en una Fecha de Detem1i11ac1Un de la Tasa de lnterb; Basada en UBOR para cada Trimestre. calculada de la siguiente forma: (1) la respec11va Tasa de [meres UBOR. conforme sc define en cl Articulo 2 Ol(w) de estas Norm,1s licncraks. (11) mils o menos un margen de costo calculado tnmestralmente como cl promcd10 pundcradn de todos los miirgcncs de costo al Rauco relacionados con los emprestitos as1gnados a la canasta de ernpresmos dcl Ranco que tinanc,an los PrCstamus de la 1-'acilidad Un,monctana con Tasa de lnter<!s Basada en UBOR. (111) mils el valor neto de cualquicr costo yio gananc,a, calculado trimcstrahncntc. gcncrado por cualqrner operac1611 con rnstrumentos denvados en que part1c1pe cl Ranco para n11tigar cl cfccto de fluctuacioncs cxtrcmas en la Tasa de lntere~ UBOR de los pr~hlamos oble111do~ pur el Banco para financ1ar la Facilidad Unnnonetaria con Tasa de lnteres Basada en l.ll-lOR: (iv) mils cl margcn vigcntc para prCstamns dcl capital urdrnm10 ,-1genle en la Fecha de DetermmaciOn de la Tasa de lnter~s Basada en UBOR para cada Tnmestre expresado en tem1111os de un poreentaJe anual (t) P,ira los cfcctos dcl anterior Articulo J.IJ4(b}: (i) 1-'I Prcstatario y cl Garantc de cualquicr PrCstamo de la Facilidad U111monetaria con Tasa de lnteres Basada en UBOR expresamente aceptan ; acuerdan que. (A) la Tasa de lntere, I.IROR a quc sc rcficrc cl Artic1do 3 04(h)(1) anterior y cl mmgen de coslo de los empr~s11tos <lei Banco a que he refiere el Articulo 3 04(b)( i1) anterior. podriln es tar suJetos a considerables fluctuac1ones durante la vida de! Pristamo. razon por la cual la altcrnat1\'a de Tasa <le lntcrCs Rasada en I.IROR pucdc acarrcar r1esgos financ1ero:, hign1ficat1,us para el Prehlatario y el Garante; IB) el Banco podnl.. a su entera discrec1611. part1cipar en cualqu1er operaci6n cm1 rnstrumentos derivados a efecto, de 111i11gar el impacto de l111dua~ione, e:-.lremas en la Tasa de l111ereh LIBOR aplicable a los emprest1tos obtenidos por el Banco para tinanciar los PrestamM de la fae1hdad Un1monetana con Tasa de lotere, Rasa<la en I IROR, conformc con In est,pulado en cl Articuln 3 04(b)(111) anterior, y (CJ cualquier ne:,go de nu~1uac1011es en la altema11va de Tasa de lnteres Basada en LJBOR de los Prtstamos de la fac11idad 1/nimondarm serii a,umidaen su rntegridad por el Prcstatann v cl liarante, en su caso. (ii) El Ballco, en cualqu1er mornenlo. deb1do a camb10s que sc produzcan en la pritct1ca dcl mcrcado y quc afcctcn la determinae1611 de la Tasa de Interes Ba,ada eo LIBOR para los l'rCstamos de la ~acilid,1d Unimonctaria yen aras de prntcgcr los mterese:, de sus preslatm1os, en general. y los del Banco. podri1 apl1caruna base de cillculo di/heme a la estipulada en el Articulo 3 04(h)(i) ante1ior paia determinar la tasa de mtere, aplicahle al PrCstamo. s,emprc y cuando 11ot1tiquc con. al menus, trcs (3) me~es de anti~1parni11 al Prestalario y al Garnnte, wbre la nue\'a base de cillculo aplicable la nueva base de cillculo entrarii en v1gencia en la ticcha de venc11rnento de\ periodo de no11ticaci6n, a mcnos quc cl Prcstatano o cl liarantc not1fiquc al Ranco durantc dicho periodo su objec16n. caso en el cual dicha moditicac16n no serii apheahle al Prestamo. ARTIC1TLO 3.05. Desembolsos y pa"os de amorfizaciones e i11tereses en moneda nacional. (a) l as cant,daJcs quc sc dcscmbolscn en la moncda del pais del l'restatar10 se aplicariin al Fmanciamiento) se adeudarim por el equ1valente en d61ares de los fatados Unidos de America. detenrnnado de conform,<lad con cl t1po de cambrn v,gcnte en la tccha <lei rcspcct1\'0 desembolso (b) Los pagos de las cuotas de amort1zac16n e mtereses deberiin haeer,e en la moneda desemholsada por el equi\alente en d61are, de IM 1-'stados Unidus de AmCnca. dctcrm111ado <le confon111dad con cl tipu de camb10 vigenle en la li::cha del pago. (c) Para efectos de detenrnnar las equivalencias est1puladas en los 111e1sos (al} (hl aoteriores, se m1lizara el tipo de eamhio que corresponda de acucrdu con lo cstahlcc,do en cl Artkulo 3 06 .\RTIC'llLO 3.06. Iino de cambio, (a) El t1po de camb10 que se u11hzani para establecer la equivalencia de la moneda de! pais del Prestatano con relacrnn al d61ar de los Estados 1/nidns de Amenea. sen\ el siguiente· (i) ~-I tipo de camhio currcspond1c11tc al cntcnd11nicnto \ 1gcnte cntre el Banco y el respecli\·o pais m1embro para los electo:, de manlener el valor de la moneda. confom1e lo establece la Secc16n 3 del Articulo V del Conven10 Constituli\'o del Banco. (ii) De no ex1s11r en vigor un entend11111ento entre el Banco , el rcspcct1\'0 pais micmbrn-suhrc cl t1po de camh,o quc dcbc aplicUrsc para lo~ eleclo:, de mantener el valor de :,u rnoneda en poder <lei Banco. tste tendril derecho a exig1r que para los fines de pago de amortinciOn e intcrcses sc apliquc cl tipo de c.m1bio utilindn en esa li::~ha por el Banrn Central del pai:, m1embro o pur el correspond1ente organismo monetano para vender d61ares de los [stados ! ,lnido, de Amen ea a los 1es1dentes en el pals. que no ,ean cntidadcs gubemamcntales. para cfcctuar las siguicntcs upcrae,oncs {a) pagu pur concepLo de capital e mleres~~ adeudadoh. (b) reme:,a de d1videndos o de otros mgresos prove111entes de mvers1ones de (apital en el pals. y (c) remesa de capitales 111vert1dos S1 para esta, trcs clascs de upcrac,oncs no hub,crc cl m,smn t,pn de camb1u. sc aplicarii el que sea m.is alto, es decir el que represente un mayor nl1mero de unidades de la moneda del pal, respect1vo pm cada dolar de Ins htndos Umdos <le Am6ncn. (iii) S1 en la kcha en que deba realinir~e el pago no pud1ere aplicar:,e la regla anted1cba por mexistenc1a de las operaciones menc1011adas. el pago se hara sohre la hase del m:\s 1ec1ente tipo de earnh10 ut1l1zado para talcs opcrac1oncs dcntru de los trcinta (30) dias antcnnrcs a la li::~ha <lei >encurnento. (h·) S1 no obstante la aplicaci6n de las reglas amenores 110 pud1ere determinarse el tipo de camb10 que deberii emplearse para lo, tine, de pago o s, surg,crcn discrcpanc,as en cuanto a d,cha dctcr111111ac1tin, se estaril. en esta mater1a a lo que resuelva el Banco tomando en cons1derae1611 la, realidades del mercado camhiario en el respect1vo pais m,cmbro. l'>'ig8 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 (,·) Si. por inrnmpl11nienlo <le las reglab anlmoreb, d Banco consi<lna que d pa!,W di;,dua<lo en la mone<la correspon<liente ha s,do 111sufic1c11tc. dcbcni cnmun1carlo de mmc<l,ato al Prcstnrnnn para que estc prnceda a cuhm la d1krencia dentrn dd plazo maximo de tremta (301 dias hUhiles contados a partu de la frdm en que se haya rec1b1do el av1s0 S1. por el contrar10. la soma recib1da fuere superior a la atleudada. el Banco procedeni a hacer la deH>lornin de los fondob en e~ceso <lentro dd m1smo plaLo. (b) Con cl fin de <letcnninar la cqui\alcnch1 en <l61arcs de los 1--srndos l l111dos de ,\me, ,ca de un gas to que se etectue en moneda de! pais del Prestmano. se utilizarit el 11po de cambio aplicable en la fecha de pago del respectivo gasto. s1guiendo la regla se1lalada en el 111c1so (a) de! presente Ankulo Para e;lo~ ekdo~. se enl1ende que la kcha <le pago del ga~Lo e~ aqudla en lu quc cl Prcstatario. cl Organ1smn I' jccutor. o cuaksqu,cra otra persona natural o juridica a quicn sc le hay a <lckg,1do la facultad de cfccmar gastos, eteccll.e Ins pa gos 1espectivM. en favrn de! contrm,sta o prm eedor. ARTIClTLO ,3.07. Desembolsos '" pagos de amortizaciOn e intereses en Moncda l"nica En el ca;o de Pr~~Lamos olorgado; bajo la facili<lad Un11110ndana, los de~embobos ,. pago; tk an10rt1,:acil,n e intere;es ser(m clcctuadns en la Moncda (Jn,ca dcl PrCstamo part1cl1lar. ARTICITLO 3.08. Valoradiin de monedas ronnrtihles S1e111p1e que. seglm este Contrato. sea necesano determinar el valor de una Moneda que no sea la del pais del Prestatar10. en timc16n de otra, tal valor sera el que rawnablemenle liJe d Banco ARTIClll.0 3.09. Participacione~ (a) 1-'1 Runco podni ceder a ntras ms11tuc1011es pl1hlicas o privadas, a titulo de pamcipaciones. los derechos correspon<lientes a las oblignciones pecu111arias del Prestatario provenientes de esle Contralo El Banco inlormarii 111me<lialamenle al l'resLalario sobre cada ccs1Un. (h) Se podra11 acordar parl!c1pac1ones en relacu con cualesquiera de: (i) las cant1dades del Prtstamo que se hayan desembolsado pre\'1ameme a la celebraciOn del acuerdo de part1cipaciOn, o (11) las cantidades del fmanrn11nierno que e~l<in pend1enle~ de tlesembobo en el momenlo de cclcbrarsc cl acucr<lo de part,cipacion (c) El Banco podra. con la previa confonmdad de\ Prestatario. ceder en todo o en porte el unporte no dese111bolsado de! l'manc1mmento a otras 111s11mc1011es pllblicas o pnYadas A tales efectos, la porc1011 su 1da a parucipaciUn sera <lenom111a<la en l<irminos <le un niimero lijo de urntiades de una o ,-arias mon~da, comerl1bles. lgualmente y previa cnnform1da<l dcl Prcstatario. cl Runco podril cstablcccr para <licha porc1Un sujeta a partic1pacH . una tasa de imaes difrrente a la establec1da en d presente Contrato Los pagos de los 111tere,es asi co1110 de las cuotas de amort1zac1011 se d"ectuaril.n en la moneda especificada en la que se et"ecmO la parlic1pac1Un. yen las li::chas intiica<lab en el Arliculo 3 Ill El Banco e11lr~gari1 al Pre;latano y al Panic1pa11le una tabla tie amorl1n1ciUn. tiespl1~s de cfcctuado cl Ultimo dcscmbolso ARTIC1TLO 3.10. lmputaciOn de los pagos. Todo pago se unpmaril en primer t<!r111ino a devoluciOn de a1111c1pos no JUst1ficados. luego a comis1ones e rntereses ex1g1bles en la lechn del pago y s1 hubiere un saldo, a la amorl1LaciUn de coolas venc1<las de cap1Lal ARTIClll.0 J.11. Pagos anticipados. Pre,·ia not,ficacion cscrita al Banco con. por lo menos. cuarema y cinco (--15) dia, de ant1c1pac10n. e! Prestmario podrit pagar. en una de las lechas de pago de intereses 111d1cada en las Est1pulac1ones Espec,ales. cualqu1er parte del Prestamo antes de su \'enc11nienlo. s1empre queen la kcha <lei pago no a<leu<le soma alguna por concepto <le comis10nes o 111lerese; Totio pago parc1al ant1c1patio. saho acucrtio escnto en contrario. sc ,mputani a las cuntas <le capital pcnJicntcs. en orden 111\'erso a su ve11c11111ento ,\RTIClTLO J.12.~. A :,olirnud dd Banco, e! Pre:,lmano :,u~cnbini y enlregan·, al Banco. a la /inalin1c1U11 de I% tiesembols%. el recibo o rcc1bns quc rcprcscnten las sumas Jcscmbolsadas ARTIC1TLO 3.13. Vendmientos en dias feriados. Todo pago o cualquiern otra prestac16n que. en cumpluniento del presence Contrato. debiera lie, arse a cabo en sabado. domingo o en dia que sea feriado bancar10 seglrn la ley de! lugar en que <leba ser hecho. se enlenden·, vi11itiamenle eli::ctua<lo en el primer ti1a hab,I s1gu1cntc. s,n quc en tal caso prnccda rccargo algunn ARTIC1TLO 3.14. Lugar de los pagos Todo pago deherit efrctuarse en la oficina pnncipal del Banco en V./asl11ngton. Distrito de Columbia. Estados Un1dos de Amtnca. a 111enos que el Banco des1g11e otro lugar o lugares para ~sle ekcto. previa nolilicac1Un ebcnla al Pre:,lalano. ARTIClll.0 3.15. Renuncia a parte del Financiamiento fl Prcstatario. <le acucrdo con cl G,1ra11tc. si lo hubicrc. mc<li,mtc aviso por cscrito cnvia<lo al Banco. pod,a renunciar o si1 derecho de u11hzar cualqu1e1 pane del frna11c1amiento que no haya sido desembolsada antes del rec1bo del av1so. siempre que nose Irate de las cantidades previstas en el Articulo 5.03 de eslas Nonna; Generales. ARTICll I .O 3.16. <'ancetacifm automatica de pa rte del Financiamiento A menos que el Banco haya acordado con e! Prestatano y e! (iarante. si lo hubiere. e"presamente y por escrito prrnrogar los plazos para efectum los desembolsos. la porciOn del frnanciamiento que no lrnb1ere s1do comprometidao desembolsada. seglln sea el rnso. <lenlro del corre:,pond1enle plan1. qucdar;:\ automitt,camcntc cancclada. CAPITlll.0 I\" '.\ormas Relativas a Desembolsos ARTIClll ,O 4.01. ("ondiciones preyias al primer desembolso 1-' I primer desembolso del Financiam1ento estil cond1c1onado a que se cumplan a satisfaec16n dcl Ran~o los siguicntcs rcqu,sitos (a) Que el Banco hay a rec1bido uno om.is 111formesJurid1cos fundados quc cstablC?can. con scl'ialamicnto de las pcrtincntcs d,sposicinncs co11stituc10nales. legales J re:;damentarias. que las obligaciones contraidas pnr cl Prcstatario en cstc Contrato y las dcl Garantc en cl Contrato de Garantia si lo lrnb1ere. son y;:\iJdas y e....:ig1bks Dichos mformcs dcber;:\11 rdCnrsc. a<lcmas. a cualqu,cr cnnsulta juridica que el Banco razonablemente estune penineme formular (h) Que cl Prcstatario. por si o por mc<lio Jcl Organ,smo 1-'Jccutor en su caso. lrnya des1gnado uno o mils funcrnnanos que puedan repre,entarlo en ludo~ los actos re!acionados con la e j~cuc1l>n de este Contrato y hoya hecho llegar al Banco eje111plare, amentico, <l~ la; linna:, de d1chos r~presenlantes. 5i se des1g11aren do~ o mi,s func1011arios. corre,ponderit se1lalar s1 los designadM pueden actuar :,eparatiamenle o s, 11e11en que hacerlo de manera conJlmla. (r) Que el Prestatano, por si o por med10 de! 01garnsmo EJecutor en su caso. haya tiemo;lrado al Banco que se han asignado los recursos sufic1entes para atender. por lo 111enos durante e! primer atlo calendario. la e1ecu~1U11 dd Proyecw. tie acuerdo con el cronograma de 111ver,iones mencionado en el 111c1so s1gmcnte Cuando este financ1am1enlo con~uluya la conl111uaciUn tie una m,~ma operaciOn. (uya eta pa o eta pas ant en ores esct financiando d Banco, la ohligaci6n establecida en este 111c1so no sera aplicable (d) Que el P1estatario. pm si o por medio dd Organ1smo EJecutor en su caso, haya presentatio al Banco un mlUm1e 1111crnl preparado de ocuerdo con los lineam1entos que se1lale el Banco y que sin a de base para la elaborac1Un y evaluac1Un de lo:, inlUrmes <le progre~o a que se rdiere el subinciso (aJ(i) de\ Articulo 7.03 de esta,; Nonna, Generales En atiic1Un a olras inlurmac,one:, que el Banco pueda razonahkmente solic1tar de acuado con este Contrato. el informe 1mcrnl tieben·, compren<ler (1) un plan <le realizac,Un tiel Proyeclo. quc mcluya. cuando no se tratare de un prngrama de conccs16n de cr~tiilo~. los pianos y ewec11irncione~ que. a juic10 del Banco. sean ncccsarias: (ii) un c,1lcndario o cronograma de traba io ode conccsion de creditos, seglm corresponda; y (iu l un cuadro de on gen y apl1cac16n de fondos en cl quc constcn cl calcndario de 111vcrsioncs dctallado. de acuerdo con las categorias de 111vers16n rndicadas en el Anexo A de cstc Contratn y cl sdlalam1c11to de los aportes anualcs ncccsarios de las d1s1111tas fuentes de fondos. con los cuales se financiar;i el Prnyccto Cuantio en este Contrato sc prcvca cl rccnnocimicnto de gastos arnenores a su firma o a la de la Resoluc1011 aprobator,a del 1-'manciamicnto. cl informc imc,al dcbcril incluir un cstado Jc las 111Yers1ones :- de acuerdo con los objet1vos del Financ1am1ento. una Jcscnpc,tin de las obras rcalin<las en cl Proyccto o una rclac,on de los c1td11os formalizados. seglln sea del caso. hasta una fedrn 111mediata anterior al in lorm~. (e) Que el Prestatano o el Orga111smo Ejecutor haya presentado al Banco el plan. cat~logo o cl><l1go <le cuenta:, a ql1e hace reli::rencia el Amculo 7 01 de estas Nonna, Generales (f) Qu~ el Orga111smo Olicial tie f1~caliLac1U11 al que ~e rdkre las Estipulac10nes Especiale,, ha:a ~onvenido en realizar las funcione, <le aud1Loria pre\11>la~ en el 111c1so (b) <lei Arliculo 7.03 de e~Las Normas Generaks y en las Est1pulaciones C,peciaks. o que d Pre~lalario o el Organis1110 E jeculor. hay an convenido con el Banco respecto de una firma de contadores pl1hlicos 111depcndierne que r~alice las mencionadas funcione~. (g) Ll Banco debe1il habe1 recib1do una carrn deh1damente tirmada pm el l'reslalario. con el consentimiento e,cr1to del Garante. en su caso, ,·a sea contirmando su dec1s10n de mantene, la alternativa de tasa de inter~s orig111almente escog1da para el fmancrnm1e11lo conlurme con lo es11pulado en las Clausulas 1.02(bJ y 2 021a) de las Estipulac,ones Espec1ales: o b1en comurncantio ~u tiec1:,iOn de cambiar la allemal1va de tasa de interts del F111anc1am1elllo. confonne con lo es11pulado en la Clim~ula 2 03 de la~ Esl1pulac10ne~ Especrnle~ <le e:,le Cornralo de Prtstamo. En ca<;o que d Prestatario. con d consent11rne1110 escnto <lei Garanle. en su caso. dec1da cambrnr la allernaliva <le la~a <le interts apl1cahle al Fmanciamiento. d Pre<;tatano de beta notificar por escnlo al Banco respeclo tie su ti~c,siOn, .:on um, anlic1pac1Un mi111ma de trcinta (JOI d,as calcn<l,1rio ,1 la fccl1a <le prescntaci6n al Hanco de su sohc1tud para el primer desembolso del financ1am1ento Para los cfcctos de csta notiticac,On. cl Prcstatano dcbcr;i usar cl modcln de cana requendo por el Ganco. GaJo n111g:11na c1rcunstancia. el camb,o de la altcrnativa <le tasa de interes dcl Fmanc,am,cntn dcbcra realizarse en un lapso de t1empo menor al periodo de tre111ta (30) dias calcn<lann Jc ant1cipacio11 a la fccha Jc prcsc11taci6n al Ranco de su solicitud para el prnner desembolso del Financ1am1e11to ARTIClll .O 4.02. Plazo para cumplir las condicioncs pre,·ia~ al primer desemholso. S1 dentro de los c1ento ochenta (180) dias contados a partir de la ,·igencia de cste Contrato. o de un pla10 mas ampho quc las partcs acuerden por escr1to. no se cumplieren las cond1c1011es pre\"ias al prnner dcscmbolso cstablcc1das en cl A.rticulo 4 0 I de cstas Norm as Gcneralcs yen las Es11pulac1ones Especiales. el Banco podr.i poner tel"mino a este Contrato dando al Prcstatano cl av1so corrcspon<licntc. La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 Pli.g 9 ,\RTICl1LO 4.03. Rcuuisitos nara !min dcscmbolso Pam que el B,mco dectlle cualqmer desembolso seri menester {al que el Prestatano o el Orgonismo 1-' iccutor en su caso. hu\a prcscntado por cscrito lllHl solicitud de de;embobo y 1.Jlle, en apoyo de di,·ha solicitud. se hayan summ1;lrndo al Banco. los pertrnentes documentos y demis antecedentes que t'ste pueda haherle requerido [n el caso de aquellM Prestmnos en los cuales el Prcstotario haya optado por rcc,bir tinonc1amknto en una comb,naci6n de Monedas l1111ca~. o en una o mi1s l\loneda; Urncas, la solicnml dd,e adem:,~ ind1car el 11101110 especifico de la(sl Moneda(s) Urnca(s) particular(es) que se requ1ere desemholsor: (hl la, solicitudes dehenin ser prese11tadas. a m;is tardar, con trdnta (JO) d1as eakndano de antic1pac16n a la fceha de expirnciiin del plazo parn de8embobo~ o de la pr6rroga del m1hmo, que el Prestata110 y el Banco hub1eren acordado por escrito. {cl que no ha)a surg.ido alg.una de las circunsrnncias dcscrirns en cl A.rticldo 5 (II de cstas Nonnas Genernles: y (di que el Garnnle, en Sll caso, nose enrnenlre en incumpluniento por mas de c1ento vemte ( 120) dias. de sus obl1gac1ones de pagn para con el Banco por conceptn de cualquier Pristamo o Garantia. ARTICllLO -U14. nesembolso~ nara <:ooperaci{m Tfcnica. s, las Es11pulac1one; Especiale; contemplarnn Fi11anciam1enlo de gaslos para Cooperac16n Tt'cn1ca. lo5 desembolsos para e5e prop6sito podrin efectuarse una vez que se ha)an cumplidn Ins 1equ1s1tos estahlecidn, en los 111c1sos (o) y (bl dcl Art1culo 4 (I I y en cl Art,culo 4 03 de cstas Nonnas Gcncralcs ,\RTIC'l1LO 4.05. Papo de la cuota nara insoccci<'rn y 1ipilancia- S1 el Banco e5tableciera que se cobrara trn monto para cubrir su5 gasto5 por concepto de mspecc10n y \ 1gilancia genernles, de acuerdo con lo dispuestn en las Est,pulacioncs 1-'spcc,alcs. cl Ran co notificar;i al Prcstatario al rcspccto y <'~k 1nd1cani ;i pagar;i d1cho monlo d1rectamenle al Banco o si el Banco dcbcra rctirar y rctcncr d1cho monto de los rccursos dcl Fi11anc1am1cnto Tan to el pa1:10 por parte del Prestatano como la retenci6n por parte del Banco <le Clialquicr monto quc sc Jestine a inspccci(in y \ igilanci,1 gcncralcs sc realiLarim en la moneda <lei Prt'slamo. ,\RTICl1LO 4.06. Pou:c11imicntn nara Im, dcscmbolsos El Banco podr.\ efectuar desembolsos con cargo al Financ1am1ento. asi (a) mediante 1:11ro5 en favor dcl Prcstatario de las sumas ,1 quc tcng.,1 dcrccho de conformidad con esle Contralo, (b) me<liante pago; por cuenta del Pre;lalano y de acuerdo con t'I a otras 111st1111c10nes bancar1a5; (c) mediante la con5t1tuc16n n 1enovaCl( del rondo Rotatorio a que sere ti ere el Articuln 4.07 s1guiente. y (d) mcd,antc otro mCtudo quc las panes acucrdcn pnr cscrito Cualqu,cr ga~lo bancario que cobre un lercero con mol1vo d~ lo,; des~mbolso~ ~eni por cuenta del Prestatano A menus que las panes lo acuerden de otra manera. s,\lo se harim desemholsns en cada ncasion por sum as 110 mfenores al c4u1Yalcntc de cicn mil dolarcs de los 1-'stados de Un1dos de Am~nca (US$100 000) ARTIClTLO 4.07. Fondo Rotatorio. (a) Con cargo al F111anciam1ento y cumphdos los requisitos preY1stos en los ,\rticulns 4.01y403 de estas Normas Gencralcs y los 1.JUC fucrcn pcrtinentcs de las 1-'stipulac,oncs Espec1ales. el Banco podril adelantar recur5os <lei F111anciamiento para estahlece1, ampliar o 1enovar un l'ondo Rotatnrio para cuhm Ins gastos rclac1onados con la c iccucu:011 dcl Proyccto quc scan tinanc1ablcs con talcs recurso,. de acuerdo con la, d1spos1c10nes de e;le Conlrnlo. (b) Salvo expreso acuerdo entre las partes. el monto de! Fondo Rotatorio 110 excedera del 5%, del monto de! 1'111ancmm1ento. [l Banco podra ampliar o rc110\·or total o parcialmcntc cl 1-'ondu Rotatono, s, asi sc le solic1la jusl1licadamenle. a med1da '-Jlle ,;e u11l1cen lo~ recur;o~ y ~1empre que se cum plan los requ1sitos de] Articulo 4 03 de estas Normas Genernles ~ los que se estahlezcan en la, Est1pulac1ones [spec1ales El Banco podrii tamb1Cn rcduc,r o cancclar cl monto dcl 1-'undu Rotatono en cl caso de qu~ deL~rmine 4ue lo; recurso~ ;umi111;lrndo~ a lravt's de d1cho Fondo Rotatorio exceden las necesidade5 <lei Pro\ ecto. Tan to la con5tituci6n como la ren0Yac1on <lei Fondo Rotatorio se cn'ns1dernr:in desemhnlsos para los ckctos de cstc Cnntrato. (c) Fl plan, catalog.o o eUdig.o de cucntas que cl Prestatano u Organismo E1ecutor deben·, pre8enlar al Banw segUn el Arliculo 4 Ol(e) de estas Normas Cenernles ind1car:i el mitodo contable que el Prestatario utill7ur;i paru vcriticar las transacc,oncs y cl csrndo de cucntas dcl l-nndo Rotalorio (d) A mils tardar. treinta (30) dias antes de la lecha acordada para el l1lt1mo desemholsn de! 1'111ancmm1ento. el Prestatann dehera presentar la Jllst,ticacion final <le la ut,lincion dcl I-undo Rotatorio y <lc\olvcr cl sal<lo no Just1/icado (e) En el caso de aquellos prt'stamos en lo5 cuales el Prestatario ha nptadn pnr recihir tinanc1a1111ento en una comh111ac16n de Moneda, Un1cas. o en una o vanas Monc<las Unicas, cl Prcstatano podra, SllJCto a la d1~po111b1lidad de un saldo ;in desembolsar en esa; monedas, optar por recib1r un desembolso para el Fondo Rotatorio en cualesqrnera de las l\lonedas l Trncas <lei Pristamo. o en cualquier otra cnmhinac10n de istas ARTIClll.0 4.08. Obponibilidad de moneda nacional 1-'1 Ranco cstaro obligado a el"ecluar de;embobo~ al Preslalano, en la moneda de ~u paib. solamente en la medida en que el respectivo depos1tar10 de] Banco la haJ a puesto a su efecm·a d1spos1cu CAPITlll.0 V Smmcn~i, tic De~crnbolws y Ycucirnicnto , ticinadn ARTICl1LO 5.01. Susnensi1)n de desernbolsos El Banco. mediame aviso escrito al Prestatario. podril. suspender los desemholsos, s1 srnge y m1e111ra, subs,sta, alg.una de las c,reunstanc,as sig.uicntcs: (a) El relardo en el pago de las sumas I.JU~ el Pr~~lalario adeude al Banco por capilal. comi;iones, 111lerese;. de,oluciUn de anticipos o por Cllalquicr otro conccptu. con motivo de cstc Contrato o <le cualquier otro Cnntrato de Pristamo celehrado entre el Bonco y el Prestatario (b) El incumplimienlo por p,1rle del Preslalario de cual1.1uier olra obligarnin e;t1pl1lada en el o en lo; Conlrnlos Sl1scritos con el Banco para tinanc1ar cl Proycctu (c) [l rellro o suspens16n como tmemhro del Banco del pats en que el Proyecto debe e.1ecmarse (d) Cuando el Proyecto o los prop6sitos del Financ1am1ento pudieren ;er aleclados por· (1) cualqu1er restncciUn. mod1ficaciUn o allernc10n de las facultadcs leg.ales. de las funciones o dcl patnmon,o dd Prestatarin o <lei Orgam,mn [ iecutor. o (11) cualqu1er mod1ficarn'm o enmiendo que 5e hubie1e efectuado 5111 la conformidad escrita <lei Banco, en las cond1ciones bils1cas cumplidas antes de la Re5oluc16n aprobalorrn <lei F111ancrnm1enlo ode la /irma del Conlralo En e~1os casos. cl Rancu tcndr;i dcreeho a requerir dcl Prcstatario y dcl Ejecutnr una informac16n raznnada y pnrmenorizada y s61o despue, de oir al Pre<;tatario n al EJecmor y de oprecmr MIS 111fo1mac1ones y adarac1ones. o en el ca5o de falta de manifestac16n <lei Prestatario y del E j~culor. el Banco podn'1 ;uspender los d~sembolso; ~1 JUlga quc los ca111b1us introdue1dos afcctan sustane1almcntc y en forma dcstavorablc al Pro;cctn n haccn imposiblc su cjccuci6n. (e) El incumpllmiento por parte del Cimante. si lo lmhiere. de cualqu1er obligaci6n est1pulada en el Comrato de Garamia. (f) Cualqu1er clfcun~lancia e'\lrnordrnarrn 4ue. a 1u1cio del Banco, y no tratandosc de un Contrato con la Rcpllbl,ca como Prcstatario. haga 11nprohahle que el Prestatario pueda cumplir las ohligacmnes comraida5 en este Contrato. o que 110 pem11rn sat1sfacer los prop6s1105 que se luv1eron en cuenla al celebrarlo ARTIClll .O 5.02. Terminacicin, vencimiento anticipado o cancelaciones pardales de montos no desembnlsados (a) El Banco podri poner tt'rmmo a este Contrato en la parte <lei Financ1a1111enlo 4ue hasla e~a lecha no haya ;ido desembobada o dedarnr vencido y pagadero de inmedrnlo la tolahdad del Prt';lamo o una partc de Cl, cu11 los mtcrcscs y comis,oncs dcvcng.a<las hasta la fecha del pago. (1) si alguna de las circunstm1cms previstas en lo, mc1sos (al. (bl. {cl y (e) <lei Articulo anterior se prolong:ase mis de sesenla (60) dias, o (11) s1 la in IOrmac16n a la 4ue se rdiere el inciso {d) <lei Arliculo anterior. o la; adarnc10nes o rnlOmrnc1011e, adic1onales prcscntados por cl Prcstotario o por cl Organismo l-Jccutur. en su ca,o. 110 fueren sa11sfactnrms (b) El Banco podri cancelar la parte no desembolsada <lei Financ1am1ento que e5tuv1ese destinada a rnrn adqu15ic16n delermmada de bienes. obras, ;er"ic1os relac1onados, o serv1c1o; de cunsultoria, o declarar,·cncida y pagadcra la parte dcl Financ,0111,cnto correspond1ente a didrns adquisiciones. s1 ya se huhiese de,emhol,ado. s1. en cualquier momento. detenni11are que. (i) dicha adqui51ci6n se llev6 a cabo sin 5egrnr los procedim1entos ind1cados en e~le Contrmo. o (11) represenlanle~ <lei Preslatano. del Orgarn~mo 1-' iceutor, o dcl Rencficiario de una eoopcracuin t~cmca. incurncron en priicucas cnrrupllYas. ya sea durante el proceso de selecci6n <lei contrat1sta o proveedor. o durante el penodo de eJecuci6n <lei re5pect1vo contrato. sm que. para corregu la s1tuac16n. el Prestatario o Bendicrnno hubie~e tornado oporlunamenl~ med1das aproprnda~, accptables al Raneo y acordes con las garant,as de dcbido pruccso csrnhlccid,1s en la lcgislaci6n <lei pais dcl Prcstatario o Hcncticiario. (c) Para los efectos del 111c1so anterirn, se entende1i que las p1ictica, corrup11va5 mduyen. pero no 5e l1m11an o, los siguientes octo5. (i) Soborno euns,stc en cl acto de ofrccer o dar al,w de ,·alor con cl tin de influ1r sohre las acciones n la, decisiones de lerceros, n el de recih1r o sollc1tar cualqu1er heneticio a camhio de la realizac16n de accmnes u om1s1ones vinculada5 al cu111plim1ento de deberes. (11) E'<tors16n o Coerc1Un, el acto o pniclica de obt~ner alguna cosa, obligar a la rcali7ae1(,n de una accion o de mflucne,ar una decision por mcd,o de intimidaci6n. ,m1cnan n cl uso de la fucrn. pLI<licndo cl dailn eventual o acmal recaer sohre las per,onas. su reputac16n o sohre sus b1enes. (iu) Fraude. todo acto u omis16n que 111tente terg1versar la \'erdad con el fin de induc1r a Lerc~ro; a proced~r a~um1endo la verac,dad de lo manifcstado, para obtcner alguna Ycnta 1a in 1usta o causar <laiio a un tcrccrn ,. (\\) Colus,On, tlll acL1crdo sccrcto cntrc do, o mis pane, reahzadO con la 111tenc16n de defiaudar o cousar daiio a una persona o entidad o de obtener trn fin ilic1to .\RTICllLO 5.03. Ob\i!•acinncs no afcctadas No ob~tame lo d1~punlo en los Articulos 5.01 y ~ 02 preccdcntcs, nmguna de las med1das prc\·1stas en este Capnulo afectari el desemholsn por parte <lei Banco de· (a) la, can11dades su iern, a la garnntia de turn calla de cred,to irrevocable. y (h) la, cantidades que el Banco se hay a compromeudo especiticamente por escr1to con el Pre~Lalario o el Organismo E jeculor, en su ca~o. a sumrnislrar con carg.o a lus rceursos dd Financ,am,cnto para hacer pagus a un euntratista o provccdnr <le bicncs n sen icios l- l fhmco podr;i dcjar sin cfccto cl co111promisn indicado en este mciso {hJ cuando se huh1ese detenninado. a sat1sfacci6n del Banco, que con 111ot1vo <lei contrato para la adqu1s1c16n de la; cilada~ obra;. b1enes o ;erYic1os. ocumeron um, o mits pr;icl1cas corrup11vas. l'Dg 10 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 ,\RTIClTLO 5.0-t No a;nuncia de dca;chos El retartio o d no e 1nc1cio por park tid Banco de lo~ derechos acordatios en e~Le Conlralo no potir(m ;er inlerprdatios como renuncrn del Banco a laks tierechos. m como el haber aceptatio hechos o circLmSlancrns que, de haberse produc1tio. lo hubier;m lilcullado para e 1erc1tarlo, ARTIClll.0 5.05. Disposiciones no afectada~ la aphcaci6n de las mcd,das es1ablcc1das en cstc Capitulo no afcctara las obligac,oncs dcl Prcstntario establcc,das en cstc Contrato, las cu ales qucdaran en plcno \'1gor. salvo en cl caso de vcncim,cnto ant,cipado de la total,dad dcl Prestamo, en cuva circunstancia s6lo qucdan \lgentcs las obligac1011cs pecunianas dcl Prestatario C-\PfTlTLO YI Eiccuci(,n dd rrnvccto ARTIC'l1LO 6.0 I. Piwosicioncs rcncatlc~ sob re ciccuci(,n dd P1mecto. (a) Fl Prcstutario convicnc en 4uc cl Proyccto scra llcvado a cabo con la t!cb,da diligcncia de conformidad con cfic1cntcs normas financicras y tccn1cas y de acucrdo con los planes. cspccificac,oncs. calcnt!ano de i111crsioncs. presL1pucstos. rqdamcntos y otros documcntos quc cl Hanco haya aprohado. Igualmente. conv1ene en que coda, las ohhgaciones a Sil cargo dehernn ,er cllmplida, a ,au,faccu de\ Banco (b) Toda mod1ticacu importante en Ins planes. espec1ticaciones. calendano de inversinne,. p1esupuestns .. reglamentns y nt1os documentns que el Banco hay a aprnhado .. as1 comn tndn camh10 sustancial en el contrntn o contratos de h1enes o serY1c10s que se costeen con los recursos desmrndos a la e jecuc16n del Proyecto o las mod1ficaciones de las categorias de i1n ns1ones. re4u1eren el con;enlim1e11lo escrilo del Banco. ARTIC'llLO 6.02. Prccios \ licitacioncs- (a) Lo~ contrnlo; para ejecurnin de obras, adquis1c16n de bicncs y prcstaci6n de scrvic1os para cl Proyccto sc dcbcriln pactar a un cnsto ra1nnablc qw scril gcncralmcntc cl prcc,o mils baJo dcl mercado. tomandn en cucnta factnrcs t!c calidat!, etic,cnc,a y otros quc scan dcl caso (b) En la adqllis1cion de maqllinaria. eq111po y otrns h1ene, re!acmnados con el Proyectn y en la adJudicacu de cnntratos para la e iecucu de ohras. deberii utilizarse el ,istema de licnac16n pll.hlica. en tndos los casos en que el valor de d1chas adqms1c10nes sea 1gual a o exceda lns mnntM indicados en el Capituln IV de las Es11pulac1nnes [speciales Las licitacione, se suJetarnn a Ins p1oced11rnentos estahlec1dos en el Anexo B respecti1 o de este Cnntrato. ARTIClTLO 6.03. lltilizaciOn de bienes Salvo autorizaci6n expresa de! Banco. los bienes adqu1ndos con los recursos del F111anciam1ento deber.in dedicarse exclus1vamente para los tines de] Proyecto Conclu1da la e.1ecuc1611 del Proyecto .. la maquinaria y el eqrnpo de constmcci6n utilizados en d1cha e1ecm:1011, po<ln'm emplearse para olros fines ,\RTIClTLO 6.04. Rccursos adicionalcs- (a) El Preslatar10 deberii aportar oporlunamenle lo<los los re~urso~ ad1cionales a los tiel Pr~slamo 4ue se neceslten parn la completa e minlerrump1da e 1ecu~10n <lei Proyeclo, cuyo monlo e~tunado se ;eiiala en las Estipula~1011e; Espe~iales. 51 durnnle cl proccso de dcscmbolso dcl F1nanc1a1111cnto sc produJcrc un aln dcl cnsto cst1mado dcl Proyccto, cl Runco podni rcqucnr la mod,ficac,On dcl calcndano de im·crsinncs rcfrndo en cl mciso (dJ dcl Amculo 4 (II de cstas Nonnas Gcncralcs, para quc cl Prcstatano hag.a frcntc a d,cha al1a (c) A partir del ailn calendarin s1guiente a la imciaci6n del Prnyecto y dllrnnte el perindo de Sil e1ec1lc16n. el Pre<;tatarin deherii demostrar al Banco. en los pnmeros ,esenta (60) dias de cada aiio calendarin. que d1spnndrii nportunmnente de Ins recursos nece,anos para efecmar la contrihuc16n local al Proyecto durante ese m'io C.\PITlllO YII Bcristrns, lm□ccciono c Jnforme~ ARTIClll.0 7.01. Control inierno ,, registrw,. Fl Prcstatano o cl Orgarnsmo FJccutor. scgun cnrrcsponda. dcbcra mantcncr un adccuado s,stcma de contrnlcs intcrnos contablcs v admmistrat,vos Fl s1stcma cnntablc dcbcni cstar organi1ado de mancrU quc provca la documcntac1011 neecsana para vcrificar las tra11sacc1011cs y facil,tar la prcparaci6n oportuna de Ins cstados tin,mcicrns c mlormcs I .os rcg,stros dcl l'royccto dcberan scr llevadns de manera que. \a) permuan ident1ficar las sumas rec1bidas de la, d1s11ntas fuemes: (bl consignen. de cnnfonmdad con el catalogn de cuenta, qlle el Banco haJa aprobado. las 111\'ersiones en el Pro)ecto. tantn con Ins recursos del Prestamn como con Ins demiis fondos que dehan aportarse para su total e.1ecucion. (c) mcluyan el detalle necesm 10 pma ident1ficar lns h1enes adqm11dos J Ins ser.1c10s cont1atadns. asi como la util1zac16n de <l1chns bienes v servicins. v (d) denrne<;tren el costo de las inversinnes en cada categoria·y el progresO de las obras Cuando se trate de programas de credito .. los registros deberiln prec1sar. ademis. los crC:dnos otorgados. las recuperac1ones efectuadas y la ut1lizac1611 de estas ARTIC'llLO 7.02. lnsnenhmes (a) El Banco pndril esrnblecer los proceti11111entos tie in:,pecc10n que juzgue necesario~ para asegurar el de~arrollo ~al1sli1clono tie I Proy eclo (b) El Pre;lalano y el Orga111smo EJeculor. en su caso, tieber(m penrnl1r al Banrn 4ue m:,pecc10ne en cual4u1er momento el Proyeclo, el cqu,po y los matcnalcs corrcsponti1cntcs y revise los rcg,siros y documcntos 4ue el Banco esl11ne peninenle conu.:er El per:,onal 4ue ell\ ie el Banco para cl cumplim,cnto de cstc prop6s,to, dcbcril contar con la mils ampl,a cnlaboracion de las autoridadcs rcspcctivas. 1·ot.1os los costos rcluti,os al transporte. salario y demii., gastos de d1chn personal, se1iin pagadns por el Banco ARTIClTLO 7.03. lnformes y estados financieros (a) El P1estatario o el Organ,smo FJccutor. scgun corrcsponda. prcscntani al Runco los mformcs que se indicnn a continuac16n. en los plazos que se sei'ialan para cada 11110 de ellns. (i) l.os mfonncs rclativos a la CJccucion dcl Proyccto, dcntro de los se~enla (60) dias :,1guienle:, a la linalizac10n de ca<la Seme:,Lre calendario n en otro plazo que las panes acuerden. preparndos de conform,dad con las normas quc al rcspccto sc acucrdcn con cl Banco (ii) LM demis informes que el Banco 1azonahlemeote snlic1te en rdacuin con la mvcrs,on de las sumas prcstadas, la ut,li1acion de los bienes ati4uiridos con ti1cha:, sumas y el progreso tiel Proyeclo (iii) Tres eJemplares de Ins estadns financieros correspondientes a la lotalidad dcl Proyeclo. al c1crrc de cada CJcrc,cio cconom,co <lei Org,1111smo E jeculor. e 111formacilln linanciern complemenlaria relat1va a d1chos estados. Los estadns tinanc1e1os serin presentadn, dcntro de los c1cnto \'Cintc ( I :!OJ dias siguicntcs al cicrrc de cada ejercic10 econ61111co del Orga111smo E iecutor. comenzan<ln con el eJercic10 en que se 1111c1e la e.1ecuci6n de! Prn)ecto y durante el pcriodo sdlalado en las Fst,pulac,oncs F.spcc,alcs (h·) Cuando las Est1pulaciones Especiales lo requ1eran. tres e.1emplures de Ins estados tinanc1erns del Prestarnrin, al c1e1re de su e 1erc1cin ecnnnmicn, e mfonnacu financiera complementarm relati\·a a eso:, e~tatios. Los esla<los ser(m pre;enlado, <luranle el periodo se1'ialado en las Est1pulac1ones Espec1ales .. comenzando con los <lei e 1erc1cin economkn en que se 1111c1e el Prnyectn y dentrn <le los cienlo \·emle ( 120) <lias sigu1e11les al ~1erre <le ca<la e 1er,·1cio econ6mico del Prestatar10. Esta ohligaci6n no ser.i aplicable cuando el Prestatano sea la Repllhhca n el Bm1cn Central. (Y) Cuando las Es11pula,wne~ Especrnles lo re4uieran, Ires e jemplares de los estados financieros del Organismo EJecmor. al c1erre de Sil e.1erc1cin econ6m1co. e informac16n financ1era cnmplementarm relati\·a a d1cho:, eslados Los eslado:, ser;'m presenlados duranle el periodo se1'ialado en las Est1pulac1ones Espec1ales .. come11za11do con los <lei e 1erc1cin economkn en que se mine el Prnyecto y dentrn <le los cienlo \·emle ( 120) <lias sigu1e11les al c1erre <le ca<la e iemcio econ6mico de] Organismo EJeClllor. (h) Los estados y documentns descritn, en lns mc1sos I a) 1111), (I\') y (,) deberiln pre~enlarse con d1damen tie la ent1tiad m1di1ora 4ue sei'ialen las Est1pulac10nes Especiales de este Contrato y de acuerdo con requisnos satisfactonns al Banco El Prestatano o el Orgarnsmn [ ie(utor. seglln correspontia. tieber(1 autorilar a la enlida<l auti1tora para 4ue proporc10ne al Banco la rnfo111iaci611 ad1cional que este razonahlemente pueda solicnarle. en relaci6n con In, estadns financ1eros e mformes de audaoria emaidns (c) F.n los casos en quc cl t!ictamcn cstC a cargo de un orgamsmo oticial de tiscalizaci6n y este no pudiere efectuar su labor de acuerdo con req111sitos sa11sfactonns al Banco o dentrn de los plazos amba menc1nnados. cl Prcstatario o cl Orgarnsmo F jccutor contratani los scrv,cios de una tirn1a de contadores pl1blicos rndepend1ente aceptable al Banco. As11111smo .. podriin milizarse los servic1ns de una firma de contadore, pllblicos mdependiente. si las partcs contratantcs asi lo acucrdan. C'APITl"L0\'111 Disposicit sobre Gra";imenes y Eundones ARTICll 1,0 8.01. < 'ompromiso sob re gra,,amenes 1-n cl supucstn de que cl Prcstatario co11v111icrc en cstablcccr algl111 gra\'amcn cspcciflco sobrc todn o parle tie :,us bienes o renlas como garanlia de una <leu<la e>,lerna. habn'1 de cons11tuir al m1smo tlempo un gravamen que garnnt1ce al Banco. en un p,c de ,gualdad y propordonalmcntc, cl cumpl11111c11to de las obligacinncs pecu111arrn:, den,ada:, de e:,te Conlralo Sm embargo. la anlenor ti1:,po:,1c10n no se aphcarii. (a) a los graviimene, const1tu1dos sohre h1ene,. para ascgurar cl pago dcl salt!o msoluto de su prcc,o de adqu1s1c10n. y lb) a los consliluido:, con molivo tie operacione:, bancaria~ para garanl1zar el pago <le nhligac1nnes cuyns ,encm1ientos no e,:cedan de un ailo de plazo [n caso de quc cl Prcstatario sea un pais micmbro, la c....:prcs,611 .. bicncs o rcntas"" se reliere a lo<la cla~e de b1ene~ o renlas que penenezcan al Preslmano o a cualesqrnera de sus dependencias que oo sean ent1dades autOnomas con pa1nmon10 prop10. .\RTIClTLO 8.02. Eunci1)n de j,upucstn~ El Prestmar10 se compromete a que tanto el capital como los interese, y demils cargos de! Prestamo se paganin su1 dcduccion 11i rcstncc,On alguna. librcs t!c todo 1mpL1csto. tasa. <lerecho o recargo 4ue e~lablezcan o pu<lieran e;lablecer las ley e~ de :,u pais ya hace1se cargo de todn impuesto. tasa ode rec ho aplicable a la celehraciOn .. mscnpcuin y CJccuci6n de cstc Contrato ('APITllLO IX Procedimiento Arbitrnl ARTIC1TLO 9.01. ( omnosic16n de] Tribunal (a) El Tribunal de Arb,trajc sc compondra de trcs micmbros. quc scran dcs,gnados en la fomia s1grnente uno .. por el Banco. otro. por el Prestatano. y un tercero, en adelante denommadn el ··1)1rnnente", pnr a(uerdo directo e111re la, partes. o por 111tcrmcd10 de los rcspcct1vos ilrb1tros. S, las partcs o los ilrb1tros no La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 1'0.g II :,e pus1ere11 tk acuertio re:,peclo de la per:,ona del Dmmenle. o s1 una tie la:, panes no pudiera designar itrbmo. el D1rimente ser:i des1g11ado. a pd1c1611 de cualqmera de la, partes. por el Secretano Cieneral de la Organizarn ,.k los 1-'srndos Amcric,mos. Si una de las partcs no ,.ksignarc ,irbitro. \'Ste scr;i dcs1gnaJo por cl Dirimcntc S1 alguno Jc los arb,tros Jcs,gnados o cl D1rimenle no quis1ere o no pudiere acLuar o seguir actuando. :,e procetierii a su reemplazo en 1gual forma que para la des1gnac1611 original El sucesor tendril las m1snrns li111c1ones ~ all 1huc1ones que el antecesor (b) S1 la controver,ia afrctare tanto al Prestatano como al Garante. s, lu huh1crc. ambns scr;in considcradns como una sula partc y, pur con:,1gl1iente, lanlo para la de:,igmi.·iOn del ;\rbitro como para los dem(1s electo:, tiel arbilrn 1e, debenin acluar con1unlamellle ARTIClTLO 9.02. lniciaciOn del procedimiento Para someter la contrnve1sia al procedunientn de arhnraje. la parte reclamante dirigin\ a la otra una comurncac10n escrna e><pon1endo la naturaleza de\ reclamo. la sat,sfacci6n o rcparac1Un quc pcrs,guc y cl nombrc dcl ;irb1tro quc dcs1gna La parte que hub1ere recib1do d1cha comunicaciUn tieben·,. tienlro del plaLo de cuarenta y c1nco (45) dias. conrnnicar a la parte contraria el nombre de la persona que des1g11e como ilrbitro S1 dentro del plazo de treima (30) dias. contado desde la entrega de la comumcacion refrnda al redamante. las partcs no sc hub1crc11 pucstu de acucrdo en cuantu a la persona dcl Dirimenle, cualqu1ern de ella:, podr;'1 rernmr ante el Secretario General de la OrganizaciUn de los Estatios Amencano:, para que isle procetia a la designac1611. ARTICllLO '1.03. (onstituci~)n del Tribunal. El Tribunal de /\rbmaje se constitumi en \\'ac;hmgton. Distrito de Columhm. Estados \Jmdos de AmCrka. en la fccha quc cl nirimcntc dcs1gnc y. const,tuido, funcionar;i en las tcchas quc tijc cl prop10 Tnbunal ARTICll 1,0 9.04. Procedimiento. ta) Fl Tribunal s,\lo tcndra compctcnc,a para conocer tie los punlo:, de la wnlroversrn. Adoplar;'1 su propio proced1m1ento y podril por prop1a i111ciat1va designar los pernos que est1me necesarios En todo caso. deb era dar a las partes la oportunidad de p1esenta1 expo,ic1ones en audienc1a. (b) ~.I Tribunal fol Iara en concicncia. con base en los term mos de cstc Contrato y pronunc1ari\ su folio min en cl caso de que alguna de las partcs acli1e en rebeldia. (c) El fallo se harii constar por escrno y se adoptmil con el Yolo concurrente de dos m1embros del Tribunal. por lo menos. Debera d1ctarse dentro del plazo aprn><111iado de sesenta (60) dias. contados a pamr de la fccha dcl nombram1c11to dcl nirnncntc, a mcnos quc cl Tribunal dctcrmmc que por c1rcun:,tancrn:, especiales e 1mprn1stas deba amplrnrse d1cho plaLO El li1llo 8eril notilicado a la8 parle8 medianle comu111cac1U11 8t1scrila, cuando menos. por dos m1embros del Tribunal y deberil cumplirse dentro del plazo de tremta (30) dias. contados a pamr de la fecha de la not1ficaci6n Dicho fallo tcndra mcrito cjccutivu y no admit,ra rccurso alguno ARTICll 1,0 9.05. ~ I .ns honuranos <le cada iirb11ru scran cub,crtus por la pane que lo hub1ere ties1gnado y lo:, honorano:, del D1nmenle ser(m cubiertos por ambas partes en 1gual proporc1611. Antes de const1tuirse el TnbunaL las panes acordariln los hono1anos de las demils personas que. de nmtuo acuerdo. co11Ye11ga11 que dehan interven1r en el procedirmento de arb,traJC S, cl acucnlo no sc pruduJcre opnrtunamcntc, cl propio Tnblurnl li jani la compensaciUn que sea raLonable para d1cha:, persona:,. lomando en cuenla la:, circun:,tancia:,, Cada parle :,ulragan·, su:, coslo8 en el procedim1e11to de arbitra 1e. pero los gastos del Tribunal seriln sufragados por las pa11es en 1gual proporCl( Toda duda en 1elaCl( con la d1ns1611 <le los gastos o con la forma en quc dcban pagarsc scr;i rcsuclta sm ulterior rccurso por cl Tribunal. .\RTIClTLO 9.06. Notificacioncs Totia nol1/icaciUn relalrva al arb1lraJe o al fallo seril hecha en la fomia prevista en este Contrato Las partes renuncrnn a cualqmer olra rorma de n0Lificac10n. LEGiOPR;RG!lilDBDOCS:#319970 A'.\EXOA EL PROGRAI\-IA l'rngrama de Desarrnllo /..ostenihle de la Cuenca Binadonal de\ Rio Sixaola I. Objetiw 1.01 El obJdivu general dcl Prngrama cs mqorar las cund,cioncs de ,-1Ja de la poblac10n de la Cuenca Brnac1onal tiel Rio 5ixaola en Cosla Rica. mediante 111tervenc1ones en los ilmb1tos econ6mico. social. amb1ental y de gesti6n local. que contnbuyan a la imple111emac1611 de un modelo de desarrollo sostenihle para la misma II. Dt,si;ripci{m 2.01 Para cl logro dcl nbJcti\'ll 111d,cado en la scccion I anterior. cl Program a comprentie la eJecuciUn y /inancrnm1enlo de los cuatro (4) componentes siguientes· Componente I Ges11611Amb1ental Mane10 de los Recursos Namrales }' Reducc16n de la Vulnerah1hdad 2.02 Este (omponente uene como propfl,ito poner en marcha medidas clcct1,-as quc cnntribuyan a la protCCCllin amb1cntal. cl manejn sostcniblc de lo:, rernrso:, y la redun·10n de la Vl1l11ernb1htiad en la rnenca. con parlic1pac16n de la comu111dati. con base en la Emmegia Regional de Desarrollo Sostenible 1ERDSJ y su Plan lnd1ca11vo de Ordenam1ento Territorial l'unc1onal (PIOTF). Para logra1 este prop6s1to, este componente sc ha d1vid1<lo en los siguicntcs dos(~) subcomponcntcs (al c;e~tiOn Ambiental y l\lanejo de los RecurMJS "iaturalei, 2.0J Se financian'm actiYidade:, y proyecto8. con base en la demanda, en la, categrnias de Ii) momtoreo: cont1ol de la calidad del agua de foente, puntualcs y no puntualcs para protcgcr la salu,J Jc los habitantes y conscrvar los ecos1stemas frilg1les de la cuenca. especialmente los de la cuenca ba 1a y zonaco,tera. I i1) activ1dades de protecci6n conmn1taria y control de 1mpacto, anlrUp1cos en las iirea:, prolegidas, y ( i11 l co-mane.10 de (1reas proleg1das con partic1pac1611 de las co1m1111dades, 1nduyendo las mdigenas, en especial de los Comit\'s de Vigilancia de los Rccursos Naturalcs (COVIR~NA.S), para panic1par en el man~Jo tie las m1:,mas 2.04 Ademiis. bajo este subcomponeme se financiaril la e.1ecuc1611 de 1111 proyccto piloto de proteccilill comunitaria ) control de los impactos anlrUp1co:, en un ilrea cril1ca del Parque lrnemac10nal ""La Amislad'" (PILA) y un pro: ecto e,pec1tico de senderizaci6n J apro\'echamiento turist1co sostcniblc con part1c1paci6n comun,taria en la rcscr\'a de cu-mancJn Gandoca-Manzan I I Io. (h) Reducd{m de la \'ulnerabilidad 2.05 Sc tinanc,an 1111c1ativas con base en la dcmanda ,. atcnd,cndu lus cnlenos de :,elecc1Un tiel Reglamenlu Operall\'ll del Proirnma (ROP). en la, sigu1entes categnrias (il regeneracifln J 1eforestac10n de nheras de corncntes de agua y cu-mancJO de areas rccupcradas cun part,cipac,on co1m1111tar1a. (11) medidas no estmcmrales de prevenc1611 y mit1gac1611 de riesgn: (1ii) estudios de preinve1s16n pma el disei\o de los proyecto, especificos: y (iv) s,stcmas de alcrta y prevcnc10n comun,taria dcl ricsgo. Componeme 2 D1versiticac1611 Productiva 2.06 l:ste componente pe1m111rn aproYechar el potencial de desarrollo econ61111co de la cuenca caracterizando alternall\'as de d1vers1ficac1611 producti,-a y oportu111dades de creaciUn de empleo permanenle. 2.07 fhJo este componente, con los recursos del Programa se tinancrnriln 111ic1ativa, en las categoria, elegihles de. (1) cult1\'os alternauvos a la producc10n de mus(1ceas: {i1l producciUn org(1111ca y de s1:,temas agroforestales. {ii1J aumento de la productiY1dad 111ed1a11te t<!cnicas menos agrcsi\aS ambic11talmc11tc: (i\) transform,1ci6n de la producciOn agricola y encatienam1enlus product1>os: {v) eslud10:, de mercatio y apoyo para la co111ercializac1611; y (vi) capac1tac16n 2.08 Sc mcluyc tinanc,ar trcs (31 proycctos pilotos p,1ra la d1vcrs1ticac,on prodocLiva en. (1) ;'1rea:, deslmatias al culliH> tie 1110:,ilcea:,, (i1) d1:,mmoc10n del t1'o de agroquim1cos: y (iii) producci6n de cacao orgilnico y sistemas agroforcstalcs. 2.09 Para apro,echar el de:,arrollo lurisl1co en la lran 1a cuslera y lograr encadenamientoc; produc11vos y ntens16n de los henetic1ns hacia la, partcs media y alta de la cucnca. sc tinanc1arii un proyccto cspccifico de fortalecim1ento de una red de ecoturismo rural conrnnitario. que 111du)e el desarrollo de nuevo, productos tunst1cos. Componentc 3 Servicios PUblicos c lnfracstructura R;is,ca 2.10 fate componelll~ se enlOca en orientar la 1n,·e11,iUn pUblica en mfraestructura y ser\·1c1oc; hils1cos para elevar los nl\·ele, de cohe1tura y acccsib,lidad de la poblac1(,n, cstimulandu la gest1Un comumtana y dcl sector pr1vado. 2.11 Con los recursos del Programa ,e financiariln proyectos que cumplan lus critcrios de clcg,bili<lud scgun cl ROP. en las siguicntcs catcgurias (i) pequer'ios s1stemas de agua potable~ akantarnllado, {ii) saneam1ento h.\s1co: (i11) manejo: d1spos1c10n de de,echos sfllidos. (iv) electnficac1611 rural:(\ l rehabilitm,i{,n de cam1110:, rurales y otrns obra:, viale, de dre11a1e y paso (v g alcantar1llas. pequei'ios puentes). (>1) peque1las obras c1viles de protecc16n para la reducci, de la vulnerah11idad ante riesgos naturales: y (v11) olra mfraeslruclurn b;'1s1ca de apoyo a la producc10n como mercado:,, cenlro:, de acop10 y cenlros comunale8 Se limmciaril lambi~n e:,Lmhos de pre1mersion para proyecto, en las cmegorias antenrnes. 2.12 Rajo cstc cumpnncnte sc ha disc,ladn una mucstra indieativa de cuatro { -1) proyeclos de agua potable y tiisposi ciUn de de8echo:, cubriendo las cuencas haJa. media y al ta. un pro~ ecto de letnn1zac16n rural en la cuenca media y alta. un proyccto de d1spus1c10n de dcscchos s,\lidns. cuatru proycctus de energia rural. y dos de rehab1litac1611 de cammos rurales. Tamb1en se han disei\ado proyectos especifico, para la amphaci6n de\ acueducto y conslrun·10n tlel alcanlanllado :,anitario tie Chase, la rehab1litac1U11 del tramo Chiroles-GaYililn-Canta y un puente hamaca para conmnicar las comuni<ladcs indigcnas de Katsi. nururpc. l-loc,1 UrCn y Amubri. Componente 4 fortalec1miento de la Capac1tiad de GesliUn. 2.13 Las act1v1dades ba 10 este componente permit1r. desarrollar la capacidad de ges116n de los d1ferentes actores con responsabilidade, denlro tie la cuenca, a /in tie d1:,poner tie una eslructura de ges11U11 que fac1lite la 11nplementaci6n de la estrategrn trazada Se fina11c1arii as1stencia tCCmca {cqu,pamicnto, tallcrcs. capacitacion) y cstu<l1os l.ns accioncs <le IUnalecim1~nlo :,~ \'1:,ualizan a lr~s 111veles. 2.1-1 Nivel Local. Se forrnleceril la capacidad del munic1pio de Talamanca en las areas de admimstracion. tman1as. plancam,cntu. marcos normativus y reglamenlos para filc1hlar l IOrlalecer su capac1dati para la pre:,tac10n de Ins ser.1cios pUhlicos /\sumsmn. se fonalece1il la capacidad de las asoc,ac,oncs de muJercs. las cumunidadcs md,gcnas, las asociac,ones de productores y comunitarias como los C'OVIRENAS. las Asociaciones /\dm1111stradores de /\cueductos Rurales ( /\S,\D,\SJ, empresa, comunale, para la adm1n1strac1, de servic,os bas,cos. cmprcsas dcd1cadas a divcrsos l'Dg 12 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 lipos de proJudo, y sen·1c1os. a,oc1ac10n~, J~t!1cat!as a admi111slrnr zona, de pro1ecc16n y zonas de recreo, entle 01ras. paia asegura1 su participac16n en el t!e,arrollo tie la cuenrn ~n g~neral y dd Progranrn en particular. con base en la demanda Especificameme. se fortalecer:l.n los s1stemas de pagos por scrv1c1os bas1cos mcJiantc cl 1DCJOn1mknto taritario, con cl fin tie garanl1zar la ,osle111b1ht!ad linanci~ra J~ la, mver;1on~, en J1cho, se1vicios lgualmente. se tinanciar: actividades especiticas de asistencrn tCcnica (cqu1pam1cnto, tallcrcs y caparnac10n) y cstudios para cstabl,xcr mecan1smos de promoc1611 de la part1c1pac16n coimmnana y del sector privado n:tcrno c intcrno de la regi0n. en hi rcglilaci0n y cl m,mcjo Jc ;~rvic1os piibhcos Se financian'1 lamb1in. t!uranl~ d periot!o J~ e1ecurni11 del Programa. la organ1zac16n. reglamentaci0n) li111c1onamiento de IM tres (3) Cum1tCs D,stritalcs 2.15 Nivel de la Cuenca Se dar:l. as1stencia tfr111ca para la creac1611 \ funcionam1ento dd Comi1e de la Cuen..:a del Rm S1xaola (CCRS). lnduyendo la daburac1Un tie su reglamentu inlerno, capac1lac1Un y la instalaci0n y fi.mcionam1elllo de un s1stema de mfornrnci0n g:eoreferenc1ada durantc cl pcriodo de ejccucu'm dcl Programa tomanJo como punto Jc pnrtida el s1stema elaborndo durnnte el proceso de preparaci6n del m1smo [<;te fortale..:11111ento mclmrii tamh1in la aeaca de una ventanilla un1ca para apuyar a los residenks en lo; lri,mile~ aJmmislrall\'US rela,·1onaJus con la obtenc1611 de personeriaJurid1ca. asesoria para obtenci0n de cr<!ditos. caJcros automilticos, banca tdcfonicn. pago de los scrvic,os. cntre otros .'\t!ema8. se Jara a,18lencia licnirn y capac1lac1l>n para d IOrlalec1m1enlo de las direcciones pronncmles de las 111smuc1ones nacionale, perteneciente, al CCR~. 2.lb Nivel B111ac1onal. Para las act1vidades bi11ac1onales se darii as1stencrn ticnica a la Sec1ernria Eiecmiva de la Comis16n B111ac1onal de MIDEPLA N. tan to para la cjccuc,Un dd Program a Rinacional como en la 1mplcmcntac1Un de la EROS y la agenda trazada dentro del Convemo Fronterizo Costa Rica Panama v1gente y en aspectos relacumados con control aduanern. trans1to a lraves Jd (irea lrunlen,:a. lrabaju y seguridad. control ;unbi~nlal. sarnJad a111mal y veg:etal. entre otros. 111. Co~to del Programa plan de financiamiento 3.01 El ~oslo e,1imadu del Pru!!rnllla es el equ1valenle de t!oce m1llunes de d0lares (\JS$12 000 000) segun la sigrnente d1st11buci611 pnr categnnas de ,m·ersiun y por fucntcs de tinanciamicnto: Cuadro de Costos tEn US$ l\lillo11e8) C o\egorios de Tnnrsi,: Ronco ,. -\D'1TNl>TIU(TOl'C \' ,',,ue,RVTSION 0.73 ' I L mdad l 001 di11ado1 a dd 1'1 ~g, au La I Ul I') U 5:' I 2 ,\ud1101 '"'· e\',ol11:,C1<Jll 1nte1 media ; fin'II IJ 14 " Segtuuu,nto y c\'aluac,Oto ,,, P,og,ania 1)1)7 \SEP) II. Cosros ll•RH"TO.S 8.49 " Gesti611 \mb1e11rnl. M,111e 10 <la RR'-Jl\ V l!edt1wii" de la \'11lnernb1l1dad I 20 2 2 lll\er,ificsciii'1 ['rodu,11\'d -1 -1.i 2 3 Sm iuo, Pubhco, c I nfrnc,ll uclurn BRs1ca :' 80 " Fortalecm11ento a, ,. Capaco<la<l a, llllO <,es110,, 111. Cos ms F"ANnrnos ll.00 J I l111crcsc, """ .1 2 Comisi~n <la c,ed110 1)1)() J J LIV """ TOT\L[S PROGRAMA 9.22 .. IV. faerucrnn J.ocol Total % 0.91 1.64 13,7% "" 1-lJ IJ Oil II 1-1 flf)I) I) 1)7 l.05 9.5-1 79,5% fl I~ 'H I) 41) H.i 0 31 J 11 0 16 0 II, 11.82 11.82 6,8% 0 75 0 75 0 07 I) t)7 "oc "" 2.78 12.00 100% 4.01 El ConsCJo Ascsor dd Programa a quc sc rctierc la Clilusula 4 ll::\(a) asesoraril la eJecuci0n de! Progrnma, asegurando que se cumplan los lmeamientos de poliuca dd goh1erno. Entre ,us func1ones estiin· \i) coordinar lo, e~li.JerLo~ del EslaJu \· Je lo~ olru, donanl~s tn la cutnca. (i1) canalin1r ~ onentar la participac16i1 de la, autnridades nacmnales. y (11i) conocer los ,nformcs de progrcso Jcl Programa. cl POA de la cucnca y la ejccuc1Un del presupuesto de] Programa D1cho Conse 10 podr:l. ser convocado por el l\lirnstrn de MIDEPLAN o a solicnud de cualquiera de sue; m1emhros y se reunmi al menus una \'e,: al aiio. 4.02 El Comni de Cuenca para el rio Sixaola (CCRSJ. a que se refiere la Cliiusula 3 02(0)(111) tic las 1--Wpulac,ones 1--,spcc,alcs. cstaril prcs1t!1do por cl MlDEPLAN, a !raves tie la Secrdaria Regional J~ la CRDHVA. ~ inlegrado por catorce ( 14) 1111embros de la s1gu1ente manera los Di1ec1ores Reg1onales de la, sigu1enle~ 111st1tucione,. MAG. MINAE. Mini~ter10 de Obras Pl,blicas : Transporte (MOPT). (Mimsterio de Salud (MINSA). Com1si6n Nac1onal de 1--,mergcncia y cl Alcalde de Talamanca. y dos (2) rcprcscntantes de las organ1zacionts J~ la~ ,oc1eJat! civil. pur caJa uno t!~ los Com11es D1,Lruale, de Te lire y S1xaola-Calnuta y Ires 13) representantes pm el Cmrnte D1st11tal de Rrats,. Fl CCRS tendrii. cntre otras, las sigukntcs atribucioncs: (1) r~, 1:,ar 1ec111cam~1Ht lo, POA qu~ proven!!an de los Com11es D1slmale:, Jd Progranrn. (1i) consolidar. concertar y aprobar los PO.\ de la Cuenca de! Rio 51,aula con base ~n lo:, POA d1,mlale, \· comu111carlo. a Lra,es J~ la UCP, al M1D[PL\N. (111) velar por el cumpllm1ento de la ERO.', y el PJOTf de la Cuenca acurJada a 111vel binacwnal: { iv) Jar ~eg11im1enlo a la eJecu~16n sohre la hase de lo,; PO.\ ap1obado,: (v) cumplir las metas. obje11vos y pnornlade~ de acuerdo al marco de la EROS. (vi) brint!ar un espac10 } fo10 para la resoluc1611 de controversias, aportando el apoyo reque11do para propirn1r d con sen so enlre los di versos actores, y (, 1i) revisar los in lormes anuales y estados tinanc1eros preparados por la] TCP y responder ante el CRDHVA por la presenlaci0n y e 1ecuci0n del POA. D1chu Com1te sera convocado por el Secretario Regional. a nmtuo prop10 o a solicnud de dos de sus m,cmhrus, sc reun1ra al menus h,mcnsualmcntc y cl Coordinador de la UCP li.mgiril de secretario de d1cho Comit<! 4.0J I a UCP scni un organo con deseuneentracion minima de MIDFPI AN. con personeria juridic"a 111stmmental. locahzada en la Cuenca del Rio S,xaola y scrv,ra de cnlacc cntrc los ,m·olucrados y cl CCRS y rcspondcra por la eJecuci0n de] Progrnma La UCP estara conformada por un Coordinndor quicn la dirigiril y un equipo de apoyo intcgrado por trcs (3) tecnicos en apoyn n cada uno de los Conmes Distr1tales ((DJ. un oficial adm111istra11vo y dos ( 2) asistentes admmistrativos. [s1ana ademiis apoyada pur con8ulwrias punluales para los procesos de conlralac1Un y prtparac1Un de aspectos tecnicos 4.04 La UCP ,era el punlo li.Jcal a111e el Banco y 1ent!n'1 en pn11cip10 las sig111e111e, fonciones en representac10n de MIDEPLAN· (1J suscrib1r lus acuerdus con las Jderentes organw1c10nes (proJucti\·as. ch·1cas } amb1enrnles. etc.). gob1ernos locales e mst1tuc1ones del gob1e1no central. rcspccto a la ,is,stcncia tCCnica. la CJecucion de los cstud1os. ilScsonas y proyectos )' la supen·is16n Je los mismos: (1i) hncer Ins respect1vas contrataciones: (in) elaborar proyecto, de asistencia tfrnica, estud1os. proy~cws e8pecilicu~ y pro)eclo:, pilolo prot!ucl1\·os y conlralar la daborac1on de los mismos hasta el n1vel de factih1hdad. (iv) apoyar a las organ1zaciunes y a lo~ gob1ernoh locale; en la elaboraciUn de proyeclo~ a mvel de perfil ode fact1b!lidad) contratar las asesorias que sean nece,anas. vmlicando qut rnmplan con los crilmos Je elegib1lidat! } viabilit!ad que espec1tica el ROP. (v) apoyar a los CD en la integrac16n de los POA J1s1rilales y courdmar el pruceso Je e je~uci0n del Prugrama: (\'i) aJmmislrar y supervisar las ac11vidades relac10nadas con la eJecuc16n de! Programa. (\·11) preparar y presenlar al Bam:o las sol1c1tut!es de Jesembolsos .-on la deh1da JUstificac16n y antelac16n: (,i111 prepara1 Ins mfmmes requeridn, pur el Banco pma la e iecuci{,n del l'rugrnma. induyendo el inli.Jrn1e sobre el fondo rotato110. (rxl abr1r cuentas bancar1as separadas pma los rccursos dcl tinanciamicnto y de la contrapart,da local. (x) mantcncr los reg1stros contables especificos y detallados sobre el uso de los recmsos dcl financ1a1111cnto y de la contrapartida local: (xi) brinJar apoyo tccn,co y admimstrativo al CCRS en sus reuniones de trabajo. y ('<11) eti:ctuar los pagos por scrv,cios y b,cncs corrcsponJkntcs 4.05 Los Comues D1stntales (CD. Tehre en la Cuenca Alta, Grntsi en la Media y S,x,10la-Cahu11a en hi R,lja) rctcridos en la Clilusuhi 3 0:!(a){1i) de las Estipulac1011es Especiales funcionariin con el npnyo de la UCP y sus especialistas para cada uno Cada CD estara mtegrado por seis (6) represenlanl~~- tr~~ (3) tie ello8 corr~,punJ~ran a mi~mbro:, de los conse jos d1<;1rnales y los 01rns Ires se selecc1onar.in mediante tern as presentadas por la cumu111Jat! de caJa Dislrilo. lnic1al111tnle. ;u, m1embru, ;~rim helecc10nat!os por el CRDHVA ,obre la hase de ternas que presentariin las Organ1zac10ne, Ch 1ca~ Comunale, Amb1ernale~ y PruJucli\'a~ {OCCAP) del respecl1vu D1stn10 ) po<;tenormente por los prop10s CD. de confonmdad con su, re,pec11vu~ reglamenlos mlernos Los CD tenJran. enlre otra~, las ~iguienles li.mcmnes. (11 rec1h1r los proyectos presentados por la, OCCAP y goh1erno, locales. (11) pnorw1r los pruyeclo; de acuerJo con las eslrategias lraadas, el ROP el PlOTF y la d1sponib1lidad de recursos seg:\m el presupuesto indicativo prcparaJo por la llCP: (iii) prcscnrnr los POA distritalcs para su concertaci0n por el CCRS. (1v) realizar actiYidaJes Je monnoreo y seguimiento a las awvidades dd Programa en su Distrito y eti:ctuar las r~comendac10n~~ perlm~nles a la l!CP, y (v) manltner un procesu ampl10 J~ mformacion y consul1a con las organizac1ones comunuanas. para conocer J~ ,us m1cialivah Lu, CD ,e r~unmin al m~nos b11nensualmenle y ser(m convocados por d Presidente de ..:ada Comae de mutuo prop10 o a solicimd Je la maioria de ~us m1tmbru~ 4.06 Las li111c1ones del CAI', de la CCRS. \JCPv de los CD mnba 111d1cados. a,i como los mecanismos y mut!al1t!ade~ Je e 1e~11ci0n. induyenJu el ma11e 10 Je foodos. la, nonnas y procedim1entos Je ejecucit Je los componentes Jel Programa, incluyendo los entcrios de clcg,billJad, viabil,dad y selcccion de proyectos. los proced11nientos para la preparac1611 y evaluac16n de los POA. los proccdim1cntos de adqu,sic,oncs y contratac10n de b,cncs y servicios. la metodologia de evaluac1611 y seguim1emo de los POA y los momos limnes por proyccto cstaran dcfin,Jos en cl Rcglamcnto Opcrat,vo dd Programa 111d1cado en las Clilusulas 3.02(bJ y 4 04 de las Est1pulaciones Espec1ales \". 1\-hrntenimit;nfo 5.01 El propUsno Jd ma11k111m1enlu ~~ con~tr,ar la, obrah comprend1Jas en d Programa en la, condicumes de operacifln en que ,e encontraban al mom~nlu d~ su l~rn1mac1Un, t!enlro J~ un 111,d cumpmible con lo, sen·1~1os que dehan prestar 5.02 El primer plan annal J~ manten11rnenlo deber(1 correspont!er al aiio fiscal s1gu1ente al de la entrada en nperac16n de la prnnera de la, nhras del Programa La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 1'0.g 13 5.03 El plan anual de rnanlen1m1enlo debmi mduw (i) los tletalks de la organ1zociOn responsable del mante11im1ento. el personal encargado y el nllmero. tipo y estado de los eqrnpos destinados al manternm1ento. (11) lo uhicaCl( , el tamailo ~ el estado de los locales destmados a reparacion y almacenamiento, as{ como el de los campamento, de manten11rnento: {ni) la intormacion rclativa a los rceursos que scran invcrtu.los en ma11tenim1cnto durantc cl ano cumentc y cl monto de los quc scran as,gnados en cl pn:supuestu de! ai'iu ~iguiente, y (iv) un rnli.1m1e wbre la:, rnntl1cwnes del manlenim1enlo. ba:,ado en el ~islerna \k e\'aluac1011 \k ~uliciencrn establecido por el Prestatario LEGiOPR;RG!lilDBDOCS#3202 I 0 ANEXO B PROCEDII\-IIENTO DE LICITAClff\'ES Program a de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Binacional de\ Rio Sixaola I. AI\-IBITO DE APLICACION 1.0 I .\lonfo y tipos de entidades [ste Procedim1ento seril utilizado pm el L1citante' en toda adquis1ci6n de hienes ~ eJecucion de ohrns para el Proyecto ' Cuando el valor estimadn de dichos hienes u ohras sea 1gual u cxecda los montns cstablcc,dns en las ~-st,puloc,oncs 1-'spcciales de cstc Contrato y s,cmprc quc dicho cntc pcrtcnC?ca al sector publico. cl mCtodo de adqu1s1c1011 a empkar:,e sera el de licilaciOn piiblica mlernacional Se incluyen en da:ho :,eclor. las ~oc1edades u olro:, enles en que la parlic1pac1011 estatal excedo del 50'YO de su capitol La contrntac10n de ser\'1cios relac1onados, tales wmo transporte de bienes. segmos. instalaciOn y moma.1e de eqmpos J la opernc1611 y mantenirmento 1111cial. tambien se rige por este Proced11niento y se le aplica la, m1smas rqdas que a las adqu1sic1ones de h1enes' La contrmaci(m de se1Y1cios de consultona. en camhio, se rige pm proced11nientos d1s11111os. 1.02 LegislaciOn local [I lic1tante podra aplicar. en forma supletoria. reqlnsitos formalcs o detallcs de proccd11mcnto contemplados por la kg1slacuin local y no 1ndu1dns en cstc Pruccd1m,cnto. sicmprc quc su aplicaciOn no se oponga a las garanlias b(1s1cas que deben reu111r las lic1Lac1ones. n1 a las polil1cas del Banco en ehla malerrn' 1.03 Rc\iu:ionc~ iuridica~ din Das Las relaciones juridica:, enlre el Banco :- el Prestator10 se r1gen por este Contrato D1cho Contrato tamb1en regulo aspectos unportantes de los proced1m1entos de adq111s1c10n Pero como las relac10nes juridirns entre el lic1tante J los p10\'eedow; de ohras. h1enes :- serv1cios relacmnados, se rigen por los documentos de licitaci6n :- los contrmos de pnwis,On respec11vos. mngli11 provecdor o ent1dad quc no sea partc de cstc Contratu. podni dcrn·ar dcrcchns o C'iig,r pagos con mn11vo de este Conlrnto. 1.04 Rcsnomabi)idadn b;isicas. la responsabilidad por la e 1ecuc1Un y admi111slrac1Un del Proyeclo reside en el Pre~lalario y. por lo lank>, a i:,le corresponde tambien la responsab1lidad por la adjud1caciOn y adm1111strac10n de los contratos de sumi111stro. todo ello sm perjrnc10 de las facultades de super. 1s10n que competen al Banco II. REGLAS GENERALES 2.01 Ni\'eles fticos Tanto durante el proceso hc1tatono como durante la etapa de ejecuci6n de Ins correspond1entes contratos. el l1citador y el I ie1tante. asi eomo cualqlncr otru part,c,pantc directo o u1d,rcetn en los proecsos de adquis1c1oncs rcg,dos por cste Proecd1micnto, mantcndran los mas alto~ ni\·eles d1cos y no parl1cipan'm en ninglln l1po de corrupc1Un con relac1Un a d1cho~ proce:,o~. 2.02 I ifitacicin mib)ica intcrnacional Debrn'1 uaarse el ~1slema de lirnac10n pl1blica mternacional cuando la adqrns1c10n de b1enes o lo e.1ecuc1011 de obras o servic1os relac1onados se financie parc1al o totalmente con d1Y1sas del financiaimento \ el valor estinrndo de dichos h1enes u ohras. sea 1gual o exceda los montos e~tablec1dns en las [s1ipulac111nes [speciales de este Contrato 2.03 Particinaci(m no restringida de licitadores. Cuando se ut11icen d1Yisas del financrnm1ento. los procedim1entos y la, cnndiciones especificac; de la lic,tae!lin pcrmitiran la libre eoneurrenc,a de othentcs urigmanos de 'Fn est< P,oced1rnie,H~. el tirmrno ··] 1011.antO' SLgmhca al a,1te encai~.a,lo de lle,•,11 ,1 cnbo las 1,c,u,,o,.e; <lei P10yecw. unw pa,a ob,as ,01110 pa1a b,e,.e; y ,e,"c,os oelacio11ados Este en,e pod,,\ corrc,pondcr. scgo11 lo, ca.o,, al Prcstalario, al Orga11i,mo L 1cculor o a c1c, Lo, orga,mmo, oticiak< o agcncias cspccoal,zadas a Ins male, la kg,slacrnn local pucda cncomcndar llnao a ,abc, '" ;ea tudos lo, pro,esos de l1e1tscounes del sec to, pi1bl1eu v ,c\lv las ,tapas de ss:leccicin) aJJudoc acoon "Lirn,dor" c, d cnk quc ,omclc I• ok1 ta OL1 us 1,1 mmos sinummo, ,on ofr, Clllc. po."ulante, prnvccd,,., postnr, contratlsta, etc · ··Proyecto" ;,gn,lica el Pro;-ectn o P1ogoama pa,a el cual sa ha oTvrgado el Fmanciamientn ' Como ""'Pciim. la uacionali<iaJ de la ruma quc poc>la cl ,cmcio rclacoonado sc ugc por lo., m,smos rntrno, .,oh" 11ac1011alidad qu, los aphcahlcs pata dClc1m1nar la nac10nahdad de empoesas contianms de oboas. segun lo estahlecido en el pforafo 2 O& Fn este Pr,,ced1m,e11to no se uul12a el ,fon111u "se,v,coos como ""°"""" de se,~ ,c,us de conS!rt1'"ii" ( obrnsJ 'Pucstn ,1uc cl p1cscntc Pmccdrnucntn cs utihzad" unitonncmcntc p01 lo., paisc, 1irc.stataum ) sus legislacoonas e11 rn.,tan,1 <le licotacoo11as ,arian en cuastlOnes de fo1rn,1 v de1,1lk las "glas aqui estable.;,das ,.,oge,, las li"eas geneiales del pooce,o de hrno,,t\., su, ga,antias bas""'· tab como pubhciJaJ. ,gualdad, compclcncia. IU, mah dad. couf,Jc11c1ahdad y hb1 c ,ccc,u y la, los paisn m1embros del Banco' En consecuencia, no podr;"m e~lablecer:,e cond1c1ones que impidan o restrinpn la oferta de obras, b1enes y serv1c1os relac1onados. 1ncl111do el de cualqrner modo de transporte. o la partic1pac10n de oferentes onginarios de esM paises 2.(14 Licitaci{m pliblica que nueth; n;~tringirse al ;imbito local I.a adqms1ciOn de b1e11e:, o la e jecuciOn de obra~ qLte ~e financ1en 1otalrnenle con moneda local del F111ancrnm1ento o con fondos de contrapartida local n con una comhmaci, de estos dos upos de fondos y cuyos montos ,ean 1guales o e:,..cetlan los indicados en la~ Ebt1pulaciones Especiales de e~te Contrato. deberi efectuarse med1ante licitociOn piibhca. la que podril restrmg1rse al imhno nacional 2.05 Otros procedimientos para ejecuciim de obra~ o adquisicit'm de WJalil. Cuando la adqu1hic1Un de b1ene:, o la e 1ecuciOn de obras se (inancie exdu,ivamente con recursos que no provengan del financimniento o del Prestatano'', cl l.1c,1a111e podn\ utili1ar para din proccdim,cntos acordudus con el proveedor de eso~ recurws Sin embargo, los proced11nienlos deben ser compa11bles a satisfacc10n de] Banco. con la obligaciOn del Prestatario de llevar a caho el Proyecto con la deh1da dihgencia y eficiencia /\simismo. los bienes y obras a ser atlqumdo~ deben (a) :,er de calidad ~al1~filctona} a.1ustarse a los requ1sitos tfr111cos del Proyecto; (b) haher s1do entregados o completados en 11empo opormno: ~ (cl haber s1do adquiridos a prec10, de mcrcado Fl Ranco podni sol,citar quc cl l.ic,tantc le mformc sobrc cl proced11111ento aplicable y los resultados obterndos. 2.116 Prot;edimientos aplicables a ofertas por rnanfias inferim:es a lo• limites establecido, en la~ Estipulacione~ E,peciales. (al I a adqu1s,c,011 de b1ene:, o la e 1ecuc1Un de obras por monlo~ infenores a los rnd1cado~ en las Es11pulac1ones Espec1ales se regiril.n. en pr111c1pio, por lo establec1do en la respecti\a legislaci6n local. En lo po,ible, el l1c1tante estahleceril proeed,micntos que pcrm,tan la part,cipac,on de varios proponentcs, y pre:,lar(1 debida alenc1Un a lo~ aspeclos de economia. elic1encia } razonabilidad de prec1os Cuando se utilicen d1visos del Financ1am1ento. lo, procedimientns empleados deheriln permim. adema,, la pamcipaci6n de okrenle:, de b1ene~ u obrn:, pro\ernenle~ de los pabes m1embros del Banco (b) Cuando en e'ile Contrato se 111d1que que la supe1v1si6n de c,crtas adqu,s,c,uncs pnr partc dcl Ranco sc llcvara a cabo en forma ex post. eslo eh. con posleriondad a la lirma de lo:, conlralos de adqu1:,1c1Un crnre,pondieme,. el L1C11ante notificaril a la brevedad al Banco de cada eontrataci6n. cnv,andolc los datos biis,cos de la m,sma y cnnscrvara. para que el Banco pueda llevar a cabo dicha supervis1Un, lo:, anlecedenle~ de la adqms1ciOn yen especial. la si~uiente documentac10n (i) Los documentos de hrnacu correspondientes (ii) l os av,sos y cartas rclat,vas a la publicidad quc sc le d,o a la lic1tac10n. (iii) Los mformes que analizmon la, ofertas y 1ecomendaion la adjud,caci6n (h·) Los correspond1enles conlrmos lirmado,. El lic1Larne 8e compromete. ademils. a presentar al Banco cualqu1e1 otla 111for111ac1611 ad1e1011al que CStc pudicra rcqucnr (c) la~ adqu1:,1c1one:, supen·1~ada:, en IOrma c:1.•post lamb1~11 es1;"111 suJetas a las polit1cas del Banco. Este se reser.·a el derecho de (1) no financiar o cancelar los recursos de aquellos contratos cuyo prncedim1ento de adqui,icilm previo no e~tunese de acuerdo con d1chas politica,: (i1J a requem el reembolso, con imereses y comis1ones. de aquellos recmsos ya desemholsados para los c1tados contratos.) (iii) a no reconncer. como pane de la contrapart,da local, aqucllos rccursos quc cl Prcstatario hubicsc de,linado para lo, cilado, contralos El Banco 8e re8erva, ademis. el de1echo a e'ilahlecer que para contratos ltnuros. la super\'is1611 se lleve a eabo en form a ex-ante. 2.07 Participantes y bienes elegibles r us b1enes u obras quc dcban conlralarse para el Proyeclo y que :,e linanc1e11 con recurso:, del Frnanc1am1elllo. deberiln provenir de los paises m1embros del Banco' Para detcrminar ese origcn sc seguin las siguicntes reglas: I. P11r11 el rn~·o de licit11cio11es p11r11 ohms 2.08 Critcrios oara cstabkccr nacionaMad SOio pod rim panic1par en las licitaciones para ohra,. las finna, o empresas prO\ementes de alguno de lo, paises m,embros dcl Runco. Para determinar la nac,onalidad de una tirma olererne. el licwmle debeni ven/icar que· (a) la firma em: constitrnda y en func1onamiento. de confom11dad con las dispos1c1ones legales de\ pais m1emhro donde la firma tenga Ml do1111cilio principal. (b) La tim1a tenga la sede pnncipal de sus negocios en temtono de un pais miemhro. (c) Miis dcl 50% dcl capital de la firm a sea de prop,cdad de una o mas personas namrales o juridicas de uno o mis paises m1embros ode cmdadanos o 1es1dentes "bona fide" de esos pai,es eleg1hles. • T os b1enes ~ obias que debm1 contial,11se pa,,1 el Pro'OC!O y qne se hnancien con iecursos p,o,,en,e""' <lei Fon do ~lultolate, al de lnverswHes debe,.iH pro, eHH <I, los pai,es donatotes del 1·0~!11\ y Jc lo, pai,cs 1cgwnab en ,,a, de dc,a,rollo m,cmbro, Jcl B,nco polit,cas del Banco en ma rnalrna E.s pm cso quc c1crtas cucst1011cs de lo11na o dctalks de Talc, ,·orno clc hanc,,s co111e,c1,1les, l'""eedo1es. u '""" 01~,111,smris hn,1110,en,s pro,ed,miemv. "" u1,lt1idos en e,te Ane,o tales ,01110 ,vmposicoiin de J'"""' de h,,,a,oones mcemac,onales o comllc> Lccmcos, fomiahdadcs paia 1cg1>llar l11nu,. pla,os µa,a adJudicar o c,aluar ol'c11as. - Los b,cnc,) ob,as quc dcba11 conllala1,c para cl Pro)CC!O) 'l"" ,c finauc,cn con ,c,ursos Jd rcqrn,uos foimalcs dcl acta coorcspond1cnte a la ccremo111a de ape,rura de ,ohrc.,, lormahdadcs Fondo Mult1latc1al de lnHrsionc.,, dehc,an prorn11r de Ins pai,c., donantcs dcl FOMTl\ y de los de ad1u<locacoiin. etc pue<len ;er supli<las po, la leg,;lac,,:,n Inca I pnises 1e~10,rnlc; en >ids de desaorollo nu,111b,os dcl 8Ju,o l'Dg 14 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 (ti) La firma consl1luya parle mlegral de la economia del paib m1embrn en que est<: do1111ciliada (c) No e,isla arreglo alguno en v1rlud dd cual una parte ;us1a11cial de las u111idades neta, o de otro, bendic1os tangibles de la finna sean acrcduaJos o pagaJos a personas naturalcs 4ue no scan c,udaJanos o residentes ··bona fide'· de los paises m1embros; o a personas Jurid,cas quc no scan clcg1blcs de acucrdo con los rcqucnmicntos Jc nac1onalidad de este p:J.rrafo. (f) Ctiando se trate de till contrato para la ejecuc16n de obras, sean ciudadano~ de un pai~ m1embro. por lo menu~. d 80% dd personal que deba p1estar serv1c10, en el pais don de la obrn se II eve a cabo. : a sea 4ue las personas esl~n empleadas d1redamenle por el contral1;la o poi subcontl ati'ilas. Para Ins efrctos de este computo. s1 se trata de una firma de un pais Jistmto al de la construcc1(,n, no sc tcndran en cuenta los cmdadanos o res1dentes permanentes del pais donde se Ile, ca cabo la cnnstmccion (g) Las normas anter1ores se aplicar.in a cada 11110 de los 1111embros de till consorc10 (asociacion de dos om.is firmas) ya firma, que se propongan para subconlralar parle dd lraba10 Los requisitos de que trata este p.irrafo. deberan ser conocidos poi los mtcresaJos Estus debcnin sumimstrar al I ,citantc la 1nfonnac1Un pertinente para determinar su nac1011alidad. ya sea en los formularios de precalificac!lin. en los de registro o en los de lie1tae16n. scg\111 corresponda. 2. Para el ca.m de liciraciones para adquisiciOn de hienes 2.09 Criterio narn c~tablccer cl oci<•cn de lo~ bicnc•- SOio podr<"m adqumrse b1enes cuyo pais de ongen sea un pais miembro del Banco. El tfonmo ··pais de ongen·· s1gnifica (a) Aqu~I en el cual el material o e4u1po ha sido e:-.lraido. cullivado. produc1do. manufacttirado o procesado: o (b) A4ucl en cl cual, como efccto de la manufactura, proccsam1entn o montaje. resulte otro articulo. comerc1almente reconocido. que ditiera susmncialmente en sus caracteristicas basicas de cualcsquicrn de su:, componenleb 1mporla<lob. La nacionalidad o paib de origen de la finna <Jtie prnduzca. ensamble. d1stnbu; a o vend a los b1enes o Ins equ1po~ no ;er(1 relevanle para delermmar el ongen de ~slo~ 2. IO 1\--fargenes de prefere11da nadmiales y regimiales para el raso de licitacione~ para la adquisiciQn de bienes 1-"n los casos de liNac,oncs piibhcas mternacionales para adqms1c16n de b1e11es. el L1citante podril aplicar los s1g1ncntcs m.irgcncs Jc prckrcncia: 2.11 1\-fan•cn de na:fcrcncia nacional. Coando en las l1c1lac1one~ parlic1pe11 proveedmes del pals del Prestmario. el L1citante podn\ aplicnr. en favor de esos pro, eedores, un mm gen de prelerencia nacional. Para ello 11tili,:ani los s1guientes criterios: (a) Lin b1c11 sc considerar;i de ongcn local cuando cl costo de los mmeriales. mano de obra y servic1os locales empleados en su fabncac16n represente no menos del 40 por c1ento de su costo total (b) En la comparac1Un tie la~ okrtas locales y e,;lran 1era~, el prec10 propuesto u nfiecidn para artlculos de ongen nacional seni el precio de enlrega en el ;1110 del l'royeclo. una \eL ded11c1dos· (ll los derechos de 1mporlac16n pagados sobre materias prnnas pnncipales o cnmponcntcs manufacturadns. y (ll) los impucstos nac,onalcs sobre ventas. al consumo y al valor agregado. incorporados al costo dcl articulo o art,culos quc sc ofrocan I- I proponcntc local proporcionar.\ la prueba de lab canl1dades que se deber(111 de<lucir. de confonnidad con los subinc1sos (1) y (i1) <Jtie anteceden. El precio propue~!o u oli-ecido en la okrla e,1ran jera ser(1 el prec10 CIF. exdmdos los derechos de 1mportac10n. Ins gastos consulares y los portuarios. al que Se agreganin lo~ gaol\>~ de 111a111p11leo en el puerlo y el lnmhporte local. del puerlo ode la fronlera. al snio <lei proJeclo de que se trate. (c) La co11vers1611 de monedas para e;lablecer comparac10nes de precios se hara con base en el tipo de camb10 aplicado poi el propio Ranco en cstc Contrato. (d) En la adjud1cac1611 de licitaciones, el Lirname podril. agregar trn morgen Jc prcfcrenc1a dcl 15% o cl Jcrccho aduancro real, cl quc sea menor. al precio CIF de las ofertas e'\lranjeras e,;presadas en el equi\·alente de su moneda nacional 2.12 Man•cn de orefcrcncia n;gional (a) Para los fines del Comrato. el Banco reconoce los s1guientes acucrdos subrq!ionalcs o rcg,onalcs de 1ntcgracion (1) l\krcaJn Comlrn Centroamencano. (11) Comunidad de! Can be. (11i) Acuerdo de lntcgnic,rin Subregional Andu10: y (iv) Asoc,ac1(\11 I ,11111oamcncana de lnlegrac1611. En los caso~ en que el pais del Preslalano haya suscmo mas de un acuerdo de mtegrac16n. se podn\ aplicar el margen de prel'erencrn ~ubreg10nal o el margen regional. de acuer<lo con el pats de origen de! b1en (b) Cuando partic,pcn en una lic,tacu'm prO\'ecdorcs de un pa1s quc no sea el del Prestatar10. que sea m1embro de 1111 acuerdo de mtegrac1611 dcl cual d pa,s Jcl Prcstatano tamb,Cn sea partc. d,chos provcedorcs de b1enes tendr.in derecho a un margen de preferenc1a regional que sc lcs rcconnccra utili1ando los siguicntcs critcrios: (i) Se considerari1 que un b1en n de origen regional. cuando sea ongmano de un pais que sea 1111emb1 o de un acuerdo de integrac1611 dcl cual sea partc cl pais dcl Prestatano y cumpla con las nom1as que reglamenlan el origen ~ olros aspeclos relac10nados con los programas de liberahzac16n del 111tercambio que establezcan los acuerdos respecl1vos (ii) El ,aloi agregado local no sea menoi que el estipulado para el margen de prefrrencia nac1onal. (iii) En la comparaci6n de las olertas e,tran iera,. el Lirnante podni agrcgar al prccio de las ofcrtas Jc b,cnes origmanos de paiscs quc no scan parte de! rcspcct1Yo acucrdo de integrac,on o un porcentaJe del 15%. o la d1 li::rencia entre el de rec ho de 1111porlaciUn aplicable a eso~ bienes cuando son onginanoh de paises que no sean parte del acuerdo de 111tegraci6n y el aplicable a esos b1enes cuando pro, 1enen de paises que sean parte del acuerdo. el que sea menor. 2.13 Asociadc'm de firmas locales )' n.tranjeras El Banco ahenta la paruc1pac1611 de proveedores y contratlstas locales en Ins procesns de adquisiciones. para fomentar el desarrollo de la industria local l.ns provccdorcs. mdustnalcs y contratistas locales. p11cdcn licitar mdcpcnJicntcmcntc o en cnnsorc,ns con firmas cxtranJcras. pen, no podr;"1 establecer;e 4L1e la formac16n de consorcio; o cual4uier otra da;e de asociac1611 enlre /irmas locales y e,tran 1eras hea obligalorrn o que ;e establezcan porcenta 1es de partic1pac1611 tamb1en obligatonos Ill. Ll('ITA('ION Pt:BLIC\ INTERNACIO\'AL PUBLIC/DAD Aviso General de Adquisiciones 3.01 Regla general" requisitos especiales Salm que el Banco lo acuerde <le otra manera. el P1o;ecto requerin\ la puhlicac10n de un Av1so Cieneral <le Adquis1c1ones ··AGX. Este av1so tendn\ por ob ieto notificar con la deb1dn an11c1pac16n a los 1nteresados acerca de las pos1bles adqrns1c1ones de obras. b1ene, o serv1cios que tendn lugar con motivn del Proyecto, a,1 como la lecha aprn'<imada de las m1smas y debera incltiir la s1gu1ente 111formaci6n (a) Nombre del pals (b) Rcforcnc,a al prcstamn dd Rancn lntcramcncano de Dcsarrollo (c) Nombrc Jcl Prnyccto. monto dcl prCstamo y su obJctn. (d) Breve de~criprn:m de cada una de las hc1tac1011e; o grupo de lic1lac10ne~ que se llevarian a cabo con molivo del ProJeclo, con una in<licaciUn lenlaLi1 a del lrimeslre o semeslre de ca<la ai1o en que tendnin lugar (e) Breve descripc1611 de la politica de public1dad del Banco para las licitaciones especificas. se1lalando el 11po de pubhcacion que deberil ser empleada y otras fueme, de infonnac16n (EmbaJadas u otros). (f) Nombrc dcl l.icitantc. su Jircccilill post.ii. tclcfonn y tax. don<lc los ,ntcrcsados pucdan obtcncr informac!lin adicional 3.02 1\-letodo de nublicaci(m. Cuando la publicaci6n dd AGA no sc hubicrc tramilado o ekcluado con anterioridad a la /irma de e,le Conlrato, el Banco se e11cargari1 de ;u publicac1Un. en nombre del l1ci!ante, en el peri6d1co de lab Nacioneb Unidas <lenommado '·[)eve/opmelil Business·· Para ello. el L1c1tante env1ara para la rev1si6n y publicac1611 por parte del Banco. el te,;to del AGA t]tie deba publicarse. s1guiendo los reqrnsitos ind1cados en el piurafo 3.0L a mils lardar. a los 30 dias de la 11gencia de este Conllato !Jna vez acordado el te'\to defimtivo, el Banco ,e encargan\ de su publicac16n. quc podra haccrsc en cmilcsquicra Jc los iJiom,1s oticialcs dcl Banco 3.03 Reguisitos de nublicidlld nara licitacione, esneclfirns (a) Contenido dtl anuncio para precalificar 1-"I anuncio de precahticac,Un o cl de mscnpcllin en cl rcg1stro de proponcntcs. scglln corrcsponda. cuyo tcxto dcbcra contar con la aprobac16n pre"ia del Banco, deber.i inclu1r, por lo menus. la ~igu1e111e inlormacH:,n (i) Desi:ripc1611 general del Proyeclo y de la obra ob1e10 de la l1c1lac16n. su lugar de realiLac16n y sus principales caracterisl1ca~. En caw de licilaciUn d~ b1enes, ;u de;cr1pc1Un; la~ caracteri;l1cas especiales. si las lrnb1ere (ii) El 111.:lodo de precahficac1611 que se proponga utilizar (iii) Fechas aprosimadas en las que se etectuar.in las rnvitaciones para lic1tar. se abrn.in las propue<;tas para la hcitaci6n. se micianin las nbra, ob.1e10 de la hc1tac16n y se tenrnnara su con,truc(16n (iv) l-1 hccho de quc cl proyccto obJctn de la licitaci6n cs financ1ado parc1almcntc por cl Runco, y quc la ad4u,sic1lin de bienes o la conlralaci(m de obras con d1cho F111ancrnm1enlo ,e ~uJelani a la; <l1~pos1ciones de e;le Conlralo. (v) El lugar. horny (i:cha en que lab emprebas puedan relirar los fornmlarios de precahficac1611 o de reg1stro, acordados entre el Licnante y el Banco. asi como su costo (1·i) Los dem;\s reqm,ito, que deberiln llenar los mtere,ados para poder calificar y ser postenonnente 111v1tado, o poder pamcipar en las licimcioncs publicas (b) ('ontenido de los 1tnuncios de licifaci(m y de las inl'itaciones a presentar nronuestas I os anuncios Jc convocatnna a lic11ac16n 4uc sc publi4ucn en la pren;a rnando nose lmbiese lle,ado a cabo precal1ficaciUn o las m111ac1onn a licilar que ~e emreguen o remilan a las emprehas precalificadas. cuyos te'<los deberil.n conlar con la aprobac1611 previa del Banco. deber.in e,presar. por lo menos. lo sigtiiente (i) La descripciOn del Proyecto y del objeto de la hc1tac1611 y el origen de Ins fondos destinados a financiar el costo de la, adqu,sic,oncs o Jc las obras. La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 1'0.g 15 (ii) El hecho de que d proyeclo objdo de la licilaciiin ~tni tinanciado parc1almente por el Banco. y que la adqu1siCl( de b,encs o la contratacion ,Jc obras con d,eho Financ,am,cnto. sc suJelara a las d1spos1c1ones de este Contrato (iii) la desrnpci6n general de! equipo, maqumana; materiale, requeridos, a:,i conw de la obrn, con lo:, \·ol\1me11e:, o cantidades de trabaJo. de sus partes principales y el plazo para su e.1ecuc16n (i\.·) la oticrna o el lugar, dia y hora en que se podril.n re11rar los docLunenlos de la lic1lac10n mclL1yendo las bases, los pianos y tspec1ticac1ones asi como d proyecto de contrato que se pretende cckbrar (Y) la o/icina donde deber(m enlregar:,e la:, propue:,lah y la autoridad que ha de resolver su aprohaCl( y ad.1udicaci6n (\'i) 1-"I lugar, dia y hora en quc sc abnriin las propucstas cn pre~tnrn1 de lo:, olerenks ode ~us repre~enlanles (c) l'ublicidad (i) Publicidad local Toda hc,tacu'm para bicncs. obras o scrvic,os relaciunado:, deben·1 mdmr pubhc1dad local. D1cha public1dad consiste eo que el mrnocio de la precalificaci6n o reg1stro. y el de la licitaci6n cuando 110 hubicrc mv,tac!lin rcstringida a las firmas precali(icadas, deberii publicarne, por lo menus, dos vece~ en un peri6dico de ampha c1rculac1611 o. a opc16n del L1citante. una vez en dos periodicos de amplia circulac16n (iil Pnhliddad internacinual Cuandose lleven a cabo l1c1tac10nes cuyo valor est11nado sea 1gual a o e><ceda lo, montos establecidos en la, fatipulac10nes Especialeh de este Cuntrnlo. ademilh de la public1dad local a que se retiere el sub-pitrrafo {il amenor. d L1dtame dtbe1:\ llevar a cabo publiddad inte1nacional En e~to~ ca sos. cl anunc,o de prccal,ticacion ode rcg,stro y cl de lic,tacuin. cuando nu se hub1ere lle,ado a cabo precalificaCH:,n. debtni publicarse en el peri6dico de las Nac1011es I l111das -·Development Rusmess" y, si foeru dcl caso, en cualqu1cr mcd,o de publicidad ad1cional que se ind1que en las Est1pulaciones Espec,ales DOCUME/\fTOS DE llCITACION J.04 Aprobaci•in del Banco. I os documcntos de la licitaci6n scrim aprobado~ por el Banco anks de :,er e1megad0h a lo~ inlerehado:, E~Lo~ documentos deberan cumplir. ademil.s. con los requis1tos establecidM en los parrafos 3 05 al 3. 16 J.05 Claridad, contcnido y nrccio de Jos dornmcntns Los documento~ de lic1tac1611 que prepa1e el L1citante deberiln ser darn, y coherentes Ocben describirsc en cllos cu,dadosamcnte y con todo cl dctallc quc sc reqmera. los bienes, obrns o serv1c1os a ser provistos. se debe ev1tar mclmr cond1c1ones o requ1suos que dificulten la paruc1pac16n de contratista, calilicado:,: y deben indicar:,e darnmenle lo~ criterios a ser empleados en la evaluac16n y comparnc16n de ofertas El detalle y la comple.11dad de los documentos puede varmr seglln la namraleza de la licuac16n. pero por lo general eslo:, ducumenlos rnduyen el llamado a licilaciiin. inslrucc10nes para los licnadores. formulario para la ofrrta. requisnos sobre garantias; mode lo de contnito, cspccific,1c1oncs tCcnicas. lista ,Jc b1c11cs o cant,,Ja<Jcs y. cuando corre:,ponda labia de prec1os Sise fi1a un precio a lo~ documento~ de licitaci6n. este debe reftejar el costo de ,u reproducciOn yen ningirn caso scr Ian alto como para dcsalcntar la compctcncia J.06 I ibrc acceso al I icitantc. El l1c1lanle debeni eslar d1wonible. una vez retirndM los documentos de licitaciOn y hasta un 11empo prudencial antes de la apcrtura, para contcstar prcguntas o fom1ular aclaracioncs a los proponenles sobre lo~ documelllos de la licilaciOn. E~Las consulta~ ser(m contestadas a la brnedad por el L1c1tante y las respec11vas aclarac10nes debcriin scr puestas en eonocun,ento de los dcm;is intercsados quc hayan ret1rndo los documentos de la lic11ac16n y del Banco Nose dar.in a conocer los nombrcs de las cmprcsas quc pid1cron aclarac10ncs 3.07 Normas de calidad. Si los documentos de licitaci6n mencionan norma~ de calidad a que deban a juslarse el equ1po o los maleriale:,. las espec1ticaciones deben 1nd1car que tambi<!n seril.n aceptables b1enes que cumplan otros cstandarcs rcconocidos qllC ascgurcn calidad igual o superior a la~ normas menc1onada~. 3.08 Especificaciones para equipos; marcas de fri.brica Las cspccific,1cioncs no dcbcn haccr rcfcrcncia a marcas de fabric,1. numcros d~ cmi,logo o l1poh de equ1po de un determmado li1bricanl~. a menu:, que se ha)a dec1dido que es necesario hacerlo para garantizar la inclus16n de un dctcrmmado disci'lo cscnc,aL o caractcnst1cas de fonc1ona111icn10. con:,lrucc,On o lilbricac10n En lal ca:,o. ehas rekrtncrns deben ehlar segmdas de las palabras ··o su eq1malente", JUnto con los c1iterios para cstablccer csa cqurvalene,a las cspcc,fieacioncs dcbenin pcr1111tir ofcrtas de equ1pos. articulos o materiales olternat1vos que tengan caracterist1cas s11111lares, presten 1gual ser.-,cio} ,ean de igual calidad a la estahlecida en d1ehas cspee,fieaciones. I" n easos cspcc,alcs y con la prcv,a aprobac16n dcl Banco. las espec1ficac1ones podr.in requenr el sumi111stro de 1111 articulo de marca determmada 3.09 E~tinulaciouc::; sobrc moued as. Los docume1110, de licitaciiin deberim contener las s1gu1entes d1spos1ciones en cuanto a monedas: (a) l\loneda de la lirilaciim I os documentos de lie,tae!lin dcbcr;in establccer que cl provecdor podrii expresar el prec10 de la oferta en su prop1a moneda o. a opc16n del proveedor. en una lmica moneda seleccionada por el lic1tante e md,cada en los documentos ,Jc lic1tac1tin. sicmprc y cuando Csta sc ulilic~ ampliamenle en el cornerc10 mlemac1u11al El pro\'eedor que preve incun ir gastos en mas de una moneda y desea rec1h11 pagos en las m,smas moncdas ,Jc Sll olcrta. dcbcr;i scfialary JUstificar la pore ion del pr~c,o de ~u ol"erla en cada una de la~ rnon~da:, corr~hpond1enl~h. Como alterna11va. el proveedor podril. e,presar el prec10 total de su ofcrta en una soh1 moncda c indic,1r los porccntajcs dcl prccio de oli::rla que deben ~er pagados en otrns munedas y las lasah de camb10 ut1lizadas en los citlculos. Los documentos de hc11ac16n deben\.n indicar claramente las reglas y procedurnento, para hacer la con\'ers,tin. (bl Moncda narn la crnluaci1ln v comnaracicin de ofcrtas La moneda o monedas en que d l1c11ante pagaria d prec10 de los bicncs u obras corrcspondicntcs. sen\ convcrtid,1 a una sola monc,Ja por el selecc1onada e 1de11lilicada en los documenlos de lic1Lac16n como la moneda para la comparnciOn de todas las propuestas La tasa de cambio a utilizarse en dicha evaluac16n ser.i la de venta de la moneda seleccionada. publicmla por ll1e11te olicrnl y apli~able a trnnsacciones serne jantes. La fecha efectiva para hacer la convers16n de la tasa de camb10, deherii md1caise en los documentos de licitaci6n D,cha fccha no dcber;i prccedcr en miis de 30 d,as a la li::drn ~slablecida para la apertura de la~ oli::rlas. (c) l\loneda a ntilizarse para los pagos (ieneralmente la moneda de pago a los contratistas serii la m1sma moneda o moneda~ u11li£adas por el ad1l1dicalario en Sll olerla. Cuando deban hacerse pagos tanto en moneda nac,onal como en d1visa,. los documentos de licitaci6n deberil.n estlpular que Ins montos en cada monc<.la dchcn dctallar,;c y jusllficarsc por ,cpara,Jo Cuando el precio de turn oferta :,e /l je en una moneda determinada y el oferente hubiese solicnado que tamb,en se le pa;rne en otras monedas. 111d1cando sus necesidades de d1dia, moneda, como porecntaJes dcl pree10 de su ofcrta. los t,pos de camb10 a utilinrse para elecluar tl1cho:, pago~ 8er.in los 111dicad0s por el licnador en 8U ofena. Ello tiene pm obJeto asegurar que el valor de las porcione, de su ofcrta quc hub,cscn s,do c><prcsadas en drvisas sc mantcnga. e\'1limdose p<!rdidas o ganancrns Corresponde al licllanle de jar claramente establecido en los documentos de licitaciOn \" en el contrato corrcspon,J1cntc, quc cl ofcrcntc dcbcrU cumplir ·con los requenm1entos descriloh anleriorm~nle, asi comu lamb,~11 que no podr.i obtener pago en una moneda d1ferente a la espec1ticada en las ha,es de lic1tac16n. oticrta y contrato 3.10 Riewo de cambio Cuando cl pago al contrat,sta o provccdor sc base en la con\'ersi6n de rnoneda nacional o moneda e><lranjern. el nesgo de camhio no debera correr poi cuenta del contratista o proveedor J.11 Garantia de mantenimiento de oferta I.as tian1as o garant,as d~ manle1111111enlu de la oli::rla 110 ser(m por munlo~ tan elevados,' 111 :,u v11:1enc1a tan prolongada, que desalienten la part1c1paci611 de lic1tadores responsables. Al adjud1catario se le devolverii su garantia cuando est<! perli::ccionado el conlrato y aceptado su liana o garnntia de eJecuc1\,n de obras. A qrnenes quedaron en segundo y tercer lugar se les devolverit dentro de un plazo no mayor de tres me,es. contado desde la adJud1caci6n o al perfcce,onarsc cl eontrato si cllo ocurncrc antes de d,eho pla10 A los de mils proponentes. la garantia se !es devolverii dentro de los cmco dias siguientes a la ad.1udicac16n J.12 Ha01.a o garantia de eiecucilm I as cspcc,ticacioncs para obras <Jc conslrucc,On deberi111 requerir li<mlas de e 1ecuc10n u olrns garnnlias que asegmen que los traba.1os ser.in llevados hasta su conclus16n Su monto \'ariarii ,egun el tipo y magnitud de los traha.1os. pem deberii 111d1carse en los documenloh de lic1tac1Un y ser sufk1enle para dar al L1cilante adecuada protecc16n. la cuantia de la tianza deberil asegurnr que. en caso de rncumpli1mento por parte del contrat1sta en la e.1ecuc16n de las obras. escas seritn completadas srn aumentos de costos La \'tgencia de la fianza o gmanlia deber(1 e><ceder el plam del conlrnlo de obrn, para cubm un periodo de garantia rnzonable S1 foe re necesano. podril.n ex1girse tianzas o garantias para contratos de sumin1stro de e<juipo. Estus garantia, podriln consisur en la retcneuin de un porcentajc dcl pago total durantc un pcriodo de prueba 3.13 Critcrios narn cvaluacicin de ofcrtas. La ad jud1carni11 deb~rit hacer:,e a la oferta mils \'entaJosa, que es la que incluye factores que. adema, del prcc,o. <.lcbcn scr tcn,dos en cucnta en la comparac,Un de las olcrtas 1-sta i11l1rna es la ··urena evaluada comu la mil~ ba ja" Pam selecc1onar la okrla evaluada como lam.is baja. los documentos de lic11ac16n deben establecer daramente qut factore,, ademiis del precio. dehen tenerse en cuenta en la naluaciiin y el \alor que se le dani a cada li1ctor fatos fil<:tore:, tleber(m expresarse prefer1blemente en dinero o. como minimo. dilrseles una ponderacion relativa de confonmdad con los rnterios indicados en lo, doeumcntos de licitaci6n l ,os factorcs quc suclcn tomarsc en cucnta son. entre otros, los costos del transporte al sit10 del proyecto. el calendano de pagos. el plazo de entrega de las ohras o hienes. los costos operativos. la ".~lgtwa p1A"oca '" ma!e"a de l1cuac,u,,es lwrna el orwHto de Ins ga,arotins de t11,uHeHHn1e"'" de olcrta, c·b,J ,ccunllcs Lender guarantee, o bid bond," I a cicrLo porccnta 1c dd p1wo Jc cads nfetla Fn gc11e,.al se recnm,e11da que el l 1,·1oa11te emble7,•a 1111 po, cent,11< fi 1<> , elac,nnado co11 el cosoo ,so,mndo de la ob.a que sea co,,.l,., a ,o<los los ofe1e11,e, Esco. paia "'""' qt1e ;e d11 ulguc con m•) ur Lau Ii dad cl prmo Jc cada ol'c1 la anlcs Jc la apc1 tu1 a. al llcgar a conoccr.c d mnnto de la garantia Estc pnrccntaJc ti Jo rnria cntrc cl 1°" pm a cnnll ato, muy grandcs, maynrcs ,ol "<i"'""lerok de L'S~ 11)(1 ,u,I luroc, > cl )', pa1 a ,urn1 atu; mc1101c< l'Dg 16 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 eliciencia y compaub1liJm! del equ1po; la d1bpon1b1liJm! de ben 1cio de manknim1enlo y repue;los, y los mitodo; Je con;trucc1Un propueslu~ El peso rclati\'O as,gnado a cstos fodorcs. dcbc rcflqar los costos y bcncfic1os que d1chos factores aportarim al proyecto. En la enluac16n de propuestas no se podran cons1derar factores que no figuren en los documentos de lic11ac16n No deberil tonrnrse en cuenta el monto. s1 lo hub1era. del reaJuste Je prtc10 mduido en lab propueslas. J.14 Errore~ u omi~iones suhsanahles. l os documcntos de lic1tac1Un ,.kbcn distinguir cntrc crrorcs u omisioncs s11bsanoblcs y los quc no lo son. tanto para la etapa de p1ecalificac10n corno para la de p1esentacu de ofertas No debt dtscalificarst automi111camemt a tm l1citador porno haber presentado la rnforrnaci6n completa. ya sea por 01111si6n involuntaria o purque d requ1~1tu nu e~1aba e~Labkc1Ju con dam!ad en lo~ documentu~ de licitaci6n Sicmpre quc sc tratc de crrorcs u om,sioncs Jc naturalC?a subsanablc --gcncnilmcntc por trarnrsc de omisioncs rch1cionad,1s con constataci611 de darn, o 111fonnaci6n de tipo h1<;16rico-- el l1c11ante dehe perm1t1r que. en 1111 plazo breve. el 111teresado proporc1011e la 111formac1611 faltante o corriJa el error subsanable. Sin embargo. e,;1sten cierto tipo de errores u um1s1011e; b,·1s1cus que, pur su gra\edaJ. nu son cons1dernJus trad,cionalmcnte como subsanablcs. Ficmplos Jc cllos son cl no finnar la oferta o el no presentar una determinada garantia Por ultmm. tampoco se pe11mte que la correcc10n de errrnes u om1siones sea ut1hzada por el oferente para alterar la substanc1a de su oferta o mejorarla J.15 Reehazo de ofcrtas Lu, documenlus de licilaciUn deber(m d1sponer quc cl Prcstatano poJr;i rcchanr todas las ofcrtas. scglln los lincam,entos quc sc 111d1can en cl p;irrato 3 43 3.16 Modelo de contralo. El modelo de contrato entre el L1citante y el adjud1calario deberii adecuar,e al l1po Je lic1Lac1Un Je que se lrnle. El conlralo debcr;i rcJactarsc con cl ob 1cto de lograr una d1stribuc1Un cqu1tat1va de los ncsgos rclac1011aJos con la opcrac,On rcspcctiva. para quc pucda obtcncrsc el precio m.\s econ6m1co y una eJecuc10n efic1ente de la operaci6n Dicho contrnto debera 1ndu1r cond1c1onts generaks y espec1ales (a) Condieionu PcncrnJcs de\ contrato 1-"I contrato Jcbcra mduir cond,c,ones gcneralcs en que flgurcn. cntrc otras. obhgac1oncs gcncralcs dd contrat1sta, d1spos1c1oncs sohre fianzas. 111demn1zac1ones y seguros. cl.\usulas penales y bon1ficac1ones. porcentaJe de retenc16n de pag:os. terminaciOn. ant1cipos. forma y moneda de pag:o Cuando corresponda, las cunJic1ones generalt; Jeben·m mdu1r Lambi~n lo; Jebere~ y rcsponsabilidades Jcl (los) consultor(cs). modifkac,oncs, partidas aJic,onalcs y snuac,oncs porticularcs dcl lugar dondc sc clcctlic11 la, ohras que puedan afectar su construcc10n. Se mcluyen reqmsnos tsptciaks rdatiYos a algunas dilusulas frtcutntes dt las cond1c1ones genernles del contrato (iJ Gasloli limmciados con fondo::, de! Banco inmutabks al contruto H contrato disponJn\ quc cl contrat1sta o pro1·ccdor no haro ga<;1os para propos1tos del contrato a ser financiadns con recursos dd Pr.!stamo en el territorio de un pais que no sea ekg:1ble para adquis1ciones del Proyecto. (ii)~ H l ,c,tantc dcbcro anali7ar cuidadosomcntc cualq1ncr ant1c1po al proveedor o contratista para gastos de mo\'il1zac16n. que pud1eran ser autor1zados una vez firmado el contrato Otros ant1c1pos que podriln ser autonzados. tales coma matenales a ser entregados en el ;1110 Je lraba 1u peru aim nu incorporados a la obrn. deber(m scr claramentc prcv,stos en cl contratn Cuando corrcsponda. dchcran inJicarsc Ins pogo, quc sc van rcali1ai1do por traha, 1os efeduados o bienes entreg:ados. para evitar olhtas excesivamente ele>adas como resulLado del alLo coslo tit capital de lrnba.10 Jel co11tral1sla o pru1-eedor A ,ulic1l11d Jel l1c1tante. el Banrn puJrii cfcctuar dcscmbolsos para la adqu1s1c16n Jc b,cncs y scrv1c1os Jc construccion financiados con cargo al l'manciam1ento. mediante. ( 1) desemholsos directos al licitante en la form a de anticipo o reembolso de gastos; (21 desembolso a los proveedores de b1enes 1mporla<lob o a lo, conlrnllblas: y (3) un acuerdo irrevocable Jel Banco de reembolsar a 1111 bancu rnmercial que ha expedidu u contirmado una carta de crCd1to a un pn11 ccdor o contrat,sta (iii) Clliusulas de reajnste de predo Cuando corresponda, podr:'tn 111clu1rse d1spos1c1ones respecto a los a1ubles (a,cenJernes o de;cendenleh) dtl prec10 conlrnclual para lus caso, en que ,e prod11jeren camb10b que re~11llen de la 111flac16n o dcflac!lin de la cconomia. quc afcctcn los pnnc,palcs componentes de costo de! contrato. tales como mann de obra. matenale, y equipn. las bases sohre las cuales se efrcmaran dichos aJustes. deberin indicarse con claridad en los documentos Je hc1lac1611 yen el cunlralo (ivJ Porcentaie~ de retenci{m Cuando corresponda. los documentos de licitacion y el contrato podran estipular 1etenc10nes de un cierto porcenta 1e del precio total para g:arantizar el crnnplm11ento de las obligac1011es del cu11Lral1sla, asi comu la, cond1c10nes para su devoluciUn y pago final. M CJ4u:mla~ ncn,lu 1 de bonifiCJ1ciirn H contrato Jcbcr;i mchnr cl;ius1das pcnalcs en caso Jc quc las demora, en la terminac1611 de! p10Jecto resulten en ga,ro, aJ1c1onaleb, perd1da Je mgre;ob, perdidah de pr0Jucc1Un u inconvcmcntcs para cl Prcstatano As1m,smo. cl contrato podni estlpulai el pago de una honificac1611 al cnntrat1sta por la terminaci6n del contrato antes del plaza pre, 1sto o por sobrepasar los critcrios min11nos cstablcc,dos en cl contratn rclativos a rend11niento (,·il Enerza marnr 1-"ntrc las cond1c1011cs gcncralcs dcl contrato. cs con\'cmcntc quc figuren dilusulas que es11pulen que la falta de cumplirmento parcrnl o Lota! por t1110 tit las p,,rLes de las obligac1ones que le corrcspondcn de acucrdo con cl contrato. no scra considerada como mcumpl11rnento de dichas ohligacmnes s1 esta se dehe a un hecho de foerza mayor (que deheril ser definida en las cond1ciones gcncralcs dcl contrato}. (1·ii) ResoludOn de desacuerdos Es aconae 1able rnclu1r en las conJ1c1ones Jtl conlrnlo, d1sposic1oncs rdati\'aS al dcrccho aplicablc y al foro para la resoluci<'m de desacuerdos (bl Condieinnu c~ncciaJcs de\ contrato I.as cond1c10ncs cspcc1alcs dcl contrato 111cluycn la dcscnpc,on Jetallada Je las ohra, a ser constrniJa, o de los hienes a ser ht1m1111blrados; la foenle de finanrn11111e11lo, requ1;ito; especrnles relat1vos a materias tales como monedas. pago, ho111ficaciones por terminaciOn ant1c1pada y cualqmer mod1ficaci011 que deba hacerse con relac1U11 a lu di,pueslo en las condiciones genernk;. Preca/ijicaci611 y registro de propo11e11tes 3.17 Ambito de aplicaci(m. Regla general ~.I l ic,tantc utilizarir en las l1citaciones para lae 1ecuci6n de ohras. el s1stema de precal1ficaci6n o 1eg1stro Je proponenles cuando se trnle de obrab cl\·iles grnn<leb u compltjab. El I .1c1tantc podni tamb,Cn ut1l17ar prccalificac!lin o rcgistro para la adqu,s,c,Un de hienes cuando lo cons1dere procedente J.18 Sistcm, de dos sob res- Sah o que la leg1,lac1Un local lo prohiba. ti Rancn y cl l.,c,tantc poJnin acordar. cuando ex,stan circunstanc1as quc a Jt1ic10 de las panes lo haga aconseJahle. la ut1hzacion del procedurnento de dos sabres. Este proced1miento deberil estar claramente establecido en los plicgns de cnnd,c,uncs de la convocatoria Mcdiantc cstc proccd,m,ento (a) Todo proponente presentaiir. en el acto de apertura, dos sohre, cerrados. cuyo contenido seril el sig:uiente (i) Sohre '\Q. 1- lnfonnac,On sobrc la capacidad finane,cra. lcgal y 1ecnica de las tirmas. D1cha informac16n se retema a temas tale, como. solvencia financiera. capac1Jad para contratar. e:...periencia general y cspccifica, personal cla1·c y maqu,nanu d,sponiblc para el prnyecto. contrntos eJecutados. contrato, en eJecuc10n y comprom1sos y hugios ex1stentes. (ii) Sohre No, 2· Ol"erta propiamenle dicha con la respedl\·a crnizaci6n de precios (b) En el acto de apertura. que tendril lug:ar en ceremo111a p\1blica en cl Jia y hora prcvistos. sc abman los Sobres No. I y sc veriflcara s1 los prnponentes han indu1do Ins documento, requendos por la, bases. De no contener estos Sabres la documentaci6n requerida. se JeJar;"1 conslancrn de esle hechu en el acta de la ses1lm. asi como de la 111fonnaci6n que falta o se encuentra incompleta, y se devoh·enin a los resped1vos licila<lores. los Sobres No. 2 ,m abrir Compldados cstos proccd,micntos. sc dar;i por condu1da la pnmcra ccrcmonia. permaneciendo ce1rados los .',ohre, No. 2 de los nferentes que lmb1esen presentaJo toda la mformaci6n requerida en los Sabres Nol (c) Con hase en e<;ta 111formaci6n se proceden\ a la precalificac16n de los oferentes. dentro de los plazos 111d1cados en las bases. (ti) Una 1·eL cuncluida la precalilicac1Un y aprubada i;la por el Banco, ,e llevara a caho la segunda ceremonm pl1hlica. que tendr.\ lug:ar tn la fecha. hara y lugar que se lrnb1ere indicado con adecuada anl1cipac1Un En ella, pnmero se devolvenin. sin abm, los Subres No 2 de las cmprcsos quc no hubicrcn sidn prccaliticadas l.ucgo sc abmiln los Sobres No. 2 de las empresas precal1ficadas y st procederil a dar kcturn. en voL aha, al prec10 de caJa ol"ena. de janJu con~tancia en cl acta Jc los prcc,os y dctallcs mils rclcvantcs de las ofcrtas (e) El anill1,is final de la, prnpuestas y la adJud1caci611 se llevaran a cabo Jenlro de lob plazob fi iadoh en loh pliego; y una itz que ti Ranco haya Jado su confor1111daJ a lo actuado 3.19 Regislro de proponentes El reg1stro de proponentes es una forma de precalificaciUn acepla<la por el Banco. Pam ser aceplable,, e; necesario que los rcgistrns: (a) cstCn abicrtos en form a pcrmancntc o quc la apcrtura, ya sea pa1a la acmalizac1611 de datos de fi1mas reg1stradas o para la mcorpornc1611 Je nue'"a, firmas, be lleve a cabo con frecuenc1a, (bl eslin ab1erlos con motrvo de 1,c,tac,oncs quc sc rcaliccn para los prnycctos quc sc financ,an con prestanrns del Banco: y (c} no incluyan requis1tos que d1ficulten o unpidan la part1c1pac16n de empresas extranJeras o atenten contra el prmc1pio de 1gualdad de lu; postulantes. La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 1'0.g 17 3.20 Plazo nara efectuar la nrccalifieacicin El L1citank tleber<'1 llevar a cabo la precaliticaci6n dentro de un plazo que armomce con el calendano de mvcrs,nncs acordado cntrc cl I ,citantc y cl Rauco. 3.21 Contenido de! fonnularin de nreealifieaei1in o re"istro de proponentes El formulario de precaliticac16n o reg1stro. seglm sea el caso. dcbcni contcncr. cntrc otras. las sigu1cntcs informacioncs (a) Anlecedenles legales acerca de la cunsl1Luc10n. naluraleza Jtmd1ca y nac1onalidad de la empresa proponente Se anexara coprn de lns cstatutos y <le los documcntos const,tutrvos rcspcctivos. I a 111formac16n relativa a nac1onalidad debera cumphr con lo rndicado en el p:J.rrafo 2.08 ·, (b) Anlecedenleb tfrnic% de la empre;a, (c) SmrnciOn tinanc1era de la empresa (d) Personal y equipo d1sponihle (c) E ~periencrn en la cun~lrucciOn. fabncac1011 e mslalac10n de b1ene~ u obras s11nilares a los que cons11tuyen el ob,1eto de la licitaciOn (f) TrabaJns quc cstc rcali1ando u obligacioncs ya asum,das por la empre~a (g) Constancia de que la empresa cuenta con personal y equ1po sufic,cntc para II C\· ar a cabo satisfactoriamcntc I as obras contcmpl adas dentro del proyecto. e indicaci6n del lugar donde se encuentra d1cho pe1sonal y equ1po (h) Dcscnpc,tin. en tCnmnos amplios. de los sistcmas 4uc ut,linria la empresa en la ejecuc16n de la obra 3.22 Plazo para la enlrega de Ins fnrmnla1ios Los interesados tendran un pla7o de. por lo mcnos. --15 d1as calcndano. contado dcsdc la lilt,ma pubhcac16n de] av1so. para presentar el fommlano de precaliticac16n o reg1stro Este plazo podril. reducirse a JO dias cuando la l1c1tac16n se restrm,1a al ;imbno nac,onal Selecci011 de los precalificados 3.23 Hrma::; canacitadas. Solamcntc podriln scr prccalificadas o inscntas en el registro de proponentes las tirmas que demuestren. de acuerdo con los reqm,ito, es1ahle(1dos en los documentos de hc1tacu o en los dd registro. capac1dad kcnica, linancirn1. legal y ad111mislral1\'a para el'ectuar las obra~ Los formulanos que presenten defectos de form a o errores ev1dentes. podr.in scr admit1<lns y rcqucn<.1,1 su corrccci6n. s,guicndo los princ1p1os 111d,c.1dos en el p,"trrafo 3 l-l. 3.2--1 lnforme tecnicn El l1citante preparari tm mforme 1tcn1co sobre las tinnas quc sc prcscntnron, 111d1candn cualcs han rcsultado prccaliticadas n debidamenle calificadah en el reg1hlru y cuitle~ nu y dandu las razuneh para ello El informe ,er.i en\'iado al Banco a la brnedad. para que este e;,,,p1ese su conformidad o rcscn·as al rcspccto 3.25 Notificaciiin de Jos n;su\tados Una vez 4ue el Banco apruebe el informe 1ecnico. se notiticaril.n los resultados en forma sinmltil.nea a todas las firm as part1cipantcs 3.26 De~ca!ifieacione~ nostcrinre~ Cuandu una firma haya ~,do precaliticada. no podril. ser descaliticada pma la licitaci6n conespond1ente. salvo quc la prccaliticacion o rcgistrn sc haya basado en 10fom1ac1(,n incurrecla pre~enlada por la fimia u que hayan ucurridu circun~Lancia~ sobre, 1mentes a la fee ha de precal1ticaci6n o reg1mo, que JUstitiquen esa dcc,si6n 3.27) 'jgenl"ia de ht caliticaci(m. Pasado el plazo de 1111 ailo de efectuada rnrn precaliticac16n o reg1st10 sm que se haya llmnado a licitaci6n, el lic1tante hara un llUC\'O llamado a prccallticaci6n o rcgistro. para adm1l1r nucvus proponentes y para que las tirmas ya precaliticadas o registradas actualicen la 111formaci6n nrigmal. El nuevo llamado deberii reunir los reqmsnos eslablec1dus en e~k Prucedim1e111u 3.28 Falta de nrononentes (a) En caso de queen la prnnera conYocatona resultaren precaliticados o reg1s1rados menos de dos proponentes. ,e eti:ctuar:\ una ,egunda cunvucaluria s1gu1endu el m1smu proced11111enlu que para la pnmern. salYo autorizaciOn del Banco para efectuar una lic1tac16n pnvada en lus tCrmmos qL1c sc cstablcccn en cl siguicntc 111c1sn, o para cscogcr direclamente al cunlrnlanle (b) S1 luego de la ,egunda convocatoria no re,ultasen precaliticadas dos o mas firmas. sc pndra dcclarar dcs,crta la prccaliticac16n y con la previa aprobaciOn del Banco. llevar a cabo una lic1lac1011 priYada mv1t:indose a, por lo menos. a ties tirrnas. mdu)endo a la prccalificada. s, la hub,crc 3.29 PrecalifirnrWn nara rnrias liritacinnes (a) [I L1citante podril. acordar con el Banco reahzar mm sola prccalificac,tin de contrat,stas para \'anas lic,tac,oncs. cuando prcwa que. en un periodo corto de t1empo. deber.i llevar a cabo \'mias licitaciones para la construcc10n de un conJunto de obrns de la m1sma naturaloa quc. por su ubicacl( gcogriifica u otros factorcs accptablcs al Banco. no puedan efectuarse med1a111e una sol a licitaciOn (h) Los contrau,tas as{ precaliticado, podran pamcipar, ,i ac;i lo eslableci~ren las ba~es. en una o miis de las li,·1tac1une~ programada~ El L1citante podril. requenr, en cada llamado a licitaciOn. que los ' En lo, ca,o, en quc en 01u l1c11arn>n para la adqui,icion de b1cnc, sc lb c • cabo p1 ccah(1cac1011, la rnfonnadm a la <IH< se iefiere e,te sub-111ciso ,e 1efe1i10. adem,i,, al nngen cle Ins b1c11es de 001110, ""dad COil lo es,ablec1do '" el piu I ato l 118 proponenles actual 1cen antecedenles que pud1eren haber \'ariadu de~de cl momcntn de la prccalificacion y. en cspcc1aL una dcmostrac1C111 de que la capacidad de eJecucu de cada contrallsta contmlla s1endo la ex1gida por las bases (c) la \'alidez de la; precalificacwne~ para un cun 1unto de l1cilaciones no cxccdcra de un ai\o LICTT4CIO,\' Com•ocatori« « licit11ci/J11 3.30 Cuando ~e hpbiere nendo a cabo precalificaciQn. s, sc hubicrc lleudo a caho precalificacH . el Licnante sOlo en\'iarii o entregan\ 111v1tac1011es para presentar ofertas a las firnrns que hubieren resultado precalificada~. Ames de envrnr o enlregar d1cha~ rn,·1tac10ne~. el l1cilante hara llcgar al Ranco. parasu confor1111dad. cl tcxtu de la invitaci6n y si no In hub1ere hecho antes. los documentos de hc1tac1611 En esta eta pa: a no sen\ necesaria la publicac16n de av1sos. 3.31 Cuando no sc hubic~c llnado a cabo nrccalificaci1 'Si nose hub1ere llc\ado a cabn prccaliticac,tin. sc scguira. para la cnnvncatona a hc,tac,on en materia de puhlicidad. lo establecido en el parrnfo 3 OJ [n cuanto a la capac1dad de los proponentes para lle\'ar a cabo la obra o proporcionar los bi~nes de 4ue se trale. los docLunenlu~ de lic1lac10n deber(m md1car con claridad Ins rcquis,tos mi11imns qL1c ,J1chos proponcntcs <lcban rcLmir Pa1a ello. los documentos indu1r:in un cuest1onar10. de contenido sirmlar al fommlano md1cado en el p.irrafo J 21 de este Capitulo. que seril completado por lu; inler~sad% y enlregado 11111to con las re;pect1vas olerla~ PlaznI para la preie11lacio11 de nferlas 3.32 Plazo normal. Para la pre;enla~16n de or~nas en licilaciones pi1blicas mtcrnacrnnalcs dcbcni cstablcccrsc u11 pla1u de. por In menus. 45 d1as calendano. contado desde la frdm de la ul111na publicac16n del a\'iso de lirnac16n o de la fecha en que los docurnentos de la licitaciOn hub1eren eslado a d1spu~ic10n de lo; po~ible; ulem1les. la que li,~re po~1enor 3.33 Pla:10 p;tra obr;tS cil'iles gr;tndes" rnmplejas Cuando sc tratc <le oh1as civ1les grandes o compleps. los proponentes dehe13.n conta1 con un plazo minimo de 90 dias calendar10 para preparnr su oferta. 3.3--1 Pla1.0 para licitaciones nacionale> Cuando la l,citaci6n sc circunscnba al iimbito nacionaL el licitante podra reduc1r el plazo para presentar ofrrtas a 30 dias calendano 3.3:'i Rcscrrn uuc dcbc mantcncrsc con n:laci<'m a cicrtos documcnto~ 1.ns funcionanos cncargados <le rcc,b,r los sobrcs con cl formLilano de precaliticac16n o con la oti:rta. deber/111 constatar que los m1smM esten deb1damente cerrados Estos sobres ser:'111 guardados en lugar seguro has ta el dia liJado para su aperlL1ra LTna, ~l abierlus. nu se sacarlm IOtucoprns d~ los docLuncntos cnntcn,dos en los snbrcs. Sah·o quc la lcy d,sponga lo contrario. despues de la apertrna pl1bl1ca) de la lectura del p1ec10 de las ofertas y antes del anunc10 de la adjud1cac1611. sOlo podril sumi111strarse informac16n con respeclu al exam~n. labulac10n. aclarac10n y e, aluacnin de la; olerlas o con rclac,On a las rccomcndac1oncs rclativas a la adjud1cac1(,n de las mismas. a li.mcmnarios del L1c1tante que esten oticialmente vmculados con el proceso de licitaciOn de que se trate 3.36 \fodificacilin o ampliacicin de los documentos de licitaciQn. Toda mod1ficaci6n o amplmcu de las bases y e,pecificacione, de la hcitaci6n ode la fecha de presentaciOn de las ofertas. deber.i contar con la pre\'ia conlUm11dad del Banco y ~er comu111cada a ludos lus inlere~aduh que hayan rctirado los documcntns <le la hc,tac,On 1-"n caso de 4uc. a 1uic,n del L1citante o de\ Banco. la mod1ficaci6n o amplmcu fuese sustancrnL deberil.n mediar. por lo menos. 30 dias calendar10 entre la com11111cac16n a los rnlere;adus y la kcha de apertura de la~ uknas 3.37 Las consullas nn deheran mndificar los documentos de la licitaciOn Las consultas d1rig1das al L1C11a11te por parte de los 111teresados sobre la 111lerpretac1U11 de los documenlos de lic1lac10n. nu podr(m ser ul1liLadas para mod,ticar o ampliar las bases J cspcciticac,oncs de la 1,citacion I as consultas) sus respuestas no produc1ran efecto suspen,ivo sohre el plazo de presentac1611 de las ofertas 3.38 ()ferta Unica. Cuando en una hcitacion sc prcscntasc una sola propuesta. el L1citante no podra adjudicar el contrato. ,al\'o que el Banco haya dado su pre,·10 consent11111ento 3.39 crtura de ofcrtas La~ okrla; deber,in pre~enlarse por e;cr1lo yen sobrcs ccrradns Dcbcran cstar tirmadas por los rcprcscntantcs lcgalcs de lo, ofrrentes. y cumplir los reqms1tos estahle~1dos en lo, documentos de lirnac1611 Seriln ab1ertas en pllblico en el dia ya la hora prev1stos Al acto de aperlura podriin a;isl1r los repre~enlanle; de lo~ ofrrenles y dd Banco, quicncs podran C'iamlllar las ofcrtas. I .as nfcrtas rccib,<las con pnstcrioridad a la fecha ; horn detenninada pma su presentac10n. seriin devueltas s111 abr1r. Se leer:'in en voz alta el nombre de los oferentes. el precio de cada ulerta y el plaLo y munlu de la~ garantia~. a~i cumu cualqu1er 111udilicac16n substanc,al quc sc hub1crc prcscntado por scparado. dcntro <lei pla7n. pcrn con postenondnd a la presenrnc16n de la oleita pnncipal. De todo lo actuado se levantara acrn. que seril suscrita por el representante de! L1citante y por los pu,lures presentes que de;~en hacerlo. 3.--10 Adaraci{m de oferta, ~-I l icirnntc podrU solicitar ,1 los ofcrcntcs aclarac1ones respecto de sus ofertas. Las nclmac10nes que ,e pidan) las que se den no podril.n 111 alternr la esencia de la oferta o el prec10 de la misma. ni ,·,olar cl pnnc,p10 de 1gualdad cntrc los ofcrcntcs. l'Dg 18 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 Amifi~·iI y ,·omparnci011 de propue~·tu~· 3.41 Ohjeto Al anahzar y comparar las propuestas se detmninarit si la:, m1sma:, rnmpkn rnn los l~m1mos y rnndicioneh e~lipulados en lo:, documenws de la licnac16n y se fijara el valor de cada propuesta. con el objeto de selecc1onar al adJtHlicatano. 3.42 E,•aluaci6n de las propnestas En la evaluac16n de las propuestas sc lem.lni en cuenla lo d18pueslo en el p.irralO 3 13 3.43 Rechazo de las ofertas. La, ofertas que nose a1usten suhstancialmente a la~ base:, de l1c1tac10n o que conlengan errores u om1hiones no :,ub:,;mabln. seglln Ins criterios estahlecido, en el pirrafo 3 14. seritn rechazadas srn pasar por la etapa de evaluac16n El L1citante. prev1a consulta con el Banco. podra, adcmas. rcchanr todas las otcrrns cuando ninguna de cllas sc ajustc a los documentos de lic1tac16n. o cuando sea ev1de111e que ha hahido falta de compctcncia o colus,on No dcbcn rccha7arsc las okrtns y llamarsc a tma nue,a lic1tac1611 l1111came111e por raz6n de prec10, cuando <:ste es s6lo hgcramcntc superior a los calculus cst,mados de costo Sin embargo. los Prestmanos podrin. prev1a consulta con el Banco. red1azar todas las ofertas s, las de prcc,o cvaluado mils baJO fucscn considcrablcmcntc supcriorcs al presupuesto oficial En estos ca,os. deheritn solicitarse nunas propuestas. por lo menos. a todos los que IUeron invitados a presenlar olertas 111icrnlmente. y deherit concede1se un plazo suficiente parn su pre,entaci6n La:, propue:,tas md1viduaks podr(m ser rechaladas cuando ~:,la:, sean Lan 111fenore, al presupuesto oficial. que I azonahlemente pueda an11c1par,e que el L1c1ladur no podr;"t lem1mar las obras u proveer los b1e11e:, en el plal<J prev1<;10 y por el prec10 ofrecido. 3.44 lnforme de naluacicin de la~ ofertas El Lic1Larne deberi1 preparar tm informe detallado sobre el anitlis1s y comparaci611 de las propuestas. cxponicndu las ra7uncs prcc1sas en quc sc fundamcnta la sclccci(m de la propuesta e\·aluada como lo mas ba 1a Dicho rnfonne sera some11do a cons,dcracion dcl Ranco antes de adJud,carsc cl contrato S1 cl Rauco determina que el proyecto de ad 1udicaci6n nose a1usta a las d1.,pos1c10ne, de esle l'roced11111enlo, 111formari1 inmedrnlamente al L1<:1tanle a,·erca de su determinaci6n, ,et'ialando las razones para ello .',alvo que puedan :,ub:,anar~e las obJeciones presentadas pur el Banco. el contra10 no ~eni elegihle para financiamierno por el Banco El Banco podrit cancelar el munlu del fmanciami~nlo que. en su opm1611, curr~~ponda a lo:, ga~lo~ declarados no eleg1hles AdjudkuciOn de Ill ficit11ci011 3.45 Conformidad del Banco La hc1tac16n se adjud1caia al ofe1ente Cll}a propuesla hay a sidu eq1luada rnmo la m(1s bap y se a 1usle a lo~ ducumenlo~ de la licitacion. rnia vez que el Banco haya aprohado el pro~ecto de nuuficaCl(:,n d~ la ad1udicaciUn 3.46 ComunicaciOn de la adjudicaciOn y firma del contrato. El licitante cumun1car(1 el aclu de adjud1cac10n a lodus los proponenle~, en el dum1c1liu que tstos hayan sct'ialado. dentro de lo, trcs dias hah1les sigmentes al de la adjud1cac10n Una vez ucurrida dicha noli(icaciUn, el Lic1lanle no pudn'1 ya adjudkar a otrn o dedarar desierta la licitaci6n. salvo en casos de fraudc u otros hechos ilegales o ctrnndo llegasen a su conocm11ento hechos por d dcsconocidos al momcnto de la prccaliticac,6n. quc pud,escn afrctar la copac1dad del ad1ud1catario de cumplir el contrato Emwrit, dentro de trn pla10 breve. para aprobacion o.lcl Rauen, cop,a dcl borrador de contrato quc se propone firmar con el ad 1udicmano El contrato que se firme 110 podrit mod,ficar la ofrrta dcl adjud,catariun, lus tCrm1nos y cond,cioncscst1pulados en los documentos de lic11ac1611 Una vez que el Banco apruebe el borrador de contrato. sc proccdcril a su firma y cl I 1citantc cnviara al Rauco cop,a del contrato firmado a la mayor brevedad posible. Oentrn del mismo plazo eslablec1do para la limrn dd conlralo, el ad jud1calano enlr~gari1 al L1cilanle la correspond1ente garantia de e 1ecuc10n. 3.-17 l\1odifie;tci(m de la adiudicaci(m s, por c11alqu1cr c,rc1msta11c,a cl adjud1catario 110 firmase el contrato o no sum1111strase la correspond1ente garant,a de CJCc11ci6n. dcntro dd pla7o liJado para cllo. cl Lic,tantc po<.lra. srn Hamor a nueva lic11ac1611, ad.1udicarlo a los otros proponentes en el orde11 en quc hub,cscn sidu c,·aluadas sus okrtas. LidtadOn desierta 3.-18 lnforme para el Banco 1-n c11alquicr caso en quc. por ra7oncs ,1ustificadas. el Licnante se proponga declarar desierta la l1citaci611. requeririt cl conccpto prcv,o fa\'Orablc dcl Runco, para lo que le cn\1ara u.n informc completo que incluya las razones y elementos de 1uic10 que le s1rv1eron de base para proponcr csu mcd,da 3.49 Efectos de la declaraciOn. Dedarada des1erta la l1citac16n. el l1citante dcbcni convocar a una scgunda 1,c,tac,On, s,gu1cndo I as m ism as d1spos1c1oncs de este Proced11111ento Si la segunda licitaciOn fuese declarada des1erta, el I ic1tantc y cl Ranco acordaran cl pruccdun,cnto quc dcba scgu,rsc para la compra o contratac16n de que se trate. IV. DERlllO PROCESO 4.0 I Apelaciones Las regulac1ones aplicables a las lic1tac1ones rqudas por cstc Procc<.lim,cntn, dcbcritn ascgurar la protccc,Un juridica de Ins ofcrcntcs, : permit1r la irnerpos1c1611 de los recursos que sean necesanos para hacer ctCct1Ya d,cha protcccuin 4.02 PresentadOn de protestas El L1cuante 110 podri 1rnponer cond1c1ones quc 1mp1dan. d,ticultcn o cncarocan la prcscntacuin de prutcstas por partc de finnas part1c1pantes en las licitaciones para adqrnsic16n de b1enes o cjccuc16n de obrns con rccursos dd Proyccto. 4.03 Cnmunicacis de orntcMil!i• El L1c1lanle :,~ comprornde a comu111car al Banco. a la brevedad, cualqu1er protesta o redamo que rec1ba pur escr1to de las tirmas pm11c1pantes. asi como de las respuestas que huh1ere dado a d1cha, protestas o redamos \". INOBSERYANCIA DE ESTE l'ROCEDI\IIENTO :'Ull Consecuencias de la inobsenanda- El Banco se reser.-a el derecho de ahstenerse de financ1ar cualqmer adqms1c1on de h1enes y serv1cios o contrataci6n de obras cuando. a su Jtiicin, en la hc,tacu'm corrcspond,cntc no se hay a ob,en ado lo di~pue:,lo en el pre~enl~ Procedimienlo. BANCO INTER\ \IERIC\:W DE DESARROLLO BANCO INTER\ \IERIC.\"\'O DE DESENYOLVll\1E"\TO LEG SGO C/LJ /LJBLJOCS~ 1209506 Prt'stamo No 1566/0C-CR Mod1ficaci6n No 2 CONTRA.TO '10DIFIC-HORIO CONTRATO MODIFK'ATORIO cclcbrado cl 14 de nov1cmbrc de 2007 cntrc la Rl-"PLJRI ICA OF COSTA RICA. en adclantc "cl Prcstatano" y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en addante denommado el "Ganco·· ARTJCllLQ PRII\IERO Se irnroducen las s1grnentes mod1ficac1ones al Contrato de Prt'starno No 1566/0C-CR. suscnto entre el P1estatario \ el Banco el 16 de d1ciemhre de 2005) modificado cl 2 <.le cncro de 21)()7 Pan1 financiar cl l'rogram,1 <.le Ocsarrollo Sustcn1blc de lu Cuenca R111ac1onal dcl Rio Si'\aola L l\lodificaciones en las Estipnlaciones Es11eciales: Sc mod1tica la sccc16n 3 sobrc '"01gu1J1smo fjn·111or" para quc en a<.lclantc d,ga: "3. ORG·\NJSI\JO EJECJTOR. (a) La~ parle~ com1enen en que la eJecuc10n del Prugrama) la ut1lizac1611 de los recursos de] financ1am1ento de] Banco seriin lleYadas a cabo por el Prestatano. por mtermedio de su M1rnsteno de Ag11culmra y Ganaderia. el que para Ins fines de este Contrato sen\ dcnominado indistintamcntc ·-Prcstatario" ··organismo 1-.jccutor .. o "MAG" quc actuara a tra\'CS de la Unidad Coordmadora dcl l'rograma denlro de la D1Tecc10n Reg10nal del MAG de la Reg10n Huelar ALli111Lica. (b) lgualmente. para etectos de la ejecuc16n del Prograrna y de conformidad con lo es11pulado en las Cliusulas 3.02(al(ii) y 3.02(a)(i11l de estas Estipulac10nes Especrnles, el Orgamsmo Fjccutor contan\ con cl apoyo de trcs (3) Comitcs Oistritalcs dcl Programa (CO) Tchrc en la Cucncu Alta. Rrats1 en la Cuenca Media y S1xaola-Cahuila en la Cuenca BaJa: y un Comilt' de Cuenca del Rio .',i>;aola (CCRS). y trn ConseJo Asesor del Progrnrna (CAP). cuyas respo11sab1lidades se detallan en el Anexo A de este Cornrato yen el Reglamento Operntivo del Prngrama. (cl Tmnb1en part1ciparin en la e iecucu del Programa. en la, activ,daJcs quc lcs corrcspon<.la de acucrdo con sus rcsponsabil1<.ladcs scctonalcs y politico-ad111irnstrat1Yas. los min,stcnos de linca y ulra~ 1n:,(1luc10ne~ gubemamenLale~, que hay an su:,cr1lo conv~n1os mterinstitucionales con el MAG de conformidad con lo est1pulado en la Clil.usula 4.08 I bl de estas Estipulac1011es Espec1ales ,. 2. .',e modifica la Cl;:\usula 4 08 "( ',md1rnme.1· cspecrale.1· de ejec11c1im" de las Estipulac10nes Espcciales de la s1guiente manera "< 'LAI SI ILA 4.08. C:ondiciones especial es de ejecuci(m. (al Para fines de la ejecuci6n del Prngrnma, el Prestatano. por conducto dd Org,mismo 1-.jccutor. sc compromctc a crcar un Conscjo Ascsor dcl Programa (CAP} en un pla7o no mayor de 60 dias contados a parl1r de la vigen~ia del presenle Contralu. el cual. de con lOrmidad con lo ddallado en el p(1rrafo -1 0 I del Anexo A, eslan·1 pr~s1d1do por el M1111stro del MAG e integrado por los mi111stros o su, representantes de la s1gu1entes instituciones del Estado a nivel central. Mnnsterio de ,\gncultura y (ianaderia (l\lAG). M1111ster10 de Amb,cntc y Energia (MINAE). Junta de Adm,n,strac,On Portuaria y d~ Desarrollo Econ6m1co de la Verlienle All(11111ca (.]Al'DEVA) y la l\lunic1palidad de Talamanca lb) El Organismo E jecutor debera suscrib1r con las ent1dades be11efic1anas de las inter,;enc1ones del Programa co11,·e111os de cooperac10n inte1mst1tuc1onal. en Ins cuales ,e dete1m111en lo, derechos y ohligac1ones de cada parte (Cl El Orgamsmo F iccutor debcni 111cl111r en los plicgos <.le licitaciOn de los proycctos quc scan indu,dos en cl Plan Opcrat1\'0 Amial (POA) re~pecLivu, y conlormes al Reglamenlo Opermivu del Programa, entre otros los s1gmentes cntenos bitsicos para cualqu1er propuesta de proyecto (1) un aporte en fondos o mano de obra o espec1e seglm el 11po de proyecto. y 111) la 111clus16n de los mecan1smos de m,mtcnimicnto y opcracilill de los proycctos de infracstructuni. 3 Sc mod1flca cl inc,so (bl <.le la clausula 4 11 '"Segum11rn10 y Eva/uacwn de las Esl!puladoncs Espcc1aks de la s1gmcntc mancrn: La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 1'0.g 19 "Cliusula 4.11 Se0 uimiento y E,,aluaci{m. {b) El Orga111srno EJecutor. por interrned10 de la llCP. contrataril serv1cios de consultoria e,peciahzada. a fin de realizar las s1gu1entes tvaluacionts <ld Progrnrn,r \1) una tit mttl10 Ltnnino. cuando el cincuenta pnr c1ento (50%1) de lns recursos del financiamiento haJa sido c01npromd1<lo. en la 1.JLle se <lar;i e~pecial altnc10n a la rt, 1s1011 de los mdicadores de impacto entre el l'w;tatarin y el Banco J se propurc,onanin recomcntlaciones para la continuitlad de activ,<ladcs dd Prog:rama. y ( i1) una evaluac10n final cuando el no,enta por c1ento {90%) de lus recursus dcl Financ1am,cntu sc ha;a comprnmct,do. en la cu al se rev1sar.in los 111d1cadores de 1mpacto y metas acordados coll el Banco En amhas eYaluaciones se tomar:in en cuenta lns mfonnes que hay an sido preparn<lo~ pur el Orgarn~mo E jtculor ·· II. Modificaciones al Anno A 4 1-"I pilrrafo 4.01 subrc ·-1-:;~rnrnm" sc lecni de la s,gu,cntc mancra 5. 6 "4.01 La estructura de e.1ecuc10n del Programa se realizar.i coll el fimc1onamie1110 de! ,iguierne organigrnma: P"~cc,6n R~:g,"n~I. Hu~,. , AllknU=. MAG 1;mdkl C,1md,a~do1• <Id 1-...-.1,nm•. \11'1' (',imne 0nmml Bcn1•i C,:,mn~ llmn1,~ Sn•ofa- Ciihuna El ConseJo .\se,or de! Prngrama a que se refiere la Clausula 4 OR(a) asesnrara la eJeCtK16n dd Prngrama. a,egurandn que se crnnplan Ins l111eam1entos de polit1ca dd Goh1ernn. Entre sus funcumes e<;1.in. (1) orientar los esfuerzos del L,tado v de los otrns donantes en la cuenca. (ii) canalizar y conrdmar la p.i.mcipaciOn de las autondades nadnnales. y (iii) conocer los mformes de progreso del Prngrama. cl POA de hi cucnc,1 y la cjccL1ci6n (]cl prcsupucsto dcl Programa nicho Consc io podril scr cnmncado por cl Ministrn dcl MAG o a solic,tud de cL1alqu1cra de sus micmbros y sc rcu11,rit al mcnos Lma l'C7 al ailn . ., 1-'1 p,\rrato 4.02 sohrc "/--jvrnrnin .. sc lccril <le la siguicntc mancra: "4.02 El Comiti de Cuenca para el rio Sixaola (CCRS). a que se refiere la Cl.iusula 3.02{a)(inJ de las Estipulac1ones [speciales. estara presid1do por el l\lA(i e integradn por 1me\·e (91 miemhros. rcprcscntantcs tCcnicos ,.k las siguicntcs instilLlcioncs· MAG. MINA!". JAPIJI--VA. ll\1AS, Mu111c1pahdad de Talamanc,1: y trcs (3) rcprcscntantcs de las organ17acioncs de la sucicdad c1v1l. unn por cada Comnc nistrital (Tclirc. Sixanla-Cahu1ta y Rratsi) y cl Cnordinador dcl proycctu Gcstion lntcgrada de 1--cos,stcmas de la Cuenca Rinacional dcl rio Sixaula (lif"F,HIDJ 1-'1 CCRS tendril. entre otra,. las sigmentes atrihuc1nnes (1) revi,ar tfrmcamente lns prnyectos prnpuestos en los ejerc1cios de plamficac16n) demanda, de los Comit<:s D1stritales: (ii) consol1dar, concertar y recomendar a la I JCP los proyectos a desarrnllar y defimr la part1c1paci6n mstuuc10nal en cada prnyecto jerarquizado: (iii) \'elar por el cumplimierno de la EROS \' el PIOTf de la Cuenca acordada a ni\·el hinacional: (1v) dar scg(1imicnto ,1 la c iccucion sobrc la hasc de los POA aprobados por hi I ICP: {v) velar por cl cumplimicnto oportu110 de las met.is. obJct1\'0S y prioridadcs de acucrdo al marco de la 1--RIJS. (1'1) bnndar LIil cspac10 J toro para la rcsuluc,On de controvcrs,as. aportandn cl apuyo requcndo para propic,ar cl conscnso cntrc los d,vcrsos actorcs. y (\'1i) cnnuccr los mformcs anualcs y cstados tinancicros IJ1cho comit~ convoca<lu por cl l\-lAG. a mutuo prop,o o a sohcitud de tlus tlc sus 1111cmbros, sc rcunira al mcnos bimcnsualmentc \' cl Cnordinador de la UCP fungirit de secrctano tlc d,chu Comitc · 1-:I piirrafo 4 03 sobrc ··FJern'-·1im .. sc Iced de la siguicntc mancra "4.03 La UCP cstaril locali1ada en la Cuenca tlcl Rio S1xaola y scrv,ra tlc cnlacc cntrc Ins 1111·olucrados y cl CCRS y rcspondcra por la CJccuc16n dcl Programa la UCP cstarii conformada por u11 Cnordinador rcsponsablc tlc la gcst1011 global dcl Programa y u11 cqu1pn <le apoyo mtcgrado por trcs (3) tccnicos. un tCcmco para cada sub-itrca de 111tervcnc16n (subcuencas). en apoyu a cada uno de lus ComitCs Oistritalcs (CD) un adm1111strador tinanc,cro v dos (2) tCC111cos ad111in1strat1vos 1-"starii adcmiis apuyada pur cuntrf!tac,oncs puntualcs para los tl1fcrcntcs proccsos adm1nistrat1vos y tCcmcos. quc no pucdan conscguirsc a travCs de las 111st1tuc,oncs mvolucradas· 7 El p,im11"0 4 0-1 sobre "'E1ecuc16n" :,t leer.i <le la s1gu1enle manenr "4.04 I .a UCP scril cl pun to focal ante cl Ran coy tcndrii en princip,o las s1gu1entes li.mc1ones en representac1611 del M,\G· (i) eJecutar lo, acutrdo:, o co11ve111os con la~ <lilerellles mslanc1as rtspon~ables de la c iccucion de los componentcs dd Prngrama. rcspccto a la asistcnc,a ticn1ca, la eJecuc1611 de los esmdios, asesonas y prnyectos ) la superv1si011 de los m1smos, (11) coord11rnr y superv1sar las respect1vas co11trnlac10nes. (111) elabornr proyedo:, de as1slenc1a tfrnirn, t:,lu<lios, prnyectos espec1ficos y proyectos piloto prnducti\·os y reahzar las gest1011ts para la contratac1611 de aquellos que reqrntren tl mvtl de li1d1b1l1<latl. {i\') apoy ar a las organiLaciones y a lo~ gob1erno:, lo~ales en la claburac,On de prnycctos a ni\'cl de pcrfil o de factil:>il,dad y realiza1 las gestiones para la contrmaci6n de la, a,esrn ias que ,ean ntct8arrns. venfkando que cumplan con los cnknos de eltg1bilitlad y v1al:>il,dad quc cspccifica cl ROP (v) apuyar a los en en la 1dent1ticaci6n de pro~ ectos ) coordinar el proceso de eJecucion del Programa; (\'l) admi111strar y superv1sar las act1vidades relac1onadas con la ejecuci(,n del Program a. (vii) preparnr y pre:,enlar al Banco las snlk1tude, de desemhnlsos con la dehidajustifi(aci6n y antelaci6n. {11111) preparar los informes requendos por el Banco para lo e.1ecuc1011 <lei Progrnrna. mduyen<lo el 111forme ~obre d IOn<lo roLalorio: (1'\) crcar y llcvar cl control dcl prngrama prcsupucstano cspcc1tico en el l\lAG y promoYer la apertura de cuentas bancanas separadas para los rtcurso:, <lei limmciamienLo y <lt la conlraparlida local. (x) mantcncr los rcg1stros contablcs cspccificos y dctallados sobrc cl uso de los recursos del tinanciam1entn) de la contrnpanida locaL (:-..i) bnndar apoyo tfrmco y adrn1nistrat1Yo al CCRS en sus reuniones de trahaJo: y (x1i) snlicitar la eJecuc1on de los pagos por serv1cios y bienes correspond1entes " 8 El p,irralo 4 05 sobre .. E;fCuc1611 .. tl1rir "4.0:i Los Comnes Distritales (CO. Tehre en la Cuenca ,\lta. Bratsi en la Media y S1xaola-Cahuita en la Bapl referidos en la Cl.iusula 3 02(a)(11J <le las fat1pL1laciones Especiales IL11mo11ari111 con el apmo de l,1 Lil 'P \ sus cspccialistas para c,1da uno ('ad,1 CD cstara mtegrado por se1s (6 l representantes tres (3) de ellos corresponder.in a m1embros dt los conse jo~ tl1:,lnLales y lo~ otro:, Lrt~ ~t sdecc1onari111 mctl1a11tc tcrnas prcscntadas por la cnmun1<lad de cada IJ1stnto. lmcialmente. sus m1emhros se1.in selecc1nnados poi el CCRS sobre la base <le ternas que presentaril.n las Orga111zac1ones Civ1cas Comunalcs Aml:>,cntalcs y Pruductivas /OCCAP) dcl rcspccl1\'0 D1mno y posterinnnente por los propios CO. de confonnidad con sus respect1Yos reglo111entos mtemos Los CD tendrim. entre otros. las s1gu1enle~ li.mciones· (1) apoyar al eslablecim1t11to de priomlatles a la muestra de proyectos de acuerdn con las estrateg1a, trazadas. el ROP. el PIOTF y la dispo111bilidad de recursos segll.n el presupuesto md1cal1vo preparndo por la l 'CP. ( 11) re\ 1:,iOn y aJu~te de las mueslrns de proycctos: (1i1J mtcgrac16n de lus pruycctos para conoc11nicn10 de la UCPy Ml posterior je1 arquizociOn y 1ecomendaci611 del CCRS. (1,·J realizar ac11,·ida<le, <lt monlloreo y ~tgu1m1enlo a la:, aclrvida<le:, <lei Program a en su D,stnto y cfccrnar las rccomcndac,oncs pcrtmentes a la lJCP. J (vi mantener un proceso mnplio de 111fonnac16n y consulta coll las orga111zac1011es comumtanas para rec1bir. conocer y re11sar MJS 111iciali\'aS. Los CD se rel11mi111 al menu, bimensualmtnte y ,erim (nm·ncados por el Presidente de cada Comit<: de mutuo prnp1n o a solicitud de la mayoria de sus m1tmbros .. 1\RTICllLO SEGllNDO La, partes ra11fican todas las demits d1spos1c1nnes del Contrato de Prt'stamo No 1566/0C-CR. las 1111s111as que quedan en plena Y1gencia EN FE DE LO AQlli ESTABLECIDO, el Prestatario I el Banco. aclUalldo cada 11110 por medio de su representante autonzado. su5cnbtn este Contra10 Motlilicator10 en tlos {2) eJtmplart~ de igual lenor. el que enlraril en \'igcnc,a en la fccha de tirma por partc dcl Prcstarnno REPUBUCA DE COSTA RICA it:.' Gu,llcrmo /(11l1ga Chaves Mmistrn de Hacienda Ftcha: 14/No\'/07 BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO /Ii' Forl\lnato l an Representante a.i. en Costa Rica ARTiCtl 1.0 2.- <.:onstituciOn del organismo ejecutor del Proytcto El Mi111ster10 de Ag:r1cullllra y Ganaderia (MAG) ser:1 ti Organo ejecutor <lei presenle ernpr~s11to y actuan·1 por rne<l10 tle la Unidad Coortlma<lora <lei Programa (UCP}. conformc con la cstructura organi1ati\'a cstablcc1da en cl Contrato Modificator10 N. 0 2 de] Contrato de Prtstamo N ° 1566/0C-CR. que financrn el proyeclo denomina<lo· Progrnma <le <lt~arrollo so~Lt111ble de la cucnca bmacrnnal dcl no Sixaula. F.I ,irgano cjccutor dcbcra suscribir conve111ns de cnoperac10n mterinstitucional. en Ins cuales se determinen los derechos y las oblig:aciones de las pmtes para cumplir los objeti\os del Programa ARTictTLO 3.- Competencias y cnnformaciOn de la l'nidad Coordinadora del Progrnma (l'CP) I.a UCP seril rcsponsablc por la adm1nistrac16n y cjecuc1(,n tld Programa. Paia el cumplurnentn del Conuato de 1'1<:stamo y las restante, clitusula, de esta Ley. el MAG podril. d1sponer de los recursos adm1111strat1vos. profcsionalcs y tCcnicos rcqucndos quc formcn partc de su urgan11ac1lin. l'Dg 20 La Gaceta N" 162-Viernes 22 de agosto del 2008 ARTiClll.0 4.- {'reaciOn del Consejo Ashor del Programa ({'-\P) Crease el Conse io Asesor del Programa (CAP) que estar.i presid1do por el mimqro o la mimqra de ,\gncultura ; Ganaderia. el 1rnnistro o la mmislrn de Amb1enle y Energia, el prewknle o la presilknla de la Junta de Adm1mstrac16n Portuana y de Desarrollo Econ6m1co de la Vernente AtlUnt,ea (Japdc\'a) y la akaldcsa o cl akalJc de la Mume,palidad Jc Talamanca. ARTiCITLO 5.- Parli.metros para selecdonar 11royectos y henefidarios I a Unidad Coordinadora dcl Programa (UCP) y cl Com,t~ de Cuenca dcl Rio Sixaola ad1c1onalmente a los par.imetros que estiin estipulados en el Contrato de Prtsrnmo y sus anexos. deheran promover la perspectiva de g~nero en lo; proceso~ de ;elecc16n de proyecLos y benefkrnnos. asi como en la fo1 mulac10n de los proyectos prop1amente d1chos, de man era tal que la pnblae1Un fomcnina. en fom1a mdividual u orgarnnda. tenga priondaJ para acceder a recursos del prestamo. Y. ademiis. se meJore la calidad de v1da de las pcrsonas habitantcs de hi rcgiOn. ,\RTfClTLO 6.- Proccdimicntos de contrataciiin administrafoa Se aplicarii el incisn hl <lei articuln 2 de la Ley N.0 7494. Contratarn adm,n,stratl\·a. pura los proccd1m,cntos de eontrataeuin adm1111strativa Sin embargo. los pr111c1pios y pariimetros const1tuc1onales que ngen la activ1dad eontradual del Esta do. deri\·ados del ameulo 182 de la Con,mucu Polmca y el r~g1men de proh1bic10ne, de la wnlrnlaciUn admi111;tra1iva, e,Lable~1do~ por la leg1slaei6n ordma1 ia. seriin de aphcacitin ohligatrn ia. al igual que los proeed1mkntos pnr la via suplctoria ARTiCllLO 7 .- Prohibil-i6n de 1mrticipar en las unitlades ejecutoras Prohihese part1c1par en la l TCP del presente Contrato de Prtstamo o en cualqu1er t1po de act1v1dad rcmunerada que sc dcsprenda de la e 1ccuc1U11 <lei prislamo. limmciada con recursoa pruve111enles de esle o con recursoa puhhcos presupuesrndos como cnntrapartida del prestamo, a cualqu1er peraona lbica que haya parl1c1pado en ;u negocrncilm. De esta diapoa1c1611 se exceptlrn a los func1011arios pl1blicos que. en e 1erc1c10 de sus cargos reg1dares y sm quc 1mphq11e re1111merac1ones cxtraordmanas ni d1krentes de laa que perciben en IOrma ordmana. preslen sus servic1os por parle de la Admin1straci6n Puhhca Para estn, efectos. se aplkarii lo d1spuestn en el arliculo 16 de la Ley contra la corrupc16n y el enriquec1m1enlo ilicilo en la func16n pl1blica. N ° 8422 ARTiClll.0 8.- Prohihidiin de contratar consulto1ias por n:laciones de ~obicrno Qu1enes hay an part1c1pado en cahdad de negocmdores del presente Contrato de PrCstamo. no podran part,e,par en las fascs de su cjceue,On brindando servic10s de consultoria. en forma ind1v1dual ni por irnermed1ac16n de una persona 1urid1ca. lo; negocrndores !ampoco podnin parl1c1par cuando. a) Tengan mtereses en los sectores potenciales por beneficiarse d1rectamente con los rccursns provemcntes del prCstamo n cstc lcs mtcrese. en formn directa. a sus panentes por consangui111dad o afinidad. incluso hasta el tercer grado b) Ebten inleresadas. directamente. :,ociedade; de cap1lal cerrado de las que sean soc10s. m1embros de la junta d1rect1va. gerentes o apoderados ARTiClll.0 9.- Principios que rigen la adquisiciiin de $en·icios tie consultorias [I Banco asi como el pre<;tatano no tinanc1m iin. con dinero,; p1ovenientes del prialamo 111 con <:0nlrapart1da local, los senicios pro\·istos por rnnsllllores que 110 hajan s1do selecc1onados de acuerdo con los procedim1emos del Contrato de PrCstamo .'\,11111,1110, ae ealablece que el Banco, los consultores y el preslalar10 deber,"111 nhsef\ar lo, mas altos estandares de die a durante la adqu1s1c16n y e iecuc16n del pre;enle Conlrato De arnerdo con esla politn:a. el preslatm10. al 1gllal que el Banco, debenin rechazar la evaluaciUn de propunla:,, ai se delermma que algunas de las personas actoras antes cuadas. en especial la persona con:,ultora con:,idernda como la me jor calilicada. se han 1molucrndo en pril.Ct1cas corruptas o fraudulentas al compeur por el Contrato en cuest16n. Sera requis,to para la eo11tratac16n de consultnrias y ser11c1os profes,onalcs con cargo a lo, recurso:, del Conlralo de Prislamo. que los pro(b1011alea contratados se encuentren asegurados de confo11mdad con el rtg11nen de la Ca ia Costamcen:,e de Seguro Social para trnba iadore:, rndepend1en1e, y reporten a d1cha lnstuuc16n los mg:resos perc1b1dos por concepto de d1chas cnntrntaciones. conforme a lo cstablecido en cl transitorio XII de la l C) de prolecci6n al Lraba1ador. N ° 7983, de 16 de l'ebrero de 2000 ARTiClTLO 10.- Limites a los montw; que se cancelen por ser,·idos de consultorlas Para liJar los montos que se pag:ariin por concepto de serv1c1os de consultona. la Llnidad Coordmadora del Programa (\JCP) dehera uulizar como pariimelro lo; prmc1pio~ de ra,:011ab1lidad y proporc1onalidad enlre el monto por pagar a cau,a del ser\'lc10 contratado. el grado de complejidad y los rcsultados cspcrados de cl .\RTfClTLO 11.- Prcscntacicin tic informc~ [I MACi, como Organo e iecutor. presentarii semestralmente ante la Com1s16n Permanente Fspee,al para cl Control dd lngrcso y dd Gasto Piibhcos de la Asamblea Leg1slativa. asi como ante la Contraloria General de la Rcpublica. durante la v,gencia <lei Contratn de l'rCstamo. on informc :,obre lah obl1gac1ones dispuealas en la cl,iu:,ula 5 01 Reg1:,Lro:,, i11;pecc1one~ e info1mes. en las Esupulac1011es Especiales, el cual dehe1a contene1. al mcnos, cl dctallc de la siguicntc infom1ae1tin: a) la cobenura de la poblaciUn beneliciada y lo:, 111vele:, de a1 ance. conlOrme a la; meta:, propuestas. b) I.as mctas propuestas y alcanndas con sus rcspcctivos costos totales y unitarios. c) El 11101110 de los recursos ut1lizados para el pago de los serv1c1os personales y consultorias. con su detalle individual ti) Una proyecc10n de 111e1as por cumplir durnnle el seme,Lre :,1glliente al <lei mformc prescntaJo. ARTiC1TLO 12.- Exoneraciones La formalizaci6n de las operac1011es necesar1as para la ejecuc16n del ProyecLo. a~i como la rnscnpc1l>n de lo; documenlos en los regislros que correspondan, no eslar~n SllJelas al pago de impue;tos, tasas. wnlribuciones m derechos As11nismo. sc cxoncra del pago de 1111pucstos, tasas. snbretasns. contnhuciones o derechos, la adqui,ic16n de los hienes neeesarios para e 1ecutar el Proyecto. siempre que estos queden incorporndos a el ,\RTiClTLO 13.- lncori1oraci6n tic Jos rccursos al prcsupuc~to nacional ~ac(dwse al Podcr ~jccutivo para que 111oditiq11e hi l.ey de prcsupucstn ordmano y e,:traordinm 10 de la Repiihhca. a et"ecto de incorporar In, recursos provenientes de] Contrato de Pristamo y sus anexos. rat1ticados por 111ed10 de la presenle Ley R,gc a partir de su publicae1(,n. ASAI\IBLEA LEGISLATIVA.- ,\prohado a los ocho dim; del mes de mayo de dos mil ocho CO\fllNiC ASE AL PO DER EJECllTIVO Francisco Antomo Pacheco Fernandez PRESIDE"\TE Hilda Gonzalez Ramirez PRll\--fERA SH RETA RI.-\ (iuyon Massey Mora SEGllNDO SECRETARJO Dado en la Pre;idencrn de la Repi1blica ~)an .los~. a los d1ec1s~is dias dcl mes de julio dd dos m,I ocho EjtCluese; puhliquese 6SCAR ARIAS SANCIIEZ-EI M1111stro de llac1enda. Grnllermo Ziii'iiga Chaves -I vez.-(Sol1citud N" 40157-M.'\G)-C'-1801820. (L8639-76350).

Ley Nº 8639 - Programa de desarrollo sostenible de la cuenca binacional del río Sixaola · Nelum