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Laws of Costa Rica

Ley Nº 8184 - Modifica la Ley Nº 7769, Ley de atención a la mujer en condición de pobreza

Made 2001-12-17 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Costa Rica
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, less favoured areas, poverty, subsidy/incentive, policy/planning, gender, sustainable development, education, contracts, financial agricultural measures, governance

Where to read it

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Text

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  1. 8184 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: ADICIÓN DE UN NUEVO ARTÍCULO 9 A LA LEY DE ATENCIÓN A LAS MUJERES EN CONDICIONES DE POBREZA, Nº 7769 ARTÍCULO ÚNICO.- Adiciónase, a la Ley de atención a las mujeres en condiciones de pobreza, Nº 7769, un artículo 9; consecuentemente se corre la numeración de los artículos subsiguientes. El texto dirá: “Artículo 9.- Autorización de contrato de fideicomiso Autorízase al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que, como institución pública destinada a la lucha contra la pobreza o en coordinación con otras entidades de derecho público, suscriba un contrato de fideicomiso con cualquiera de los bancos comerciales del Estado o con el Banco Internacional de Costa Rica S.A., con recursos propios o del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, a fin de establecer mecanismos ágiles de apoyo a las actividades e iniciativas microempresariales que beneficien a las mujeres y las familias en condiciones de pobreza, como un medio para lograr la inserción laboral y productiva y mejorar la calidad de vida de las personas beneficiarias. Los mecanismos de apoyo se orientarán, fundamentalmente, a facilitar el otorgamiento de créditos con tasas de interés favorables, el financiamiento de garantías adicionales y subsidiarias a estos créditos y la prestación de servicios de apoyo, capacitación y seguimiento de la actividad productiva en todas sus fases, con el fin de dar sostenibilidad a los proyectos productivos en beneficio de las mujeres o las familias en situación de pobreza.” Rige a partir de su publicación. COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA SEGUNDA.- Aprobado el anterior proyecto el día veintiuno de noviembre del año dos mil uno. Orlando Báez Molina Róger Vílchez Cascante PRESIDENTE SECRETARIO ASAMBLEA LEGISLATIVA.- San José, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil uno. COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO Ovidio Pacheco Salazar PRESIDENTE Vanessa de Paúl Castro Mora Everardo Rodríguez Bastos PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO lrr

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