Ley Nº 7396 - Ley de exención del impuesto a la propiedad de maquinaria agrícola
Made 1994-05-03 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Costa Rica
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- financial agricultural measures, legal proceedings/administrative proceedings, equipment, subsidy/incentive, taxes, fiscal and market measures
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Text
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Nº 7396 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY DE EXENCION DEL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE MAQUINARIA AGRÍCOLA Artículo 1.- Exonéranse, de los impuestos establecidos en los artículos 9 y 13 de la Ley N° 7088 del 30 de noviembre de 1987, los tractores de llantas de caucho, los tractores de oruga, los cargadores de caña, los cosechadoras de granos y cualquier otro tipo de maquinaria agrícola con propulsión propia. Artículo 2.- Rige a partir de su publicación. Comunícase al Poder Ejecutivo Asamblea Legislativa.- San José, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro. Danilo Chaverri Soto, PRESIDENTE. Manuel Antonio Bolaños Salas, Emmanuel Ajoy Chan, PRIMER SECRETARIO. SEGUNDO SECRETARIO. Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los tres días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro. Ejecútese y publíquese. R. A. CALDERON F. El Ministro de Hacienda. José Rafael Brenes V., LEY Nº 7396 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE COSTA RICA 2 Actualizada al: 17-06-2011 Sanción: 03-05-1994 Publicación: 10-05-1994 La Gaceta Nº 89 Rige: 10-05-1994 LPCP