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Laws of Costa Rica

Decreto Nº 41295-MAG ─ Modifica el Decreto Nº 37358-MAG, Reglamento para el Manejo de Rastrojos, Desechos y Residuos de origen Animal y Vegetal para el control de Plagas

Made 2018-05-31 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Costa Rica
Subjects
Livestock, Cultivated plants, Waste and hazardous substances
Keywords
hygiene/sanitary procedures, animal health, animal production, pests/diseases, animal by-products, plant production, plant protection, organic waste, waste disposal, waste management, waste non-domestic sources, good practices
Categories
agriculture

Where to read it

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Text

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  1. La Gaceta Nº 187 — Miércoles 10 de octubre del 2018 Pág 3 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Considerando Control Previo de Mejora Regulatoria” del “Formulario de Evaluación Costo Por tanto DECRETAN “Artículo 4º—Manejo de desechos o residuos de origen animal o vegetal El manejo de desechos o residuos de origen animal o vegetal, la plaga objeto de este Reglamento “Artículo 5º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por cualquier título, de unidades de producción pecuaria (…) c) Se prohíbe almacenar a cielo abierto los residuos de cosechas de cultivos, en caso de comprobarse la violación de esta disposición se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 80 de la Ley N° 8495 del Servicio Nacional de Salud Animal. (…)” “Artículo 6º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por cualquier título, de unidades de producción agrícola (…) g) El productor debe asegurarse de no dejar fruta tirada en el campo o adherida a la planta; una vez que la misma haya llegado a su momento de cosecha, debe ser recolectada en su totalidad y en caso de que no se comercialice debe desecharse adecuadamente según el Plan de Manejo de rastrojos “Artículo 6º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por cualquier título, de unidades de producción agrícola (…) c) Todo propietario u ocupante por cualquier título que en su unidad de producción genere rastrojos, desechos o residuos de origen vegetal, debe realizar un Plan de Manejo de sus rastrojos, donde se contemplen las buenas prácticas agrícolas necesarias para evitar la proliferación de plagas en especial S. calcitrans. En este Plan debe considerarse como mínimo lo siguiente: c.ix- Acciones de contingencia y emergencia. (…)” La Gaceta ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Decreto Nº 41295-MAG ─ Modifica el Decreto Nº 37358-MAG, Reglamento para el Manejo de Rastrojos, Desechos y Residuos de origen Animal y Vegetal para el control de Plagas · Nelum