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Laws of Costa Rica

Decreto Nº 36.340/MEIC - Modifica el Decreto Nº 34.853/MEIC, Reglamento al Fondo Especial para el Desarrollo de las Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (FODEMIPYME)

Made 2010-11-12 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Costa Rica
Subjects
General
Keywords
small and medium enterprises, special fund, non-governmental entity, institution, legal proceedings/administrative proceedings, credit, capacity building, governance

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  1. l'>'ig8 La Gacela N" 18-1\liér~oles 26 de enero del 2011 DECRETOS N° 36340-MEIC LA PRESIDENTA DE LA REPÙBLICA Y LA MINISTRA DE ECONOMiA, INDUSTRIA YCOMERCIO En el ejercicio de las facultades que les contieren los m1iculos 11, 140. inciso 3) y 18 J y el 146 de la ConstituciOn Polftica del 7 de noviembre de 1949; los .irticulos 4, 11. 25, 27 y 28 inciso 2), ad.pite b) r.k la Le)· Ueneml de lai\dministrar.:iôn Pùblir.:a. Le~ N" 6227 del 2 de mayo de 1978; la Le) Orgànirn del r-.linisterio de Er.:onomfa. lndustria) Comcrr.:io) sus reformas. Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977 ). la Ley de Fortalecimiento a las Pequei'ias y Medianas Empresas. Ley N" 8262 del 02 <le nrn)o del 2002. La Gacela N" 18-1\liér~oles 26 de enero del 2011 Pli.g 9 Considera11do: 1.-Que de conformidad con la Ley Orgânica del Ministerio de Economia, lndustria y Comercio, Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977. le corncspon<le al l\1inist.:rio serel ente rector de las politîrns pûhlicas de Estado en materia de fomento a la iniciativa pri\'ada, dcsarrollo cmprcsarial ) fomento de la cultura cmprcsariaL para la micro, peque11a y me<liana empresci. Il .-Que mcdiantc cl Capitulo Ill de la Ley de Fortalccim icnto a I.JS Pequeiias y Medianas Fmpresas, se crea. bajo administraciôn del Banco Popular ) de Desarrollo ComunaL el Fondo Especial para el desarrollo de las l\1icro, Pequeiïas) Medianas Empresas (FODEMIPYJ\IE), con el ohjetivo de fomentar y fortalecer el dcsarrollo de la micro, pcquciia y mcdiana cmprcsa. y de las cmprcsas de la economia social econ6micamente vi.ibles y generadoras de pucstos de trabcijo. 111.-()ue me<lianle el Decre\tl L::jern\Î\O N° 34853-ML::IC del 06 de agosto del 2008, se reglamenta el Fondo Especial para el desarrollo <le las r-.fo:ro. Pequeiïas y Me<lianas L::mpresas. IV-Que es necesario proceder a reformar el articulo 23 del Decrcto Ejccutivo N° 34853-MEIC del 06 de agosto de 2008, con el objeti,·o de hacer mâs dieiente la nonnativa en cuanto a la suspension del otorgamiento de nuevos a,·ales; ademâs. de adaptar la normativa a los tirminos utilizados en el Sistema <le Banca para cl Dcsarrollo. Por tanto, DECRETAI\": REFORMA ALARTiCllLO 23 DEL DECRETO EJECllTIVO N° 34853-ML::IC DL::L 06 DE i\UOSTO DL:: 2008. PURI.ICADO EN F.1, IJIARIO OFICIAl, LA GACET,.J W 221 DEL 14 DE NOVIF.MRRF DE 2008 Artfculo 1°-Rcformcsc cl articulo 23 del Dccrcto Ejccutivo N° 34853-MFIC del 06 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oticial la Gaœ/ll N° 221 del 14 de noviemhre de 2008. para que en lo sucesîvo se ka <le la siguienle m.inera: '"Articulo 23.---Suspensiém del otorgamiento de nuevos avales. La Uni<la<l Tt:cnica <lei FODL::MIPYML pre\ io <lebi<lo proceso suspenderJ el otorgamiento de nuevos a\·ales a las cntidadcs opcradoras autorizadas que: a) No cumplan con los objeti\·os estabkcidos en el Fondo Espccial para cl dcsarrollo de las Micro, Pcquciias y Mcdianas Lmpresas. h) Canalicen recursos a no heneficiarios. c) L::I opera<lor no haga el'ectÎYo el pago <le las obligaciones tinancieras adquiridas con el Fondo Especial para el <lesarrollo de las Micro, Pcquci'ias y Mcdianas Emprcsas. d) Por me<lio de una auditorfa se compruebe irregularidades en el otorgamiento de los créditos avalados. Un.i vel que la Entida<l Opera<lor.i norm.ilice su situaciùn. la l lnidad Técnica del FODEJ\IIPYJ\IE, podrâ autorizar el otorgam ienlo <le avales nue\ os"'. Artfculo 2°-Rigc a partir de su publicaci6n en cl Diario Olicial la Gaœta. Dado en la Presidencia de la Repllhlica, a los doce dias del me~ <le no,·iembre <lei <los mil <liez. LAIJRA CHINCHILLA l\llRANDA.-La Ministra de L::rnnomia. ln<lustria y Comercio. Mayi .'\ntillùn Uuerrero.-1 ve7.-0, C. N° 11132.-Solicitud N° 35294.-C-23720.- (036340-IN2011004037).

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