Decreto Nº 27.799/MINAE - Crea la Comisión Nacional Ramsar
Made 1999-03-03 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Costa Rica
- Subjects
- Wild species and ecosystems
- Keywords
- international agreement-implementation, institution, birds, wetlands, protection of habitats, biodiversity, governance
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Text
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N° 27799-MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y LA MINISTRA DEL AMBIENTE Y ENERGIA Con fundamento en el articulo 140 incisos 3) v 18) de la Constitucion Politic a y en la Ley N° 7224 de! 2 de abri I de 1991. Convencion Relativa a los Humedales de lmportancia Internacional Especialmente como Habitat de Aves Acuaticas. Considerando: I 0 -Que Costa Rica ha ratificado la Convencion Relativa a los Humedales de lmportancia Internacional como Habitat de Aves Acuaticas. conocida como Convencion Ramsar. 2°-Que la Convencion Ramsar es el organismo mundial especializado en la conservacion y mancjo de humedales. contando Costa Rica con seis humedales declarados Sitios Ramsar de Importancia Internacional. 3°-Que la sexta Reunion de las Partes Contratantcs de la Convencion Ramsar. celebrada marzo de 1996 en Brisbane. Australia acogi6 por consenso la iniciativa de nuestro pafs. para que la proxima reunion de las partes se llevara a cabo en Costa Rica. 4°-Que se hace necesario la conformacilin de un £rupo oficial de trabajo para coadyuvar en el manejo. planificacion y desarrollo de la Convenci6n Ramsar en nuestro pafs. Por tanto, DECRETAN: A11fculo 1°-Crear la Comisi6n Nacional Ramsar, para apoyar al Ministerio de! Ambicntc y Energia, por medio del Sistema Nac10nal de Areas de Conservacion para el manejo, planificaci6n y desarrollo de la Convenci6n Ramsar. Artfculo 2°-La Comisi6n estara confmmada por: El Director de! Sistema Nacional de Areas de Conservaci6n, quien la coordinara. Un representante de la Escuela de Geograffa de la Universidad de Costa Rica. Un representante de la Escuela de Biologfa de la Universidad de Costa Rica. Un representante de la Escuela de Ciencias Biologicas de la Universidad Nacional. Un representante del Programa de Maestrfa de Vida Silvestre de la Universidad Nacional. Un represcntante del Instituto Geografico Nacional. Un representante de la Union Mundial para la Naturaleza. Un representante de! Programa Humedales de la Universidad Nacional. Un representante de la Organizacion de Estudios Tropicales. El Comisionado Nacional de Humedales, designado por la Ministra de! Ambiente y Energia. Artfculo 3°-Las funciones de la Comisi6n Nacional seran: a) Proporcionar un enfoque sobre la aplicaci6n de la Convencion, involucrando a todos los organismos de gobierno que tienen responsabilidad sobre los humedales y el maneJo de sus recursos. asf como a las organizaciones no gubernamentales. las organizaciones comunitarias y el sector privado. b) Ayudar en la identificac16n, descripcion e inclusion de humedales para la Lista de Sitios de Importancia Internacional Ramsar. cJ Proporcionar ayuda tecnica de expertos a los informes nacionales para la Confercncia de las Partes Contratantes. d) Coordinar las solicitudes v el uso de los fondos que sean aprobados. Fondo Ramsar de Pequenas Subvenciones. e) Revisar la aplicacilin del Re£istro de Montreux y el Procedimiento de Orientaci6n para la Gestion. f) Revisar la aplicacilin de resoluciones y recomendaciones adoptadas por la Conferencia de las partes contratantes. Artfculo 4°-Rige a partir de su publicaci6n. Dado en la Presidencia de la Republica. a los tres dfas de! mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ECHEVERRJA.-La Ministra de! Ambiente )'. Ener9fa, Elizabeth Odin Benito.-! vez.-(Solicitud N° 21188).-C-4650.-(-3716).