Acuerdo Nº 5 - Modifica el Reglamento de arriendos en franjas fronterizas
Made 2009-09-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Costa Rica
- Subjects
- Land and soil
- Keywords
- land tenure, lease, legal proceedings/administrative proceedings, contracts, subsidy/incentive
Where to read it
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Text
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INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO MODIFICACIÓN REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ARRENDAMIENTOS La Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario, mediante acuerdo tomado en artículo 5º de la sesión ordinaria Nº 032-2009, celebrada el 14 de setiembre de 2009, autoriza la modificación del Reglamento Autónomo de Arrendamientos, aprobado mediante acuerdo de Junta Directiva en artículo 2º de la sesión extraordinaria Nº 010-2008, realizada el 28 de abril de 2008, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 93 del 15 de mayo de 2008, para que se lea de la siguiente manera: “Artículo 46.—Extinguido un arrendamiento por causas ajenas al arrendatario, este tendrá derecho a que se le reconozca el valor de las plantaciones permanentes y construcciones que existieren en el terreno, siempre y cuando las mismas hayan sido introducidas de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 6 del Presente Reglamento, y de acuerdo con el avalúo que realicen los peritos del Instituto. Extinguido un arrendamiento por motivos imputables al arrendatario las plantaciones permanentes y construcciones que existieren en el terreno que no hayan sido introducidas de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 6 del presente Reglamento, quedarán a favor del Instituto, sin que este se encuentre obligado a reconocer suma alguna por ello. El contenido de ésta disposición deberá incluirse dentro de las cláusulas del contrato de arrendamiento”. Lic. Walter Ulate Calderón, Secretario General de la Junta Directiva.—1 vez.—(IN2009090535). REMATES