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Laws of Chile

Resolución Nº 979 - Suspende por un año la inscripción de la especie Langostino colorado en el registro artesanal de la I a la IV Regiones

Made 2001-05-24 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
marine fisheries, crustaceans, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals

Where to read it

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Text

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  1. SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCION DE LA ESPECIE LANGOSTINO COLORADO EN EL REGISTRO ARTESANAL DE I A IV REGIONES Resolución Núm. 979.- Valparaíso, 24 de mayo de 2001.- Visto: Lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuicultura N°18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el D.F.L. N° 5 de 1983; los D.S. N° 635 de 1991 y N° 245 de 2000; el decreto exento N° 246 de 2001, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuando se declare una unidad de pesquería en estado de plena explotación y se encuentre transitoriamente cerrado su acceso, se deberá cerrar, por igual período, el registro pesquero artesanal en las regiones y especies correspondientes, en conformidad con lo señalado en el título relativo a la pesca artesanal. Que el D.S. N° 245 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, declaró en estado y régimen de plena explotación a la especie Langostino colorado (Pleuroncodes monodon) en el área marítima comprendida entre la I y la IV Regiones. Que mediante decreto exento N° 246 de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se suspendió la recepción de solicitudes y el otorgamiento de autorizaciones de pesca extractiva para la unidad de pesquería antes señalada, por el lapso de un año, a contar del 24 de mayo de 2001. Que mediante resolución N° 946 de 2000, de esta Subsecretaría, se suspendió hasta el 23 de mayo de 2001, la inscripción en el Registro Artesanal de la III y IV Regiones, en todas sus categorías, en la sección pesquería de la especie Langostino colorado. Resuelvo : 1°.- Suspéndase transitoriamente por el período de un año, a contar del 24 de mayo de 2001, la inscripción en el Registro Artesanal de la I a la IV Regiones, en todas sus categorías, en la sección pesquería de la especie Langostino colorado (Pleuroncodes monodon). 2°.- Asimismo suspéndase por el mismo período, las inscripciones en el Registro Artesanal de la I a la IV Regiones, de todas las especies que constituyan fauna acompañante del recurso Langostino colorado. Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Daniel Albarrán Ruiz-Clavijo, Subsecretario de Pesca.

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