Resolución Nº 946 - Suspende por un año la inscripción de la especie Langostino colorado en el registro artesanal de la III y IV Regiones
Made 2000-05-22 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, crustaceans, seasons, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals
Where to read it
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Text
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SUSPENDE, TRANSITORIAMENTE, LA INSCRIPCION DE LA ESPECIE LANGOSTINO COLORADO EN EL REGISTRO ARTESANAL DE LA III Y IV REGIONES Resolución Núm. 946.- Valparaíso, 22 de mayo de 2000.- Visto: Lo dispuesto en la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el D.F.L. Nº5 de 1983; los DS Nº635 de 1991, Nº245 de 2000 y Nº246 de 2000, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuando se declare una unidad de pesquería en estado de plena explotación y se encuentre transitoriamente cerrado su acceso, se deberá cerrar, por igual período, el registro pesquero artesanal en las regiones y especies correspondientes, en conformidad con lo señalado en el título relativo a la pesca artesanal. Que el DS Nº245 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, declaró en estado y régimen de plena explotación a la especie Langostino colorado (Pleuroncodes monodon) en el área marítima comprendida entre la I y la IV Regiones. Que mediante DS Nº246 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se suspendió la recepción de solicitudes y el otorgamiento de autorizaciones de pesca extractiva para la unidad de pesquería antes señalada, sólo en lo relativo al área marítima de la III y IV Regiones, por el lapso de un año, contado desde la fecha de publicación del mencionado decreto en el Diario Oficial, Resuelvo: 1º.- Suspéndase transitoriamente por el período de un año, a contar de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, la inscripción en el Registro Artesanal de la III y IV Regiones, en todas sus categorías, en la sección pesquería de la especie Langostino colorado (Pleuroncodes monodon). 2º.- Asimismo suspéndase por el mismo período, las inscripciones en el Registro Artesanal de la III y IV Regiones, de todas las especies que constituyan fauna acompañante del recurso Langostino colorado, con red de arrastre. Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Daniel Albarrán Ruiz-Clavijo, Subsecretario de Pesca. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Daniel Albarrán Ruiz-Clavijo, Subsecretario de Pesca.