Resolución Nº 766 - Suspende transitoriamente la inscripción en el Registro Artesanal de Huiro negro, Huiro palo y Huiro, IV Región de Coquimbo
Made 2014-03-13 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, aquatic plants, fishing area, fishery management and conservation, artisanal fisheries
Where to read it
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Text
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SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO ARTESANAL DE LA IV REGION DE COQUIMBO EN LA PESQUERIA DE LOS RECURSOS HUIRO PALO, HUIRO NEGRO Y HUIRO POR PERIODO QUE SENALA. VALPARAISO, l 3 MAR. 2014 RES. EX. N° 7 6 6 VISTO: Lo informado por la Division de Administraci6n Pesquera de esta Subsecretarîa mediante Memorandum Técnico (R.PESQ.) N° 55/2014, de fecha 25 de Febrero de 2014; lo informado por el Consejo Zonal de Pesca de la Ill-IV Regiones, mediante Oficio ORD./Z2/N° 012/2014, de fecha 10 de Marzo de 2014; las Leyes N° 19.880, N° 20.597 y N° 20.657; lo dispuesto en el D.F.L. N° 5 de 1983, del Ministerio de Economîa, Fomento y Reconstrucci6n; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por O.S. N° 430 de 1991 del actual Ministerio de Economîa, Fomente y Turismo; la Resoluci6n Exenta N° 1600 de 2008, de la Contralorîa General de la Repüblica. C O N S I D E R A N D 0: Que el artîculo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para suspender transitoriamente por categorîa de pescador artesanal y por pesquerîa, la inscripci6n en el Registro Artesanal en una o mas regiones, tratandose de especies que hayan alcanzado el estado de plena explotaci6n. Que la Subsecretarîa de Pesca y Acuicultura ha recomendado suspender transitoriamente, en todas sus categorîas, por un plazo de 5 aiios contados desde la fecha de la presente resoluci6n, la inscripci6n en el Registra Artesanal en la pesquerîa de los recursos Huiro Negro (Lessonia nigrescens), Huiro Palo (Lessonia trabeculata) y Huiro (Macrocystis spp.), de la IV Regi6n de Coquimbo, en virtud de haberse alcanzado el estado de plena explotaci6n en la mencionada pesquerîa. Que el Consejo Zonal de Pesca de la Ill-IV Regiones, mediante Informe Técnico citado en Visto, ha recomendado la adopcion de la medida de suspension transitoria de la inscripcion antes indicada . RESUELVO: 1.- Suspéndase por el término de 5 afios, contados a partir de la fecha de publicaciôn de la presente resolucion, la inscripciôn en el Registre Artesanal en la pesquerîa del recurso Huiro Negro (Lessonia nigrescens), Huiro Palo (Lessonia trabeculata) y Huiro (Macrocystis spp.), de la IV Region de Coquimbo, por haber alcanzado el estado de plena explotaciôn en dicha area de pesca. 2.- Transcrîbase copia de la presente resoluciôn al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, a la Oireccion General del Territorio Marltimo y Marina Mercante y a la Division Jurldica de esta Subsecretarla. ANOTESE, COMUNÏQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL Y A TEXTO INTEGRO EN LOS SITIOS DE DOMINIO ELECTRONICO DE LA SUBSECRETARÏA DE PESCA Y ACUICULTURA Y DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA.