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Laws of Chile

Resolución Nº 7.424 - Califica de emergencia situación que indica para los efectos de lo establecido en el artículo 8º letra c) de la Ley Nº 19.886

Made 2014-10-03 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, pests/diseases, early warning system
Categories
agriculture

Where to read it

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Text

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  1. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 17-Oct-2014 Tipo Norma :Resolución 7424 EXENTA Fecha Publicación :10-10-2014 Fecha Promulgación :03-10-2014 Organismo :MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL Título :CALIFICA DE EMERGENCIA SITUACIÓN QUE INDICA PARA LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 8 LETRA C) DE LA LEY Nº 19.886 Y EL ARTÍCULO 10 Nº 3 DE SU REGLAMENTO Tipo Versión :Unica De : 10-10-2014 Inicio Vigencia :10-10-2014 Id Norma :1068012 URL :http://www.leychile.cl/N?i=1068012&f=2014-10-10&p= CALIFICA DE EMERGENCIA SITUACIÓN QUE INDICA PARA LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 8 LETRA C) DE LA LEY Nº 19.886 Y EL ARTÍCULO 10 Nº 3 DE SU REGLAMENTO Núm. 7.424 exenta.- Santiago, 3 de octubre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos Nos 1, 2, 3, 6 y 7 letras d), h), m), n) y r) de la ley Nº 18.755, y sus modificaciones; lo dispuesto en el artículo 8 letra c) de la ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el artículo 10 Nº 3, del decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones posteriores, que aprueba el reglamento de la ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; lo indicado en el decreto supremo Nº 208, de 20 de abril de 2011, del Ministerio de Agricultura; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta Nº 1.465, de 2014, del Director Regional SAG Región del Maule; la resolución exenta Nº 1.463, de 2014, del Director Regional SAG Región de O'Higgins y lo indicado en la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, Considerando: 1. Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 8 letra c) de la ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y lo señalado en el artículo 10 Nº 3, del decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones posteriores, que aprueba el reglamento de la ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, se podrá contratar directamente: "En casos de emergencia, urgencia o imprevisto, calificados mediante resolución fundada del jefe superior de la entidad contratante, sin perjuicio de las disposiciones especiales para los casos de sismo y catástrofe contenida en la legislación pertinente". 2. Que, mediante resolución exenta Nº 3.080, de 20 de octubre de 2003, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, se estableció que la plaga Hylotrupes bajulus se encuentra ausente del territorio nacional, tanto insular como continental, razón por la cual esta especie se califica como plaga cuarentenaria ausente. 3. Que, a través de una denuncia fitosanitaria realizada por la Sra. Mónica Valenzuela, se ha detectado la presencia de la plaga cuarentenaria Hylotrupes bajulus en la región de O'Higgins, comuna de Chimbarongo, afectando madera estructural de edificaciones. 4. Que, mediante actividades de vigilancia forestal, se han detectado 11 propiedades infestadas por la plaga, una en la comuna de Teno, Región del Maule, y 10 en la comuna de Chimbarongo, Región de O'Higgins. 5. Que, debido a la detección de la plaga Hylotrupes bajulus en la comuna de Teno, Región del Maule, y la comuna de Chimbarongo, Región de O'Higgins, ambas Direcciones Regionales establecieron medidas fitosanitarias provisionales de emergencia para el control de la plaga mediante las resoluciones exentas Nos 1.465/2014, del Director Regional SAG Región del Maule, y 1.463/2014, del Director SAG Región de O'Higgins. 6. Que, en razón de haberse realizado el hallazgo en más de una propiedad con presencia de la plaga Hylotrupes bajulus, y en conformidad con lo señalado en las disposiciones contenidas en la ley Nº 19.886 y su respectivo reglamento, es necesario que el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, como jefe superior de la entidad contratante, califique la situación descrita como emergencia, por el peligro de dispersión de la plaga hacia el resto del territorio nacional, http://www.leychile.cl/ Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 17-Oct-2014 trayendo consigo graves consecuencias para las edificaciones de madera y la industria forestal de Chile, y por ende, provocar grandes perjuicios económicos para el país, lo que implica que sea urgente proveer a este servicio de los bienes y servicios necesarios para erradicar la plaga en el área afectada a la mayor brevedad posible, Resuelvo: 1. Califícase como situación de emergencia, urgencia o imprevisto, la aparición de Hylotrupes bajulus, según lo señalado en la resolución exenta Nº 1.465 de 7 de agosto de 2014, del Director Regional SAG Región del Maule, y la resolución exenta Nº 1.463 de 11 de agosto de 2014, del Director Regional SAG Región de O'Higgins. 2. Déjese establecido que la presente calificación se encuentra restringida a las adquisiciones y/o contrataciones que puedan efectuarse como consecuencia de la precedente calificación, en conformidad a lo indicado en el artículo 8 letra c) de la ley Nº 19.886 y el artículo 10 Nº 3 de su reglamento. Anótese, comuníquese y publíquese.- Angel Sartori Arellano, Director Nacional. http://www.leychile.cl/

Resolución Nº 7.424 - Califica de emergencia situación que indica para los efectos de lo establecido en el artículo 8º letra c) de la Ley Nº 19.886 · Nelum