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Laws of Chile

Resolución Nº 441 - Norma técnica NCh1243/8.Of97: Granulometría del azúcar blanco

Made 1997-09-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, sugar
Categories
softs

Where to read it

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Text

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  1. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción SUBSECRETARIA DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA LA QUE INDICA, APROBADA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACION Decreto No. 441 exenta.- Santiago, 10 de septiembre de 1997.- Visto: Estos antecedentes; el oficio No. 12940-300, del Instituto Nacional de Normalización, de fecha 5.08.97; lo informado por el Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor mediante Ord. No. 4499 de fecha 20.08.97; lo dispuesto en el DFL No. 88 de 1953, del Ministerio de Hacienda, así como lo previsto en el No. 3 del Párrafo VI del artículo 1º de la Ley No. 16.436 y en la Resolución No. 55 de 1992, de la Contraloría General de la República. Resuelvo: Artículo 1º.- Declárase Norma Oficial de la República de Chile, la siguiente: NCh1243/8Azúcar blanco - Métodos de análisis - Parte 8: Determinación de granulometría. Artículo 2º.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial, siendo su costo de cargo del Instituto Nacional de Normalización. El texto íntegro de la norma será publicado en documentos Oficiales del mencionado Instituto. A contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial, la norma individualizada en el Artículo 1º, se denominará como sigue: NCh1243/8.Of97Azúcar blanco - Métodos de análisis - Parte 8: Determinación de granulometría. Artículo 3º.- El Instituto Nacional de Normalización, deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial a la Contraloría General de la República, y además, proporcionar gratuitamente, el mismo número de ejemplares al Ministerio que la declara Norma Chilena Oficial de la República. Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Oscar Landerretche Gacitúa, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Patricia Lobos Troncoso, Jefe Departamento Administrativo.

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