Resolución Nº 4.615 - Aplica medidas de mitigación en forma transitoria a la internación de équidos al país
Made 2010-08-10 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- animal health, pests/diseases, equine-animals, international trade
- Categories
- *
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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 39.739 Miércoles 18 de Agosto de 2010 Cuerpo I - 11 Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional APLICA MEDIDAS DE MITIGACIÓN EN FOR MA TRANSITORIA A LA INTERNACIÓN DE ÉQUIDOS QUE INDICA AL PAÍS (Resolución) Núm. 4.615 exenta.- Santiago, 10 de agosto de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº18.164, que introduce modificaciones a la legisla ción aduanera; el DFL RRA Nº 16 de 1963, de Protec ción y Sanidad Animal; las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 1.808 de 1990, Nº 1.254 de 1991, Nº 3.274 de 1994, Nº 6.214 de 2006, Nº 5.534 de 2007 y Nº 2.789 de 2010. Considerando: Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero, adoptar las medidas tendientes a evitar la introduc ción al país de enfermedades de los animales, determinando las acciones de prevención que se requieran con este objeto. Que en Chile no se ha detectado la Arteritis Viral Equina. Que la información científica disponible con res pecto a la enfermedad, indica que los équidos son capaces de infectarse, ser portadores asintomáticos y diseminar el virus de la Arteritis Viral Equina. Que la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Alimentaria, SENASA - Argen tina, ha confirmado la presencia de la enfermedad denominada Arteritis Viral Equina en Argentina, Resuelvo: 1. Aplíquense medidas de mitigación en forma transitoria y preventiva a la internación al terri torio nacional, de toda especie de équidos prove nientes de la República de Argentina. 2. Estas medidas serán aplicadas de acuerdo al resultado de las evaluaciones realizadas caso a caso, en conformidad con el nivel adecuado de protección de Chile, en relación con el conoci miento científico existente sobre la enfermedad y que las medidas adoptadas en su control, den garantías de que los équidos que se exporten al país no constituirán una potencial fuente de infección. 3. Derógase la resolución Nº 2.789, del 10 de mayo de 2010, que suspende en forma transitoria la internación de équidos que indica al país. Anótese, comuníquese y publíquese.- Pablo Willson Avaria, Director Nacional (S) Servicio Agrí cola y Ganadero. Ministerio de Salud SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA DE DRA. MARÍA PAULA VERA ZAMORA AL CARGO DE DIRECTORA DEL SERVICIO DE SALUD IQUIQUE Núm. 88.- Santiago, 7 de julio de 2010.- Visto: La renuncia no voluntaria presentada por la Dra. María Paula Vera Zamora; lo dispuesto en el artículo quincuagésimo octavo de la Ley Nº19.882; los artícu los 148 y 154 del Decreto con Fuerza de Ley Nº29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.834, y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Polí tica de la República de Chile, Decreto: 1.- Acéptase la renuncia no voluntaria presenta da por la Dra. María Paula Vera Zamora, RUN 10.696.299-5, al cargo de Directora del Servicio de Salud Iquique, grado 2º E.U.S., titular, a contar del 7 de julio de 2010, 2.- Déjase establecido que la profesional en referencia no se encuentra sujeta a sumario adminis trativo, ni acogida a reposo preventivo y que tendrá derecho a gozar de la indemnización contemplada en el artículo 154 del referido Decreto con Fuerza de Ley Nº29, de 2004. 3.- El gasto que demande la indemnización seña lada en el párrafo precedente se cargará al Presupuesto del Servicio de Salud Iquique. Anó te se , t ómese r azón y pub l íquese . SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Liliana Jadue Hund, Subsecretaria de Salud Pública. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 2.308 EXENTA, DE 2010 Por resolución exenta Nº 2.308, de 13 de agosto de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomuni caciones, y considerando el término de vigencia de los contratos de concesión para la prestación de servicios de transporte público remunerado de pasajeros en las vías en la ciudad de Rancagua, correspondientes a la Licitación Pública de Vías de la ciudad de Rancagua a Servicios Urbanos de Transporte Público Remune rado de Pasajeros Prestado con Buses (Licitación de Vías de Rancagua 2004), se aprueba las ‘‘Condicio nes Específicas de Operación y Utilización de Vías para Servicios de Buses Urbanos de la ciudad de Rancagua’’. Las condiciones específicas de opera ción y utilización de vías que establece la citada resolución, y cuyos prestadores serán los respectivos responsables inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros de la Sexta Región, y que forman parte de los procesos de licitación aludidos, tendrán una vigencia de 18 meses, a contar del término de las concesiones vigentes o hasta la puesta en marcha del próximo proceso de licitación de vías de la ciudad de Rancagua a Servicios Urbanos de Transporte Público Remunerado de Pasa jeros Prestados con Buses, cualesquiera de ellos ocu rra primero, período que sólo podrá ser prorrogado por motivos fundados. En caso de vacancia de servicios, éstos serán ofrecidos por la Secretaría Regional según procedimiento establecido en artículo 3º de resolución. Demás antecedentes y resolución íntegra pueden consultarse en www.mtt.cl.- Fe lipe Morandé Lavín, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Ministerio Secretaría General de la Presidencia ACEPTA RENUNCIA DE INTEGRANTES DEL COMITÉ CONSULTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR Núm. 44.- Santiago, 30 de marzo de 2010. Vistos: El artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 19.828; el decreto supremo Nº 92, de 2003, y el Decreto Supremo Nº 133, de 2006, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presi dencia. Considerando: 1) Que el artículo 6º de la Ley Nº 19.828 estable ce que existirá un Comité Consultivo del Adulto Mayor que actuará como organismo asesor del Direc tor del Servicio Nacional del Adulto Mayor; 2) Que, conforme a lo dispuesto en los artículos lº y 2º del Decreto Supremo Nº 92, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, co rresponde al Presidente de la República nombrar como consejeros a siete académicos y a cuatro personas provenientes de asociaciones de adultos mayores; 3) Que dichos consejeros fueron designados mediante decreto supremo Nº 133, de 2006, del Minis terio Secretaría General de la Presidencia; 4) Que los consejeros antes señalados han pre sentado la renuncia a sus cargos, Decreto: Acéptase, a contar del 11 de marzo de 2010, la renuncia como consejeros integrantes del Comité Consultivo del Adulto Mayor de las personas que se indican a continuación: 1) Eliana Bronfman Weinstein, RUT Nº2.036.013-5, académica de la Universidad Acade mia de Humanismo Cristiano. 2) Juana Silva Opazo, RUT Nº 6.714.897-5, académica de la Universidad de Chile. 3) Rosa Kornfeld Matte, RUT Nº 4.486.740-0, académica de la Pontificia Universidad Católica de Chile. 4) Horacio Marín García, RUT Nº 4.958.290-0, académico de la Universidad Mayor. 5) Sonia Zapata Donoso, RUT Nº 4.775.098-9, académica de la Universidad Arturo Prat. 6) Nelson García Araneda, RUT Nº 5.853.565-6, académico de la Universidad del Bío-Bío. 7) Marcelo Piña Morán, RUT Nº 11.676.834-8, académico de la Universidad Católica del Maule. 8) Mario González Jiménez, RUT Nº 2.284.639-6, Asociación Nacional de Periodista Jubilados. 9) Juan Lamatta González, RUT Nº 1.981.999-K, Central Unitaria de Jubilados, Pensionados y Monte piadas de Chile GC (CUPEMCHI) 10) Sadio Rojas Pérez, RUT Nº 2.494.204-K, Asociación de Pensionados de la Universidad de Chile A.G. 11) Francisco Iturriaga Steck, RUT Nº 2.396.013-3, Asociación Gremial Unión Nacional de Pensionados de Chile-UNAP A.G. Tómese razón, regístrese, comuníquese y publí quese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presi dente de la República.- Cristián Larroulet Vignau, Ministro Secretario General de la Presidencia. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Saluda Atte. a Ud., Claudio Alvarado Andrade, Subse cretario General de la Presidencia.