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Laws of Chile

Resolución Nº 4.120 - Modifica Resolución Nº 2.762 de 2011, que establece control obligatorio y medidas sanitarias para el control y erradicación de tuberculosis bovina, en el sentido de incorporar a la Provincia de Arauco a la Zona de Erradicación

Made 2012-07-13 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Livestock
Keywords
animal health, pests/diseases, cattle, quarantine, marking/identification

Where to read it

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Text

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  1. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Nº 40.323 Sábado 28 de Julio de 2012 Cuerpo I - 7 (Resoluciones) DECLARA DESIERTO CONCURSO PÚBLICO DE JEFE DEPARTAMENTO TÉCNICO DEPEN DIENTE DEL SERVICIO DE VIVIENDA Y UR BANIZACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA Santiago, 24 de julio de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 5.811 exenta.- Visto: El artículo 21° del DFL Nº 29, de Hacienda, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el artículo 4° del decreto supremo Nº 69, del Ministerio de Hacienda de 2004, que aprueba el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; la resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República, de 30 de octubre de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y, Teniendo presente: a) La publicación efectuada en el Diario Oficial del 2 de abril de 2012, mediante la cual se realizó el llamado a concurso público para proveer, entre otros, un cargo de Jefe Departamento Técnico dependiente del Servicio de Vivienda y Urbani zación Región de Antofagasta. b) La publicación y difusión de dicho concurso, en la página www.minvu.cl y correo electrónico Minvuletin, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. c) El acta del proceso de concurso de fecha 25 de junio de 2012, emitida por el Comité de Selec ción, conformado según lo establece la citada normativa, mediante la cual se deja constancia que no hubo postulantes idóneos, dicto la si guiente Resolución: 1.- Declárase desierto, por falta de postulantes idóneos, el concurso público para proveer un cargo de Jefe de Departamento grado 5° EUR, Departamento Técnico dependiente del Servicio de Vivienda y Urba nización Región de Antofagasta, con desempeño en la ciudad de Antofagasta, cuya convocatoria se publicó en el Diario Oficial del 2 de abril de 2012. Anótese, notifíquese, cúmplase, publíquese y archívese.- Francisco Irarrázaval Mena, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Bernardo Garrido Valenzuela, Ministro de Fe. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.388 EXENTA, DEL AÑO 2012, QUE DISPONE SEGUNDO LLA MADO REGULAR 2012 PARA EL DESARRO LLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SUS CLASES REGULADAS POR EL TÍTU LO I, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y DEL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA Y FIJA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Santiago, 25 de julio de 2012.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 5.812 exenta.- Visto: 1. El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y en especial lo dispuesto en la letra d) de su artículo 13. 2. La resolución exenta Nº 214, de fecha 9 enero de 2012, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen du rante el año 2012 y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención del Programa regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006. 3. La circular Nº 2, de fecha 6 de enero de 2012, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, dirigida a los Seremi Minvu y Directores Serviu, de todas las regiones, mediante la cual informa el Programa Habi tacional del año 2012. 4. La circular Nº 18, de fecha 22 de mayo de 2012, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, dirigida a los Seremi Minvu y Directores Serviu, de todas las regiones, mediante la cual informa las nuevas metas asignadas a las regiones y el Cronograma de Activida des para el año 2012, esta modificación se debe a variaciones menores en las metas asignadas a las regiones por circular del Visto precedente. 5. La resolución exenta Nº 5.388 (V. y U.), de 2012, que dispone el 2º Llamado Regular del Progra ma de Protección del Patrimonio Familiar, en sus clases reguladas por el Título I, Mejoramiento del Entorno y del Equipamiento Comunitario y Título II, Mejoramiento de la Vivienda, dicto la siguiente Resolución: 1. Reemplázase en el Resuelvo 1 de la resolución exenta Nº 5.388 (V. y U.), de 2012, la locución ‘‘hasta el 28 de julio de 2012’’, por la expresión ‘‘hasta el 31 de julio de 2012’’. 2. Déjase establecido que la resolución exenta Nº 5.388 (V. y U.), de 2012, se mantendrá plenamente vigente en todo lo no modificado por la presente resolución. Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archí vese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo. Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.762, DE 2011, QUE ESTABLECE CONTROL OBLIGATORIO Y MEDIDAS SANITARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE TUBERCULOSIS BO VINA, EN EL SENTIDO DE INCORPORAR A LA PROVINCIA DE ARAUCO A LA ZONA DE ERRADICACIÓN (Resolución) Núm. 4.120 exenta.- Santiago, 13 de julio de 2012.- Vistos: La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servi cio Agrícola y Ganadero, y lo señalado en la resolución exenta Nº 2.762, de 2011, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1.- Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de prevenir, controlar, combatir y erradicar las enfermedades declaradas de control obligatorio. 2.- Que por medio de la resolución Nº 2.762, de 2011, que declara control obligatorio de Tuberculosis bovina en todo el territorio nacional, se divide al país en dos zonas, según la distribución geográfica de la población bovina y la prevalencia de la enfermedad. 3.- Que la Zona II de Control comprende las regiones ubicadas al norte de la Región del Biobío, inclusive y la Zona I de Erradicación, a las regiones ubicadas al sur de la Región de la Araucanía, inclusive. 4.- Que la prevalencia de la enfermedad en la provincia de Arauco, Región del Biobío, es muy simi lar a la prevalencia observada en las regiones de la Zona I de Erradicación. 5.- Que los productores de ganado bovino de la provincia de Arauco comercializan mayoritariamente sus animales en las ferias ganaderas de la Región de la Araucanía, correspondiente a la Zona I, dada su cerca nía geográfica y conectividad vial. 6.- Que incorporar la provincia de Arauco de la Región del Biobío a la Zona I de Erradicación, acele raría el saneamiento de los predios que aún permane cen infectados por tuberculosis bovina, facilitaría el intercambio comercial entre el sector privado y, en ningún caso, interferiría con el desarrollo normal del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Tuber culosis bovina. Resuelvo: Modifícase la resolución Nº 2.762, de 2011, que establece control obligatorio y medidas sanitarias para el control y erradicación de Tuberculosis bovina, en el sentido de reemplazar el numeral 3.1 por el siguiente: ‘‘3.1 Zona I: Predios ubicados en las Regiones de la Araucanía, de Los Ríos, de Los Lagos, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de Magallanes y Antártica Chilena y de la provincia de Arauco, de la Región del Biobío.’’. Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional. CP1 PAG.P65 27-07-2012, 17:367

Resolución Nº 4.120 - Modifica Resolución Nº 2.762 de 2011, que establece control obligatorio y medidas sanitarias para el control y erradicación de tuberculosis bovina, en el sentido de incorporar a la Provincia de Arauco a la Zona de Erradicación · Nelum