Resolución Nº 3.772 - Suspende Resolución Nº 6.972 de 2013, y prohíbe la aplicación y uso de anabólicos con fines del crecimiento en bovinos de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Made 2014-05-23 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Livestock
- Keywords
- cattle, animal production, drugs, animal health
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 31-Oct-2016 Tipo Norma :Resolución 3772 EXENTA Fecha Publicación :03-06-2014 Fecha Promulgación :23-05-2014 Organismo :MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL Título :SUSPENDE RESOLUCIÓN Nº 6.972 EXENTA, DE 2013, Y PROHÍBE LA APLICACIÓN Y USO DE ANABÓLICOS CON FINES DE PROMOCIÓN DEL CRECIMIENTO EN BOVINOS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA Tipo Versión :Última Versión De : 12-07-2016 Inicio Vigencia :12-07-2016 Id Norma :1062919 Ultima Modificación :12-JUL-2016 Resolución 3367 EXENTA URL :https://www.leychile.cl/N?i=1062919&f=2016-07-12&p= SUSPENDE RESOLUCIÓN Nº 6.972 EXENTA, DE 2013, Y PROHÍBE LA APLICACIÓN Y USO DE ANABÓLICOS CON FINES DE PROMOCIÓN DEL CRECIMIENTO EN BOVINOS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA Núm. 3.772 exenta.- Santiago, 23 de mayo de 2014. Vistos: Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley 19.162 que establece sistema obligatorio de clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura de sus carnes y regula funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne; DFL RRA Nº16 de 1963, sobre sanidad y protección animal; decreto Nº 25 de 2005, del Ministerio de Agricultura, Reglamento de productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario; las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 2.592, de 2003; Nº 667, Nº 6.976 y Nº 7.352 de 2010, y Nº 423 de 2013. Considerando: 1. Que es necesario evaluar en conjunto con todos los sectores involucrados, tanto públicos como privados, las implicancias de la prohibición y de las medidas de control. 2. Que es necesario establecer e implementar nuevos requisitos para regular el expendio de los anabólicos, con el objeto de trazar su comercialización y propender al uso de los mismos sólo en aquellos planteles bovinos previamente autorizados. 3. Que es necesario rediseñar el programa de monitoreo de las sustancias anabólicas en animales vivos y gestionar los recursos financieros correspondientes. 4. Que es necesario evaluar la factibilidad de implementar un control nacional en el uso de sustancias con efecto anabolizante, que involucre la realidad particular de cada una de las regiones en el ámbito de la producción primaria de la especie bovina, y que éste sea afín con un sistema de control oficial que apoye a la certificación de productos de consumo humano para la exportación. 5. Que el Programa de Planteles de Animales Bajo Certificación Oficial, permite proporcionar el control del uso de sustancias con efecto anabolizante en la producción bovina, lo que permite respaldar la certificación de exportación de productos destinados al consumo humano. 6. Que es requisito fundamental que el Programa Nacional de Trazabilidad para bovinos se encuentre implementado y dé las garantías para rastrear en forma individual a los bovinos. Resuelvo: 1. Suspéndese la aplicación de la prohibición https://www.leychile.cl/ Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 31-Oct-2016 dispuesta por la resolución Nº 6.972, de 2013, de este Servicio, hasta el 31 de diciembre de 2016. Resolución 3367 2. Prohíbese la aplicación y uso de sustancias EXENTA, anabolizantes con fines de promoción del crecimiento en AGRICULTURA bovinos que se crían en la Región de Magallanes y de la N° 1 Antártica Chilena. D.O. 12.07.2016 Anótese, comuníquese y publíquese.- Angel Sartori Arellano, Director Nacional (TyP). https://www.leychile.cl/