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Laws of Chile

Resolución Nº 3.475 - Fija formato digital del archive para elaboración de planos que indica

Made 2012-12-21 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
data collection/reporting, legal proceedings/administrative proceedings, aquaculture, concession

Where to read it

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Text

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  1. MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESC FIJA FORMATO DIGITAL DEL ARCHIVO PARA ELABORACION DE PLANOS QUE INDICA. VALPARATSO, ~,:J· DIC. 2012 .. 3475 R. EX. N° VISTO: El Informe Técnico CD.Ac) N° 1557 de fecha 13 de diciembre de 2012, contenido en el Memorandum COA(.) N° 1294 de fecha 13 de diciembre de 2012, de la División de Acuicultura de esta Subsecretaría; lo dispuesto en el D.F.L. N° 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes N° 19.880, N° 20.091, N° 20.434, N° 20.583 y N° 20.597; los D.S. N° 290 de 1993, N° 499 y N° 604, ambos de 1994, N° 257, N° 165 de 2002, N° 67 y N° 164, ambos de 2003, N° 43 de 2005, N° 50 de 2006 y N° 202 de 2010, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. CONSIDERANDO: Que los artículos 10 letra e) y 14 ter del Reglamento de Concesiones de Acuicultura, fijado por D.S. N° 290 de 1993, y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, establecen que esta Subsecretaria deberá fijar por resolución, el formato digital especifico del archivo que deberá ser utilizado para la entrega de los planos dentro del trámite de una solicitud de concesión de acuicultura. Que mediante informe Técnico citado en Visto, la División de Acuicultura establece el formato digital del tipo de archivo y la información que este deberá contener. RESUELVO: 1.- Fíjase el formato digital y niveles de información que debe contener el archivo que sirve de respaldo a la entrega de los planos que deben adjuntarse en el trámite de las solicitudes de concesiones de acuicultura, según los artículos 10 letra e) y 14 ter del Reglamento de Concesiones de Acuicultura y el Informe Técnico CD.AC.), ambos citados en Visto: a) Para la presentación de los planos digitales, según artículo 10 letra e> del Reglamento de Concesiones de Acuicultura, el formato del archivo digital será AUTOCAD <.dwg) versión 2010 o inferior, en el espacio de trabajo denominado 'Modelo', y deberá contener las siguientes capas de información <los textos deben estar en formato simple, no múltiple): PLANO DE LA CONCESION DE ACUICULTURA: a) Viñeta. Debe contener Norte geográfico, grilla o cuadrícula geográfica y UTM, escala numérica, barra con escala gráfica, nombre del titular, nombre del sector geográfico, número de solicitud, resolución que otorga en el caso de modificaciones de ampliación de área, ejecutor del plano, profesión, empresa (si corresponde), simbología o leyenda, superficie solicitada (en hectáreas), cuadro de coordenadas de los vértices de la concesión (UTM y Geográficas, con dos decimales> señalando la carta, dátum de referencia y año de edición, cuadro de coordenadas de los vértices base <UTM y Geográficas, con dos decimales). b) Polígono Concesión. Corresponde al polígono del sector solicitado, el cual debe identificar los vértices con letras en sentido horario. e) Vértices Base. Debe contener un símbolo triangular en color rojo, asociado a un punto central con la ubicación de los vértices base monumentados en terreno, indicando su nombre con caracteres alfanuméricos. d) Línea de Costa. Corresponde a la representación de la línea de costa donde se ubica la solicitud de concesión. e) Línea de Baja Marea. Corresponde a la representación de la línea de baja marea donde se ubica la solicitud de concesión. (No aplica para concesiones solicitadas en agua y fondo) f) Línea de 80 metros. Corresponde a la representación de la línea de los 80 metros para aquellas solicitudes que se presentan en espacios correspondientes a terreno de playa. (No aplica para concesiones solicitadas en playa y agua y fondo) g> Toponimia. Debe contener el nombre de la toponimia correspondiente a la carta donde se ubica el sector. h) A.A.A. Corresponde a la representación del trazado de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en el sector. 2 PLANO DE UBICACION GEOGRAFICA DE LA CONCESION DE ACUICULTURA: CAL insertarse éste plano en el plano de concesión, deben omitirse los puntos a) y e)) a) Viñeta. Debe contener Norte geográfico, grilla o cuadrícula geográfica y UTM, escala numérica, barra con escala gráfica, nombre del titular, nombre del sector geográfico, número de solicitud, resolución que otorga en el caso de modificaciones de ampliación de área, ejecutor del plano, profesión, empresa (si corresponde), superficie (en hectáreas), carta de referencia (señalando el dátum y año de edición). b) Polígono Concesión. Debe contener un achurado del polígono solicitado, el cual debe ser identificado con un círculo de mayor tamaño que lo represente en forma clara. e) Vértices Base. Debe contener un símbolo triangular en color rojo, asociado a un punto central con la ubicación de los vértices base monumentados en terreno, indicando su nombre con caracteres alfanuméricos. d) Linea de Costa. Corresponde a la representación de la línea de costa donde se ubica la solicitud de concesión. e) Toponimia. Debe contener el nombre de la toponimia correspondiente a la carta donde se ubica la concesión. f) A.AA. Corresponde a la representación del trazado de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en el sector. b) Para la presentación de los planos digitales, según artículo 14 ter del Reglamento de Concesiones de Acuicultura, el formato del archivo digital será AUTOCAD (.dwg> versión 2010 o inferior, en el espacio de trabajo denominado •ModeLo•, y deberá contener las siguientes capas de información <Los textos deben estar en formato simple, no múltiple): PLANO DE LA CONCESION DE ACUICULTURA: a) Viñeta. Debe contener Norte geográfico, grilla o cuadrícula geográfica y UTM, escala numérica, barra con escala gráfica, nombre del titular, nombre del sector geográfico, número de solicitud, resolución que otorga en el caso de modificaciones de ampliación de área, ejecutor del plano, profesión, empresa (si corresponde), simbología o leyenda, superficie solicitada (en hectáreas), cuadro de coordenadas de los vértices de la con1=esión CUTM y Geográficas, con dos decimales) señalando la carta y dátum de referencia, cuadro de coordenadas de los vértices base (UTI\Á y Geográficas, con dos decimales). 3 ~ b) Polígono Concesión. Corresponde al polígono del sector solicitado, el cual debe identificar los vértices con letras en sentido horario. e> Vértices Base. Debe contener un símbolo triangular en color rojo, asociado a un punto central con la ubicación de los vértices base monumentados en terreno, indicando su nombre con caracteres alfanuméricos. d) Linea de Costa. Corresponde a la representación de la línea de costa donde se ubica la solicitud de concesión. e) Linea de Baja Marea. Corresponde a la representación de la línea de baja marea donde se ubica la solicitud de concesión. (No aplica para concesiones solicitadas en agua y fondo) f) Linea de 80 metros. Corresponde a la representación de la línea de los 80 metros para aquellas solicitudes que se presentan en espacios correspondientes a terreno de playa. (No aplica para concesiones solicitadas en playa y agua y fondo) g) Toponimia. Debe contener el nombre de la toponimia correspondiente a la carta donde se ubica el sector. h) A.A.A. Corresponde a la representación del trazado de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en el sector. PLANO DE UBICACION GEOGRAFICA DE LA CONCESION DE ACUICULTURA: (Al insertarse éste plano en el plano de concesión, deben omitirse los puntos a) y e)) a) Viñeta. Debe contener Norte geográfico, grilla o cuadrícula geográfica y UTM, escala numérica, barra con escala gráfica, nombre del titular, nombre del sector geográfico, número de solicitud, resolución que otorga en el caso de modificaciones de ampliación de área, ejecutor del plano, profesión, empresa (si corresponde), superficie (en hectáreas). b> Polígono Concesión. Debe contener un achurado del polígono solicitado, el cual debe ser identificado con un círculo de mayor tamaño que lo represente en forma clara. e> Vértices Base. Debe contener un símbolo triangular en color rojo, asociado a un punto central con la ubicación de los vértices base monumentados en terreno, indicando su nombre con caracteres alfanuméricos. d) Linea de Costa. Corresponde a la representación de la línea de costa donde se ubica la solicitud de concesión. 4 ------------------------- - e) Toponimia. Debe contener el nombre de la toponimia correspondiente a la carta donde se ubica la concesión. f) A.A.A. Corresponde a la representación del trazado de áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura en el sector. Los planos deben estar georeferenciados al Sistema de Coordenadas UTM y referido al Dátum WGS-84. 2.- La presente Resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que procedan de conformidad con la normativa vigente. 3.- Transcríbase copia de la presente resolución a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Asimismo, la presente resolución deberá ser publicada íntegramente en la página web de esta Subsecretaría y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. ANOTESE, NOTIFJQUESE Y PUBLIQUESE EN EXTRACTO POR CUENTA DE ESTA SUBSECRETARJA 5

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