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Laws of Chile

Resolución Nº 3.106 - Requisitos para internación de semillas de especies hortícolas, aromáticas y medicinales

Made 2000-12-04 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, hygiene/sanitary procedures, seeds/planting material, vegetables/legumes, pests/diseases, plant production
Categories
agriculture

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  1. Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional DISPONE REQUISITOS PARA LA INTERNACION DE SEMILLAS DE ESPECIES HORTICOLAS, CHACRAS, AROMATICAS Y MEDICINALES Resolución Núm. 3.106 exenta.- Santiago, 4 de diciembre de 2000.- Visto: lo dispuesto en la ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, de 1989, modificada por la ley Nº 19.283, de 1994; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución Nº 350, de 1981, del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº 156, de 1998 del Ministerio de Agricultura; la Ley de Semillas Nº 1.764, de 1977 del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº 16, de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores y las resoluciones Nºs. 1.173, de 1985, 1.578, de 1996, 12.151, de 1987, 1.221, de 1995, 898, de 1982, y 2.012, de 1987, todas del Servicio Agrícola y Ganadero, y Considerando: 1. Que se han efectuado los análisis del riesgo de plagas, en relación a las plagas que se transmiten por semillas, para establecer los requisitos fitosanitarios de ingreso de semillas de especies hortícolas, chacras, aromáticas, medicinales y otras. 2. Que existe interés del sector privado por ampliar el espectro de especies vegetales a internar como semilla al país. 3. Que se requiere actualizar, armonizar y ampliar las regulaciones que rigen el ingreso de semillas de hortalizas, de acuerdo a los principios del nuevo texto revisado de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la FAO y al acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio, Resuelvo: 1. Las semillas de las especies que a continuación se detallan deben venir amparadas por el certificado fitosanitario emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria del país de origen, en el cual se deberá especificar el cumplimiento de las declaraciones adicionales que se señalan: Declaración adicional que debe ser Especie especificada en el certificado fitosanitario Abelmoschus esculentus Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un (Sin: Hibiscus esculentus) tratamiento de fumigación para el control de insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Benomyl+Thiram; Carbendazim; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Achillea millefolium Sin declaraciones adicionales. Allium ampeloprasum Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un Allium ascalonicum tratamiento de desinfección con cualquiera de los Allium cepa siguientes productos fungicidas: Benomyl+Captan; Allium fistulosum Benomyl+Thiram; Iprodione; Thiram; Triadimenol, u Allium porrum otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Allium schoenoprassum Allium tuberosum Anethum graveolens Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Clorotalonil; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Angelica arcangelica Sin declaraciones adicionales Anthemis nobilis Sin declaraciones adicionales Anthriscus cerefolium Sin declaraciones adicionales Apium graveolens Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un Apium graveolens var: tratamiento de desinfección con cualquiera de los rapaceum siguientes productos fungicidas: Benomyl; Benomyl+Thiram; Iprodione; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Arctium lappa Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol; Triadimenol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Arnica montana y Arnica Sin declaraciones adicionales. spp. Asparagus officinalis Sin declaraciones adicionales. Artemisia absinthium Sin declaraciones adicionales. Artemisia dracunculus Artemisia nobilis Artemisia vulgaris Atriplex hortensis Sin declaraciones adicionales. Barbarea verna (B. praecox) Sin declaraciones adicionales. Benincasa hispida Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Beta vulgaris var. hortensis Sin declaraciones adicionales. Beta vulgaris var. cicla Bixa orellana Sin declaraciones adicionales. Borago officinalis Sin declaraciones adicionales. Brassica campestris Sin declaraciones adicionales. Brassica campestris (ssp. chinensis, pekinensis, rapifera) Brassica carinata Brassica juncea Brassica napus var. napobrassica Brassica nigra Brassica oleracea Brassica oleracea (var. acephala, botrytis, capitata, gemmifera, gongylodes, italica) Brassica perviridis Brassica rapa var. japonica Cajanus cajan Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl+Thiram; Carbendazim; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. phaseolicola. Calendula officinalis Sin declaraciones adicionales. Capparis spp. Sin declaraciones adicionales. Capsicum annuum (var. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un longum, grossum) tratamiento de desinfección con cualquiera de los Capsicum baccatum siguientes productos fungicidas: Bavistin; Benomyl; Capsicum chinense Carbendazim; Tiabendazol, u otros debidamente Capsicum frutescens calificados, indicando dosis utilizada. Capsicum pubescens Carum carvi Sin declaraciones adicionales. Chaerophyllum bulbosum Sin declaraciones adicionales. Chelidonium majus Sin declaraciones adicionales. Cicer arietinum Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Maneb; Thiram; Tiabendazol; Tridemorpho, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cichorium endivia (var. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un crispum, latifolia) tratamiento de desinfección con cualquiera de los Cichorium intybus siguientes productos fungicidas: Benomyl; Iprodione; Cichorium intybus var. Mancozeb; Thiram; Triadimenol u otros debidamente foliosum calificados, indicando dosis utilizada. Citrullus lanatus Declaración adicional: Las semillas provienen de un (C. vulgaris) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Xanthomonas campestris pv. cucurbitae y Acidovorax avenae ssp. citrulli Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cnicus benedictus Sin declaraciones adicionales. Coriandrum sativum Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Xanthomonas campestris pv. carotae. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cryptotaenia japonica Sin declaraciones adicionales. Cucumis melo Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. lachrymans y Xanthomonas campestris pv. cucurbitae. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cucumis metuliferus Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Xanthomonas campestris pv. cucurbitae. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cucumis sativus Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. lachrymans y Xanthomonas campestris pv. cucurbitae. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cucurbita ficifolia Declaración adicional: Las semillas provienen de un Cucurbita foetidissima semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el Cucurbita maxima período de crecimiento activo y encontrado libre de Cucurbita moschata Xanthomonas campestris pv. cucurbitae. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cucurbita pepo Declaración adicional: Las semillas provienen de Cucurbita pepo var. semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el medullosa período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. lachrymans y Xanthomonas campestris pv. cucurbitae. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Cuminum cyminum Sin declaraciones adicionales. Cymbopogon citratus Sin declaraciones adicionales. Cynara scolymus Sin declaraciones adicionales. Daucus carota Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante el período de crecimiento activo y encontrado libre de Xanthomonas campestris pv. carotae. Echinacea angustifolia Sin declaraciones adicionales. Echinacea purpurea Eruca sativa Sin declaraciones adicionales. Eruca vesicaria Foeniculum dulce (F. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un vulgare var. dulce) tratamiento de desinfección con cualquiera de los Foeniculum vulgare siguientes productos fungicidas: Benomyl; Clorotalonil; Iprodione; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Galium odoratum Sin declaraciones adicionales. Hesperis steviniana Sin declaraciones adicionales. Hypericum perforatum Sin declaraciones adicionales. Hypericum olimpicum Lablab purpureus Declaración adicional: Las semillas provienen de un (= Dolichos lab-lab) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. pisi y Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Lactuca sativa Sin declaraciones adicionales. Lagenaria siceraria Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Lathyrus sativus Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando dosis utilizada. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Lavanda latifolia Sin declaraciones adicionales. Lavandula angustifolia Sin declaraciones adicionales. (L. officinalis) Lens culinaris Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Lepidium album Sin declaraciones adicionales. Lepidium sativum Lippia citriodora Sin declaraciones adicionales. Lippia thiphylla Lycopersicon esculentum Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Iprodiones; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando la dosis utilizada. Macromeria viminea Sin declaraciones adicionales. Matricaria chamomilla Sin declaraciones adicionales. Matricaria recutita (Chamomilla recutita) Melissa officinalis Sin declaraciones adicionales. Mentha arvensis Sin declaraciones adicionales. Mentha citrata (M. piperita var. citrata) Mentha gentilis (M. arvensis XM. spicata) Mentha piperita (M. aquatica XM. spicata) Mentha pulegium Momordica charantia Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando la dosis utilizada. Montia perfoliata Sin declaraciones adicionales. Myrrhis odorata Sin declaraciones adicionales. Nasturtium officinalis Sin declaraciones adicionales. Ocimum basilicum Sin declaraciones adicionales. Origanum majorana Sin declaraciones adicionales. (Majorana hortensis) Origanum vulgare Pastinaca sativa Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados, indicando la dosis utilizada. Pelargonium asperum Sin declaraciones adicionales Petroselinum crispum (P. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un hortense) tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Thiram; Mancozeb, u otro debidamente calificado, indicando la dosis utilizada. Phaseolus coccineus (P. Declaración adicional: Las semillas provienen de un multiflorus) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su Phaseolus lunatus período de crecimiento activo y encontrado libre de Phaseolus vulgaris Pseudomonas syringae pv. phaseolicola y Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Carbendazim; Thiram; Tiabendazol, u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Physalis peruviana Sin declaraciones adicionales. Pimpinella anisum Sin declaraciones adicionales. Piper nigrum Sin declaraciones adicionales. Pisum sativum Declaración adicional: Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. pisi Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Plantago lanceolata Sin declaraciones adicionales. Raphanus sativus Sin declaraciones adicionales. Raphanus sativus (var. longipinnatus, radicula) Rosmarinus officinalis Sin declaraciones adicionales. Rosmarinus prostatus Rumex acetosa, Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un Rumex acetocella tratamiento de desinfección con cualquiera de los Rumex scutatus siguientes productos fungicidas: Benomyl; Carbendazim; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Ruscus aculeatus Sin declaraciones adicionales. Ruta bracteosa (R. Sin declaraciones adicionales. graveolens) Salvia officinalis Sin declaraciones adicionales. Salvia spp. Sambucus nigra Sin declaraciones adicionales. Satureja hortensis Sin declaraciones adicionales. Satureja spp. Sechium edule Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Sinapis alba Sin declaraciones adicionales Solanum melongena Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl+Thiram; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Solanum tuberosum (Semilla Declaración adicional: Las semillas provienen de botánica de papa) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su período de crecimiento activo y mediante técnicas de laboratorio adecuadas, las cuales deberán señalarse en el Certificado Fitosanitario, encontrado libre de potato spindle tuber viroid, Arracacha virus B y Andean potato mop top virus. Spinacea oleracea Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Tanacetum parthenium Sin declaraciones adicionales. Taraxacum officinale Sin declaraciones adicionales. Tetragonia expansa (T. Sin declaraciones adicionales. tetragonioides) Thymus spp. Sin declaraciones adicionales. Tragopogon porrifolius Sin declaraciones adicionales. Tropaeolum majus Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Urtica dioica Sin declaraciones adicionales. Valeriana officinalis Sin declaraciones adicionales. Valerianella locusta (V. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un olitoiria) tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Captan+Carboxin; Thiram, u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Vicia faba Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Vigna angularis (Phaseolus Declaración adicional: Las semillas provienen de un angularis) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su período de crecimiento activo y encontrado libre de Pseudomonas syringae pv. phaseolicola. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Vigna mungo (Phaseolus Declaración adicional: Las semillas provienen de un mungo) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su período de crecimiento activo y encontrado libre de Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. Vigna radiata var. radiata Declaración adicional: Las semillas provienen de un (Phaseolus aureus) semillero que fue oficialmente inspeccionado durante su Vigna unguiculata (Vigna período de crecimiento activo y encontrado libre de sinensis) Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens y Pseudomonas syringae pv. phaseolicola. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de fumigación contra insectos de la familia Bruchidae, indicando producto, dosis y tiempo de exposición. Declaración adicional: La partida ha sido sometida a un tratamiento de desinfección con cualquiera de los siguientes productos fungicidas: Benomyl; Thiram; Tiabendazol u otros debidamente calificados indicando la dosis utilizada. 2. Las semillas deberán venir libres de suelo, restos vegetales y de semillas de malezas cuarentenarias. 3. Las semillas que presenten modificaciones o manipulaciones genéticas, deberán solicitar el permiso de internación respectivo en el Departamento de Protección Agrícola del Servicio Agrícola y Ganadero. 4. Las semillas deberán cumplir con los requisitos que disponga la Ley de Semillas Nº 1.764/1977. 5. Se aceptará como Declaración Adicional alternativa el que las semillas provienen de un área o país libre de una plaga. 6. Los germoplasmas y muestras para evaluación deberán someterse a los mismos requerimientos que las partidas comerciales. Podrá estudiarse caso a caso condiciones excepcionales de ingreso de estos materiales y ante petición expresa de los interesados. 7. Aquellas semillas que vengan a producción orgánica serán tratadas caso a caso según origen y especie. 8. Las semillas que se internen al país, para ser sometidas a proceso de selección y posterior reexportación, sólo podrán efectuarlo previa firma de aceptación del ''Protocolo de Internación de semillas para su selección en Chile y posterior reexportación'', en la región correspondiente a la selección. 9. Las semillas que deban seleccionarse en Chile, para su posterior uso en el país, deberán cumplir con todas las declaraciones adicionales y tratamientos que se exige para el ingreso en la presente norma. 10. A su arribo al país la partida será inspeccionada por inspectores del SAG destacados en el puerto de ingreso, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos y condiciones fitosanitarias y, con la documentación adjunta, resolverán su internación. 11. Las faltas a lo establecido en la presente resolución serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por el decreto ley 3.557, de 1980. 12. Deróganse las resoluciones Nºs. 1.173, de 1985, 1.578, de 1996, 2.151, de 1987 y 1.221, de 1996, y elimínense los géneros y especies de las resoluciones Nºs. 898, de 1982 y 2.012, de 1987, considerados en esta resolución. 13. Los requisitos de la presente resolución entrarán en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial. 14. Se exceptúan de lo indicado en el punto 13, las especies que se señalan a continuación para las cuales entrará en vigencia esta resolución un año después de su publicación en el Diario Oficial: Cajanus cajan, Citrullus lanatus, Coriandrum sativum, Cucumis sativus, Cucumis metuliferus, Cucumis sativus, Cucurbita ficifolia, Cucurbita foetidissma, Cucurbita maxima, Cucurbita moschata, Cucurbita pepo, Cucurbita pepo var. medullosa, Daucus carota, Phaseolus coccineus (P. multiflorus), Phaseolus lunatus, Phaseolus vulgaris, Pisum sativum, Solanum tuberosum (semilla botánica de papa), Vigna angularis (Phaseolus angularis), Vigna mungo (Phaseolus mungo), Vigna radiata var. Radiata (Phaseolus aureus) y Vigna unguiculata (Vigna sinensis). Anótese, comuníquese y publíquese.- Lorenzo Caballero Urzúa, Director Nacional.

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