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Laws of Chile

Resolución Nº 2781 - Modifica Resolución Nº 3.815, que establece Normas para la importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales

Made 2006-06-23 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, inspection, authorization/permit, procedural matters, international trade
Categories
*, agriculture

Where to read it

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Text

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  1. c... SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISION PROTECCl6N AGRiCOLA S41j{J= 112!J>ff ENSA AGRiCOLA MO0IFICA RESOLUCl6N N° 3.815 DE 2003, QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA IMPORTACl6N DE ARTICULOS REGLAMENTADOS 0 MERCADERIAS PELIGROSAS PARA LOS VEGETALES. SANTIAGO, HOY SE RESOLV16 LO QUE SIGUE: N° 2 7 81 / VISTOS: La Ley N° 18. 755 Organica del Servicio Agricola Y rode 1989, el Decreto Ley N° 3.557 de 1980, del Servicio Agricola y Ganadero sobre ·on Agricola, Ley N° 18.164 de 1982, que introduce modificaciones a la Legislaci6n -iou.:a.i-.; a; los Decretos N° 156 de 1998 y N° 92 de 1999 del Ministerio de Agricultura, la i6n del Servicio Agricola y Ganadero N° 3815 de 2003, y CONSIOERANDO: 1. Que por Resoluci6n N° 3.815, de 22 de diciembre de 2003, se establecieron las normas para la importaci6n de artfculos reglamentados o mercaderias peligrosas para los vegetales. 2. Que es necesario actualizar en forma peri6dica los requisitos de ingreso de los articulos reglamentados. RESUELVO: lntroducese en la Resoluci6n del Servicio N° 3.815, de 22 de diciembre de 2003, que establece normas para la importaci6n de art!culos reglamentados o mercaderias peligrosas para los vegetales, las siguientes modificaciones: 1. Reemplazase el Articulo 25 por el siguiente: "Articulo 25: Realizada la inspecci6n documental indicada en el artlculo 21 y segun categoria de riesgo del producto reglamentado. los inspectores del Servicio podran rechazar el envio, por incumplimiento de las normas que regulan su ingreso o efectuar la inspecci6n fisica. pudiendo disponer las siguientes medidas: aulorizaci6n de ingreso, rechazo, tratamiento, cuarentena o industrializaci6n. En caso de rechazo del envfo, como consecuencia de la lnspecci6n flsica, se procedera a su destrucci6n o reembarque. Una vez verificada esta acci6n se registrara el rechazo definitivo. las medidas ordenadas por el inspector del Servicio, consignadas en el lnforme de lnspecci6n de Productos Agropecuarios de Origen Vegetal, Acta de Retenci6n y Rechazo deberan ser ejecutadas por el interesado en el tiempo estipulado. El incumplimiento de estas medidas determinara el rechazo definitivo del envfo. Las medidas fitosanitarias podran efectuarse, dentro del territorio nacional, en reclntos primarios del punto de entrada autorizado o en otro recinto, cuyas instalaciones esten aprobadas y autorizadas por el Servicio y otros organismos competentes, siempre y cuando, esto no implique un riesgo fitosanitario inaceptable para el pals." Reemplazase la letra a. del Articulo N° 35, Formulario N° 1 "SOLICITUD DE 2 • AUTORIZACION DE IMPORTACION DE ARTICULOS REG~MENTA~o.s (planta, producto vegetal, organismos o materiales capaz de dispersar plaga) por el s1guiente: (.()81[RNODl0tlt f \ll'ffl'.,. ,.t.L.,-~ll ,c:.,,.••1-,\00 SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO DIVISION PROTECCION AGRICOLA SUBDEPARTAMENTO DEFENSA AGRICOLA FORMULARIO N° 1 SOLICITUD DE AUTORIZACION DE IMPORTACION DE ARTiCULOS REGLAMENTADOS ITEM (planta, producto vegetal, organlsmos o materlates 1. OFICINA capaz de dlspersar plaga} 2. REGION (excepto material sujeto a cuarentena de post entrada y 11en6tlcamente modtncado) 3. DIVISION. N• SOLICITUO A. IDENTIFICACION DEL IMPORTADOR (llenar a maqulna o por comcutacl6n e lmcrlmlr 4, NOMIIRE COMPLETO O ,v.z0H SOCIAL 5 RUT OOIRfCCIOO [ , FONO S f A~ E·MAII. ,~ l,o~ I ,, flCGM)tj FECHA OE RECEPCION DIA MES ANO I 11 HCGIOH B. IDENTIFICACION DEL PROOUCTO DE ORIGEN VEGETAL O ARTICULO REGLAMENTAOO QUE SOLICITA AUTORIZACION OE INGRESO /solo se acepta un producto por c;ada sollc;ltud) 12. NOMBRE CIENTIFICO (lndlcer slnonlmla) 13. NOMBRE COMUN (optaUvo) 14.A. PRESENTAOION " I 14.B Produccl6n ora6nlca I I 15. PAIS ORIGEN 18. USO PROPUESTO. ESPECIFICACION CONSUMO L j INOUSTRIAUlACION D PROPAGAClON L j ORNAMENTACl◊N D 0 rRO, ESPECIFIQUE ............................... ... 17. PUERTO DE ENTRADA: 18. PRESENTACION DEL INTERESAOO c:::J lmportador FECHA NOMBRE Y FIRMA DEL (DIAi (MES) (ANO) REPRESENT ANTE D Agente de Aduana Fono: C. RESPUESTA SAG 19. RESPUESTA AL USUARIO: •> □ Vat Slllo Web del Servlclo bU0://www.11ag,cl Resolucl6n Olarlo Oflcl8I N" /Ano b) 0 Sin Resolucl6n Olarlo Oflclal (segulr ol numero 20) 20. ANALISIS RIESGO PLAGAS VIGENTES ■)SI □ IVF N" I ANO D<lbe canc,,lar Pemilso de lmPortaciOn N" CORE Fe<!>a b)NO □ Entregar Fom,ulario N" 2. para lnlclar AMIIS!• de Rl•SOo de Ptal)lls. p,,wio a la lmpo<1acl6n del producto de rlgen \/8\l01<ll, 21. NOMBRE Y FIRMA FUNCIONARIO SAG FECW. OE RESPIJESTA (INICIO TAAMITE) INSTRUCCIONES PARA COMPLETAR EL FORMULARIO A. ldentificaci6n del lmportador: Se refiere a la idenlificaci6n del importador a !raves del nombre completo, RUT, Dlrecci6n, Fono, Fax /e-mail, Ciudad, Comuna y Regi6n. OBLIGATORIO. B. Descrfpcf6n del Artlculo Reglamentado: Consiste en la identificaci6n de! producto vegetal o especie qua solicita autorlzacl6n de lngreso, a !raves de fos sigulentes puntos: • Punto 12, nombre cientifico del producto. (incluir sinonimla si existe) OBLIGATORIO. • Punto 13, nombre comun, OPTATIVO • Punto 14 A, presentaci6n del producto, se refiere a los siguientes conceptos: semillas, plantas, partes de plantas(hojas, tallos, estructuras subterraneas), esquejes. bulbos, cabezuela fresca, cana, corteza, fruto fresco. fruto desecado, grano, etc. OBUGATORIO • Punto 14 B. se refiere a sl es una especle/producto que ha sido producldo organicamente, SI CORRESPONDE. • Punto 15, pals de origen del producto, lugar donde se produjo la especie o producto. OBLIGATORIO. • Punto 16 uso propuesto del artlculo reglamentado, ya sea de consume. lndustrializaci6n, propagaci6n u otro. OBLIGATORIO • Punto 17, debe indicarel o los poslbles Puertos de entrada al pals. OBLIGATORIO • Punto 18, presentaci6n del interesado, fecha y firrna del representante, debe indicar si es el propio lmportador o el agente de aduana, fndlcando un fono de contacto. OBLIGATORIO. ANOTESE, COMUNiQUESE Y PUBUQUESE DISTRIBUCION ANCISCO BAHAMONDE MEDINA DIRECTOR NACIONAL ► Directores (as) Reglonales SAG I a XII Regiones y RM. i. Dlvlsl6n Jurldica > Divisi6n Protecci6n Agrfcola ► Unidad de Asuntos Publlcos ► Oficina de Partes ► Archivos