Resolución Nº 2.920 - Modifica la Resolución Nº 901, sobre requisitos fitosanitarios para internación de semillas de cereales
Made 1999-09-29 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- cereals/grains/rice, seeds/planting material, international trade, pesticides, plant production, crops, agricultural commodities, plant protection
- Categories
- *, agriculture
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Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCION Nº 901, DE 1992 Santiago, 29 de septiembre de 1999.- Hoy se resolvió lo que sigue: Resolución Núm. 2.920 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la Ley Orgánica del SAG Nº 18.755 de 1989, modificada por ley Nº 19.283 de 1994; el decreto Nº 470 de Agricultura del 9 de diciembre de 1996; el decreto del Ministerio de Agricultura Nº 156 de 1998; las resoluciones Nº s. 39 y 350 de 1981, Nº 901 de 1992 y Nº 3.279 de 1996 expedidas por el Servicio Agrícola y Ganadero; y la hoja de envío Nº 234 de 1999 del Subdepartamento de Vigilancia Fitosanitaria del Servicio y, Considerando: 1.- Que, el tratamiento de Carboxin, establecido como requisito de ingreso para semillas de maíz (Zea mays) en la resolución Nº 901 de 1992, está indicado principalmente para el control de Sphacelotheca reiliana. 2.- Que, esta plaga se ha detectado en las regiones productoras de maíz (Zea mays) del país, a través del Sistema Nacional de Vigilancia Fitosanitaria establecido por el Servicio Agrícola y Ganadero. 3.- Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer las normas destinadas a evitar la introducción de plagas cuarentenarias en el país, las que deben ser adecuadas a las circunstancias, Resuelvo: 1.- Elimínese el tratamiento con Carboxin, de la resolución Nº 901 del 29 de mayo de 1992, para la desinfección de semillas de maíz (Zea mays). 2.- Manténgase los tratamientos de desinfección de semillas de maíz (Zea mays) con Captan, Thiram, Triadimenol, fungicidas del grupo de los Azoles, u otros fungicidas debidamente calificados, indicando los productos y dosis usados en el Certificado Fitosanitario. 3.- El resto de las disposiciones establecidas en la resolución Nº 901 de 1992, se mantienen sin modificación. 4.- La presente resolución entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial. Anótese, comuníquese y publíquese.- Eduardo Correa Melo, Director Nacional (S).