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Laws of Chile

Resolución Nº 1.857 - Modifica Resolución Nº 2.527 de 2012, que fija períodos de descanso coordinado para los centros de cultivo de peces ubicados en los ríos y lagos que indica de la XIV Región de Los Ríos

Made 2013-07-31 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
aquaculture, seasons, freshwater fishes, fishery management and conservation, aquatic animals

Where to read it

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Text

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  1. Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Nacional (Resoluciones) MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.527 EXENTA, DE 2012, QUE FIJA PERÍODOS DE DESCANSO SANITARIO COORDINADO PARA LOS CENTROS DE CULTIVO DE PECES UBICADOS EN LOS RÍOS Y LAGOS QUE INDICA DE LA XIV REGIÓN DE LOS RÍOS, EN SENTIDO QUE SEÑALA Núm. 1.857 exenta.- Valparaíso, 31 de julio de 2013.- Vistos: La H. de E./FIA/Nº20404; la RE Nº 2.527, de 2012, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, y sus modificaciones; el DFL Nº 5, de 1983; el DS 430, de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Pesca y Acuicultura, ley Nº 18.892, y sus modificaciones, y el DS Nº 319, de 2001, que aprueba el Reglamento de Control y Erradicación de las Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, y sus modificaciones, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; lo dispuesto en la ley Nº 19.880, de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º Que mediante RE Nº 2.527, citada en Vistos, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura fijó el período de descanso sanitario coordinado para los centros de cultivo de peces ubicados en los ríos y lagos que indica en la XIV Región de Los Ríos. 2º Que dicha resolución establece para los centros ubicados en río Bueno, en la comuna de La Unión, provincia de Valdivia, XIV Región de Los Ríos, un período de descanso sanitario coordinado a contar del 25 de septiembre de 2013 al 25 de octubre de 2013. 3º Que mediante H. de E./FIA/Nº20404, citada en Vistos, se señala que la empresa que opera en el río Bueno, esto es, Salmones Aysén S.A., ha solicitado la modificación del referido descanso sanitario coordinado, fijándose a contar del 5 de agosto al 5 de septiembre de 2013. 4º Que analizados los antecedentes acompañados a la referida solicitud, el Servicio ha concluido que no existe inconveniente en acogerla. Resuelvo: Artículo primero: Modifíquese el cuadro de períodos de descanso sanitario, contenido en el artículo primero de la RE Nº 2.527, citada en Vistos, en el siguiente sentido: Al cuerpo de agua río Bueno le corresponde el período de descanso comprendido entre el 5 de agosto y el 5 de septiembre de 2013. Artículo segundo: En lo no modificado por la presente resolución permanece vigente lo dispuesto en la RE Nº 2.527, citada en Vistos. Artículo tercero: La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición de los recursos de reposición y jerárquico, contemplados en el artículo 59 de la ley Nº 19.880, ante este Servicio y dentro del plazo de 5 días hábiles, contado desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que correspondan de acuerdo a la normativa vigente. Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Germán Iglesias Veloso, Director Nacional (S).

Resolución Nº 1.857 - Modifica Resolución Nº 2.527 de 2012, que fija períodos de descanso coordinado para los centros de cultivo de peces ubicados en los ríos y lagos que indica de la XIV Región de Los Ríos · Nelum