Resolución Nº 1.706 - Modifica la Resolución Nº 1.018 de 1997, sobre control obligatorio de la enfermedad de Sharka
Made 1997-06-17 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- pests/diseases, seeds/planting material, international trade, plant production, plant protection
- Categories
- *, agriculture
Where to read it
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Text
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Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola y Ganadero Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCION No. 1.018 DE 1997 SOBRE CONTROL OBLIGATORIO ENFERMEDAD DE SHARKA (P.P.V.) (Resolución) Santiago, 17 de junio de 1997.- Hoy se resolvió lo que sigue: No. 1.706 exenta.- Visto: Lo dispuesto en el Decreto Ley No. 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola y en la Ley No. 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; y las Resoluciones No.s. 796 de 1994 y 1.018 de 1997, de este origen, y Considerando: 1.- Que por Resolución No. 1.018 citada en los Vistos se modificó las normas sobre control obligatorio de la enfermedad de Sharka causada por el Plum Pox Virus (P.P.V.) contenidas en la Resolución No. 796 de 1994. 2.- Que en el No. 8 de la Resolución No. 1.018 se prohíbe expender patrones susceptibles de ser injertados con especies afectas al control obligatorio del P.P.V. y se autoriza a transferir material de reproducción de las mismas especies frutales. Resuelvo: 1.- Sustitúyese el No. 8 de la Resolución No. 1.018 de 1997 de este Servicio, por el siguiente: "8.- Se prohíbe a los viveristas vender patrones susceptibles de ser injertados con especies afectas a este control obligatorio, así como los injertos de estas especies frutales, salvo que el adquirente sea viverista. La guía de despacho o factura correspondiente deberá detallar la cantidad, tipo de material, especie y variedad a la que pertenece. Estos documentos deberán estar a disposición de los inspectores del Servicio cuando sean requeridos". Anótese, comuníquese y publíquese.- Antonio Yaksic Soule, Director Nacional.