Resolución Nº 1.238 - Suspende transitoriamente la inscripción de la especie Lapa en el registro artesanal de la I a la XI Regiones
Made 1997-09-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fishes, total allowable catch, seasons, protection of species, fishery management and conservation, aquatic animals, biodiversity
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SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCION DE LA ESPECIE LAPA EN EL REGISTRO ARTESANAL DE LA I A LA XI REGIONES Resolución No. 1.238.- Valparaíso, 15 de septiembre de 1997.- Visto: Lo informado por el Departamento de Pesquerías de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (R. Pesq.) No. 35, de 18 de agosto de 1997; la Ley No. 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS No. 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Oficio No. 90, de fecha 04 de septiembre de 1997, del Consejo Zonal de Pesca de la I y II Regiones; el Oficio No. 78, de fecha 15 de septiembre de 1997; del Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones; el Oficio No. 41, de fecha 12 de septiembre de 1997, del Consejo Zonal de Pesca V a IX Regiones y el Oficio No. 39, de 10 de septiembre de 1997, del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones. Considerando: Que la pesquería de la especie Lapa (Fissurella spp.) ha alcanzado el estado de plena explotación en todo el litoral comprendido entre la I y XI Regiones. Que la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido fue fijado por el DS No. 430, ya citado, establece en su artículo 50 la facultad y el procedimiento para suspender transitoriamente por categoría de pescador artesanal y por pesquería, la inscripción en el Registro Artesanal en una o más regiones. Que los informes técnicos de los Consejos Zonales de Pesca señalados en Visto, aprueban la adopción de la medida de suspensión transitoria de la inscripción en el Registro Artesanal en todas sus categorías, en la sección pesquería de la especie Lapa, en el litoral comprendido entre la I y XI Regiones. Resuelvo: Artículo único.- Suspéndase transitoriamente, a contar de la fecha de publicación de la presente Resolución y por el lapso de tres años, la inscripción en el Registro Artesanal de la I a la XI Regiones, en todas sus categorías, en la sección pesquería de la especie Lapa (Fissurella spp.), por haber alcanzado el estado de plena explotación en dichas Regiones. Anótese, notifíquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría.- Juan Manuel Cruz Sánchez, Subsecretario de Pesca.