Decreto Núm. 17 – Aprueba la incorporación de los Programas que se indican al Sistema Elige Vivir Sano para el año 2017
Made 2017-08-22 · Text as of 2026-10-01
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About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Chile
- Subjects
- Food and nutrition
- Keywords
- public health, nutrition, education, governance, policy/planning
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Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 19-May-2018 Tipo Norma :Decreto 17 Fecha Publicación :09-05-2018 Fecha Promulgación :22-08-2017 Organismo :MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Título :APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE LOS PROGRAMAS QUE SE INDICAN AL SISTEMA ELIGE VIVIR SANO PARA EL AÑO 2017 Tipo Versión :Única De : 09-05-2018 Inicio Vigencia :09-05-2018 Id Norma :1118310 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1118310&f=2018-05-09&p= APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE LOS PROGRAMAS QUE SE INDICAN AL SISTEMA ELIGE VIVIR SANO PARA EL AÑO 2017 Núm. 17.- Santiago, 22 de agosto de 2017. Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880 que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en la ley N° 20.981, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2017; en la ley N° 20.670, que crea el Sistema "Elige Vivir Sano"; el decreto supremo N° 67, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba Reglamento del artículo 3° de la ley N° 20.670, que crea el Sistema Elige Vivir Sano; en el Acta de Sesión del Comité Interministerial de Desarrollo Social de 29 de julio de 2016, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Considerando: Que la ley N° 20.670, que crea el Sistema Elige Vivir Sano, tiene por objeto promover hábitos y estilos de vida saludables para mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas. Que el artículo 3° de la ley citada, en su inciso primero, dispone que el Sistema Elige Vivir Sano será un modelo de gestión constituido por políticas, planes y programas elaborados y ejecutados por distintos organismos del Estado, destinados a contribuir a generar hábitos y estilos de vida saludables y a prevenir y disminuir los factores y conductas de riesgo asociados a las enfermedades no transmisibles. Que, por su parte, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 7° de la ley N° 20.670, el Presidente de la República, anualmente, determinará las políticas, planes y programas que, cumpliendo con los requisitos previstos en artículo 6° de la referida ley, formarán parte del Sistema. Lo anterior, previa propuesta del Comité Interministerial de Desarrollo Social regulado en la ley N° 20.530, e informe de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano, elaborado para dicho Comité. Que, en este sentido, el decreto supremo que incorpore las políticas, planes y programas deberá ser expedido por el Ministerio de Desarrollo Social y, además, suscrito por el Ministro de Hacienda. Dicho decreto deberá establecer los mecanismos de coordinación entre los órganos de la Administración del Estado que participen en las políticas, planes y programas, en caso de que estos últimos sean intersectoriales, y las demás normas necesarias para su funcionamiento, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 7° de la ley N° 20.670. Que, mediante Acta de Sesión Extraordinaria, de fecha 29 de julio de 2016, adjunta al presente decreto, el Comité Interministerial de Desarrollo Social se pronunció respecto del informe de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano, a efectos de darle continuidad a la oferta programática del año 2016 y presentar a la Presidenta de la República la propuesta de programas que durante el año 2017, de verificarse el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 6° de la ley N° 20.670, debiesen ingresar al Sistema Elige Vivir Sano. Que, en este contexto, se han revisado los antecedentes referidos, a fin de dar aprobación administrativa a 15 programas, para incorporarlos al Sistema Elige Vivir Sano durante el año 2017, por cumplir cada uno de ellos con el artículo 6° de la ley N° 20.670; Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 19-May-2018 Que, por último, es menester dejar constancia que, conforme a lo prevenido en el artículo 15 de la ley N° 20.530, el Acta del Comité Interministerial de Desarrollo Social fue suscrita por los cuatro ministros asistentes a la sesión y que forman parte del Comité según lo dispuesto en el artículo 12 de la referida ley, cumpliendo así el quórum para sesionar y para adoptar acuerdos según lo previsto en el ordenamiento jurídico, por tanto, Decreto: 1° Aprueba la incorporación de los siguientes programas al Sistema Elige Vivir Sano para el año 2017: Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 19-May-2018 Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 19-May-2018 2° Déjase constancia que todos los programas referidos cuentan con financiamiento, según lo señalado en la letra d) del artículo 6 de la ley N° 20.670, el cual emana de la ley N° 20.981, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2017. 3° Establece que los mecanismos de coordinación a utilizar por los órganos de la Administración del Estado referidos en el numeral 1°, para efectos de la ejecución intersectorial de los programas señalados, se efectuará a nivel nacional, a través de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano, y a nivel regional a través de los Secretarios Regionales Ministeriales de Desarrollo Social. 4° Remítase copia del presente decreto supremo al Gabinete del Ministro de Desarrollo Social; al de Gabinete del Ministro de Hacienda; a la Subsecretaría de Servicios Sociales; a la Subsecretaría de Evaluación Social; a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano; a la Fiscalía del Ministerio de Desarrollo Social y a la Oficina de Partes. Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Marcos Barraza Gómez, Ministro de Desarrollo Social.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda. Lo que comunica a Ud. para su conocimiento.- Juan Eduardo Faúndez Molina, Subsecretario de Servicios Sociales. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Jurídica Cursa con alcance decreto N° 17, de 2017, del Ministerio de Desarrollo Social N° 10.912.- Santiago, 27 de abril de 2018. Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueba la incorporación de los programas que se indican al Sistema Elige Vivir Sano para el año 2017, por encontrarse ajustado a derecho. Lo anterior, en el entendido de que se trata de una regularización de los programas antes indicados, pues el presente acto administrativo fue ingresado a trámite de toma de razón ante este Organismo de Control el día 5 de marzo de 2018, esto es, con posterioridad a la época en que aquellos debían ejecutarse. De este modo, el Ministerio de Desarrollo Social deberá adoptar las medidas para que, en lo sucesivo, los actos administrativos que aprueben los programas de la especie sean dictados y remitidos oportunamente al control preventivo de juridicidad (aplica criterio contenido en los dictámenes Nos 84.602, de 2014, y 52.436, de 2015, de este origen). Con el alcance que antecede se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República. Al señor Ministro de Desarrollo Social Presente.