Decreto Nº 926 - Establece cuota annual de captura para los recursos Raya volantín y Raya espinosa en área que indica
Made 2012-09-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Chile
- Subjects
- Fisheries and aquaculture
- Keywords
- marine fisheries, marine fishes, allocation/quota, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals
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Text
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SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA ESTABLECE CUOTA ANUAL DE CAPTURA PARA LOS RECURSOS RAYA VOLANTÍN Y RAYA ESPINOSA EN ÁREA QUE INDICA (Extracto) Por decreto exento 926, de 14 de septiembre de 2012, de este Ministerio, fíjase una cuota anual de captura de 210 toneladas de Raya volantín y de 30 toneladas de Raya espinosa, a ser extraídas en el área marítima comprendida entre paralelo 41°28,6' L.S. y el límite sur de la XII Región, desde la fecha de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial y hasta el 30 de noviembre de 2012, ambas fechas inclusive, fraccionadas de la manera señalada en el decreto extractado. Autorízase, en la misma área y período señalados precedentemente, la captura de Raya volantín, en calidad de fauna acompañante, en la pesca dirigida a los recursos señalados en el decreto extractado. El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. Valparaíso, 14 de septiembre de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.