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Laws of Chile

Decreto Nº 856 – Modifica el Decreto Nº 509 de 1997, Areas de manejo y explotación de recursos bentónicos para la IV Región

Made 2006-07-14 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Fisheries and aquaculture
Keywords
marine fisheries, fishing area, molluscs, fishery management and conservation

Where to read it

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Text

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  1. MODIFICA DECRETO Nº 509, DE 1997 Núm. 856 exento.- Santiago, 14 de julio de 2006. Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, N° 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. N° 5 de 1983; los D.S. N° 355 de 1995, N° 509 de 1997, N° 572 de 2000 y N° 253 de 2002, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Memorándum Técnico DAD N° 06/06 de fecha 3 de julio de 2006, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; el D.S. N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996 de la Contraloría General de la República. Considerando: Que, los numerales 1), 2) y 3) del artículo 1°, del decreto supremo N° 509 de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, establecieron, respectivamente, las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos denominadas Los Vilos sector A, Los Vilos sector B y Los Vilos sector C, todas en la IV Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas de las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizadas, con el objeto de regularizar la cartografía base de las áreas. D e c r e t o: Artículo 1°. Modifícase el numeral 1) del artículo 1° del decreto supremo N° 509 de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Los Vilos sector A, en la IV Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes: CARTA IGM 3145-7130; 1° ED. 1967, ESCALA 1:50.000 Puntos Latitud Longitud A 31°54’18.23" 071°30’46.72" B 31°54’03.87" 071°30’46.72" C 31°54’03.87" 071°31’15.53" D 31°53’43.19" 071°31’15.53" E 31°53’43.19" 071°31’54.45" F 31°53’45.20" 071°31’58.59" G 31°54’28.56" 071°31’58.60" H 31°54’28.52" 071°30’58.58" Artículo 2°. Modifícase el numeral 2) del artículo 1° del decreto supremo N° 509 de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Los Vilos sector B, en la IV Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes: CARTA IGM 3145-7130; 1ª ED. 1967, ESCALA 1:50.000 Puntos Latitud Longitud A 31°54' 28.52" 071°30' 58.58" B 31°54' 28.56" 071°31' 58.60" C 31°54' 43.52" 071°31' 58.50" D 31°54' 43.52" 071°31' 13.55" E 31°55' 09.47" 071°31' 13.52" F 31°55' 09.47" 071°31' 06.82" Artículo 3°. Modifícase el numeral 3) del artículo 1° del decreto supremo N° 509 de 1997, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Los Vilos sector C, en la IV Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes: CARTA IGM 3145-7130; 1ª ED. 1967, ESCALA 1:50.000 Puntos Latitud Longitud A 31°55’09.47" 071°31’06.82" B 31°55’09.47" 071°31’24.81" C 31°55’39.96" 071°31’24.81" D 31°55’39.96" 071°30’43.38" Anótese, comuníquese y publíquese por orden de la Presidenta de la República, Ingrid Antonijevic Hahn, Ministra de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.

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