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Laws of Chile

Decreto Nº 78 - Modifica el Decreto Nº 142, que identifica probables fuentes de energía geotérmica

Made 2001-03-14 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Chile
Subjects
Energy
Keywords
renewable energy, energy conservation/energy production, authorization/permit, environmental standards, hydropower generation, standards, protection of environment

Where to read it

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  1. Ministerio de Minería MODIFICA REGLAMENTO ESPECIAL QUE IDENTIFICA FUENTES PROBABLES DE ENERGIA GEOTERMICA, APROBADO POR DECRETO Nº142, DE 2000 Decreto Núm. 78.- Santiago, 14 de marzo de 2001. Visto: Lo dispuesto en los incisos 3º, 4º, 5º y 6º del artículo 16 de la ley 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica; el decreto supremo Nº 142 de 28 de abril de 2000, del Ministerio de Minería, sobre fuentes probables de energía geotérmica y su publicación en el Diario Oficial Nº 36.699 de 28 de junio de 2000; lo solicitado por el Ministerio de Minería, en oficio ordinario Nº 53 de 29 de enero de 2001 del Ministerio de Minería; lo informado por el Servicio Nacional de Geología y Minería en oficio ordinario Nº 214 de 15 de febrero de 2001; las facultades que me confiere lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y, Considerando A.- Que dando cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 16 de la ley 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica, el Ministerio de Minería dictó Reglamento Especial por el cual identificó 120 fuentes probables de energía geotérmica, aprobado por decreto supremo Nº 142, de 28 de abril de 2000, publicado en el Diario Oficial Nº 36.699 de 28 de junio de 2000. B.- Que para la redacción del citado Reglamento, el Ministerio de Minería tuvo especial consideración al estudio de cada una de las 120 fuentes probables, preparado por el Servicio Nacional de Geología y Minería, contenido en oficio ordinario Nº 460 de fecha 28 de abril de 2000 y el informe contenido en memorándum Nº 022/2000 de Jefe Departamento del Sernageomin. D.- Que sin embargo, revisados posteriormente los datos de cada fuente probable, se ha detectado por esta Secretaría de Estado un error tipográfico, en las coordenadas de la fuente probable singularizada en el Nº 89 del decreto supremo Nº 142 citado, que corresponde a la Fuente Probables denominada Palguin, Novena Región, provincia de Cautín, comuna de Pucón. E.- Que consultado sobre el particular al Servicio Nacional de Geología y Minería, este organismo se ha servido informar a esta Secretaría de Estado las coordenadas correctas de los cuatro vértices de la cuadrícula que alberga a la fuente probable de energía geotérmica, denominada Palguin, IX Región, provincia de Cautín, comuna de Pucón. F.- Que de acuerdo a lo anteriormente expuesto, es del todo imprescindible rectificar las coordenadas de la fuente probable Palguin singularizada precedentemente, a fin de poder contar con las coordenadas correctas, a fin de dar inicio al proceso de licitación de una concesión de exploración o explotación de la citada fuente, Decreto: Artículo único: Modifícase el Reglamento Especial de Fuentes Probables de Energía Geotérmica, aprobado por decreto supremo Nº 142 de 28 de abril de 2000, del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial Nº36.699 de 28 de junio de 2000, en el sentido de rectificar en su numeral 1, los vértices UTM (metros) del Nº 89, denominada Palguin, IX Región, provincia de Cautín, comuna de Pucón, por los siguientes nuevos vértices UTM (metros), manteniéndose sin alteración el área geográfica de 100 hectáreas que comprende: N 5.634.000 E 260.000 N 5.634.000 E 261.000 N 5.633.000 E 260.000 N 5.633.000 E 261.000 Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José de Gregorio Rebeco, Ministro de Minería. Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alfonso Laso Barros, Jefe División Jurídica. Ministerio de Minería.

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